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Municipal Regulation for the Integral Management of Solid Waste in the Central Canton of CartagoReglamento municipal para la gestión integral de los residuos sólidos del Cantón Central de Cartago

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OutcomeResultado

Active lawNorma vigente

The Municipal Regulation for the Integral Management of Solid Waste of the Central Canton of Cartago is definitively approved, establishing obligations for the municipality and generators, regulating collection and disposal services, and setting the applicable rates and sanctions regime.Se aprueba definitivamente el Reglamento Municipal para la Gestión Integral de los Residuos Sólidos del Cantón Central de Cartago, estableciendo obligaciones para la municipalidad y los generadores, regulando los servicios de recolección y disposición, y fijando el régimen de tasas y sanciones aplicables.

SummaryResumen

This regulation, issued by the Municipality of Cartago, establishes the local legal framework for the integral management of solid waste in the canton, in accordance with the Law for the Integral Management of Solid Waste (Law No. 8839), the Organic Environmental Law and other related norms. Its objective is to organize and provide legal backing for the regulatory, operational, financial, administrative and educational actions necessary for the management of waste from generation to final disposal. To this end, it defines the obligations and competencies of the municipality and its departments, as well as the responsibilities of the different generators (households, commercial, industrial and institutional) and authorized managers. The regulation governs aspects such as collection, transportation, storage, recovery, treatment and final disposal of ordinary, special and hazardous solid waste. It also establishes provisions on material recovery centers, community collection centers, promotion of integral management, incentives, prohibitions, infractions and their sanctions, and the procedure for setting rates and tariffs for municipal waste management services. Finally, it details the tariff approval procedure, including the call for public hearing and the publication of agreements.Este reglamento, emitido por la Municipalidad de Cartago, establece el marco normativo local para la gestión integral de residuos sólidos en el cantón, en concordancia con la Ley para la Gestión Integral de Residuos (Ley N° 8839), la Ley Orgánica del Ambiente y otras normas conexas. Su objetivo es ordenar y dar sustento legal a las acciones regulatorias, operativas, financieras, administrativas y educativas necesarias para el manejo de los residuos desde su generación hasta su disposición final. Para ello, define las obligaciones y competencias de la municipalidad y sus dependencias, así como las responsabilidades de los diferentes generadores (domiciliares, comerciales, industriales e institucionales) y de los gestores autorizados. El reglamento regula aspectos como la recolección, el transporte, el almacenamiento, la valorización, el tratamiento y la disposición final de los residuos sólidos ordinarios, especiales y peligrosos. También establece disposiciones sobre centros de recuperación de materiales, centros de acopio comunal, promoción de la gestión integral, incentivos, prohibiciones, infracciones y sus sanciones, y el procedimiento para la fijación de las tasas y tarifas por los servicios municipales de manejo de residuos. Finalmente, detalla el procedimiento de aprobación de las tarifas, incluyendo la convocatoria a audiencia pública y la publicación de los acuerdos.

Key excerptExtracto clave

Article 1-General object. This Regulation aims to provide legal support and order the integral management of solid waste generated in the Central Canton of Cartago, through the planning and execution of regulatory, operational, financial, administrative and educational actions. Article 2-Scope. This Regulation is mandatory for all individuals and legal entities, public and private, generators of ordinary solid waste under municipal jurisdiction that are located within the territorial scope of the canton. Article 33- Infractions. As indicated in the Law for the Integral Management of Waste, the Organic Environmental Law and the Municipal Code, infractions to said norms and to this regulation shall be classified as minor, serious and very serious. Sanctions for minor and serious infractions shall be the competence of the municipality and very serious ones shall be the competence of the Environmental Tribunal.Artículo 1-Objeto general. El presente Reglamento tiene por objeto dar sustento legal y ordenar la gestión integral de los residuos sólidos generados en el Cantón Central de Cartago, mediante la planificación y ejecución de acciones regulatorias, operativas, financieras, administrativas y educativas. Artículo 2-Alcance. Este Reglamento es de acatamiento obligatorio para todas las personas, físicas y jurídicas, públicas y privadas, generadoras de residuos sólidos ordinarios de competencia municipal que se encuentren localizados dentro del ámbito territorial del cantón. Artículo 33- Infracciones. Según lo indicado en Ley para la Gestión Integral de Residuos, Ley Orgánica del Ambiente y Código Municipal, las infracciones a dicha normativa y a este reglamento, se clasificarán en leves, graves y gravísimas. Las sanciones de las infracciones leves y graves serán competencia de la municipalidad y las gravísimas serán competencia del Tribunal Ambiental.

Pull quotesCitas destacadas

  • "Artículo 1-Objeto general. El presente Reglamento tiene por objeto dar sustento legal y ordenar la gestión integral de los residuos sólidos generados en el Cantón Central de Cartago, mediante la planificación y ejecución de acciones regulatorias, operativas, financieras, administrativas y educativas."

    "Article 1-General object. This Regulation aims to provide legal support and order the integral management of solid waste generated in the Central Canton of Cartago, through the planning and execution of regulatory, operational, financial, administrative and educational actions."

    Capítulo Primero, Artículo 1

  • "Artículo 1-Objeto general. El presente Reglamento tiene por objeto dar sustento legal y ordenar la gestión integral de los residuos sólidos generados en el Cantón Central de Cartago, mediante la planificación y ejecución de acciones regulatorias, operativas, financieras, administrativas y educativas."

    Capítulo Primero, Artículo 1

  • "Artículo 33- Infracciones. Según lo indicado en Ley para la Gestión Integral de Residuos, Ley Orgánica del Ambiente y Código Municipal, las infracciones a dicha normativa y a este reglamento, se clasificarán en leves, graves y gravísimas. Las sanciones de las infracciones leves y graves serán competencia de la municipalidad y las gravísimas serán competencia del Tribunal Ambiental."

    "Article 33- Infractions. As indicated in the Law for the Integral Management of Waste, the Organic Environmental Law and the Municipal Code, infractions to said norms and to this regulation shall be classified as minor, serious and very serious. Sanctions for minor and serious infractions shall be the competence of the municipality and very serious ones shall be the competence of the Environmental Tribunal."

    Capítulo Séptimo, Artículo 33

  • "Artículo 33- Infracciones. Según lo indicado en Ley para la Gestión Integral de Residuos, Ley Orgánica del Ambiente y Código Municipal, las infracciones a dicha normativa y a este reglamento, se clasificarán en leves, graves y gravísimas. Las sanciones de las infracciones leves y graves serán competencia de la municipalidad y las gravísimas serán competencia del Tribunal Ambiental."

    Capítulo Séptimo, Artículo 33

  • "Artículo 37- Suspensión o revocatoria de licencias comerciales. Cuando un mismo contribuyente sea apercibido por cometer una infracción a este reglamento, en más de dos ocasiones en el plazo de un año, la municipalidad podrá cerrar hasta por tres días el local comercial o bien podrá suspender o revocar la licencia comercial según la gravedad de la falta."

    "Article 37- Suspension or revocation of commercial licenses. When the same taxpayer is warned for committing an infraction to this regulation more than twice within a one-year period, the municipality may close the commercial premises for up to three days or may suspend or revoke the commercial license according to the seriousness of the fault."

    Capítulo Séptimo, Artículo 37

  • "Artículo 37- Suspensión o revocatoria de licencias comerciales. Cuando un mismo contribuyente sea apercibido por cometer una infracción a este reglamento, en más de dos ocasiones en el plazo de un año, la municipalidad podrá cerrar hasta por tres días el local comercial o bien podrá suspender o revocar la licencia comercial según la gravedad de la falta."

