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Decreto 32857 · 14/12/2005

Authorization to review staffing request for El Encanto Hydroelectric ProjectAutorización para conocer solicitud de creación de plazas para el Proyecto Hidroeléctrico El Encanto

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OutcomeResultado

In forceNorma vigente

SummaryResumen

This executive decree, signed by the Acting President and the Minister of Finance, authorizes the Budgetary Authority to consider a request from the National Power and Light Company (CNFL) to create special-service positions. These positions are exclusively for the technical and administrative work of the El Encanto Hydroelectric Project, lasting two years. The decree justifies the measure based on the need for specialized personnel not available within the existing workforce and the public interest of the project, thereby overriding general austerity measures and the hiring freeze imposed by previous directives of the Budgetary Authority for fiscal years 2005 and 2006.Este decreto ejecutivo, firmado por la Primera Vicepresidenta en ejercicio de la Presidencia y el Ministro de Hacienda, permite que la Autoridad Presupuestaria conozca una solicitud de la Compañía Nacional de Fuerza y Luz (CNFL) para crear plazas por servicios especiales. Dichas plazas se dedicarán exclusivamente a las labores técnicas y administrativas del Proyecto Hidroeléctrico El Encanto, con una duración de dos años. El decreto justifica la medida en la necesidad de personal especializado que no puede ser suplido por el personal existente y en el interés público de realizar el proyecto, superando así las restricciones generales de austeridad y congelamiento de plazas impuestas por directrices previas de la misma Autoridad Presupuestaria para los ejercicios 2005 y 2006.

Key excerptExtracto clave

8. The National Power and Light Company requires the creation of special-service positions, which will be devoted 100% to fulfilling the technical and administrative responsibilities for the El Encanto Hydroelectric Project, which will last for 2 years. 9. Due to the nature of the functions performed by positions with the same classification as those requested, currently existing in the Company, these cannot be assigned to the supervision of the design and construction of the Project. 10. Therefore, it is necessary for the Budgetary Authority to review the request for the creation of positions by the National Power and Light Company, to fulfill what is indicated in the preceding recital in this specific case. Article 1. The Budgetary Authority may review the request submitted by the National Power and Light Company, solely for the purpose of meeting the requirements of the El Encanto Hydroelectric Project.8º-Que la Compañía Nacional de Fuerza y Luz requiere la creación de plazas por servicios especiales, que se dedicarán en un cien por ciento a cumplir con las responsabilidades técnicas y administrativas para la atención del Proyecto Hidroeléctrico El Encanto, el cual tendrá una duración de 2 años. 9º-Que por la naturaleza de las funciones que desempeñan los puestos con igual clasificación a los solicitados, existentes actualmente en la Compañía, éstos no pueden ser asignados a la supervisión sobre el diseño y la construcción del Proyecto. 10.-Que por lo anterior, es necesario que la Autoridad Presupuestaria proceda a conocer la solicitud de creación de plazas a la Compañía Nacional de Fuerza y Luz, para cumplir con lo indicado en el considerando anterior en el caso concreto. Artículo 1º-La Autoridad Presupuestaria podrá conocer la solicitud presentada por la Compañía Nacional de Fuerza y Luz, únicamente con el propósito de cubrir los requerimientos del Proyecto Hidroeléctrico El Encanto.

Pull quotesCitas destacadas

  • "La Autoridad Presupuestaria podrá conocer la solicitud presentada por la Compañía Nacional de Fuerza y Luz, únicamente con el propósito de cubrir los requerimientos del Proyecto Hidroeléctrico El Encanto."

    "The Budgetary Authority may review the request submitted by the National Power and Light Company, solely for the purpose of meeting the requirements of the El Encanto Hydroelectric Project."

    Artículo 1

  • "La Autoridad Presupuestaria podrá conocer la solicitud presentada por la Compañía Nacional de Fuerza y Luz, únicamente con el propósito de cubrir los requerimientos del Proyecto Hidroeléctrico El Encanto."

    Artículo 1

  • "El interés público prevalecerá sobre el interés de la Administración Pública cuando pueda estar en conflicto."

    "The public interest shall prevail over the interest of the Public Administration when they may be in conflict."

    Considerando 7°

  • "El interés público prevalecerá sobre el interés de la Administración Pública cuando pueda estar en conflicto."

    Considerando 7°

  • "Por la naturaleza de las funciones que desempeñan los puestos con igual clasificación a los solicitados, existentes actualmente en la Compañía, éstos no pueden ser asignados a la supervisión sobre el diseño y la construcción del Proyecto."

    "Due to the nature of the functions performed by positions with the same classification as those requested, currently existing in the Company, these cannot be assigned to the supervision of the design and construction of the Project."

