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05/08/2022

Municipal Regulation for the Integral Management of Solid Waste in the Central Canton of CartagoReglamento municipal para la gestión integral de los residuos sólidos del Cantón Central de Cartago

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OutcomeResultado

Active lawNorma vigente

The Municipal Regulation for the Integral Management of Solid Waste of the Central Canton of Cartago is definitively approved, establishing obligations for the municipality and generators, regulating collection and disposal services, and setting the applicable rates and sanctions regime.Se aprueba definitivamente el Reglamento Municipal para la Gestión Integral de los Residuos Sólidos del Cantón Central de Cartago, estableciendo obligaciones para la municipalidad y los generadores, regulando los servicios de recolección y disposición, y fijando el régimen de tasas y sanciones aplicables.

SummaryResumen

This regulation, issued by the Municipality of Cartago, establishes the local legal framework for the integral management of solid waste in the canton, in accordance with the Law for the Integral Management of Solid Waste (Law No. 8839), the Organic Environmental Law and other related norms. Its objective is to organize and provide legal backing for the regulatory, operational, financial, administrative and educational actions necessary for the management of waste from generation to final disposal. To this end, it defines the obligations and competencies of the municipality and its departments, as well as the responsibilities of the different generators (households, commercial, industrial and institutional) and authorized managers. The regulation governs aspects such as collection, transportation, storage, recovery, treatment and final disposal of ordinary, special and hazardous solid waste. It also establishes provisions on material recovery centers, community collection centers, promotion of integral management, incentives, prohibitions, infractions and their sanctions, and the procedure for setting rates and tariffs for municipal waste management services. Finally, it details the tariff approval procedure, including the call for public hearing and the publication of agreements.Este reglamento, emitido por la Municipalidad de Cartago, establece el marco normativo local para la gestión integral de residuos sólidos en el cantón, en concordancia con la Ley para la Gestión Integral de Residuos (Ley N° 8839), la Ley Orgánica del Ambiente y otras normas conexas. Su objetivo es ordenar y dar sustento legal a las acciones regulatorias, operativas, financieras, administrativas y educativas necesarias para el manejo de los residuos desde su generación hasta su disposición final. Para ello, define las obligaciones y competencias de la municipalidad y sus dependencias, así como las responsabilidades de los diferentes generadores (domiciliares, comerciales, industriales e institucionales) y de los gestores autorizados. El reglamento regula aspectos como la recolección, el transporte, el almacenamiento, la valorización, el tratamiento y la disposición final de los residuos sólidos ordinarios, especiales y peligrosos. También establece disposiciones sobre centros de recuperación de materiales, centros de acopio comunal, promoción de la gestión integral, incentivos, prohibiciones, infracciones y sus sanciones, y el procedimiento para la fijación de las tasas y tarifas por los servicios municipales de manejo de residuos. Finalmente, detalla el procedimiento de aprobación de las tarifas, incluyendo la convocatoria a audiencia pública y la publicación de los acuerdos.

Key excerptExtracto clave

Article 1-General object. This Regulation aims to provide legal support and order the integral management of solid waste generated in the Central Canton of Cartago, through the planning and execution of regulatory, operational, financial, administrative and educational actions. Article 2-Scope. This Regulation is mandatory for all individuals and legal entities, public and private, generators of ordinary solid waste under municipal jurisdiction that are located within the territorial scope of the canton. Article 33- Infractions. As indicated in the Law for the Integral Management of Waste, the Organic Environmental Law and the Municipal Code, infractions to said norms and to this regulation shall be classified as minor, serious and very serious. Sanctions for minor and serious infractions shall be the competence of the municipality and very serious ones shall be the competence of the Environmental Tribunal.Artículo 1-Objeto general. El presente Reglamento tiene por objeto dar sustento legal y ordenar la gestión integral de los residuos sólidos generados en el Cantón Central de Cartago, mediante la planificación y ejecución de acciones regulatorias, operativas, financieras, administrativas y educativas. Artículo 2-Alcance. Este Reglamento es de acatamiento obligatorio para todas las personas, físicas y jurídicas, públicas y privadas, generadoras de residuos sólidos ordinarios de competencia municipal que se encuentren localizados dentro del ámbito territorial del cantón. Artículo 33- Infracciones. Según lo indicado en Ley para la Gestión Integral de Residuos, Ley Orgánica del Ambiente y Código Municipal, las infracciones a dicha normativa y a este reglamento, se clasificarán en leves, graves y gravísimas. Las sanciones de las infracciones leves y graves serán competencia de la municipalidad y las gravísimas serán competencia del Tribunal Ambiental.

Pull quotesCitas destacadas

  • "Artículo 1-Objeto general. El presente Reglamento tiene por objeto dar sustento legal y ordenar la gestión integral de los residuos sólidos generados en el Cantón Central de Cartago, mediante la planificación y ejecución de acciones regulatorias, operativas, financieras, administrativas y educativas."

    "Article 1-General object. This Regulation aims to provide legal support and order the integral management of solid waste generated in the Central Canton of Cartago, through the planning and execution of regulatory, operational, financial, administrative and educational actions."

    Capítulo Primero, Artículo 1

  • "Artículo 1-Objeto general. El presente Reglamento tiene por objeto dar sustento legal y ordenar la gestión integral de los residuos sólidos generados en el Cantón Central de Cartago, mediante la planificación y ejecución de acciones regulatorias, operativas, financieras, administrativas y educativas."

    Capítulo Primero, Artículo 1

  • "Artículo 33- Infracciones. Según lo indicado en Ley para la Gestión Integral de Residuos, Ley Orgánica del Ambiente y Código Municipal, las infracciones a dicha normativa y a este reglamento, se clasificarán en leves, graves y gravísimas. Las sanciones de las infracciones leves y graves serán competencia de la municipalidad y las gravísimas serán competencia del Tribunal Ambiental."

    "Article 33- Infractions. As indicated in the Law for the Integral Management of Waste, the Organic Environmental Law and the Municipal Code, infractions to said norms and to this regulation shall be classified as minor, serious and very serious. Sanctions for minor and serious infractions shall be the competence of the municipality and very serious ones shall be the competence of the Environmental Tribunal."

    Capítulo Séptimo, Artículo 33

  • "Artículo 33- Infracciones. Según lo indicado en Ley para la Gestión Integral de Residuos, Ley Orgánica del Ambiente y Código Municipal, las infracciones a dicha normativa y a este reglamento, se clasificarán en leves, graves y gravísimas. Las sanciones de las infracciones leves y graves serán competencia de la municipalidad y las gravísimas serán competencia del Tribunal Ambiental."

    Capítulo Séptimo, Artículo 33

  • "Artículo 37- Suspensión o revocatoria de licencias comerciales. Cuando un mismo contribuyente sea apercibido por cometer una infracción a este reglamento, en más de dos ocasiones en el plazo de un año, la municipalidad podrá cerrar hasta por tres días el local comercial o bien podrá suspender o revocar la licencia comercial según la gravedad de la falta."

    "Article 37- Suspension or revocation of commercial licenses. When the same taxpayer is warned for committing an infraction to this regulation more than twice within a one-year period, the municipality may close the commercial premises for up to three days or may suspend or revoke the commercial license according to the seriousness of the fault."

    Capítulo Séptimo, Artículo 37

  • "Artículo 37- Suspensión o revocatoria de licencias comerciales. Cuando un mismo contribuyente sea apercibido por cometer una infracción a este reglamento, en más de dos ocasiones en el plazo de un año, la municipalidad podrá cerrar hasta por tres días el local comercial o bien podrá suspender o revocar la licencia comercial según la gravedad de la falta."

    Capítulo Séptimo, Artículo 37

Full documentDocumento completo

Articles

of the full text - Complete Text of Regulation 0 Municipal regulation for the integrated management of solid waste of the Central Canton of Cartago MUNICIPALIDAD DE CARTAGO The Municipal Council of Cartago informs that, in the ordinary session of July 5, 2022, in article 16 of act No. 170-2022, it was unanimously agreed to definitively approve the Municipal Regulation for the Integrated Management of Solid Waste of the Central Canton of Cartago, which is published in accordance with the provisions of article 43 of the Código Municipal, which hereinafter will state: Pursuant to the power conferred by article 169 of the Constitución Política, articles 4 subsection a, 13 subsections c and e, 17 subsection a and 43 of the Código Municipal, Law No. 7794, Law No. 8839 Gestión Integral de Residuos Sólidos, Ley Orgánica del Ambiente, the Ley de Biodiversidad, Ley de Tránsito and related laws, for the purposes of the public consultation referred to in numeral 43 of the Código Municipal, it agrees to issue the following:

MUNICIPAL REGULATION FOR THE INTEGRATED MANAGEMENT OF SOLID WASTE OF THE CENTRAL CANTON OF CARTAGO

  • a)That article 50 of the Constitución Política recognizes the right of every person to enjoy a healthy and ecologically balanced environment, as well as the duty of the State to guarantee, defend and preserve said right.
  • b)That in accordance with article 169 of the Constitución Política, the administration of local interests and services corresponds to the municipality.
  • c)That in accordance with the Ley para la Gestión Integral de Residuos No. 8839, the integrated management of solid waste in their canton corresponds to the municipalities.
  • d)That, in accordance with article 4 of the Código Municipal, the Council may organize, through regulation, the provision of municipal public services.
  • e)That article 28 of the Ley Orgánica del Ambiente No. 7554, establishes that it is the function of the State, the municipalities and other public entities, to define and execute national territorial planning policies, aimed at regulating and promoting human settlements and the economic and social activities of the population, as well as physical-spatial development, in order to achieve harmony between the greater well-being of the population, the use of natural resources and the conservation of the environment.
  • f)That it is necessary to regulate the different aspects of solid waste management in order to promote the integrated management thereof in the canton.

