RTCR 459: 2011 "Requisitos para el Doble Sello en Envases Metálicos para Conservas de Productos Pesqueros" 1. OBJETIVO El presente Reglamento Técnico tiene por objeto establecer los requisitos del doble sello en envases metálicos para conservas de productos pesqueros de forma que se asegure el sellado hermético y así garantizar la inocuidad del producto envasado.
2. ÁMBITO DE APLICACIÓN Se aplica a los establecimientos procesadores de productos pesqueros en conserva que utilicen el doble sello de tapa y a los fabricantes que proveen envases con doble sello.
3. REFERENCIAS:
Este Reglamento Técnico se complementa con el siguiente reglamento técnico: Decreto Ejecutivo N° 36463, RTCR 443:2010 Metrología. Unidades de Medidas Sistema Internacional (SI), publicado en La Gaceta N° 56 del 21 de marzo del 2011.
4. DEFINICIONES 4.1 Altura del sello: Es la dimensión medida paralelamente a los ganchos del sello.
4.2 Apriete: Grado de contacto entre las cinco capas de hojalata que intervienen en el sello, tres corresponden a espesores de tapa y dos a espesores de cuerpo. Se conoce también como compacidad o compactibilidad.
4.3 Doble Sello: Parte del envase formado por la unión de los extremos del cuerpo y de la tapa o fondo enganchados de forma tal que dan lugar a una estructura fuerte, compacta y hermética.
4.4 Envase metálico: Recipiente metálico rígido de espesor de material menor que 0.50 mm, cuyos sellos debe ser cerrado mediante un doble sello, entre el cuerpo del envase y la tapa, después de llenado, siendo hermético para impedir la contaminación del contenido por microorganismos una vez procesado.
4.5 Espesor del sello: Es la distancia máxima medida a través o perpendicularmente a las capas de material en el sello.
4.6 Estructura del doble sello: Consta de tres espesores de la tapa o del fondo, y dos espesores de la hojalata del cuerpo. Los espesores están dispuestos paralelamente.
4.7 Gancho de la tapa o del fondo: Parte de la tapa o del fondo que se dobla entre el cuerpo y el gancho del cuerpo para formar el doble sello. Su origen es el rizo de la tapa o del fondo.
4.8 Gancho del cuerpo: Parte de la pestaña del cuerpo del envase que se dobla entre la tapa o fondo y el gancho de la tapa para formar el sello.
4.9 Grado de ajuste: Es el grado de arrugamiento del gancho de la tapa, las arrugas sirven para indicar el grado de ajuste del sello.
4.10 Inspección Visual: Es un examen visual donde se examinan los elementos externos del doble sello de cada envase.
4.11 Inspección destructiva: Desmontaje del doble sello con el fin de realizar medición de las diferentes capas que lo conforman.
4.12 Penetración del gancho del cuerpo: Parte de la pestaña del cuerpo del envase que se dobla entre la tapa o fondo y el gancho de la tapa para formar el sello.
4.13 Profundidad del sello: Distancia desde el borde exterior del sello al fondo de la cubeta.
4.14 Sello Cortado: Es un doble sello fracturado en el cual la capa exterior del sello esta fracturada 4.15 Sello Afilado: Se refiere a una orilla afilada en la parte superior interna del sello, ya sea en el traslape lateral del tarro soldado o alrededor de la tapa en cualquier tipo de tarro.
4.16 Sello Falso: Es un sello o parte de un sello que está completamente desenganchado y en el cual el gancho doblado de la tapa esta comprimido contra elo gancho doblado del cuerpo.
4.17 Sello defectuoso por patinaje: Es un sello incompleto causado por que la mordaza patina en la depresión del fondo de la tapa durante la operación del sellado.
Sello con pendiente: Es una proyección lisa del doble sello por debajo de la parte inferior de un sello normal.
4.18 Superposición: Porcentaje entre el traslape y el largo interno del sello.
4.19 Traslape: Distancia entre los extremos del gancho de la tapa o fondo y el gancho del cuerpo superpuesto. Se conoce también como solapado, cruce, sobreposición 5. SÍMBOLOS Y ABREVIATURAS Para los fines de este Reglamento, se entenderá por:
5.1 mm: milímetros 5.2 %: porcentaje 5.3 GT: gancho de la tapa 5.4 GC: gancho del cuerpo 5.5 G: grosor de la tapa 5.6 A: ancho del sello (altura, longitud) 6. ESPECIFICACIONES Y REQUISITOS 6.1 La obtención del doble sello en los envases metálicos deberá tener medidas que garanticen la hermeticidad del sello, de conformidad con el tipo de envase y formato, debiendo cumplir con lo indicado en la Tabla 1.
6.2 El establecimiento debe garantizar la efectividad del doble sello utilizando una metodología científicamente reconocida tales como: micrómetro del sello, proyector de sellos, magnificador de sellos y cualquier otra reconocida y validada.
6.3 La evaluación del doble sello de los envases debe ser realizados a intervalos no mayores a 30 minutos por personal capacitado, mediante inspección visual. Los aspectos a evaluar mediante la inspección visual son: sellos cortados o afilados, sellos defectuosos por patinaje, sellos falso, sello con pendientes en el traslape o empalme y la condición del interior de la pared de la depresión del fondo de la tapa para determinar si la mordaza está quebrada.
