1.1. Los proyectos comprendidos entre los años 1997 y 2005, se regirán por lo establecido en los Decretos Ejecutivos Nº26141-MINAE, Nº 26976-MINAE, Nº 27831-MINAE, Nº 28610-MINAE, Nº 29394-MINAE, Nº 30090-MINAE, Nº 31081-MINAE, Nº 31676-MINAE y Nº 32226-MINAE; y los Manual de Procedimientos de PSA correspondientes. El seguimiento de los contratos tramitados entre los años 1997- 2002 inclusive, corresponderá al Sistema Nacional de Áreas de Conservación (SINAC); y el de los proyectos aprobados según los Decretos Ejecutivos Nº 31081-MINAE, 31767- MINAE, Nº 32226-MINAE y subsiguientes, corresponderá al FONAFIFO.
(Así reformado el inciso anterior y publicado en La Gaceta N° 151 del 8 de agosto del 2006).
1.2. El FONAFIFO y el SINAC individualmente o en conjunto, podrán suspender la aplicación del Pago por Servicios Ambientales, de los proyectos de 1997 al 2004, e iniciar las gestiones administrativas y legales correspondientes, para la recuperación de los recursos ya aplicados, cuando se compruebe que hubo incumplimiento del Estudio Técnico, el contrato sucrito, la Ley Forestal, y las demás disposiciones reglamentarias vigentes. Asimismo, iniciará el procedimiento administrativo pertinente a fin de determinar si se cancela o no el contrato forestal, estableciendo las responsabilidades del caso.
1.3. En caso de venta del área sujeta a PSA, en forma parcial o total el beneficiario (a) deberá comunicar en un plazo máximo de treinta días a la Oficina Regional de FONAFIFO, la transacción a realizar. Posteriormente, el nuevo beneficiario (a) deberá solicitar la modificación del contrato aportando la documentación legal correspondiente, que lo acredita como dueño, en un plazo máximo de treinta días después de realizada la transacción. El incumplimiento de esta disposición obliga al FONAFIFO a suspender el pago y abrir el procedimiento administrativo para dar por finalizado el contrato, y recobrar los recursos girados cuando corresponda.
1.4. Las áreas de protección establecidas en el artículo 33 de la Ley Forestal Nº 7575, que se encuentren dentro del área sujeta al PSA, estarán comprendidas dentro del área total que recibirá la compensación. Para las áreas de reforestación en áreas de protección, el propietario (a) podrá recuperar las mismas mediante el establecimiento de especies nativas, las cuales recibirán el PSA correspondiente en el entendido que no podrán ser cortadas en el futuro. O en su defecto, se puede considerar la restauración natural, donde el regente forestal elabore un inventario de especies que debe incorporarse al estudio técnico respectivo según lo establecido en este manual (anexo 32).
1.5. El tratamiento de los terrenos en las Reservas Indígenas deberá ser igual al que se le da al resto de los beneficiarios, no obstante se deben considerar aquellos aspectos particulares, que como Reserva Indígena se presentan. Sin excepción, en todos los casos, los trámites para la aplicación del PSA deberán ser suscritos por el representante legal de la comunidad, o el presidente de la Asociación de Desarrollo Indígena, previo acuerdo de Junta Directiva. En caso que la Reserva Indígena no cuente con el respectivo plano catastrado se podrá dar trámite al proyecto utilizando el derrotero que se detalla en el decreto de creación de la reserva, en cuyo caso el regente deberá ubicar el área a someter bajo contrato de PSA.
1.6. Los informes de regencia que se requieran para los diferentes trámites deberán haber sido emitidos en fecha reciente no superior a un mes al momento de presentación a la Oficina Regional del FONAFIFO.
1.7. Las presolicitudes que por limitaciones presupuestarias no fueron tramitadas en el año anterior, serán depositadas en un archivo temporal. Las mismas serán consideradas en el año siguiente, solamente si el interesado así lo manifiesta por escrito a la Oficina Regional respectiva. Sólo se tramitarán presolicitudes entregadas dentro del período establecido por el Decreto Ejecutivo correspondiente.
1.8. El Fondo Nacional de Financiamiento Forestal, mediante resolución, podrá establecer la suspensión temporal o definitiva del pago, cuando existan conflictos de intereses con otros poseedores o propietarios, o cuando por razón de procesos de fiscalización o supervisión de proyectos, se encuentren elementos que duden a cerca del área del proyecto, del propietario o poseedor del inmueble u otros elementos de importancia.
(Así adicionado el inciso anterior y publicado en La Gaceta N° 151 del 8 de agosto del 2006).
1.9. En razón de que el Programa de Pago de Servicios Ambientales es de naturaleza voluntaria, se posibilita el retiro anticipado de los beneficiarios de pago de servicios ambientales, para ello deberá suscribirse el finiquito correspondiente, y el beneficiario deberá hacer la devolución de los recursos recibidos, más los intereses correspondientes calculados a la tasa básica pasiva. Se exceptúan de esta devolución, aquellos casos de proyectos de protección de bosque donde conste la certificación de regencia de que efectivamente se dio la protección del bosque en los años inmediatos anteriores.
(Así adicionado el inciso anterior y publicado en La Gaceta N° 151 del 8 de agosto del 2006).
1.10. Los beneficiarios de contratos de Pago de Servicios Ambientales, podrán acogerse a los beneficios establecidos en los Artículos 29 y 36 de la Ley Forestal Nº 7575, para lo cual deberán cumplir con los requisitos establecidos en el Reglamento a la Ley Forestal.
(Así adicionado el inciso anterior y publicado en La Gaceta N° 151 del 8 de agosto del 2006).
- 15)De las afectaciones y desafectaciones Los costos por afectación, serán del 1% del valor total del contrato para protección y reforestación, monto que será deducido al beneficiario por única vez en el primer pago y será depositado directamente al notario respectivo.
Las afectaciones vencidas, o producto de retiros voluntarios, podrán ser realizados por cualquier notario que el beneficiario (a) decida, según lo establecido en el Anexo 31, para ello, deberá el notario correspondiente presentar un borrador de la escriturapara su aprobación y coordinar la firma de la misma ante el Área de Asesoría Legal de FONAFIFO. En caso que así lo decida el beneficiario(a), podrá utilizar cualquiera de los notarios del FONAFIFO, para ello se pondrá a disposición una lista. En todos los casos, el beneficiario(a) cubre los costos por estos trámites.
También, se cobrará este costo a los beneficiarios (as) que decidan finiquitar el contrato, durante el plazo en que se esté inscribiendo la afectación respectiva ante el Registro Público.
(Así reformado y publicado en La Gaceta N° 151 del 8 de agosto del 2006).
Rige a partir de su publicación en el Diario Oficial La Gaceta.
Publíquese.
--------------------------------------------------- Fondo Nacional de Financiamiento Forestal.
Vo. Bo. Lic. Ricardo Granados Calderón Asesor Legal
PARA EL ESTABLECIMIENTO DE ÁRBOLES FORESTALES EN SAF El número máximo de árboles por hectárea y/o kilómetro para SAF por establecer, será como se describe:
. Árboles maderables en cultivos perennes entre 40 y 250 árboles/ha, de las especies: laurel (Cordia alliodora), cedro (Cedrela spp), caoba (Swietenia macrophylla), eucalipto (Eucalyptus spp.), jaúl (Agnus acuminata), amarillón (Terminalia amazonia), Ronron (Astronium graveolens), Pilón (Hyeronima alchornoides), Melina (Gmelina arborea), Gallinazo (Schizolobium parahyba), Espavel (Anacardium excelsum), Guayacán (Tabebuia guajava), Indio desnudo (Bursera simarouba), Pochote (Bombacopsis quinata), cebo (Vochysia guatemalensis o hondurensis) y botarrama (Vochysia ferruginea).
. Árboles de uso múltiple en cultivos perennes entre 40 y 277 árboles por hectárea, de las especies: poró (Erythrina spp.), guaba (Inga spp.), madero negro (Gliricidia sepium), Leucaena (Leucaena leucocephala) . Árboles maderables en hilera entre 333 y 500 árboles por km. De las especies: las mismas que se recomiendan para plantaciones en bloque.
. Árboles de Uso Múltiple en hilera entre 333 y 500 árboles por km. Solo para Sistemas Silvopastoriles.
. Cortinas rompevientos entre 666 y 1.000 árboles por km. Especies: Estrato alto: eucalipto (Eucalyptus spp.), casuarina (Casuarina spp.), ciprés (Cupressus lusitanica), papa (Panopsis suaveolens), Pino (Pinnus spp).
. Estrato medio: manzana de agua (Eugenia malaccensis), cirrí (Tapiria brenesii), cirrí colorado (Mosquitoxylon jamaicense), guachipelín (Diphysa robinioides), limoncillo (Randia armata), cucaracho (Billia colombiana), níspero (Prunus annularis), murta (Ardisia compresa), manzana rosa (Eugenia jambos), colpachí (Croton niveus).
. Estrato bajo: manzana rosa (E. jambos), colpachí (C. niveus), uruca (Trichilia glabra), tubú (Montanoa dumicola), trueno (Ligustrum lucidum).
. Plantaciones en bloque de menos de una hectárea, el equivalente entre (625 y 1.111 árboles por hectárea).
. Plantaciones en bloque de menos de una hectárea, el equivalente entre (625 y 1.111 árboles por hectárea. Como máximo dos bloques por beneficiario(a) por año.
(Así adicionado el párrafo anterior y publicado en La Gaceta N° 151 del 8 de agosto del 2006).
. Se agrega el criterio de que los arreglos SAF no deben superar los doce meses anteriores a la firma del contrato, esto para garantizar una resiembra en el caso de que el porcentaje de mortalidad sea superior al 10%.
(Así adicionado el párrafo anterior y publicado en La Gaceta N° 151 del 8 de agosto del 2006).
. Se agrega el criterio de que los arreglos en cultivos perennes corresponden a café, cacao, plátano, cítricos, palmito, palma aceitera y pastos.
(Así adicionado el párrafo anterior y publicado en La Gaceta N° 151 del 8 de agosto del 2006).
En todos los casos, las especies utilizadas deberán adaptarse a las condiciones especí.cas del sitio y del SAF, así como recibir un manejo silvicultural adecuado y protección del ganado cuando así lo requieran. Se pueden utilizar otras especies forestales, siempre y cuando se adapten al sitio según sus condiciones biológicas y ecológicas.
DE PSA TRAMITADO POR ORGANIZACIONES CONTRATO NÚMERO:
______ - _______ - _________ - _________ - ________ Oficina Subregión Modalidad Número de Año Año completo Regional contrato Nosotros Carlos Manuel Rodríguez Echandi, mayor, abogado, cédula número uno-quinientos veintinueve-seiscientos ochenta y dos, en su condición de Ministro del Ambiente y Energía según Acuerdo Ejecutivo número cero cero dos-P del ocho de mayo del dos mil dos, publicado en el Diario Oficial La Gaceta número ochenta y siete, en adelante denominado "EL MINAE" quien mediante Resolución R Tres Cuatro Cuatro-MINAE de las trece horas del veintitrés de agosto del dos mil dos, publicada en La Gaceta No ciento ochenta del día jueves diecinueve de setiembre del dos mil dos, ha delegado la firma de los contratos tramitados por el Fondo Nacional de Financiamiento Forestal para el PSA en cualquiera de sus modalidades en el señor Raúl Solórzano Soto, Director Superior de Recursos Naturales del Sistema Nacional de Áreas de Conservación, el señor Jorge Mario Rodríguez Zúñiga, mayor, casado una vez, ingeniero agrónomo, cédula uno-quinientos cuarenta y cinco-setecientos siete, vecino de Sabanillas de Montes de Oca, en su condición de Director Ejecutivo del Fondo Nacional de Financiamiento Forestal, con facultades de apoderado general debidamente facultado para este acto según consta en el Registro de Personas Jurídicas del Registro Público, bajo las citas de inscripción: quinientos treinta y cuatro-mil ochocientos setenta y nueve-uno-dos, en adelante denominado FONAFIFO, cédula jurídica tres- cero cero siete-dos cero cuatro siete dos cuatro, y (nombre o nombres de los propietarios, número de cédula, estado civil completo, oficio, vecino de), (en su condición de apoderado de persona física o jurídica, cédula jurídica número: según consta en el Registro Nacional sección , al tomo, folio, asiento, o según poder especial otorgado ante el notario público, escritura número: de las horas, del de el cual consta en el expediente administrativo), en adelante denominado " El Beneficiario" con fundamento en la Ley Forestal número siete cinco siete cinco, convenimos en celebrar el presente contrato, que se regirá en especial por las siguientes cláusulas:
PRIMERA: Que de conformidad con lo dispuesto, " El Beneficiario" en su condición de propietario del inmueble del Partido de , inscrito en el Registro de la Propiedad, bajo el Folio Real matrícula número: , es terreno de naturaleza , sito en el distrito , cantón de la Provincia de , que limita al norte: sur: este: oeste: , mide: m2 , plano catastrado , donde acepta ejecutar un proyecto de protección de bosque en un área de __________ hectáreas, las cuales están debidamente delimitadas en según la Certificación de PSA del Regente Forestal, que consta en el expediente administrativo, el cual forma parte de este contrato. Este proyecto fue aprobado por la Oficina Regional de , del Fondo Nacional de Financiamiento Forestal, según Resolución: .
SEGUNDA:"EL BENEFICIARIO", reconoce recibir el PSA de común acuerdo al artículo tres, inciso k de la Ley Forestal siete cinco siete cinco y acepta ceder a FONAFIFO, por un período igual al que FONAFIFO pague los servicios ambientales generados por el área sujeta a este contrato, los derechos por reducir, evitar o fijar las emisiones de gases -con efecto invernadero-, la protección del agua para uso urbano, rural o hidroeléctrico, protección de la biodiversidad y belleza escénica natural, que genera las actividades de protección del bosque. Como contraprestación por la protección del bosque, y la cesión señalada, el FONAFIFO pagará la suma de sesenta y cuatro dólares por hectárea por año, distribuidas según Decreto Ejecutivo N° 32750- MINAE que establece anualmente los montos pormodalidad de pago de servicio ambiental. El primer desembolso se girará una vez que el Regente Forestal presente a la Oficina Regional del Fondo Nacional de Financiamiento Forestal el contrato de regencia debidamenteinscrito, en los años subsiguientes el regente deberá certificar que semantiene la cobertura vegetal inalterable y que se han cumplido a cabalidad las obligaciones establecidas en este contrato para ese período. Losdesembolsos se realizarán siempre y cuando el beneficiario se encuentre al día en sus obligaciones con la Caja Costarricense de Seguro Social.
El beneficiario autoriza expresamente durante toda la vigencia de este contrato, para que los pagos por concepto de servicios ambientales sean girados por FONAFIFO, directamente a la Organización, que le brindó los servicios de asesoría técnica, regencia y seguimiento del proyecto, quien a su vez deducido el monto acordado, entregará la diferencia al beneficiario.
(Así reformada la cláusula anterior y publicada en La Gaceta N° 151 del 8 de agosto del 2006).
TERCERA: Como afectación voluntaria a la propiedad "El Beneficiario" acepta mantener durante cinco años a partir de su vigencia, afectada dicha propiedad con las limitaciones y obligaciones establecidas en este contrato, para lo cual autoriza al FONAFIFO la protocolización de lo conducente de este contrato, a .n de que se inscriba en el Registro Público como una limitación de la propiedad, así como deducir el 1% del monto total del contrato, para tales efectos.
CUARTA: "BENEFICIARIO" se compromete a: a) Proteger el bosque, la cobertura vegetal o los procesos de regeneración, del área comprendida en este contrato, y por ende no cortar árboles, o cualquier tipo de vegetación. b) Contar con un Regente Forestal, debidamente colegiado, responsable de la ejecución técnica durante la vigencia del contrato, c) Prevenir y controlar los incendios forestales. d) Prevenir y evitar la cacería ilegal y la extracción ilegal de otros productos del bosque, e) No desarrollar actividades agrícolas y/o ganaderas, f) No efectuar acciones de corta y extracción de productos maderables, g) No realizar ninguna actividad que altere el comportamiento natural del área a proteger, h) Comunicar al MINAE, cualquier alteración o contingencia que ocasione cambios en el área protegida, i) Permitir el libre acceso del personal de MINAE, FONAFIFO, encargado de control, al lugar del área sujeta al PSA facilitando su labor, j) Ceder al Fondo Nacional de Financiamiento Forestal los servicios ambientales, generados por su bosque. k-) Acatar cualquier recomendación técnica emitida por el MINAE o el regente, en forma escrita.
QUINTA: Cualquier venta total, parcial, cesión o enajenación del inmueble objeto de este contrato, deberá ser comunicado de previo al Fondo Nacional de Financiamiento Forestal. La venta obliga en iguales términos al nuevo dueño o adquirente, salvo que éste desee devolver el monto proporcional pagado por FONAFIFO. En cuyo caso procederá el finiquito correspondiente.
SEXTA: FONAFIFO queda expresamente facultado a comercializar de cualquier forma y a cualquier persona física, jurídica, nacional o internacional los derechos cedidos.
SÉTIMA: El incumplimiento por parte de "EL BENEFICIARIO" de cualquiera de sus obligaciones establecidas en este contrato, en la Ley Forestal, en su Reglamento, dará por finalizado el presente contrato en forma automática y autoriza al FONAFIFO a suspender total o parcialmente los pagos pendientes y a solicitar el reintegro de los pagos otorgados, sus intereses y en general los daños y perjuicios ocasionados, renunciando expresamente en este supuesto a su domicilio. Las partes podrán dar por finalizado el presente contrato de mutuo acuerdo, para ello el FONAFIFO reconocerá como servicios prestados los años de protección pagados al beneficiario.
OCTAVA: Este contrato tendrá una vigencia de cinco años, a partir del primero de enero del 200___.
Leído lo anterior, lo aprobamos y firmamos en San José, a los días del mes de del dos mil ______".
Ing. Raúl Solórzano Soto Director Superior de Recursos Naturales SINAC Ing. Jorge Mario Rodríguez Zúñiga.
Fondo Nacional de Financiamiento Forestal Sr.
Beneficiario Nota: En el caso de contratos de la Oficinas Regionales Sarapiquí y San Carlos, agregar en la cláusula CUARTA la siguiente indicación.
En cada rótulo se debe consignar la siguiente leyenda "Finca bajo PSA, Programa Forestal Huetar Norte, KFW-FONAFIFO"
DE PSA TRAMITADO POR ORGANIZACIONES CONTRATO NÚMERO:
______ - _______ - _________ - _________ - ________ Oficina Subregión Modalidad Número de Año Regional contrato completo Nosotros Carlos Manuel Rodríguez Echandi, mayor, abogado, cédula número: uno-quinientos veintinueve-seiscientos ochenta y dos, en su condición de Ministro del Ambiente y Energía según Acuerdo Ejecutivo número cero cero dos-P del ocho de mayo del dos mil dos, publicado en el Diario Oficial La Gaceta número ochenta y siete, en adelante denominado "EL MINAE" quien mediante Resolución R Tres Cuatro Cuatro-MINAE de las trece horas del veintitrés de agosto del dos mil dos, publicada en La Gaceta No ciento ochenta del día jueves diecinueve de setiembre del dos mil dos, ha delegado la .firma de los contratos tramitados por el Fondo Nacional de Financiamiento Forestal para el PSA en cualquiera de sus modalidades en el señor Raúl Solórzano Soto, Director Superior de Recursos Naturales del Sistema Nacional de Áreas de Conservación, el señor Jorge Mario Rodríguez Zúñiga, mayor, casado una vez, ingeniero agrónomo, cédula uno-quinientos cuarenta y cinco-setecientos siete, vecino de Sabanillas de Montes de Oca, en su condición de Director Ejecutivo del Fondo Nacional de Financiamiento Forestal, con facultades de apoderado general debidamente facultado para este acto según consta en el Registro de Personas Jurídicas del Registro Público, bajo las citas de inscripción: quinientos treinta y cuatro-mil ochocientos setenta y nueve-uno-dos, en adelante denominado FONAFIFO, cédula jurídica tres- cero cero siete dos cero cuatro siete dos cuatro, y (nombre o nombres de los propietarios, número de cédula, estado civil completo, oficio, vecino de), (en su condición de apoderado de persona física o jurídica, cédula jurídica número: según consta en el Registro Nacional sección , al tomo, folio, asiento, o según poder especial otorgado ante el notario público, escritura número: de las horas, del de , el cual consta en el expediente administrativo), en adelante denominado " El Beneficiario" con fundamento en la Ley Forestal número siete cinco siete cinco, convenimos en celebrar el presente contrato, que se regirá en especial por las siguientes cláusulas:
PRIMERA: Que de conformidad con lo dispuesto, " El Beneficiario" en su condición de propietario del inmueble del Partido de , inscrito en el Registro de la Propiedad, bajo el Folio Real matrícula número: , es terreno de naturaleza , sito en el distrito , cantón de la Provincia de , que limita al norte: sur: este: oeste: , mide: m2, plano catastrado , donde acepta ejecutar un proyecto de reforestación en un área de hectáreas, las cuales están debidamente delimitadas en según la Certificación de PSA del Regente Forestal, que consta en el expediente administrativo, el cual forma parte de este contrato. Este proyecto fue aprobado por la Oficina Regional de , del Fondo Nacional de Financiamiento Forestal, según Resolución: .