General Provisions

Considering:

CHAPTER ONE

1

The purpose of this Regulation is to give legal support and to order the integrated management of the solid waste generated in the Central Canton of Cartago, through the planning and execution of regulatory, operational, financial, administrative and educational actions.

Furthermore, it defines the responsibilities of the different actors and waste generators in the canton; regulates the collection, transport, storage, valorization, treatment and adequate final disposal (disposición final) of solid waste in the canton; and establishes the institutional and operational structure necessary to fulfill integrated management and complements the national regulations on waste management.

2

This Regulation is mandatory for all natural and legal persons, public and private, who generate ordinary solid waste under municipal jurisdiction and are located within the territorial scope of the canton.

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The collection, transport, storage, final disposal (disposición final) and other aspects related to the management of municipal waste, regardless of the activity or place of generation, shall be governed by the provisions of this regulation, the Ley para la Gestión de Residuos Sólidos and its respective regulation.

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The solid waste generated shall be the property and responsibility of the Municipalidad at the moment the users of the public service place or deliver the waste for collection. However, with prior authorization from the corresponding municipality, this waste may be delivered or collected by an authorized waste manager (gestor autorizado) or a mixed company, for its valorization, in which case the property and responsibility for its management corresponds to the latter. This is consistent with article 40 of the LGIRS.

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For the purposes of this regulation, the following is understood by:

Storage at the source (Almacenamiento en la fuente): Accumulation of solid waste, immediate to its generation.

Collection centers (Centros de acopio): Places for the storage, classification or packaging of recoverable waste, under hygienic conditions that do not endanger human health or contaminate the environment and must have adequate sanitary infrastructure.

Sustainable consumption (Consumo sostenible): Acquiring products in a moderate and responsible manner so that a reduction in the population's consumption level is achieved.

Environmental education (Educación ambiental): It is the process of recognizing values and clarifying concepts to create the necessary skills and attitudes, aimed at understanding and appreciating the mutual relationship between the human being, their culture and the surrounding biophysical environment; therefore, environmental education (educación ambiental) is a continuous process in which individuals and the community become aware of their environment and acquire the values, the competencies and the will to enable them to act in the resolution of current and future environmental problems.

Waste generation source (Fuente de generación de residuos): Site where waste is generated, for example homes, industries, schools, businesses, universities, among others.

Generator (Generador): Natural person of fact or legal entity that produces waste, through the development of production, commercialization or consumption processes.

Commercial, industrial and service generator (Generador comercial industrial y de servicios): these are all businesses such as small grocery stores (pulperías), mini- and supermarkets, stores of all types, greengrocers, florists, furniture sale, mechanical workshops, small restaurants (sodas), restaurants, dwelling houses with some type of commerce, markets, among others. In this type of user, the generators of the waste are the people who work in and visit the businesses, in addition to the waste generated by the activity itself and which are jointly placed for the municipality to collect, transport, treat and give final disposal (disposición final).

Residential generator (Generador residencial): these are all dwelling houses, condominiums, apartments that are used solely as family housing, among others. In this type of user, the waste generators are the people who inhabit each housing unit, or jointly place said waste for the municipality to collect, transport, treat and give final disposal (disposición final).

Government and institutional generator (Generador de gobierno e instituciones): these are all public institutions not included in the previous categories.

Integrated solid waste management (Gestión integral de residuos sólidos): articulated and interrelated set of regulatory, operational, financial, administrative, educational, planning, monitoring and evaluation actions for the handling of waste, from its generation to final disposal (disposición final).

Solid waste managers (Gestores de residuos sólidos): natural or legal person, public or private, in charge of the total or partial management of waste, and authorized in accordance with the provisions in Law 8839 and its regulations.

Special waste management (Gestión de residuos especiales): It is the adequate management of those wastes that due to their composition, transport needs, storage conditions, volume of generation, forms of use or recovery value, or a combination of these, involve significant risks to health and the environment. Adequate management brings benefits from the reduction of environmental impacts through their valorization.

waste generators (Grandes generadores de residuos): These are generators that produce, regardless of their category, an amount of 7000 kilos annually.

Waste (Residuos): It consists of any material or product that its generator or possessor wishes or must dispose of, and which is in a solid or semi-solid state, contained in containers or receptacles, and which may be susceptible to valorization or requires subjection to treatment or final disposal (disposición final).

Solid waste collection (Recolección de residuos sólidos): Service of transporting solid waste between primary or intermediate storage and composting plants or collection centers (centros de acopio) or recovery industries or the final disposal (disposición final) of non-recoverable solid waste in technical deposits-sanitary landfills.

Recoverable waste (Residuos valorizables): Solid waste that can be reincorporated into nature, or be reused by society, without harm to human health or the environment and that due to its composition allows for the recovery of some economic value or being used as raw material in industrial processes.

Non-traditional waste (Residuos no tradicionales): This waste is that which is bulky, not generated daily, and that due to its size cannot be placed in the traditional collection truck.

For example: construction rubble, furniture, household appliances, batteries, fluorescent tubes, furniture, tires, among others.

Organic waste (Residuos orgánicos): This is biodegradable waste that decomposes in a shorter time span than others; included in this category is compostable waste, of vegetable origin: food scraps, fruits, vegetables, peels and garden waste. Animal-based food scraps are excluded.

Commercial solid waste (Residuos sólidos comerciales): That generated in commercial establishments.

Household solid waste (Residuos sólidos domiciliar): That generated in dwelling houses as a product of daily family activities.

Government and institutional solid waste (Residuos sólidos de gobierno e instituciones): That generated in public or private institutions excepting hospitals and air terminals.

Recycling (Reciclaje): Process by which recoverable materials segregated from waste are reincorporated as raw material into the production cycle.

Reuse (Reutilización): using a product or material several times or giving it another use without changing its physical state. It refers to the reuse of products that normally go to the sanitary landfill or final disposal (disposición final) (for example, reusing glass bottles to store household products).

Reduce (Reducir): refers to the action of avoiding everything that in one way or another generates unnecessary waste.

Extended producer responsibility (Responsabilidad extendida del productor): It is the responsibility that the producer or importer must have for their product throughout its entire life cycle, including the post-industrial and post-consumer phases.

Waste separation at the source (Separación de residuos en la fuente): Action of separating and properly packing waste at the generating source into its main components.

Municipal solid waste service fee (Tasa de los servicios de residuos sólidos municipales): established rate that the user must pay, in exchange for receiving a service, whether provided by a public, private or mixed entity, and which may be determined "below, equal to or above the total cost, necessary for the provision of the service.

Adequate treatment of solid waste (Tratamiento adecuado de los residuos sólidos): Process by which economic, environmental and social benefits are obtained from responsible and correct waste management.

Obligations and Powers of the Municipalidad

CHAPTER TWO

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The powers of the Municipalidad are the following:

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8839, the Ley General de Salud No. 5395, the Ley Orgánica del Ambiente No. 7554, the Ley de Biodiversidad No. 7788 or any other related legislation before the competent bodies regarding administrative sanctions.

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8839 and/or its regulation.

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A. Departamento Gestión Ambiental, is responsible for:

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B. Departamento de Recolección de Residuos, is responsible for:

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C. Departamento Aseo de Vías, is responsible for:

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D. Departamento de Parques y Obras de Ornato, is responsible for:

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Responsibilities of the Generators

CHAPTER THREE

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Likewise, glass, ceramic and cutting objects, must be properly packed in cardboard ensuring their adequate closure with adhesive tape.

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The collection of waste in the city center must be made available to the municipality by 18:00 hours.

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The cleaning of these containers is the responsibility of the service users.

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Both the municipality and the Ministerio de Salud, when required, are authorized to request it or carry out an on-site inspection.

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The generator of special and hazardous waste according to the categorization indicated in the Estrategia Nacional de Separación, Recuperación y Valorización de Residuos (ENSRVR) 2016-2021 must abide by their extended responsibility as a producer or importer of said products during the entire life cycle thereof, including the post-industrial and post-consumption phases.

13

Those in charge of fairs, concerts, sports activities or other public or private activities or events that take place in the canton, at the time of obtaining the respective municipal permits, must guarantee that they will take charge of all the solid waste from said activity, including the placement of containers for the separated collection of recoverable waste (residuos valorizables), and guarantee its collection, treatment and final disposal (disposición final). This must be demonstrated as a requirement for granting the temporary operating license.

Material recovery centers

CHAPTER FOUR

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Authority to install them and to authorize third parties. The Municipalidad has the authority to install and operate recovery centers for recoverable materials (residuos valorizables) or to authorize third parties, for the accumulation, classification and commercialization thereof. To be authorized, the interested third party must have an operating license (municipal patent) for cases of for-profit activities and comply with the national requirements for the operation and functioning of the Centros de Recuperación de Residuos Valorizables.

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The material recovery centers must, prior to starting operations, comply with the Reglamento de Centros de Recuperación de Residuos Valorizables (Decreto Ejecutivo No. 35906 S or the regulation that replaces it), also have the respective permits from the Ministerio de Salud, from the Municipalidad and comply with the labor and environmental requirements established by current legislation.

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They must present hygienic conditions, industrial safety, ornamentation, avoid the contamination of air, water, soil, in accordance with the current regulations.

Management of special and hazardous waste

CHAPTER FIVE

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The responsibility for the management of waste from construction or demolition corresponds to the property owner, who must guarantee its collection, transport and final disposal (disposición final) directly or through an authorized waste manager (gestor autorizado). The disposal site must comply with legal requirements and avoid being a nuisance for neighbors; it must keep sidewalks, streets, common areas and vacant lots clean and free of material or waste, within the perimeter of the site.

Previously and as a requirement for approval of the demolition and/or construction license, even for minor works, the interested party must present to the Direccion de Urbanismo the management plan for the generated waste and the contract with the company that will carry out the collection management of this type of waste.

