← Environmental Law Center← Centro de Derecho Ambiental
Resolución 0080 · 27/03/2020
OutcomeResultado
SummaryResumen
This resolution from the Ministry of Environment and Energy (MINAE) automatically extends by one year the terms of water abstraction concessions and discharge permits expiring in 2020. The measure is grounded in the national state of emergency due to COVID-19, which hindered in-person procedures and service continuity. The minister, as the top hierarchical authority, invokes the principles of continuity and adaptability of public services and the urgency foreseen in the General Public Administration Law. The original conditions of the concessions and permits remain in force; non-compliance may lead to expiration or cancellation.Esta resolución del Ministerio de Ambiente y Energía (MINAE) amplía automáticamente por un año los plazos de las concesiones de aprovechamiento de agua y permisos de vertidos que vencían en 2020. La medida se fundamenta en el estado de emergencia nacional por el COVID-19, que dificultó la gestión presencial y la continuidad de los trámites. El ministro, como máxima autoridad jerárquica, invoca los principios de continuidad y adaptación del servicio público, así como la urgencia prevista en la Ley General de la Administración Pública. Las condiciones originales de las concesiones y permisos se mantienen; su incumplimiento podrá dar lugar a la caducidad o cancelación correspondiente.
Key excerptExtracto clave
WHEREAS IV. According to projections from the Ministry of Health, the process of dealing with the health emergency involves a normalization process that will extend throughout 2020. V. Both the water abstraction concession and the discharge permit can only arise from an express act of the Administration, by which it assesses the timeliness and advisability of their granting, thus issuing the administrative resolution by which the water concession or discharge permit is granted, thereby becoming official authorization, issued by the Minister of Environment and Energy. THEREFORE THE MINISTER OF ENVIRONMENT AND ENERGY, RESOLVES TO EXTEND FOR ONE YEAR the terms granted in those abstraction concessions and discharge permits expiring during 2020.CONSIDERANDO CUARTO: Que conforme las proyecciones del Ministerio de Salud, el proceso de atención de la emergencia sanitaria conlleva un proceso de normalización que se extenderá durante este año 2020. QUINTO: Que tanto la concesión de aprovechamiento de agua como el permiso de vertido, sólo pueden nacer de un acto expreso de la Administración, por el cual ésta valora la oportunidad y conveniencia de su otorgamiento, emitiéndose entonces para ello la resolución administrativa bajo la cual se otorga la concesión de agua o el permiso de vertido, convirtiéndose éstas en el título habilitante, emitidos por el Ministro de Ambiente y Energía. POR TANTO EL MINISTRO DE AMBIENTE Y ENERGÍA, RESUELVE AMPLIAR POR UN AÑO, los plazos otorgados en aquellas concesiones de aprovechamiento y de permisos de vertidos, que vencen durante el año 2020.
Pull quotesCitas destacadas
"AMPLIAR POR UN AÑO, los plazos otorgados en aquellas concesiones de aprovechamiento y de permisos de vertidos, que vencen durante el año 2020."
"TO EXTEND FOR ONE YEAR the terms granted in those abstraction concessions and discharge permits expiring during 2020."
POR TANTO
"AMPLIAR POR UN AÑO, los plazos otorgados en aquellas concesiones de aprovechamiento y de permisos de vertidos, que vencen durante el año 2020."
POR TANTO
"Las condiciones originales de las concesiones, así como los permisos de vertidos se deberán de respetar por parte de los administrados, en caso contrario se procederá a caducar la concesión o cancelar el permiso según corresponda."
"The original conditions of the concessions and discharge permits must be respected by the administered parties; otherwise, the concession shall be expired or the permit cancelled, as applicable."
POR TANTO
"Las condiciones originales de las concesiones, así como los permisos de vertidos se deberán de respetar por parte de los administrados, en caso contrario se procederá a caducar la concesión o cancelar el permiso según corresponda."
POR TANTO
"Con fundamento en lo expuesto se debe tener por ampliado el plazo de vigencia de las resoluciones administrativas sean, de las concesiones de aprovechamiento de agua como en los permisos de vertidos que vencen durante el 2020."
