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Acuerdo 043 · 29/01/2016
OutcomeResultado
SummaryResumen
This agreement by the Costa Rican Institute of Fisheries and Aquaculture (INCOPESCA) establishes a temporary fishing ban for semi-industrial purse-seine sardine fishing in a defined area of the Gulf of Nicoya, from March 1 to May 31, 2016. The measure follows recommendations from the National Fishing Ban Commission and the Scientific Technical Coordination Commission, aimed at protecting the resource during its reproductive period. An exception allows semi-industrial vessels to enter the closed area one day per week to supply bait to the national fishing fleet, under inspection and biological sampling conditions. The agreement notes that it departed from the technical recommendation for an October ban, considering that the existing minimum size at first maturity already ensures fishery selectivity. It is grounded on Articles 25 of Law 7384 and 34 of Law 8436, in accordance with the principle of sustainability.Este acuerdo del Instituto Costarricense de Pesca y Acuicultura (INCOPESCA) establece una veda temporal para la pesca semi-industrial de sardina con arte de cerco (bolichera) en una zona delimitada del Golfo de Nicoya, desde el 1 de marzo hasta el 31 de mayo de 2016. La medida responde a recomendaciones de la Comisión Nacional de Vedas y la Comisión de Coordinación Científico Técnica, con el fin de proteger el recurso durante su período reproductivo. Se exceptúa de la veda un día a la semana para permitir a la flota semi-industrial abastecer de carnada a la flota pesquera nacional, bajo condiciones de inspección y muestreo biológico. El acuerdo enfatiza que se apartó de la recomendación técnica de establecer veda en octubre, por considerar que la talla de primera madurez ya aplicada garantiza la selectividad de la pesquería. Se fundamenta en los artículos 25 de la Ley 7384 y 34 de la Ley 8436, en concordancia con el principio de sustentabilidad.
Key excerptExtracto clave
Establish a ban on semi-industrial purse-seine sardine fishing, in the area bounded by an imaginary line from Punta Agujas (84°38´57´´ W, 09°43´46´´ N) to the Faro de la Isla Negritos offshore (84°49´35´´ W, 09°49´14´´ N) and from there to the eastern part of Punta Cuchillo on the Nicoya Peninsula, and from these lines seaward to the mouth of the Tempisque River; from March 1 to May 31, 2016, inclusive. b- Allow the semi-industrial sardine sector to enter and operate in the closed area one day per week, for the purpose of supplying sardines as bait to the national fishing fleet.Establecer una veda para la pesca semi-industrial sardinera bolichera (cerco), en el área comprendida por una línea imaginaria que va desde Punta Agujas (84°38´57´´ Longitud Oeste, 09°43´46´´ Latitud Norte) al Faro de la Isla Negritos afuera (84°49´35´´ Longitud Oeste, 09°49´14´´ Latitud Norte) y desde ahí hasta la parte este de Punta Cuchillo en la Península de Nicoya y de esta líneas aguas adentro hasta la desembocadura del río Tempisque; desde el 1° de marzo hasta el 31 de mayo del 2016, ambas fechas incluidas. b- Permitir al sector semi-industrial sardinero el ingreso a faenar un día a la semana al área vedada, a efectos de que puedan suplir sardina para carnada a la flota pesquera nacional.
Pull quotesCitas destacadas
"Recomendar a la Junta Directiva del INCOPESCA establecer una veda para la pesca semi-industrial sardinera bolichera (cerco), en el área comprendida por una línea imaginaria que va desde Punta Agujas... hasta la desembocadura del río Tempisque; desde el 1 de marzo hasta el 31 de mayo del 2016."
"Recommend that the INCOPESCA Board of Directors establish a ban on semi-industrial purse-seine sardine fishing, in the area bounded by an imaginary line from Punta Agujas... to the mouth of the Tempisque River; from March 1 to May 31, 2016."
Acuerdo 1° de la propuesta
"Recomendar a la Junta Directiva del INCOPESCA establecer una veda para la pesca semi-industrial sardinera bolichera (cerco), en el área comprendida por una línea imaginaria que va desde Punta Agujas... hasta la desembocadura del río Tempisque; desde el 1 de marzo hasta el 31 de mayo del 2016."
