29473-MEIG-MAG of January 5, 2001, published in La Gaceta No. 93 of May 16 of the same year.
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Decreto 29963 · 29/10/2001
OutcomeResultado
SummaryResumen
This executive decree requires that, prior to authorization of any rice import, the State Phytosanitary Service must subject the product to a risk assessment in accordance with Technical Standard RTCR 379-2000. The aim is to protect human, animal, and plant health, as well as national food security, by preventing the entry of pests and diseases that could affect rice production and the Costa Rican diet. The decree outlines the procedure: after risk assessment and prior authorization, a physical inspection of the product and means of transport is conducted at the authorized point of entry, samples are taken for health and phytosanitary diagnosis, and the costs of these services per metric ton imported are established. The funds collected are allocated to various institutions involved in research, quality control, and certified seed production. Although the decree was later repealed, it represents an example of a phytosanitary measure adopted in the exercise of state sovereignty and in line with the WTO Agreement on Sanitary and Phytosanitary Measures.Este decreto ejecutivo establece que, previo a la autorización de cualquier importación de arroz, el Servicio Fitosanitario del Estado debe someter el producto a una evaluación de riesgo conforme a la Norma Técnica RTCR 379-2000. El objetivo es proteger la salud humana, animal y vegetal, así como la seguridad alimentaria nacional, evitando el ingreso de plagas y enfermedades que puedan afectar la producción arrocera y la dieta de los costarricenses. El decreto detalla el procedimiento: tras la evaluación de riesgo y la autorización previa, se realiza una inspección física del producto y del medio de transporte en el punto de ingreso autorizado, se toman muestras para diagnóstico sanitario y fitosanitario, y se fijan los costos de estos servicios por tonelada métrica importada. Los fondos recaudados se destinan a diversas instituciones vinculadas a la investigación, el control de calidad y la producción de semilla certificada. Aunque el decreto fue posteriormente derogado, constituye un ejemplo de medida fitosanitaria adoptada en ejercicio de la soberanía estatal y en consonancia con el Acuerdo de Medidas Sanitarias y Fitosanitarias de la OMC.
Key excerptExtracto clave
Article 1-All rice imports, prior to issuing the import authorization, shall be subject to a risk assessment in accordance with the procedure established in technical standard RTCR 379-2000, set forth in Executive Decree No. 29473-MEIG-MAG of January 5, 2001. Article 2—The State Phytosanitary Service, once the prior authorization established in Article 51 of Law No. 7664, Phytosanitary Protection Law, has been issued, shall carry out the physical inspection of the product and the means of transport at the authorized point of entry, in accordance with subsections d) and e) of Article 8 of the aforementioned law. Upon completion of the above, samples shall be taken for health and phytosanitary diagnosis. Article 3-The inspection, sampling, and analysis services shall have a cost of US$ 14.00 per metric ton, to the State Phytosanitary Service, and other amounts to various institutions.Artículo 1º-Todas las importaciones de arroz, previamente a emitir la autorización de importación, serán sometidas a una evaluación de riesgo de acuerdo con el procedimiento establecido en la norma técnica RTCR 379-2000, establecida en el Decreto Ejecutivo Nº 29473-MEIG-MAG de 5 de enero del 2001. Artículo 2º—El Servicio Fitosanitario del Estado una vez emitida la autorización previa, que se establece en el artículo 51 de la Ley Nº 7664, Ley de Protección Fitosanitaria, realizará la inspección física del producto y del medio de transporte en el punto de ingreso autorizado, conforme a lo establecido en los incisos d) y e) del artículo 8 de la ley precitada. Cumplido lo anterior se procederá a tomar las muestras para diagnóstico sanitario y fitosanitario. Artículo 3º-Los servicios de inspección, toma y análisis de muestras tendrán un costo de US$ 14,00 por tonelada métrica, destinado al Servicio Fitosanitario del Estado, y otros montos para diversas instituciones.
Pull quotesCitas destacadas
"Todas las importaciones de arroz, previamente a emitir la autorización de importación, serán sometidas a una evaluación de riesgo de acuerdo con el procedimiento establecido en la norma técnica RTCR 379-2000."
"All rice imports, prior to issuing the import authorization, shall be subject to a risk assessment in accordance with the procedure established in technical standard RTCR 379-2000."
Artículo 1
"Todas las importaciones de arroz, previamente a emitir la autorización de importación, serán sometidas a una evaluación de riesgo de acuerdo con el procedimiento establecido en la norma técnica RTCR 379-2000."
