El Fondo Nacional de Financiamiento Forestal a través del Fideicomiso 544-Banco Nacional de Costa Rica-Fondo Nacional de Financiamiento Forestal, será el encargado de su custodia y administración. Podrá nutrirse además de aportes, donaciones o cooperación, adicionales de personas físicas o jurídicas nacionales o internacionales, mediante acuerdos, contratos o convenios en los cuales se establezcan las condiciones de estos aportes.
1. Fondo Inclusivo para el Desarrollo Sostenible (FOINDES) Se establece el Fondo Inclusivo para el Desarrollo Sostenible (FOINDES), compuesto del diez por ciento (10%) de los recursos que reciba el Fondo Nacional de Financiamiento Forestal, producto de la venta de reducción de emisiones de gases de efecto invernadero, acordado con el Banco de Reconstrucción y Fomento.
El objetivo de este fondo es servir como un instrumento que permita a personas físicas especialmente mujeres, propietarias, copropietarias o poseedoras de bosque o sin él, para que tengan un medio financiero que les permita mediante diversos instrumentos, establecer o mejorar sus pequeños emprendimientos, que aportan a la lucha del cambio climático, a la conservación de la biodiversidad ligados a paisajes productivos y agricultura, mejorando su condición productiva y social.
El área de influencia de estos proyectos será todo el país. Los recursos del Fondo serán utilizados hasta en un 10% en el capital semilla para un mecanismo que ayudará avalar o apalancar créditos u otros mecanismos, para establecer o mejorar pequeños emprendimientos. Un 10% será utilizado para capital semilla y apoyo no reembolsable o capital de riesgo, para brindar procesos de formalización, para estudios muy dirigidos a las actividades propuestas, o para cumplimiento de requerimientos para la regularización y formalización de actividades a un esquema de legalidad, El 80 % restante será dedicado a la disposición de pequeños créditos, para establecer o mejorar proyectos productivos que influyan en la lucha contra el cambio climático o la conservación de la biodiversidad.
Estas actividades podrán comprender entre otras más, las siguientes actividades:
a. Sistemas agroforestales o silvopastoriles.
b. Producción agrícola orgánica sin agroquímicos o fertilizantes artificiales o con mecanismos novedosos.
c. Financiamiento para optar por procesos de certificación de producción orgánica o libres de agroquímicos.
d. Financiamiento de proyectos que promuevan la educación ambiental a todos los sectores de la sociedad.
e. Producción alimentaria, producción en viveros de plantas medicinales o producción de miel con base en floración de especies presentes en un entorno protegido para tal fin.
f. Producción de artículos médicos, o de cuidado personal de pequeños procesos industriales y de alimentos procesados.
g. Actividades de ecoturismo relacionados con bosques y otros ecosistemas naturales, h. Reforestación comercial y/o reforestación con findes de restauración, establecimiento de viveros forestales, de plantas ornamentales, medicinales o huertos caseros.
i. Reforestación de especies +comerciales y/o nativas con fines de conectividad de la cobertura forestal entre dos o más puntos. (lucha contra la fragmentación del paisaje) j. Aprovechamiento forestal e industrialización de la madera, preferiblemente con mecanismos novedosos y poco invasivos y sus procesos de comercialización.
k. Elaboración de muebles de madera, accesorios de madera y artesanías relacionados con el sector construcción.
l. Elaboración de recuerdos turísticos, todos elaborados con algún subproducto del bosque o de algún recurso natural.
m. Producción, comercialización y venta de productos no maderables del bosque.
n. Otros no establecidos expresamente pero que tengan relación con los objetivos de mantenimiento y recuperación de la cobertura forestal.
o. Compra de saldos otorgados por otras organizaciones financieras para trasladar al FOINDES operaciones crediticias a una tasa menor y a un plazo igual o mayor.
p. Financiar procesos de formalización de emprendimientos y procesos de fortalecimiento de capacidades.
q. Financiar procesos de actualización, segregación o escrituración de fincas, abarcando el componente catastral y legal necesario para que las propiedades puedan cumplir con la ley de registro y catastro nacional de Costa Rica.
Estas actividades serán dirigidas y supervisadas por el Fondo Nacional de Financiamiento Forestal (Fonafifo), quien tiene una estructura administrativa y personal especializado en el Fomento Forestal, con apoyo de su Fideicomiso 544-Banco Nacional de Costa Rica- Fondo Nacional de Financiamiento Forestal, el cual será el administrador de los recursos financieros producto de la venta de reducción de emisiones, durante todo el tiempo que se requiera, para tal fin la Fundación Banco Ambiental (FUNBAM), realizará el traslado de recursos a dicho Fideicomiso.