Acuerdo 1° de la propuesta
"No se acogió la recomendación de la CCCT, en cuanto al mes de octubre para protección del reclutamiento de sardinas, en razón de que por la aplicación del acuerdo de tallas de primera madurez, no se hace necesario por la selectividad de la pesquería."
"The CCCT recommendation regarding October for the protection of sardine recruitment was not accepted, because the application of the minimum size at first maturity agreement makes it unnecessary due to fishery selectivity."
Considerando 4°
"No se acogió la recomendación de la CCCT, en cuanto al mes de octubre para protección del reclutamiento de sardinas, en razón de que por la aplicación del acuerdo de tallas de primera madurez, no se hace necesario por la selectividad de la pesquería."
Considerando 4°
"lo establecido en el artículo 25 de la Ley N°. 7384, en concordancia con el artículo 34 de la Ley N°. 8436, lo cual marca un precedente y ratifica el compromiso adquirido por éste Órgano Colegiado en cuanto a la observancia de la legalidad en concordancia con el principio de sustentabilidad"
"the provisions of Article 25 of Law No. 7384, in accordance with Article 34 of Law No. 8436, which sets a precedent and ratifies the commitment of this Collegiate Body to observe legality in accordance with the principle of sustainability"
Considerando 7°
"lo establecido en el artículo 25 de la Ley N°. 7384, en concordancia con el artículo 34 de la Ley N°. 8436, lo cual marca un precedente y ratifica el compromiso adquirido por éste Órgano Colegiado en cuanto a la observancia de la legalidad en concordancia con el principio de sustentabilidad"
Considerando 7°
Full documentDocumento completo
throughout the entire text - Complete Text of Regulation 043 Establishes a closed season for semi-industrial sardine purse-seine (bolichera/cerco) fishing in the area encompassed by an imaginary line running from Punta Agujas to the Faro de la Isla Negritos seaward and from there to the eastern part of Punta Cuchillo on the Península de Nicoya Complete Text of Record: 10ACCA INSTITUTO COSTARRICENSE DE PESCA Y ACUICULTURA AJDIP/043-2016.-Puntarenas, on the twenty-ninth day of January, two thousand sixteen.
1°-With the presence of Mr. Antonio Porras Porras, Technical Director General, and Mr. Berny Marín Alpízar, Coordinator of the Comisión de Coordinación Científico Técnica, official communication DGT-SJ-013-2016 is presented, through which the proposal for a closed season for the sardine resource corresponding to the year 2016, prepared by the Comisión Nacional de Vedas, is referred.
3°-As agreement 2: To recommend allowing the semi-industrial sardine sector to enter the closed area to fish one day per week, for the purpose of enabling them to supply sardine for bait to the national fishing fleet.
6°-Mr. Berny Marín Alpízar, Coordinator of the Comisión de Coordinación Científico Técnica, emphasizes that he is pleased that the consideration of what was indicated by that Commission regarding the sardine resource has been taken into account in the closed season proposal presented through official communication DGT-SJ-013-2016.
7°-Having been duly heard, Messrs. Porras Porras and Marín Alpízar, the Directors express their satisfaction with the proposal generated, which technically and scientifically aligns with the provisions of Article 25 of Ley N°. 7384, in accordance with Article 34 of Ley N°. 8436, which sets a precedent and ratifies the commitment undertaken by this Collegiate Body regarding the observance of legality in accordance with the principle of sustainability; therefore, the Board of Directors. Therefore, AGREES:
1°-To approve the closed season for the purse-seine sardine resource, pursuant to official communication DGT-SJ-013-2016, signed by Mr. Antonio Porras Porras, Technical Director General and Coordinator of the Comisión Nacional de Vedas, and the recommendation made by Mr. Berny Marín Alpízar, Coordinator of the Comisión de Coordinación Científico Técnica, under the following terms and conditions:
a- To establish a closed season for semi-industrial sardine purse-seine (bolichera/cerco) fishing, in the area encompassed by an imaginary line running from Punta Agujas (84°38´57´´ West Longitude, 09°43´46´´ North Latitude) to the Faro de la Isla Negritos seaward (84°49´35´´ West Longitude, 09°49´14´´ North Latitude) and from there to the eastern part of Punta Cuchillo on the Península de Nicoya, and from these lines inshore to the mouth of the río Tempisque; from March 1 to May 31, 2016, both dates inclusive. b- To allow the semi-industrial sardine sector to enter the closed area to fish one day per week, for the purpose of enabling them to supply sardine for bait to the national fishing fleet.
