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Res. 00198-2015 Tribunal de Apelación de Sentencia Penal de Guanacaste · Tribunal de Apelación de Sentencia Penal de Guanacaste · 29/09/2015

Recalification by apparent concurrence of norms in illegal transport of turtle eggsRecalificación por concurso aparente de normas en transporte ilegal de huevos de tortuga

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OutcomeResultado

GrantedCon lugar

The appeal is granted, partially annulling the judgment to reclassify the facts under article 95 subsection b of the Wildlife Conservation Law.Se declara con lugar el recurso de apelación, anulando parcialmente el fallo para recalificar los hechos conforme al artículo 95 inciso b) de la Ley de Conservación de la Vida Silvestre.

SummaryResumen

The Criminal Sentencing Appeals Court of Guanacaste resolved an appeal concerning the legal classification of facts: a defendant was detained transporting 72 olive ridley turtle eggs without a permit from the Ostional Integral Development Association. The trial court convicted under the Fisheries and Aquaculture Law, imposing a fine of five base salaries. The prosecution appealed, arguing that the Wildlife Conservation Law should apply, as it is a special and subsequent law. The Chamber applied the principles of specialty, subsidiarity, and consumption concerning apparent concurrence of norms. It determined that the Fisheries and Aquaculture Law is an earlier general law, while the 2008 amendment to the Wildlife Law (article 95 subsection b) is subsequent and specifically regulates the trafficking of wildlife products without a permit. Given that the prosecution's accusation did not include the circumstance of the species being endangered, the Chamber considered that the facts should be recategorized under article 95 subsection b of the Wildlife Conservation Law, which provides for a fine when the species is not endangered or has reduced populations. It partially annulled the judgment regarding the legal classification and the penalty, ordering the case to be remanded for determination of the new sanction.El Tribunal de Apelación de Sentencia Penal de Guanacaste resolvió un recurso de apelación por la calificación jurídica de hechos: un imputado fue detenido transportando 72 huevos de tortuga Lora, sin permiso de la Asociación de Desarrollo Integral de Ostional. El tribunal de primera instancia condenó por infracción a la Ley de Pesca y Acuicultura, imponiendo una multa de cinco salarios base. El Ministerio Público apeló, argumentando que debía aplicarse la Ley de Conservación de la Vida Silvestre, por ser ley especial y posterior. La Cámara aplicó los principios de especialidad, subsidiariedad y consunción del concurso aparente de normas. Determinó que la Ley de Pesca y Acuicultura es una ley general anterior, mientras que la reforma de 2008 a la Ley de Vida Silvestre (artículo 95 inciso b) es posterior y regula específicamente el tráfico de productos de vida silvestre sin permiso. Dado que en la acusación del Ministerio Público no se había incluido la circunstancia de peligro de extinción de la especie, la Cámara consideró que los hechos debían recalificarse bajo el artículo 95 inciso b de la Ley de Conservación de la Vida Silvestre, que prevé una pena de multa cuando no se trata de especies en peligro de extinción o con poblaciones reducidas. Anuló parcialmente el fallo en cuanto a la calificación jurídica y la pena, ordenando el reenvío para fijar la nueva sanción.

Key excerptExtracto clave

The apparent concurrence of norms is provided for in article 23 of the Criminal Code and is governed by the criteria of specialty, subsidiarity, and consumption, that is, when the same conduct is described in more than one legal provision that exclude each other, “the special norm prevails over the general one, the one that completely contains another is preferred over the latter, and that which the law has not expressly or tacitly subordinated to another is applied instead of the accessory one.” Now, Law 7317 of October 30, 1992, the Wildlife Conservation Law, was amended in several of its articles by Law 8689 of December 4, 2008, within which articles 93 and 95 establish imprisonment for anyone who destroys nests of animals declared in danger of extinction or with reduced populations (93 subsection a), a fine or imprisonment when the conduct occurs in official wildlife conservation areas (…) On the other hand, the Fisheries and Aquaculture Law is from March 1, 2005, that is, prior to the amendment of the Wildlife Law, and its regulations describe the conduct in general terms. Therefore, in accordance with the foregoing and article 11 of the Criminal Code, the applicable norm to the specific case is article 95 subsection b of the Wildlife Conservation Law.El concurso aparente de normas está previsto en el artículo 23 del Código Penal y se rige por criterios de especialidad, subsidiariedad y consunción, es decir, que cuando una misma conducta esté descrita en más de una disposición legal que se excluyen entre sí, “la norma especial prevalece sobre la general, la que contiene íntegramente a otra se prefiere a ésta y aquella que la ley no haya subordinado expresa o tácitamente a otra, se aplica en vez de la accesoria”. Ahora bien, la Ley 7317 de 30 de octubre de 1992 de Conservación de Vida Silvestre, fue reformada en varios de sus artículos por ley 8689 del 4 de diciembre de 2008, dentro de los cuales los artículos 93 y 95 establecen, pena de prisión a quien destruya nidos en de animales declarados en peligro de extinción o poblaciones reducidas (93 inciso a), pena de multa o prisión cuando la conducta se realice en las áreas oficiales de conservación de la vida silvestre (…) Por otra parte, la Ley de Pesca y Acuicultura es del primero de marzo de 2005, o sea, anterior a la reforma de la Ley de Vida Silvestre, y su normativa describe la conducta en forma general. Por lo que de conformidad con lo expuesto y el artículo 11 del Código Penal, la norma aplicable al caso concreto es el artículo 95 inciso b) de la Ley de Conservación de Vida Silvestre.