SEGUNDA: "EL BENEFICIARIO", reconoce recibir el PSA de común acuerdo al artículo tres, inciso k de la Ley Forestal siete cinco siete cinco y acepta ceder a FONAFIFO, por un período igual al que FONAFIFO pague los servicios ambientales generados por el área sujeta a este contrato, los derechos por reducir, evitar o fijar las emisiones de gases -con efecto invernadero-, la protección del agua para uso urbano, rural o hidroeléctrico, protección de la biodiversidad y belleza escénica natural, que genera las actividades de reforestación. Como contraprestación el FONAFIFO pagará la suma de ochocientos dieciséis dólares por hectárea desembolsados en un plazo de diez años, distribuidos según Decreto Ejecutivo N° 32750-MINAE que establece anualmente los montos por modalidad de pago de servicio ambiental.
El primer desembolso se girará una vez que el Regente Forestal certifique a la Oficina Regional del Fondo Nacional de Financiamiento Forestal que la plantación está establecida, con la fecha promedio de la plantación (mes y año) y con una densidad acorde a lo indicado en el Estudio Técnico y con una mortalidad no superior al diez por ciento, en los años subsiguientes el Regente deberá certificar que se mantiene la reforestación, se encuentra en un estado técnicamente aceptable y que se han cumplido a cabalidad las obligaciones establecidas en el Estudio Técnico y en este contrato, para ese período. En los contratos multietapas, la primera etapa se pagará cuando la plantación esté establecida, la segundaetapa y subsiguientes se pagarán siempre y cuando las etapas anteriores sehayan establecido según lo programado en el Estudio Técnico. En todos loscasos, se pagará según la fecha promedio de plantación correspondiente a cada etapa, y el Regente deberá certificar que se mantiene la reforestación, se encuentra en un estado técnicamente aceptable y que se han cumplidoa cabalidad las obligaciones establecidas en el Estudio Técnico y en este contrato, para cada etapa.
Los desembolsos se realizarán siempre y cuando el beneficiario se encuentre al día en sus obligaciones con la Caja Costarricense de Seguro Social.
El beneficiario autoriza expresamente durante toda la vigencia deeste contrato, para que los pagos por concepto de servicios ambientales sean girados por FONAFIFO, directamente a la Organización, que le brindó losservicios de asesoría técnica, regencia y seguimiento del proyecto, quien a su vez deducido el monto acordado, entregará la diferencia al beneficiario.
Nota: En los contratos multietapas, la formalización de cada una de las etapas dependerá de la disponibilidad de recursos presupuestarios.
(Así reformada la cláusula anterior y publicada en La Gaceta N° 151 del 8 de agosto del 2006).
TERCERA: Como afectación voluntaria a la propiedad "El Beneficiario" acepta mantener durante quince años a partir de su vigencia, afectada dicha propiedad con las limitaciones y obligaciones establecidas en este contrato, para lo cual autoriza al FONAFIFO la protocolización de lo conducente de este contrato, a .n de que se inscriba en el Registro Público como una limitación de la propiedad, así como deducir el 1% del monto total del contrato, para tales efectos. Si el turno de rotación es menor a 15 años, el beneficiario podría solicitar a FONAFIFO el levantamiento de la afectación posterior a la cosecha .final de la plantación.
CUARTA: "BENEFICIARIO" se compromete a: a) Establecer una plantación forestal de acuerdo con lo estipulado en el Estudio Técnico de reforestación. b) Contar con un regente forestal debidamente colegiado, responsable de la ejecución técnica durante la vigencia del contrato o el turno de la especie, c) Prevenir y controlar los incendios forestales. d) Prevenir y apoyar las labores de control de la cacería ilegal e) No desarrollar actividades agrícolas y/o ganaderas, f) Comunicar a la Administración Forestal del Estado todo aprovechamiento de la madera producto de la plantación forestal. g) Comunicar al MINAE, cualquier alteración o contingencia que ocasione cambios en el área sometida a PSA i) Permitir el libre acceso del personal de MINAE, FONAFIFO, encargado de control, al lugar del área sujeta al PSA facilitando su labor, j) Ceder al Fondo Nacional de Financiamiento Forestal los servicios ambientales, generados por su plantación forestal. k-) Acatar cualquier recomendación técnica emitida por el MINAE o el regente, en forma escrita. l) El beneficiario dispone de doce meses contados a partir de la firma de este contrato para el establecimiento de la plantación.
En caso contrario correspondería la modificación del contrato. En proyectos multietapas dispone de doce meses a partir del establecimiento de la etapa anterior para establecer la nueva etapa, con máximo de cinco años para completar las etapas establecidas en el Estudio Técnico. En caso contrario correspondería la modificación del contrato.
QUINTA: Cualquier venta total, parcial, cesión o enajenación del inmueble objeto de este contrato, deberá ser comunicado de previo al Fondo Nacional de Financiamiento Forestal. La venta obliga en iguales términos al nuevo dueño o adquirente, salvo que este desee devolver el monto proporcional pagado por FONAFIFO. En cuyo caso procederá el finiquito correspondiente.
SEXTA: FONAFIFO queda expresamente facultado a comercializar de cualquier forma y a cualquier persona física, jurídica, nacional o internacional los derechos cedidos.
SÉTIMA: El incumplimiento por parte de "EL BENEFICIARIO" de cualquiera de sus obligaciones establecidas en este contrato, y su relación con la Ley Forestal y en su Reglamento, dará por finalizado el presente contrato en forma automática y autoriza al FONAFIFO a suspender total o parcialmente los pagos pendientes y a solicitar el reintegro de los pagos otorgados, sus intereses y en general los daños y perjuicios ocasionados, renunciando OCTAVA: Este contrato tendrá una vigencia de quince años, a partir de su .firma.
Leído lo anterior, lo aprobamos y firmamos en San José, a los días del mes de del dos mil _______".
Ing. Raúl Solórzano Soto Director Superior de Recursos Naturales SINAC Ing. Jorge Mario Rodríguez Zúñiga.
Fondo Nacional de Financiamiento Forestal.
Sr.
Beneficiario.
Nota: En el caso de contratos de la Oficinas Regionales Sarapiquí y San Carlos, agregar en la cláusula CUARTA la siguiente indicación.
En cada rótulo se debe consignar la siguiente leyenda "Finca bajo PSA, Programa Forestal Huetar Norte, KFW-FONAFIFO"
DE PSA TRAMITADO POR ORGANIZACIONES CONTRATO NÚMERO: (poner número) ______ - _______ - _________ - _________ - ________ Oficina Subregión Modalidad Número de Año Regional contrato completo Nosotros Carlos Manuel Rodríguez Echandi, mayor, abogado, cédula número: uno-quinientos veintinueve-seiscientos ochenta y dos, en su condición de Ministro del Ambiente y Energía según Acuerdo Ejecutivo número cero cero dos-P del ocho de mayo del dos mil dos, publicado en el Diario Oficial La Gaceta número ochenta y siete, en adelante denominado "EL MINAE" quien mediante Resolución R Tres Cuatro Cuatro-MINAE de las trece horas del veintitrés de agosto del dos mil dos, publicada en La Gaceta No. ciento ochenta del día jueves diecinueve de setiembre del dos mil dos, ha delegado la .firma de los contratos tramitados por el Fondo Nacional de Financiamiento Forestal para el PSA en cualquiera de sus modalidades en el señor Raúl Solórzano Soto, Director Superior de Recursos Naturales del Sistema Nacional de Áreas de Conservación, el señor Jorge Mario Rodríguez Zúñiga, mayor, casado una vez, ingeniero agrónomo, cédula uno-quinientos cuarenta y cinco-setecientos siete, vecino de Sabanillas de Montes de Oca, en su condición de Director Ejecutivo del Fondo Nacional de Financiamiento Forestal, con facultades de apoderado general debidamente facultado para este acto según consta en el Registro de Personas Jurídicas del Registro Público, bajo las citas de inscripción: quinientos treinta y cuatro-mil ochocientos setenta y nueve-uno-dos, en adelante denominado FONAFIFO, cédula jurídica tres- cero cero siete dos cero cuatro siete dos cuatro, y (nombre o nombres de los propietarios, número de cédula, estado civil completo, oficio, vecino de), (en su condición de apoderado de persona física o jurídica, cédula jurídica número: según consta en el Registro Nacional sección , al tomo, folio, asiento, o según poder especial otorgado ante el notario público, escritura número: de las horas, del de , el cual consta en el expediente administrativo), en adelante denominado "El Beneficiario" con fundamento en la Ley Forestal número siete cinco siete cinco, convenimos en celebrar el presente contrato, que se regirá en especial por las siguientes cláusulas:
PRIMERA: Que de conformidad con lo dispuesto, "El Beneficiario" en su condición de propietario del inmueble del Partido de , inscrito en el Registro de la Propiedad, bajo el Folio Real matrícula número: , es terreno de naturaleza , sito en el distrito , cantón de la Provincia de , que limita al norte: , sur: , este: , oeste: , mide: m2, plano catastrado donde acepta ejecutar un proyecto de reforestación de _______árboles en SAF, las cuales están debidamente indicados en la Certificación PSA del Regente Forestal que consta en el expediente administrativo, el cual forma parte de este contrato. Este proyecto fue aprobado por la Oficina Regional del Fondo Nacional de Financiamiento Forestal según resolución: .
SEGUNDA: "EL BENEFICIARIO", reconoce recibir el PSA de común acuerdo al artículo tres, inciso k de la Ley Forestal siete cinco siete cinco y acepta ceder a FONAFIFO, por un período igual al que FONAFIFO pago los servicios ambientales generados por el área sujeta a este contrato, los derecho por reducir, evitar o fijar las emisiones de gases -con efecto invernadero, la protección del agua para uso urbano, rural o hidroeléctrico, protección de la biodiversidad y belleza escénica natural, que genera las actividades de reforestación en SAF. Como contraprestación por las acciones, y la cesión señalada, el FONAFIFO pagará la suma deun dólar treinta centavos por árbol forestal sembrado desembolsados en un plazo de tres años, distribuidos según Decreto Ejecutivo Nº 32750- MINAE que establece anualmente los montos por modalidad de pago de servicio ambiental, con un mínimo de 350 árboles y hasta un máximo de tres mil quinientos árboles.
FONAFIFO realizará el pago de la siguienteforma: 65% el primer año, 20% el segundo año y 15% el tercer año. Elprimer desembolso. El primer desembolso ser realizará una vez se rinda la certificación del regente forestal en el cual se indique que se ha realizado la siembra y los árboles están establecidos, además que la mortalidad inicialno sea mayor del diez por ciento y en todo caso indicar el número absoluto de árboles sobrevivientes; un veinte por ciento a los doce meses de la fecha de plantación de árboles y un quince por ciento final veinticuatro meses de la fecha de plantación de árboles. En los años subsiguientes el regente deberá informar que se mantiene el Sistema Agroforestal y se encuentra en un estado técnicamente aceptable y que se han cumplido a cabalidadlas obligaciones establecidas en el estudio técnico y en este contrato, paraese período. El segundo y tercer pago corresponderá al número de árboles sobrevivientes indicados en el informe de regencia y/o Certificación PSA.
Los desembolsos se realizarán siempre y cuando el beneficiario se encuentre al día en sus obligaciones con la Caja Costarricense de Seguro Social.
El beneficiario autoriza expresamente durante toda la vigencia de este contrato, para que los pagos por concepto de servicios ambientales sean girados por FONAFIFO, directamente a la Organización, que le brindó los servicios de asesoría técnica, regencia y seguimiento del proyecto, quien a su vez deducido el monto acordado, entregará la diferencia al beneficiario.
(Así reformada la cláusula anterior y publicada en La Gaceta N° 151 del 8 de agosto del 2006).
TERCERA: "BENEFICIARIO" se compromete a: a) Plantar los árboles forestales en sistemas agroforestales de acuerdo con lo estipulado en el estudio técnico. b) Contar con un regente forestal debidamente colegiado, responsable de la ejecución técnica durante la vigencia del contrato, c) Prevenir y controlar los incendios forestales. d) Prevenir y evitar la cacería ilegal y la extracción ilegal de otros productos del bosque, e) Se debe proteger los árboles del ramoneo de los animales en los sistemas silvopastoriles f) Comunicar al FONAFIFO, cualquier alteración o contingencia que ocasione cambios en plantación g) Permitir el libre acceso del personal de MINAE y FONAFIFO, el encargado de control, al lugar del área sujeta al PSA facilitando su labor, h) Ceder al Fondo Nacional de Financiamiento los servicios ambientales, generados por su plantación forestal. k) Acatar cualquier recomendación técnica emitida por el FONAFIFO o el regente en forma escrita. j) Velar por el buen desarrollo del SAF. l) El beneficiario dispone de doce meses contados a partir de la firma de este contrato para el establecimiento del SAF. En caso contrario correspondería la modificación del contrato.
CUARTA: Cualquier venta total, parcial, cesión o enajenación del inmueble objeto de este contrato, deberá ser comunicado de previo al Fondo Nacional de Financiamiento Forestal. La venta obliga en iguales términos al nuevo dueño o adquirente, salvo que este desee devolver el monto proporcional pagado por FONAFIFO. En cuyo caso procederá el finiquito correspondiente.
QUINTA: FONAFIFO queda expresamente facultado a comercializar de cualquier forma y a cualquier persona física, jurídica, nacional o internacional los derechos cedidos.
SEXTA: El incumplimiento por parte de "EL BENEFICIARIO" de cualquiera de sus obligaciones establecidas en este contrato, en la Ley Forestal, en su Reglamento, dará por finalizado el presente contrato en forma automática y autoriza al FONAFIFO a solicitar el reintegro de los pagos otorgados, sus intereses y en general los daños y perjuicios ocasionados, renunciando expresamente en este supuesto a su domicilio.
SÉTIMA: Este contrato tendrá una vigencia de cinco años, a partir de su firma.
Leído lo anterior, lo aprobamos y .firmamos en San José, a los días del mes de del dos mil __________".
Ing. Raúl Solórzano Soto Director Superior de Recursos Naturales SINAC Ing. Jorge Mario Rodríguez Zúñiga Presidente del Fondo Nacional de Financiamiento Forestal.
Sr.
Beneficiario Nota: En el caso de contratos de la Oficinas Regionales Sarapiquí y San Carlos, agregar en la cláusula CUARTA la siguiente indicación.
En cada rótulo se debe consignar la siguiente leyenda "Finca bajo PSA, Programa Forestal Huetar Norte, KFW-FONAFIFO".
FINANCIAMIENTO FORESTAL Y LAS ORGANIZACIONES Nosotros, el señor Jorge Mario Rodríguez Zúñiga, mayor, casado una vez, ingeniero agrónomo, cédula uno-quinientos cuarenta y cinco setecientos siete, vecino de Sabanillas de Montes de Oca, en su condición de Director Ejecutivo del Fondo Nacional de Financiamiento Forestal, con facultades de apoderado general debidamente facultado para este acto según consta en el Registro de Personas Jurídicas del Registro Público, bajo las citas de inscripción: quinientos treinta y cuatro-mil ochocientos setenta y nueve-uno-dos, cédula Jurídica tres- cero cero siete-dos cero cuatro siete dos cuatro, en adelante denominado FONAFIFO y (Nombre del representante legal, calidades, cédula, nombre de la Organización, cedula jurídica, según consta, por el Departamento de Organizaciones Sociales del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, y de conformidad con el Acuerdo No del Consejo de Administración de fecha del en adelante denominada LA ORGANIZACIÓN, con fundamento en la ley forestal, su reglamento y el Manual de procedimientos administrativos, así como el buen desempeño en la organización en labores similares en el pasado, acordamos celebrar el presente convenio de cooperación el cual se regirá por las siguientes cláusulas:
PRIMERA: La organización se compromete a brindar asesoría técnica y seguimiento a los productores beneficiarios (as) de proyectos de PSA, en la modalidad de protección de bosque, reforestación, sistemas agroforestales y regeneración natural.
(Así reformada la cláusula anterior y publicada en La Gaceta N° 151 del 8 de agosto del 2006).
SEGUNDA: Son obligaciones de la Organización:
a- Brindar los servicios de regencia y de asesoría técnica en la ejecución estudio técnico.
b- Suscribir contratos individuales con los beneficiarios (as) del Programa de PSA, en donde se regulen las relaciones particulares con los beneficiarios (as). En estos contratos se establecerán los montos por los honorarios por los servicios brindados, la periodicidad de la asistencia técnica, entre otras.
c- Gestionar el cobro y su posterior entrega a cada beneficiario (a) de los recursos que le corresponden, para ello deberá canalizar dichos recursos en una cuenta corriente exclusiva para administrar los recursos que FONAFIFO le transfiera por PSA.
d- Comprometerse a girar los recursos a los beneficiarios de PSA, como máximo 15 días naturales después de que se giren los recursos por parte de FONAFIFO, esto si no ha existido ninguna situación irregular.
e- Colaborar con el FONAFIFO en las labores de supervisión de los proyectos de PSA a su cargo y supervisión técnica, durante la vigencia del plan técnico de reforestación. La Organización deberá comunicar en forma inmediata cualquier situación irregular derivada de los Contratos de PSA.
TERCERA: La organización por su participación, cobrará al beneficiario un porcentaje que no podrá ser superior al 18.
CUARTA: El FONAFIFO se compromete a pagar a los beneficiarios (as) a través de la inmediación de la organización, por haberlo así estipulado estos en los contratos de PSA. No obstante, cuando por mutuo acuerdo se establezca o la organización desaparezca o se compruebe falta grave en sus obligaciones, mediante un procedimiento administrativo, el FONAFIFO podrá suspender parcial o totalmente los pagos a la organización y girar en forma directa al beneficiario. La organización, renuncia de antemano a cualquier reclamo derivada por la aplicación de esta cláusula.
QUINTA: Este Convenio tiene un plazo de duración de cinco años, a partir de su .firma.
SEXTA: Cualquier conflicto presentado en la ejecución o aplicación de este convenio será resuelta bajo los principios de buena fe y cooperación mutua, pero teniendo en cuenta siempre la viabilidad y ejecución de los proyectos de PSA, suscrito con los beneficiarios (as).
SÉTIMA: La organización no será responsable de la ejecución o incumplimiento de los proyectos, salvo que conociendo de irregularidades no las manifestare oportunamente.
OCTAVA: Para efectos fiscales este convenio es de carácter inestimable.
Leído lo anterior, lo aprobamos y .firmamos en San José, a los días ____ del mes___ de del dos mil ____. ____________________________ Ing. Jorge Mario Rodríguez Zúñiga Fondo Nacional de Financiamiento Forestal _____________________________ Representante de la Organización
PRESOLICITUD DE INGRESO AL PROGRAMA PSA Nº Consecutivo______________ Fecha______________________ Señores:
Oficina Regional________________________ Por este medio hago entrega de la presolicitud para ingresar al Programa de Pago de Servicios Ambientales-PSA, para lo cual indico los siguientes aspectos:
I. Datos del solicitante
Nombre completo: __________________________________________ Número de cédula: _____________ Estado civil completo: _________ Profesión u oficio: ___________________________________________ Dirección exacta: ___________________________________________ Teléfono, número de fax y/o correo electrónico: ___________________
II. Datos del representante legal III. Datos de la organización
Nombre completo: ______________ Nombre completo: __________ Número de cédula: ______________ Número de cédula: __________ Estado civil completo: ____________ Dirección exacta: ___________ Teléfono, fax y/o correo electrónico: _____________________________ Teléfono, fax y/o correo electrónico: _____________________________ Profesión u oficio: ___________________________________________ Condiciones en que ejecuta su representación: _____________________ Dirección exacta: ___________________________________________
IV. Datos de la .finca Folio(s) real(es), Tomos o Posesión _____________________________
Área total (ha): _____________________________________________ Número de plano catastrado: ________ Limitaciones I.D.A. SI( ) NO( ) Ubicación administrativa: _____________________________________ Modalidad PSA: ________________ Área a someter en PSA: ______ En caso de Reforestación: industrial ( ) con especies en extinción ( ) regeneración ( ) multietapas ( )
V. Lugar para oír notificaciones ________________________________
La entrega de esta presolicitud no obliga a esta Oficina Regional a aprobar en el acto la presolicitud, dado que la misma requiere una verificación de aspectos legales, cumplir con criterios de priorización y disponibilidad de recursos para este Programa y de acuerdo a lo dispuesto en la legislación vigente. La Oficina Regional dispone de un plazo de 10 días hábiles para su notificación y proceder a continuar o no con el trámite respectivo.