Tabla 1 - Requisitos según tipo de envase
| Medida | Diámetro medida | Medida nominal | Límite Operacional |
|---|
| Gancho de cuerpo Longitud | 202 | 1.88 +/- 0.050 | 1.88 +/- 0.20 |
| 207-401 | 1.98 +/- 0.050 | 1.98 +/- 0.20 | |
| 404-502 | 2.03 +/- 0.050 | 2.03 +/- 0.20 |
| 603 | 2.08 +/- 0.050 | 2.08 +/- 0.25 |
| Gancho de tapa Longitud | 202 | -- | 1.62 Min. |
| 207-401 | -- | 1.77 Min. | |
| 404-502 | -- | 1.78 Min. |
| 603 | -- | 1.83 Min. |
| Traslape | 202 | -- | 0.89 Min. |
| 207-401 | -- | 1.02 Min. |
| 404-502 | -- | 1.02 Min. |
| 603 | -- | 1.14 Min. |
| Apriete | 202 | 80-95% | 70-95% |
| 207-401 | 90-95% | 80-95% |
| 404-502 | 90-95% | 80-95% |
| 603 | 90-95% | 80-95% |
| Penetración del Gancho de cuerpo | 202 | 75-85% | 70-95% |
| 207-401 | 75-85% | 70-95% | |
| 404-502 | 75-85% | 70-95% |
| 603 | 75-85% | 75-95% |
6.4 Se debe realizar inspecciones visuales adicionales a los sellos en casos de atascamiento en una máquina selladora después de un ajuste de una maquina selladora, o después de arrancar una máquina luego de un paro prolongado.
6.5 Los desmontajes (inspección destructiva) de los sellos dobles debe realizarse por personal capacitado con una frecuencia que no excedan las cuatro horas. Los resultados de las evaluaciones deben quedar escritos, además de las acciones correctivas tomadas, si las hubiera.
6.6 Las medidas obligatorias en los sellos dobles de las latas se harán en concordancia con las Tabla 2 y 3.
Tabla 2. Sistema de medidas con micrómetro
| Obligatorio |
|---|
| Gancho de la tapa |
| Gancho del cuerpo |
| Ancho (largo, altura) |
| Grados de ajuste (observación por arrugas) |
| Grosor |
Tabla 3. Proyector o magnificador del sello
| Obligatorio |
|---|
| Gancho del cuerpo |
| Traslape |
| Grosor del micrómetro |
| Grados de ajuste (observación por arrugas) |
6.7. En caso de utilizar un proyector o magnificador de sellos tendrá que hacerse dos medidas en diferentes puntos, excluyendo el sello lateral, para cada característica del doble sello. Cuando se usa un micrómetro, tendrá que realizarse tres mediciones en puntos a una separación de aproximadamente 120 °, excluyendo el sello lateral.
6.8. El largo de la sobreposición (Traslape) puede calcularse usando la siguiente fórmula:
La longitud teórica de la sobreposición: GT + GC + G - A 7. MÉTODOS DE ANÁLISIS:
Los métodos de análisis serán: micrómetro del sello, proyector de sellos, magnificador de sellos o cualquier otro método evaluado y reconocido por SENASA.
8. VERIFICACIÓN El presente Reglamento será verificado por el Servicio Nacional de Salud Animal del Ministerio de Agricultura y Ganadería, a través de la verificación de los establecimientos procesadores de productos pesqueros en conserva en cumplimiento con las disposiciones de este Reglamento y la legislación que le atribuye y con los procedimientos internos que establezca SENASA.
9. CONCORDANCIA El presente Reglamento coincide básicamente con las siguientes normativas y recomendaciones:
9.1 FDA Regulations 21 CFR Part 113:
9.2 Temperature-Indicating Devices, Thermally Processed Low-Acid Foods Packaged in Hermetically Sealed Containers.
9.3 Thermally Processed Low-Acid Foods Packaged in Hermetically Sealed Containers.
10. BIBLIOGRAFÍA 10.1 S.O.I.V.R.E. (Servicio Oficial de Inspección, Vigilancia y Regulación del Comercio Exterior). sellos y defectos de envases metálicos para productos alimenticios. Secretaria de Estado de Comercio. Madrid, España 1988.
10.2 Donald L. Downing. Complete Course in Canning 13 edition Book II, USA, 1996.
10.3 SEFEL. Recomendación de Sefel N°1, Intercambiabilidad del cerrado de tapas (NEO) de envases de hacer de tres piezas para alimentos, ajustados a cuerpos rectos o estrechados. Primera y segunda parte. Francia. 1999.
10.4 México. Dirección General de Normas. NMX-EE-09-NORMEX-2004 Envase y Embalaje- Metales-Envases de Hojalata Cilíndricos Sanitarios para contener alimentos-Medición de defectos-Método de prueba. 2004.
10.5 México. Dirección General de Normas. NMX-EE-126-NORMEX-2004 Envase y Embalaje- Metales-Envases de Hojalata Cilíndricos Sanitarios para contener alimentos- Evaluación de sello- Método de prueba. 2004 10.6 Can Manufacturers Institute, Voluntary Can and End Dimension Reference Manual, USA, 2004.
10.7 Fundación de Ciencia y Educación de la GMA. Alimentos enlatados: Principios del proceso térmico, acidificación y Evaluación del cierre de los envases. Washington, USA, 2007.