    Capítulo Séptimo, Artículo 37

Full documentDocumento completo

Articles

of the full text - Complete Text of Regulation 0 Municipal regulation for the integrated management of solid waste of the Central Canton of Cartago MUNICIPALIDAD DE CARTAGO The Municipal Council of Cartago informs that, in the ordinary session of July 5, 2022, in article 16 of act No. 170-2022, it was unanimously agreed to definitively approve the Municipal Regulation for the Integrated Management of Solid Waste of the Central Canton of Cartago, which is published in accordance with the provisions of article 43 of the Código Municipal, which hereinafter will state: Pursuant to the power conferred by article 169 of the Constitución Política, articles 4 subsection a, 13 subsections c and e, 17 subsection a and 43 of the Código Municipal, Law No. 7794, Law No. 8839 Gestión Integral de Residuos Sólidos, Ley Orgánica del Ambiente, the Ley de Biodiversidad, Ley de Tránsito and related laws, for the purposes of the public consultation referred to in numeral 43 of the Código Municipal, it agrees to issue the following:

MUNICIPAL REGULATION FOR THE INTEGRATED MANAGEMENT OF SOLID WASTE OF THE CENTRAL CANTON OF CARTAGO

  • a)That article 50 of the Constitución Política recognizes the right of every person to enjoy a healthy and ecologically balanced environment, as well as the duty of the State to guarantee, defend and preserve said right.
  • b)That in accordance with article 169 of the Constitución Política, the administration of local interests and services corresponds to the municipality.
  • c)That in accordance with the Ley para la Gestión Integral de Residuos No. 8839, the integrated management of solid waste in their canton corresponds to the municipalities.
  • d)That, in accordance with article 4 of the Código Municipal, the Council may organize, through regulation, the provision of municipal public services.
  • e)That article 28 of the Ley Orgánica del Ambiente No. 7554, establishes that it is the function of the State, the municipalities and other public entities, to define and execute national territorial planning policies, aimed at regulating and promoting human settlements and the economic and social activities of the population, as well as physical-spatial development, in order to achieve harmony between the greater well-being of the population, the use of natural resources and the conservation of the environment.
  • f)That it is necessary to regulate the different aspects of solid waste management in order to promote the integrated management thereof in the canton.

General Provisions

Considering:

CHAPTER ONE

1

The purpose of this Regulation is to give legal support and to order the integrated management of the solid waste generated in the Central Canton of Cartago, through the planning and execution of regulatory, operational, financial, administrative and educational actions.

Furthermore, it defines the responsibilities of the different actors and waste generators in the canton; regulates the collection, transport, storage, valorization, treatment and adequate final disposal (disposición final) of solid waste in the canton; and establishes the institutional and operational structure necessary to fulfill integrated management and complements the national regulations on waste management.

2

This Regulation is mandatory for all natural and legal persons, public and private, who generate ordinary solid waste under municipal jurisdiction and are located within the territorial scope of the canton.

3

The collection, transport, storage, final disposal (disposición final) and other aspects related to the management of municipal waste, regardless of the activity or place of generation, shall be governed by the provisions of this regulation, the Ley para la Gestión de Residuos Sólidos and its respective regulation.

4

The solid waste generated shall be the property and responsibility of the Municipalidad at the moment the users of the public service place or deliver the waste for collection. However, with prior authorization from the corresponding municipality, this waste may be delivered or collected by an authorized waste manager (gestor autorizado) or a mixed company, for its valorization, in which case the property and responsibility for its management corresponds to the latter. This is consistent with article 40 of the LGIRS.

5

For the purposes of this regulation, the following is understood by:

Storage at the source (Almacenamiento en la fuente): Accumulation of solid waste, immediate to its generation.

Collection centers (Centros de acopio): Places for the storage, classification or packaging of recoverable waste, under hygienic conditions that do not endanger human health or contaminate the environment and must have adequate sanitary infrastructure.

Sustainable consumption (Consumo sostenible): Acquiring products in a moderate and responsible manner so that a reduction in the population's consumption level is achieved.

Environmental education (Educación ambiental): It is the process of recognizing values and clarifying concepts to create the necessary skills and attitudes, aimed at understanding and appreciating the mutual relationship between the human being, their culture and the surrounding biophysical environment; therefore, environmental education (educación ambiental) is a continuous process in which individuals and the community become aware of their environment and acquire the values, the competencies and the will to enable them to act in the resolution of current and future environmental problems.

Waste generation source (Fuente de generación de residuos): Site where waste is generated, for example homes, industries, schools, businesses, universities, among others.

Generator (Generador): Natural person of fact or legal entity that produces waste, through the development of production, commercialization or consumption processes.

Commercial, industrial and service generator (Generador comercial industrial y de servicios): these are all businesses such as small grocery stores (pulperías), mini- and supermarkets, stores of all types, greengrocers, florists, furniture sale, mechanical workshops, small restaurants (sodas), restaurants, dwelling houses with some type of commerce, markets, among others. In this type of user, the generators of the waste are the people who work in and visit the businesses, in addition to the waste generated by the activity itself and which are jointly placed for the municipality to collect, transport, treat and give final disposal (disposición final).

Residential generator (Generador residencial): these are all dwelling houses, condominiums, apartments that are used solely as family housing, among others. In this type of user, the waste generators are the people who inhabit each housing unit, or jointly place said waste for the municipality to collect, transport, treat and give final disposal (disposición final).

Government and institutional generator (Generador de gobierno e instituciones): these are all public institutions not included in the previous categories.

Integrated solid waste management (Gestión integral de residuos sólidos): articulated and interrelated set of regulatory, operational, financial, administrative, educational, planning, monitoring and evaluation actions for the handling of waste, from its generation to final disposal (disposición final).

Solid waste managers (Gestores de residuos sólidos): natural or legal person, public or private, in charge of the total or partial management of waste, and authorized in accordance with the provisions in Law 8839 and its regulations.

Special waste management (Gestión de residuos especiales): It is the adequate management of those wastes that due to their composition, transport needs, storage conditions, volume of generation, forms of use or recovery value, or a combination of these, involve significant risks to health and the environment. Adequate management brings benefits from the reduction of environmental impacts through their valorization.

waste generators (Grandes generadores de residuos): These are generators that produce, regardless of their category, an amount of 7000 kilos annually.

Waste (Residuos): It consists of any material or product that its generator or possessor wishes or must dispose of, and which is in a solid or semi-solid state, contained in containers or receptacles, and which may be susceptible to valorization or requires subjection to treatment or final disposal (disposición final).

Solid waste collection (Recolección de residuos sólidos): Service of transporting solid waste between primary or intermediate storage and composting plants or collection centers (centros de acopio) or recovery industries or the final disposal (disposición final) of non-recoverable solid waste in technical deposits-sanitary landfills.

Recoverable waste (Residuos valorizables): Solid waste that can be reincorporated into nature, or be reused by society, without harm to human health or the environment and that due to its composition allows for the recovery of some economic value or being used as raw material in industrial processes.

Non-traditional waste (Residuos no tradicionales): This waste is that which is bulky, not generated daily, and that due to its size cannot be placed in the traditional collection truck.

For example: construction rubble, furniture, household appliances, batteries, fluorescent tubes, furniture, tires, among others.

Organic waste (Residuos orgánicos): This is biodegradable waste that decomposes in a shorter time span than others; included in this category is compostable waste, of vegetable origin: food scraps, fruits, vegetables, peels and garden waste. Animal-based food scraps are excluded.

Commercial solid waste (Residuos sólidos comerciales): That generated in commercial establishments.

Household solid waste (Residuos sólidos domiciliar): That generated in dwelling houses as a product of daily family activities.

Government and institutional solid waste (Residuos sólidos de gobierno e instituciones): That generated in public or private institutions excepting hospitals and air terminals.

Recycling (Reciclaje): Process by which recoverable materials segregated from waste are reincorporated as raw material into the production cycle.

Reuse (Reutilización): using a product or material several times or giving it another use without changing its physical state. It refers to the reuse of products that normally go to the sanitary landfill or final disposal (disposición final) (for example, reusing glass bottles to store household products).

Reduce (Reducir): refers to the action of avoiding everything that in one way or another generates unnecessary waste.

Extended producer responsibility (Responsabilidad extendida del productor): It is the responsibility that the producer or importer must have for their product throughout its entire life cycle, including the post-industrial and post-consumer phases.

Waste separation at the source (Separación de residuos en la fuente): Action of separating and properly packing waste at the generating source into its main components.

Municipal solid waste service fee (Tasa de los servicios de residuos sólidos municipales): established rate that the user must pay, in exchange for receiving a service, whether provided by a public, private or mixed entity, and which may be determined "below, equal to or above the total cost, necessary for the provision of the service.

Adequate treatment of solid waste (Tratamiento adecuado de los residuos sólidos): Process by which economic, environmental and social benefits are obtained from responsible and correct waste management.

Obligations and Powers of the Municipalidad

CHAPTER TWO

6

1. To plan, design, implement, operate and authorize the provision of the public service of integrated solid waste management.

2. To develop, implement and operate the environmental education and information campaigns necessary for the correct implementation of the integrated management of solid waste.

3. To supervise and monitor the correct provision of the public service of integrated solid waste management under municipal jurisdiction.

4. To carry out campaigns for prevention and minimization, collection, reuse, recovery and separation of the recoverable waste (residuos valorizables) contained in the solid waste under municipal jurisdiction.

5. To stimulate and promote with the population the activities necessary for the monitoring and compliance with this regulation.

6. To establish and inform the population of the routes, schedules and frequency in which the ordinary and recoverable solid waste service will be provided.