Adjunto copia del plano catastrado completo por ambas lados (con ubicación geográ.ca de la finca), copia de la cédula de identidad vigente en hoja completa y/o cédula jurídica vigente (si aplica).
Presolicitud: Completa ( ) Incompleta ( ) Observaciones _____________ __________________________________________________________ Firma del solicitante o representante legal ________________________
PRESOLICITUD DE INGRESO AL PROGRAMA PSA-SAF Nº Consecutivo______________ Fecha______________________ Señores:
Oficina Regional __________________ Por este medio hago entrega de la presolicitud para ingresar al Programa de Pago de Servicios Ambientales-SAF, para lo cual indico los siguientes aspectos:
I. Datos del solicitante
Nombre completo: __________________________________________ Número de cédula: ______________ Estado civil completo: ________ Profesión u oficio: ___________________________________________ Dirección exacta: ___________________________________________ Teléfono, número de fax y/o correo electrónico: ___________________
II. Datos del representante legal III. Datos de la organización
Nombre completo: ______________ Nombre completo: __________ Número de cédula: ______________ Número de cédula: __________ Estado civil completo: ____________ Dirección exacta: ___________ Teléfono, fax y/o correo electrónico: _____________________________ Teléfono, fax y/o correo electrónico: _____________________________ Profesión u oficio: ___________________________________________ Condiciones en que ejecuta su representación: _____________________ Dirección exacta: ___________________________________________
IV. Datos de la .finca
Folio(s) real(es) o Tomos _________ Área total (ha): _____________ Número de plano catastrado: ________ Limitaciones I.D.A. SI( ) NO( ) Ubicación administrativa: _____________________________________ Número de árboles: __________________________________________ Arreglo SAF: _______________________________________________
V. Lugar para oír notificaciones ________________________________
La entrega de esta presolicitud no obliga a esta Oficina Regional a aprobar en el acto la solicitud, dado que la misma requiere una verificación de aspectos legales, cumplir con criterios de priorización y disponibilidad de recursos para este Programa y de acuerdo a lo dispuesto en la legislación vigente. La Oficina Regional dispone de un plazo de 10 días hábiles para su notificación y proceder a continuar o no con el trámite respectivo.
Adjunto copia del plano catastrado completo por ambas lados (con ubicación geográ.ca de la finca), copia de la cédula de identidad vigente en hoja completa y/o cédula jurídica vigente (si aplica).
Presolicitud: Completa ( ) Incompleta ( ) Observaciones: ______________________________________________________________________ Firma del solicitante o representante legal ________________________
1. Para la asignación del número de la presolicitud de PSA y el número de la resolución de aprobación, que deben tener el mismo número, se tendrá que seguir el siguiente formato:
__________ - __________ - __________ - __________ Oficina Número de Regional Subregión consecutivo Año 2 dígitos 2 dígitos 4 dígitos 2 dígitos 2. Para la asignación del número de la solicitud de pago, se tendrá que seguir el siguiente formato:
__________ - __________ - __________ - __________ Oficina Número de Regional Subregión consecutivo Año 2 dígitos 2 dígitos 4 dígitos 2 dígitos 3. Para la asignación del número de contrato, se tendrá que seguir el siguiente formato:
______ - _______ - _________ - _________ - ________ Oficina Número de Año Regional Subregión Modalidad contrato completo 2 dígitos 2 dígitos 2-3 dígitos 4 dígitos 4 dígitos 4. Para la asignación del número de archivo, se tendrá que seguir el siguiente formato:
__________ - __________ - __________ Número Consecutivo Oficina por Modalidad Regional Modalidad 2 dígitos 2 dígitos 3 dígitos
Lic. (nombre del notario):
Notario Público Presolicitud (número):
Nombre del Beneficiario (a):
Con vista en el Registro Nacional: he podido corroborar que el folio real (número), (o en su defecto .finca número, inscrito al tomo, folio, asiento) partido de (provincia), propiedad de (nombre del propietario), cumple con todos los requisitos establecidos en la ley forestal, en el reglamento a la ley forestal, y el Manual de procedimientos administrativos, razón por lo cual se autoriza la suscripción del respectivo contrato, el cual se adjunta. San José, (fecha y año). Se expide la presente a solicitud del Fondo Nacional de Financiamiento Forestal, el cual de conformidad con el artículo 47 de la ley forestal está exenta del pago de especies .fiscales y timbres.
FIRMA Y SELLO Nota:
Esta autorización escrita deberá ser acompañada de un estudio registral del Folio Real, o copia de tomo de inscripción. En caso de personas jurídicas, deberán adjuntar una certificación de personería en papel de seguridad firmado y sellado.
DEL ABOGADO EN POSESION Lic. (nombre del notario):
Notario Publico Presolicitud (numero):
Nombre del Beneficiario (a):
Realizada la valoración del a nombre de _______________ el mismo cumple con los requisitos establecidos en la Ley Forestal, su Reglamento y el Manual de Procedimientos Administrativos, razón por la cual se autoriza la suscripción del respectivo contrato el cual se adjunta. San José (mes y ano). Se expide la presente a solicitud del Fondo Nacional de Financiamiento Forestal, el cual de conformidad con el articulo 47 de la Ley Forestal, esta exenta del pago de especies fiscales. En caso de personas jurídicas, deberá adjuntar una certificación de personería en papel de seguridad firmado y sellado.
FIRMAYSELLO
Señores:
Fondo Nacional de Financiamiento Forestal Presolicitud (numero):
Fecha:
Mediante la presente les informo que realizado la valoración y los estudios correspondientes a la solicitud presentada por: (Nombre del solicitante), la cual presenta los siguientes problemas.
| Detalle del problema | Posible solución |
|---|
Sin otro particular, Atte.
Lic. (nombre del notario).
TECNICO PARA EL PAGO DE LOS SERVICIOS AMBIENTALES DE PROTECCION DEL BOSQUE 1.DESCRIPCION GENERAL 1.1 Objetivos y naturaleza del Estudio Técnico.
1.2Nombre, calidades (cedula, estado civil, profesión u oficio) teléfono o fax y dirección del solicitante. Para el caso de proyectos conjuntos, la organización elaborara un estudio técnico para cada solicitante y en el cual deberá indicarse: nombre de la organización, cedula jurídica, representante legal, lugar para oír notificaciones, domicilio, teléfono y fax. Área total en hectáreas de la propiedad.
3.3. Área total en hectáreas de la propiedad.
3.4. Certificación del área a someter con no menos de 3 puntos de control ubicados con GPS, según anexo 15.
3.5 Área a someter PSA, para la protección y uso actual de dicha área.
3.6. Datos de inscripción del (os) inmuebles (s).
1.6.1. Colindancias 1.6.2. Tomo.
1.6.3. Folio.
1.6.4. Número.
1.6.5. Asiento.
1.6.6. Folio Real.
7.7.7. Numero de piano (tanto en fincas inscritas como en el caso de fincas sin inscribir).
7.7.8. Área total del inmueble.
1.7. Localización administrativa.
1.7.1. Provincia.
1.7.2. Cantón.
1.7.3. Distrito.
1.7.4. Caserío.
1.7.5. Otras señas.
1.8. Localización geográfica.
1.8.1. Coordenadas verticales (Proyección Lambert).
1.8.2. Coordenadas horizontales (Proyección Lambert).
1.9. Copia del plano catastrado certificado por notario publico y ubicación en la hoja cartográfica 1:50.000 (este ultimo requisito en caso de que el piano catastrado no cuente con la cuadricula de ubicación respectiva).
1.10. Instalación de letreros preventivos (rotulación). El rótulo debe contener nombre del beneficiario(a), modalidad, área PSA sometida y Nº de Contrato Forestal.
Nota: Adjuntar al estudio técnico el respectivo contrato de regencia vigente. Para contratos de regencia de ONG´s debe incluir listado de beneficiarios (as) sellado por el Colegio de Ingenieros Agrónomos. Adjuntar la certificación de área efectiva de PSA en papel sellado y timbres respectivos, según el Anexo 15 del Manual PSA 2005 y los criterios incluidos en este manual.
(Así reformado el punto anterior y publicado en La Gaceta N° 151 del 8 de agosto del 2006).
TECNICO PARA EL PAGO DE LOS SERVICIOS AMBIENTALES DE REFORESTACION 1. INTRODUCCION Objetivos y naturaleza del Estudio Técnico.
2. DESCRIPCION GENERAL DE LA PROPIEDAD 2.1. Nombre, calidades (cedula, estado civil, profesión u oficio) teléfono o fax y dirección del solicitante. Para el caso de proyectos conjuntos, la organización elaborara un estudio técnico para cada solicitante y en el cual deberá indicarse: nombre de la organización, cedula jurídica, representante legal, lugar para oír notificaciones, domicilio, teléfono y fax.
2.2. Régimen de propiedad (privada o arrendamiento). 1 2.3. Datos de inscripción del (os) inmueble (s).
2.3.1. Colindancias.
2.3.2. Tomo.
2.3.3. Folio.
2.3.4. Numero.
2.3.5. Asiento.
2.3.6. Folio Real.
2.3.7. Numero de piano catastrado.
2.3.8. Área total del inmueble.
2.3.9. Descripción del uso actual. Además, indicar la naturaleza del terreno según certificación de propiedad. Descripción detallada de regeneración natural.
2.4.Localización administrativa.
2.4.1. Provincia.
2.4.2. Cantón.
2.4.3. Distrito.
2.4.4. Caserío.
2.4.5. Otras senas.
2.5. Localización geográfica.
2.5.1. Coordenadas verticales (Proyección Lambert).
2.5.2. Coordenadas horizontales (Proyección Lambert).
2.6. Copia del piano catastrado complete certificada por notario publico y ubicación en la hoja cartográfica 1:50.000 (este ultimo requisito en case de que el piano catastrado no cuente con la cuadricula de ubicación respectiva).
2.7. Vías de comunicación.
2.8. Red de caminos actuales y por establecer (ubicación aproximada en el piano de la finca).
2.9. Indicar si el área se encuentra en un área silvestre protegida, señalando el nombre de la misma.
3. CONDICIONES FISICAS Y ECOLOGICAS 3.1. Topografía.
3.2. Suelos.
3.2.1. Descripción de campo en cuanto a profundidad, textura, pedregosidad y rocosidad, drenaje superficial e interno hasta un metro de profundidad, riesgos de inundación. Se anexa el estudio suelos de las fincas sometidas a PSA.
(Así reformado el punto anterior y publicado en La Gaceta N° 151 del 8 de agosto del 2006).
3.3. Clima.
3.3.1. Precipitación (distribución anual-meses secos).
3.3.2. Temperatura.
3.3.3. Viento, neblina y humedad relativa, en los casos en que se cuente con esta información.
3.3.4. Elevación de la finca (msnm).
3.3.5. Zonas de vida.
3.4. Drenaje.
Descripción de red de drenajes naturales, ríos, quebradas, embalses, suampos, etc. (Ubicación en el piano de la finca o en un croquis elaborado por el profesional forestal).
3.5. Uso actual y anterior (cultivos, pastoreo, bosque, otros).
4. CAPACIDAD DE USO DE LA TIERRA 4.1. Ubicación y hectáreas de los bloques a reforestar en la propiedad.
4.2. Capacidad de uso de la tierra de cada bloque acuerdo al Manual para la Determinación de la Capacidad de Uso de las Tierras de Costa Rica, decreto ejecutivo N° 23214-MAG-MIRENEM, y especie por bloque (presentar cuadro).
5. DESCRIPCION DEL PROYECTO 5.1. Ubicación del área a reforestar, por etapas y por especie según corresponda. Procedencia de material vegetativo por especie (cuadro).
Para plantaciones por establecer se exigirá el uso de semilla certificada para aquellas especies en que exista semilla disponible para cubrir la demanda total del país. Para esto la Oficina Nacional de Semillas mantendrá informada al FONAFIFO, los regentes forestales y el sector forestal de la disponibilidad de este material.
. 5.2 Densidad de plantación según bloque o especie.
(La densidad mínima a establecer en una plantación es de 800 árboles por hectárea, únicamente se aceptarán densidades menores cuando se pueda demostrar fehacientemente que el material vegetativo a utilizar cuenta con un grado de mejora genética, que justifique una densidad menor).
Para plantaciones establecidas mediante otros métodos, se exigirá un mínimo de 800 árboles por hectárea, con una altura promedio de un metro de altura, con condiciones fenotípicas de los mejores individuos (fuste recto, copa completa, sin problemas fitosanitarios, un rebrote por tocón o regeneración natural) y se debe detallar las actividades de manejo aplicado a estas plantaciones. La certificación del regente debe indica la densidad, fecha estimada de plantación y condiciones fenotípicas de los mejores individuos e incluir los siguientes aspectos:
. Aplica solo para la especie melina (Gmelina arborea).
. Plantaciones en donde se certifique material genético adecuado en la plantación original.
. Cosechas certificadas superiores al promedio nacional (más de 100 m3 en la cosecha).
. Certificación que al menos 200 árboles de la primera cosecha fueron de clase 1.
. Descripción de la preparación del terreno según bloque.
(Así reformado el inciso anterior y publicado en La Gaceta N° 151 del 8 de agosto del 2006).
5.3 Programación de actividades silviculturales (chapeas, rodajeas, selección de individuos podas, raleos) hasta el tumo de cosecha según especie. Con una programación trimestral durante los primeros dos anos, semestral para los tres anos siguientes y anual hasta el final del tumo, para cada especie.
5.4 Descripción de la regeneración natural en sitios en vías de recuperación de bosque, considerando los siguientes parámetros:
(Así reformado el inciso anterior y publicado en La Gaceta N° 151 del 8 de agosto del 2006).
5.4.1.Sitio en abandono al menos con un ano y libre de pastoreo.
5.4.2.Área mínima considerada en sitios en vías de recuperación es de 2 hectáreas.
5.4.3.Regeneración natural mínima de 1240 brinzales de especies comerciales por hectárea o/y 720 latizales comerciales por hectáreas, dependiendo de la edad de iniciado el proceso de regeneración natural. Las especies aceptadas en sitios en vías de recuperación, así como, las definiciones de estos tipos de vegetación indicadas en el anexo 32. No se cuantificarán en estos tipos de vegetación, los árboles y palmas remanentes de bosque primario ni tocones con rebrotes múltiples. La densidad de árboles remanentes no debe sobrepasar los 5 individuos por hectárea. Descripción de labores de manejo.
En proyectos de regeneración natural en pastos y potreros, que se podrán realizar solo en áreas definidas como Tierras Kyoto, que hayan sido deforestadas antes del 31 de diciembre de 1989 y que se ubiquen en las Regiones Chorotega, Pacífico Central y Brunca del país según la regionalización administrativa de MIDEPLAN, se incluye descripción del recurso.
(Así reformado el punto anterior y publicado en La Gaceta N° 151 del 8 de agosto del 2006).
5.4.4. Certificación indicando densidad de brinzales o/y latizales comerciales, especies aceptadas según manual, edad estimada de iniciado el proceso de regeneración natural, sin problemas fitosanitarios y con características fenotípicas como: fuste recto y copas completas, remanencia (anexo 32). Indicar condiciones del recurso en los proyectos incluidos en Tierras Kyoto. La certificación del regente forestal debe indica la densidad, fecha estimada de plantación, condiciones fenotípicas de la plantación en plantaciones establecidas mediante otros métodos. Certificando además, el material genético de la especie la cosecha superior al promedio nacional y calidad de la primera cosecha.
(Así reformado el punto anterior y publicado en La Gaceta N° 151 del 8 de agosto del 2006).
5.5. En proyectos de reforestación multietapas, se considera los siguientes parámetros:
5.5.1. Área total de proyecto no supera los trescientas hectáreas por ano.
5.5.2. Cronograma de actividades indicando el área a plantar anual durante los cinco anos y su plan de manejo por cada etapa.
5.5.3. Certificación por cada etapa plantada para tramitar el pago de cada etapa plantada.
6. PLAN DE PREVENCION DE INCENDIOS FORESTALES 6.1 Determinación y justificación del riesgo de incendios.
Los puntos siguientes, solo deberán presentarse para zonas de mediano o alto riesgo.
6.2. Establecimiento de cortafuegos artificiales.
6.3.Instalación de letreros preventivos (rotulación). El rótulo debe contener nombre del beneficiario(a), modalidad, área PSA sometida y Nº de Contrato Forestal.
Nota: Adjuntar al estudio técnico el respectivo contrato de regencia vigente. Para contratos de regencia de ONG´s debe incluir listado de beneficiarios (as) sellado por el Colegio de Ingenieros Agrónomos. Adjuntar la certificación de área efectiva de PSA en papel de sellado y timbres respectivos, según el Anexo 15 del Manual PSA 2005 y los criterios incluidos en este manual.
(Así reformado el punto anterior y publicado en La Gaceta N° 151 del 8 de agosto del 2006).
6.4. Otros según criterio del técnico.
7. PLANDEPREVENCIONCONTRAPLAGASYENFERMEDADES FORESTALES Programación de actividades preventivas y de control de plagas enfermedades en las diferentes etapas de desarrollo del proyecto de reforestación (vivero, establecimiento, desarrollo y aprovechamiento).
Nota: Adjuntar al estudio técnico el respectivo contrato de regencia vigente. juntar la certificación con puntos GPS y posterior a la reforestación sentar certificación del área plantada, porcentaje de sobre vivencia echa promedio de plantación para poder hacer el tramite del primer desembolso de pago.
TECNICO PARA EL PAGO DE LOS SERVICIOS AMBIENTALES DEL ESTABLECIMIENTO DE ÁRBOLES FORESTALES EN SISTEMAS AGROFORESTALES 1. INTRODUCCION 1.1. Objetivos y naturaleza del estudio técnico.
2. DESCRIPCION GENERAL DE LA PROPIEDAD 2.1. Nombre, calidades (cedula, estado civil, profesión u oficio), teléfono o fax y dilección del solicitante. Para el caso de proyectos conjuntos, la organización elaborara un estudio técnico para cada solicitante y en el cual deberá indicarse: nombre de la organización, cedula jurídica, representante legal, lugar para oír notificaciones, domicilio, teléfono y fax.
2.2. Régimen de propiedad (privada o arrendamiento).
2.3. Datos de inscripción del (os) inmueble (s).
2.3.1. Colindancias.
2.3.2. Tomo.
2.3.3. Folio.
2.3.4. Numero.
2.3.5. Asiento.
2.3.6. Folio Real.
2.3.7. Numero de piano catastrado.
2.3.8. Área total del inmueble.
2.3.9. Descripción del uso actual. Además, indicar la naturaleza del terreno según certificación de propiedad y piano catastrado.
2.4. Localización administrativa.
2.4.1. Provincia.
2.4.2. Cantón.
2.4.3. Distrito.
2.4.4. Caserío.
2.4.5. Otras senas.
2.5. Localización geográfica.
2.5.1. Coordenadas verticales (Proyección Lambert).
2.5.2. Coordenadas horizontales (Proyección Lambert).
2.5.3. Copia del piano catastrado entero certificada por notario publico y hoja cartográfica con la delimitación de la finca (este ultimo requisito en caso de que el plano catastrado no cuente con la cuadricula de ubicación respectiva).
2.6. Vías de comunicación.
Red de caminos actuales y por establecer (ubicación aproximada en el piano de la finca).
2.7.Indicar si el área se encuentra en un área silvestre protegida, señalando el nombre de la misma.
3. CONDICIONES FISICAS Y ECOLOGICAS 3.1. Topografía.
3.2. Suelos.
3.2.1.Descripción de campo en cuanto a profundidad, textura, pedregosidad y rocosidad, drenaje superficial e interno hasta un metro de profundidad, riesgos de inundación. Se anexa estudio de suelos de las fincas con proyectos SAF superiores a 1000 árboles por finca.
(Así reformado el punto anterior y publicado en La Gaceta N° 151 del 8 de agosto del 2006).
3.3. Clima.
3.3.1. Precipitación (distribución anual-meses secos).
3.3.2. Temperatura.
3.3.3. Viento, neblina y humedad relativa, en los casos en que se cuente con esta información.
3.3.4. Elevación de la finca (msnm).
3.3.5. Zonas de vida.
3.4. Drenaje.
3.4.1. Descripci6n de red de drenajes naturales (ríos, quebradas, embalses, suampos, otros). (Ubicación en el piano de la finca o en un croquis elaborado por el profesional forestal).