Pull quotesCitas destacadas

  • "El concurso aparente de normas está previsto en el artículo 23 del Código Penal y se rige por criterios de especialidad, subsidiariedad y consunción, es decir, que cuando una misma conducta esté descrita en más de una disposición legal que se excluyen entre sí, 'la norma especial prevalece sobre la general, la que contiene íntegramente a otra se prefiere a ésta y aquella que la ley no haya subordinado expresa o tácitamente a otra, se aplica en vez de la accesoria'."

    "The apparent concurrence of norms is provided for in article 23 of the Criminal Code and is governed by the criteria of specialty, subsidiarity, and consumption, that is, when the same conduct is described in more than one legal provision that exclude each other, 'the special norm prevails over the general one, the one that completely contains another is preferred over the latter, and that which the law has not expressly or tacitly subordinated to another is applied instead of the accessory one.'"

    Considerando único

  • "El concurso aparente de normas está previsto en el artículo 23 del Código Penal y se rige por criterios de especialidad, subsidiariedad y consunción, es decir, que cuando una misma conducta esté descrita en más de una disposición legal que se excluyen entre sí, 'la norma especial prevalece sobre la general, la que contiene íntegramente a otra se prefiere a ésta y aquella que la ley no haya subordinado expresa o tácitamente a otra, se aplica en vez de la accesoria'."

    Considerando único

  • "La Ley de Pesca y Acuicultura es del primero de marzo de 2005, o sea, anterior a la reforma de la Ley de Vida Silvestre, y su normativa describe la conducta en forma general."

    "The Fisheries and Aquaculture Law is from March 1, 2005, that is, prior to the amendment of the Wildlife Law, and its regulations describe the conduct in general terms."

    Considerando único

  • "La Ley de Pesca y Acuicultura es del primero de marzo de 2005, o sea, anterior a la reforma de la Ley de Vida Silvestre, y su normativa describe la conducta en forma general."

    Considerando único

  • "De conformidad con lo expuesto y el artículo 11 del Código Penal, la norma aplicable al caso concreto es el artículo 95 inciso b) de la Ley de Conservación de Vida Silvestre."

    "In accordance with the foregoing and article 11 of the Criminal Code, the applicable norm to the specific case is article 95 subsection b of the Wildlife Conservation Law."

    Considerando único

  • "De conformidad con lo expuesto y el artículo 11 del Código Penal, la norma aplicable al caso concreto es el artículo 95 inciso b) de la Ley de Conservación de Vida Silvestre."

    Considerando único

Full documentDocumento completo

“SOLE GROUND. […] The judgment found it proven that “On 16 de marzo de 2015, at approximately 12:30 hours, in Playa Ostional, Santa Cruz, the defendant [Nombre1] illegally transported and possessed, inside a backpack he was carrying, 72 olive ridley sea turtle eggs, which were seized by the authorities of the Servicio Nacional del Área de Conservación Tempisque in Ostional, without the accused [Nombre1] having any permit or authorization whatsoever from the Asociación de Desarrollo integral de Ostional to transport or possess those turtle eggs.” (sequences 11:29:40 to 11:30:21 and folio 35; emphasis not in the original). The trial judge classified the acts as a violation of the Ley de Pesca y Acuicultura and imposed a sentence of five base salaries, pursuant to section 150(a) of that Law. However, the acts charged by the Ministerio Público were: “On 16 de marzo de 2015, at approximately 12:30 hours, in Playa Ostional, Santa Cruz, the defendant [Nombre1] illegally transported and possessed, inside a backpack he was carrying, 72 turtle eggs, which were seized by the authorities of the Servicio Nacional del Área de Conservación Tempisque in Ostional, without the accused [Nombre1] having any permit or authorization whatsoever from the Asociación de Desarrollo integral de Ostional to transport or possess those turtle eggs.” (Trial, sequences 09:10:04 to 09:10:50; judgment, sequences 11:26:27 to 11:27:16).