Los recursos dirigidos o destinados para el Fondo de apalancamiento o Fondo de avales, se mantendrá en forma independiente en la Fundación Banco Ambiental, con un manejo independiente respecto del Fonafifo o el Fideicomiso 544.
El Fonafifo y las estructuras del Fideicomiso, establecerán, reglamentarán y regularán, los elementos necesarios para operar este fondo, como requisitos, tipos de interés, plazos, así como mecanismos de fomento.
2. Fondo de Desarrollo Verde (FNV) Se establece el Fondo de Desarrollo Verde (FDV), compuesto del diez por ciento (10%) de los recursos que reciba el Sistema Nacional de Áreas de Conservación (SINAC), producto de la venta de reducción de emisiones de gases de efecto invernadero, acordado con el Banco de Reconstrucción y Fomento (Banco Mundial).
El objetivo de este fondo es servir como un instrumento que permita a personas físicas o jurídicas u organizaciones, propietarias, copropietarias o poseedoras de bosque o sin él, para que tengan un mecanismo que les permita mediante diversos instrumentos, mejorar sus emprendimientos, que aporta a la lucha del cambio climático y a la conservación de la biodiversidad, mejorando su condición productiva y social.
El área de influencia de estos proyectos será todo el país, sin embargo, tendrán prioridad aquellos que se ubiquen en áreas definidas como corredores biológicos, proyectos dentro o cercanos a las Áreas Silvestres Protegidas.
Los recursos del Fondo serán utilizados hasta en un 10% en el capital semilla para un mecanismo que ayudará a avalar o apalancar créditos u otros mecanismos, para mejorar o expandir emprendimientos. El 90 % restante será dedicado a la disposición de créditos, para mejorar o expandir proyectos productivos que influyan en la lucha contra el cambio climático o la conservación de la biodiversidad.
Estas actividades podrán comprender entre otras más, las siguientes actividades:
a. Sistemas agroforestales y silvopastoriles.
b. Producción agrícola orgánica sin agroquímicos o fertilizantes artificiales o con mecanismos novedosos.
c. Producción alimenticia, médica o de artículos de cuidado personal o pequeños procesos industriales de alimentos procesados.
d. Actividades de ecoturismo relacionados con bosques y otros ecosistemas naturales.
e. Reforestación, establecimiento de viveros.
f. Aprovechamiento forestal e industrialización de la madera, preferiblemente con mecanismo novedosos y poco invasivos.
g. Elaboración de muebles de madera y artesanías.
h. Elaboración de recuerdos turísticos i. Procesos de comercialización de los productos derivados de estos.
j. Medios alternativos de generación eléctrica para emprendimientos ya establecidos.
k. Otros no establecidos expresamente pero que tengan relación con los objetivos.
Estas actividades serán dirigidas y supervisadas por el Fondo Nacional de Financiamiento Forestal (Fonafifo), quien tiene una estructura administrativa y personal especializado en el Fomento Forestal, con apoyo de su Fideicomiso 544-Banco Nacional de Costa Rica- Fondo Nacional de Financiamiento Forestal, el cual será el administrador de los recursos financieros producto de la venta de reducción de emisiones, durante todo el tiempo que se requiera, para tal fin la Fundación Banco Ambiental (FUNBAM), realizará el traslado de recursos a dicho Fideicomiso.
Los recursos dirigidos o destinados para el Fondo de apalancamiento o Fondo de avales, se mantendrá en forma independiente en la Fundación Banco Ambiental, con un manejo independiente respecto del Fonafifo o el Fideicomiso 544.
En este Fondo, el SINAC podrá participar en coordinación con el Fonafifo y el Fideicomiso 544-BNCR-FONAFIFO en este Fondo, haciendo reclutamiento, ofreciendo y colaborando en los procesos de crédito, realizarán la canalización de éstos y facilitará los procesos de financiamiento y control de actividades y cumplimiento.
El Fonafifo y las estructuras del Fideicomiso, establecerán, reglamentarán y regularán, los elementos necesarios para operar este fondo, como requisitos, tipos de interés, plazos, así como mecanismos de fomento.
(Así adicionado por el artículo 2° del decreto ejecutivo N° 44607 del 30 de julio del 2024)