Se establecen los siguientes requisitos para el otorgamiento del servicio de agua potable, por primera vez:
· Documento de solicitud del servicio de agua potable, que deberá presentarse ante el Encargado del Acueducto, debidamente lleno por el propietario del inmueble o persona autorizada por ésta, que comprobará mediante fotocopia de la escritura y del plano catastrado que es dueño de la propiedad y en el que deberá indicarse el destino que va a dar al servicio.
Esta solicitud podrá tramitarse conjuntamente con el permiso de construcción.
Constancia Municipal que demuestre estar al día en el pago de los tributos municipales.
Que la finca cuente con las vías públicas de acceso directo o por servidumbre y en las cuales exista o pueda instalarse, si fuera del caso, la tubería de distribución.
En todos los casos, el solicitante deberá debida clasificación, según el artículo 12 de este Reglamento.
Para los efectos de un traspaso de nombre de abonado, el nuevo abonado debe presentar, ante el Encargado del Acueducto, los siguientes documentos:
1)Documento de solicitud del servicio de agua potable, debidamente lleno por el nuevo propietario del inmueble o persona autorizada por ésta, que debe comprobar mediante los documentos que se solicitan en el inciso a) del artículo 7º.
2)Fotocopia de la escritura y del plano catastrado que demuestre ser el nuevo propietario o poseedor del inmueble en el cual se prestará el servicio.
3)Constancia municipal, que demuestre estar al día en el pago de los tributos municipales, tanto el nuevo propietario como el anterior.
· La aprobación de la instalación por primera vez la dará el Director de Obras y Servicios Municipal. Una vez aprobado se inscribirá en el Catastro Municipal. Previo al otorgamiento deberá realizarse la inspección de rigor, para lo cual los inspectores municipales presentarán el informe por escrito, el que deberá archivarse junto al permiso de construcción.
Todas las solicitudes serán debidamente registradas y conferidas en forma cronológica cuando ello proceda y sean realizados los ajustes por los funcionarios competentes.