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Decreto 38018 · 15/10/2013

Budget Increase IMN-AGUAS 2013Ampliación Presupuestaria IMN-AGUAS 2013

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Increase approvedAmpliación aprobada

SummaryResumen

Executive Decree increasing the maximum budget expenditure of the National Meteorological Institute, Water Directorate (IMN-AGUAS) by ¢75 million for 2013. The funds come from a free surplus generated by water use fees and are destined to finance transfers to the Commission for the Management of the Reventazón River Basin (COMCURE). The increase is justified by the need to support the institution's core water resource management activities, including projects for protecting water sources, riverbeds, and aquifer recharge zones through reforestation. The authorization is based on the Financial Administration and Public Budgets Law and related regulations, with the condition that expenditures are non-permanent and do not create future obligations.Decreto Ejecutivo que amplía en ¢75 millones el gasto presupuestario máximo del Instituto Meteorológico Nacional, Dirección de Aguas (IMN-AGUAS) para el año 2013. Los fondos provienen de un superávit libre generado por el canon de aprovechamiento de agua y se destinan a financiar transferencias a la Comisión para el Ordenamiento y Manejo de la Cuenca del Río Reventazón (COMCURE). La medida se justifica en la necesidad de reforzar la gestión sustantiva de la institución en materia de recursos hídricos, incluyendo proyectos de protección del recurso hídrico mediante reforestación de áreas de protección de nacientes, cauces y zonas de recarga acuífera. La ampliación se autoriza con base en la Ley de Administración Financiera y Presupuestos Públicos y normativa conexa, condicionando su uso a que los gastos no tengan carácter permanente ni generen obligaciones futuras.

Key excerptExtracto clave

Article 1: The maximum budget expenditure for the National Meteorological Institute, Water Directorate (IMN-AGUAS) for 2013, established in accordance with Executive Decree No. 37042-H, published in Digital Supplement No. 35 to La Gaceta No. 59 of March 22, 2012 and its amendments, is hereby increased by the sum of ¢75,000,000.00 (seventy-five million colones exactly) for that period. Article 2: It is the responsibility of the active administration of IMN-AGUAS to comply with the provisions of Article 6 of Law No. 8131, Law of the Financial Administration of the Republic and Public Budgets, published in La Gaceta No. 198 of October 16, 2001 and its amendments, as well as with Executive Decree No. 32452-H, published in La Gaceta No. 130 of July 6, 2005 and its amendments.Artículo 1º-Amplíese para el Instituto Meteorológico Nacional, Dirección de Aguas (IMN-AGUAS), el gasto presupuestario máximo para el 2013, establecido de conformidad con el Decreto Ejecutivo Nº 37042-H, publicado en el Alcance Digital Nº 35 a La Gaceta Nº 59 de 22 de marzo del 2012 y sus reformas, en la suma de ¢75.000.000,00 (setenta y cinco millones de colones exactos), para ese período. Artículo 2º-Es responsabilidad de la administración activa del IMN-AGUAS, el cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 6 de la Ley Nº 8131, Ley de la Administración Financiera de la República y Presupuestos Públicos, publicada en La Gaceta Nº 198 de 16 de octubre del 2001 y sus reformas, así como en el Decreto Ejecutivo Nº 32452-H, publicado en La Gaceta Nº 130 de 6 de julio del 2005 y sus reformas.

Pull quotesCitas destacadas

  • "5º-Que corresponde ampliar por la vía del Decreto Ejecutivo, la citada suma de ¢75.000.000,00 (setenta y cinco millones de colones exactos) de conformidad con lo establecido en el artículo 7° del Decreto Ejecutivo Nº 37042-H, publicado en el Alcance Digital Nº 35 a La Gaceta Nº 59 de 22 de marzo del 2012 y sus reformas, toda vez que los gastos que se atenderán son necesarios para la gestión sustantiva de la institución y serán financiados con recursos provenientes de superávit libre generado por la Resolución Nº R-0473-AGUAS-MINAET-2012, relativa al proyecto denominado "Protección del Recurso Hídrico mediante la reforestación de áreas de protección de nacientes, cauces y zonas de recarga acuífera en la cuenca alta de los cantones de Alvarado y Oreamuno"."

