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Acuerdo 605 · 04/12/2007
OutcomeResultado
SummaryResumen
This document records Agreement 2007-605 of the Board of Directors of the Costa Rican Institute of Aqueducts and Sewers (AyA), delegating the administration of the water and sanitary sewer systems of the communities of Lomas, La Josefina, and Los Robles de Tamarindo in Santa Cruz, Guanacaste, to the community association formed for that purpose. It is grounded in AyA's legal authority as the governing body in the matter, community participation as a tool for sustainable development, and the pre-existing infrastructure built with contributions from the community, AyA, and the State. The agreement details the procedure: the community's request, the association's legal constitution, favorable technical and legal review, and authorization to sign the delegation agreement. It establishes the duties of the regional and community systems offices of AyA for advisory, control, and training activities. Finally, it orders notification to users through publication in La Gaceta to ensure their rights and duties under the current legal framework, which includes environmental, health, and water laws.Este documento formaliza el acuerdo 2007-605 de la Junta Directiva del Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados (AyA), mediante el cual se delega la administración de los sistemas de acueducto y alcantarillado sanitario de las comunidades de Lomas, La Josefina y Los Robles de Tamarindo, en Santa Cruz, Guanacaste, a la asociación comunal constituida para tal fin. Se fundamenta en la potestad legal de AyA como ente rector en la materia, la participación comunitaria como herramienta de desarrollo sostenible y la preexistencia de infraestructura construida con aportes de la comunidad, el AyA y el Estado. El acuerdo detalla el procedimiento seguido: solicitud de la comunidad, constitución de la asociación administradora, revisión técnica y jurídica favorable, y autorización para suscribir el convenio de delegación. Establece las obligaciones de asesoría, control y capacitación por parte de las direcciones regionales y de sistemas comunales de AyA. Finalmente, ordena la notificación a los usuarios mediante publicación en La Gaceta para que ejerzan sus derechos y deberes conforme al marco legal vigente, incluyendo leyes ambientales, de salud y de aguas.
Key excerptExtracto clave
Agree to the delegation of the administration of the community's water and sanitary sewer systems to the Asociación Administradora del Acueducto y Alcantarillado Sanitario de Lomas, la Josefina Los Robles de Tamarindo, legal ID three-zero-zero-two-four-eight-three-eight-nine-four, to be recorded in our internal records. Authorize the Administration to sign the Delegation Agreement with the Association's representative, which shall specify the specific obligations and consideration assumed by the parties and shall repeal any previously signed agreements, in addition to compliance with current legislation. Order the Directorate of Community Systems and the corresponding Regional Directorate, based on the systems' geographic location, to carry out all technical, environmental, financial, legal, organizational, and community advisory, control, and training activities as established by laws and regulations.Acordar la delegación de la administración de los sistemas de acueducto y alcantarillado sanitario de la comunidad, en la Asociación Administradora del Acueducto y Alcantarillado Sanitario de Lomas, la Josefina Los Robles de Tamarindo. Cédula jurídica tres-cero cero dos-cuatrocientos ochenta y tres mil ochocientos noventa y cuatro, inscríbase en nuestros registros internos. Autorizar la Administración para que suscriba el Convenio de Delegación con el personero de la Asociación, en el cual además del cumplimiento de la legislación vigente, se especificarán obligaciones y contraprestaciones concretas que asumen las partes y derogará los convenios firmados con anterioridad. Disponer que la Dirección de Sistemas Comunales y la Dirección Regional a la que corresponda según la ubicación geográfica de los sistemas, realice todas las actividades de asesoría, control y capacitación técnico, ambiental, financiero, legal organizacional y comunal conforme lo establecen las leyes y Reglamentos.