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The hazardous waste generated in industrial, commercial and service activities must be managed in accordance with the Reglamento sobre Residuos Peligrosos Industriales (Decreto Ejecutivo No. 27001 or the regulation that replaces it) and must be delivered by its industrial and commercial generators to an authorized waste manager (gestor autorizado).

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For the treatment of infectious waste, the guidelines of the Reglamento sobre la gestión de los desechos infectocontagiosos que se generan en establecimientos que presten atención a la salud y afines (Decreto Ejecutivo No. 30965-S or the regulation that replaces it) and any other indication from the Ministerio de Salud must be followed.

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Non-traditional solid waste that is in the category of special and hazardous such as used tires, air conditioners, refrigerators, electrical appliances (white goods), fluorescent tubes, mattresses, scrap metal, furniture must be accumulated by the generator in their private space until the day corresponding to collection by the Municipalidad; said collection will be carried out through previously established campaigns and duly communicated to users and communities in the official municipal media.

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For the treatment of used tire waste, the guidelines of Decreto Ejecutivo No. 33745-S of February 8, 2007 Reglamento sobre Llantas de Desecho or the regulation that replaces it must be followed.

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For the treatment of electronic device waste, the guidelines of Decreto Ejecutivo No. 35933-S of February 12, 2010 Reglamento para la Gestión Integral de Residuos Electrónicos or the regulation that replaces it must be followed.

Community collection centers (Centros de acopio comunal)

CHAPTER SIX

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Neighborhoods, communities, associations or any type of non-profit community organization may constitute collection centers (centros de acopio) to store recoverable waste (residuos valorizables) to subsequently receive the collection service from the Municipalidad, and must allocate the resources received from these activities solely for the benefit of the community or the community organization.

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Community collection centers (centros de acopio comunales) must have a person duly trained in the correct management of recoverable solid waste (residuos sólidos valorizables) and this person will also be responsible for the organization, the order of the place and for coordinating with the municipality.

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Community collection centers (centros de acopio comunal) must, prior to entering into operation, coordinate and reach agreements with the municipality. The Municipalidad will supervise the operation of the community collection centers (centros de acopio comunal), in order to verify that they do not affect the communities in which they are located and to guarantee order and efficiency in the reception of waste.

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Community collection centers (centros de acopio comunal) must be located in areas that have access for the residents of the sector but are of a private nature to avoid disorder in public areas or scattering of waste. Furthermore, community collection centers (centros de acopio comunal) must have access for the collection truck.

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The Municipalidad in coordination with other social actors will carry out educational activities that allow communities to acquire the skills to classify their recoverable waste (residuos valorizables) and raise awareness about the advantages this brings, the importance of good management of solid waste and the responsibilities of communities as generators.

Promotion, Incentives, Prohibitions, and Sanctions

CHAPTER SEVEN

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The Municipality, together with all interested social actors, shall contribute to and promote integrated solid waste management. In this way, it must incorporate into its annual budget the costs related to advertising and environmental education campaigns on solid waste.

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This recognition shall be made annually through a symbolic award at the celebration of World Environment Day in the month of June.

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This waste includes construction materials, paint waste and its containers, vehicle batteries, debris (escombro), kitchen grease and oils, and in general, electronic waste, and others of such a nature.

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As indicated in the Ley para la Gestión Integral de Residuos (Integrated Waste Management Law), the Ley Orgánica del Ambiente (Organic Environmental Law), and the Código Municipal (Municipal Code), infractions of said legislation and this regulation shall be classified as minor (leves), serious (graves), and very serious (gravísimas). The sanctions for minor and serious infractions shall be the competence of the municipality, and very serious ones shall be the competence of the Tribunal Ambiental (Environmental Tribunal).

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Those established in article 49 of the Ley para la Gestión Integral de Residuos Sólidos, the regulation that replaces it, and what is indicated in Art 32 of this regulation are considered serious infractions and shall be sanctioned with up to eight times the highest rate (tarifa) for the waste management service.

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Those established in article 50 of the Ley para la Gestión Integral de Residuos Sólidos, or the regulation that replaces it, and what is indicated in Art 32 of this regulation are considered minor infractions and shall be sanctioned with up to five times the rate corresponding according to the assigned category.

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In any case, the inspection shall be carried out guaranteeing due process.

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Subsequently, this ticket is transferred to the Gestión Ambiental (Environmental Management) office for its respective processing.

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In case of non-compliance with payment, they shall accrue default interest equivalent to the simple average of the active rates of state banks for commercial sector loans and in no case may exceed ten points above the basic passive rate set by the Banco Central de Costa Rica, according to article 57 of Ley 4755, Código de Normas y Procedimientos Tributarios, of June 4, 1971; the foregoing must be warned in the infraction ticket. The interest rate is calculated every six months and is published in the official newspaper La Gaceta.

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article 171 of Ley 7794, Código Municipal, of April 30, 1998, or the regulation that replaces it.

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When the same taxpayer is warned for committing an infraction of this regulation on more than two occasions within a period of one year, the municipality may close the commercial premises for up to three days or may suspend or revoke the commercial license according to the severity of the offense. Additionally, a pecuniary sanction corresponding to the infraction shall be established.

In any case, due process and the right to defense of the administered parties shall be guaranteed.

Without prejudice to criminal and administrative responsibilities, the offenders of the provisions contained in this regulation, whether individuals or legal entities, shall be civilly and jointly and severally liable for the damages caused against the environment and the health of persons, and must restore the damage, and, as far as possible, leave things in the condition they were in before the illicit action. The owners of the companies or activities where the damages are caused shall be jointly and severally liable.

Rates and Tariffs (Tasas y Tarifas)

CHAPTER EIGHT

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In the case of residential use, it shall be assigned according to the district, as established in the tariff model.

For properties of residential or commercial use that show no use and the service is provided as indicated in article 83 of the Código Municipal, a "C0" rate shall be charged, equivalent to the charge for one "R1" Residencial 1, according to the current tariff model, as long as that condition of non-use is maintained.

Likewise, in the case of commercial use properties that have more than one premises and one or several are unoccupied, the rate may be proportionally reduced to the number of premises that are effectively occupied.

For all these cases, the interested party must submit an express request addressed to the Commercial Department (Departamento Comercial), detailing, in the case of businesses with several premises, the number of unoccupied premises.

It is understood that this benefit shall be maintained as long as the residences, businesses, and premises remain unoccupied, and that once such condition ceases, the interested party must immediately notify said department to readjust the rate.

In any case, the Municipality reserves the power to audit (fiscalizar) these benefits at any time, and may render them void if it determines that the premises or residences are indeed occupied. The foregoing shall be retroactive.

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The Municipality shall charge a rate, in all those sectors determined in the Oriental, Occidental districts and in those where the service is provided in the future, where there exist surface stormwater drainage structures such as curbs (cordón de caño), ditches, or open-air channels, as well as sidewalks.

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The tariff (tarifa) shall be determined in accordance with article 83 of the Código Municipal and shall include the effective cost incurred by the Municipality for the activities that comprise the service, direct costs for personal and non-personal services, materials and supplies, depreciation of machinery, equipment, and facilities, plus administrative expenses; as well as ten percent profit for the development of the service.

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For the collection of the tariff, the Municipality shall use the registered and current property value. The collection shall be made monthly, for the expired period, jointly with the collection of other municipal services or taxes.

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The ten percent profit for development that the tariff for the street and public site cleaning service includes shall be allocated primarily to promote the improvement of the service provision.

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The Municipality shall charge a rate, in the Oriental and Occidental Districts and in those where in the future the service is provided. All owners or possessors by any title of real estate located in the Oriental and Occidental Districts must pay it.

Article-45 On the tariff. The tariff shall be determined in accordance with article 83 of the Código Municipal and shall include the effective cost incurred by the Municipality for the activities that comprise the service, direct costs for personal and non-personal services, materials and supplies, depreciation of machinery, equipment, and facilities, plus administrative expenses; as well as a ten percent profit for the development of the service.

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For the collection of the tariff, the Municipality shall use the registered and current property value. The collection shall be made monthly, for the expired period, jointly with the collection of other municipal services or taxes.

Article-47 Destination of the resources. The ten percent profit for development that the tariff for the street and public site cleaning service includes shall be allocated primarily to promote the improvement of the service provision.

Article-48 Determination of the rate for the waste collection service (servicio de recolección de residuos). The Municipality shall charge a rate, in the eleven districts of the canton by type of user and category established.

Article-49 Calculation Methodology. For the classification of users, data from municipal records are used and the following types of users are defined: residential, commercial, institutional, and government. The definition is based on the criterion of weight, through a technical, statistical study and fieldwork.

Article-50 On the Tariff. The tariff shall be determined in accordance with article 83 of the Código Municipal and shall include at least the following effective cost incurred by the Municipality for the activities that comprise the service, at least the direct costs for personal and non-personal services, materials and supplies, depreciation of machinery, equipment, and facilities, plus administrative service.

Article-51 Destination of the resources. The ten percent profit for development that the waste collection tariff includes shall be allocated primarily to promote the improvement of the service provision.

Article-52 Determination of the rate for the waste deposit and treatment service (servicio de depósito y tratamiento de residuos). The Municipality shall charge a rate, in the eleven districts of the canton by type of user and category established.

Article-53 Calculation Methodology. For the classification of users, data from municipal records are used and the following types of users are defined: residential, commercial, institutional, and government. The definition is based on the criterion of weight, through a technical, statistical study and fieldwork.

Article-54 On the Tariff. The tariff shall be determined in accordance with article 83 of the Código Municipal and shall include at least the following effective cost incurred by the Municipality for the activities that comprise the service, at least the direct costs for personal and non-personal services, materials and supplies, depreciation of machinery, equipment, and facilities, plus administrative service.

