Para todos los efectos, en adelante se adoptarán las siguientes definiciones y abreviaturas:
1. Acueducto: Sistema formado por obras accesorias, tuberías, o conductos de caracteres diferentes, cuyo objeto es captar, conducir, almacenar, tratar y distribuir agua potable, aprovechando la gravedad, o bien, la utilización de energía para su correspondiente bombeo, con la finalidad de proporcionar agua potable a un núcleo de población determinado. Comprende también los factores involucrados en la conservación, preservación y aprovechamiento del recurso hídrico y las obras de infraestructura, su construcción, mantenimiento, reposición y sostenimiento.
2. Administración: Proceso de diseñar y mantener un ambiente en el cual las personas alcancen con eficiencia metas y objetivos prioritarios para la organización. Dentro de las funciones básicas tenemos: planificar, organizar, dirigir, ejecutar y controlar.
3. Alcantarillado Sanitario: Sistema formado por colectores, subcolectores, sistemas de tratamiento, obras accesorias, tuberías o conductos generalmente cerrados y que conducen aguas residuales para ser tratados y dispuestos cumpliendo las normas de calidad de vertidos que establece la normativa vigente.
4. Asociatividad: Proceso de articulación, intercambio, comunicación y coordinación entre dos o más ASADAS que comparten cuenca, microcuenca, espacio geográfico y/o metas y objetivos comunes, que se unen con el fin de aprender y fortalecer sus capacidades, de manera sostenible, orientadas en el propósito común de mejorar la administración y gestión de sus acueductos, para lograr el acceso universal a servicios de agua y saneamiento.
5. Agua Residual: Agua que ha recibido un uso y cuya calidad ha sido modificada por la incorporación de agentes contaminantes, ya sea físicos, químicos o biológicos.
6. ARESEP: Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos.
7. ASADA: Asociación Administradora de los Sistemas de Acueductos y Alcantarillados Comunal.
8. Asignación: Caudal de agua registrado en la Dirección Nacional de Aguas del MINAE 9. Asociación: Organización surgida de un acuerdo o concierto de voluntades de al menos diez personas físicas y/o jurídicas, que ponen en común, sus conocimientos o actividades para cooperar en la realización de varios fines comunes autorizados por el presente cuerpo normativo y demás legislación que le rige.
10.AyA: Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados.
11.CONAFLU: Confederación de Federaciones/Ligas y Uniones de ASADAS.
12.Conservar: Mantener en buen estado una cosa, preservarla de alteraciones.
13.Control: Conjunto de actividades orientadas a garantizar el logro de los objetivos y fines establecidos.
14.Convenio de delegación: Instrumento jurídico bilateral, suscrito entre AyA y/o las organizaciones legalmente autorizadas, que faculta a las últimas para la administración, operación, mantenimiento y desarrollo de los sistemas de acueducto y/o tratamiento de aguas residuales, conservando el AyA la titularidad de la prestación de los servicios delegados.
15.Cuenca: Unidad territorial delimitada por la línea divisoria de sus aguas, las cuales drenan superficial o subterráneamente hacia una salida común.
16.Desarrollo sostenible: Satisfacción de las necesidades de la generación presente sin comprometer la capacidad de las generaciones futuras para satisfacer sus propias necesidades.
17.Dieta: Retribución monetaria que se da por la participación en las sesiones de una Junta Directiva, de conformidad con las disposiciones de este reglamento.
18.FLU: Federaciones/Ligas y Uniones de ASADAS.
19.Fondos Públicos: Son los recursos, valores, bienes y derechos propiedad del Estado, de órganos, de empresas o de entes públicos. Las organizaciones reguladas en el presente Reglamento son considerados entes privados que por la Ley y el convenio de delegación del AyA se constituyen en custodios y administradores de estos fondos y por consiguiente, sujetos a la fiscalización, evaluación, control y dirección de la gestión que realizan.
20.Funcionario(a): Persona que presta servicios a la administración pública o a nombre y por cuenta de ésta, como parte de su organización, en virtud de un acto válido y eficaz de investidura, con entera independencia del carácter imperativo, representativo, remunerado, permanente o público de la actividad respectiva.
21.Gestión del servicio: Comprende la administración, comercialización, operación, mantenimiento y desarrollo de los sistemas de acueductos y/ o tratamiento de aguas residuales, así como la gestión del recurso hídrico.