Pull quotesCitas destacadas
"la participación de la comunidad o sociedad civil, constituye uno de los instrumentos eficaces para lograr la consecución del desarrollo sostenible en Costa Rica"
"the participation of the community or civil society constitutes one of the effective instruments to achieve sustainable development in Costa Rica"
Considerando I
"la participación de la comunidad o sociedad civil, constituye uno de los instrumentos eficaces para lograr la consecución del desarrollo sostenible en Costa Rica"
Considerando I
"resulta imperativo que la Municipalidad coadyuve en especial en lo relativo a los reglamentos de zonificación, desarrollo urbanístico, con la organización administradora de los sistemas comunales, como instrumento de desarrollo sostenible"
"it is imperative that the Municipality cooperates, especially regarding zoning regulations and urban development, with the administrative organization of the community systems, as an instrument of sustainable development"
Resultando 2º
"resulta imperativo que la Municipalidad coadyuve en especial en lo relativo a los reglamentos de zonificación, desarrollo urbanístico, con la organización administradora de los sistemas comunales, como instrumento de desarrollo sostenible"
Resultando 2º
"A y A es el ente Rector en todo lo relativo a los Sistemas de Acueductos y Alcantarillados en todo el territorio Nacional, y se encuentra facultado en delegar la administración de tales sistemas en organizaciones debidamente constituidas al efecto"
"AyA is the governing body in all matters relating to Water and Sewer Systems throughout the national territory, and is empowered to delegate the administration of such systems to organizations duly constituted for that purpose"
Resultando 3º
"A y A es el ente Rector en todo lo relativo a los Sistemas de Acueductos y Alcantarillados en todo el territorio Nacional, y se encuentra facultado en delegar la administración de tales sistemas en organizaciones debidamente constituidas al efecto"
Resultando 3º
Full documentDocumento completo
in the entirety of the text - Complete Text of Norm 605 Delegation Agreement of the Administrative Association of the Aqueduct and Sanitary Sewerage of Lomas, La Josefina, Los Robles de Tamarindo, Santa Cruz, Guanacaste Complete Text of act: B47A8 Nº 2007-605 Nº 2007-605 Subject: Delegation Agreement of the Administrative Association of the Aqueduct and Sanitary Sewerage of Lomas, La Josefina, Los Robles de Tamarindo, Santa Cruz, Guanacaste.
This Board of Directors acknowledges the Request for Delegation of the Administration of the Aqueduct and Sewerage Systems.
Whereas (Resultando)
Considering (Considerando) I.-That the participation of the community or civil society constitutes one of the effective instruments for achieving sustainable development in Costa Rica, and therefore A y A, since 1976, has been delegating to the communities the administration of those systems where the comparative advantages of immediacy, effectiveness, and efficiency; cost and benefit to the populations, make it most appropriate to assign their administration to the communities.
II.-That the community of Lomas La Josefina Los Robles de Tamarindo, with contributions from the community, from A y A, and from the State, has built a community aqueduct system for supplying a population of inhabitants.
III.-That in a general Assembly of residents (Asamblea general de vecinos) held, they decided to constitute the organization and request that A y A delegate the administration of the systems to said organization.
IV.-That due to the characteristics of the system, it is appropriate to delegate the administration to the community organization constituted for this purpose, named Administrative Association of the Aqueduct and Sanitary Sewerage of Lomas La Josefina los Robles de Tamarindo (Asociación Administradora del Acueducto y Alcantarillado Sanitario de Lomas La Josefina los Robles de Tamarindo), legal identification (cédula jurídica) three-zero zero two-four hundred eighty-three thousand eight hundred ninety-four, which is duly registered in the Registry of Associations of the National Registry under volume number five hundred seventy, entry number one thousand six hundred seventy-eight.
V.-That for the purposes of the provisions of the Regulation, the Directorate of the Chorotega Region, through memorandum No. RCH-07-697 of October 25, 2007, as well as the Legal Directorate in memorandum No. DJ- 2007-4452 of November 13, 2007, recommend to the Management to proceed with the Delegation of the Administration of the system to the respective organization.
VI.-That through legal opinion No. DJ-SC-0060-2007 of November 13, 2007, the Legal Advisory Office for Community Systems of the Legal Directorate issued its criterion, establishing that, having completed the technical procedures, it is legally appropriate to delegate the administration of said system. Therefore (Por tanto), Based on the provisions of Articles 11, 21, 18, 50, 129, 169, and 188 of the Political Constitution; Articles 1, 2, 3, 4, 5, 11, 18, 19, 21, 22, and 23 of the Constitutive Law of A y A; Article 264 of the General Law of Public Health No. 5395 of October 30, 1973; Articles 17, 32, 33, 148, and following of the Water Law No. 276 of August 27, 1942; General Law of Potable Water No. 1634 of September 18, 1953; Articles 1, 4, 11, 16, 113.12, 114 of the General Law of Public Administration (Ley General de la Administración Pública); Environment Law No. 7554 of October 4, 1995; Articles 4 and 33 of the Forestry Law (Ley Forestal) No. 7575 of February 13, 1996, and its amendments; Wildlife Conservation Law (Ley de Conservación de Vida Silvestre) No. 7317 of October 30, 1992; Article 7 of the Public Roads Law (Ley de Caminos Públicos) No. 5060 of August 22, 1972; Regulation of the National Water Laboratory of A y A (Reglamento del Laboratorio Nacional de Aguas de A y A) Decree No. 26066-S, published in La Gaceta No. 109 of June 9, 1997; Regulation for Water Quality (Reglamento para la Calidad de Agua) Executive Decree No. 32327 of February 10, 2005; Regulation for the Use and Discharge of Wastewater (Reglamento de Uso y Vertido de las Aguas Residuales) Executive Decree No. 26042-S-MINAE of June 19, 1997; Regulation for the Approval and Operation of Wastewater Treatment Systems (Reglamento de Aprobación y Operación de Sistemas de Tratamiento de Aguas Residuales) Executive Decree No. 31545 of October 9, 2003; and Regulation for Septic Tank Sludge (Reglamento de Lodos de Tanques Sépticos) Executive Decree No. 21279-S of May 15, 1992. Sectoral Regulation for the Regulation of Aqueduct and Sanitary Sewerage Services (Reglamento Sectorial para la Regulación de los Servicios de Acueducto y Alcantarillado Sanitario) No. 30413-MP-MINAE-S-MEIC of March 25, 2002. Regulation of the Administrative Associations of Community Aqueduct and Sewerage Systems (Reglamento de las Asociaciones Administradoras de los Sistemas de Acueductos y Alcantarillados Comunales) No. 32529-S-MINAE, published in La Gaceta 150 of August 5, 2005; and Regulation for the Provision of Services to Clients (Reglamento de Prestación de Servicios a los Clientes), published in the official newspaper La Gaceta No. 159 of August 20, 1997.