Article-55 Destination of the resources. The ten percent profit for development that the deposit and treatment tariff includes shall be allocated primarily to promote the improvement of the service provision.

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Interested parties shall file their claims before the Services Platform (Plataforma de Servicios) or through the digital platforms that the Municipality provides for such purposes, for which they must:

1
2

Once the claim is received, the procedure shall be registered, a case file number (expediente) shall be assigned, and it shall be forwarded to the Commercial Department for its analysis, resolution, and modification of accounts receivable when so determined, as well as its notification to the applicant via the means indicated in the claim.

For claims that require analysis or approval from other municipal bodies, the necessary exchange of information for the resolution of the filed claim shall be coordinated internally.

Claims must be resolved within 10 business days counted from the day following their filing, unless, for technical justifications duly notified to the interested party, the period is extended for a maximum of 30 additional business days. In the case of an incomplete claim filing, clarification, or rectification of information, the Commercial Department shall proceed to warn (prevenir) the interested party once, that within a period of up to 10 business days, they must comply with the requirement; if they fail to comply within the granted period, the request shall be archived without further processing.

On the Approval Procedure.

Chapter Nine.

57

The municipal administration shall form a Technical Commission for the purpose of preparing studies on the rates referred to in this regulation, composed of:

1
2
3
4
5
58

Said technical commission shall prepare a preliminary tariff draft (anteproyecto tarifario), for which it shall use the following variables.

1
2
3
4
5
6
7
59

Once the preliminary tariff draft is prepared, the Technical Commission shall forward it to the Mayor's Office (Alcaldía), so that this body may raise it to the knowledge of the Municipal Council (Concejo Municipal). The Municipal Council shall forward it for its study and recommendation to the Comisión de Hacienda y Presupuesto (Finance and Budget Committee).

60

The Comisión de Hacienda y Presupuesto shall recommend the draft to the Municipal Council, which in turn shall approve it as a draft to be published in the official newspaper La Gaceta.

61

In said approval by the Municipal Council, it shall be ordered to grant a period of one month from publication, calling a public hearing indicating the place and start time, or the means in the case it is virtual.

In the event of in-person hearings during duly declared pandemics, all provisions relating to capacity limits or other sanitary measures must be observed.

62

Within the first 10 business days of the month, all types of oppositions to the tariff draft shall be received.

63

All opposition to the tariff draft must be presented in writing before the Secretariat of the Municipal Council (Secretaría del Concejo Municipal), which shall forward them to the Technical Commission for the respective opinion (dictamen) and subsequent knowledge of the Municipal Council, after the prior opinion of the Comisión de Hacienda y Presupuesto, once the public hearing stage has concluded.

64

The oppositions presented to the tariff draft in the public hearing shall be made verbally. Verbal oppositions shall be summarized, and their presentation shall be made in 5 minutes.

65

The Public Hearing shall be presided over by the President, who shall grant the floor for up to 30 minutes to the municipal officials they deem pertinent, in order for them to present the tariff draft, which they must do in a simple manner and with the use of any audiovisual or other media that is appropriate, for the adequate understanding of the attendees. Subsequently, they shall grant the floor to the attendees who have previously registered for these purposes, without the possibility of yielding to another participant the time granted. In using the floor, each speaker must adhere to the subject matter of the hearing; must be at all times respectful, especially toward all persons present at the hearing, and they shall be warned that their time is about to expire when one minute remains. Having heard the speakers, or after each intervention at the discretion of the Council President, clarifications may be requested from the municipal officials, and if not appropriate or necessary, the hearing shall be declared closed.

66

The Secretary of the Council shall draw up minutes (acta), with all the details and incidents that occur at the public hearing. The minutes of the public hearing, duly signed, must be presented to the Municipal Council at the ordinary session immediately following the day of the hearing.

67

The Municipal Council shall analyze the incidents and results of the public hearing, following the opinions of the Comisión de Hacienda y Presupuesto and the Technical Commission, and shall submit the Tariff Draft to a vote.

68

The Vote for the approval of the tariff draft shall be carried out by the Municipal Council by absolute majority (half plus one of the members of the Municipal Council).

69

Once the approval agreement for the tariff draft by the Municipal Council is final, it shall be sent for publication in the official newspaper La Gaceta, and shall enter into force 30 business days after its publication, in accordance with Art 83 of the Código Municipal or the norm that replaces it.

Artículos

en la totalidad del texto - Texto Completo Norma 0 Reglamento municipal para la gestión integral de los residuos sólidos del Cantón Central de Cartago MUNICIPALIDAD DE CARTAGO El Concejo Municipal de Cartago informa que, en la sesión ordinaria del 05 de julio del 2022, en el artículo 16° del acta N°170-2022, se acordó por unanimidad, aprobar de forma definitiva el Reglamento Municipal para la Gestión Integral de los Residuos Sólidos del Cantón Central de Cartago, el cual se publica de acuerdo con lo estipulado en el artículo 43 del Código Municipal, mismo que en adelante dirá: Conforme a la potestad conferida por el artículo 169 de la Constitución Política, los artículos 4 inciso a, 13 inciso c y e, 17 inciso a y 43 del Código Municipal, Ley Nº 7794, Ley Nº 8839 Gestión Integral de Residuos Sólidos, Ley Orgánica del Ambiente, la Ley de Biodiversidad, Ley de Tránsito y leyes conexas a los efectos de la consulta pública referida en el numeral 43 del Código Municipal acuerda emitir siguiente:

REGLAMENTO MUNICIPAL PARA LA GESTIÓN INTEGRAL DE LOS RESIDUOS SÓLIDOS DEL CANTÓN CENTRAL DE CARTAGO

  • a)Que el artículo 50 de la Constitución Política reconoce el derecho de toda persona a gozar de un ambiente sano y ecológicamente equilibrado, así como el deber del Estado de garantizar, defender y preservar dicho derecho.
  • b)Que de conformidad con el artículo 169 de la Constitución Política corresponde a la municipalidad la administración de los intereses y servicios locales.
  • c)Que de conformidad con la Ley para la Gestión Integral de Residuos Nº 8839, corresponde a las municipalidades la gestión integral de residuos sólidos en su cantón.
  • d)Que, de conformidad con el artículo 4 del Código Municipal, el Concejo puede organizar mediante reglamento, la prestación de los servicios públicos municipales.
  • e)Que el artículo 28 de la Ley Orgánica del Ambiente Nº 7554, establece que es función del Estado, las municipalidades y los demás entes públicos, definir y ejecutar políticas nacionales de ordenamiento territorial, tendientes a regular y promover los asentamientos humanos y las actividades económicas y sociales de la población, así como el desarrollo físico-espacial, con el fin de lograr la armonía entre el mayor bienestar de la población, el aprovechamiento de los recursos naturales y la conservación del ambiente.
  • f)Que se hace necesario regular los diferentes aspectos del manejo de los residuos sólidos con el fin de promover la gestión integral de los mismos en el cantón.

Considerando:

CAPÍTULO PRIMERO

Disposiciones Generales

1

El presente Reglamento tiene por objeto dar sustento legal y ordenar la gestión integral de los residuos sólidos generados en el Cantón Central de Cartago, mediante la planificación y ejecución de acciones regulatorias, operativas, financieras, administrativas y educativas.

Además, define las responsabilidades de los diferentes actores y generadores de residuos del cantón; regula la recolección, el transporte, almacenamiento, valorización, tratamiento y disposición final adecuada de residuos sólidos en el cantón; así como establece la estructura institucional y operativa necesaria para cumplir la gestión integral y complementa las regulaciones nacionales en materia de gestión de residuos.

2

Este Reglamento es de acatamiento obligatorio para todas las personas, físicas y jurídicas, públicas y privadas, generadoras de residuos sólidos ordinarios de competencia municipal que se encuentren localizados dentro del ámbito territorial del cantón.

3

La recolección, transporte, almacenamiento, disposición final y demás aspectos relacionados con la gestión de residuos municipales, cualquiera que sea la actividad o el lugar de generación, se regirá por lo dispuesto en el presente reglamento, la ley para la Gestión de Residuos Sólidos y su respectivo reglamento.

4

Los residuos sólidos generados serán propiedad y responsabilidad de la Municipalidad en el momento de que los usuarios del servicio público sitúan o entregan los residuos para su recolección. Sin embargo, previa autorización de la municipalidad correspondiente, estos residuos podrán ser entregados o recolectados por un gestor autorizado o una empresa mixta, para su valorización, en cuyo caso corresponde a este la propiedad y la responsabilidad de su manejo. Es armónico con el artículo 40 de la LGIRS

5

Para los efectos de este reglamento se entiende por:

Almacenamiento en la fuente: Acopio de residuos sólidos, inmediato a su generación.

Centros de acopio: Lugares de almacenamiento, clasificación o embalaje de residuos aprovechables, en condiciones higiénicas que no pongan en peligro la salud humana o contaminen el medio ambiente y deben contar con infraestructura sanitaria adecuada Consumo sostenible: Adquirir productos de manera moderada y responsable de manera tal que se logre una reducción en el nivel de consumo de la población.

Educación ambiental: Es el proceso de reconocer valores y aclarar conceptos para crear habilidades y actitudes necesarias, tendientes a comprender y apreciar la relación mutua entre el el ser humano, su cultura y el medio biofísico circundante, por lo tanto la educación ambiental es un proceso continuo en el cuál los individuos y la colectividad toman conciencia de su medio y adquieren los valores, las competencias y la voluntad para hacerlos capaces de actuar en la resolución de problemas actuales y futuros del medio ambiente.

Fuente de generación de residuos: Sitio donde se generan los residuos, por ejemplo hogares, industrias, escuelas, comercios, universidades, entre otros.