"Based on the foregoing, the term of validity of the administrative resolutions for water abstraction concessions and discharge permits expiring in 2020 must be considered extended."
CONSIDERANDO SEXTO
"Con fundamento en lo expuesto se debe tener por ampliado el plazo de vigencia de las resoluciones administrativas sean, de las concesiones de aprovechamiento de agua como en los permisos de vertidos que vencen durante el 2020."
CONSIDERANDO SEXTO
Full documentDocumento completo
in the entirety of the text - Complete Text of Norm 0080 The terms granted in those water-use concessions and discharge permits that expire during the year 2020 are extended by one year Complete Text of record: 135C73 MINISTRY OF ENVIRONMENT AND ENERGY R-0080-2020-MINAE.—MINISTRY OF ENVIRONMENT AND ENERGY.—San José, at eleven o'clock on the twenty-seventh of March of two thousand twenty.
FIRST: That by means of Executive Decree No. 42227-MP-S, a state of national emergency was declared throughout the territory of the Republic of Costa Rica, due to the health situation caused by COVID-19.
SECOND: That based on the cited decree, Directive No. 0002-2020 and official communication OM-183-2020 were issued, which provide for taking preventive actions for the health of personnel and the administered public, seeking to facilitate ordinary procedures in a non-face-to-face manner and to avoid the agglomeration of people in offices; furthermore, it ordered the non-receipt of documents in physical form, only in digital form.
THIRD: That according to the National Registry of Water-Use Concessions and Discharge Permits maintained by the Water Directorate of the Ministry of Environment and Energy, for the year 2020, 390 water concessions and 201 discharge permits expire due to their term.
FIRST: That the Ministry of Environment and Energy is the entity that holds ownership of the public domain over water, as established by Water Law No. 276 and Organic Environmental Law No. 7554, and therefore is the competent authority to hear and resolve regarding its private use, which it shall carry out through the Water Directorate in accordance with Article 177 of the Water Law.
SECOND: That in accordance with Article 28, subsection a) et seq. and concordant articles of the General Public Administration Law No. 6227, it is the responsibility of the Minister of the branch, as the superior hierarchical body of the respective Ministry: "To direct and coordinate all the services of the Ministry." THIRD: That Article 4 of the General Public Administration Law No. 6227 establishes that the activity of public entities must be subject, as a whole, to the fundamental principles of public service, to ensure its continuity, its efficiency, and its adaptation to the social need they satisfy, always basing itself on equal treatment of the recipients, users, or beneficiaries.
For its part, numeral 226 of the same normative body indicates that in cases of urgency and to avoid serious harm to persons or irreparable harm to property, one or all of the procedural formalities may be dispensed with.
FOURTH: That according to the projections of the Ministry of Health, the process of attending to the health emergency entails a normalization process that will extend throughout this year 2020.
FIFTH: That both the water-use concession (concesión de aprovechamiento de agua) and the discharge permit (permiso de vertido) can only arise from an express act of the Administration, by which it assesses the timeliness and advisability of its granting, therefore issuing the administrative resolution under which the water concession or the discharge permit is granted, these becoming the enabling title, issued by the Minister of Environment and Energy.
SIXTH: That based on the foregoing, the term of validity of the administrative resolutions, both of water-use concessions and discharge permits that expire during 2020, must be considered extended.
THE MINISTER OF ENVIRONMENT AND ENERGY,
TO EXTEND BY ONE YEAR the terms granted in those water-use concessions and discharge permits that expire during the year 2020. The original conditions of the concessions, as well as the discharge permits, must be respected by the administered parties; otherwise, the concession shall be revoked or the permit cancelled, as appropriate.
Let it be published in the Official Gazette.