7. To coordinate with national authorities, in monitoring compliance with the current regulations.

8. To determine, jointly with the municipal financial area through a cost study, the amount of the fees for the service to which the provision of the public service of urban sanitation, and collection, treatment of waste and cleaning of Parks and Ornamental Works will be subject when provided directly by the Municipalidad.

9. To prohibit the separation of waste in solid waste collection or transport trucks.

10. To prevent and carry out the necessary steps to eliminate clandestine dumpsites and illegal dumping sites (vertederos y botaderos clandestinos) in the canton and unauthorized collection.

11. To promote alternative systems for the selective collection of recoverable waste (residuos valorizables).

12. To coordinate with other municipal authorities for the application of joint actions for the prevention and integrated management of solid waste under municipal jurisdiction.

13. To guarantee the final disposal (disposición final) of the ordinary waste generated in the canton, in a site that has current operating permits.

7

The powers of the Municipalidad are the following:

1. To formulate and present agreements with local companies, organized groups, associations or other public and private entities for the improvement of solid waste management.

2. To carry out information, education and awareness campaigns on integrated solid waste management in the canton.

3. To update rates and apply differentiated rates for the collection, transport, valorization, treatment and final disposal (disposición final) of waste to guarantee the sustainability of the service.

4. To guarantee that in its territory the waste management service is provided periodically and efficiently for all inhabitants, as well as promoting waste separation.

5. To define the collection frequency according to the route analysis and population census to be served.

6. To inform the service users about how to separate, prepare and deliver waste.

7. To file complaints for non-compliance with the Ley para la Gestión Integral de Residuos No. 8839, the Ley General de Salud No. 5395, the Ley Orgánica del Ambiente No. 7554, the Ley de Biodiversidad No. 7788 or any other related legislation before the competent bodies regarding administrative sanctions.

8. To develop and execute the Plan Municipal para la Gestión Integral de los Residuos Sólidos of the canton, in accordance with the Política Nacional de Gestión Integral de Residuos, the Ley para la Gestión Integral de Residuos, Law No. 8839 and/or its regulation.

9. To promote the installation and operation of recovery centers for recoverable waste (residuos valorizables).

10. To promote the placement of alternative systems for the selective collection of recoverable waste (residuos valorizables) in places accessible to citizens to facilitate the collection of waste.

8

A. Departamento Gestión Ambiental, is responsible for:

1. Keeping updated the Plan Municipal de Gestión Integral de Residuos Sólidos (PMGIRS) in concordance with the Política Nacional para la Gestión Integral de Residuos, the Plan Nacional para la Gestión Integral de Residuos (PRESOL), the Ley para la Gestión Integral de Residuos (LGIR), derived Regulations and the Estrategia Nacional de Separación, Recuperación y Valorización (ENSRVR) 2016-2021.

2. Creating and keeping updated the Reglamento Municipal para la Gestión Integral de Residuos Sólidos.

3. Guaranteeing that, in the Programa de Educación y Sensibilización Ambiental Municipal, the topic of Gestión Integral de Residuos Sólidos is included and kept updated.

4. Carrying out, jointly with areas linked to waste management, studies, research, inventories and monitoring that contribute to decision-making on the Gestión Integral de Residuos Sólidos.

5. Promoting the separation, installation and operation of recovery centers for recoverable waste (residuos valorizables).

6. Promoting alternative systems for the separated collection of recoverable waste (residuos valorizables).

7. Preventing and carrying out the necessary steps to eradicate clandestine open-air waste dumps (botaderos clandestinos) in the canton.

8. Regulating and overseeing the installation and operation of the integrated solid waste management systems existing within the Municipality.

9. Coordinating with the Ministerio de Salud in attending to the responsibilities and obligations mentioned in the Ley para la Gestión Integral de Residuos for both the municipality and said ministry.

10. Attending to complaints filed by any social actor in the canton, as well as the referral of any complaint from other municipal departments or any municipal official and the application of the respective sanction according to what is indicated in Chapter Eight of this regulation.

B. Departamento de Recolección de Residuos, is responsible for:

1. Coordinating the technical processes of collection, transport, valorization, treatment and final disposal (disposición final) of ordinary waste in the canton.

2. Providing the ordinary waste collection service efficiently in the 11 districts of the canton.

3. Establishing the routes, schedules and frequency in which the public collection service will be provided.

4. Promoting selective collection by promoting waste separation from the source.

5. Promoting in private urban developments the use of containers that help reduce waste dumping on the road.

C. Departamento Aseo de Vías, is responsible for:

1. Providing the road cleaning service in the sectors of the Oriente and Occidente districts, and in any other district where it is decided in the future to provide the service.

2. Establishing the programming and registry of the sectors (streets and avenues) to be cleaned in an efficient and effective manner.

3. Promoting an adequate Urban Sanitation environment, which contributes to the health and well-being of Cartago citizens.

D. Departamento de Parques y Obras de Ornato, is responsible for:

1. Providing the cleaning service for Parks and Ornamentation, in the Municipal Parks included in the sectors of the Oriente and Occidente districts and in any other district where it is decided in the future to provide the service.

2. Establishing the programming and registry of parks to be cleaned in an efficient and effective manner.

3. Executing ornamentation, cleaning and weed cutting (chapea) activities for parks and their sidewalks, coordination for the collection of waste and grass clippings (zacate), as well as the basic maintenance of the Gardens in the following Plazas: Plaza Mayor, Parque del Museo Municipal, Plaza de María Auxiliadora, Plaza Jesus Jimenez and Ruinas Santiago Apóstol.

Responsibilities of the Generators

CHAPTER THREE

9

1. To temporarily store the waste generated on their property or place of activity in such a way that it does not cause any significant environmental impact or risk to their health or that of other people in the community until the municipality or the authorized waste manager (gestor autorizado) arrives to remove it.

2. To place the waste in closed bags or containers, which must not be over 25Kg for proper handling and loading.

3. To separate waste from its origin or source and placed for its proper collection, in the areas where the Municipalidad offers the recoverable waste (residuos valorizables) collection service in a differentiated manner, and deliver them dry and free of organic waste.

4. To pack sharp and cutting waste individually to minimize the risk for collection personnel, such that needles must be placed in plastic bottles with caps, properly closed. Likewise, glass, ceramic and cutting objects, must be properly packed in cardboard ensuring their adequate closure with adhesive tape.

5. To place waste on the ground or in public bins, in front of their property, or in a collective container, on the public road right-of-way, in such a way that it cannot be reached by animals and does not constitute a risk for drivers and pedestrians.

6. To pick up and deposit again in a container, the waste that is scattered on the public road before being collected, as well as keeping the sites clean where containers, trash cans or the fronts of their properties are located.

7. To respect the schedules established by the municipality or the authorized waste manager (gestor autorizado). The collection of waste in the city center must be made available to the municipality by 18:00 hours.

8. To deposit the waste in a container for collective use, at the edge of the main street with the design that the municipality considers for each case, at the entrance of properties located in condominiums, buildings of two floors or more, alleyways and tree-lined walks where the collection vehicle cannot travel. The cleaning of these containers is the responsibility of the service users.

9. To adequately dispose of animal excreta through natural decomposition alternatives since these are waste not accepted in the waste collection service provided by the municipality.

10

1. All companies under the Zona Franca regime must coordinate with the Departamento Gestión Ambiental, the delivery of waste to the municipalities.

2. Every generator from the industrial sector must have and keep updated a waste management plan duly authorized by the Ministerio de Salud and the municipality. Both the municipality and the Ministerio de Salud, when required, are authorized to request it or carry out an on-site inspection.

11

1. Every generator from the institutional sector has the obligation to separate waste from the source, so that it is delivered to the waste managers authorized by the Ministerio de Salud or the Municipalidad itself.

12

The generator of special and hazardous waste according to the categorization indicated in the Estrategia Nacional de Separación, Recuperación y Valorización de Residuos (ENSRVR) 2016-2021 must abide by their extended responsibility as a producer or importer of said products during the entire life cycle thereof, including the post-industrial and post-consumption phases.

13

Those in charge of fairs, concerts, sports activities or other public or private activities or events that take place in the canton, at the time of obtaining the respective municipal permits, must guarantee that they will take charge of all the solid waste from said activity, including the placement of containers for the separated collection of recoverable waste (residuos valorizables), and guarantee its collection, treatment and final disposal (disposición final). This must be demonstrated as a requirement for granting the temporary operating license.

Material recovery centers

CHAPTER FOUR

14

Authority to install them and to authorize third parties. The Municipalidad has the authority to install and operate recovery centers for recoverable materials (residuos valorizables) or to authorize third parties, for the accumulation, classification and commercialization thereof. To be authorized, the interested third party must have an operating license (municipal patent) for cases of for-profit activities and comply with the national requirements for the operation and functioning of the Centros de Recuperación de Residuos Valorizables.