Generador: Persona física de hecho o irregular jurídica que produce residuos, a través del desarrollo de procesos productivos, de comercialización o de consumo.

Generador comercial industrial y de servicios: son todos los negocios como pulperías, miniy supermercados, tiendas de todo tipo, verdulerías, floristerías, venta de muebles, talleres mecánicos, sodas, restaurantes, casas de habitación con algún tipo de comercio, mercados, entre otros. En este tipo de usuario, los generadores de los residuos son las personas que trabajan y visitan los comercios, además de los residuos generados por la propia actividad y que de manera conjunta los disponen para que la municipalidad los recolecte, transporte, trate y les dé la disposición final.

Generador residencial: son todas las casas de habitación, condominios, apartamentos que se utilizan únicamente como vivienda familiar entre otros. En este tipo de usuario, los generadores de los residuos son las personas que habitan cada unidad habitacional, o de manera conjunta disponen de dichos residuos para que la municipalidad los recolecte, transporte, trate y les dé la disposición final.

Generador de gobierno e instituciones: son todos las instituciones públicas no comprendidas en las categorías anteriores.

Gestión integral de residuos sólidos: conjunto articulado e interrelacionado de acciones regulatorias, operativas, financieras, administrativas, educativas, de planificación, monitoreo y evaluación para el manejo de los residuos, desde su generación hasta la disposición final.

Gestores de residuos sólidos: persona física o jurídica, pública o privada, encargada de la gestión total o parcial de los residuos, y autorizada conforme a lo establecido en la ley 8839 y sus reglamentos.

Gestión de residuos especiales: Es el manejo adecuado de aquellos residuos que por su composición, necesidades de transporte, condiciones de almacenaje, volumen de generación, formas de uso o valor de recuperación, o por una combinación de aquellos, implican riesgos significativos a la salud y al ambiente. El manejo adecuado conlleva beneficios por la reducción de impactos ambientales a través de su valorización.

Grandes generadores de residuos: Son generadores que producen independientemente de su categoría una cantidad de 7000 kilos anuales.

Residuos: Consiste en todo material o producto cuyo generador o poseedor desea o debe deshacerse de él, y que se encuentra en estado sólido o semisólido, contenido en recipientes o depósitos, y que puede ser susceptible de ser valorizado o requiere sujetarse a tratamiento o disposición final.

Recolección de residuos sólidos: Servicio de transporte de residuos sólidos entre el almacenamiento primario o intermedio y plantas de compostaje o centros de acopio o industrias de aprovechamiento o la disposición final de los residuos sólidos no aprovechables en depósitos técnicos-rellenos sanitarios Residuos valorizables: Residuos sólidos que pueden ser reincorporados en la naturaleza, o ser reutilizados por la sociedad, sin perjuicio para la salud humana o del medio ambiente y que por su composición permiten rescatar algún valor económico o ser usados como materia prima en procesos industriales.

Residuos no tradicionales: Estos residuos son aquellos voluminosos, que no se generan diariamente y que por su tamaño no se pueden colocar en el camión recolector tradicional.

Por ejemplo: escombro de construcción, muebles, electrodomésticos, baterías, fluorescentes muebles, llantas, entre otros.

Residuos orgánicos: Son residuos biodegradables que se descomponen en un lapso de tiempo menor a otros se incluyen en esta categoría los residuos compostables, de origen vegetal: restos de alimentos, frutas, verduras, cáscaras y residuos de jardín. Se excluyen los restos de alimento de origen animal.

Residuos sólidos comerciales: Son aquellos generados en establecimientos comerciales Residuos sólidos domiciliar: Son los generados en las casas de habitación como producto de las actividades cotidianas familiares.

Residuos sólidos de gobierno e instituciones: Son los generados en instituciones públicas o privadas exceptuando hospitales y terminales aéreas.

Reciclaje: Proceso mediante el cual los materiales reaprovechables y segregados de los residuos se reincorporan como materia prima al ciclo productivo.

Reutilización: usar un producto o material varias veces o darle otro uso sin cambiar su estado físico. Se refiere a la reutilización de productos que normalmente van al relleno sanitario o disposición final (por ejemplo, reutilizar las botellas de vidrio para almacenar productos del hogar).

Reducir: se refiere a la acción de evitar todo aquello que de una u otra forma se genera un desperdicio innecesario.

Responsabilidad extendida del productor: Es la responsabilidad que debe tener el productor o importador sobre su producto durante todo el ciclo de vida de este, incluyendo las fases postindustrial y pos consumo Separación de residuos en la fuente: Acción de separar y embalar adecuadamente los residuos en la fuente generadora en sus principales componentes Tasa de los servicios de residuos sólidos municipales: tarifa establecido, que el usuario debe pagar, a cambio de recibir un servicio, sea prestado éste por una entidad pública, privada o mixta y puede ser determinado "por debajo, igual o por encima del costo total, necesario para la prestación del servicio.

Tratamiento adecuado de los residuos sólidos: Proceso mediante el cual se obtiene beneficios económicos, al medio ambiente, sociales a partir de un manejo responsable y correcto de residuos.

Obligaciones y competencias de la Municipalidad

CAPÍTULO SEGUNDO

6

1. Planear, diseñar, instrumentar, operar y autorizar la prestación del servicio público de gestión integral de residuos sólidos.

2. Elaborar, instrumentar y operar las campañas de educación ambiental e información necesarias para la correcta implementación del manejo integral de los residuos sólidos.

3. Supervisar y monitorear la correcta prestación del servicio público de manejo integral de residuos sólidos de competencia municipal.

4. Realizar campañas de prevención y minimización, acopio, reuso, recuperación y separación de los residuos valorizables contenidos en los residuos sólidos de competencia municipal.

5. Estimular y promover con la población las actividades necesarias para la vigilancia y cumplimiento del presente reglamento.

6. Establecer e informar a la población las rutas, horarios y periodicidad en que se prestará el servicio de residuos sólidos ordinarios y valorizables 7. Coordinar con las autoridades nacionales, en la vigilancia del cumplimiento de la normativa vigente.

8. Determinar, en conjunto con el área financiera municipal mediante un estudio de costos, el monto de las tasas por el servicio a que estará sujeta la prestación del servicio público de aseo urbano, y recolección, tratamiento de residuos y limpieza de Parques y obras de Ornato cuando sea prestado directamente por la Municipalidad.

9. Prohibir la separación de los residuos en los camiones de recolección o transporte de residuos sólidos.

10. Prevenir y realizar las gestiones necesarias para eliminar los vertederos y botaderos clandestinos en el cantón y el acopio no autorizado.

11. Impulsar sistemas alternativos para la recolección selectiva de residuos valorizables.

12. Coordinar con otras autoridades municipales para la aplicación de acciones conjuntas para la prevención y gestión integral de residuos sólidos de competencia municipal.

13. Garantizar la disposición final de los residuos ordinarios generados en el cantón, en un sitio que cuente con los permisos de funcionamiento vigentes.

7

Son competencias de la Municipalidad las siguientes:

1. Formular y presentar convenios con empresas locales, grupos organizados, asociaciones u otras entidades públicas y privadas para el mejoramiento de la gestión de los residuos sólidos.

2. Realizar compañas de información, educación y sensibilización sobre la gestión integral de residuos sólidos en el cantón 3. Actualizar las tarifas y aplicar tarifas diferenciadas para la recolección, transporte, valorización, tratamiento y disposición final de los residuos para garantizar la sostenibilidad del servicio.

4. Garantizar que en su territorio se provea el servicio de manejo de residuos de manera periódica y eficiente para todos los habitantes, así como promover la separación de residuos.

5. Definir la frecuencia de recolección según el análisis de rutas y censo poblacional a servir.

6. Informar a los usuarios del servicio" sobre la forma de separar, preparar y entregar los residuos.

7. Realizar las denuncias de incumplimientos a la Ley para la Gestión Integral de Residuos Nº 8839, la Ley General de Salud Nº 5395, La Ley Orgánica del Ambiente Nº 7554, La Ley de Biodiversidad Nº 7788 o cualquier otra legislación relacionadas ante los órganos competentes con respecto a las sanciones administrativas.

8. Elaborar y ejecutar el Plan Municipal para la Gestión Integral de los Residuos Sólidos del cantón, acorde a la Política Nacional de Gestión Integral de Residuos, la Ley para la Gestión Integral de Residuos, Ley Nº 8839 y/o su reglamento.

9. Promover la instalación y operación de centros de recuperación de residuos valorizables.

10. Impulsar la colocación de sistemas alternativos para la recolección selectiva de residuos valorizables en lugares accesibles a los ciudadanos para facilitar la recolección de residuos.

8

A . Departamento Gestión Ambiental, le corresponde:

1. Mantener actualizado el Plan Municipal de Gestión Integral de Residuos Sólidos (PMGIRS) en concordancia con la Política Nacional para la Gestión Integral de Residuos, el Plan Nacional para la Gestión Integral de Residuos (PRESOL), La Ley para la Gestión Integral de Residuos (LGIR), Reglamentos derivados y la Estrategia Nacional de Separación, Recuperación y Valorización (ENSRVR) 2016-2021.

2. Crear y mantener actualizado el Reglamento Municipal para la Gestión Integral de Residuos Sólidos.

3. Garantizar que, en el Programa de Educación y Sensibilización Ambiental Municipal, se incluya y mantenga actualizado el tema de la Gestión Integral de Residuos Sólidos.

4. Realizar en conjunto con áreas vinculadas a la gestión de residuos, estudios, investigaciones, inventarios y monitoreo que contribuyan a la toma de decisiones sobre la Gestión Integral de Residuos Sólidos.

5. Promover la separación, instalación y operación de centros de recuperación de residuos valorizables.

6. Impulsar sistemas alternativos para la recolección separada de residuos valorizables.

7. Prevenir y realizar las gestiones necesarias para erradicar los botaderos clandestinos de residuos a cielo abierto en el cantón.