    "5th- It is appropriate to increase, by means of Executive Decree, the aforementioned sum of ¢75,000,000.00 (seventy-five million colones exactly) in accordance with the provisions of Article 7 of Executive Decree No. 37042-H, published in Digital Supplement No. 35 to La Gaceta No. 59 of March 22, 2012 and its amendments, since the expenses to be covered are necessary for the substantive management of the institution and will be financed with resources from free surplus generated by Resolution No. R-0473-AGUAS-MINAET-2012, regarding the project called "Protection of Water Resources through reforestation of protection areas of springs, watercourses and aquifer recharge zones in the upper basin of the cantons of Alvarado and Oreamuno"."

    Considerando 5°

  • "5º-Que corresponde ampliar por la vía del Decreto Ejecutivo, la citada suma de ¢75.000.000,00 (setenta y cinco millones de colones exactos) de conformidad con lo establecido en el artículo 7° del Decreto Ejecutivo Nº 37042-H, publicado en el Alcance Digital Nº 35 a La Gaceta Nº 59 de 22 de marzo del 2012 y sus reformas, toda vez que los gastos que se atenderán son necesarios para la gestión sustantiva de la institución y serán financiados con recursos provenientes de superávit libre generado por la Resolución Nº R-0473-AGUAS-MINAET-2012, relativa al proyecto denominado "Protección del Recurso Hídrico mediante la reforestación de áreas de protección de nacientes, cauces y zonas de recarga acuífera en la cuenca alta de los cantones de Alvarado y Oreamuno"."

    Considerando 5°

  • "el artículo 7° del Decreto citado en el considerando anterior, dispone que los recursos de financiamiento que provienen de vigencias anteriores -superávit libre- son parte del patrimonio de los órganos y las entidades y pueden utilizarlos en períodos subsiguientes para financiar gastos que se refieran a la actividad ordinaria de éstas, con los cuales se atienda el interés de la colectividad, el servicio público y los fines institucionales siempre que no tengan el carácter permanente o generen una obligación que requiera financiarse a través del tiempo"

    "Article 7 of the Decree cited in the previous provision states that financing resources from previous periods -free surplus- are part of the assets of the bodies and entities and may be used in subsequent periods to finance expenses related to their ordinary activity, which serve the collective interest, public service and institutional purposes, provided they are not permanent in nature or create an obligation that requires financing over time"

    Considerando 8°

  • "el artículo 7° del Decreto citado en el considerando anterior, dispone que los recursos de financiamiento que provienen de vigencias anteriores -superávit libre- son parte del patrimonio de los órganos y las entidades y pueden utilizarlos en períodos subsiguientes para financiar gastos que se refieran a la actividad ordinaria de éstas, con los cuales se atienda el interés de la colectividad, el servicio público y los fines institucionales siempre que no tengan el carácter permanente o generen una obligación que requiera financiarse a través del tiempo"

    Considerando 8°

Full documentDocumento completo

Articles

in the entirety of the text - Full Text of Regulation 38018 AGUAS), set for 2013 Full Text of record: F4B17 No. 38018-H THE PRESIDENT OF THE REPUBLIC AND THE MINISTER OF FINANCE Based on the powers conferred upon them by articles 140 subsections 3) and 18) and 146 of the Political Constitution; articles 25 subsection 1), 27 subsection 1), and 28 subsection 2) subparagraph b) of Law No. 6227, General Law of Public Administration of May 2, 1978, and its amendments; Law No. 8131, Law of the Financial Administration of the Republic and Public Budgets of September 18, 2001, and its amendments; its Regulation, Executive Decree No. 32988-H-MP-PLAN of January 31, 2006, and its amendments; Law No. 7593, Law of the Regulatory Authority for Public Services of August 9, 1996, and its amendments; Executive Decree No. 26635-MINAE of December 18, 1997; Executive Decree No. 32452-H of June 29, 2005, and its amendments; and Executive Decree No. 37042-H of March 13, 2012, and its amendments.

