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Decreto 36097 · 13/05/2010
OutcomeResultado
SummaryResumen
This executive decree declares the Tacares Hydroelectric Plant rehabilitation project, located in Grecia, Alajuela, to be of public interest and national convenience under Articles 19(b) and 34 of Forestry Law No. 7575. This declaration exempts the project from the general prohibition on land use change and tree cutting in forested land and protection areas. The decree is based on SETENA's granting of environmental viability, after determining that the project's social, environmental, and economic benefits outweigh its costs. Stated benefits include increased clean energy generation capacity, reduced dependence on fossil fuels, and minimal environmental impact because it involves rehabilitating infrastructure originally built in the 1920s–1930s. The decree authorizes ESPH S.A. to cut trees interfering with the interconnection line, subject to prior SINAC authorization, and obligates the company to replant forest species and maintain them for at least five years, in coordination with the relevant Conservation Area. The decree takes effect upon publication.Este decreto ejecutivo declara de interés público y conveniencia nacional el proyecto de rehabilitación de la Planta Hidroeléctrica Tacares, ubicada en Grecia de Alajuela, conforme a los artículos 19 inciso b) y 34 de la Ley Forestal N.° 7575. Esta declaración exceptúa el proyecto de la prohibición general de cambio de uso del suelo y corta de árboles en terrenos cubiertos de bosque y áreas de protección. El decreto se fundamenta en que la SETENA otorgó la viabilidad ambiental al proyecto, tras evaluar que sus beneficios sociales, ambientales y económicos superan los costos. Entre los beneficios se mencionan el aumento de capacidad de generación con energía limpia, la reducción de dependencia de combustibles fósiles y el mínimo impacto ambiental por tratarse de una rehabilitación de infraestructura existente desde la década de 1920-1930. Se autoriza a la ESPH S.A. a cortar árboles que interfieran con la línea de interconexión, previa autorización del SINAC, y se le obliga a reponer especies forestales y dar mantenimiento por al menos cinco años, en coordinación con el Área de Conservación respectiva. El decreto rige a partir de su publicación.
Key excerptExtracto clave
Considering: 1º-That Articles 19(b) and 34 of Law No. 7575 prohibit land use change and tree cutting in forested land and protection areas, except for state or private projects that the Executive Branch declares of National Convenience. 2º-That Article 3(m) of Forestry Law No. 7575 declares as activities of national convenience those carried out by centralized state agencies, autonomous institutions, or private companies, whose social benefits are greater than the socio-environmental costs. [...] 11.-That when SETENA establishes the environmental viability of a project, it is because the balance obtained through appropriate environmental assessment instruments has shown that the social, environmental, and economic benefits are greater than the costs of its development.Considerando: 1º-Que los artículos 19, inciso b) y 34 de la Ley Nº 7575 prohíben el cambio de uso de suelo y la corta de árboles en terrenos cubiertos de bosque y en áreas de protección, exceptuando aquellos proyectos estatales o privados que el Poder Ejecutivo declare de Conveniencia Nacional. 2º-Que el artículo 3º inciso m) de la Ley Forestal Nº 7575 declara como actividades de conveniencia nacional, las realizadas por las dependencias centralizadas del Estado, instituciones autónomas o empresas privadas, cuyos beneficios sociales sean mayores a los costos socio-ambientales. [...] 11.-Que cuando la SETENA establece la viabilidad ambiental de un proyecto es porque el balance obtenido mediante los instrumentos apropiados de evaluación ambiental, ha permitido establecer que los beneficios sociales, ambientales y económicos son mayores que los costos por el desarrollo del mismo.
Pull quotesCitas destacadas
"Que los artículos 19, inciso b) y 34 de la Ley Nº 7575 prohíben el cambio de uso de suelo y la corta de árboles en terrenos cubiertos de bosque y en áreas de protección, exceptuando aquellos proyectos estatales o privados que el Poder Ejecutivo declare de Conveniencia Nacional."
"That Articles 19(b) and 34 of Law No. 7575 prohibit land use change and tree cutting in forested land and protection areas, except for state or private projects that the Executive Branch declares of National Convenience."
Considerando 1º
"Que los artículos 19, inciso b) y 34 de la Ley Nº 7575 prohíben el cambio de uso de suelo y la corta de árboles en terrenos cubiertos de bosque y en áreas de protección, exceptuando aquellos proyectos estatales o privados que el Poder Ejecutivo declare de Conveniencia Nacional."
Considerando 1º
"Declarar de interés público y conveniencia nacional el Proyecto de Rehabilitación de la Planta Hidroeléctrica Tacares, ubicada en Grecia, Alajuela."
"To declare of public interest and national convenience the Tacares Hydroelectric Plant Rehabilitation Project, located in Grecia, Alajuela."
Artículo 1º
"Declarar de interés público y conveniencia nacional el Proyecto de Rehabilitación de la Planta Hidroeléctrica Tacares, ubicada en Grecia, Alajuela."
Artículo 1º
"La Empresa de Servicios Públicos de Heredia, ESPH S. A., y sus contratistas deberán reponerlas y dar mantenimiento por un período mínimo de cinco años, en la proporción que recomienden las autoridades del Sistema Nacional de Áreas de Conservación."