8. Regular y vigilar la instalación y operación de los sistemas de gestión integral de los residuos sólidos existentes a lo interno del Municipio.

9. Coordinar con el Ministerio de Salud en la atención de las responsabilidades y obligaciones que se mencionan en la Ley para la Gestión Integral de Residuos tanto de la municipalidad como de dicho ministerio 10. Atender de las denuncias que presente cualquier actor social del cantón, así como el traslado de cualquier denuncia de otras dependencias municipal o cualquier funcionario municipal y aplicación de la respectiva sanción según lo indicado en el Capítulo Octavo de este reglamento.

B. Departamento de Recolección de Residuos, le corresponde:

1. Coordinar los procesos técnicos de recolección, transporte, valorización, tratamiento y disposición final de los residuos ordinarios del cantón.

2. Prestar el servicio de recolección de residuos ordinarios de una forma eficiente en los 11 distritos del cantón.

3. Establecer las rutas, horarios y periodicidad en que se prestará el servicio público de recolección 4. Impulsar la recolección selectiva promoviendo la separación de residuos desde la fuente.

5. Promover en los desarrollos urbanísticas de índole privado la utilización de depósitos que ayuden a reducir el vertido de residuos en la vía.

C. Departamento Aseo de Vías, le corresponde:

1. Prestar el servicio de limpieza de vías en los sectores de los distritos de Oriente y Occidente, y en cualquier otro distrito que se decida en el fututo brindar el servicio.

2. Establecer la programación y registro de los sectores (calles y avenidas) por limpiar de manera eficaz y efectiva.

3. Promover un ambiente de Aseo Urbano adecuado, que contribuya a la salud y bienestar de los ciudadanos cartagineses.

D. Departamento de Parques y Obras de Ornato, le corresponde:

1. Prestar el servicio de limpieza de Parques y Ornato, en los Parques Municipales comprendidos en los sectores de los distritos Oriente y Occidente y en cualquier otro distrito que se decida en el fututo brindar el servicio.

2. Establecer la programación y registro de parques por limpiar de manera eficaz y efectiva.

3. Ejecutar actividades de ornato, limpieza y chapea de parques y su acera, coordinación para la recolección de los residuos y zacate, así como el mantenimiento básico de los Jardines en las Plazas siguientes: Plaza Mayor, Parque del Museo Municipal, Plaza de María Auxiliadora, Plaza Jesus Jimenez y Ruinas Santiago Apóstol.

Responsabilidades de los Generadores

CAPÍTULO TERCERO

9

1. Almacenar temporalmente los residuos generados en su propiedad o lugar de actividad de tal forma, que no causen ningún impacto ambiental significativo o riesgo a su salud o de otras personas de la comunidad hasta que la municipalidad o el gestor autorizado se apersone para realizar el retiro de estos.

2. Disponer los residuos en bolsas o recipientes cerrados, que no deben estar por encima de los 25Kg para una adecuada manipulación y carga.

3. Separar los residuos desde su origen o fuente y dispuestos para su debida recolección, en las zonas donde la Municipalidad ofrece el servicio de recolección de residuos valorizables de manera diferenciada y entregarlos secos y libres de residuos orgánicos 4. Empacar los residuos punzo-cortantes individualmente para reducir al máximo el riesgo para el personal recolector, de tal forma que las agujas deben ser dispuestas en botellas plásticas con tapa, debidamente cerradas. Asimismo, los vidrios, objetos cerámicos y cortantes, deben ser debidamente empacados en cartón asegurándose con cinta adhesiva su adecuado cierre.

5. Colocar los residuos en el suelo o en cestas públicas, al frente de su propiedad, o en un contenedor colectivo, en los dominios de la vía pública, de forma que no puedan ser alcanzados por animales y no constituyan un riesgo para conductores y peatones.

6. Recoger y depositar nuevamente en un recipiente, los residuos que sean esparcidos en la vía pública antes de ser recolectados, así como mantener limpios los sitios en lo que se ubiquen los contenedores, basureros o frentes de sus propiedades.

7. Respetar los horarios establecidos por la municipalidad o el gestor autorizado. La recolección de residuos en el centro de la ciudad, se deberá poner a disposición de la municipalidad a las 18:00 horas.

8. Depositar los residuos en un contenedor de uso colectivo, a la orilla de la calle principal con el diseño que la municipalidad considere para cada caso, en la entrada de propiedades ubicadas en condominios, edificios de dos pisos o más, callejones y alamedas donde el vehículo recolector no pueda transitar. La limpieza de estos contenedores es responsabilidad de los usuarios del servicio.

9. Disponer de forma adecuada mediante alternativas de descomposición natural las excretas de animales ya que son residuos no recibidos en el servicio de recolección de residuos que presta el municipio.

10

1. Todas las empresas acogidas al régimen de Zona Franca, deberán coordinar con el Departamento Gestión Ambiental, la entrega de los residuos a las municipalidades.

2. Todo generador del sector industrial debe de contar y mantener actualizado un plan de manejo de residuos debidamente autorizado por el Ministerio de Salud y la municipalidad. Tanto la municipalidad como el Ministerio de Salud cuando lo requiera está autorizado a solicitarlo o realizar inspección en sitio.

11

1. Todo generador del sector institucional tiene la obligación de separar los residuos desde la fuente, para que sean entregados a los gestores autorizados por el Ministerio de Salud o la misma Municipalidad.

12

El generador de residuos de tipo especial y peligroso según la categorización indicada en la Estrategia Nacional de Separación, Recuperación y Valorización de Residuos (ENSRVR) 2016-2021 debe acatar su responsabilidad extendida como productor o importador de dichos productos durante todo el ciclo de vida de este, incluyendo las fases postindustrial y pos consumo.

13

Los encargados de ferias, conciertos, actividades deportivas u otras actividades o eventos públicos o privados que se efectúen en el cantón, a la hora de obtener los respectivos permisos municipales, deben garantizar que se harán cargo de todos los residuos sólidos de dicha actividad, incluyendo la colocación de recipientes para la recolección separada de los residuos valorizables, y garantizar su recolección, tratamiento y disposición final. Ello debe ser demostrado como requisito para otorgar la licencia temporal de funcionamiento.

Centros de recuperación de materiales

CAPÍTULO CUARTO

14

Facultad de instalarlos y de autorizar a terceros. La Municipalidad tiene la facultad de instalar y operar centros de recuperación de materiales valorizables o autorizar a terceros, para la acumulación, clasificación y comercialización de los mismos. Para ser autorizado, el tercero interesado deberá contar con licencia de funcionamiento (patente municipal) para los casos de actividades lucrativas y cumplir con los requisitos nacionales para la operación y funcionamiento de los Centros de Recuperación de Residuos Valorizables.

15

Los centros de recuperación de materiales deben, de previo a iniciar labores, cumplir con el Reglamento de Centros de Recuperación de Residuos Valorizables (Decreto Ejecutivo Nº 35906 S o la normativa que la sustituya), además contar con los permisos respectivos del Ministerio de Salud, de la Municipalidad y cumplir con los requisitos laborales y ambientales que establezca la legislación vigente.

16

Deben presentar las condiciones higiénicas, de seguridad industrial, ornato, evitar la contaminación del aire, agua, suelo, de acuerdo con las normas en vigencia.

Manejo de residuos especiales y peligrosos

CAPÍTULO QUINTO

17

La responsabilidad por el manejo de los residuos provenientes de la construcción o demolición corresponde al dueño de la propiedad, el cual debe garantizar su recolección, transporte y disposición final en forma directa o mediante un gestor autorizado. El sitio de disposición debe cumplir con los requisitos legales y evitar ser una molestia para los vecinos, debe mantener limpias y libres de material o residuo las aceras, calles, áreas de uso común y lotes baldíos, dentro del perímetro del sitio.

Previamente y como requisito de aprobación de la licencia, de demolición y o construcción, incluso por obra menor el interesado deberá presentar a la Direccion de Urbanismo el plan de manejo de los residuos generados y el contrato con la empresa que va a realizar la gestión de recolección de este tipo de residuos

18

Los residuos peligrosos que se generen en las actividades industriales, comerciales y de servicios deben ser manejados de conformidad con el Reglamento sobre Residuos Peligrosos Industriales (Decreto Ejecutivo Nº 27001 o la normativa que la sustituya) y deben ser entregados por sus generadores industriales y comerciales a un gestor autorizado.

19

Para el tratamiento de los residuos infectocontagiosos se debe seguir los lineamientos del Reglamento sobre la gestión de los desechos infectocontagiosos que se generan en establecimientos que presten atención a la salud y afines (Decreto Ejecutivo Nº 30965-S o la normativa que lo sustituya) y cualquier otra indicación del Ministerio de Salud.

20
21

Para el tratamiento de los residuos Llantas usada se debe seguir los lineamientos de Decreto Ejecutivo N° 33745-S del 8 de febrero del 2007 Reglamento sobre Llantas de Desecho o la normativa que la sustituya.

22

Centros de acopio comunal

CAPÍTULO SEXTO

23

Los barrios, comunidades, asociaciones o cualquier tipo de organización comunal no lucrativa, pueden constituir centros de acopio para almacenar los residuos valorizables para posteriormente recibir el servicio de recolección por parte de la Municipalidad, debiendo destinar los recursos percibidos por estas actividades únicamente en beneficio de la comunidad o de la organización comunal.

24

Los centros de acopio comunales deben tener una persona debidamente capacitada en el manejo correcto de los residuos sólidos valorizables así mismo será la persona encargada de la organización, el orden del lugar de coordinar con la municipalidad.