  1. 1That the Water Directorate was created in article 177 of the Water Law, No. 276 of August 27, 1942.
  2. 2That Transitory Provision V of Law No. 7593, published in La Gaceta No. 169 of September 5, 1996, and its amendments, amended Law No. 276 and transferred the Department of Waters from the National Electricity Service, including its personnel, assets, and functions, to the Ministry of Environment and Energy; ordering that the transfer be made effective within a maximum period of one year after the entry into force of said law, for the purpose of facilitating the pertinent budgetary and other adjustments.
  3. 3That article 1 of Executive Decree No. 26635-MINAE, published in La Gaceta No. 22 of February 2, 1998, transferred, based on Transitory Provision V to the cited Law No. 7593, the Department of Waters to the National Meteorological Institute of the Ministry of Environment and Energy; defining in article 2 that its mission is to administer in a timely and efficient manner the water resources throughout the national territory, striving for sustainable development through their land-use planning (ordenamiento) and rational management and providing excellent service.
  4. 4That by means of official communication 301-2013-IMN of September 12, 2013, the Director General of the National Meteorological Institute (IMN), requested the expansion of the maximum budget expenditure of that agency for an amount of ¢75,000,000.00 (seventy-five million exact colones) for 2013, resources that would be used to reinforce the budget line item Current Transfers to Deconcentrated Bodies, specifically of the Commission for the Land-Use Planning and Management of the Reventazón River Watershed (COMCURE).
  5. 5That it is appropriate to expand, through an Executive Decree, the cited sum of ¢75,000,000.00 (seventy-five million exact colones), in accordance with the provisions of article 7 of Executive Decree No. 37042-H, published in Digital Supplement No. 35 to La Gaceta No. 59 of March 22, 2012, and its amendments, given that the expenses to be covered are necessary for the substantive management of the institution and will be financed with resources from free surplus generated by Resolution No. R-0473-AGUAS-MINAET-2012, concerning the project called "Protection of Water Resources through reforestation of protection areas for springs (nacientes), watercourses, and aquifer recharge zones in the upper watershed of the cantons of Alvarado and Oreamuno." Resolution that establishes a series of projects, among which is the aforementioned, which would be financed with funds coming from the Water Use Fee (Canon por Aprovechamiento de Agua).
  6. 6That through the cited Executive Decree No. 37042-H, the General Budgetary Policy Guidelines for 2013 were issued, establishing in article 5 the maximum percentage by which the budget expenditure of public entities, ministries, and other bodies could be increased, with respect to that of the previous year. In correspondence with said provision, the resulting maximum budget expenditure amount for IMN-AGUAS was established at the sum of ¢129,690,000.00 (one hundred twenty-nine million six hundred ninety thousand exact colones), which was communicated through official communication STAP-0934-2012 of April 26, 2012; subsequently amended by official communication STAP-1002-2013 and by Executive Decree No. 37809-H published on August 8, 2013, in La Gaceta Digital No. 151, to be finally set at the sum of ¢3,366,839,949.02 (three billion three hundred sixty-six million eight hundred thirty-nine thousand nine hundred forty-nine colones and two céntimos), an amount that does not contemplate the expenditure previously indicated in this decree.
  7. 7That through Executive Decree No. 32452-H, published in La Gaceta No. 130 of July 6, 2005, and its amendments, the "Guideline for the application of article 6 of Law No. 8131, Law of the Financial Administration of the Republic and Public Budgets, and the regulation of the class of Public Sector revenues called Financing" is issued.
  8. 8That article 7 of the Decree cited in the previous considering clause provides that financing resources coming from previous fiscal years -free surplus- are part of the equity of the bodies and entities and can be used in subsequent periods to finance expenses related to their ordinary activity, thereby serving the interest of the community, the public service, and institutional purposes, provided that they do not have a permanent character or generate an obligation that requires financing over time, such as the creation of positions for fixed posts, or any other commitment of the same nature.
  9. 9That in light of the foregoing, it is necessary to expand the maximum budget expenditure set for IMN-AGUAS for 2013, increasing it by the sum of ¢75,000,000.00 (seventy-five million exact colones). Therefore;

They Decree:

Considering:

1

37042-H, published in Digital Supplement No. 35 to La Gaceta No. 59 of March 22, 2012, and its amendments, by the sum of ¢75,000,000.00 (seventy-five million exact colones), for that period.

