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Decreto 32409 · 02/03/2005
OutcomeResultado
SummaryResumen
This executive decree declares the property owned by Jardines de La Catarata S.A., located in Montaña Azul de Vara Blanca, Alajuela, as a Private National Wildlife Refuge. The protected area spans approximately 25 hectares of cloud forest, rich in birdlife and water resources, including the La Paz waterfall, a key tourist attraction. The declaration aligns with the State's interest in strengthening wildlife conservation through private management, allowing scientific research, environmental education, and ecotourism under a sustainable management plan. The owner voluntarily enters the protection regime for a five-year renewable period, committing not to undertake activities that endanger ecosystems without MINAE authorization, and to cooperate with environmental policy control and verification through the Central Volcanic Mountain Range Conservation Area.Este decreto ejecutivo declara el inmueble propiedad de Jardines de La Catarata S.A., ubicado en Montaña Azul de Vara Blanca, Alajuela, como Refugio Nacional de Vida Silvestre de categoría privada. El área protegida abarca aproximadamente 25 hectáreas de bosque nuboso, rico en avifauna y fuentes de agua, incluyendo la catarata de La Paz, principal atractivo turístico de la zona. La declaratoria responde al interés del Estado en fortalecer la conservación de la vida silvestre mediante la gestión privada, permitiendo actividades de investigación, educación ambiental y ecoturismo bajo un plan de manejo sostenible. El propietario se somete voluntariamente al régimen de protección por un período de cinco años prorrogables, comprometiéndose a no realizar actividades que pongan en peligro los ecosistemas sin autorización del MINAE, y a colaborar con el control y verificación de las políticas ambientales a través del Área de Conservación Cordillera Volcánica Central.
Key excerptExtracto clave
Article 1—Declare "Jardines de la Catarata Private Category National Wildlife Refuge", an area of two hundred fifty thousand one hundred ninety-nine square meters and six tenths of a square meter (25 hectares 2,911.67 square meters), corresponding to the entirety of the property registered in the Public Registry under Folio Real No. 212995-000, Alajuela Section, with an area of 25 hectares 2,911.67 square meters, according to cadastral map No. H-481150-98, located on the Poás 1:50,000 topographic sheet, which is owned by the company Jardines de La Catarata Sociedad Anónima, legal ID No. 3-101-143149. Article 2—The owner of said property undertakes not to carry out any activity that jeopardizes the existence of flora and fauna without the respective permit from MINAE. Likewise, they shall provide all necessary collaboration to officials of this Ministry for control and verification of environmental policies through the Central Volcanic Mountain Range Conservation Area of the National System of Conservation Areas... Article 3—Said property shall be subject to the Private Wildlife Refuge category for a period of five years, renewable for equal periods, for which the owners must request it three months before the end of said period.Artículo 1º-Declárese "Refugio Nacional de Vida Silvestre Categoría Privado Jardines de la Catarata", un área de doscientos cincuenta mil ciento noventa y nueve metros cuadrados con seis decímetros cuadrados (25 hectáreas 2 911,67 metros cuadrados), correspondiente a la totalidad del inmueble inscrito en el Registro Público al Folio Real Nº 212995-000, del Partido de Alajuela, con un área de 25 hectáreas 2 911,67 metros cuadrados, según plano catastrado Nº H-481150-98, ubicada en la hoja cartográfica Poás 1:50.000, la cual es propiedad de la empresa Jardines de La Catarata Sociedad Anónima, cédula jurídica N° 3-101-143149. Artículo 2º-La propietaria de dicho inmueble se compromete a no desarrollar ninguna actividad que comprometa la existencia de la flora y fauna sin el respectivo permiso del MINAE. Asimismo, brindarán toda la colaboración necesaria a los funcionarios de este Ministerio, para las labores de control y verificación de las políticas ambientales mediante el Área de Conservación Cordillera Volcánica Central del Sistema Nacional de Áreas de Conservación... Artículo 3º-Dicho inmueble estará sometido a la categoría de Refugio de Vida Silvestre Privado, por un período de cinco años prorrogables por períodos iguales, para lo cual los propietarios deberán solicitarlo con tres meses de antelación a la finalización de dicho período.
Pull quotesCitas destacadas
"Declárese "Refugio Nacional de Vida Silvestre Categoría Privado Jardines de la Catarata", un área de doscientos cincuenta mil ciento noventa y nueve metros cuadrados con seis decímetros cuadrados (25 hectáreas 2 911,67 metros cuadrados)..."
"Declare "Jardines de la Catarata Private Category National Wildlife Refuge", an area of two hundred fifty thousand one hundred ninety-nine square meters and six tenths of a square meter (25 hectares 2,911.67 square meters)..."
Artículo 1
"Declárese "Refugio Nacional de Vida Silvestre Categoría Privado Jardines de la Catarata", un área de doscientos cincuenta mil ciento noventa y nueve metros cuadrados con seis decímetros cuadrados (25 hectáreas 2 911,67 metros cuadrados)..."