25

Los centros de acopio comunal deben, previo a entrar en operación, coordinar y llegar a acuerdos con la municipalidad. La Municipalidad supervisará el funcionamiento de los centros de acopio comunal, a fin de verificar que no afectan las comunidades en que se asientan y para garantizar el orden y eficiencia en la recepción de los residuos.

26

Los centros de acopio comunal deben localizarse en áreas que tengan acceso los vecinos del sector pero que sean de carácter privado para evitar desorden en áreas públicas o esparcimiento de los residuos. Además, los centros de acopio comunal deben tener acceso para el camión recolector.

27

La Municipalidad en coordinación con otros actores sociales realizará actividades de educación que permitan a las comunidades adquirir las destrezas para clasificar sus residuos valorizables y sensibilizarlos sobre las ventajas que esto trae, la importancia de un buen manejo de los residuos sólidos y las responsabilidades de las comunidades como generadores.

Promoción, Incentivos, prohibiciones y sanciones

CAPITULO SETIMO

28
29

La Municipalidad en conjunto con todos los actores sociales interesados contribuirán y promoverán la gestión integral de residuos sólidos. De esta manera deberá incorporar dentro de su presupuesto anual los costos relacionados con campañas publicitarias y de educación ambiental de residuos sólidos.

30

Este reconocimiento se realizará anualmente mediante un simbólico galardón en la celebración del Día Mundial del Ambiente en el mes de junio.

31
32

1. Depositar residuos de manejo especial o residuos peligrosos en los recipientes de almacenamiento, de uso público o privado para ser recolectados por el servicio ordinario.

2. Deshacerse de los residuos especiales, peligrosos o de alto riesgo a través de los servicios domésticos, comercial o de aseo urbano, debiendo para ello utilizar los servicios de empresas autorizadas por esa actividad. Se incluyen dentro de estos residuos materiales de construcción, residuos de pinturas y sus envases, baterías de vehículos, escombro, grasas y aceites de cocina y en general, residuos electrónicos, y otros de tal naturaleza.

3. Remover o extraer el contenido de las bolsas de residuos sólidos ordinarios, una vez colocados en el sitio de recolección.

4. Entregar animales muertos o partes de estos para ser recolectados por el servicio de recolección ordinario municipal.

5. Disponer o entregar excretas de animales provenientes de fincas, granjas, locales comerciales o criaderos, ni los residuos provenientes de plantas de tratamiento de aguas negras o industriales, biodigestores o tanques sépticos.

6. Que los dueños o los responsables de los animales de compañía dejen las excretas de estos en las aceras, los parques, las calles, los jardines público y demás lugares públicos, ello indicado además en Ley 7451 Ley de Bienestar de los Animales o la normativa que la sustituya.

7. Arrojar residuos sólidos o de cualquier tipo en vía pública, parques, áreas de esparcimiento y uso común, áreas de protección de cuerpos de agua, laderas, alcantarillas, lotes o predios, carreteras y en general en todo sitio no autorizado para ello.

8. Gestionar, almacenar, valorizar, tratar y disponer de residuos ordinarios en condiciones contrarias a las establecidas o en horarios, lugares o condiciones no autorizados o diferentes a los aprobados y establecidos por las autoridades competentes.

9. Quemar, enterrar, almacenar o acumular al aire libre, sin ningún tipo de tratamiento preventivo, cualquier tipo de residuo sólido.

33

Según lo indicado en Ley para la Gestión Integral de Residuos, Ley Orgánica del Ambiente y Código Municipal, las infracciones a dicha normativa y a este reglamento, se clasificarán en leves, graves y gravísimas. Las sanciones de las infracciones leves y graves serán competencia de la municipalidad y las gravísimas serán competencia del Tribunal Ambiental.

34

Se consideran infracciones graves y serán sancionadas hasta ocho veces la tarifa más alta del servicio de manejo de residuos, las establecidas en el artículo 49 de la Ley para la Gestión Integral de Residuos Sólidos, la normativa que la sustituya y lo indicado en el Art 32 de este reglamento

35

Se consideran infracciones leves y será sancionado hasta con cinco veces la tarifa que corresponda de acuerdo con la categoría asignada, las establecidas en el artículo 50 de la Ley para la Gestión Integral de Residuos Sólidos, o la normativa que la sustituya y lo indicado en el Art 32 de este reglamento.

36

1. Al momento de aplicar la sanción, los inspectores municipales tendrán carácter de autoridad de policía, con fe pública a fin de hacer constar las anomalías que detecten, por ello el funcionario municipal podrá realizar las inspecciones de verificación, seguimiento o cumplimiento en el momento que lo requieran.

2. Durante la inspección, los inspectores municipales tendrán libre acceso a las instalaciones o los sitios de inspección y podrán hacerse acompañar de las personas expertas que consideren necesarias, así como de la Fuerza Pública o Policía Municipal, quienes están en la obligación de facilitar toda la colaboración que estos requieran para el eficaz cumplimiento de sus funciones. En todo caso, la inspección se realizará garantizando el debido proceso.

3. Cuando corresponda los inspectores municipales deben confeccionar boleta de infracción en la que consignaran el nombre del infractor ya sea persona física o jurídica; el número de identificación o cédula jurídica; la ubicación o el número de finca del inmueble o lugar donde se cometió la infracción y la placa del vehículo, en caso de que corresponda o se cuente con esta; los artículos infringidos y el monto de la multa, así como el plazo para recurrir. Posteriormente esta boleta se traslada a la oficina Gestión Ambiental para su respectivo tramite.

4. Los inspectores municipales consignarán cualquier medio probatorio autorizado por ley, como videos, fotografías o testigos, quienes estarán en la obligación de suministrar la información que se les solicite.

5. El infractor quedará notificado al momento en que se le entrega la boleta de infracción en donde se aplicará la sanción.

6. Si la denuncia no es interpuesta por un funcionario municipal cualquier persona podrá interponerla en la oficina Gestión Ambiental, ya sea en forma presencial o por las plataformas electrónicas municipales.

7. La municipalidad podrá ejecutar el cobro correspondiente a la multa de forma directa o mediante convenio con el Instituto Nacional de Seguros (INS).

8. Las sanciones por las infracciones a las referidas normas legales se cancelarán en un plazo de ocho días hábiles siguientes a su firmeza. En caso de incumplimiento de pago devengarán intereses moratorios equivalentes al promedio simple de las tasas activas de los bancos estatales para créditos del sector comercial y en ningún caso podrá exceder más de diez puntos de la tasa básica pasiva fijada por el Banco Central de Costa Rica, según el artículo 57 de la Ley 4755, Código de Normas y Procedimientos Tributarios, de 4 de junio de 1971; lo anterior deberá ser advertido en la boleta de infracción. La tasa por interés se calcula cada seis meses y se publica en el diario Oficial La Gaceta.

9. Los recursos interpuestos por parte del infractor estarán sujetos a lo establecido en el artículo 171 de la Ley 7794, Código Municipal, de 30 de abril de 1998 o la normativa que lo sustituya.

10. Las conductas y omisiones sancionadas en las normas legales indicadas constituyen sanciones de naturaleza administrativa, que se aplicarán por la autoridad municipal la Ley para la Gestión Integral de Residuos o la normativa que la sustituya.

37

Cuando un mismo contribuyente sea apercibido por cometer una infracción a este reglamento, en más de dos ocasiones en el plazo de un año, la municipalidad podrá cerrar hasta por tres días el local comercial o bien podrá suspender o revocar la licencia comercial según la gravedad de la falta. Adicional se establecerá sanción pecuniaria correspondiente a la infracción.

En todo caso se deberá garantizar el debido proceso y el derecho de defensa de los administrados.

Sin perjuicio de las responsabilidades penales y administrativas, los infractores a las disposiciones contenidas en el presente reglamento, sean personas físicas o jurídicas, serán civil y solidariamente responsables por los daños y perjuicios causados contra el ambiente y la salud de las personas, y deberán restaurar el daño, y, en la medida de lo posible, dejar las cosas en el estado que se encontraban antes de la acción ilícita. Los titulares de las empresas o las actividades donde se causan los daños responderán solidariamente.

Tasas y Tarifas

CAPÍTULO OCTAVO

38
39

En el caso del uso residencial se les asignará de acuerdo al distrito, tal y como está establecido en el modelo tarifario.

Para las propiedades de uso residencial o comercial que no presenten uso y el servicio se brinde como lo indica el artículo 83 del Código Municipal, se cobrará una tarifa "C0" equivalente al cobro de una "R1" Residencial 1, según el modelo tarifario vigente, mientras se mantenga esa condición de no uso.

Asimismo, en el caso de propiedades de uso comercial que presenten más de un local y uno o varios estén desocupados, la tarifa podrá ser reducida proporcionalmente al número de locales que sean ocupados efectivamente.

Para todos estos casos, el interesado deberá presentar una solicitud expresa dirigida al Departamento Comercial, en la que detalle, en el supuesto de comercios con varios locales, el número de locales desocupados.

Es entendido que ese beneficio se mantendrá mientras las residencias, los comercios y los locales se mantengan desocupados, y que una vez que cese tal condición, el interesado deberá comunicarlo a dicho departamento de inmediato, para reajustar la tarifa.

En todo caso, la Municipalidad se reserva la potestad de fiscalizar en cualquier momento estos beneficios, y podrá dejarlos sin efecto si determina que los locales o residencias sí están ocupados. Lo anterior con carácter retroactivo

40

La Municipalidad cobrará una tasa, en todos aquellos sectores determinados en los distritos Oriental, Occidental y en los que en el futuro se preste el servicio, donde existan estructuras superficiales de conducción pluvial como cordón de caño, zanjas o canales a cielo abierto, así como aceras.