3.4.2. Uso actual y anterior (cultivos, pastoreo, bosque, otros).
3.4.3. Capacidad de uso del suelo.
4. DESCRIPCION DEL PROYECTO 4.1. Tipo de SAF a establecer (especies de árboles, densidades por ha o km, número de árboles total y por especie), debe indicarse cuáles de los tipos de SAF son los que se van a establecer en el sitio, ya sean de árboles maderables o árboles de uso múltiple (AUM) con cultivos perennes, árboles maderables en hileras, cortinas rompevientos, plantaciones en bloque de menos de una hectárea (ver anexo 1). Se debe incluir una descripción del componente agropecuario. Se debe agregar descripción de los cultivos perennes permitidos en SAF, tales como: café, cacao, plátano, cítricos, palmito, palma aceitera y pasto. Incorporar la variedad de cultivos, distanciamientos y densidad de siembra (árboles y cultivos) y calendario de actividades.
(Así reformado el punto anterior y publicado en La Gaceta N° 151 del 8 de agosto del 2006).
4.2. Descripción y ubicación del SAF por etapas y por especie según corresponda (presentar mapa de etapas de plantación).
4.3. Material vegetativo, se exigirá el uso de semilla certificada para aquellas especies en que exista semilla disponible para cubrir la demanda total del país. Para esto la Oficina Nacional de Semillas mantendrá informada a la Administración Forestal del Estado, los regentes forestales y el sector forestal de la disponibilidad de este material.
4.4. Justificación de la (s) especie (s).
4.5. Justificación de la (s) densidad (es) de plantación.
4.6. Descripción de la preparación del terreno.
4.7. Descripción del manejo silvicultural del componente forestal del SAF.
4.8. Descripción del sistema de protección del ramoneo en sistemas silvopastoriles (árboles en hileras o cortinas rompevientos que pueden estar asociados a ganado).
4.9. Cronograma de labores trimestral durante los primeros dos años, semestral para los tres años siguientes y anual hasta el final del turno, para cada especie, incluyendo las actividades de prevención de incendios.
5. PLAN DE PREVENCIÓN DE INCENDIOS FORESTALES 5.1. Determinación y justificación del riesgo de incendios.
Los puntos siguientes, solo deberán presentarse para zonas de mediano o alto riesgo.
5.2. Manejo del combustible vegetal, previo al establecimiento del SAF.
5.3. Establecimiento de cortafuegos artificiales.
5.4. Tratamiento del combustible residual, producto de desechos del SAF por prácticas silviculturales (limpias, podas y firaleos).
5.5. Instalación de letreros preventivos (rotulación). El rótulo debe contener nombre del beneficiario(a), modalidad, árboles SAF sometidos y Nº de Contrato Forestal.
Nota: Adjuntar al estudio técnico el respectivo contrato de regencia vigente. Para contratos de regencia de ONG´s debe incluir listado de beneficiarios (as) sellado por el Colegio de Ingenieros Agrónomos. Adjuntar la certificación de área efectiva de PSA en papel de sellado y timbres respectivos, según el Anexo 15 del Manual PSA 2005 y los criterios incluidos en este manual.
(Así reformado el punto anterior y publicado en La Gaceta N° 151 del 8 de agosto del 2006).
6. PLAN DE PREVENCIÓN CONTRA PLAGAS Y ENFERMEDADES FORESTALES Programación de actividades preventivas y de control de plagas y enfermedades en las diferentes etapas de desarrollo del estudio técnico (vivero, establecimiento, mantenimiento y labores silviculturales).
7. SEGUIMIENTO DEL PLAN Para la supervisión del estudio técnico, el regente realizará visitas periódicas de acuerdo con lo establecido por el Colegio de Ingenieros Agrónomos de Costa Rica, y presentará a la Oficina regional del FONAFIFO, los informes regenciales correspondientes. Durante el primer año se realizarán tres visitas y en los dos años siguientes se deberán realizar dos visitas por proyecto.
Nota: Adjuntar al estudio técnico el respectivo contrato de regencia vigente.
Adjuntar la certificación de árboles plantados, porcentaje de sobrevivencia y fecha de plantación para poder hacer el trámite del primer desembolso de pago.
ÁREA EFECTIVA A COMPENSAR MEDIANTE EL PAGO DE SERVICIOS AMBIENTALES En las certificaciones del área debe de localizarse y/o indicarse lo siguiente:
1. Área total plantada por año y por especie, con fecha y mes de plantación y porcentaje de sobrevivencia o área de bosque protegida (indicarse en el croquis y en el papel de seguridad). Se debe incluir el nombre común y científico de las especies incluido en proyectos de reforestación e indicar claramente la especie por área sometida.
En aquellos proyectos que contengan bloques con varias especies, especificar un área promedio por especie. En sitios en vías de recuperación natural con potencial comercial deben considerarse los criterios establecidos en el anexo 32. Certificar el área PSA sometida en Tierras Kyoto, tanto en la georeferenciación como en el estado sucesional de la vegetación sometida a PSA.
(Así reformado el punto anterior y publicado en la Gaceta N° 151 del 8 de agosto del 2006).
2. Para los proyectos de reforestación, se deberá localizar y cuantificar las superficies ocupadas por otros usos de la tierra (infraestructura existente, zonas de protección, etc.), siempre y cuando estos se encuentren dentro de los bloques o áreas plantadas. En proyectos de reforestación con otros métodos debe incluirse además de área efectiva, fecha de plantación y porcentaje de sobrevivencia, condiciones fenotípicas de los mejores individuos de la especie melina, se certifique material genético adecuado en la plantación original, cosechas certificadas superiores al promedio nacional (más de 100 m3 en la cosecha), certificación que al menos 200 árboles de la primera cosecha fue de clase 1.
3. Para proyectos de protección de bosque, no se deberán detallar las áreas de protección, debido a que estas forman parte del área sujeta al PSA. Únicamente, será necesario cuantificar y deducir del área efectiva en la certificación, las áreas ocupadas por caminos primarios y patios de acopio e indicar la ubicación de áreas sujetas a contratos PSA anteriores vigentes. En el caso de espejos de agua (embalses o lagunas sin vegetación) que sobrepasen una hectárea, los mismos deberán considerarse en la certificación del área a compensar y excluirse del PSA.
4. En sitios en vías de recuperación natural, debe certificarse la densidad de regeneración natural de especies forestales por tipos de vegetación, edad estimada de abandono, sin problemas .tosanitarios y con características fenotípicas como: fuste recto, copas completas y que no corresponden a rebrotes múltiples o árboles remanentes (anexo 32).
5. Asimismo, cada certificación debe de contener el croquis del área a someter a PSA con respecto al área total de la propiedad, indicando el derrotero y la numeración correspondiente de vértices, sistema empleado y exactitud del mismo. El croquis del área PSA debe entregarse impreso y en digital.
(Así reformado el punto anterior y publicado en la Gaceta N° 151 del 8 de agosto del 2006).
6. Las escalas a utilizar para áreas superiores a treinta hectáreas deben de ser 1:5.000 a 1:10.000. Para el caso de áreas menores pueden utilizarse a conveniencia profesional.
7. Además, la referida certificación deberá elaborarse con base al área legal del terreno, es decir la "superficie agraria", definiéndose ésta como el área de una porción de terreno determinada por la proyección horizontal de su perímetro.
8. Estas certificaciones deberán indicar además lo siguiente.
8.1. Ubicación geográfica, con nombre de la hoja cartográ.ca y escala.
8.2. Otros datos requeridos.
8.2.1. Datos de inscripción del inmueble (Folio Real).
8.2.2. Área sujeta al PSA.
8.2.3. Nombre del propietario.
8.2.4. Lugar, distrito, cantón y provincia.
8.2.5. Nombre y .firma del profesional responsable de la certificación.
8.2.6. Fecha.
8.2.7. Citar número de plano catastrado de la .finca madre.
8.2.8. Nota dando fe de la existencia de los colindantes encontrados en el campo.
8.3. El área debe tener referencia de rumbo y distancia respecto a vértices del plano de la propiedad, de al menos tres puntos ubicados mediante GPS con el datum WGS 84 y en formato grados-decimales (GG.dddd) (deben indicarse en el croquis, las ubicaciones de los puntos), tal como esquina de una construcción, cruce de camino, vértice de propiedad, etc. Esta información, de los puntos GPS debe ser incluida en esta certificación.
9. Manifestación expresa de la existencia otros contratos de PSA vigentes indicando el área, ubicación y certificando la cabida de los contratos.
10. En caso de .fincas en posesión o contratos por año vencido, el regente debe certificar que el bosque fue protegido en los últimos doce meses.
11. En inmuebles con arrendamientos debe certificarse que las áreas PSA están excluidas de las áreas en arriendo, esto en caso de que sea el propietario del inmueble que solicita el ingreso al PSA. Caso contrario, certificar que los arriendos corresponden efectivamente a áreas PSA solicitados por los arrendatarios.
12. En proyectos SAF, la certificación debe citar el nombre del beneficiario, folio real, número de plano catastrado de la finca madre, indicar total de árboles plantados por año y por especie, con fecha y mes de plantación y porcentaje de sobrevivencia. Se debe incluir el nombre común y científico de las especies incluido en proyectos SAF e indicar claramente el número de árboles por tipo de SAF.
(Así reformado el punto anterior y publicado en la Gaceta N° 151 del 8 de agosto del 2006).
13. Solo se admitirán certificaciones que se refieran a planos cuyos desplazamientos en la ubicación cartográfica no superen los 500 metros, con respecto a lo indicado en el plano y la ubicación real de la finca.
(Así adicionado el punto anterior y publicado en la Gaceta N° 151 del 8 de agosto del 2006).
En proyectos de reforestación la certificación que acompañe al estudio técnico debe contener los puntos anteriores del 2 al 11 relacionados a reforestación y entregar una certificación con los datos del punto 1 cuando se haya establecido la plantación. En todos los casos, la certificación debe estar .firmada y con los timbres respectivos.
NACIONAL DE FINANCIAMIENTO FORESTAL PARA FINCAS SIN INSCRIBIR
I. PRESOLICITUD
__________________
II. SOLICITANTE
___________________ | | SI | NO | | --- | --- | --- | | 1. ¿La ubicación señalada en los documentos legales, coincide con la visitada? | | | | 2. ¿Pudo observar cercas o carriles limpios que faciliten la delimitación de la .finca? | | | | ¿Vive el solicitante en la .finca? | | | | 3. Existe en la .finca aparte del bosque otras actividades comerciales, agrícolas, habitacionales | | | | 4. Existe en la .finca obras de infraestructura, como caminos, casas, galerones etc | | | | .5. ¿Domina el propietario de la .finca o su representante, los límites, extensión, acceso a la misma? | | | | 6. ¿Pudo identificar, directa o indirectamente, algunos de los vecinos señalados por el dueño de la .finca? * ¿QUIÉNES? NORTE: SUR: ESTE: OESTE: | | | | 7. Encontró en la inspección algún elemento importante que determinará que la propiedad no le pertenece al solicitante o que existe un conflicto por linderos o área o que pertenece a otra persona. | | | | 8. La posesión es conocida en la zona. | | | .
El suscrito, ________, Encargado de la oficina Regional de ____, del Fondo Nacional de Financiamiento Forestal, considero según los términos de la inspección realizada, que no existen elementos que desvirtúen lo señalado por el solicitante en los documentos técnicos y legales presentados.
Lugar, fecha, y .firma * Nota:
Es necesario al menos identificar uno de los colindantes.
Resolución Nº ______ Ministerio del Ambiente y Energía, Fondo Nacional de Financiamiento Forestal, Oficina Regional de FONAFIFO ________________________a las __________horas (minutos) del día _________ del mes _________ del dos mil________.
PRIMERO: Vista la presolicitud presentada por (Calidades del solicitante: nombre, cédula de identidad, oficio, estado civil, vecino de ___________ (en caso de persona jurídica, indicar representante de la sociedad, cédula jurídica, cita de inscripción, nombre y calidades de la representación legal), y con fundamento en lo establecido en la Ley Forestal Nº 7575 del 16 de abril de 1996 y su Reglamento Decreto Ejecutivo Nº 25721-MINAE del 23 de enero de 1997 y sus reformas, se acuerda:
PRIMERO: Analizado la documentación técnica y legal se determinó que la solicitud cumple con los requisitos establecidos por la Administración Forestal del Estado, Manual de Procedimientos para el PSA, Ley Forestal Nº 7575 y su Reglamento y demás resoluciones atinentes, por tanto el (la) Encargado (a) de la Oficina Regional de FONAFIFO _______________
PRIMERO: Aprobar el estudio técnico por ___________ hectáreas, bajo el Programa de Pago por Servicios Ambientales para el desarrollo de actividades de (reforestación o protección). Dichas hectáreas se localizan dentro del inmueble ubicado en el caserío __________, distrito ___________, cantón ___________, provincia ____________ e inscrita en el Registro Público de la Propiedad, bajo el Folio Real Matrícula _____________ (o Tomo ______, Folio ______, Número ______, Asiento __________), número de plano_________________, con una superficie de _____________ hectáreas. (En caso que el estudio técnico se ubique en más de dos inmuebles indicar los datos de inscripción, área total y área sujeta de Pago de Servicio Ambiental, considerando el siguiente formato).
| Propietario o poseedor | Provincia | Folio real | T | F | N | A | Área total del inmueble (ha) | Área a compensar (ha) | | --- | --- | --- | --- | --- | --- | --- | --- | --- | | Finca 1 | | | | | | | | | | Finca 2 | | | | | | | | | (FIRMA) RESPONSABLE Notificado por: __________________________ Fecha: _________________________________ Lugar: _________________________________ Firma: _________________________________ Nota: Para resoluciones que involucren archivo de presolicitudes, modificaciones u otras, la Oficina Regional debe llevar un consecutivo diferente a los números de resolución de aprobación.
Resolución Nº ______ Ministerio del Ambiente y Energía, Fondo Nacional de Financiamiento Forestal, Oficina Regional de FONAFIFO ________________a las ________horas (minutos) del día _________ del mes _________ del dos mil__________.
PRIMERO: Vista la presolicitud presentada por (Calidades del solicitante: nombre, cédula de identidad, oficio, estado civil, vecino de ___________ (en caso de persona jurídica, indicar representante de la sociedad, cédula jurídica, cita de inscripción, nombre y calidades de la representación legal), y con fundamento en lo establecido en la Ley Forestal Nº 7575 del 16 de abril de 1996 y su Reglamento Decreto Ejecutivo Nº 25721-MINAE del 23 de enero de 1997 y sus reformas, se acuerda:
PRIMERO: Analizado la documentación técnica y legal se determinó que la solicitud cumple con los requisitos establecidos por la Administración Forestal del Estado, Manual de Procedimientos para el Pago de Servicios, Ley Forestal Nº 7575 y su Reglamento y demás resoluciones atinentes, por tanto el (la) Encargado (a) de la Oficina Regional de FONAFIFO _______________
PRIMERO: Aprobar el estudio técnico por ___________árboles, bajo el Programa de Pago por Servicios Ambientales para el desarrollo de actividades de (establecimiento de árboles forestales en SAF, con el arreglo SAF). Dichos árboles se localizan dentro del inmueble ubicado en el caserío _______, distrito _____, cantón ______, provincia _____ e inscrita en el Registro Público de la Propiedad, bajo el Folio Real Matrícula ______ (o Tomo ____, Folio ______, Número ______, Asiento _____), número de plano_________________, con una superficie de ________ hectáreas. (En caso que el estudio técnico se ubique en más de dos inmuebles indicar los datos de inscripción, área total y árboles sujetos de PSA, considerando el siguiente formato).
| Propietario o poseedor | Provincia | Folio real | T | F | N | A | Área total del inmueble (ha) | Árboles SAF a compensar | | --- | --- | --- | --- | --- | --- | --- | --- | --- | | Finca 1 | | | | | | | | | | Finca 2 | | | | | | | | | (FIRMA) RESPONSABLE Notificado por:__________________________ Fecha:_________________________________ Lugar:_________________________________ Firma:_________________________________ Nota: Para resoluciones que involucren archivo de presolicitudes, modificaciones u otras, la Oficina Regional debe llevar un consecutivo diferente a los números de resolución de aprobación.
Resolución Nº ______ Ministerio del Ambiente y Energía, Fondo Nacional de Financiamiento Forestal, Oficina Regional de FONAFIFO _________________________, a las __________horas (minutos) del día _________ del mes _________ del dos mil________.
PRIMERO: Vista la presolicitud presentada por (Calidades del solicitante: nombre, cédula de identidad, oficio, estado civil, vecino de ___________ (en caso de persona jurídica, indicar representante de la sociedad, cédula jurídica, cita de inscripción, nombre y calidades de la representación legal), y con fundamento en lo establecido en la Ley Forestal Nº 7575 del 16 de abril de 1996 y su Reglamento Decreto Ejecutivo Nº 25721-MINAE del 23 de enero de 1997 y sus reformas, se acuerda:
PRIMERO: Analizado la documentación técnica y legal se determinó que la solicitud cumple con los requisitos establecidos por la Administración Forestal del Estado, Manual de Procedimientos para el PSA, Ley Forestal Nº 7575 y su Reglamento y demás resoluciones atinentes, por tanto el (la) Encargado (a) de la Oficina Regional de FONAFIFO _______________
PRIMERO: Aprobar el estudio técnico por ___________ hectáreas, bajo el Programa de Pago por Servicios Ambientales para el desarrollo de actividades de protección. Dichas hectáreas se localizan dentro del inmueble ubicado en el caserío __________, distrito ___________, cantón ___________, provincia ____________. El cual es una propiedad sin inscribir con el número de plano _____________ con una superficie de _____________ hectáreas. (En caso que el estudio técnico se ubique en más de dos inmuebles indicar los datos de inscripción, área total y área sujeta de Pago de Servicio Ambiental, considerando el siguiente formato).
| Poseedor | Provincia | Plano Catastrado | Área total del inmueble .(ha) | Área a compensar (ha) |
|---|
| Finca 1 | | | | |
| Finca 2 | | | | |
(FIRMA) RESPONSABLE Notificado por:__________________________ Fecha:_________________________________ Lugar:_________________________________ Firma:_________________________________ Nota: Para resoluciones que involucren archivo de presolicitudes, modificaciones u otras, la Oficina Regional debe llevar un consecutivo diferente a los números de resolución de aprobación.
MODALIDAD PROTECCIÓN DE BOSQUE CONTRATO NÚMERO:
______ - _______ - _________ - _________ - ________ Oficina Número de Año Regional Subregión Modalidad contrato completo Nosotros Carlos Manuel Rodríguez Echandi, mayor, abogado, cédula número: uno-quinientos veintinueve-seiscientos ochenta y dos, en su condición de Ministro del Ambiente y Energía según Acuerdo Ejecutivo número cero cero dos-P del ocho de mayo del dos mil dos, publicado en el Diario Oficial La Gaceta número ochenta y siete, en adelante denominado "EL MINAE" quien mediante Resolución R Tres Cuatro Cuatro-MINAE de las trece horas del veintitrés de agosto del dos mil dos, publicada en La Gaceta No ciento ochenta del día jueves diecinueve de setiembre del dos mil dos, ha delegado la .firma de los contratos tramitados por el Fondo Nacional de Financiamiento Forestal para el PSA en cualquiera de sus modalidades en el señor Raúl Solórzano Soto, Director Superior de Recursos Naturales del Sistema Nacional de Áreas de Conservación, el señor Jorge Mario Rodríguez Zúñiga, mayor, casado una vez, ingeniero agrónomo, cédula uno-quinientos cuarenta y cinco-setecientos siete, vecino de Sabanillas de Montes de Oca, en su condición de Director Ejecutivo del Fondo Nacional de Financiamiento Forestal, con facultades de apoderado general debidamente facultado para este acto según consta en el Registro de Personas Jurídicas del Registro Público, bajo las citas de inscripción: quinientos treinta y cuatro-mil ochocientos setenta y nueve-uno-dos, en adelante denominado FONAFIFO, cédula jurídica tres-cero cero siete dos cero cuatro siete dos cuatro, y (nombre o nombres de los propietarios, número de cédula, estado civil completo, oficio, vecino de), (en su condición de apoderado de persona física o jurídica, cédula jurídica número: según consta en el Registro Nacional sección , al tomo, folio, asiento, o según poder especial otorgado ante el notario público, escritura número: de las horas, del de , el cual consta en el expediente administrativo), en adelante denominado "El Beneficiario" con fundamento en la Ley Forestal número siete cinco siete cinco, convenimos en celebrar el presente contrato, que se regirá en especial por las siguientes cláusulas:
PRIMERA: Que de conformidad con lo dispuesto, "El Beneficiario" en su condición de propietario del inmueble del Partido de , inscrito en el Registro de la Propiedad, bajo el Folio Real matrícula número: , es terreno de naturaleza , sito en el distrito , cantón de la Provincia de , que limita al norte: , sur: , este: , oeste: , mide: m2 , plano catastrado, donde acepta ejecutar un proyecto de protección de bosque en un área de ___________ hectáreas, las cuales están debidamente delimitadas en según la Certificación de PSA del Regente Forestal, que consta en el expediente administrativo, el cual forma parte de este contrato. Este proyecto fue aprobado por la Oficina Regional de , del Fondo Nacional de Financiamiento Forestal, según Resolución: .