15

The material recovery centers must, prior to starting operations, comply with the Reglamento de Centros de Recuperación de Residuos Valorizables (Decreto Ejecutivo No. 35906 S or the regulation that replaces it), also have the respective permits from the Ministerio de Salud, from the Municipalidad and comply with the labor and environmental requirements established by current legislation.

16

They must present hygienic conditions, industrial safety, ornamentation, avoid the contamination of air, water, soil, in accordance with the current regulations.

Management of special and hazardous waste

CHAPTER FIVE

17

The responsibility for the management of waste from construction or demolition corresponds to the property owner, who must guarantee its collection, transport and final disposal (disposición final) directly or through an authorized waste manager (gestor autorizado). The disposal site must comply with legal requirements and avoid being a nuisance for neighbors; it must keep sidewalks, streets, common areas and vacant lots clean and free of material or waste, within the perimeter of the site.

Previously and as a requirement for approval of the demolition and/or construction license, even for minor works, the interested party must present to the Direccion de Urbanismo the management plan for the generated waste and the contract with the company that will carry out the collection management of this type of waste.

18

The hazardous waste generated in industrial, commercial and service activities must be managed in accordance with the Reglamento sobre Residuos Peligrosos Industriales (Decreto Ejecutivo No. 27001 or the regulation that replaces it) and must be delivered by its industrial and commercial generators to an authorized waste manager (gestor autorizado).

19

For the treatment of infectious waste, the guidelines of the Reglamento sobre la gestión de los desechos infectocontagiosos que se generan en establecimientos que presten atención a la salud y afines (Decreto Ejecutivo No. 30965-S or the regulation that replaces it) and any other indication from the Ministerio de Salud must be followed.

20

Non-traditional solid waste that is in the category of special and hazardous such as used tires, air conditioners, refrigerators, electrical appliances (white goods), fluorescent tubes, mattresses, scrap metal, furniture must be accumulated by the generator in their private space until the day corresponding to collection by the Municipalidad; said collection will be carried out through previously established campaigns and duly communicated to users and communities in the official municipal media.

21

For the treatment of used tire waste, the guidelines of Decreto Ejecutivo No. 33745-S of February 8, 2007 Reglamento sobre Llantas de Desecho or the regulation that replaces it must be followed.

22

For the treatment of electronic device waste, the guidelines of Decreto Ejecutivo No. 35933-S of February 12, 2010 Reglamento para la Gestión Integral de Residuos Electrónicos or the regulation that replaces it must be followed.

Community collection centers (Centros de acopio comunal)

CHAPTER SIX

23

Neighborhoods, communities, associations or any type of non-profit community organization may constitute collection centers (centros de acopio) to store recoverable waste (residuos valorizables) to subsequently receive the collection service from the Municipalidad, and must allocate the resources received from these activities solely for the benefit of the community or the community organization.

24

Community collection centers (centros de acopio comunales) must have a person duly trained in the correct management of recoverable solid waste (residuos sólidos valorizables) and this person will also be responsible for the organization, the order of the place and for coordinating with the municipality.

25

Community collection centers (centros de acopio comunal) must, prior to entering into operation, coordinate and reach agreements with the municipality. The Municipalidad will supervise the operation of the community collection centers (centros de acopio comunal), in order to verify that they do not affect the communities in which they are located and to guarantee order and efficiency in the reception of waste.

26

Community collection centers (centros de acopio comunal) must be located in areas that have access for the residents of the sector but are of a private nature to avoid disorder in public areas or scattering of waste. Furthermore, community collection centers (centros de acopio comunal) must have access for the collection truck.

27

The Municipalidad in coordination with other social actors will carry out educational activities that allow communities to acquire the skills to classify their recoverable waste (residuos valorizables) and raise awareness about the advantages this brings, the importance of good management of solid waste and the responsibilities of communities as generators.

Promotion, Incentives, Prohibitions, and Sanctions

CHAPTER SEVEN

28
29

The Municipality, together with all interested social actors, shall contribute to and promote integrated solid waste management. In this way, it must incorporate into its annual budget the costs related to advertising and environmental education campaigns on solid waste.

30

This recognition shall be made annually through a symbolic award at the celebration of World Environment Day in the month of June.

31
32

1. Depositing special management waste or hazardous waste in storage containers, whether for public or private use, to be collected by the ordinary service.

2. Disposing of special, hazardous, or high-risk waste through domestic, commercial, or urban cleaning services; instead, the services of companies authorized for this activity must be used. This waste includes construction materials, paint waste and its containers, vehicle batteries, debris (escombro), kitchen grease and oils, and in general, electronic waste, and others of such a nature.

3. Removing or extracting the contents of ordinary solid waste bags once they are placed at the collection site.

4. Delivering dead animals or parts thereof to be collected by the municipal ordinary collection service.

5. Disposing of or delivering animal excreta from farms, agricultural operations (granjas), commercial premises, or breeding facilities, nor waste from black water or industrial treatment plants, biodigesters, or septic tanks.

6. Allowing the owners or keepers of companion animals to leave their excreta on sidewalks, in parks, on streets, in public gardens, and other public places, as also indicated in Ley 7451 Ley de Bienestar de los Animales or the regulation that replaces it.

7. Throwing solid waste or waste of any kind on public roads, in parks, recreational and common use areas, water body protection areas, hillsides, sewers, vacant lots or properties (lotes o predios), highways, and in general, any site not authorized for this purpose.

8. Managing, storing, recovering (valorizar), treating, and disposing of ordinary waste under conditions contrary to those established or at times, places, or conditions not authorized or different from those approved and established by the competent authorities.

9. Burning, burying, storing, or accumulating in the open air, without any type of preventive treatment, any type of solid waste.

33

As indicated in the Ley para la Gestión Integral de Residuos (Integrated Waste Management Law), the Ley Orgánica del Ambiente (Organic Environmental Law), and the Código Municipal (Municipal Code), infractions of said legislation and this regulation shall be classified as minor (leves), serious (graves), and very serious (gravísimas). The sanctions for minor and serious infractions shall be the competence of the municipality, and very serious ones shall be the competence of the Tribunal Ambiental (Environmental Tribunal).

34

Those established in article 49 of the Ley para la Gestión Integral de Residuos Sólidos, the regulation that replaces it, and what is indicated in Art 32 of this regulation are considered serious infractions and shall be sanctioned with up to eight times the highest rate (tarifa) for the waste management service.

35

Those established in article 50 of the Ley para la Gestión Integral de Residuos Sólidos, or the regulation that replaces it, and what is indicated in Art 32 of this regulation are considered minor infractions and shall be sanctioned with up to five times the rate corresponding according to the assigned category.

36

1. At the moment of applying the sanction, municipal inspectors shall have the character of police authority, with public faith (fe pública) in order to attest to the anomalies they detect; therefore, the municipal official may carry out verification, follow-up, or compliance inspections at the time they require.

2. During the inspection, municipal inspectors shall have free access to the facilities or inspection sites and may be accompanied by the expert persons they deem necessary, as well as by the Fuerza Pública (Public Force) or Policía Municipal (Municipal Police), who are obliged to provide all the collaboration these require for the effective fulfillment of their functions. In any case, the inspection shall be carried out guaranteeing due process.

3. When applicable, municipal inspectors must prepare an infraction ticket (boleta de infracción) in which they shall record the name of the offender, whether an individual or legal entity; the identification number or legal entity ID number (cédula jurídica); the location or the property number (número de finca) of the building or place where the infraction was committed and the vehicle license plate, if applicable or available; the articles infringed and the amount of the fine, as well as the deadline to appeal. Subsequently, this ticket is transferred to the Gestión Ambiental (Environmental Management) office for its respective processing.

4. Municipal inspectors shall record any evidentiary means authorized by law, such as videos, photographs, or witnesses, who shall be obliged to provide the information requested of them.

5. The offender shall be notified at the moment the infraction ticket is delivered to them, concurrently with the application of the sanction.

6. If the complaint is not filed by a municipal official, any person may file it at the Gestión Ambiental office, either in person or through the municipal electronic platforms.

7. The municipality may execute the collection corresponding to the fine directly or through an agreement with the Instituto Nacional de Seguros (INS).

8. The sanctions for infractions of the aforementioned legal norms shall be paid within a period of eight business days following their finality. In case of non-compliance with payment, they shall accrue default interest equivalent to the simple average of the active rates of state banks for commercial sector loans and in no case may exceed ten points above the basic passive rate set by the Banco Central de Costa Rica, according to article 57 of Ley 4755, Código de Normas y Procedimientos Tributarios, of June 4, 1971; the foregoing must be warned in the infraction ticket. The interest rate is calculated every six months and is published in the official newspaper La Gaceta.