WHEREAS
CONSIDERING
THEREFORE
RESOLVES
en la totalidad del texto - Texto Completo Norma 0080 Se amplía por un año los plazos otorgados en aquellas concesiones de aprovechamiento y de permisos de vertidos, que vencen durante el año 2020 Texto Completo acta: 135C73 MINISTERIO DE AMBIENTE Y ENERGÍA R-0080-2020-MINAE.-MINISTERIO DE AMBIENTE Y ENERGIA.-San José, a las once horas del veintisiete de marzo de dos mil veinte.
PRIMERO: Que mediante Decreto Ejecutivo N°42227-MP-S se declaró estado de emergencia nacional en todo el territorio de la República de Costa Rica, debido a la situación sanitaria provocada por el COVID 19.
SEGUNDO: Que con base en el decreto citado, se emitió la Directriz N° 0002-2020 y oficioOM-183-2020, que dispone sobre tomar acciones preventivas para la salud del personal y del administrado buscando facilitar los trámites ordinarios de forma no presencial y evitar la aglomeración de personas en las oficinas; además que ordenó la no recepción de documentos de manera física, únicamente de manera digital.
TERCERO: Que conforme el Registro Nacional de Concesiones de Aprovechamiento deAgua y Permisos de Vertidos que lleva la Dirección de Agua del Ministerio de Ambiente y Energía, para el año 2020, vencen por plazo, 390 concesiones de aguas y 201 permisos de vertidos.
PRIMERO: Que el Ministerio de Ambiente y Energía es el ente que alcanza la titularidad del dominio público sobre el agua, según lo establece la Ley de Aguas Nº 276 y Ley Orgánica del Ambiente Nº 7554, por lo que es el competente para conocer y resolver sobre su uso privativo, lo cual desarrollará a través de la Dirección de Agua de conformidad con el artículo 177 de la Ley de Aguas.
SEGUNDO: Que de conformidad con el artículo 28, inciso a) siguientes y concordantes de la Ley General de la Administración Pública N°6227, corresponde al Ministro del ramo, como órgano jerárquico superior del respectivo Ministerio: "Dirigir y coordinar todos los servicios del Ministerio".
TERCERO: Que el artículo 4 de la Ley General de la Administración Pública N°6227, establece que la actividad de los entes públicos deberá estar sujeta en su conjunto a los principios fundamentales del servicio público, para asegurar su continuidad, su eficiencia, y adaptación en la necesidad social que satisfacen, basándose para ello, siempre en la igualdad de trato de los destinatarios, usuarios o beneficiarios.
Por su parte el numeral 226 del mismo cuerpo normativo, indica que en casos de urgencia y para evitar daños graves a las personas o irreparables a las cosas, podrá prescindirse de una o de todas las formalidades del procedimiento.
CUARTO: Que conforme las proyecciones del Ministerio de Salud, el proceso de atención de la emergencia sanitaria conlleva un proceso de normalización que se extenderá durante este año 2020.
QUINTO: Que tanto la concesión de aprovechamiento de agua como el permiso de vertido, sólo pueden nacer de un acto expreso de la Administración, por el cual ésta valora la oportunidad y conveniencia de su otorgamiento, emitiéndose entonces para ello la resolución administrativa bajo la cual se otorga la concesión de agua o el permiso de vertido, convirtiéndose éstas en el título habilitante, emitidos por el Ministro de Ambiente y Energía.
SEXTO: Que con fundamento en lo expuesto se debe tener por ampliado el plazo de vigencia de las resoluciones administrativas sean, de las concesiones de aprovechamiento de agua como en los permisos de vertidos que vencen durante el 2020.
EL MINISTRO DE AMBIENTE Y ENERGÍA,
AMPLIAR POR UN AÑO, los plazos otorgados en aquellas concesiones de aprovechamiento y de permisos de vertidos, que vencen durante el año 2020. Las condiciones originales de las concesiones, así como los permisos de vertidos se deberán de respetar por parte de los administrados, en caso contrario se procederá a caducar la concesión o cancelar el permiso según corresponda.
Publíquese en la Gaceta Oficial.
RESULTANDO
CONSIDERANDO
POR TANTO
RESUELVE
Document not found. Documento no encontrado.