RESOLVES (ACUERDA) 1º-To agree to the delegation of the administration of the community's aqueduct and sanitary sewerage systems to the Administrative Association of the Aqueduct and Sanitary Sewerage of Lomas, la Josefina Los Robles de Tamarindo. Legal identification (cédula jurídica) three-zero zero two-four hundred eighty-three thousand eight hundred ninety-four, to be registered in our internal records.
2º-To authorize the Administration to sign the Delegation Agreement (Convenio de Delegación) with the representative of the Association, in which, in addition to compliance with current legislation, concrete obligations and considerations assumed by the parties shall be specified, and which shall repeal any agreements previously signed.
3º-To direct that the Directorate of Community Systems and the Regional Directorate corresponding to the geographic location of the systems carry out all advisory, control, and training activities of a technical, environmental, financial, legal, organizational, and community nature, as established by the laws and Regulations.
4º-Once the Agreement is approved, notify all users of the system and residents of the respective community by publication in the official newspaper La Gaceta, so that they may exercise all their rights, duties, and obligations of the system in accordance with the laws and Regulations. Communicate and publish.
Final Agreement (Acuerdo firme).
Agreement number 2007-605, adopted by the Board of Directors of the Costa Rican Institute of Aqueducts and Sewerages in item i) of Article 6 of the ordinary session No. 2007-070, held on 04/12/2007.
December 18, 2007.
en la totalidad del texto - Texto Completo Norma 605 Convenio de Delegación Asociación Administradora del Acueducto y Alcantarillado Sanitario de Lomas, La Josefina, Los Robles de Tamarindo, Santa Cruz, Guanacaste Texto Completo acta: B47A8 Nº 2007-605 Nº 2007-605 Asunto: Convenio de Delegación Asociación Administradora del Acueducto y Alcantarillado Sanitario de Lomas, La Josefina, Los Robles de Tamarindo, Santa Cruz, Guanacaste.
Conoce esta Junta Directiva de la Solicitud de Delegación de la Administración del Sistema de Acueductos y Alcantarillados.
I.-Que la participación de la comunidad o sociedad civil, constituye uno de los instrumentos eficaces para lograr la consecución del desarrollo sostenible en Costa Rica, por lo que A y A, desde 1976 ha venido delegando en las comunidades la administración de aquellos sistemas en las que las ventajas comparativas de inmediatez, eficacia y eficiencia; costo y beneficio a las poblaciones, resulte más adecuado asignar en las comunidades su administración.
II.-Que la comunidad Lomas La Josefina Los Robles de Tamarindo, con aporte de la comunidad, de A y A y del Estado, se ha construido un sistema de acueductos comunales, para el abastecimiento de una población de habitantes.
III.-Que en Asamblea general de vecinos celebrada, dispusieron constituir la organización y solicitar al A y A, que delegue la administración de los sistemas en dicha organización.
IV.-Que por las características del sistema, es procedente delegar la administración en la organización comunal constituida al efecto, denominada Asociación Administradora del Acueducto y Alcantarillado Sanitario de Lomas La Josefina los Robles de Tamarindo, cédula jurídica tres-cero cero dos-cuatrocientos ochenta y tres mil ochocientos noventa y cuatro, que se encuentra debidamente inscrita en el Registro de Asociaciones del Registro Nacional bajo el tomo número quinientos setenta asiento número mil seiscientos setenta y ocho.