"The Public Services Company of Heredia, ESPH S.A., and its contractors must replace them and provide maintenance for a minimum period of five years, in the proportion recommended by the authorities of the National System of Conservation Areas."
Artículo 3º
"La Empresa de Servicios Públicos de Heredia, ESPH S. A., y sus contratistas deberán reponerlas y dar mantenimiento por un período mínimo de cinco años, en la proporción que recomienden las autoridades del Sistema Nacional de Áreas de Conservación."
Artículo 3º
Full documentDocumento completo
in the entirety of the text - Complete Text of Regulation 36097 Declares of public interest and national convenience the Tacares Hydroelectric Plant Rehabilitation Project Complete Text of record: D1EB8 N° 36097 - MINAET THE PRESIDENT OF THE REPUBLIC AND THE MINISTER OF ENVIRONMENT, ENERGY AND TELECOMMUNICATIONS In exercise of the powers conferred by articles 11, 140 subsections 3) and 18), and 146 of the Political Constitution and numeral 27 of the General Law of Public Administration No. 6227 of May 2, 1978, and articles 3 subsection m), 19) subsection b), 33 and 34 of the Forest Law (Ley Forestal) No. 7575 of February 13, 1996.
10.-That the main benefits of the project will be:
11.-That when SETENA establishes the environmental viability of a project, it is because the balance obtained through the appropriate instruments of environmental assessment has made it possible to establish that the social, environmental and economic benefits are greater than the costs for the development thereof.
12.-That the environmental assessment and the approval of the environmental Viability by SETENA are the result of the use of the appropriate instruments, understood as, manuals, forms, sworn statements, performance guarantees, environmental management plans, mitigation measures, and others, established throughout the current environmental regulations, the same requirements, amply fulfilled, which have served as a technical-scientific, official and objective tool for the decision-making to issue this decree. Therefore, They decree:
DECLARATION OF PUBLIC INTEREST AND NATIONAL CONVENIENCE OF THE TACARES HYDROELECTRIC PLANT REHABILITATION PROJECT
Considering:
A., upon prior authorization from the corresponding office of the National System of Conservation Areas, will proceed with the felling of trees located in the project areas that so require it.
A., and its contractors must replace them and provide maintenance for a minimum period of five years, in the proportion recommended by the authorities of the National System of Conservation Areas. The trees must be planted in the same zone of the watershed (cuenca) where the felling occurs. This action and those derived from it will be resolved in coordination with the respective Conservation Area of the Ministry of Environment, Energy and Telecommunications, which in turn will certify the fulfillment of the replacement.
Given at the Presidency of the Republic.-San José, on the thirteenth day of the month of May of two thousand ten.
en la totalidad del texto - Texto Completo Norma 36097 Declara de interés público y conveniencia nacional el Proyecto de Rehabilitación de la Planta Hidroeléctrica Tacares Texto Completo acta: D1EB8 N° 36097 - MINAET LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA Y EL MINISTRO DE AMBIENTE, ENERGÍA Y TELECOMUNICACIONES En ejercicio de las facultades que les confieren los artículos 11, 140 incisos 3) y 18), y 146 de la Constitución Política y el numeral 27 de la Ley General de la Administración Pública Nº 6227 del 2 de mayo de 1978, y los artículos 3º inciso m), 19) inciso b) 33 y 34 de la Ley Forestal Nº 7575 del 13 de febrero de 1996.
10.-Que como principales beneficios del proyecto se tendrán:
11.-Que cuando la SETENA establece la viabilidad ambiental de un proyecto es porque el balance obtenido mediante los instrumentos apropiados de evaluación ambiental, ha permitido establecer que los beneficios sociales, ambientales y económicos son mayores que los costos por el desarrollo del mismo.
12.-Que la evaluación ambiental y la aprobación de la viabilidad Ambiental por parte de la SETENA, son el resultado del empleo de los instrumentos apropiados, entiéndase, manuales, formularios, declaraciones juradas, garantías de cumplimiento, planes de gestión ambiental, medidas de mitigación y demás, establecidos a lo largo de la normativa ambiental vigente, mismos requisitos, ampliamente cumplidos y que han servido de herramienta técnico -científica, oficial y objetiva, para la toma de decisión de emitir el presente decreto. Por tanto,
DECLARATORIA DE INTERÉS PÚBLICO Y CONVENIENCIA NACIONAL DEL PROYECTO DE REHABILITACIÓN DE LA PLANTA HIDROELÉCTRICA TACARES
Considerando:
Decretan:
A., previa autorización de la oficina correspondiente del Sistema Nacional de Áreas de Conservación, procederá a la corta de árboles ubicados en las áreas del proyecto, que así lo requieran.
A., y sus contratistas deberán reponerlas y dar mantenimiento por un período mínimo de cinco años, en la proporción que recomienden las autoridades del Sistema Nacional de Áreas de Conservación. Los árboles deberán plantarse en la misma zona de la cuenca donde se produzca la corta. Esta acción y las derivadas de la misma se resolverán en coordinación con el Área de Conservación respectiva del Ministerio de Ambiente, Energía y Telecomunicaciones, la que por su parte certificará el cumplimiento de la reposición.
Dado en la Presidencia de la República.-San José, a los trece días del mes de mayo del dos mil diez.
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