Para la aplicación del presente Reglamento, se establece la siguiente lista de usos:
1. Academia de arte y oficio.
2. Agencia de viaje.
3. Agencia financiera.
4. Albergue.
5. Almacén.
6. Alquiler de caballos.
7. Alquiler de mobiliario.
8. Alquiler de video.
9. Animales domésticos (establecimientos para animales domésticos).
10. Aparcamiento de vehículos livianos (estacionamientos).
11. Aparcamiento para autobuses (estacionamientos).
12. Aparcamiento para vehículos pesados (estacionamientos).
13. Apartotel.
14. Áreas protegidas.
15. Artesanía y mueblería (exhibición y ventas).
16. Artículos de decoración.
17. Artículos eléctricos y/o electrónicos domésticos.
18. Asilo para ancianos.
19. Auditorio.
20. Banco.
21. Bar (solo dentro de instalaciones turísticas como mirador, hotel, restaurante, centro recreativo y club recreativo).
22. Barbería.
23. Bazar.
24. Bed & breakfast.
25. Biblioteca.
26. Bodega: excepto para productos explosivos; gases comprimidos, licuados, disueltos bajo presión o altamente refrigerados; líquidos inflamables; sólidos inflamables, sustancias sujetas a combustión espontánea, sustancias que en contacto con el agua emiten gases inflamables; sustancias oxidantes, peróxidos orgánicos; sustancias tóxicas y sustancias infectantes; sustancias radioactivas; corrosivos; productos peligrosos diversos.
27. Cabina.
28. Cafetería.
29. Centro de ejercicios espirituales.
30. Capilla de velación.
31. Carnicería.
32. Casa de bolsa.
33. Cementerio.
34. Centro comercial.
35. Centro comunitario.
36. Centro de acondicionamiento físico.
37. Centro de capacitación / Centro de retiro.
38. Centro de copiado.
39. Centro de exposiciones.
40. Centro de lubricación.
41. Centro de reclusión.
42. Centro recreativo: tales como balnearios, campo de golf, club campestre, pesca recreativa y otras facilidades destinadas a la recreación, excepto casinos, pistas para automotores, campos de tiro.
43. Centros culturales.
44. Centros de rehabilitación.
45. Cerrajería.
46. Cine.
47. Clínica médica.
48. Clínica de estética.
49. Clínica veterinaria.
50. Club o instalación campestre.
51. Compañía aseguradora.
52. Compraventa 53. Consulado, embajada.
54. Consultorio médico privado.
55. Convento.
56. Cruz Roja.
57. Cultivo agrícola: excepto especies alucinógenas, zacate.
58. Decoración automotor.
59. Depósito de materiales de construcción.
60. Depósitos de gas-combustibles.
61. Depósito y/o crematorio para cadáveres.
62. Ebanistería.
63. Educación física.
64. Educación preescolar.
65. Educación primaria.
66. Educación religiosa.
67. Educación secundaria.
68. Educación universitaria.
69. Educación vocacional.
70. Establo para animales domésticos.
71. Estación de bomberos.
72. Estudio fotográfico.
73. Farmacia.
74. Ferretería.
75. Filmoteca.
76. Floristería.
77. Funeraria.
78. Galería de arte.
79. Gasolinera.
80. Granja avícola y/o piscícola.
81. Granjas de ganado bovino.
82. Guardería.
83. Heladería.
84. Helipuerto, aeropuerto.
85. Hospital.
86. Hotel.
87. Imprenta, litografía, serigrafía.
88. Industria: excepto de cosméticos, alimentos, helados, muebles de metal, estructuras metálicas, bebidas alcohólicas, alambre y telas metálicas, cigarrillos, productos de concreto, quemadores y calderas, baterías y pilas secas, procesamiento de carnes, condimentos, llantas, plásticos, vidrios, aire acondicionado, beneficios de café, procesamiento de leche, refinación de sal, ingenio de azúcar, fibras artificiales, artículos de hule, espejos, cirugía y laboratorio, betunes, ceras, jabones, fósforos, detergentes, abonos y plaguicidas, enlatado de mariscos, concentrado de animales, curtiembre, aserraderos, pinturas, producción de gas, municiones y armas de fuego, artículos fotográficos y de revelado, productos químicos.
89. Instalación deportiva: tales como canchas multiuso, piscina, gimnasio, plaza de deportes y cualquier otra destinada a la práctica deportiva, excepto pistas para automotores.
90. Instrumento musical.
91. Insumos agropecuarios (expendio al por menor).
92. Jardín botánico.
93. Joyería.
94. Laboratorio de radiología.
95. Laboratorio clínico.
96. Laboratorio de investigación.
97. Laboratorio fotográfico.
98. Laboratorio químico.
99. Lavado de vehículos.
100. Lavandería.
101. Librería.
102. Licorería.
103. Mariposario.
104. Maternidad.
105. Mercado.
106. Micro y pequeña industria.
107. Minisupermercado.
108. Mirador.
109. Mueblería, Colchonería, Espumas (fabricación) (Así reformado el inciso anterior en sesión N° 189 del 21 de febrero del 2006) 110. Museo.
111. Oficina de gobierno central.
112. Oficina institucional.
113. Oficina municipal.
114. Oficina profesional.
115. Orfanato.
116. Panadería y/o pastelería.
117. Paradero turístico.
118. Parque infantil.
119. Pensión.
120. Perfumería (venta al por menor).
121. Pescadería.
122. Pistas para deportes no motorizados.
123. Policía.
124. Protección civil privada.
125. Pulpería.
126. Reforestación: excepto especies exóticas.
127. Refugio para animales.
128. Relleno sanitario manual.
129. Relojería.
130. Renta de vehículos automotores.
131. Reparación de calzado y peletería.
132. Reparación de llantas.
133. Representación extranjera privada.
134. Repuestos para vehículos automotores.
135. Restaurante.
136. Reutilización, recuperación y/o reciclaje de desechos sólidos ordinarios.
137. Ropa (venta al por menor).
138. Sala de fiesta.
139. Sala de juegos electrónicos.
140. Sala de patinaje.
141. Salón de baile.
142. Salón de belleza.
143. Sanatorio.
144. Sastrería.
145. Servicio de internet.
146. Servicios públicos: tales como duchas, vestidores, guardarropía, sanitario, acera, bancas, senderos, agua potable, iluminación y otras facilidades en espacios públicos y privados.
147. Soda.
148. Sucursal bancaria.
149. Supermercado.
150. Taller de carpintería.
151. Taller de enderezado y pintura.
152. Taller de forja, hojalatería, plomería.
153. Taller de mecánica automotriz.
154. Taller de mecánica de precisión.
155. Taller de radio y televisión.
156. Taller de reparación de bicicletas.
157. Taller de soldadura.
158. Taller eléctrico-electrónico.
159. Taller metalmecánico.
160. Tapicería.
161. Teatro.
162. Teleférico.
163. Templo.
164. Terminal de autobuses.
165. Terminal de taxis.
166. Torres de radiodifusión, radioemisoras, televisoras, torres de transmisión eléctrica y similares.
(Así reformado el inciso anterior en sesión N° 189 del 21 de febrero del 2006) 167. Venta de automotores.
168. Verdulería.
169. Vivero.
170. Vivienda multifamiliar.
171. Vivienda unifamiliar.
172. Zapatería (venta y reparación).
173. Zoológico.