9. The appeals filed by the offender shall be subject to the provisions established in article 171 of Ley 7794, Código Municipal, of April 30, 1998, or the regulation that replaces it.

10. The behaviors and omissions sanctioned in the indicated legal norms constitute sanctions of an administrative nature, which shall be applied by the municipal authority, the Ley para la Gestión Integral de Residuos, or the regulation that replaces it.

37

When the same taxpayer is warned for committing an infraction of this regulation on more than two occasions within a period of one year, the municipality may close the commercial premises for up to three days or may suspend or revoke the commercial license according to the severity of the offense. Additionally, a pecuniary sanction corresponding to the infraction shall be established.

In any case, due process and the right to defense of the administered parties shall be guaranteed.

Without prejudice to criminal and administrative responsibilities, the offenders of the provisions contained in this regulation, whether individuals or legal entities, shall be civilly and jointly and severally liable for the damages caused against the environment and the health of persons, and must restore the damage, and, as far as possible, leave things in the condition they were in before the illicit action. The owners of the companies or activities where the damages are caused shall be jointly and severally liable.

Rates and Tariffs (Tasas y Tarifas) Article -38 Collection Criterion The collection criterion used by the Municipality is the unit of weight in kilograms, so the calculation basis for the rate is the weight produced on the property for which said service is provided, establishing differences according to the use destined for the property and the number of occupational units.

Article -39 For the purpose of establishing the payment for waste generation on a property with commercial use based on generation in kilograms, the collection of the intermediate category "C3" defined in the tariff study shall be established per occupational unit that the property has and the uses developed therein.

In the case of residential use, it shall be assigned according to the district, as established in the tariff model.

For properties of residential or commercial use that show no use and the service is provided as indicated in article 83 of the Código Municipal, a "C0" rate shall be charged, equivalent to the charge for one "R1" Residencial 1, according to the current tariff model, as long as that condition of non-use is maintained.

Likewise, in the case of commercial use properties that have more than one premises and one or several are unoccupied, the rate may be proportionally reduced to the number of premises that are effectively occupied.

For all these cases, the interested party must submit an express request addressed to the Commercial Department (Departamento Comercial), detailing, in the case of businesses with several premises, the number of unoccupied premises.

It is understood that this benefit shall be maintained as long as the residences, businesses, and premises remain unoccupied, and that once such condition ceases, the interested party must immediately notify said department to readjust the rate.

In any case, the Municipality reserves the power to audit (fiscalizar) these benefits at any time, and may render them void if it determines that the premises or residences are indeed occupied. The foregoing shall be retroactive.

Article -40 Determination of the rate for the street and public site cleaning service (servicio de aseo de vías y sitios públicos). The Municipality shall charge a rate, in all those sectors determined in the Oriental, Occidental districts and in those where the service is provided in the future, where there exist surface stormwater drainage structures such as curbs (cordón de caño), ditches, or open-air channels, as well as sidewalks.

Article -41 On the tariff. The tariff (tarifa) shall be determined in accordance with article 83 of the Código Municipal and shall include the effective cost incurred by the Municipality for the activities that comprise the service, direct costs for personal and non-personal services, materials and supplies, depreciation of machinery, equipment, and facilities, plus administrative expenses; as well as ten percent profit for the development of the service.

Article -42 Method and frequency of collection. For the collection of the tariff, the Municipality shall use the registered and current property value. The collection shall be made monthly, for the expired period, jointly with the collection of other municipal services or taxes.

Article -43 Destination of the resources. The ten percent profit for development that the tariff for the street and public site cleaning service includes shall be allocated primarily to promote the improvement of the service provision.

Article -44 Determination of the rate for the parks and ornamental works service (servicio de parques y obras de ornato). The Municipality shall charge a rate, in the Oriental and Occidental Districts and in those where in the future the service is provided. All owners or possessors by any title of real estate located in the Oriental and Occidental Districts must pay it.

Article-45 On the tariff. The tariff shall be determined in accordance with article 83 of the Código Municipal and shall include the effective cost incurred by the Municipality for the activities that comprise the service, direct costs for personal and non-personal services, materials and supplies, depreciation of machinery, equipment, and facilities, plus administrative expenses; as well as a ten percent profit for the development of the service.

Article -46 Method and frequency of collection. For the collection of the tariff, the Municipality shall use the registered and current property value. The collection shall be made monthly, for the expired period, jointly with the collection of other municipal services or taxes.

Article-47 Destination of the resources. The ten percent profit for development that the tariff for the street and public site cleaning service includes shall be allocated primarily to promote the improvement of the service provision.

Article-48 Determination of the rate for the waste collection service (servicio de recolección de residuos). The Municipality shall charge a rate, in the eleven districts of the canton by type of user and category established.

Article-49 Calculation Methodology. For the classification of users, data from municipal records are used and the following types of users are defined: residential, commercial, institutional, and government. The definition is based on the criterion of weight, through a technical, statistical study and fieldwork.

Article-50 On the Tariff. The tariff shall be determined in accordance with article 83 of the Código Municipal and shall include at least the following effective cost incurred by the Municipality for the activities that comprise the service, at least the direct costs for personal and non-personal services, materials and supplies, depreciation of machinery, equipment, and facilities, plus administrative service.

Article-51 Destination of the resources. The ten percent profit for development that the waste collection tariff includes shall be allocated primarily to promote the improvement of the service provision.

Article-52 Determination of the rate for the waste deposit and treatment service (servicio de depósito y tratamiento de residuos). The Municipality shall charge a rate, in the eleven districts of the canton by type of user and category established.

Article-53 Calculation Methodology. For the classification of users, data from municipal records are used and the following types of users are defined: residential, commercial, institutional, and government. The definition is based on the criterion of weight, through a technical, statistical study and fieldwork.

Article-54 On the Tariff. The tariff shall be determined in accordance with article 83 of the Código Municipal and shall include at least the following effective cost incurred by the Municipality for the activities that comprise the service, at least the direct costs for personal and non-personal services, materials and supplies, depreciation of machinery, equipment, and facilities, plus administrative service.

Article-55 Destination of the resources. The ten percent profit for development that the deposit and treatment tariff includes shall be allocated primarily to promote the improvement of the service provision.

Article -56 Filing of claims (parks and ornamental works service, waste collection service, waste deposit and treatment service, street and public site cleaning service) Interested parties shall file their claims before the Services Platform (Plataforma de Servicios) or through the digital platforms that the Municipality provides for such purposes, for which they must:

1. Complete the claim form, which can be obtained at the electronic address www.muni- carta.go.cr or process it directly on the digital platforms.

2. Present the identity document (if the claim is made by a legal entity, a current legal entity certification (personería jurídica) and a copy of the identity document of the legal representative must be attached.) The presentation of these documents shall not be necessary if they are already on file in the municipal archives, provided they are current at the time of filing the claim and, in the specific case of the certifications (personerías), they are not more than one month old from their issuance.

Once the claim is received, the procedure shall be registered, a case file number (expediente) shall be assigned, and it shall be forwarded to the Commercial Department for its analysis, resolution, and modification of accounts receivable when so determined, as well as its notification to the applicant via the means indicated in the claim.

For claims that require analysis or approval from other municipal bodies, the necessary exchange of information for the resolution of the filed claim shall be coordinated internally.

Claims must be resolved within 10 business days counted from the day following their filing, unless, for technical justifications duly notified to the interested party, the period is extended for a maximum of 30 additional business days. In the case of an incomplete claim filing, clarification, or rectification of information, the Commercial Department shall proceed to warn (prevenir) the interested party once, that within a period of up to 10 business days, they must comply with the requirement; if they fail to comply within the granted period, the request shall be archived without further processing.

On the Approval Procedure.

CHAPTER EIGHT

Chapter Nine.

57

The municipal administration shall form a Technical Commission for the purpose of preparing studies on the rates referred to in this regulation, composed of:

1. Cost Accountant 2. Unidad Ambiental (Environmental Unit) 3. Operations Area (Área de Operaciones) and the corresponding departments 4. Legal Directorate (Dirección Legal) 5. Tax Area (Área Tributaria) and the corresponding departments

58

Said technical commission shall prepare a preliminary tariff draft (anteproyecto tarifario), for which it shall use the following variables.

1. Categories by generation 2. Property values 3. Service Costs.

4. Financial Charges.

5. Investment plan.

6. Waste generation data 7. Others.

59

Once the preliminary tariff draft is prepared, the Technical Commission shall forward it to the Mayor's Office (Alcaldía), so that this body may raise it to the knowledge of the Municipal Council (Concejo Municipal). The Municipal Council shall forward it for its study and recommendation to the Comisión de Hacienda y Presupuesto (Finance and Budget Committee).