SEGUNDA: "EL BENEFICIARIO", reconoce recibir el PSA de común acuerdo al artículo tres, inciso k de la Ley Forestal siete cinco siete cinco y acepta ceder a FONAFIFO, por un período igual al que FONAFIFO pague los servicios ambientales generados por el área sujeta a este contrato, los derechos por reducir, evitar o fijar las emisiones de gases -con efecto invernadero-, la protección del agua para uso urbano, rural o hidroeléctrico, protección de la biodiversidad y belleza escénica natural, que genera las actividades de protección del bosque. Como contraprestación por la protección del bosque, y la cesión señalada, el FONAFIFO pagará la suma de sesenta y cuatro dólares por hectárea por año, distribuidas según Decreto Ejecutivo Nº 32750-MINAE que establece anualmente los montos por modalidad de pago de servicio ambiental. El primer desembolso se girará una vez que el Regente Forestal presente a la Oficina Regional del Fondo Nacional de Financiamiento Forestal el contrato de regencia debidamente inscrito, en los años subsiguientes el regente deberá certificarque se mantiene la cobertura vegetal inalterable y que se han cumplido a cabalidad las obligaciones establecidas en este contrato para ese período. Los desembolsos se realizarán siempre y cuando el beneficiario se encuentre al día en sus obligaciones con la Caja Costarricense de Seguro Social.
(Así reformada la cláusula anterior y publicada en La Gaceta N° 151 del 8 de agosto del 2006).
TERCERA: Como afectación voluntaria a la propiedad "El Beneficiario" acepta mantener durante cinco años a partir de su vigencia, afectada dicha propiedad con las limitaciones y obligaciones establecidas en este contrato, para lo cual autoriza al FONAFIFO la protocolización de lo conducente de este contrato, a .n de que se inscriba en el Registro Público como una limitación de la propiedad, así como deducir el 1% del monto total del contrato, para tales efectos.
CUARTA: "BENEFICIARIO" se compromete a: a) Proteger el bosque, la cobertura vegetal o los procesos de regeneración, del área comprendida en este contrato, y por ende no cortar árboles, o cualquier tipo de vegetación. b) Contar con un Regente Forestal, debidamente colegiado, responsable de la ejecución técnica durante la vigencia del contrato, c) Prevenir y controlar los incendios forestales. d) Prevenir y evitar la cacería ilegal y la extracción ilegal de otros productos del bosque, e) No desarrollar actividades agrícolas y/o ganaderas, f) No efectuar acciones de corta y extracción de productos maderables, g) No realizar ninguna actividad que altere el comportamiento natural del área a proteger, h) Comunicar al MINAE, cualquier alteración o contingencia que ocasione cambios en el área protegida, i) Permitir el libre acceso del personal de MINAE, FONAFIFO, encargado de control, al lugar del área sujeta al PSA facilitando su labor, j) Ceder al Fondo Nacional de Financiamiento Forestal los servicios ambientales, generados por su bosque. k) Acatar cualquier recomendación técnica emitida por el MINAE o el regente, en forma escrita.
QUINTA: Cualquier venta total, parcial, cesión o enajenación del inmueble objeto de este contrato, deberá ser comunicado de previo al Fondo Nacional de Financiamiento Forestal. La venta obliga en iguales términos al nuevo dueño o adquirente, salvo que éste desee devolver el monto proporcional pagado por FONAFIFO. En cuyo caso procederá el finiquito correspondiente.
SEXTA: FONAFIFO queda expresamente facultado a comercializar de cualquier forma y a cualquier persona física, jurídica, nacional o internacional los derechos cedidos.
SÉTIMA: El incumplimiento por parte de "EL BENEFICIARIO" de cualquiera de sus obligaciones establecidas en este contrato, en la Ley Forestal, en su Reglamento, dará por finalizado el presente contrato en forma automática y autoriza al FONAFIFO a suspender total o parcialmente los pagos pendientes y a solicitar el reintegro de los pagos otorgados, sus intereses y en general los daños y perjuicios ocasionados, renunciando expresamente en este supuesto a su domicilio. Las partes podrán dar por finalizado el presente contrato de mutuo acuerdo, para ello el FONAFIFO reconocerá como servicios prestados los años de protección pagados al beneficiario.
OCTAVA: Este contrato tendrá una vigencia de cinco años, a partir del primero de enero del 200___.
Leído lo anterior, lo aprobamos y firmamos en San José, a los días del mes de del dos mil ______".
Ing. Raúl Solórzano Soto Director Superior de Recursos Naturales SINAC Ing. Jorge Mario Rodríguez Zúñiga.
Fondo Nacional de Financiamiento Forestal Sr.
Beneficiario Nota: En el caso de contratos de la Oficinas Regionales Sarapiquí y San Carlos, agregar en la cláusula CUARTA la siguiente indicación....
En cada rótulo se debe consignar la siguiente leyenda "Finca bajo PSA, Programa Forestal Huetar Norte, KFW-FONAFIFO"
MODALIDAD PROTECCIÓN DE BOSQUE EN POSESIÓN CONTRATO NÚMERO:
______ - _______ - _________ - _________ - ________ Oficina Número de Año Regional Subregión Modalidad contrato completo Nosotros Carlos Manuel Rodríguez Echandi, mayor, abogado, cédula número: uno-quinientos veintinueve-seiscientos ochenta y dos, en su condición de Ministro del Ambiente y La Energía según Acuerdo Ejecutivo número cero cero uno-P del ocho de mayo del dos mil dos, publicado en el Diario Oficial La Gaceta número ochenta y siete, en adelante denominado la "EL MINAE" Mediante Resolución R Trescientos cuarenta y cuatro- MINAE de las trece horas del veintitrés de agosto del dos mil dos, publicada a La Gaceta Número ciento ochenta del día jueves diecinueve de setiembre del dos mil dos, el señor Ministro de Ambiente y Energía ha delegado la firma de los contratos tramitados por el Fondo Nacional de Financiamiento Forestal para el PSA en cualquiera de sus modalidades en el señor RAÚL SOLÓRZANO SOTO, mayor, casado una vez, economista en Recursos Naturales, vecino de Sabanillas de Montes de Oca, con cédula de identidad número uno-cuatrocientos siete-mil ciento cincuenta y nueve, Director Superior de Recursos Naturales del Sistema Nacional de Áreas de Conservación, el señor Jorge Mario Rodríguez Zúñiga, mayor, casado una vez, ingeniero agrónomo, cédula uno-quinientos cuarenta y cinco-setecientos siete, vecino de Sabanillas de Montes de Oca, en su condición de Director Ejecutivo del Fondo Nacional de Financiamiento Forestal, con facultades de apoderado general debidamente facultado para este acto según consta en el Registro de Personas Jurídicas del Registro Público, bajo las citas de inscripción: quinientos treinta y cuatro-mil ochocientos setenta y nueve uno- dos, en adelante denominado FONAFIFO cédula jurídica tres-cero cero siete-doscientos cuatro mil setecientos veinticuatro Y ________________________ (calidades) en adelante denominado "EL BENEFICIARIO" con fundamento en la Ley Forestal número siete cinco siete cinco y el Decreto Ejecutivo número 31633-MINAE, convenimos en celebrar el presente contrato, que se regirá en especial por las siguientes cláusulas:
PRIMERA: Que de conformidad con lo dispuesto, "El Beneficiario" quien manifiesta ser poseedor de un inmueble sin inscribir en el Registro de la Propiedad según lo indica en DECLARACIÓN JURADA otorgada mediante escritura pública número el día del dos mil tres, ante el Notario ...... Inmueble que es terreno de ...........sito en el distrito ........Cantón .........de la Provincia de .........Mide: ........ Plano catastrado ......Limita..........donde acepta ejecutar un proyecto de protección de bosque en un área de ____________ hectáreas, las cuales están debidamente delimitadas según certificación de PSA del regente Forestal que consta en el expediente administrativo, el cual forma parte de este contrato. Este proyecto fue aprobado por la Oficina Regional del Fondo Nacional de Financiamiento Forestal según resolución: .
SEGUNDA: "EL BENEFICIARIO", reconoce recibir el PSA de común acuerdo al artículo tres, inciso k de la Ley Forestal siete cinco siete cinco y acepta ceder a FONAFIFO, por un período igual al que FONAFIFO pague los servicios ambientales generados por el área sujeta a este contrato, los derecho por reducir, evitar o fijar las emisiones de gases -con efecto invernadero, la protección del agua para uso urbano, rural o hidroeléctrico,protección de la biodiversidad y belleza escénica natural, que genera las actividades de protección del bosque. Como contraprestación por la protección del bosque, y la cesión señalada, el FONAFIFO pagará la suma de sesenta y cuatro dólares por hectárea por año, distribuidas según Decreto Ejecutivo Nº 32750-MINAE que establece anualmente los montos por modalidad de pago de servicio ambiental y según se establece en el Decreto Ejecutivo Nº 31766-MINAE, publicado en La Gaceta ochenta y seis del cuatro de mayo del dos mil cuatro.
El primer desembolso se girará una vez que el Regente Forestal certifique a la oficina Regional del Fondo Nacional de Financiamiento Forestal que se ha protegido el bosque durante el último año y van a iniciarse las actividades de protección contempladas en el Estudio Técnico; en los años subsiguientes el regente deberá certificar que se mantiene la cobertura vegetal inalterable y que se han cumplido a cabalidad las obligaciones establecidas en este contrato, para ese período. Los desembolsos se realizarán siempre y cuando el beneficiario se encuentre al día en sus obligaciones con la Caja Costarricense de Seguro Social.
(Así reformada la cláusula anterior y publicada en La Gaceta N° 151 del 8 de agosto del 2006).
TERCERA: Como afectación voluntaria al inmueble, "El Beneficiario" acepta mantener durante cinco años a partir de su vigencia, afectada dicha propiedad con las limitaciones y obligaciones establecidas en este contrato, para lo cual autoriza al FONAFIFO su protocolización en lo conducente, así como deducir así como deducir el 1% del monto total del contrato por ese concepto. En caso de que el inmueble se inscriba en el Registro Público, de la Propiedad, es deber del beneficiario, notificarlo al Fondo Nacional de Financiamiento Forestal, quien queda autorizado en forma unilateral a insertarlo como nota marginal del presente contrato.
Mientras la .finca no se inscriba en el Registro Nacional, el Fondo Nacional de Financiamiento Forestal, habilitará un Registro de proyectos se posesión, abierto a consulta pública.
CUARTA: "El BENEFICIARIO" se compromete a: a) Proteger el bosque, la cobertura vegetal o los procesos de regeneración, del área comprendida en este contrato, y por ende no cortar árboles, o cualquier tipo de vegetación. b) Contar con un Regente Forestal, debidamente colegiado, responsable de la ejecución técnica durante la vigencia del contrato, c) Prevenir y controlar los incendios forestales. d) Prevenir y evitar la cacería ilegal y la extracción ilegal de otros productos del bosque, e) No desarrollar actividades agrícolas y/o ganaderas, f) No efectuar acciones de corta y extracción de productos maderables, g) No realizar ninguna actividad que altere el comportamiento natural del área a proteger, h) Comunicar al MINAE, cualquier alteración o contingencia que ocasione cambios en el área protegida, i) Permitir el libre acceso del personal de MINAE, FONAFIFO, encargado de control, al lugar del área sujeta al PSA facilitando su labor, j) Ceder al Fondo Nacional de Financiamiento Forestal los servicios ambientales, generados por su bosque. k) Acatar cualquier recomendación técnica emitida por el MINAE o el regente, en forma escrita.
QUINTA: Cualquier venta total, parcial, cesión o enajenación del inmueble objeto de este contrato, deberá ser autorizado de previo por parte del Fondo Nacional de Financiamiento Forestal. La venta obliga en iguales términos al nuevo dueño o adquirente, salvo que este desee devolver el monto proporcional pagado por FONAFIFO. En cuyo caso procederá el finiquito correspondiente.
SEXTA: FONAFIFO queda expresamente facultado a comercializar de cualquier forma y a cualquier persona física jurídica, nacional o internacional los derechos cedidos.
SÉTIMA: El incumplimiento por parte de "EL BENEFICIARIO" de cualquiera de sus obligaciones establecidas en este contrato, en la Ley Forestal, en su Reglamento, dará por finalizado el presente contrato en forma automática y autoriza al FONAFIFO a suspender total o parcialmente los pagos pendientes y a solicitar el reintegro de los pagos otorgados, sus intereses y en general los daños y perjuicios ocasionados, renunciando expresamente en este supuesto a su domicilio. Las partes podrán dar por finalizado el presente contrato de mutuo acuerdo, para ello el FONAFIFO reconocerá como servicios prestado los años de protección pagados al beneficiario.
OCTAVA: Este contrato tendrá una vigencia de cinco años, a partir del primero de enero del dos mil __________.
Leído lo anterior, lo aprobamos y .firmamos en San José, a los días del mes de del dos mil ________".
Ing. Raúl Solórzano Soto Director Superior de Recursos Naturales SINAC Ing. Jorge Mario Rodríguez Zúñiga.
Fondo Nacional de Financiamiento Forestal Sr.
Beneficiario Nota: En el caso de contratos de la Oficinas Regionales Sarapiquí y San Carlos, agregar en la cláusula CUARTA la siguiente indicación....
En cada rótulo se debe consignar la siguiente leyenda "Finca bajo PSA, Programa Forestal Huetar Norte, KFW-FONAFIFO"
MODALIDAD PROTECCIÓN DE BOSQUE CON AÑO VENCIDO CONTRATO NÚMERO:
______ - _______ - _________ - _________ - ________ Oficina Número de Año Regional Subregión Modalidad contrato completo Nosotros Carlos Manuel Rodríguez Echandi, mayor, abogado, cédula número: uno-quinientos veintinueve-seiscientos ochenta y dos, en su condición de Ministro del Ambiente y Energía según Acuerdo Ejecutivo número cero cero dos-P del ocho de mayo del dos mil dos, publicado en el Diario Oficial La Gaceta número ochenta y siete, en adelante denominado "EL MINAE" quien mediante Resolución R Tres Cuatro Cuatro-MINAE de las trece horas del veintitrés de agosto del dos mil dos, publicada en La Gaceta No ciento ochenta del día jueves diecinueve de setiembre del dos mil dos, ha delegado la .firma de los contratos tramitados por el Fondo Nacional de Financiamiento Forestal para el PSA en cualquiera de sus modalidades en el señor Raúl Solórzano Soto, Director Superior de Recursos Naturales del Sistema Nacional de Áreas de Conservación, el señor Jorge Mario Rodríguez Zúñiga, mayor, casado una vez, ingeniero agrónomo, cédula uno-quinientos cuarenta y cinco-setecientos siete, vecino de Sabanillas de Montes de Oca, en su condición de Director Ejecutivo del Fondo Nacional de Financiamiento Forestal, con facultades de apoderado general debidamente facultado para este acto según consta en el Registro de Personas Jurídicas del Registro Público, bajo las citas de inscripción: quinientos treinta y cuatro-mil ochocientos setenta y nueve-uno-dos, en adelante denominado FONAFIFO, cédula jurídica tres- cero cero siete dos cero cuatro siete dos cuatro, y (nombre o nombres de los propietarios, número de cédula, estado civil completo, oficio, vecino de), (en su condición de apoderado de persona física o jurídica, cédula jurídica número: según consta en el Registro Nacional sección , al tomo, folio, asiento, o según poder especial otorgado ante el notario público, escritura número: de las horas, del de , el cual consta en el expediente administrativo), en adelante denominado "El Beneficiario" con fundamento en la Ley Forestal número siete cinco siete cinco, convenimos en celebrar el presente contrato, que se regirá en especial por las siguientes cláusulas:
PRIMERA: Que de conformidad con lo dispuesto, "El Beneficiario" en su condición de propietario del inmueble del Partido de , inscrito en el Registro de la Propiedad, bajo el Folio Real matrícula número: , es terreno de naturaleza , sito en el distrito , cantón de la Provincia de , que limita al norte: , sur: , este: , oeste: , mide: m2 , plano catastrado donde acepta ejecutar un proyecto de protección de bosque en un área de ______________hectáreas, las cuales están debidamente delimitadas en según la Certificación de PSA del Regente Forestal, que consta en el expediente administrativo, el cual forma parte de este contrato. Este proyecto fue aprobado por la Oficina Regional de , del Fondo Nacional de Financiamiento Forestal, según Resolución: .
SEGUNDA: "EL BENEFICIARIO", reconoce recibir el PSA de común acuerdo al artículo tres, inciso k de la Ley Forestal siete cinco siete cinco y acepta ceder a FONAFIFO, por un período igual al que FONAFIFO pague los servicios ambientales generados por el área sujeta a este contrato, los derechos por reducir, evitar o fijar las emisiones de gases -con efecto invernadero-, la protección del agua para uso urbano, rural o hidroeléctrico, protección de la biodiversidad y belleza escénica natural, que genera las actividades de protección del bosque. Como contraprestación por la protección del bosque, y la cesión señalada, el FONAFIFO pagará la suma de de sesenta y cuatro dólares por hectárea por año, distribuidas según Decreto Ejecutivo Nº 32750-MINAE que establece anualmente los montos por modalidad de pago de servicio ambiental. En virtud de que sobre el inmueble existe un gravamen hipotecario inscrito al Tomo__________, Asiento ______________ Secuencia___________y con fundamento en el punto 8.8 del Manual de Procedimientos, el primer desembolso se girará doce meses después de la fecha de vigencia del contrato y una vez que el Regente Forestal presente a la Oficina Regional del Fondo Nacional de Financiamiento Forestal el contrato de regencia debidamente inscrito, en los años subsiguientes el regente deberá certificar que se mantiene la cobertura vegetal inalterable y que se han cumplido a cabalidad las obligaciones establecidas en este contrato para ese período. Los desembolsos se realizarán siempre y cuando el beneficiario se encuentre al día en sus obligaciones con la Caja Costarricense de Seguro Social.
(Así reformada la cláusula anterior y publicada en La Gaceta N° 151 del 8 de agosto del 2006).
TERCERA: Como afectación voluntaria a la propiedad "El Beneficiario" acepta mantener durante cinco años a partir de su vigencia, afectada dicha propiedad con las limitaciones y obligaciones establecidas en este contrato, para lo cual autoriza al FONAFIFO la protocolización de lo conducente de este contrato, a .n de que se inscriba en el Registro Público como una limitación de la propiedad, así como deducir el 1% del monto total del contrato, para tales efectos.
CUARTA: "BENEFICIARIO" se compromete a: a) Proteger el bosque, la cobertura vegetal o los procesos de regeneración, del área comprendida en este contrato, y por ende no cortar árboles, o cualquier tipo de vegetación. b) Contar con un Regente Forestal, debidamente colegiado, responsable de la ejecución técnica durante la vigencia del contrato, c) Prevenir y controlar los incendios forestales. d) Prevenir y evitar la cacería ilegal y la extracción ilegal de otros productos del bosque, e) No desarrollar actividades agrícolas y/o ganaderas, f) No efectuar acciones de corta y extracción de productos maderables, g) No realizar ninguna actividad que altere el comportamiento natural del área a proteger, h) Comunicar al MINAE, cualquier alteración o contingencia que ocasione cambios en el área protegida, i) Permitir el libre acceso del personal de MINAE, FONAFIFO, encargado de control, al lugar del área sujeta al PSA facilitando su labor, j) Ceder al Fondo Nacional de Financiamiento Forestal los servicios ambientales, generados por su bosque. k) Acatar cualquier recomendación técnica emitida por el MINAE o el regente, en forma escrita.
QUINTA: Cualquier venta total, parcial, cesión o enajenación del inmueble objeto de este contrato, deberá ser comunicado de previo al Fondo Nacional de Financiamiento Forestal. La venta obliga en iguales términos al nuevo dueño o adquirente, salvo que éste desee devolver el monto proporcional pagado por FONAFIFO. En cuyo caso procederá el finiquito correspondiente.
