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Res. 01807-2025 Sala Segunda de la Corte · Sala Segunda de la Corte · 2025

Unnecessary to file a lesividad proceeding to annul annual salary increases at SINARTInnecesariedad del proceso de lesividad para anular anualidades en SINART

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OutcomeResultado

DeniedSin lugar

The appeal is denied on the grounds that SINART's private labor regime renders a lesividad proceeding unnecessary to eliminate annual salary increases.Se declara sin lugar el recurso al determinarse que el régimen laboral privado de SINART hace innecesario un proceso de lesividad para suprimir las anualidades.

SummaryResumen

The Supreme Court's Second Chamber resolved a collective dispute between the SINART (National System of Radio and Cultural Television) union and that entity concerning the legality of the employer's unilateral elimination of annual salary increases. The union argued that the acts granting such increases were acts declaring rights and that the Administration should have first declared them illegitimate through a lesividad proceeding (an administrative proceeding seeking judicial nullification of its own act that creates rights). The Chamber rejected this, holding that under SINART's Organic Law, employment relationships with its workers are governed by private law, not public law, so it is not necessary to resort to a lesividad proceeding to modify or revoke those rights. The judgment underscores that the private employment regime excludes the application of the administrative self-review mechanisms typical of public employment. Accordingly, the claim was dismissed.La Sala Segunda de la Corte Suprema resolvió un conflicto colectivo del Sindicato de SINART (Sistema Nacional de Radio y Televisión Cultural) contra esa entidad, en el que se discutía la legalidad de la eliminación unilateral de los aumentos salariales por anualidad. El sindicato argumentó que los actos que otorgaron tales aumentos eran actos declarativos de derechos, y que la Administración debió previamente declararlos ilegítimos mediante un proceso de lesividad. La Sala rechazó esta tesis, señalando que, conforme a la Ley Orgánica de SINART, las relaciones laborales con sus empleados se rigen por el derecho privado y no por el derecho público, por lo que no es necesario acudir a la declaratoria de lesividad para modificar o revocar esos derechos. La sentencia enfatiza que el régimen de empleo privado excluye la aplicación de los mecanismos de autotutela administrativa propios del empleo público. Por consiguiente, la pretensión de los actores fue desestimada, declarándose el recurso sin lugar.

Key excerptExtracto clave

As is easily seen, the plaintiffs' claim for recognition of the annual increases was based on the absence of a prior declaration of the illegitimacy of the right which, in their view, the Administration should have sought with respect to an act that declares rights. However, their position is not acceptable for several reasons. First, it must be pointed out that, from the defendant's creation law onward, the legal regime applicable to relations with its employees is not public law but private law, and therefore it is not subject to a lesividad proceeding for the purpose of modifying its workers' rights, without prejudice, of course, to any liability it may incur for harm caused.Como fácilmente se advierte, la pretensión del reconocimiento de los aumentos anuales la sustentó la parte actora en la ausencia de una declaración previa de la ilegitimidad del derecho que, en su criterio, debió gestionar la Administración respecto de un acto declarativo de derechos. Sin embargo, su posición no es de recibo por varias razones. En primer lugar, debe señalarse que, a partir de la ley de creación de la demandada, el régimen jurídico aplicable a las relaciones con sus servidores no es de derecho público sino, de derecho privado y, por ende, no está sujeto a una declaratoria de lesividad a los fines de modificar los derechos de sus trabajadores, sin perjuicio claro está, de la responsabilidad que pueda tener producto del perjuicio que pueda causar.

Pull quotesCitas destacadas

  • "el régimen jurídico aplicable a las relaciones con sus servidores no es de derecho público sino, de derecho privado y, por ende, no está sujeto a una declaratoria de lesividad a los fines de modificar los derechos de sus trabajadores"

    "the legal regime applicable to relations with its employees is not public law but private law, and therefore it is not subject to a lesividad proceeding for the purpose of modifying its workers' rights"

    Considerando V

  • "el régimen jurídico aplicable a las relaciones con sus servidores no es de derecho público sino, de derecho privado y, por ende, no está sujeto a una declaratoria de lesividad a los fines de modificar los derechos de sus trabajadores"

    Considerando V

Full documentDocumento completo

"V.- MERITS OF THE CASE: [...] As can easily be seen, the plaintiff based its claim for recognition of the annual increases on the absence of a prior declaration of illegitimacy of the right which, in its view, the Administration should have sought regarding a declaratory act of rights (acto declarativo de derechos). However, its position is not acceptable for several reasons. First, it must be noted that, pursuant to the law creating the defendant, the legal regime applicable to relations with its employees is not one of public law but rather private law and, therefore, it is not subject to a declaration of lesivity (declaratoria de lesividad) for the purpose of modifying its workers' rights, without prejudice, of course, to any liability it may have as a result of any harm it may cause. [...]"

"V.- FONDO DEL ASUNTO: [...] Como fácilmente se advierte, la pretensión del reconocimiento de los aumentos anuales la sustentó la parte actora en la ausencia de una declaración previa de la ilegitimidad del derecho que, en su criterio, debió gestionar la Administración respecto de un acto declarativo de derechos. Sin embargo, su posición no es de recibo por varias razones. En primer lugar, debe señalarse que, a partir de la ley de creación de la demandada, el régimen jurídico aplicable a las relaciones con sus servidores no es de derecho público sino, de derecho privado y, por ende, no está sujeto a una declaratoria de lesividad a los fines de modificar los derechos de sus trabajadores, sin perjuicio claro está, de la responsabilidad que pueda tener producto del perjuicio que pueda causar. [...]"

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Implementing decreesDecretos que afectan

    TopicsTemas

    • Off-topic (non-environmental)Fuera de tema (no ambiental)

    Concept anchorsAnclajes conceptuales

    • Ley Orgánica del Sistema Nacional de Radio y Televisión Cultural Art. 2
    • Código Procesal Contencioso-Administrativo Art. 10
    • Código Procesal Contencioso-Administrativo Art. 34
    • Código Procesal Contencioso-Administrativo Art. 39
    • Ley General de la Administración Pública Art. 173

    Spanish key termsTérminos clave en español

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