60

The Comisión de Hacienda y Presupuesto shall recommend the draft to the Municipal Council, which in turn shall approve it as a draft to be published in the official newspaper La Gaceta.

61

In said approval by the Municipal Council, it shall be ordered to grant a period of one month from publication, calling a public hearing indicating the place and start time, or the means in the case it is virtual.

In the event of in-person hearings during duly declared pandemics, all provisions relating to capacity limits or other sanitary measures must be observed.

62

Within the first 10 business days of the month, all types of oppositions to the tariff draft shall be received.

63

All opposition to the tariff draft must be presented in writing before the Secretariat of the Municipal Council (Secretaría del Concejo Municipal), which shall forward them to the Technical Commission for the respective opinion (dictamen) and subsequent knowledge of the Municipal Council, after the prior opinion of the Comisión de Hacienda y Presupuesto, once the public hearing stage has concluded.

64

The oppositions presented to the tariff draft in the public hearing shall be made verbally. Verbal oppositions shall be summarized, and their presentation shall be made in 5 minutes.

65

The Public Hearing shall be presided over by the President, who shall grant the floor for up to 30 minutes to the municipal officials they deem pertinent, in order for them to present the tariff draft, which they must do in a simple manner and with the use of any audiovisual or other media that is appropriate, for the adequate understanding of the attendees. Subsequently, they shall grant the floor to the attendees who have previously registered for these purposes, without the possibility of yielding to another participant the time granted. In using the floor, each speaker must adhere to the subject matter of the hearing; must be at all times respectful, especially toward all persons present at the hearing, and they shall be warned that their time is about to expire when one minute remains. Having heard the speakers, or after each intervention at the discretion of the Council President, clarifications may be requested from the municipal officials, and if not appropriate or necessary, the hearing shall be declared closed.

66

The Secretary of the Council shall draw up minutes (acta), with all the details and incidents that occur at the public hearing. The minutes of the public hearing, duly signed, must be presented to the Municipal Council at the ordinary session immediately following the day of the hearing.

67

The Municipal Council shall analyze the incidents and results of the public hearing, following the opinions of the Comisión de Hacienda y Presupuesto and the Technical Commission, and shall submit the Tariff Draft to a vote.

68

The Vote for the approval of the tariff draft shall be carried out by the Municipal Council by absolute majority (half plus one of the members of the Municipal Council).

69

Once the approval agreement for the tariff draft by the Municipal Council is final, it shall be sent for publication in the official newspaper La Gaceta, and shall enter into force 30 business days after its publication, in accordance with Art 83 of the Código Municipal or the norm that replaces it.

Artículos

en la totalidad del texto - Texto Completo Norma 0 Reglamento municipal para la gestión integral de los residuos sólidos del Cantón Central de Cartago MUNICIPALIDAD DE CARTAGO El Concejo Municipal de Cartago informa que, en la sesión ordinaria del 05 de julio del 2022, en el artículo 16° del acta N°170-2022, se acordó por unanimidad, aprobar de forma definitiva el Reglamento Municipal para la Gestión Integral de los Residuos Sólidos del Cantón Central de Cartago, el cual se publica de acuerdo con lo estipulado en el artículo 43 del Código Municipal, mismo que en adelante dirá: Conforme a la potestad conferida por el artículo 169 de la Constitución Política, los artículos 4 inciso a, 13 inciso c y e, 17 inciso a y 43 del Código Municipal, Ley Nº 7794, Ley Nº 8839 Gestión Integral de Residuos Sólidos, Ley Orgánica del Ambiente, la Ley de Biodiversidad, Ley de Tránsito y leyes conexas a los efectos de la consulta pública referida en el numeral 43 del Código Municipal acuerda emitir siguiente:

REGLAMENTO MUNICIPAL PARA LA GESTIÓN INTEGRAL DE LOS RESIDUOS SÓLIDOS DEL CANTÓN CENTRAL DE CARTAGO

  • a)Que el artículo 50 de la Constitución Política reconoce el derecho de toda persona a gozar de un ambiente sano y ecológicamente equilibrado, así como el deber del Estado de garantizar, defender y preservar dicho derecho.
  • b)Que de conformidad con el artículo 169 de la Constitución Política corresponde a la municipalidad la administración de los intereses y servicios locales.
  • c)Que de conformidad con la Ley para la Gestión Integral de Residuos Nº 8839, corresponde a las municipalidades la gestión integral de residuos sólidos en su cantón.
  • d)Que, de conformidad con el artículo 4 del Código Municipal, el Concejo puede organizar mediante reglamento, la prestación de los servicios públicos municipales.
  • e)Que el artículo 28 de la Ley Orgánica del Ambiente Nº 7554, establece que es función del Estado, las municipalidades y los demás entes públicos, definir y ejecutar políticas nacionales de ordenamiento territorial, tendientes a regular y promover los asentamientos humanos y las actividades económicas y sociales de la población, así como el desarrollo físico-espacial, con el fin de lograr la armonía entre el mayor bienestar de la población, el aprovechamiento de los recursos naturales y la conservación del ambiente.
  • f)Que se hace necesario regular los diferentes aspectos del manejo de los residuos sólidos con el fin de promover la gestión integral de los mismos en el cantón.

Considerando:

CAPÍTULO PRIMERO

Disposiciones Generales

1

El presente Reglamento tiene por objeto dar sustento legal y ordenar la gestión integral de los residuos sólidos generados en el Cantón Central de Cartago, mediante la planificación y ejecución de acciones regulatorias, operativas, financieras, administrativas y educativas.

Además, define las responsabilidades de los diferentes actores y generadores de residuos del cantón; regula la recolección, el transporte, almacenamiento, valorización, tratamiento y disposición final adecuada de residuos sólidos en el cantón; así como establece la estructura institucional y operativa necesaria para cumplir la gestión integral y complementa las regulaciones nacionales en materia de gestión de residuos.

2

Este Reglamento es de acatamiento obligatorio para todas las personas, físicas y jurídicas, públicas y privadas, generadoras de residuos sólidos ordinarios de competencia municipal que se encuentren localizados dentro del ámbito territorial del cantón.

3

La recolección, transporte, almacenamiento, disposición final y demás aspectos relacionados con la gestión de residuos municipales, cualquiera que sea la actividad o el lugar de generación, se regirá por lo dispuesto en el presente reglamento, la ley para la Gestión de Residuos Sólidos y su respectivo reglamento.

4

Los residuos sólidos generados serán propiedad y responsabilidad de la Municipalidad en el momento de que los usuarios del servicio público sitúan o entregan los residuos para su recolección. Sin embargo, previa autorización de la municipalidad correspondiente, estos residuos podrán ser entregados o recolectados por un gestor autorizado o una empresa mixta, para su valorización, en cuyo caso corresponde a este la propiedad y la responsabilidad de su manejo. Es armónico con el artículo 40 de la LGIRS

5

Para los efectos de este reglamento se entiende por:

Almacenamiento en la fuente: Acopio de residuos sólidos, inmediato a su generación.

Centros de acopio: Lugares de almacenamiento, clasificación o embalaje de residuos aprovechables, en condiciones higiénicas que no pongan en peligro la salud humana o contaminen el medio ambiente y deben contar con infraestructura sanitaria adecuada Consumo sostenible: Adquirir productos de manera moderada y responsable de manera tal que se logre una reducción en el nivel de consumo de la población.

Educación ambiental: Es el proceso de reconocer valores y aclarar conceptos para crear habilidades y actitudes necesarias, tendientes a comprender y apreciar la relación mutua entre el el ser humano, su cultura y el medio biofísico circundante, por lo tanto la educación ambiental es un proceso continuo en el cuál los individuos y la colectividad toman conciencia de su medio y adquieren los valores, las competencias y la voluntad para hacerlos capaces de actuar en la resolución de problemas actuales y futuros del medio ambiente.

Fuente de generación de residuos: Sitio donde se generan los residuos, por ejemplo hogares, industrias, escuelas, comercios, universidades, entre otros.

Generador: Persona física de hecho o irregular jurídica que produce residuos, a través del desarrollo de procesos productivos, de comercialización o de consumo.

Generador comercial industrial y de servicios: son todos los negocios como pulperías, miniy supermercados, tiendas de todo tipo, verdulerías, floristerías, venta de muebles, talleres mecánicos, sodas, restaurantes, casas de habitación con algún tipo de comercio, mercados, entre otros. En este tipo de usuario, los generadores de los residuos son las personas que trabajan y visitan los comercios, además de los residuos generados por la propia actividad y que de manera conjunta los disponen para que la municipalidad los recolecte, transporte, trate y les dé la disposición final.