The Court stated that there was an apparent concurrence of provisions (concurso aparente de normas) and applied what it considered to be the more specific provision. It found it proven that the defendant was detained by MINAET officials while carrying 72 eggs of the olive ridley sea turtle species. It stated that it had been demonstrated that the accused was the person who removed them from their nest, as two eyewitnesses, [Nombre3] and [Nombre4] (the latter a MINAET official), testified that they saw him crouching on the sand and digging (sequences 11:42:10 to 11:45:10). He was subsequently detained and asked for documentation from the Asociación de Desarrollo (responsible for authorizing permits for the extraction of eggs beginning on the third day of the mass nesting event (arribada)); he stated that he had none. He was therefore invited to show what he was carrying in the backpack, which he did voluntarily, revealing 72 olive ridley sea turtle eggs.

Possession and transportation of eggs of the indicated turtle species were thereby established (report and seizure record, folios 3 to 9; sequences 11:45:25 to 11:50:15). The establishment of the facts has not been challenged, but rather their legal classification, because the representative of the Ministerio Público considered that the criminal offense and penalty established in section 95 of the Ley de Vida Silvestre should have been applied as the later and more specific provision, and regarded the Court’s decision to apply the provisions of the Ley de Pesca y Acuicultura as incorrect. The court a quo stated that there was an apparent concurrence of provisions and indicated that, in its view, the applicable provision, because it was more specific, was Article 150(1) of the Ley de Pesca y Acuicultura. It added that it had not been shown that the olive ridley sea turtle species was endangered (sequences 12:00:15 to 12:03:13).

This Chamber considers that the appeal should be granted. Apparent concurrence of provisions is governed by Article 23 of the Código Penal and by the criteria of specificity, subsidiarity, and absorption (especialidad, subsidiariedad y consunción); that is, when the same conduct is described in more than one mutually exclusive legal provision, “the specific provision prevails over the general provision; the provision that wholly encompasses another is preferred over the latter; and the provision that the law has not expressly or implicitly subordinated to another applies instead of the ancillary provision.” In this regard, the Sala Tercera has stated that “...in addition to determining the protected legal interest (bien jurídico protegido), given the complexity that cases involving apparent concurrence of provisions may attain, legal scholarship has developed the principles of specificity, subsidiarity, and absorption to resolve them.

A relationship of specificity that precludes the simultaneous application of two criminal offenses exists when one contains all the elements of the other but adds at least one special, additional element. Subsidiarity between offenses may be express or implied: in the former, the provision itself so establishes, while the latter is determined by analyzing the relationship between the two provisions. The determining feature of subsidiarity is that, whether expressly or impliedly, a relationship exists between the two offenses under which one applies only if the other does not. Lastly, absorption occurs when an offense is committed before, during, or after a more serious offense that displaces the former because it encompasses its wrongfulness and culpability...” (Sala Tercera de la Corte Suprema de Justicia, voto 468 de 12:09 horas de 15 de abril de 2011, reiterated in voto 1144 de 9:28 horas de 4 de julio de 2014).

The Convención Interamericana para la Protección y Conservación de las Tortugas Marinas was signed by Costa Rica on 31 de enero de 1997 and entered into force on 24 de agosto de 1999 upon publication of its approval by ley 7906 in La Gaceta number 186. It established a prohibition on the intentional capture, retention, or killing of sea turtles, as well as on domestic trade in the turtles or their eggs, parts, or products (Article IV(2)(a)), and provided for the designation of protected areas (subsection 2(d)). The turtle species protected by this convention include the olive ridley sea turtle (Annex I(5)). The Ley 7317 de 30 de octubre de 1992 de Conservación de Vida Silvestre was subsequently amended in several of its articles by ley 8689 del 4 de diciembre de 2008. Among those provisions, Articles 93 and 95 establish a prison sentence for anyone who destroys the nests of animals declared endangered or whose populations have been declared depleted (93(a)); a fine or prison sentence when the conduct occurs in official wildlife conservation areas or duly authorized private areas and harms animals that are neither endangered nor members of depleted populations (93(b)); and a fine or prison sentence when animals or their products and derivatives are traded, dealt in, trafficked, or transported without the corresponding permit from the Sistema Nacional de Areas de Conservación, when the species has been declared depleted or endangered (95(a)).