2

8131, Law of the Financial Administration of the Republic and Public Budgets, published in La Gaceta No. 198 of October 16, 2001, and its amendments, as well as with Executive Decree No. 32452-H, published in La Gaceta No. 130 of July 6, 2005, and its amendments.

3

Issued at the Presidency of the Republic, on the fifteenth day of October, two thousand thirteen.

Artículos

en la totalidad del texto - Texto Completo Norma 38018 Amplia para el Instituto Metereológico Nacional, Dirección de Aguas (IMN- AGUAS), el gasto presupuestario fijado para el 2013 Texto Completo acta: F4B17 Nº 38018-H LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA Y EL MINISTRO DE HACIENDA Con fundamento en las atribuciones que les confieren los artículos 140 incisos 3) y 18) y 146 de la Constitución Política; los artículos 25 inciso 1), 27 inciso 1) y 28 inciso 2) acápite b) de la Ley Nº 6227, Ley General de la Administración Pública de 2 de mayo de 1978 y sus reformas; la Ley Nº 8131, Ley de la Administración Financiera de la República y Presupuestos Públicos de 18 de setiembre de 2001 y sus reformas; su Reglamento, el Decreto Ejecutivo Nº 32988-H-MP-PLAN de 31 de enero del 2006 y sus reformas; la Ley Nº 7593, Ley de la Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos de 9 de agosto de 1996 y sus reformas; el Decreto Ejecutivo Nº 26635-MINAE de 18 de diciembre de 1997; el Decreto Ejecutivo Nº 32452-H de 29 de junio del 2005 y sus reformas; y el Decreto Ejecutivo Nº 37042-H de 13 de marzo del 2012 y sus reformas.