Generador residencial: son todas las casas de habitación, condominios, apartamentos que se utilizan únicamente como vivienda familiar entre otros. En este tipo de usuario, los generadores de los residuos son las personas que habitan cada unidad habitacional, o de manera conjunta disponen de dichos residuos para que la municipalidad los recolecte, transporte, trate y les dé la disposición final.

Generador de gobierno e instituciones: son todos las instituciones públicas no comprendidas en las categorías anteriores.

Gestión integral de residuos sólidos: conjunto articulado e interrelacionado de acciones regulatorias, operativas, financieras, administrativas, educativas, de planificación, monitoreo y evaluación para el manejo de los residuos, desde su generación hasta la disposición final.

Gestores de residuos sólidos: persona física o jurídica, pública o privada, encargada de la gestión total o parcial de los residuos, y autorizada conforme a lo establecido en la ley 8839 y sus reglamentos.

Gestión de residuos especiales: Es el manejo adecuado de aquellos residuos que por su composición, necesidades de transporte, condiciones de almacenaje, volumen de generación, formas de uso o valor de recuperación, o por una combinación de aquellos, implican riesgos significativos a la salud y al ambiente. El manejo adecuado conlleva beneficios por la reducción de impactos ambientales a través de su valorización.

Grandes generadores de residuos: Son generadores que producen independientemente de su categoría una cantidad de 7000 kilos anuales.

Residuos: Consiste en todo material o producto cuyo generador o poseedor desea o debe deshacerse de él, y que se encuentra en estado sólido o semisólido, contenido en recipientes o depósitos, y que puede ser susceptible de ser valorizado o requiere sujetarse a tratamiento o disposición final.

Recolección de residuos sólidos: Servicio de transporte de residuos sólidos entre el almacenamiento primario o intermedio y plantas de compostaje o centros de acopio o industrias de aprovechamiento o la disposición final de los residuos sólidos no aprovechables en depósitos técnicos-rellenos sanitarios Residuos valorizables: Residuos sólidos que pueden ser reincorporados en la naturaleza, o ser reutilizados por la sociedad, sin perjuicio para la salud humana o del medio ambiente y que por su composición permiten rescatar algún valor económico o ser usados como materia prima en procesos industriales.

Residuos no tradicionales: Estos residuos son aquellos voluminosos, que no se generan diariamente y que por su tamaño no se pueden colocar en el camión recolector tradicional.

Por ejemplo: escombro de construcción, muebles, electrodomésticos, baterías, fluorescentes muebles, llantas, entre otros.

Residuos orgánicos: Son residuos biodegradables que se descomponen en un lapso de tiempo menor a otros se incluyen en esta categoría los residuos compostables, de origen vegetal: restos de alimentos, frutas, verduras, cáscaras y residuos de jardín. Se excluyen los restos de alimento de origen animal.

Residuos sólidos comerciales: Son aquellos generados en establecimientos comerciales Residuos sólidos domiciliar: Son los generados en las casas de habitación como producto de las actividades cotidianas familiares.

Residuos sólidos de gobierno e instituciones: Son los generados en instituciones públicas o privadas exceptuando hospitales y terminales aéreas.

Reciclaje: Proceso mediante el cual los materiales reaprovechables y segregados de los residuos se reincorporan como materia prima al ciclo productivo.

Reutilización: usar un producto o material varias veces o darle otro uso sin cambiar su estado físico. Se refiere a la reutilización de productos que normalmente van al relleno sanitario o disposición final (por ejemplo, reutilizar las botellas de vidrio para almacenar productos del hogar).

Reducir: se refiere a la acción de evitar todo aquello que de una u otra forma se genera un desperdicio innecesario.

Responsabilidad extendida del productor: Es la responsabilidad que debe tener el productor o importador sobre su producto durante todo el ciclo de vida de este, incluyendo las fases postindustrial y pos consumo Separación de residuos en la fuente: Acción de separar y embalar adecuadamente los residuos en la fuente generadora en sus principales componentes Tasa de los servicios de residuos sólidos municipales: tarifa establecido, que el usuario debe pagar, a cambio de recibir un servicio, sea prestado éste por una entidad pública, privada o mixta y puede ser determinado "por debajo, igual o por encima del costo total, necesario para la prestación del servicio.

Tratamiento adecuado de los residuos sólidos: Proceso mediante el cual se obtiene beneficios económicos, al medio ambiente, sociales a partir de un manejo responsable y correcto de residuos.

Obligaciones y competencias de la Municipalidad

CAPÍTULO SEGUNDO

6

1. Planear, diseñar, instrumentar, operar y autorizar la prestación del servicio público de gestión integral de residuos sólidos.

2. Elaborar, instrumentar y operar las campañas de educación ambiental e información necesarias para la correcta implementación del manejo integral de los residuos sólidos.

3. Supervisar y monitorear la correcta prestación del servicio público de manejo integral de residuos sólidos de competencia municipal.

4. Realizar campañas de prevención y minimización, acopio, reuso, recuperación y separación de los residuos valorizables contenidos en los residuos sólidos de competencia municipal.

5. Estimular y promover con la población las actividades necesarias para la vigilancia y cumplimiento del presente reglamento.

6. Establecer e informar a la población las rutas, horarios y periodicidad en que se prestará el servicio de residuos sólidos ordinarios y valorizables 7. Coordinar con las autoridades nacionales, en la vigilancia del cumplimiento de la normativa vigente.

8. Determinar, en conjunto con el área financiera municipal mediante un estudio de costos, el monto de las tasas por el servicio a que estará sujeta la prestación del servicio público de aseo urbano, y recolección, tratamiento de residuos y limpieza de Parques y obras de Ornato cuando sea prestado directamente por la Municipalidad.

9. Prohibir la separación de los residuos en los camiones de recolección o transporte de residuos sólidos.

10. Prevenir y realizar las gestiones necesarias para eliminar los vertederos y botaderos clandestinos en el cantón y el acopio no autorizado.

11. Impulsar sistemas alternativos para la recolección selectiva de residuos valorizables.

12. Coordinar con otras autoridades municipales para la aplicación de acciones conjuntas para la prevención y gestión integral de residuos sólidos de competencia municipal.

13. Garantizar la disposición final de los residuos ordinarios generados en el cantón, en un sitio que cuente con los permisos de funcionamiento vigentes.

7

Son competencias de la Municipalidad las siguientes:

1. Formular y presentar convenios con empresas locales, grupos organizados, asociaciones u otras entidades públicas y privadas para el mejoramiento de la gestión de los residuos sólidos.

2. Realizar compañas de información, educación y sensibilización sobre la gestión integral de residuos sólidos en el cantón 3. Actualizar las tarifas y aplicar tarifas diferenciadas para la recolección, transporte, valorización, tratamiento y disposición final de los residuos para garantizar la sostenibilidad del servicio.

4. Garantizar que en su territorio se provea el servicio de manejo de residuos de manera periódica y eficiente para todos los habitantes, así como promover la separación de residuos.

5. Definir la frecuencia de recolección según el análisis de rutas y censo poblacional a servir.

6. Informar a los usuarios del servicio" sobre la forma de separar, preparar y entregar los residuos.

7. Realizar las denuncias de incumplimientos a la Ley para la Gestión Integral de Residuos Nº 8839, la Ley General de Salud Nº 5395, La Ley Orgánica del Ambiente Nº 7554, La Ley de Biodiversidad Nº 7788 o cualquier otra legislación relacionadas ante los órganos competentes con respecto a las sanciones administrativas.

8. Elaborar y ejecutar el Plan Municipal para la Gestión Integral de los Residuos Sólidos del cantón, acorde a la Política Nacional de Gestión Integral de Residuos, la Ley para la Gestión Integral de Residuos, Ley Nº 8839 y/o su reglamento.

9. Promover la instalación y operación de centros de recuperación de residuos valorizables.

10. Impulsar la colocación de sistemas alternativos para la recolección selectiva de residuos valorizables en lugares accesibles a los ciudadanos para facilitar la recolección de residuos.

8

A . Departamento Gestión Ambiental, le corresponde:

1. Mantener actualizado el Plan Municipal de Gestión Integral de Residuos Sólidos (PMGIRS) en concordancia con la Política Nacional para la Gestión Integral de Residuos, el Plan Nacional para la Gestión Integral de Residuos (PRESOL), La Ley para la Gestión Integral de Residuos (LGIR), Reglamentos derivados y la Estrategia Nacional de Separación, Recuperación y Valorización (ENSRVR) 2016-2021.