41

La tarifa se determinará conforme al artículo 83 del Código Municipal y se incluirá costo efectivo en que incurra la Municipalidad por las actividades que comprenden el servicio, costos directos por concepto de servicios personales y no personales, materiales y suministros, depreciación de maquinaria, equipo e instalaciones, más gastos administrativos; así como un diez por ciento de utilidad para el desarrollo del servicio.

42

Para el cobro de la tarifa, la Municipalidad utilizará el valor registrado y vigente de la propiedad. El cobro se hará en forma mensual, por período vencido, conjuntamente con el cobro de los demás servicios o tributos municipales.

43

El diez por ciento de utilidad para el desarrollo que contempla la tarifa del servicio de aseo de vías y sitios públicos, se destinará prioritariamente a impulsar el mejoramiento de la prestación del servicio.

44

La Municipalidad cobrará una tasa, en los Distritos Oriental y Occidental y en los que en el futuro se preste el servicio. Deberán pagarla todos los propietarios o poseedores por cualquier título de bienes inmuebles ubicados en los Distritos Oriental y Occidental.

Artículo-45 De la tarifa. La tarifa se determinará conforme al artículo 83 del Código Municipal y se incluirá costo efectivo en que incurra la Municipalidad por las actividades que comprenden el servicio, costos directos por concepto de servicios personales y no personales, materiales y suministros, depreciación de maquinaria, equipo e instalaciones, más gastos administrativos; así como un diez por ciento de utilidad para el desarrollo del servicio.

46

Para el cobro de la tarifa, la Municipalidad utilizará el valor de la propiedad registrado y vigente. El cobro se hará en forma mensual, por período vencido, conjuntamente con el cobro de los demás servicios o tributos municipales.

Artículo-47 Destino de los recursos. El diez por ciento de utilidad para el desarrollo que contempla la tarifa del servicio de aseo de vías y sitios públicos, se destinará prioritariamente a impulsar el mejoramiento de la prestación del servicio.

Artículo-48 Determinación de la tasa por el servicio de recolección de residuos. La Municipalidad cobrará una tasa, en los once distritos del cantón por tipo de usuarios y categoría establecida.

Articulo- 49 Metodología de cálculo. Para la clasificación de los usuarios se usan los datos de los registros municipales y se definen los siguientes tipos de usuarios: residencial, comercial, institucional y gobierno. La definición se basa en el criterio del peso, mediante un estudio técnico, estadístico y trabajo de campo.

Artículo-50 De la Tarifa. La tarifa se determinará tomando conforme al artículo 83 del Código Municipal y se incluirá por lo menos lo siguiente costo efectivo en que incurra la Municipalidad por las actividades que comprenden el servicio, al menos los costos directos por concepto de servicios personales y no personales, materiales y suministros, depreciación de maquinaria, equipo e instalaciones, más gastos administrativos; así como un diez por ciento de utilidad para el desarrollo del servicio.

Artículo-51 Destino de los recursos. El diez por ciento de utilidad para el desarrollo que contempla la tarifa de recolección de residuos, se destinará prioritariamente a impulsar el mejoramiento de la prestación del servicio.

Artículo-52 Determinación de la tasa por el servicio de depósito y tratamiento de residuos. La Municipalidad cobrará una tasa, en los once distritos del cantón por tipo de usuarios y categoría establecida.

Articulo- 53 Metodología de cálculo. Para la clasificación de los usuarios se usan los datos de los registros municipales y se definen los siguientes tipos de usuarios: residencial, comercial, institucional y gobierno. La definición se basa en el criterio del peso, mediante un estudio técnico, estadístico y trabajo de campo.

Artículo-54 De la Tarifa. La tarifa se determinará tomando conforme al artículo 83 del Código Municipal y se incluirá por lo menos lo siguiente costo efectivo en que incurra la Municipalidad por las actividades que comprenden el servicio, al menos los costos directos por concepto de servicios personales y no personales, materiales y suministros, depreciación de maquinaria, equipo e instalaciones, más gastos administrativos; así como un diez por ciento de utilidad para el desarrollo del servicio.

Artículo-55 Destino de los recursos. El diez por ciento de utilidad para el desarrollo que contempla la tarifa de depósito y tratamiento, se destinará prioritariamente a impulsar el mejoramiento de la prestación del servicio.

56

Los interesados presentarán sus reclamos ante la Plataforma de Servicios o bien mediante las plataformas digitales que la Municipalidad disponga para tales fines, para lo que deberán 1.Completar el formulario de reclamo, mismo que pueden obtener en la dirección electrónica www.muni- carta.go.cr o tramitarlo directamente en las plataformas digitales 2.Presentar el documento de identidad (en caso de que el reclamo sea realizado por una persona jurídica, se debe adjuntar personería jurídica vigente y copia del documento de identidad del representante legal.) La presentación de estos documentos no será necesaria si ya constan en los archivos municipales, siempre y cuando se encuentren vigentes al momento de presentación del reclamo y, en el caso específico de las personerías, no tengan más de un mes de emitidas.

Una vez recibido el reclamo, se registrará el trámite, se asignará un número de resolución, y modificación de cuentas por cobrar cuando así se determine, lo mismo que su notificación al solicitante al medio señalado en el reclamo.

Para los reclamos que requieran análisis o visto bueno de otras instancias municipales, se coordinará internamente el intercambio de información necesaria para la resolución del reclamo planteado.

Los reclamos deberán resolverse en 10 días hábiles contados a partir del día siguiente de su presentación, salvo que, por justificaciones técnicas debidamente notificadas al interesado, se prorrogue el plazo por un máximo de 30 días hábiles adicionales. En el caso de presentación incompleta del reclamo, aclaración o subsanación de la información, el Departamento Comercial procederá a prevenir al interesado por una única vez, que en el plazo de hasta 10 días hábiles, cumpla con lo prevenido, de no cumplir en el plazo otorgado, se archivará la solicitud sin mayor trámite.

Del Procedimiento de Aprobación.

Capítulo noveno.

57

La administración municipal, integrará una Comisión Técnica para efectos de la elaboración de estudios de las tasas a las que se refiere este reglamento conformada por:

1. Contador de Costos 2. Unidad Ambiental 3. Área de Operaciones y los departamentos correspondientes 4. Dirección Legal 5. Área Tributaria y los departamentos correspondientes

58

1. Categorías por generación 2. Valores de la propiedad 3. Costos del Servicio.

4. Cargos Financieros.

5. Plan de inversiones.

6. Datos de generación de residuos 7. Otros.

59

Una vez elaborado el ante proyecto tarifario, la Comisión Técnica lo trasladara a la Alcaldía, para que ese órgano lo eleve a conocimiento del Concejo Municipal. El Concejo Municipal lo trasladara para su estudio y recomendación a la Comisión de Hacienda y Presupuesto.

60

La Comisión de Hacienda y Presupuesto, recomendará el proyecto al Concejo Municipal, quien a su vez lo aprobará como proyecto para ser publicado en el Diario Oficial La Gaceta.

61

En dicha aprobación por parte del Concejo Municipal, se ordenará otorgar un plazo de un mes a partir de la publicación, citando a una audiencia pública indicando lugar y hora de inicio, o medio en el caso de que sea virtual.

En el supuesto de audiencias presenciales durante pandemias debidamente declaradas se deberán observar todas las disposiciones relativas aforos o demás medidas sanitarias.

62

En el transcurso de los primeros 10 días hábiles del mes se recibirá todo tipo de oposiciones al proyecto tarifario.

63

Toda oposición al proyecto tarifario deberá ser presentada en forma escrita ante la Secretaría del Concejo Municipal, quien las trasladará a la Comisión Técnica para el respectivo dictamen y posterior conocimiento del Concejo Municipal previo dictamen de la Comisión de Hacienda y Presupuesto, una vez concluida la etapa de audiencia pública

64

Las oposiciones presentadas al proyecto tarifario en la audiencia pública se harán en forma verbal. Las oposiciones verbales, serán resumidas y su exposición se hará en 5 minutos.

65

La Audiencia Pública será precedida por el Presidente, quien otorgará la palabra por hasta 30 minutos a los funcionarios municipales que estime pertinente, a efecto de que expongan el proyecto tarifario, lo cual deberán hace de manera sencilla y con el empleo de cualquier medio audiovisual u otro que sea atinente, para la adecuada comprensión de los asistentes. Posteriormente, otorgará el uso de la palabra a los asistentes que se hayan registrado previamente para esos fines, sin posibilidad de que se ceda a otro participante el tiempo que se otorga. En el uso de la palabra, cada interviniente deberá sujetarse al objeto de la audiencia; deberá ser en todo momento respetuoso, en especial para con todas las personas que se encuentren en la audiencia, y se le avisará que su tiempo está por vencer cuando reste un minuto para ello. Escuchados los intervinientes, o después de cada intervención a juicio del Presidente del Concejo, se podrá solicitar aclaraciones a los funcionarios municipales, y de no ser procedente o necesario, se declarará cerrada la audiencia

66

El Secretario del Concejo levantará un acta, con todos los pormenores e incidencias que ocurran en la audiencia pública. El acta de la audiencia pública debidamente firmada, deberá presentarse al Concejo Municipal en la sesión ordinaria inmediata posterior al día de la audiencia.

67

El Concejo Municipal analizará las incidencias y resultados de la audiencia pública previos dictámenes de la Comisión de Hacienda y Presupuesto y de la Comisión Técnica y someterá a votación el Proyecto Tarifario.

68

La Votación para la aprobación del proyecto tarifario, la realizará el Concejo Municipal por mayoría absoluta (la mitad más uno de los miembros del Concejo Municipal).

69

Una vez firme el acuerdo de aprobación del proyecto tarifario por parte del Concejo Municipal, se enviará a publicar en el Diario Oficial La Gaceta, y entrará a regir 30 días hábiles posteriores a su publicación de conformidad con el art 83 del Código Municipal o la norma que lo sustituya.

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