    Considerando 9°

  • "Por la naturaleza de las funciones que desempeñan los puestos con igual clasificación a los solicitados, existentes actualmente en la Compañía, éstos no pueden ser asignados a la supervisión sobre el diseño y la construcción del Proyecto."

    Considerando 9°

Full documentDocumento completo

Articles

in the entirety of the text - Complete Text of Norma 32857 The Budgetary Authority may consider the request submitted by the Compañía Nacional de Fuerza y Luz, for the purpose of covering the requirements of the Proyecto Hidroeléctrico El Encanto Complete Text of record: 96E1A Nº 32857 Nº 32857 THE FIRST VICE PRESIDENT IN EXERCISE OF THE PRESIDENCY OF THE REPUBLIC AND THE MINISTER OF FINANCE Based on the powers conferred upon them by articles 140 subsections 3), 7), 8), 18) and 20) and 146 of the Political Constitution; articles 4, 26 subsection b), 27 subsection 1), 100 subsection 1) and 113 subsections 2) and 3) of Law Nº 6227, Ley General de la Administración Pública of May 2, 1978; article 80 of Law Nº 7097, Ley de Presupuesto Extraordinario of August 18, 1988; articles 21 and 22 of Law Nº 8131, Ley de la Administración Financiera de la República y Presupuestos Públicos of September 18, 2001; article 16 of Law Nº 6955, Ley para el Equilibrio Financiero del Sector Público of February 24, 1984 and Directriz Nº 038-H of March 17, 2005.

  1. 1That it is in the interest of the Government of the Republic to achieve austerity in public spending, both in the centralized and decentralized Public Sector.
  2. 2That Law Nº 7097, Ley de Presupuesto Extraordinario de la República, published in Alcance Nº 25 to La Gaceta Nº 166 of September 1, 1988, in its article 80, empowers the Budgetary Authority to authorize the creation of positions in the Public Sector.
  3. 3That Law Nº 8131, Ley de la Administración Financiera de la República y Presupuestos Públicos, published in La Gaceta Nº 198 of October 16, 2001, in its article 21 states that the Budgetary Authority has as one of its specific functions, to formulate guidelines regarding employment, including the level of employment in the Public Sector, and to ensure compliance therewith.
  4. 4That article 16 of Law Nº 6955, Ley para el Equilibrio Financiero del Sector Público, published in La Gaceta Nº 45 of March 2, 1984, provides that the Budgetary Authority is responsible for setting the guidelines in matters of public employment, including limits on the number of posts per institution.
  5. 5That Directriz Nº 038-H published in La Gaceta Nº 87 of May 6, 2005, addressed to the heads of institutions, companies, public entities and bodies covered by the scope of the Budgetary Authority, provides that the Budgetary Authority will not consider the creation of positions during the remainder of the fiscal year (ejercicio económico) 2005 and during the fiscal year 2006.
  6. 6That Law Nº 6227, Ley General de la Administración Pública, published in the Alcance Nº 90 to La Gaceta Nº 102 of May 30, 1978, in its article 4 provides that the activity of public entities shall be subject as a whole to the fundamental principles of public service, to ensure its continuity, its efficiency, its adaptation to any change in the legal regime or in the social need it satisfies, and equality in the treatment of recipients, users or beneficiaries.
  7. 7That the public interest shall prevail over the interest of the Public Administration when they may be in conflict.
  8. 8That the Compañía Nacional de Fuerza y Luz requires the creation of positions for special services, which will be dedicated one hundred percent to fulfilling the technical and administrative responsibilities for the attention of the Proyecto Hidroeléctrico El Encanto, which will have a duration of 2 years.
  9. 9That due to the nature of the functions performed by posts with the same classification as those requested, currently existing in the Company, these cannot be assigned to the supervision of the design and construction of the Project.

10.-That due to the foregoing, it is necessary for the Budgetary Authority to proceed to consider the request for the creation of positions for the Compañía Nacional de Fuerza y Luz, to comply with what is indicated in the preceding considering in the specific case. Therefore, THEY DECREE:

Considering:

1
2

Issued at the Presidency of the Republic.-San José, on the fourteenth day of the month of December of the year two thousand five.

