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Res. 02820-2022 Sala Segunda de la Corte · Sala Segunda de la Corte · 2022
OutcomeResultado
The Second Chamber denies the cassation appeal on procedural grounds and upholds the lower court's ruling that recognized the employment relationship and annulled the dismissal of the pregnant worker.La Sala Segunda declara sin lugar el recurso de casación por la forma y confirma la sentencia de instancia que reconoció la relación laboral y anuló el despido de la trabajadora embarazada.
SummaryResumen
The Second Chamber of the Supreme Court upholds the lower court's ruling that declared the existence of an employment relationship between a pregnant foreign worker and her employer, and the nullity of the dismissal carried out without observing the special protection shield. The court finds that despite the claimant's immigration irregularity, the employer—who hired and benefited from that situation—cannot invoke that illegality to evade the consequences of a termination made without the mandatory administrative procedure before the Ministry of Labor and Social Security for pregnant workers. It also rejects the appeal on procedural grounds, as the objection of improper joinder was not raised timely and the decision was not appealed. The ruling reaffirms the heightened protection for pregnant women in the workplace and the employer's duty to act in good faith, granting a reasonable period to regularize the immigration situation.La Sala Segunda de la Corte Suprema de Justicia confirma la sentencia de instancia que declaró la existencia de una relación laboral entre una trabajadora extranjera embarazada y su empleadora, y la nulidad del despido efectuado sin observar el fuero de protección especial. El tribunal determina que, pese a la irregularidad migratoria de la actora, la parte empleadora —que la contrató y se benefició de esa situación— no puede invocar esa ilegalidad para eludir las consecuencias de un cese realizado sin seguir el procedimiento administrativo ante el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, exigido por ley para trabajadoras en estado de gravidez. Asimismo, rechaza el recurso por vicios de forma, al no haber sido presentada oportunamente la defensa de indebida integración de la litis y no haberse recurrido la decisión denegatoria. La resolución reafirma la protección reforzada de la mujer embarazada en el ámbito laboral y el deber del empleador de actuar de buena fe, otorgando un plazo razonable para normalizar la situación migratoria.
Key excerptExtracto clave
The claimant was protected by a special shield under which she could only be dismissed for committing a serious fault, following due process before the Ministry of Labor; none of which was done. It is true that hiring foreign workers in an illegal condition is prohibited; however, the employer who fostered that situation by hiring her in those circumstances cannot benefit from it; what should have been done was granting the worker a reasonable period to regularize her migratory status and, in case of non-compliance, proceed accordingly.La accionante estaba protegida por un fuero, al amparo del cual, solo podía ser cesada por la comisión de una falta grave, siguiéndose un debido proceso ante el Ministerio de Trabajo; nada de lo cual se hizo. Es cierto que existe la prohibición de contratar personas trabajadoras extranjeras en condición ilegal; sin embargo, de esa situación no puede sacar provecho la parte empleadora que la propició, contratándola en esas circunstancias; lo que debió hacer fue otorgar un plazo razonable a la trabajadora para normalizar su situación migratoria y en caso de incumplimiento proceder conforme corresponda.
Pull quotesCitas destacadas
"de esa situación no puede sacar provecho la parte empleadora que la propició, contratándola en esas circunstancias; lo que debió hacer fue otorgar un plazo razonable a la trabajadora para normalizar su situación migratoria y en caso de incumplimiento proceder conforme corresponda."
"the employer who fostered that situation by hiring her in those circumstances cannot benefit from it; what should have been done was granting the worker a reasonable period to regularize her migratory status and, in case of non-compliance, proceed accordingly."
Considerandos
"de esa situación no puede sacar provecho la parte empleadora que la propició, contratándola en esas circunstancias; lo que debió hacer fue otorgar un plazo razonable a la trabajadora para normalizar su situación migratoria y en caso de incumplimiento proceder conforme corresponda."
Considerandos
"Defensa de indebida integración de la litis no fue presentada en el momento procesal oportuno y contra esta decisión no se planteó recurso de revocatoria."
"The defense of improper joinder was not presented at the appropriate procedural time and no revocation appeal was filed against this decision."
Considerandos
"Defensa de indebida integración de la litis no fue presentada en el momento procesal oportuno y contra esta decisión no se planteó recurso de revocatoria."
Considerandos
Full documentDocumento completo
DISMISSAL OF PREGNANT WORKER. The plaintiff was protected by a special protection (fuero), under which she could only be terminated for the commission of a serious fault, following due process (debido proceso) before the Ministry of Labor; none of which was done. It is true that there is a prohibition on hiring foreign workers in an illegal status; however, the employer who fostered that situation by hiring her under those circumstances cannot derive any benefit from it; what it should have done was to grant the worker a reasonable period to regularize her immigration status and, in the event of non-compliance, proceed accordingly. EXISTENCE OF AN EMPLOYMENT RELATIONSHIP. THE APPEAL ON PROCEDURAL GROUNDS IS NOT ADMISSIBLE. The defense of improper joinder of parties (indebida integración de la litis) was not presented at the appropriate procedural stage and no motion to set aside (recurso de revocatoria) was filed against this decision. [2820-22]
DESPIDO DE TRABAJADORA EMBARAZADA. La accionante estaba protegida por un fuero, al amparo del cual, solo podía ser cesada por la comisión de una falta grave, siguiéndose un debido proceso ante el Ministerio de Trabajo; nada de lo cual se hizo. Es cierto que existe la prohibición de contratar personas trabajadoras extranjeras en condición ilegal; sin embargo, de esa situación no puede sacar provecho la parte empleadora que la propició, contratándola en esas circunstancias; lo que debió hacer fue otorgar un plazo razonable a la trabajadora para normalizar su situación migratoria y en caso de incumplimiento proceder conforme corresponda. EXISTENCIA DE RELACIÓN LABORAL. NO PROCEDE EL RECURSO POR LA FORMA. Defensa de indebida integración de la litis no fue presentada en el momento procesal oportuno y contra esta decisión no se planteó recurso de revocatoria. [2820-22]
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