SEXTA: FONAFIFO queda expresamente facultado a comercializar de cualquier forma y a cualquier persona física, jurídica, nacional o internacional los derechos cedidos.
SÉTIMA: El incumplimiento por parte de "EL BENEFICIARIO" de cualquiera de sus obligaciones establecidas en este contrato, en la Ley Forestal, en su Reglamento, dará por finalizado el presente contrato en forma automática y autoriza al FONAFIFO a suspender total o parcialmente los pagos pendientes y a solicitar el reintegro de los pagos otorgados, sus intereses y en general los daños y perjuicios ocasionados, renunciando expresamente en este supuesto a su domicilio. Las partes podrán dar por finalizado el presente contrato de mutuo acuerdo, para ello el FONAFIFO reconocerá como servicios prestados los años de protección pagados al beneficiario.
OCTAVA: Este contrato tendrá una vigencia de cinco años, a partir del primero de enero del 200_______.
Leído lo anterior, lo aprobamos y firmamos en San José, a los días del mes de del dos mil ____________".
Ing. Raúl Solórzano Soto Director Superior de Recursos Naturales SINAC Ing. Jorge Mario Rodríguez Zúñiga.
Fondo Nacional de Financiamiento Forestal Sr.
Beneficiario Nota: En el caso de contratos de la Oficinas Regionales Sarapiquí y San Carlos, agregar en la cláusula CUARTA la siguiente indicación. En cada rótulo se debe consignar la siguiente leyenda "Finca bajo PSA, Programa Forestal Huetar Norte, KFW-FONAFIFO"
MODALIDAD DE REFORESTACIÓN CONTRATO NÚMERO:
______ - _______ - _________ - _________ - ________ Oficina Número de Año Regional Subregión Modalidad contrato completo Nosotros Carlos Manuel Rodríguez Echandi, mayor, abogado, cédula número: uno-quinientos veintinueve-seiscientos ochenta y dos, en su condición de Ministro del Ambiente y Energía según Acuerdo Ejecutivo número cero cero dos-P del ocho de mayo del dos mil dos, publicado en el Diario Oficial La Gaceta número ochenta y siete, en adelante denominado "EL MINAE" quien mediante Resolución R Tres Cuatro Cuatro-MINAE de las trece horas del veintitrés de agosto del dos mil dos, publicada en La Gaceta No ciento ochenta del día jueves diecinueve de setiembre del dos mil dos, ha delegado la firma de los contratos tramitados por el Fondo Nacional de Financiamiento Forestal para el PSA en cualquiera de sus modalidades en el señor Raúl Solórzano Soto, Director Superior de Recursos Naturales del Sistema Nacional de Áreas de Conservación, el señor Jorge Mario Rodríguez Zúñiga, mayor, casado una vez, ingeniero agrónomo, cédula uno-quinientos cuarenta y cinco-setecientos siete, vecino de Sabanillas de Montes de Oca, en su condición de Director Ejecutivo del Fondo Nacional de Financiamiento Forestal, con facultades de apoderado general debidamente facultado para este acto según consta en el Registro de Personas Jurídicas del Registro Público, bajo las citas de inscripción: quinientos treinta y cuatro-mil ochocientos setenta y nueve-uno-dos, en adelante denominado FONAFIFO, cédula jurídica tres- cero cero siete dos cero cuatro siete dos cuatro, y (nombre o nombres de los propietarios, número de cédula, estado civil completo, oficio, vecino de), (en su condición de apoderado de persona física o jurídica, cédula jurídica número: según consta en el Registro Nacional sección , al tomo, folio, asiento, o según poder especial otorgado ante el notario público, escritura número: de las horas, del de , el cual consta en el expediente administrativo), en adelante denominado "El Beneficiario" con fundamento en la Ley Forestal número siete cinco siete cinco, convenimos en celebrar el presente contrato, que se regirá en especial por las siguientes cláusulas:
PRIMERA: Que de conformidad con lo dispuesto, "El Beneficiario" en su condición de propietario del inmueble del Partido de , inscrito en el Registro de la Propiedad, bajo el Folio Real matrícula número: , es terreno de naturaleza , sito en el distrito , cantón de la Provincia de , que limita al norte: , sur: , este: , oeste: , mide: m2 , plano catastrado , donde acepta ejecutar un proyecto de reforestación en un área de _______ hectáreas, las cuales están debidamente delimitadas en según la Certificación de PSA del Regente Forestal, que consta en el expediente administrativo, el cual forma parte de este contrato. Este proyecto fue aprobado por la Oficina Regional de , del Fondo Nacional de Financiamiento Forestal, según Resolución: .
SEGUNDA: "EL BENEFICIARIO", reconoce recibir el PSA de común acuerdo al artículo tres, inciso k de la Ley Forestal siete cinco siete cinco y acepta ceder a FONAFIFO, por un período igual al que FONAFIFO pague los servicios ambientales generados por el área sujeta a este contrato, los derechos por reducir, evitar o fijar las emisiones de gases -con efecto invernadero-, la protección del agua para uso urbano, rural o hidroeléctrico, protección de la biodiversidad y belleza escénica natural, que genera las actividades de reforestación. Como contraprestación el FONAFIFO pagará la suma de ochocientos dieciséis dólares por hectárea desembolsados en un plazo de diez años, distribuidos según Decreto Ejecutivo Nº 32750-MINAE que establece anualmente los montos por modalidad de pago de servicio ambiental.
El primer desembolso se girará una vez que el Regente Forestal certifique a la Oficina Regional del Fondo Nacional de Financiamiento Forestal que la plantación está establecida, con la fecha promedio de la plantación (mes y año) y con una densidad acorde a lo indicado en el Estudio Técnico y con una mortalidad no superior al diez por ciento, en los años subsiguientes el Regente deberá certificar que se mantiene la reforestación, se encuentra en un estado técnicamente aceptable y que se han cumplido a cabalidad las obligaciones establecidas en el Estudio Técnico y en este contrato, para ese período. En los contratos multietapas, la primera etapa se pagará cuando la plantación esté establecida, la segunda etapa y subsiguientes se pagarán siempre y cuando las etapas anteriores sehayan establecido según lo programado en el Estudio Técnico. En todos los casos, se pagará según la fecha promedio de plantación correspondiente a cada etapa, y el Regente deberá certificar que se mantiene la reforestación, se encuentra en un estado técnicamente aceptable y que se han cumplido a cabalidad las obligaciones establecidas en el Estudio Técnico y en este contrato, para cada etapa.
Los desembolsos se realizarán siempre y cuando el beneficiario se encuentre al día en sus obligaciones con la Caja Costarricense de Seguro Social.
Nota: En los contratos multietapas, la formalización de cada una de las etapas dependerá de la disponibilidad de recursos presupuestarios.
(Así reformada la cláusula anterior y publicada en La Gaceta N° 151 del 8 de agosto del 2006).
TERCERA: Como afectación voluntaria a la propiedad "El Beneficiario" acepta mantener durante quince años a partir de su vigencia, afectada dicha propiedad con las limitaciones y obligaciones establecidas en este contrato, para lo cual autoriza al FONAFIFO la protocolización de lo conducente de este contrato, a .n de que se inscriba en el Registro Público como una limitación de la propiedad, así como deducir el 1% del monto total del contrato, para tales efectos. Si el turno de rotación es menor a 15 años, el beneficiario podría solicitar a FONAFIFO el levantamiento de la afectación posterior a la cosecha final de la plantación.
CUARTA: "BENEFICIARIO" se compromete a: a) Establecer una plantación forestal de acuerdo con lo estipulado en el Estudio Técnico de reforestación. b) Contar con un regente forestal debidamente colegiado, responsable de la ejecución técnica durante la vigencia del contrato o el turno de la especie , c) Prevenir y controlar los incendios forestales. d) Prevenir y apoyar las labores de control de la cacería ilegal e) No desarrollar actividades agrícolas y/o ganaderas, f) Comunicar a la Administración Forestal del Estado todo aprovechamiento de la madera producto de la plantación forestal. g) Comunicar al MINAE, cualquier alteración o contingencia que ocasione cambios en el área sometida a PSA i) Permitir el libre acceso del personal de MINAE, FONAFIFO, encargado de control, al lugar del área sujeta al PSA facilitando su labor, j) Ceder al Fondo Nacional de Financiamiento Forestal los servicios ambientales, generados por su plantación forestal. k) Acatar cualquier recomendación técnica emitida por el MINAE o el regente, en forma escrita. l) El beneficiario dispone de doce meses contados a partir de la firma de este contrato para el establecimiento de la plantación. En caso contrario correspondería la modificación del contrato.
En proyectos multietapas dispone de doce meses a partir del establecimiento de la etapa anterior para establecer la nueva etapa, con máximo de cinco años para completar las etapas establecidas en el Estudio Técnico. En caso contrario correspondería la modificación del contrato.
QUINTA: Cualquier venta total, parcial, cesión o enajenación del inmueble objeto de este contrato, deberá ser comunicado de previo al Fondo Nacional de Financiamiento Forestal. La venta obliga en iguales términos al nuevo dueño o adquirente, salvo que este desee devolver el monto proporcional pagado por FONAFIFO. En cuyo caso procederá el finiquito correspondiente SEXTA: FONAFIFO queda expresamente facultado a comercializar de cualquier forma y a cualquier persona física, jurídica, nacional o internacional los derechos cedidos.
SÉTIMA: El incumplimiento por parte de "EL BENEFICIARIO" de cualquiera de sus obligaciones establecidas en este contrato, y su relación con la Ley Forestal y en su Reglamento, dará por finalizado el presente contrato en forma automática y autoriza al FONAFIFO a suspender total o parcialmente los pagos pendientes y a solicitar el reintegro de los pagos otorgados, sus intereses y en general los daños y perjuicios ocasionados, renunciando OCTAVA: Este contrato tendrá una vigencia de quince años, a partir de su firma.
Leído lo anterior, lo aprobamos y .firmamos en San José, a los días del mes de del dos mil _________".
Ing. Raúl Solórzano Soto Director Superior de Recursos Naturales SINAC Ing. Jorge Mario Rodríguez Zúñiga.
Fondo Nacional de Financiamiento Forestal Sr.
Beneficiario Nota: En el caso de contratos de la Oficinas Regionales Sarapiquí y San Carlos, agregar en la cláusula CUARTA la siguiente indicación. En cada rótulo se debe consignar la siguiente leyenda "Finca bajo PSA, Programa Forestal Huetar Norte, KFW-FONAFIFO"
MODALIDAD ESTABLECIMIENTO DE ÁRBOLES FORESTALES EN SISTEMAS AGROFORESTALES CONTRATO NÚMERO: (poner número) Oficina Número de Año Regional Subregión Modalidad contrato completo Nosotros Carlos Manuel Rodríguez Echandi, mayor, abogado, cédula número: uno-quinientos veintinueve-seiscientos ochenta y dos, en su condición de Ministro del Ambiente y Energía según Acuerdo Ejecutivo número cero cero dos-P del ocho de mayo del dos mil dos, publicado en el Diario Oficial La Gaceta número ochenta y siete, en adelante denominado "EL MINAE" quien mediante Resolución R Tres Cuatro Cuatro-MINAE de las trece horas del veintitrés de agosto del dos mil dos, publicada en La Gaceta No ciento ochenta del día jueves diecinueve de setiembre del dos mil dos, ha delegado la firma de los contratos tramitados por el Fondo Nacional de Financiamiento Forestal para el PSA en cualquiera de sus modalidades en el señor Raúl Solórzano Soto, Director Superior de Recursos Naturales del Sistema Nacional de Áreas de Conservación, el señor Jorge Mario Rodríguez Zúñiga, mayor, casado una vez, ingeniero agrónomo, cédula uno-quinientos cuarenta y cinco-setecientos siete, vecino de Sabanillas de Montes de Oca, en su condición de Director Ejecutivo del Fondo Nacional de Financiamiento Forestal, con facultades de apoderado general debidamente facultado para este acto según consta en el Registro de Personas Jurídicas del Registro Público, bajo las citas de inscripción: quinientos treinta y cuatro-mil ochocientos setenta y nueve-uno-dos, en adelante denominado FONAFIFO, cédula jurídica tres- cero cero siete dos cero cuatro siete dos cuatro, y (nombre o nombres de los propietarios, número de cédula, estado civil completo, oficio, vecino de), (en su condición de apoderado de persona física o jurídica, cédula jurídica número: según consta en el Registro Nacional sección , al tomo, folio, asiento, o según poder especial otorgado ante el notario público, escritura número: de las horas, del de , el cual consta en el expediente administrativo), en adelante denominado "El Beneficiario" con fundamento en la Ley Forestal número siete cinco siete cinco, convenimos en celebrar el presente contrato, que se regirá en especial por las siguientes cláusulas:
PRIMERA: Que de conformidad con lo dispuesto, "El Beneficiario" en su condición de propietario del inmueble del Partido de , inscrito en el Registro de la Propiedad, bajo el Folio Real matrícula número: , es terreno de naturaleza , sito en el distrito , cantón de la Provincia de , que limita al norte: sur: , este: , oeste: , mide: m2 , plano catastrado , donde acepta ejecutar un proyecto de reforestación de ______árboles en SAF, las cuales están debidamente indicados en la Certificación del Regente Forestal que consta en el expediente administrativo, el cual forma parte de este contrato. Este proyecto fue aprobado por la Oficina Regional del Fondo Nacional de Financiamiento Forestal según resolución: .
SEGUNDA: "EL BENEFICIARIO", reconoce recibir el PSA de común acuerdo al artículo tres, inciso k de la Ley Forestal siete cinco siete cinco y acepta ceder a FONAFIFO, por un período igual al que FONAFIFO pago los servicios ambientales generados por el área sujeta a este contrato, los derecho por reducir, evitar o fijar las emisiones de gases -con efecto invernadero, la protección del agua para uso urbano, rural o hidroeléctrico, protección de la biodiversidad y belleza escénica natural, que genera las actividades de reforestación en SAF. Como contraprestación por las acciones, y la cesión señalada, el FONAFIFO pagará la suma de un dólar treinta centavos por árbol forestal sembrado desembolsados en un plazo de tres años, distribuidos según Decreto Ejecutivo Nº 32750-MINAE que establece anualmente los montos por modalidad de pago de servicio ambiental, con un mínimo de 350 árboles y hasta un máximo de tres mil quinientos árboles.
FONAFIFO realizará el pago de la siguiente forma: 65% el primer año, 20% el segundo año y 15% el tercer año. El primer desembolso ser realizará una vez se rinda la certificación del regente forestal en el cual se indique que se ha realizado la siembra y los árboles están establecidos, además que la mortalidad inicial no sea mayor del diez por ciento y en todo caso indicar el número absoluto de árboles sobrevivientes; un veinte por ciento a los doce meses de la fecha de plantación de árboles y un quince por ciento final veinticuatro meses de la fecha de plantación de árboles. En los años subsiguientes el regente deberá informar que se mantiene el Sistema Agroforestal y se encuentra en un estado técnicamente aceptable y que se han cumplido a cabalidad las obligaciones establecidas en el estudio técnico y en este contrato, para ese período. . El segundo y tercer pago corresponderá al número de árboles sobrevivientes indicados en el informe de regencia y/o Certificación PSA. Los desembolsos se realizarán siempre y cuando el beneficiario se encuentre al día en sus obligaciones con la Caja Costarricense de Seguro Social.
(Así reformada la cláusula anterior y publicada en La Gaceta N° 151 del 8 de agosto del 2006).
TERCERA: "BENEFICIARIO" se compromete a: a) Plantar los árboles forestales en sistemas agro forestales de acuerdo con lo estipulado en el estudio técnico. b) Contar con un regente forestal debidamente colegiado, responsable de la ejecución técnica durante la vigencia del contrato, c) Prevenir y controlar los incendios forestales. d) Prevenir y evitar la cacería ilegal y la extracción ilegal de otros productos del bosque, e) Se debe proteger los árboles del ramoneo de los animales en los sistemas silvopastoriles f) Comunicar al FONAFIFO, cualquier alteración o contingencia que ocasione cambios en plantación g) Permitir el libre acceso del personal de MINAE y FONAFIFO, el encargado de control, al lugar del área sujeta al PSA facilitando su labor, h) Ceder al Fondo Nacional de Financiamiento los servicios ambientales, generados por su plantación forestal. k) Acatar cualquier recomendación técnica emitida por el FONAFIFO o el regente en forma escrita. j) Velar por el buen desarrollo del SAF. l) El beneficiario dispone de doce meses contados a partir de la firma de este contrato para el establecimiento del SAF. En caso contrario correspondería la modificación del contrato.
CUARTA: Cualquier venta total, parcial, cesión o enajenación del inmueble objeto de este contrato, deberá ser comunicado de previo al Fondo Nacional de Financiamiento Forestal. La venta obliga en iguales términos al nuevo dueño o adquirente, salvo que este desee devolver el monto proporcional pagado por FONAFIFO. En cuyo caso procederá el finiquito correspondiente.
QUINTA: FONAFIFO queda expresamente facultado a comercializar de cualquier forma y a cualquier persona física, jurídica, nacional o internacional los derechos cedidos.
SEXTA: El incumplimiento por parte de "EL BENEFICIARIO" de cualquiera de sus obligaciones establecidas en este contrato, en la Ley Forestal, en su Reglamento, dará por finalizado el presente contrato en forma automática y autoriza al FONAFIFO a solicitar el reintegro de los pagos otorgados, sus intereses y en general los daños y perjuicios ocasionados, renunciando expresamente en este supuesto a su domicilio.
SÉTIMA: Este contrato tendrá una vigencia de cinco años, a partir de su firma.
Leído lo anterior, lo aprobamos y firmamos en San José, a los días del mes de del dos mil _________".
Ing. Raúl Solórzano Soto Director Superior de Recursos Naturales SINAC Ing. Jorge Mario Rodríguez Zúñiga Presidente del Fondo Nacional de Financiamiento Forestal.
Sr.
Beneficiario Nota: En el caso de contratos de la Oficinas Regionales Sarapiquí y San Carlos, agregar en la cláusula CUARTA la siguiente indicación. En cada rótulo se debe consignar la siguiente leyenda "Finca bajo PSA, Programa Forestal Huetar Norte, KFW-FONAFIFO"
MODALIDAD PROTECCIÓN DE BOSQUE CON HIPOTECA CONTRATO NÚMERO:
______ - _______ - _________ - _________ - ________ Oficina Número de Año Regional Subregión Modalidad contrato completo Nosotros Carlos Manuel Rodríguez Echandi, mayor, abogado, cédula número: uno-quinientos veintinueve-seiscientos ochenta y dos, en su condición de Ministro del Ambiente y Energía según Acuerdo Ejecutivo número cero cero dos-P del ocho de mayo del dos mil dos, publicado en el Diario Oficial La Gaceta número ochenta y siete, en adelante denominado "EL MINAE" quien mediante Resolución R Tres Cuatro Cuatro-MINAE de las trece horas del veintitrés de agosto del dos mil dos, publicada en La Gaceta No ciento ochenta del día jueves diecinueve de setiembre del dos mil dos, ha delegado la firma de los contratos tramitados por el Fondo Nacional de Financiamiento Forestal para el PSA en cualquiera de sus modalidades en el señor Raúl Solórzano Soto, Director Superior de Recursos Naturales del Sistema Nacional de Áreas de Conservación, el señor Jorge Mario Rodríguez Zúñiga, mayor, casado una vez, ingeniero agrónomo, cédula uno-quinientos cuarenta y cinco-setecientos siete, vecino de Sabanillas de Montes de Oca, en su condición de Director Ejecutivo del Fondo Nacional de Financiamiento Forestal, con facultades de apoderado general debidamente facultado para este acto según consta en el Registro de Personas Jurídicas del Registro Público, bajo las citas de inscripción: quinientos treinta y cuatro-mil ochocientos setenta y nueve-uno-dos, en adelante denominado FONAFIFO, cédula jurídica tres- cero cero siete dos cero cuatro siete dos cuatro, y (nombre o nombres de los propietarios, número de cédula, estado civil completo, oficio, vecino de), (en su condición de apoderado de persona física o jurídica, cédula jurídica número: según consta en el Registro Nacional sección , al tomo, folio, asiento, o según poder especial otorgado ante el notario público, escritura número: de las horas, del de , el cual consta en el expediente administrativo), en adelante denominado "El Beneficiario" con fundamento en la Ley Forestal número siete cinco siete cinco, convenimos en celebrar el presente contrato, que se regirá en especial por las siguientes cláusulas:
PRIMERA: Que de conformidad con lo dispuesto, "El Beneficiario" en su condición de propietario del inmueble del Partido de , inscrito en el Registro de la Propiedad, bajo el Folio Real matrícula número: , es terreno de naturaleza , sito en el distrito , cantón de la Provincia de , que limita al norte: , sur: , este: , oeste: , mide: m2 , plano catastrado donde acepta ejecutar un proyecto de protección de bosque en un área de ___________ hectáreas, las cuales están debidamente delimitadas en según la Certificación de PSA del Regente Forestal, que consta en el expediente administrativo, el cual forma parte de este contrato. Este proyecto fue aprobado por la Oficina Regional de , del Fondo Nacional de Financiamiento Forestal, según Resolución: .