Artículo 1
"La propietaria de dicho inmueble se compromete a no desarrollar ninguna actividad que comprometa la existencia de la flora y fauna sin el respectivo permiso del MINAE."
"The owner of said property undertakes not to carry out any activity that jeopardizes the existence of flora and fauna without the respective permit from MINAE."
Artículo 2
"La propietaria de dicho inmueble se compromete a no desarrollar ninguna actividad que comprometa la existencia de la flora y fauna sin el respectivo permiso del MINAE."
Artículo 2
"Dicho inmueble estará sometido a la categoría de Refugio de Vida Silvestre Privado, por un período de cinco años prorrogables por períodos iguales..."
"Said property shall be subject to the Private Wildlife Refuge category for a period of five years, renewable for equal periods..."
Artículo 3
"Dicho inmueble estará sometido a la categoría de Refugio de Vida Silvestre Privado, por un período de cinco años prorrogables por períodos iguales..."
Artículo 3
"La administración del Refugio le compete al dueño de la propiedad, bajo las recomendaciones técnicas del MINAE, en cuanto al manejo y uso de los recursos naturales y medio ambiente."
"The administration of the Refuge is the responsibility of the property owner, under the technical recommendations of MINAE, regarding the management and use of natural resources and the environment."
Artículo 4
"La administración del Refugio le compete al dueño de la propiedad, bajo las recomendaciones técnicas del MINAE, en cuanto al manejo y uso de los recursos naturales y medio ambiente."
Artículo 4
Full documentDocumento completo
in the entirety of the text - Full Text of Regulation 32409 Creation of the "Jardines de la Catarata" National Wildlife Refuge Full Text of record: 90089 Nº 32409 Nº 32409 THE PRESIDENT OF THE REPUBLIC AND THE MINISTER OF ENVIRONMENT AND ENERGY Based on articles 140, subsections 3) and 18) of the Political Constitution, and in accordance with article 1 of the Forestry Law (Ley Forestal) N° 7575, published in La Gaceta N° 72, alcance 21 of April 16, 1996, as well as articles 82, 84 and 87 of the Wildlife Conservation Law (Ley de Conservación de la Vida Silvestre) Nº 7317 and articles 80 and 81 of the Regulation to Law N° 26435-MINAE, as well as article 32 of the Organic Environmental Law (Ley Orgánica del Ambiente) N° 7554.
THEY DECREE:
Considering:
Likewise, they will provide all necessary collaboration to the officials of this Ministry, for the control and verification tasks of environmental policies through the Cordillera Volcánica Central Conservation Area (Área de Conservación Cordillera Volcánica Central) of the National System of Conservation Areas (Sistema Nacional de Áreas de Conservación), as well as to researchers, students, and others who sporadically visit said area in the functions proper to their respective positions, studies, and research. They also undertake to comply with the provisions established for this purpose by the General Wildlife Law, the Forestry Law (Ley Forestal), their respective Regulations, as well as other provisions in force regarding environmental legislation.
In the event of not wishing to maintain said management category, the owners must state their desire to remove the property from this designation by means of a written request submitted to the Cordillera Volcánica Central Conservation Area (Área de Conservación Cordillera Volcánica Central), six months in advance.
Given at the Presidency of the Republic.-San José, on the second day of the month of March of two thousand five.
en la totalidad del texto - Texto Completo Norma 32409 Se crea Refugio Nacional de Vida Silvestre "Jardines de la Catarata" Texto Completo acta: 90089 Nº 32409 Nº 32409 EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA Y EL MINISTRO DEL AMBIENTE Y ENERGIA Con fundamento en los artículos 140, incisos 3) y 18) de la Constitución Política, y de conformidad con el artículo 1° de la Ley Forestal N° 7575, publicada en La Gaceta N° 72 alcance 21 del 16 de abril de 1996, así como con los artículos 82, 84 y 87 de la Ley de Conservación de la Vida Silvestre Nº 7317 y los artículos 80 y 81 del Reglamento a la Ley N° 26435-MINAE, así como con el artículo 32 de la Ley Orgánica del Ambiente N° 7554.
Considerando:
DECRETAN:
Asimismo, brindarán toda la colaboración necesaria a los funcionarios de este Ministerio, para las labores de control y verificación de las políticas ambientales mediante el Área de Conservación Cordillera Volcánica Central del Sistema Nacional de Áreas de Conservación, así como a los investigadores, estudiantes y otros que esporádicamente visiten dicha área en las funciones propias de sus respectivos cargos, estudio e investigaciones. Asimismo se comprometen a cumplir con las disposiciones que al efecto señalan la Ley General de Vida Silvestre, la Ley Forestal, sus respectivos Reglamentos, así como las demás disposiciones vigentes en materia de legislación ambiental.
En caso de no querer mantener dicha categoría de manejo, los propietarios deberán de manifestar su deseo de desafectar las fincas mediante escrito presentado ante el Área de Conservación Cordillera Volcánica Central, con seis meses de anticipación.
Dado en la Presidencia de la República.-San José, a los dos días del mes de marzo del dos mil cinco.
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