7.1 Se establecen los siguientes requisitos para la solicitud de disponibilidad de agua potable:
- a)Documento de solicitud del servicio de agua potable, debidamente lleno por el propietario del inmueble o persona autorizada por ésta, que comprobará mediante documento idóneo. En el mismo deberá indicarse el destino que va a dar al servicio, para su respectiva calificación.
- b)Documento idóneo que demuestre ser propietario del inmueble en el cual ha de darse el servicio. En el caso de sociedades mercantiles documento idóneo que demuestre ser representante legal de dicha sociedad.
- c)Visto bueno municipal que demuestre estar al día en el pago de tasas y tributos municipales.
- d)Que la finca cuente con las vías públicas de acceso directo o por servidumbre y en las cuales exista o pueda instalarse si fuere del caso la tubería de distribución.
- e)Copia del plano de catastro visado por la Municipalidad de La Unión.
- f)Copia de la cédula de identidad del propietario o representante legal de la sociedad.
- g)Copia del Uso del Suelo otorgado por la Municipalidad.
En el caso de construcciones antiguas (con tres o más años), con una o más unidades ocupacionales deberá contar con los siguientes requisitos:
1. Nota solicitando la instalación del servicio o servicios adicionales, por unidades de ocupación.
2. Documento idóneo que demuestre ser propietario del inmueble en el cual ha de darse el servicio.
3. Declaración Jurada del propietario o representante legal indicando que la obra tiene más de tres años de haber sido construida.
4. En el caso de sociedades mercantiles documento idóneo que demuestre ser el representante legal de dicha sociedad.
5. Copia de la cédula de identidad del propietario o representante legal de la sociedad.
6. Presentar recibo con la cancelación de los derechos de Instalación.
Para los efectos de un traspaso de nombre de abonado, el interesado debe presentar los siguientes documentos:
- a)El nuevo propietario deberá llenar el formulario solicitando el traspaso del servicio correspondiente.
- b)Documento idóneo en el que demuestre ser el nuevo propietario del inmueble en el cual se presta el servicio.
- c)Visto bueno municipal de estar al día en el pago de tasas y tributos municipales, del nuevo propietario y el anterior.
En los casos de instalación por primera vez, los documentos deberán ser presentados en la Plataforma de Servicios, para su trámite. La aprobación de la instalación por primera vez la dará el Departamento de Acueductos, previo visto bueno de la Dirección de Urbanismo (Uso de suelo). Una vez aprobada se procederá conforme al procedimiento establecido vigente. Para los efectos del traspaso a nombre del usuario, la documentación será tramitada por el Departamento de Catastro Municipal, quién definirá lo procedente.
Todas las solicitudes serán debidamente registradas y conferidas en forma cronológica cuando ello proceda y sean realizados los ajustes en los departamentos indicados.
7.2. Se establecen los siguientes requisitos para la instalación de la paja de agua potable:
- a)Deberá estar aprobado el permiso de construcción de una casa de habitación o un edificio. Deberá presentar copia del permiso de construcción y del recibo de pago del impuesto de construcción cancelado.
- b)Presentar recibo con la cancelación de los derechos instalación.
Todas las nuevas pajas se instalarán con hidrómetro o con caja y suplemento. Sólo se instalarán pajas fijas cuando no haya hidrómetros o cajas de protección de hidrómetros disponibles.
(Así reformado el inciso 7.2) anterior mediante sesión ordinaria N° 415 del 10 de setiembre del 2015)