2°-Final agreement 3°-Let it be published.
Considering:
en la totalidad del texto - Texto Completo Norma 043 Establece veda para la pesca semi-industrial sardinera bolichera (cerco) en área comprendida por una línea imaginaria que va desde Punta Agujas al Faro de la Isla Negritos afuera y desde ahí hasta la parte este de Punta Cuchillo en la Península de Nicoya Texto Completo acta: 10ACCA INSTITUTO COSTARRICENSE DE PESCA Y ACUICULTURA AJDIP/043-2016.-Puntarenas, a los veintinueve días del mes de enero de dos mil dieciséis.
1°-Contando con la presencia de los Sr. Antonio Porras Porras, Director General Técnico y Berny Marín Alpízar, Coordinador de la Comisión de Coordinación Científico Técnica, se presenta oficio DGT-SJ-013-2016, por medio del cual se remite propuesta de veda del recurso sardina correspondiente al año 2016, elaborada por la Comisión Nacional de Vedas
3°-Como acuerdo 2°: Recomendar permitir al sector semi-industrial sardinero el ingreso a faenar un día a la semana al área vedada, a efectos de que puedan suplir sardina para carnada a la flota pesquera nacional.
6°-El Sr. Berny Marín Alpízar, Coordinador de la Comisión de Coordinación Científico Técnica, hace énfasis en que le satisface la consideración que sobre lo señalado por esa Comisión respecto al recurso sardina, ha sido considerado en la propuesta de veda que se presenta a través del oficio DGT-SJ-013-2016.
7°-Debidamente escuchados los Sres. Porras Porras y Marín Alpízar, manifiestan los Sres. Directivos su satisfacción por la propuesta generada, misma que empata de manera técnico-científico lo establecido en el artículo 25 de la Ley N°. 7384, en concordancia con el artículo34 de la Ley N°. 8436, lo cual marca un precedente y ratifica el compromiso adquirid por éste Órgano Colegiado en cuanto a la observancia de la legalidad en concordancia con el principio de sustentabilidad, razón por la cual, la Junta Directiva. Por tanto, ACUERDA:
1°-Aprobar la veda para el recurso de sardina bolichera, según oficio DGT-SJ-013-2016, suscrito por el Sr. Antonio Porras Porras, Director General Técnico y Coordinador de la Comisión Nacional de Vedas y la recomendación vertida por el Sr. Berny Marín Alpízar, Coordinador de la Comisión de Coordinación Científico Técnica, en los siguientes términos y condiciones:
a- Establecer una veda para la pesca semi-industrial sardinera bolichera (cerco), en el área comprendida por una línea imaginaria que va desde Punta Agujas (84°38´57´´ Longitud Oeste, 09°43´46´´ Latitud Norte) al Faro de la Isla Negritos afuera (84°49´35´´ Longitud Oeste, 09°49´14´´ Latitud Norte) y desde ahí hasta la parte este de Punta Cuchillo en la Península de Nicoya y de esta líneas aguas adentro hasta la desembocadura del río Tempisque; desde el 1° de marzo hasta el 31 de mayo del 2016, ambas fechas incluidas. b- Permitir al sector semi-industrial sardinero el ingreso a faenar un día a la semana al área vedada, a efectos de que puedan suplir sardina para carnada a la flota pesquera nacional.
2°-Acuerdo firme 3°-Publíquese.
Considerando:
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