The ranges of the fine and prison sentence are reduced when the conduct involves animals or their products that are neither endangered species nor members of populations declared depleted (95(b)). This Law is regulated by Decreto número 32633-MINAE, published in La Gaceta on 20 de setiembre de 2005, which establishes the wildlife species that are endangered, including the olive ridley sea turtle (Article 29). In other words, this status has been set forth in the regulations since 2005. The Ley de Pesca y Acuicultura, for its part, dates from primero de marzo de 2005 and therefore predates the amendment to the Ley de Vida Silvestre; its provisions describe the conduct in general terms (Article 149(b) and 150(a)), while the objective of that Law is to promote and regulate fishing activity while ensuring the protection of water resources. According to the factual allegations (cuadro fáctico) brought by the Ministerio Público, the defendant was charged with illegally transporting and possessing 72 turtle eggs without a permit or authorization from the Asociación de Desarrollo Integral de Ostional.

That account did not establish that the eggs belonged to the olive ridley sea turtle, that they came from an endangered species, or that the defendant was within the Refugio de Fauna Silvestre de Ostional. The turtle species was introduced by the trial judge into the proven facts and the reasoning of the judgment. However, the issue of whether it was this kind of reptile or an endangered animal was not raised by the Ministerio Público and therefore, by virtue of the principle of congruence between the charge and the judgment (principio de correlación entre acusación y sentencia), should not have been addressed at trial. Nevertheless, the appellant’s argument is valid because Article 95 of the Ley de Conservación de Vida Silvestre is the later law by virtue of the aforementioned 2008 amendment and regulates the trade, dealing, trafficking, or transportation of wild animals and their products without a permit.

The applicable penalty in this case is that set forth in subsection (b), which provides for a fine of one to five base salaries or a custodial sentence when the conduct involves animals that are neither endangered nor members of populations declared depleted, because, as stated above, the turtle’s species and other characteristics were not part of the charge brought by the Ministerio Público. Therefore, in accordance with the foregoing and Article 11 of the Código Penal, the provision applicable to this specific case is Article 95(b) of the Ley de Conservación de Vida Silvestre. Consequently, the appeal filed by the Ministerio Público is granted, and the judgment is partially vacated solely as to the legal classification and the sentence imposed, with the acts reclassified as the violation contemplated in Article 95(b) of the Ley de Conservación de Vida Silvestre. The case is also remanded to the court of origin so that a newly constituted panel may determine the sentence.”

“ÚNICO. […] El fallo tuvo por probado que "El 16 de marzo de 2015 al ser aproximadamente las 12:30 horas en Playa Ostional, Santa Cruz, el encartado [Nombre1] , transportó y poseyó ilegalmente dentro de una mochila que llevaba consigo 72 huevos de tortuga Lora, producto que fue decomisado por las autoridades del Servicio Nacional del Área de Conservación Tempisque en Ostional, lo anterior sin contar el imputado [Nombre1] con ningún tipo de permiso o autorización de la Asociación de Desarrollo integral de Ostional para transportar o poseer dichos huevos de tortuga." (secuencias 11:29:40 a 11:30:21 y folio 35, el subrayado no es del original). La juzgadora calificó los hechos como infracción a la ley de Pesca y Acuicultura e impuso la pena de cinco salarios base, con fundamento en el numeral 150 inciso a) de la Ley referida. Empero, los hechos que fueron acusados por el Ministerio Público fueron: "El 16 de marzo de 2015 al ser aproximadamente las 12:30 horas en Playa Ostional, Santa Cruz, el encartado [Nombre1] , transportó y poseyó ilegalmente dentro de una mochila que llevaba consigo 72 huevos de tortuga, producto que fue decomisado por las autoridades del Servicio Nacional del Área de Conservación Tempisque en Ostional, lo anterior sin contar el imputado [Nombre1] con ningún tipo de permiso o autorización de la Asociación de Desarrollo integral de Ostional para transportar o poseer dichos huevos de tortuga." (Debate, secuencias 09:10:04 a 09:10:50; sentencia, secuencias 11:26:27 a 11:27:16).