V.-Que para los efectos de lo dispuesto en el Reglamento, la Dirección de la Región Chorotega mediante el memorando Nº RCH-07-697 del día 25 de octubre de 2007, así como la Dirección Jurídica en el memorando Nº DJ- 2007-4452 del día 13 de noviembre de 2007, recomiendan a la Gerencia proceder a la Delegación de la Administración del sistema en la respectiva organización.
VI.-Que mediante el dictamen legal Nº DJ-SC-0060-2007 del día 13 del mes de noviembre de 2007, la Asesoría Legal de Sistemas Comunales de la Dirección Jurídica, emitió criterio, estableciendo que cumplidos los trámites técnicos, es jurídicamente procedente delegar la administración de dicho sistema. Por tanto, Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 11, 21, 18, 50, 129, 169 y 188 de la Constitución Política; artículos 1º, 2º, 3º, 4º, 5º, 11, 18, 19, 21, 22 y 23 de la Ley Constitutiva de A y A, artículo 264 de la Ley General de Salud Pública Nº 5395 de 30 de octubre de 1973, artículo 17, 32, 33, 148 y siguientes de la Ley de Aguas Nº 276 del 27 de agosto de 1942, Ley General de Agua Potable Nº 1634 del 18 de setiembre de 1953, artículos 1, 4, 11, 16, 113.12, ,114 de la Ley General de la Administración Pública, Ley del Ambiente Nº 7554 del 04 de octubre de 1995, artículo 4 y 33 de la Ley Forestal Nº 7575 del 13 de febrero de 1996 y sus reformas, Ley de Conservación de Vida Silvestre Nº 7317 de 30 de octubre de 1992, artículo 7 de la Ley de Caminos Públicos Nº 5060 del 22 de agosto de 1972, Reglamento del Laboratorio Nacional de Aguas de A y A Decreto Nº 26066-S, publicado en La Gaceta Nº 109 del 09 de junio de 1997; Reglamento para la Calidad de Agua Decreto Ejecutivo Nº 32327 del 10 de febrero de 2005; Reglamento de Uso y Vertido del la Aguas Residuales Decreto Ejecutivo Nº 26042-S-MINAE del 19 de junio de 1997, Reglamento de Aprobación y Operación de Sistemas de Tratamiento de Aguas Residuales Decreto Ejecutivo Nº 31545 del 09 de octubre de 2003 y Reglamento de Lodos de Tanques Sépticos Decreto Ejecutivo Nº 21279-S del 15 de mayo de 1992. Reglamento Sectorial para la Regulación de los Servicios de Acueducto y Alcantarillado Sanitario Nº 30413-MP-MINAE-S-MEIC del 25 de marzo de 2002. Reglamento de las Asociaciones Administradoras de los Sistemas de Acueductos y Alcantarillados Comunales Nº 32529-S-MINAE, publicado en La Gaceta 150 del 05 de agosto de 2005 y Reglamento de Prestación de Servicios a los Clientes, publicado en el diario oficial La Gaceta Nº 159 del 20 de agosto de 1997.
ACUERDA 1º-Acordar la delegación de la administración de los sistemas de acueducto y alcantarillado sanitario de la comunidad, en la Asociación Administradora del Acueducto y Alcantarillado Sanitario de Lomas, la Josefina Los Robles de Tamarindo. Cédula jurídica tres-cero cero dos-cuatrocientos ochenta y tres mil ochocientos noventa y cuatro, inscríbase en nuestros registros internos.
2º-Autorizar la Administración para que suscriba el Convenio de Delegación con el personero de la Asociación, en el cual además del cumplimiento de la legislación vigente, se especificarán obligaciones y contraprestaciones concretas que asumen las partes y derogará los convenios firmados con anterioridad.
3º-Disponer que la Dirección de Sistemas Comunales y la Dirección Regional a la que corresponda según la ubicación geográfica de los sistemas, realice todas las actividades de asesoría, control y capacitación técnico, ambiental, financiero, legal organizacional y comunal conforme lo establecen las leyes y Reglamentos.
4º-Aprobado el Convenio, Notifíquese a todos los usuarios del sistema y vecinos de la respectiva comunidad, por medio de publicación en el diario oficial La Gaceta, a efectos de que ejerzan todos sus derechos, deberes y obligaciones del sistema conforme con las leyes y Reglamentos. Comuníquese y publíquese.
Acuerdo firme.
Acuerdo número 2007-605, adoptado por la Junta Directiva del Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados en el inciso i), del artículo 6, de la sesión ordinaria Nº 2007-070, celebrada el 04/12/2007 18 de diciembre del 2007.
Resultando
Considerando
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