Artículo 1
"El Servicio Fitosanitario del Estado una vez emitida la autorización previa, que se establece en el artículo 51 de la Ley Nº 7664, Ley de Protección Fitosanitaria, realizará la inspección física del producto y del medio de transporte en el punto de ingreso autorizado."
"The State Phytosanitary Service, once the prior authorization established in Article 51 of Law No. 7664, Phytosanitary Protection Law, has been issued, shall carry out the physical inspection of the product and the means of transport at the authorized point of entry."
Artículo 2
"El Servicio Fitosanitario del Estado una vez emitida la autorización previa, que se establece en el artículo 51 de la Ley Nº 7664, Ley de Protección Fitosanitaria, realizará la inspección física del producto y del medio de transporte en el punto de ingreso autorizado."
Artículo 2
"Los servicios de inspección, toma y análisis de muestras tendrán un costo de US$ 14,00 (catorce dólares sin centavos) para el Servicio Fitosanitario del Estado; por el análisis de aflatoxinas un costo de US$ 1,00 (un dólar sin centavos) para la Universidad de Costa Rica."
"The inspection, sampling, and analysis services shall have a cost of US$ 14.00 for the State Phytosanitary Service; for aflatoxin analysis a cost of US$ 1.00 for the University of Costa Rica."
Artículo 3
"Los servicios de inspección, toma y análisis de muestras tendrán un costo de US$ 14,00 (catorce dólares sin centavos) para el Servicio Fitosanitario del Estado; por el análisis de aflatoxinas un costo de US$ 1,00 (un dólar sin centavos) para la Universidad de Costa Rica."
Artículo 3
Full documentDocumento completo
in the entirety of the text - Complete Text of Norm 29963 Determines that prior to the authorization for the importation of rice, they must be subjected to a risk assessment in accordance with Technical Standard RTCR 379-2000 Complete Text of record: F3CB6 No. 29963-MAG No. 29963-MAG (This executive decree was repealed by article 1 of executive decree No. 37947 of July 18, 2013) THE PRESIDENT OF THE REPUBLIC AND THE MINISTER OF AGRICULTURE AND LIVESTOCK In exercise of the powers conferred by article 140, subsections 3) and 18) of the Constitución Política, Ley Nº 7664 of April 8, 1997, Ley de Protección Fitosanitaria, and the Agreement on Sanitary and Phytosanitary Measures of Ley Nº 7473 of December 20, 1994, Ley de Ejecución de los Acuerdos de la Ronda Uruguay de Negociaciones Comerciales Multilaterales.
THEY DECREE:
Considering:
29473-MEIG-MAG of January 5, 2001, published in La Gaceta No. 93 of May 16 of the same year.
Once the foregoing is completed, samples shall be taken for sanitary and phytosanitary diagnosis. The Servicio Fitosanitario del Estado shall technically and duly substantiated determine the procedure for taking the sample as well as its size.
(Thus amended by article 1 of executive decree No. 32339 of April 15, 2005)
en la totalidad del texto - Texto Completo Norma 29963 Determina que previo a la autorización para la importación de arroz, deben ser sometidas a una evaluación de riesgo de conformidad con la Norma Técnica RTCR 379-2000 Texto Completo acta: F3CB6 Nº 29963-MAG Nº 29963-MAG (Este decreto ejecutivo fue derogado por el artículo 1° del decreto ejecutivo N° 37947 del 18 de julio de 2013) EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA Y EL MINISTRO DE AGRICULTURA Y GANADERÍA En ejercicio de las facultades que les confiere el artículo 140, incisos 3) y 18) de la Constitución Política, la Ley Nº 7664 de 8 de abril de 1997, Ley de Protección Fitosanitaria y el Acuerdo de Medidas Sanitarias y Fitosanitarias de la Ley Nº 7473 de 20 de diciembre de 1994, Ley de Ejecución de los Acuerdos de la Ronda Uruguay de Negociaciones Comerciales Multilaterales.
Considerando:
DECRETAN:
Cumplido lo anterior se procederá a tomar las muestras para diagnóstico sanitario y fitosanitario. El Servicio Fitosanitario del Estado determinará técnica y debidamente fundamentado el procedimiento para la toma de la muestra así como el tamaño de esta.
En todos los casos el pago será por tonelada métrica de arroz importado y podrá ser cancelado en su equivalente en colones, calculado al tipo de cambio al día en que se realiza. Cada una de las instituciones indicará los procedimientos administrativos y financieros para efectuar el pago respectivo.
(Así reformado por el artículo 1° del decreto ejecutivo N° 32339 del 15 de abril del 2005)
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