  1. 1Que la Dirección de Aguas fue creada en el artículo 177 de la Ley de Aguas, Nº 276 del 27 de agosto de 1942.
  2. 2Que el Transitorio V de la Ley Nº 7593, publicada en La Gaceta Nº 169 de 5 de setiembre de 1996 y sus reformas, reformó la Ley Nº 276 y trasladó el Departamento de Aguas del Servicio Nacional de Electricidad, incluyendo su personal, activos y funciones, al Ministerio del Ambiente y Energía; disponiendo que el traslado se haría efectivo dentro del plazo máximo de un año después de entrar en vigencia esa ley, con el propósito de facilitar los ajustes presupuestarios y de otra naturaleza que fueran pertinentes.
  3. 3Que el artículo 1° del Decreto Ejecutivo Nº 26635-MINAE, publicado en La Gaceta Nº 22 de 2 de febrero de 1998, trasladó con base en el Transitorio V a la citada Ley Nº 7593, el Departamento de Aguas al Instituto Meteorológico Nacional del Ministerio del Ambiente y Energía; definiendo en el artículo 2° que su misión es la de administrar oportuna y eficientemente los recursos hídricos en todo el territorio nacional, procurando el desarrollo sostenible mediante su ordenamiento y manejo racional y brindando un servicio excelente.
  4. 4Que por medio del oficio 301-2013-IMN de 12 de setiembre de 2013, el Director General del Instituto Meteorológico Nacional (IMN), solicitó la ampliación del gasto presupuestario máximo de esa dependencia por un monto de ¢75.000.000,00 (setenta y cinco millones de colones exactos) para el 2013, recursos que se utilizarían para reforzar la partida presupuestaria Transferencias Corrientes a Órganos Desconcentrados, específicamente de la Comisión para el Ordenamiento y Manejo de la Cuenca del Río Reventazón (COMCURE).
  5. 5Que corresponde ampliar por la vía del Decreto Ejecutivo, la citada suma de ¢75.000.000,00 (setenta y cinco millones de colones exactos) de conformidad con lo establecido en el artículo 7° del Decreto Ejecutivo Nº 37042-H, publicado en el Alcance Digital Nº 35 a La Gaceta Nº 59 de 22 de marzo del 2012 y sus reformas, toda vez que los gastos que se atenderán son necesarios para la gestión sustantiva de la institución y serán financiados con recursos provenientes de superávit libre generado por la Resolución Nº R-0473-AGUAS-MINAET-2012, relativa al proyecto denominado "Protección del Recurso Hídrico mediante la reforestación de áreas de protección de nacientes, cauces y zonas de recarga acuífera en la cuenca alta de los cantones de Alvarado y Oreamuno". Resolución que establece una serie de proyectos, entre los que se encuentra el antes señalado que se financiarían con fondos que provienen del Canon por Aprovechamiento de Agua.
  6. 6Que mediante el Decreto Ejecutivo Nº 37042-H citado, se emitieron las Directrices Generales de Política Presupuestaria para el 2013, estableciéndose en el artículo 5°, el porcentaje máximo en que podría incrementarse el gasto presupuestario de las entidades públicas, ministerios y demás órganos, con respecto al del año precedente. En correspondencia con dicha disposición, el monto de gasto presupuestario máximo resultante para el IMN-AGUAS, fue establecido en la suma de ¢129.690.000,00 (ciento veintinueve millones seiscientos noventa mil colones exactos), el cual fue comunicado mediante el oficio STAP-0934-2012 del 26 de abril del 2012; modificado posteriormente con el oficio STAP-1002-2013 y por el Decreto Ejecutivo Nº 37809-H publicado el 8 de agosto de 2013, en La Gaceta Digital N° 151, para quedar fijado en la suma de ¢3.366.839.949,02 (tres mil trescientos sesenta y seis millones ochocientos treinta y nueve mil novecientos cuarenta y nueve colones con dos céntimos), cifra que no contempla el gasto indicado previamente en este decreto.
  7. 7Que mediante el Decreto Ejecutivo Nº 32452-H, publicado en La Gaceta Nº 130 de 6 de julio de 2005 y sus reformas, se emite el "Lineamiento para la aplicación del artículo 6 de la Ley Nº 8131, Ley de la Administración Financiera de la República y Presupuestos Públicos y la regulación de la clase de ingresos del Sector Público denominada Financiamiento".
  8. 8Que el artículo 7° del Decreto citado en el considerando anterior, dispone que los recursos de financiamiento que provienen de vigencias anteriores -superávit libre- son parte del patrimonio de los órganos y las entidades y pueden utilizarlos en períodos subsiguientes para financiar gastos que se refieran a la actividad ordinaria de éstas, con los cuales se atienda el interés de la colectividad, el servicio público y los fines institucionales siempre que no tengan el carácter permanente o generen una obligación que requiera financiarse a través del tiempo, como la creación de plazas para cargos fijos, o cualquier otro compromiso de la misma naturaleza.
  9. 9Que por lo anterior, resulta necesario ampliar el gasto presupuestario máximo fijado al IMN-AGUAS para el 2013, incrementándolo en la suma de ¢75.000.000,00 (setenta y cinco millones de colones exactos). Por tanto;

Considerando:

Decretan:

1
2
3

Dado en la Presidencia de la República, a los quince días del mes de octubre del dos mil trece.

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Implementing decreesDecretos que afectan

    TopicsTemas

    • Water Law — Sources, Setbacks, and ConcessionsLey de Aguas — Fuentes, Retiros y Concesiones

    Concept anchorsAnclajes conceptuales

    • Ley 8131 Art. 6
    • Decreto 32452-H Art. 7

    Spanish key termsTérminos clave en español

    Article 1

    Affects
    Decreto 37042 Budgetary Policy Guidelines 2013 Mar 13, 2012

    Artículo 1

    Afecta
    Decreto 37042 Directrices de Política Presupuestaria 2013 13/03/2012

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