El Tribunal expresó que existía un concurso aparente de normas y aplicó la que consideró era la norma especializada. Tuvo por probado que el encartado fue detenido por funcionarios del MINAET con 72 huevos de la especie tortuga Lora. Indicó que había quedado demostrado que el acusado fue quien los sacó de su nido, pues así lo declararon dos testigos presenciales, [Nombre3] y [Nombre4] (este último funcionario del MINAET), quienes lo vieron agachado en la arena excavando (secuencias 11:42:10 a 11:45:10), posteriormente fue detenido, se le pidió documentación de la Asociación de Desarrollo (encargada de autorizar los permisos de extracción de huevos a partir del tercer día de la arribada de la tortuga), documento que dijo no tener, por lo que fue invitado a mostrar lo que andaba en la mochila, lo cual hizo voluntariamente, enseñando 72 huevos de tortuga Lora, quedando acreditada la posesión y transporte de huevos de tortuga de la especie señalada, (informe y decomiso folios 3 a 9, secuencias 11:45:25 a 11:50:15).

La acreditación de los hechos no se ha cuestionado, sino su calificación jurídica pues la representación del Ministerio Público consideró que debió aplicarse el tipo penal y sanción establecidos en el numeral 95 de la Ley de Vida Silvestre por ser norma especial y posterior, estimando incorrecto la determinación del Tribunal de aplicar la normativa de la Ley de Pesca y Acuicultura. El a quo indicó que había un concurso aparente de normas y señaló que en su criterio la normativa a aplicar por ser especial era el artículo 150 inciso 1) de la Ley de Pesca y Acuicultura. Agregó, que no se había demostrado que la especie de tortuga Lora estuviera en peligro de extinción (secuencias 12:00:15 a 12:03:13). Considera esta Cámara que el recurso de apelación debe declararse con lugar. El concurso aparente de normas está previsto en el artículo 23 del Código Penal y se rige por criterios de especialidad, subsidiariedad y consunción, es decir, que cuando una misma conducta esté descrita en más de una disposición legal que se excluyen entre sí, "la norma especial prevalece sobre la general, la que contiene íntegramente a otra se prefiere a ésta y aquella que la ley no haya subordinado expresa o tácitamente a otra, se aplica en vez de la accesoria".

Al respecto, la Sala Tercera ha referido que "...además, de la determinación del bien jurídico protegido, dada la complejidad que pueden alcanzar los casos de concurso aparente de normas, para resolverlos la doctrina ha elaborado los principios de especialidad, subsidiariedad y consunción. Existe una relación de especialidad que excluye la aplicación simultánea de dos tipos penales, cuando uno de ellos contiene todos los elementos del otro, pero agrega al menos un elemento adicional especial. Por su parte, la subsidiariedad entre tipos puede ser expresa o tácita, en la primera la propia norma lo establece, mientras que la segunda opción se determina por análisis de la relación de ambas normas. La determinante de la subsidiariedad es que, ya sea de forma expresa o tácita, existe una relación entre ambos tipos que supone uno sólo es aplicable si el otro no lo es. Por último, la consunción ocurre cuando un delito se comete antes, durante o después de otro más grave, que desplaza al primero por contener su injusto y culpabilidad..." (Sala Tercera de la Corte Suprema de Justicia, voto 468 de 12:09 horas de 15 de abril de 2011, reiterado en el voto 1144 de 9:28 horas de 4 de julio de 2014).

La Convención Interamericana para la Protección y Conservación de las Tortugas Marinas, fue suscrita por Costa Rica el 31 de enero de 1997 y entró en vigencia a partir del 24 de agosto de 1999 con la publicación de su aprobación por ley 7906 en la Gaceta número 186. En ella se estableció la prohibición de la captura, retención o muerte intencionales de las tortugas marinas, así como del comercio doméstico de las mismas, de sus huevos, partes o productos (artículo IV inciso 2.a), y la designación de áreas protegidas (inciso 2.d). Dentro de las especies de tortugas protegidas por esta convención está la tortuga lora (anexo I inciso 5). Ahora bien, la Ley 7317 de 30 de octubre de 1992 de Conservación de Vida Silvestre, fue reformada en varios de sus artículos por ley 8689 del 4 de diciembre de 2008, dentro de los cuales los artículos 93 y 95 establecen, pena de prisión a quien destruya nidos en de animales declarados en peligro de extinción o poblaciones reducidas (93 inciso a), pena de multa o prisión cuando la conducta se realice en las áreas oficiales de conservación de la vida silvestre o en las áreas privadas debidamente autorizadas en perjuicio de animales que no se encuentre en peligro de extinción o poblaciones reducidas (93 inciso b) y también se prevé pena de multa o prisión cuando se comercien, negocien, trafiquen o trasieguen animales, sus productos y derivados sin el permiso respectivo del Sistema Nacional de Areas de Conservación cuando la especie ha sido declarada como reducida o en peligro de extinción (95 inciso a), y se reducen los rangos de multa y prisión cuando se trate de animales o sus productos cuando no se trate de especies en peligro de extinción o poblaciones declaradas como reducidas (95 inciso b).