Artículos

en la totalidad del texto - Texto Completo Norma 32857 La autoridad Presupuestaria podrá conocer la solicitud presentada por la Compañía Nacional de Fuerza y Luz, con el fin de cubrir los requerimientos del Proyecto Hidroeléctrico El Encanto Texto Completo acta: 96E1A Nº 32857 Nº 32857 LA PRIMERA VICEPRESIDENTA EN EJERCICIO DE LA PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA Y EL MINISTRO DE HACIENDA Con fundamento en las atribuciones que les confieren los artículos 140 incisos 3), 7), 8), 18) y 20) y 146 de la Constitución Política; los artículos 4º, 26 inciso b), 27 inciso 1), 100 inciso 1) y 113 incisos 2) y 3) de la Ley Nº 6227, Ley General de la Administración Pública del 2 de mayo de 1978; el artículo 80 de la Ley Nº 7097, Ley de Presupuesto Extraordinario del 18 de agosto de 1988; los artículos 21 y 22 de la Ley Nº 8131, Ley de la Administración Financiera de la República y Presupuestos Públicos del 18 de setiembre del 2001; el artículo 16 de la Ley Nº 6955, Ley para el Equilibrio Financiero del Sector Público del 24 de febrero de 1984 y la Directriz Nº 038-H del 17 de marzo del 2005.

  1. 1Que es interés del Gobierno de la República, lograr la austeridad en el gasto público, tanto en el Sector Público centralizado como en el descentralizado.
  2. 2Que la Ley Nº 7097, Ley de Presupuesto Extraordinario de la República, publicada en el Alcance Nº 25 a La Gaceta Nº 166 del 1º de setiembre de 1988, en su artículo 80, faculta a la Autoridad Presupuestaria para autorizar la creación de plazas en el Sector Público.
  3. 3Que la Ley Nº 8131, Ley de la Administración Financiera de la República y Presupuestos Públicos, publicada en La Gaceta Nº 198 del 16 de octubre del 2001, en su artículo 21 señala que la Autoridad Presupuestaria tiene como una de sus funciones específicas, formular directrices en materia de empleo, incluyendo el nivel de empleo en el Sector Público y velar por su cumplimiento.
  4. 4Que el artículo 16 de la Ley Nº 6955, Ley para el Equilibrio Financiero del Sector Público, publicada en La Gaceta Nº 45 del 2 de marzo de 1984, dispone que la Autoridad Presupuestaria es la encargada de fijar los lineamientos en materia de empleo público, incluyendo los límites al número de puestos por institución.
  5. 5Que la Directriz Nº 038-H publicada en La Gaceta Nº 87 del 6 de mayo del 2005, dirigida a los jerarcas de las instituciones, empresas, entidades públicas y órganos cubiertos por el ámbito de la Autoridad Presupuestaria, dispone que la Autoridad Presupuestaria no considerará la creación de plazas durante lo que resta del ejercicio económico del año 2005 y durante el ejercicio del 2006.
  6. 6Que la Ley Nº 6227, Ley General de la Administración Pública, publicada en el Alcance Nº 90 a La Gaceta Nº 102 del 30 de mayo de 1978, en su artículo 4º dispone que la actividad de los entes públicos deberá estar sujeta en su conjunto a los principios fundamentales del servicio público, para asegurar su continuidad, su eficiencia, su adaptación a todo cambio en el régimen legal o en la necesidad social que satisfagan y la igualdad en el trato de los destinatarios, usuarios o beneficiarios.
  7. 7Que el interés público prevalecerá sobre el interés de la Administración Pública cuando pueda estar en conflicto.
  8. 8Que la Compañía Nacional de Fuerza y Luz requiere la creación de plazas por servicios especiales, que se dedicarán en un cien por ciento a cumplir con las responsabilidades técnicas y administrativas para la atención del Proyecto Hidroeléctrico El Encanto, el cual tendrá una duración de 2 años.
  9. 9Que por la naturaleza de las funciones que desempeñan los puestos con igual clasificación a los solicitados, existentes actualmente en la Compañía, éstos no pueden ser asignados a la supervisión sobre el diseño y la construcción del Proyecto.

10.-Que por lo anterior, es necesario que la Autoridad Presupuestaria proceda a conocer la solicitud de creación de plazas a la Compañía Nacional de Fuerza y Luz, para cumplir con lo indicado en el considerando anterior en el caso concreto. Por tanto,

Considerando:

DECRETAN:

1
2

Dado en la Presidencia de la República.-San José, a los catorce días del mes de diciembre del año dos mil cinco.

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Implementing decreesDecretos que afectan

    TopicsTemas

    • Off-topic (non-environmental)Fuera de tema (no ambiental)

    Concept anchorsAnclajes conceptuales

    • Ley 8131 – Ley de la Administración Financiera de la República y Presupuestos Públicos Arts. 21 y 22
    • Ley 6955 – Ley para el Equilibrio Financiero del Sector Público Art. 16
    • Ley 7097 – Ley de Presupuesto Extraordinario Art. 80
    • Directriz 038-H

    Spanish key termsTérminos clave en español

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