SEGUNDA: "EL BENEFICIARIO", reconoce recibir el PSA de común acuerdo al artículo tres, inciso k de la Ley Forestal siete cinco siete cinco y acepta ceder a FONAFIFO, por un período igual al que FONAFIFO pague los servicios ambientales generados por el área sujeta a este contrato, los derechos por reducir, evitar o fijar las emisiones de gases -con efecto invernadero-, la protección del agua para uso urbano, rural o hidroeléctrico, protección de la biodiversidad y belleza escénica natural, que genera las actividades de protección del bosque. Como contraprestación por la protección del bosque, y la cesión señalada, el FONAFIFO pagará la suma de de sesenta y cuatro dólares por hectárea por año, distribuidas según Decreto Ejecutivo Nº 32750-MINAE que establece anualmente los montos por modalidad de pago de servicio ambiental. El primer desembolsose girará una vez que el Regente Forestal presente a la Oficina Regional del Fondo Nacional de Financiamiento Forestal el contrato de regencia debidamente inscrito, en los años subsiguientes el regente deberá certificarque se mantiene la cobertura vegetal inalterable y que se han cumplido a cabalidad las obligaciones establecidas en este contrato para ese período. Los desembolsos se realizarán siempre y cuando el beneficiario se encuentre al día en sus obligaciones con la Caja Costarricense de Seguro Social.
El acreedor hipotecario _______________________ mediante (escritura pública___, oficio____, convenio ___) expresó su conformidad en que, si el (los) inmueble(s) sale(n) a remate, éste (os) se adjudique(n) con las afectaciones y limitaciones derivadas del presente contrato.
Nota: En el caso de que el acreedor hipotecario sea el Banco Nacional de Costa Rica, indicar que el BNCR en su condición de acreedor hipotecario, mediante convenio suscrito con el Fondo Nacional de Financiamiento Forestal, expresó su conformidad si el (los) inmueble(s) sale(n) a remate, éste (os) se adjudique(n) con las afectaciones y limitaciones derivadas del presente contrato.
(Así reformada la cláusula anterior y publicada en La Gaceta N° 151 del 8 de agosto del 2006).
TERCERA: Como afectación voluntaria a la propiedad "El Beneficiario" acepta mantener durante cinco años a partir de su vigencia, afectada dicha propiedad con las limitaciones y obligaciones establecidas en este contrato, para lo cual autoriza al FONAFIFO la protocolización de lo conducente de este contrato, a .n de que se inscriba en el Registro Público como una limitación de la propiedad, así como deducir el 1% del monto total del contrato, para tales efectos.
CUARTA: "BENEFICIARIO" se compromete a: a) Proteger el bosque, la cobertura vegetal o los procesos de regeneración, del área comprendida en este contrato, y por ende no cortar árboles, o cualquier tipo de vegetación. b) Contar con un Regente Forestal, debidamente colegiado, responsable de la ejecución técnica durante la vigencia del contrato, c) Prevenir y controlar los incendios forestales. d) Prevenir y evitar la cacería ilegal y la extracción ilegal de otros productos del bosque, e) No desarrollar actividades agrícolas y/o ganaderas, f) No efectuar acciones de corta y extracción de productos maderables, g) No realizar ninguna actividad que altere el comportamiento natural del área a proteger, h) Comunicar al MINAE, cualquier alteración o contingencia que ocasione cambios en el área protegida, i) Permitir el libre acceso del personal de MINAE, FONAFIFO, encargado de control, al lugar del área sujeta al PSA facilitando su labor, j) Ceder al Fondo Nacional de Financiamiento Forestal los servicios ambientales, generados por su bosque. k) Acatar cualquier recomendación técnica emitida por el MINAE o el regente, en forma escrita.
QUINTA: Cualquier venta total, parcial, cesión o enajenación del inmueble objeto de este contrato, deberá ser comunicado de previo al Fondo Nacional de Financiamiento Forestal. La venta obliga en iguales términos al nuevo dueño o adquirente, salvo que éste desee devolver elmonto proporcional pagado por FONAFIFO. En cuyo caso procederá el finiquito correspondiente.
SEXTA: FONAFIFO queda expresamente facultado a comercializar e cualquier forma y a cualquier persona física, jurídica, nacional o internacional los derechos cedidos.
SÉTIMA: El incumplimiento por parte de "EL BENEFICIARIO" de cualquiera de sus obligaciones establecidas en este contrato, en la Ley forestal, en su Reglamento, dará por finalizó el presente contrato en forma automática y autoriza al FONAFIFO a suspender total o parcialmente los pagos pendientes y a solicitar el reintegro de los pagos otorgados, sus intereses y en general los daños y perjuicios ocasionados, renunciando expresamente en este supuesto a su domicilio. Las partes podrán dar por .finalizó el presente contrato de mutuo acuerdo, para ello el FONAFIFO reconocerá como servicios prestados los años de protección pagados al beneficiario OCTAVA: Este contrato tendrá una vigencia de cinco años, a partir del primero de enero del 200___.
Leído lo anterior, lo aprobamos y .firmamos San José, a los días del mes de del dos mil ______".
Ing. Raúl Solórzano Soto Director Superior de Recursos Naturales SINAC Ing. Jorge Mario Rodríguez Zúñiga.
Fondo Nacional de Financiamiento Forestal Sr.
Beneficiario
EL PAGO DE SERVICIOS AMBIENTALES Fecha: ___________________ Nº solicitud de pago: _____________ Contrato:
El número contrato deberá cumplir el siguiente formato:
______ - _____ - ________ - ________ - ______ (Oficina) Código N° (Año Regional) (Subregión) Modalidad) contrato) Nombre del beneficiario.
Cédula física o jurídica:
Telefax:
Nombre representante legal:
Cédula de identidad:
Área total del estudio técnico: ha m² Área efectiva de pago: ha m² Certificación área efectiva de PSA realizada por:
Fecha Promedio de Plantación: ___/___/___ (mes/año) Porcentaje del desembolso: ___________% Número de Cuota: ________ Monto a desembolsar: ¢______( Indicar el monto en letras) Nombre y apellidos del Regente Forestal: No. Colegiado:
Fecha vigente del Contrato de Regencia: ____/____/____ _____________________________ Firma del beneficiario _____________________________ SELLO Vº Bº Oficina Regional FONAFIFO
DE PAGO DE SERVICIOS AMBIENTALES Fecha: ___________________ Nº solicitud de pago: _____________ Contrato:
El número contrato deberá cumplir el siguiente formato:
______ - _____ - ________ - ________ - ______ (Oficina) Código N° (Año Regional) (Subregión) Modalidad) contrato) Nombre del Beneficiario Cédula física o jurídica:
Telefax:
Nombre representante legal:
Cédula de identidad:
Número de árboles sobre los que se va reconocer PSA: ____________ Según certificación realizada por Fecha Promedio de Plantación :___/___/___ (mes/año) Porcentaje del desembolso: ___________% Número de Cuota:_________ Monto a desembolsar: ¢______(Indicar el monto en letras) Nombre y apellidos del Regente Forestal: No. Colegiado:
Fecha vigente del Contrato de Regencia: ____/____/____ _____________________________ Firma del beneficiario _____________________________ SELLO Vº Bº O.cina Regional FONAFIFO
PARA LA PROTECCIÓN DEL BOSQUE INFORMACIÓN GENERAL:
Nombre del Estudio Técnico: ______ Nº Contrato: _______________ Año de Aprobación: _____ Nº Cuota Solicitada: _________ Fecha de visita: _________ Nº de Contrato de regencia: ___ Regente: _______________ Teléfono: __________________ Nº Colegiado: __________ Póliza de Fidelidad Nº: _______ Vigencia de la póliza: ____ Regentado: (persona física, jurídica o organización) ________ Cédula de identidad: _____ Representante: __________ Cédula jurídica: _____________ Localización del inmueble: (Provincia, Cantón, Distrito y Caserío).
2. CUMPLIMIENTO DEL ESTUDIO TÉCNICO DE PROTECCIÓN DEL BOSQUE (¿Cuáles se han realizado o no y el cumplimiento de las recomendaciones?).
2.1. Medidas para el control de incendios:
_________________________________________________ _________________________________________________ _________________________________________________ 2.2. Mantenimiento de linderos:
_________________________________________________ _________________________________________________ _________________________________________________ 2.3. Anomalías detectadas: En el caso de que se dieran actividades como corta y extracción de productos maderables, agropecuarios que impidan la regeneración natural del bosque, caza, colecta ilegal de recursos del bosque, se debe indicar en el informe.
_________________________________________________ _________________________________________________ _________________________________________________ 2.4. Rotulación y vigilancia:
_________________________________________________ _________________________________________________ _________________________________________________ 2.5. Protección del área bajo PSA: (Descripción detallada del estado del bosque).
_________________________________________________ _________________________________________________ _________________________________________________ 2.6. Incumplimiento del estudio técnico: En caso de que se presente algún tipo de incumplimiento del estudio técnico aprobado, el contrato forestal o la Ley Forestal, su reglamento y sus modificaciones, indicarlo en el informe.
_________________________________________________ _________________________________________________ _________________________________________________ 3. OBSERVACIONES:
_________________________________________________ _________________________________________________ _________________________________________________ 4. RECOMENDACIONES: (Por ejemplo recomendar el PSA en el área de bosque o sujeta a protección, o bien la rescisión del contrato por incumplimiento del estudio técnico o por problemas legales y o administrativos).
_________________________________________________ _________________________________________________ _________________________________________________ ..................................................... .......................................................
FIRMA DEL REGENTADO FIRMA DEL REGENTE O REPRESENTANTE LEGAL cc. Administración Forestal del Estado Colegio de Ingenieros Agrónomos Regente Nota: En caso de estudios conjuntos, deberá aportar un informe por cada beneficiario. El informe de regencia debe presentarse en papel de seguridad.
(Así reformado el párrafo anterior y publicado en La Gaceta N° 151 del 8 de agosto del 2006).
1. INFORMACIÓN GENERAL Nombre del Estudio Técnico ______ Nº Contrato: _______________ Fecha promedio de plantación: _____ Nº Cuota Solicitada: _________ Fecha de visita: _________________ Nº de Contrato de regencia: ___ Regente: ______________________ Teléfono: __________________ Nº Colegiado: __________________ Póliza de Fidelidad Nº: _______ Vigencia de la póliza: ____________ Regentado: (persona física, jurídica o organización) ________________ Cédula de identidad: _____________ Representante: __________________ Cédula jurídica: _____________ Localización del inmueble: (Provincia, Cantón, Distrito y Caserío).
2. CUMPLIMIENTO DE LAS DISPOSICIONES DEL REGENTE Y LABORES EJECUTADAS: (Se debe corroborar el cumplimiento de las recomendaciones de la visita anterior, si se trata de la primera visita debe indicar cuáles son las actividades que se empezarán a ejecutar conforme al estudio técnico aprobado).
__________________________________________________ __________________________________________________ __________________________________________________ 3. OBSERVACIONES DE CAMPO:
3.1. Estado de la plantación forestal: (Se debe indicar área por especie reforestada indicando nombre común y científico, vigor, crecimiento y desarrollo de la especie), o regeneración natural en sitios en vías de recuperación o indicar estado del recurso incluido en proyectos en Tierras Kyoto. En proyectos multietapas se debe elaborar un informe de regencia por cada etapa de reforestación. En proyectos con bloques con varias especies, indicar área promedio por cada especie.
Nota: En caso de estudios conjuntos, deberá aportar informe por cada beneficiario. El informe de regencia debe presentarse en papel de seguridad.
(Así reformado el punto anterior y publicado en La Gaceta N° 151 del 8 de agosto del 2006).
3.2. Estado .tosanitario: (Indicar la presencia de insectos o patógenos perjudiciales para la plantación forestal).
_________________________________________________ _________________________________________________ _________________________________________________ 3.3. Verificación del Plan de Prevención de Incendios:
_________________________________________________ _________________________________________________ _________________________________________________ 3.4. ANOTAR SOBRE LOS SIGUIENTES ASPECTOS (CUANDO CORRESPONDA): Calidad del material reproductivo (anexar copia del certificado de regencia del vivero y la factura que evidencia el uso de semilla certificada cuando corresponda) Porcentaje de sobre vivencia por especie. Levantamiento del área efectiva a compensar.
_________________________________________________ _________________________________________________ _________________________________________________ 3.5. DISPOSICIONES Y RECOMENDACIONES DEL REGENTE:
Labores como chapeas, rodajeas, fertilizaciones, podas, raleos, etc.
_________________________________________________ _________________________________________________ _________________________________________________ 3.6. Verificar área sujeta a PSA, mantenimiento de carriles, aplicación de medidas de control de incendios forestales, mantenimiento de linderos, rotulación y vigilancia; así como recomendaciones.
_________________________________________________ _________________________________________________ _________________________________________________ 3.7. En informes de regencia para tramitar la segunda solicitud de pago indicar claramente área plantada por especie.
_________________________________________________ _________________________________________________ _________________________________________________ ..................................................... .......................................................
FIRMA DEL REGENTADO FIRMA DEL REGENTE O REPRESENTANTE LEGAL cc. Administración Forestal del Estado Colegio de Ingenieros Agrónomos Regente Nota: En caso de estudios conjuntos, deberá aportar informe por cada beneficiario
EN SAF 1. INFORMACIÓN GENERAL:
Nombre del Estudio Técnico: ______ Nº Contrato: _______________ Fecha promedio de plantación: _____ Nº Cuota Solicitada: _________ Fecha de visita: _________________ Nº de Contrato de regencia: ___ Regente: ______________________ Teléfono: __________________ Nº Colegiado: __________________ Póliza de Fidelidad Nº: _______ Vigencia de la póliza: ____________ Regentado: (persona física, jurídica o organización) ________________ Cédula de identidad: _____________ Representante: __________________ Cédula jurídica: _____________ Localización del inmueble: (Provincia, Cantón, Distrito y Caserío).
2. CUMPLIMIENTO DE LAS DISPOSICIONES DEL REGENTE Y LABORES EJECUTADAS: (Se debe corroborar el cumplimiento de las recomendaciones de la visita anterior, si se trata de la primer visita debe indicar cuáles son las actividades que se empezarán a ejecutar conforme al estudio técnico aprobado).
__________________________________________________ __________________________________________________ __________________________________________________ 3. OBSERVACIONES DE CAMPO:
3.1. Estado del Sistema Agroforestal: (Se debe indicar el vigor, crecimiento y desarrollo de la especie forestal cultivada indicando nombre común y científico de la especie y el estado del cultivo agronómico). Dependiendo del tipo de SAF establecido indicar en que se usa el follaje producido, estimación de la producción de leña, estado y especies de las cercas vivas, cobertura y distribución de los árboles dispersos, protección del ramoneo).
Nota: En caso de estudios conjuntos, deberá aportar informe por cada beneficiario. El informe de regencia debe presentarse en papel de seguridad.
(Así reformado el punto anterior y publicado en La Gaceta N° 151 del 8 de agosto del 2006).
3.2. Estado fitosanitario: (Indicar la presencia de insectos o patógenos perjudiciales para los árboles plantados en el SAF).
_________________________________________________ _________________________________________________ _________________________________________________ 3.3. Verificación del Plan Prevención de Incendios:
_________________________________________________ _________________________________________________ _________________________________________________ 3.4. ANOTAR SOBRE LOS SIGUIENTES ASPECTOS (CUANDO CORRESPONDA): Calidad del material reproductivo (anexar copia del certificado de regencia del vivero y la factura que evidencia el uso de semilla certificada cuando corresponda) Porcentaje de sobre vivencia por especie. Debe indicar el número de árboles que han sido establecidos en el sistema y el porcentaje de mortalidad.
_________________________________________________ _________________________________________________ _________________________________________________ 3.5. DISPOSICIONES Y RECOMENDACIONES DEL REGENTE:
Labores que quedan autorizadas hasta la próxima visita.
_________________________________________________ _________________________________________________ _________________________________________________ 3.6. Verificar a aplicación de medidas de protección de árboles, rotulación y vigilancia; así como recomendaciones.
_________________________________________________ _________________________________________________ _________________________________________________ ..................................................... .......................................................
FIRMA DEL REGENTADO FIRMA DEL REGENTE O REPRESENTANTE LEGAL cc: Administración Forestal del Estado Colegio de Ingenieros Agrónomos Regente NOTA: En caso de estudios conjuntos, deberá aportar informe por cada beneficiario
Ante mí __________, Notario Publico con oficina en San José, comparece el señor Jorge Mario Rodríguez Zúñiga, mayor, casado una vez, ingeniero agrónomo, cédula uno-quinientos cuarenta y cinco-setecientos siete, vecino de Sabanillas de Montes de Oca, en su condición de Director Ejecutivo del Fondo Nacional de Financiamiento Forestal, con facultades de apoderado general debidamente facultado para este acto según consta en el Registro de Personas Jurídicas del Registro Público, bajo las citas de inscripción: quinientos treinta y cuatro-mil ochocientos setenta y nueve-uno dos, en adelante denominado FONAFIFO, cédula jurídica tres- cero cero siete-dos cero cuatro siete dos cuatro, de lo cual el suscrito notario da fe y manifiesta que solicita sean retirados sin inscribir los siguientes documentos de afectación que fueron presentados al Diario del Registro bajo las citas _______, al tomo ___________, asiento_______, correspondientes a una afectación en virtud de la Ley Forestal No. 7575 sobre la .finca Folio Real matrícula _____ del partido de _______, por haber vencido las mismas, relevando de toda responsabilidad al Registro Nacional por los efectos que pueda ocasionar esta escritura.
Leído lo anterior al compareciente, lo aprueba y .firmamos a las ____ horas del día______ del mes_______ del año_______en el lugar de______
SITIOS EN VÍAS DE RECUPERACIÓN
| Nombre cientí.co | Nombre científico | Nombre científico |
|---|
| Acacia collinsii | Dialyanthera sp | Pouteria sp |
| Alchornea latifolia | Drymis granadensis | Protium sp |
| Ampelocera hottlei | Dussia macrophylla | Prunus sp |
| Anaxagorea crassipetala | Enterolobium cyclocarpum | Pterocarpus halléis |
| Ardisia sp | Erythoxylum sp | Qualea paraensis |
| Astrocaryum standleyansym | Erythrina sp | Rollinia microsepala |
| Astronium graveolens | Goethalsia meiantha | Rhamnus sp |
| Brosimum guianensis | Grammadenia sp | Quercus copeyensis |
| Brunellia costaricensis | Hampea appendiculata | Quercus costaricensis |
| Bursera simaruba | Hernandia didymantha | Simarouba amara |
| Byrsonima sp | Hieronyma alchornoides | Spathodea campanulata |
| Calophyllum brasiliense | Humiriastrum diguense | Spondias Bombin |
| Carapa guianensis | Hymenaea courbaril | Sideroxylon capin |
| Casearia arborea | Ilex sp | Stemmadenia obovata |
| Caryodaphnopsis burgeri | Jacaranda copaia o caucana | Sterculia recordiana |
| Caryocar costaricense | Lacmellea panamensis | Stryphnodendron excelsum |
| Cassia fructicosa | Laetia procera | Styrax argenteus |
| Cedrela fissilis | Laplacea sp | Swartzia cubensis |
| Cedrela odorata | Lecythis ampla | Swietenia marcrophylla |
| Cedrela tonduzii | Lonchocarpus oliganthus | Tabebuia chrysantha |
| Ceiba pentandra | Luehea seemanii | Tabebuia guayacán |
| Cespedesia macrophylla | Magnolia sp | Tabebuia ochracea |
| Clethra mexicana | Manilkara chicle | Tabebuia rosea |
| Cleyera theaeoides | Miconia sp | Tapirira guianensis |
| Clusia sp | Minquartia guianensis | Terminalia amazonia |
| Coccoloba tuerckleimii | Parkia pendula | Vatanea barbourii |
| Colubrina ovalifolia | Nectandra sp | Vernonia trifusculosa |
| Cordia alliodora | Ocotea sp | Virola koschnyii |
| Cordia bicolor | Oreopanax sp | Virola sebifera |
| Cordia dwyeri | Peltogyne purpurea | Viburnum sp |
| Cordia sp | Pentaclethra macroloba | Vismia sp |
| Cornus sp | Platymiscium parvifolorym | Vitex cooperi |
| Couratari scottmorii | Platymiscium pinnatum | Vochysia ferruginea |
| Croton killipianus | Podocarpus costaricensis | Vochysia guatemalensis |
| Cupania sp | Poulsemia armata | Weinmannia sp |
| Cynometra himitomophylla | Prioria copaifera | Xylopia sericophylla |
| Dalberia retusa | Pouroma aspera | Zantoxylum sp |
| Dendropanax arboreus | | Pouroma minor |
Así como regeneración natural de palmas silvestres, y especies incluidas en los Decretos de vedas y especies amenazas en vías de extinción Nº 25663-MINAE y Nº 25700-MINAE u otras especies forestales que el Regente Forestal recomiende técnicamente.