Esta ley se encuentra reglamentada por el Decreto número 32633-MINAE, publicado en La Gaceta el 20 de setiembre de 2005, el cual establece las especies de fauna que se encuentran en peligro de extinción, dentro de las cuales se incluye la tortuga lora (artículo 29). Es decir, desde el año 2005 esta característica está señalada en el reglamento. Por otra parte, la Ley de Pesca y Acuicultura es del primero de marzo de 2005, o sea, anterior a la reforma de la Ley de Vida Silvestre, y su normativa describe la conducta en forma general (artículo 149 inciso b) y 150 inciso a); siendo el objetivo de esta ley fomentar y regular la actividad pesquera garantizando la protección del recurso hídrico. Ahora bien, de acuerdo al cuadro fáctico acusado por el Ministerio Público, al encartado se le acusó de transportar y poseer ilegalmente 72 huevos de tortugas sin permiso o autorización de la Asociación de Desarrollo Integral de Ostional.

En dicho relato no se estableció que se tratara de la tortuga Lora , o de una especie en peligro de extinción, ni que se encontrara dentro del Refugio de Fauna Silvestre de Ostional. La especie de la tortuga fue introducida por la juzgadora dentro de los hechos probados y la fundamentación de la sentencia. Sin embargo, la discusión de si se trataba de esta clase de reptil o si era si era un animal en peligro de extinción, no fue planteado por el Ministerio Público, por lo que en virtud del principio de correlación entre acusación y sentencia no debió ser objeto del debate. Sin embargo, el alegato de la recurrente es válido ya que el artículo 95 de la Ley de Conservación de Vida Silvestre, es ley posterior, en virtud de la reforma del 2008 referida, la cual regula el comercio, negocio, tráfico o trasiego de animales silvestres y sus productos sin permiso, correspondiendo en este caso la sanción del inciso b) que indica que se castigará con pena de multa de uno a cinco salarios base o pena cuando se trata de animales que no se encuentran en peligro de extinción ni con poblaciones declaradas reducidas, pues como se indicó los factores de la especie de tortuga y otras características no fueron parte de la acusación del Ministerio Público.

Por lo que de conformidad con lo expuesto y el artículo 11 del Código Penal, la norma aplicable al caso concreto es el artículo 95 inciso b) de la Ley de Conservación de Vida Silvestre. Por consiguiente, se declara con lugar el recurso de apelación interpuesto por el Ministerio Público, por lo que se anula parcialmente el fallo, únicamente en cuanto a la calificación jurídica y la pena impuesta, recalificando los hechos a la Infracción contemplada en el artículo 95 inciso b) de la Ley de Conservación de Vida Silvestre. Asimismo, se ordena el reenvío del expediente al Tribunal de origen para que con una nueva integración se fije la pena.”

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Implementing decreesDecretos que afectan

    TopicsTemas

    • Wildlife Conservation Law 7317Ley de Conservación de Vida Silvestre 7317
    • Environmental Criminal LiabilityResponsabilidad Penal Ambiental

    Concept anchorsAnclajes conceptuales

      Spanish key termsTérminos clave en español

      This document cites

      • Decreto Ejecutivo 32633 Regulation to the Wildlife Conservation Law for Fishing and National Wildlife Refuges
      • Ley 4573 Penal Code
      • Ley 7317 Wildlife Conservation Law
      • Ley 8436 Fisheries and Aquaculture Law

      Este documento cita

      • Decreto Ejecutivo 32633 Reglamento a la Ley de Conservación de la Vida Silvestre para Pesca y Refugios Nacionales de Vida Silvestre
      • Ley 4573 Código Penal
      • Ley 7317 Ley de Conservación de la Vida Silvestre
      • Ley 8436 Ley de Pesca y Acuicultura

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