22.Libros legales: La ASADA deberá de llevar al día los libros legales de actas de asambleas, actas de Junta Directiva, registro de asociados, libro mayor, diario e inventarios y balances. Estos libros podrán ser llevados en forma electrónica, siempre que el Registro de Asociaciones del Registro Nacional los autorice y legalice.
23.Mantenimiento: Es el conjunto de acciones que se ejecutan en forma permanente y sistemática en los diferentes componentes y equipos de un sistema para mantenerlos en adecuado estado de funcionamiento.
24.Mantenimiento correctivo: Consiste en las reparaciones que se ejecutan para corregir cualquier daño que se produzca en los sistemas; lo cual se da por el deterioro normal o anormal de los diferentes elementos de los sistemas, incidiendo en la necesidad de efectuar reparaciones mayores o la reposición de algunas piezas o equipo determinado.
25.Mantenimiento preventivo: Consiste en una serie de acciones de conservación que se realizan con frecuencia determinada en las instalaciones y equipos para evitar en lo posible, que se produzcan daños que pueden ser de difícil y costosa reparación, ocasionando interrupciones en el servicio.
26.Modelo tarifario: Es la abstracción y simulación de la realidad económicafinanciera en la que se desenvuelve el servicio público, incluyendo formulaciones matemáticas, indicadores y criterios que permitan establecer un precio o tarifa sostenible para las personas usuarias.
27.Normas técnicas: Normativa emitida por AyA y otros entes competentes para el diseño, construcción, operación y mantenimiento de sistemas de acueducto y saneamiento de aguas residuales, de acatamiento obligatorio para los operadores.
28.Obras complementarias: Son todas aquellas obras que, no siendo parte de la estructura principal, ayudan a su adecuado funcionamiento y protección. Entre estas obras se encuentran los caminos de acceso, portones, cercas, muros y zonas verdes.
29.Operación: Es el conjunto de acciones que se ejecutan con determinada oportunidad y frecuencia, para mantener funcionando adecuadamente un sistema de agua potable y saneamiento de aguas residuales.
30.Patrimonio: Todos los bienes muebles e inmuebles utilizados por las ASADAS en la administración, operación, mantenimiento y desarrollo de los sistemas de acueductos y saneamiento de aguas residuales que para todos los efectos se consideran de dominio público.
31.Persona asociada: Persona física o jurídica, nacional o extranjera, que forma parte de la asociación por incorporación voluntaria y que al mismo tiempo reúne la condición de persona usuaria del servicio o con servicio a su nombre y que a la vez reúna la condición de dueña, usufructuaria, concesionaria o poseedora legítima del inmueble donde se ubica el servicio de abastecimiento de agua potable y saneamiento de aguas residuales.
32.Preservar: Proteger, defender o resguardar anticipadamente de un daño o peligro.
33.Presión óptima de servicio: La presión de servicio en las redes de distribución definida por la normativa del AyA.
34.Principios del servicio público: Fundamentos jurídicos encaminados a asegurar la calidad, cantidad, continuidad, confiabilidad, igualdad, acceso universal, eficiencia, oportunidad, sostenibilidad y con un enfoque de derecho humano; adaptación a todo cambio en el régimen legal, social, económico, ambiental o en la necesidad social que satisfacen la igualdad de trato de los destinatarios, personas usuarias y beneficiarios de los servicios públicos. Artículo 4 de la Ley General de la Administración Pública.
35.Reuso: Aprovechamiento de un afluente de agua residual ordinaria o especial para diversos fines.
36.Servicio Interno: La red e instalación internas, tanto de agua potable como de saneamiento de aguas residuales, propiedad de las personas usuarias.
37.Servicio público: Suministro del servicio de acueducto y alcantarillado, incluso el agua potable, la recolección, el tratamiento y la evacuación de las aguas negras, las aguas residuales y pluviales, así como la instalación, la operación y el mantenimiento del servicio de hidrantes.
38.Sistema de agua potable: Es el sistema de tuberías, plantas potabilizadoras, pozos, almacenamiento, redes de distribución, conducción y demás elementos necesarios para el suministro de agua potable a una población.
39.Sistema de Saneamiento: Conjunto de obras que contemplan al menos los componentes civiles y electromecánicos necesarios para la recolección, bombeo, tratamiento, vertido y reuso de aguas residuales de tipo ordinario.
40.Sistema de Tratamiento: Conjunto de procesos físicos, químicos o biológicos, cuya finalidad es mejorar la calidad del agua residual a la que se aplican.