La definición de los tipos de vegetación para evaluar sitios en vías de recuperación de bosque, se indica a continuación:
. Brinzal comercial, plántula de especie forestal con altura mayor a 30 cm, pero con altura menor a 1,5 metro hasta el brote.
. Latizal comercial, plántula de especie forestal con altura mayor a 1,5 m, pero con dap menor a 10 cm a 1,3 metros de altura.
San José , febrero del 2005.
- I)Información de la Propiedad Beneficiario(a):________________________________________ Representante Legal:____________________________________ Folio Real:_________________ Plano Catastrado:__________________(Posesión) Puntos GPS:
| Coordenadas | Punto 1 | Punto 2 | Punto 3 |
|---|
| Latitud | | | |
| Longitud | | | |
Ubicación exacta:___________________________________________ _________________________________________________________ _________________________________________________________ __________ II) Información del contrato PSA Contrato:________________ Fecha de aprobación:_______________ Regente Forestal:__________________________________ Modalidad:_____________________Área PSA:__________________ Evaluador:_________________ Fecha de visita:_________________ Asistentes a visita de campo:______________________________________ ________________ Firma del evaluador Firma del Regente o Representante Legal
III. Evaluación del recurso
3.1 El área bajo PSA cumple con disposiciones establecidas para su aprobación
| Verificador | Calificación del verificador | Observaciones |
|---|
| 1. Área PSA con colindancias claramente definidas | | |
| 2. Área PSA dentro de zonas prioritarias | | |
| 3. Cobertura de bosque de área PSA corresponde con definición de bosque | | |
| 4. Presencia de cobertura vegetal PSA que no es bosque, humedales y espejos de agua | | |
3.2 En el área bajo PSA - PROTECCIÓN se realiza un sistema de manejo para conservación y regeneración del recurso
| Verificador | Calificación del verificador | Observaciones |
|---|
| 1. Hay evidencias de eliminación de vegetación dentro de área PSA | | |
| 2. Hay evidencia de quemas dentro del área PSA | | |
| 3. Hay evidencia de actividades agrícolas dentro del área PSA | | |
| 4. Hay evidencia de pastoreo dentro del área PSA | | |
| Verificador | Calificación del verificador | Observaciones |
| 5. Hay evidencias de invasión de tierras dentro del área PSA | | |
| 6. No hay evidencia de denuncias por parte del beneficiario(a), y/o regente | | |
| 7. Hay evidencia de aprovechamientos de productos maderables dentro del área PSA | | |
| 8. Hay evidencia de aprovechamiento de productos no maderables dentro del área | | |
| 9. Hay evidencia de caza dentro del área PSA | | |
| 10. Hay evidencia de captura de aves y otros animales dentro del área PSA | | |
| 11. Hay evidencia de sustancias y desechos tóxicos para el ambiente dentro del área PSA | | |
*Se considera grave si el área afectada es superior a 500 m2.
3.3 El estudio técnico debe establecer los objetivos de manejo, implementado y regentado.
| Verificador | Calificación del verificador | Observaciones | | --- | --- | --- | | 1. Requerimientos del contrato PSA se consideran en el estudio técnico | | | | 2. Beneficiario(a) mantiene informada a la comunidad sobre PSA, ubicación y calidad de rótulos | | | | 3. Existe vigilancia y medidas preventivas de control de incendios forestales en zonas de riesgo, ubicación y calidad de rótulos | | | | 4. Se mantiene el recurso sometido a PSA, posterior a la firma del contrato, salvo permisos de corta dados por AFE | | | | 5. Se mantiene el recurso sometido a PSA, posterior a la firma del contrato, salvo áreas autorizadas o infraestructuras remanentes reportadas en el estudio técnico | | | | 6. El área sometida a PSA están identificadas en los mapas, puntos GPS, certificación PSA | | | | 7. Se mantienen límites identificables del área bajo PSA y otras zonas forestales, colindancias o dentro de la misma finca | | | | 8. Se mantienen barreras identificables entre el área bajo PSA y otros usos de la tierra colindantes o dentro de la misma finca | | | Se vuelve grave si las construcciones tienen impacto sobre bosque y son posterior a la firma del contrato 3.4 Proyectos PSA con monitoreo periódico por parte del regente forestal
| Verificador | Calificación del verificador | Observaciones |
|---|
| 1. Existe monitoreo mediante visita del Regente Forestal al área sometida a PSA | | |
| 2. El dueño de la propiedad o regente plantean denuncias ante AFE | | |
OBSERVACIONES: __________________________________________________________________________________ ____________________________________________________________________________________________________ ____________________________________________________________________________________________________ ________________________________________ Se adiciona el ANEXO 34 que contiene el formato de los informes de visita que utilizará FONAFIFO en la valoración de los proyectos de Reforestación PSA.
INFORME DE VISITA DE CAMPO PARA SEGUIMIENTO Y MONITOREO DE PROYECTOS REFORESTACIÓN PSA
I. Información de la Propiedad
Beneficiario(a):______________________________________________ Representante Legal:__________________________________________ Folio Real:_________________ Puntos GPS:
| Coordenadas | Punto 1 | Punto 2 | Punto 3 |
|---|
| Latitud | | | |
| Longitud | | | |
Ubicación exacta:______________________________________________________ ____________________________ ____________________________________________________________________________________________________ ________________________________
II. Información del contrato PSA
Contrato:__________________ Fecha de aprobación:________________ Regente Forestal:__________________________________ Modalidad:_____________________ Área PSA:____________________ Evaluador:_____________________ Fecha de visita:________________ Asistentes a visita de campo:____________________________________ __________________ _________________________________ Firma del evaluador Firma del Regente o Representante Legal 3.5 El área bajo PSA cumple con disposiciones establecidas para su aprobación
| Verificador | Calificación del verificador | Observaciones |
|---|
| 1. Área PSA con colindancias claramente definidas | | |
| 2. Área PSA dentro de zonas prioritarias | | |
3.6 En área bajo PSA - REFORESTACIÓN se aplica un sistema de manejo para establecimiento y desarrollo del recurso | Verificador | Calificación del verificador | Observaciones | | --- | --- | --- | | 1. Hay evidencia de que la plantación no se ha establecido | | | | 2. Hay evidencia de que el área reforestada es menor a la indicada en la certificación PSA | | | | 3. Hay evidencia de que la plantación no está manejada, chapia, rodajea, resiembra | | | | 4. Hay evidencia de que la plantación está afectada por plagas y enfermedades | | | | 5. Hay evidencia de que la plantación no se ajusta a lo establecido en el Estudio Técnico | | | | 6. Hay evidencia de que las condiciones de sitio no son aptas para el establecimiento de la plantación | | | | 7. Hay evidencia de actividades agrícolas dentro de la plantación | | | | 8. Hay evidencia de pastoreo dentro de la plantación | | | | Verificador | Calificación del verificador | Observaciones | | 9. Hay evidencias de invasión de tierras, construcción y ocupación de infraestructuras, modificación de linderos de la plantación | | | | 10. No hay evidencia de denuncias por parte del beneficiario(a), y/o regente | | | Se considera grave si el área afectada es superior a 500 m2.
*: Se considera grave si la plantación no se establece dentro del plazo de 12 meses para reforestar y se han girado recursos por adelantado.
3.7 El estudio técnico debe establecer los objetivos de manejo, implementado y regentado | Verificador | Calificación del verificador | Observaciones | | --- | --- | --- | | 1. Requerimientos del contrato PSA se consideran en el estudio técnico | | | | 2. Beneficiario(a) mantiene informada a la comunidad sobre PSA, ubicación y calidad de rótulos | | | | 3. Existe vigilancia y medidas preventivas de control de incendios forestales en zonas de riesgo, ubicación y calidad de rótulos | | | | 4. Se mantiene el recurso sometido a PSA, posterior a la firma del contrato, salvo permisos de corta dados por AFE | | | | 5. Se mantiene el recurso sometido a PSA, posterior a la firma del contrato, salvo áreas autorizadas o infraestructuras remanentes reportadas en el estudio técnico | | | | 6. El área sometida a PSA están identificadas en los mapas, puntos GPS, certificación PSA | | | | 7. Se mantienen límites identificables del área bajo PSA y otras zonas forestales, colindancias o dentro de la misma finca | | | | 8. Se mantienen barreras identificables entre el área bajo PSA y otros usos de la tierra colindantes o dentro de la misma finca | | | Se vuelve grave si las construcciones tienen impacto sobre bosque y son posterior a la firma del contrato.
3.8 Proyectos PSA con monitoreo periódico por parte del regente forestal
| Verificador | Calificación del verificador | Observaciones |
|---|
| 1. Existe monitoreo mediante visita del Regente Forestal al área sometida a PSA | | |
| 2. El dueño de la propiedad o regente plantean denuncias ante AFE | | |
OBSERVACIONES: _____________________________________ ____________________________________________________________ ____________________________________________________________ ____________________________________________________________ ____________________________________________________________ ___________________________________________ Se adiciona el ANEXO 35 que contiene el formato de los informes de visita que utilizará FONAFIFO en la valoración de los proyectos SAF.
INFORME DE VISITA DE CAMPO PARA SEGUIMIENTO Y MONITOREO DE PROYECTOS SAF-PSA
I. Información de la Propiedad
Beneficiario(a):_____________________________________________ Representante Legal:________________________________________ Folio Real:_________________ Puntos GPS:
| Coordenadas | Punto 1 | Punto 2 | Punto 3 |
|---|
| Latitud | | | |
| Longitud | | | |
Ubicación exacta:______________________________________ _____ __________________________________________________________ __________________________________________________________ _____________________________________
II. Información del contrato PSA
Contrato:_______________ Fecha de aprobación:______________ Regente Forestal:__________________________________ Modalidad:____________________Área PSA:___________________ Evaluador:__________________ Fecha de visita:________________ Asistentes a visita de campo:_________________________________ __________________ __________________________________ Firma del evaluador Firma del Regente o Representante Legal 3.9 El área bajo SAF cumple con disposiciones establecidas para su aprobación
| Verificador | Calificación del verificador | Observaciones |
|---|
| 1. Área SAF con colindancias claramente definidas | | |
| 2. Área SAF dentro de zonas prioritarias | | |
3.10 En área bajo PSA - SAF se aplica un sistema de manejo para establecimiento y desarrollo del recurso | Verificador | Calificación del verificador | Observaciones | | --- | --- | --- | | 1. Hay evidencia de que los árboles no se han establecido | | | | 2. Hay evidencia de que la cantidad de árboles plantados es menor a los indicados en la certificación PSA | | | | 3. Hay evidencia de que los árboles plantados no están manejados, chapia, rodajea, resiembra | | | | 4. Hay evidencia de que arreglo SAF no se ajusta a lo establecido en el Estudio Técnico | | | | 3. Hay evidencia de que los árboles están afectados por plagas y enfermedades | | | | 4. Hay evidencia de pastoreo afectan los árboles establecidos | | | | 6. No hay evidencia de denuncias por parte del beneficiario(a), y/o regente | | | 3.11 El estudio técnico debe establecer los objetivos de manejo, implementado y regentado | Verificador | Calificación del verificador | Observaciones | | --- | --- | --- | | 1.
Requerimientos del contrato PSA se consideran en el estudio técnico | | | | 2. Beneficiario(a) mantiene informada a la comunidad sobre PSA, ubicación y calidad de rótulos | | | | 3. Existe vigilancia y medidas preventivas de control de incendios forestales en zonas de riesgo, ubicación y calidad de rótulos | | | | 4. Se mantiene el recurso sometido a PSA, posterior a la firma del contrato, salvo permisos de corta dados por AFE | | | | Verificador | Calificación del verificador | Observaciones | | 5. Se mantiene el recurso sometido a PSA, posterior a la firma del contrato, salvo áreas autorizadas o infraestructuras remanentes reportadas en el estudio técnico | | | | 6. El área sometida a PSA están identificadas en los mapas, puntos GPS, certificación PSA | | | | 7. Se mantienen límites identificables del área bajo PSA y otras zonas forestales, colindancias o dentro de la misma finca | | | | 8.
Se mantienen barreras identificables entre el área bajo PSA y otros usos de la tierra colindantes o dentro de la misma finca | | | Se vuelve grave si las construcciones tienen impacto sobre bosque y son posterior a la firma del contrato 3.12 Proyectos PSA con monitoreo periódico por parte del regente forestal
| Verificador | Calificación del verificador | Observaciones |
|---|
| 1. Existe monitoreo mediante visita del Regente Forestal al área sometida a PSA | | |
| 2. El dueño de la propiedad o regente plantean denuncias ante AFE | | |
OBSERVACIONES: _____________________________________ ____________________________________________________________ ____________________________________________________________ ____________________________________________________________ ____________________________________________________________ ____________.
La evaluación se realiza bajo el criterio de "Principios, Criterios, Indicadores y Verificadores del manejo de proyectos PSA". Pero, se ha resumido únicamente los verificadores y el grado de la falta en que incurrió el beneficiario(a) y/o Regente Forestal, para fines del informe de campo para monitoreo de proyectos PSA.
La falta corresponde a una acción incorrectamente ejecutada o corresponde a una acción que se requería pero no se implementó. Donde, la momenclatura corresponde a:
Falta Grave: G, que corresponde a condiciones que FONAFIFO debe investigar o tomar acciones correctivas, y que el beneficiario(a) debe cumplir para continuar con el trámite de PSA.
Falta leve: L, que corresponden a condiciones o fallas menores, que el beneficiario(a) debe cumplir y que se verificarán en la siguiente visita anual.
Sin Falta: S, que corresponde a que las condiciones se están cumpliendo según Manual PSA y Estudio Técnico.
No Aplica: NA, que corresponde a condiciones que no aplican en la evaluación del contrato.
Se adiciona el ANEXO 36 que contiene el texto de los contratos relacionados a regeneración en Tierras Kyoto.
CONTRATO DE PAGO DE SERVICIOS AMBIENTALES MODALIDAD REGENERACIÓN NATURAL CONTRATO NÚMERO:
______ - ________ - _________ - _________ - ________ Oficina Subregión Modalidad Número de Año Regional contrato Completo Nosotros., el señor Jorge Mario Rodríguez Zúñiga, mayor, casado una vez, ingeniero agrónomo, cédula uno-quinientos cuarenta y cincosetecientos siete, vecino de Sabanillas de Montes de Oca, en su condiciónde Director Ejecutivo del Fondo Nacional de Financiamiento Forestal, con facultades de apoderado general debidamente facultado para este acto según consta en el Registro de Personas Jurídicas del Registro Público, bajo las citas de inscripción: quinientos treinta y cuatro-mil ochocientos setenta y nueve-uno-dos, en adelante denominado FONAFIFO, cédula jurídica trescero cero siete dos cero cuatro siete dos cuatro, y (nombre o nombres de los propietarios, número de cédula, estado civil completo, oficio, vecino de), (en su condición de apoderado de persona física o jurídica, cédula jurídica número: según consta en el Registro Nacional sección , al tomo, folio, asiento, o según poder especial otorgado ante el notario público, escritura número: de las horas, del (fecha) -el cual consta en el fundamento en la Ley Forestal número siete cinco siete cinco, convenimos en celebrar el presente contrato, que se regirá en especial por las siguientes cláusulas:
PRIMERA: Que de conformidad con lo dispuesto, "El Beneficiario" en su condición de propietario (poseedor) del inmueble del Partido de , inscrito en el Registro de la Propiedad, bajo el Folio Real matrícula número: , es terreno de naturaleza , sito en el distrito , cantón de la Provincia de , que limita al norte: , sur: , este: , oeste: , mide: m2 , plano catastrado , donde acepta ejecutar un proyecto de regeneración natural en un área de _______ hectáreas, las cuales están debidamente delimitadas en según la Certificación de PSA del Regente Forestal, que consta en el expediente administrativo, el cual forma parte de este contrato. Este proyecto fue aprobado por la Oficina Regional de , del Fondo Nacional de Financiamiento Forestal, según Resolución: .
SEGUNDA: "EL BENEFICIARIO", reconoce recibir el PSA de comúnacuerdo al artículo tres, inciso k de la Ley Forestal siete cinco siete cinco y acepta ceder a FONAFIFO, por un período igual al que FONAFIFO pague los servicios ambientales generados por el área sujeta a este contrato, los derechos por reducir, evitar o fijar las emisiones de gases -con efecto invernadero-, la protección del agua para uso urbano, rural o hidroeléctrico, protección de la biodiversidad y belleza escénica natural, que genera las actividades de reforestación. Como contraprestación el FONAFIFO pagará la suma de cuarenta y un dólares por hectárea, distribuidos según Decreto Ejecutivo que establece anualmente los montos por modalidad de pago de servicio ambiental.
El primer desembolso se girará una vez que el Regente Forestal certifique a la Oficina Regional del Fondo Nacional de Financiamiento Forestal el estado inicial del sitio y su ubicación, en los años subsiguientes el Regente deberá certificar que existe y se mantiene la cobertura debidamente protegida, se encuentra en un estado técnicamente aceptable y que se hancumplido a cabalidad las obligaciones establecidas en el Estudio Técnico y en este contrato para ese período. Los desembolsos se realizarán siempre y cuando el beneficiario se encuentre al día en sus obligaciones con la Caja Costarricense de Seguro Social.
TERCERA: Como afectación voluntaria a la propiedad "El Beneficiario" acepta mantener durante quince años a partir de su vigencia, afectada dicha propiedad con las limitaciones y obligaciones establecidas en este contrato, para lo cual autoriza al FONAFIFO la protocolización de lo conducente de este contrato, a fin de que se inscriba en el RegistroPúblico como una limitación de la propiedad, así como deducir el 1% del monto total del contrato, para tales efectos.
CUARTA: "BENEFICIARIO" se compromete a: a) Proteger el recurso de acuerdo a lo establecido en el Estudio Técnico y por ende, no cortar árboles o cualquier tipo de vegetación. b) Contar con un regente forestal debidamente colegiado, responsable de la ejecución técnica durante la vigencia del contrato. c) Prevenir y controlar los incendios forestales. d) Prevenir y apoyar las labores de control de la cacería ilegal e) No desarrollar actividades agrícolas y/o ganaderas. f) No efectuar acciones de corta y extracción productos forestales. g) Comunicar al FONAFIFO cualquier alteración o contingencia que ocasione cambios en el área sometida a PSA. i) Permitir el libre acceso del personal de MINAE, FONAFIFO, encargado de control, al lugar del área sujeta al PSA facilitando su labor. j) Ceder al Fondo Nacional de Financiamiento Forestal los servicios ambientales generados por el recurso protegido. k) Acatar cualquier recomendación técnica emitida por el MINAE o el regente, en forma escrita.
QUINTA: Cualquier venta total, parcial, cesión o enajenación del inmueble objeto de este contrato, deberá ser comunicado de previo al Fondo Nacional de Financiamiento Forestal. La venta obliga en iguales términos al nuevo dueño o adquirente, salvo que este desee devolver el monto proporcional pagado por FONAFIFO. En cuyo caso procederá el finiquito correspondiente.
SEXTA: FONAFIFO queda expresamente facultado a comercializar de cualquier forma y a cualquier persona física, jurídica, nacional o internacional los derechos cedidos.
SÉTIMA: El incumplimiento por parte de "EL BENEFICIARIO" de cualquiera de sus obligaciones establecidas en este contrato, y su relación con la Ley Forestal y en su Reglamento, dará por finalizado el presente contrato en forma automática y autoriza al FONAFIFO a suspender total o parcialmente los pagos pendientes y a solicitar el reintegro de los pagos otorgados, sus intereses y en general los daños y perjuicios ocasionados, renunciando expresamente en este supuesto a su domicilio.
OCTAVA: Este contrato tendrá una vigencia de cinco años, a partir de su firma.
Leído lo anterior, lo aprobamos y firmamos en San José, a los días del mes de ________________del dos mil _________".
Ing. Jorge Mario Rodríguez Zúñiga Fondo Nacional de Financiamiento Forestal Sr.
Beneficiario (Así adicionado y publicado en La Gaceta N° 151 del 8 de agosto del 2006).