2. Crear y mantener actualizado el Reglamento Municipal para la Gestión Integral de Residuos Sólidos.

3. Garantizar que, en el Programa de Educación y Sensibilización Ambiental Municipal, se incluya y mantenga actualizado el tema de la Gestión Integral de Residuos Sólidos.

4. Realizar en conjunto con áreas vinculadas a la gestión de residuos, estudios, investigaciones, inventarios y monitoreo que contribuyan a la toma de decisiones sobre la Gestión Integral de Residuos Sólidos.

5. Promover la separación, instalación y operación de centros de recuperación de residuos valorizables.

6. Impulsar sistemas alternativos para la recolección separada de residuos valorizables.

7. Prevenir y realizar las gestiones necesarias para erradicar los botaderos clandestinos de residuos a cielo abierto en el cantón.

8. Regular y vigilar la instalación y operación de los sistemas de gestión integral de los residuos sólidos existentes a lo interno del Municipio.

9. Coordinar con el Ministerio de Salud en la atención de las responsabilidades y obligaciones que se mencionan en la Ley para la Gestión Integral de Residuos tanto de la municipalidad como de dicho ministerio 10. Atender de las denuncias que presente cualquier actor social del cantón, así como el traslado de cualquier denuncia de otras dependencias municipal o cualquier funcionario municipal y aplicación de la respectiva sanción según lo indicado en el Capítulo Octavo de este reglamento.

B. Departamento de Recolección de Residuos, le corresponde:

1. Coordinar los procesos técnicos de recolección, transporte, valorización, tratamiento y disposición final de los residuos ordinarios del cantón.

2. Prestar el servicio de recolección de residuos ordinarios de una forma eficiente en los 11 distritos del cantón.

3. Establecer las rutas, horarios y periodicidad en que se prestará el servicio público de recolección 4. Impulsar la recolección selectiva promoviendo la separación de residuos desde la fuente.

5. Promover en los desarrollos urbanísticas de índole privado la utilización de depósitos que ayuden a reducir el vertido de residuos en la vía.

C. Departamento Aseo de Vías, le corresponde:

1. Prestar el servicio de limpieza de vías en los sectores de los distritos de Oriente y Occidente, y en cualquier otro distrito que se decida en el fututo brindar el servicio.

2. Establecer la programación y registro de los sectores (calles y avenidas) por limpiar de manera eficaz y efectiva.

3. Promover un ambiente de Aseo Urbano adecuado, que contribuya a la salud y bienestar de los ciudadanos cartagineses.

D. Departamento de Parques y Obras de Ornato, le corresponde:

1. Prestar el servicio de limpieza de Parques y Ornato, en los Parques Municipales comprendidos en los sectores de los distritos Oriente y Occidente y en cualquier otro distrito que se decida en el fututo brindar el servicio.

2. Establecer la programación y registro de parques por limpiar de manera eficaz y efectiva.

3. Ejecutar actividades de ornato, limpieza y chapea de parques y su acera, coordinación para la recolección de los residuos y zacate, así como el mantenimiento básico de los Jardines en las Plazas siguientes: Plaza Mayor, Parque del Museo Municipal, Plaza de María Auxiliadora, Plaza Jesus Jimenez y Ruinas Santiago Apóstol.

Responsabilidades de los Generadores

CAPÍTULO TERCERO

9

1. Almacenar temporalmente los residuos generados en su propiedad o lugar de actividad de tal forma, que no causen ningún impacto ambiental significativo o riesgo a su salud o de otras personas de la comunidad hasta que la municipalidad o el gestor autorizado se apersone para realizar el retiro de estos.

2. Disponer los residuos en bolsas o recipientes cerrados, que no deben estar por encima de los 25Kg para una adecuada manipulación y carga.

3. Separar los residuos desde su origen o fuente y dispuestos para su debida recolección, en las zonas donde la Municipalidad ofrece el servicio de recolección de residuos valorizables de manera diferenciada y entregarlos secos y libres de residuos orgánicos 4. Empacar los residuos punzo-cortantes individualmente para reducir al máximo el riesgo para el personal recolector, de tal forma que las agujas deben ser dispuestas en botellas plásticas con tapa, debidamente cerradas. Asimismo, los vidrios, objetos cerámicos y cortantes, deben ser debidamente empacados en cartón asegurándose con cinta adhesiva su adecuado cierre.

5. Colocar los residuos en el suelo o en cestas públicas, al frente de su propiedad, o en un contenedor colectivo, en los dominios de la vía pública, de forma que no puedan ser alcanzados por animales y no constituyan un riesgo para conductores y peatones.

6. Recoger y depositar nuevamente en un recipiente, los residuos que sean esparcidos en la vía pública antes de ser recolectados, así como mantener limpios los sitios en lo que se ubiquen los contenedores, basureros o frentes de sus propiedades.

7. Respetar los horarios establecidos por la municipalidad o el gestor autorizado. La recolección de residuos en el centro de la ciudad, se deberá poner a disposición de la municipalidad a las 18:00 horas.

8. Depositar los residuos en un contenedor de uso colectivo, a la orilla de la calle principal con el diseño que la municipalidad considere para cada caso, en la entrada de propiedades ubicadas en condominios, edificios de dos pisos o más, callejones y alamedas donde el vehículo recolector no pueda transitar. La limpieza de estos contenedores es responsabilidad de los usuarios del servicio.

9. Disponer de forma adecuada mediante alternativas de descomposición natural las excretas de animales ya que son residuos no recibidos en el servicio de recolección de residuos que presta el municipio.

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1. Todas las empresas acogidas al régimen de Zona Franca, deberán coordinar con el Departamento Gestión Ambiental, la entrega de los residuos a las municipalidades.

2. Todo generador del sector industrial debe de contar y mantener actualizado un plan de manejo de residuos debidamente autorizado por el Ministerio de Salud y la municipalidad. Tanto la municipalidad como el Ministerio de Salud cuando lo requiera está autorizado a solicitarlo o realizar inspección en sitio.

11

1. Todo generador del sector institucional tiene la obligación de separar los residuos desde la fuente, para que sean entregados a los gestores autorizados por el Ministerio de Salud o la misma Municipalidad.

12

El generador de residuos de tipo especial y peligroso según la categorización indicada en la Estrategia Nacional de Separación, Recuperación y Valorización de Residuos (ENSRVR) 2016-2021 debe acatar su responsabilidad extendida como productor o importador de dichos productos durante todo el ciclo de vida de este, incluyendo las fases postindustrial y pos consumo.

13

Los encargados de ferias, conciertos, actividades deportivas u otras actividades o eventos públicos o privados que se efectúen en el cantón, a la hora de obtener los respectivos permisos municipales, deben garantizar que se harán cargo de todos los residuos sólidos de dicha actividad, incluyendo la colocación de recipientes para la recolección separada de los residuos valorizables, y garantizar su recolección, tratamiento y disposición final. Ello debe ser demostrado como requisito para otorgar la licencia temporal de funcionamiento.

Centros de recuperación de materiales

CAPÍTULO CUARTO

14

Facultad de instalarlos y de autorizar a terceros. La Municipalidad tiene la facultad de instalar y operar centros de recuperación de materiales valorizables o autorizar a terceros, para la acumulación, clasificación y comercialización de los mismos. Para ser autorizado, el tercero interesado deberá contar con licencia de funcionamiento (patente municipal) para los casos de actividades lucrativas y cumplir con los requisitos nacionales para la operación y funcionamiento de los Centros de Recuperación de Residuos Valorizables.

15

Los centros de recuperación de materiales deben, de previo a iniciar labores, cumplir con el Reglamento de Centros de Recuperación de Residuos Valorizables (Decreto Ejecutivo Nº 35906 S o la normativa que la sustituya), además contar con los permisos respectivos del Ministerio de Salud, de la Municipalidad y cumplir con los requisitos laborales y ambientales que establezca la legislación vigente.

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Deben presentar las condiciones higiénicas, de seguridad industrial, ornato, evitar la contaminación del aire, agua, suelo, de acuerdo con las normas en vigencia.

Manejo de residuos especiales y peligrosos

CAPÍTULO QUINTO

17

La responsabilidad por el manejo de los residuos provenientes de la construcción o demolición corresponde al dueño de la propiedad, el cual debe garantizar su recolección, transporte y disposición final en forma directa o mediante un gestor autorizado. El sitio de disposición debe cumplir con los requisitos legales y evitar ser una molestia para los vecinos, debe mantener limpias y libres de material o residuo las aceras, calles, áreas de uso común y lotes baldíos, dentro del perímetro del sitio.

Previamente y como requisito de aprobación de la licencia, de demolición y o construcción, incluso por obra menor el interesado deberá presentar a la Direccion de Urbanismo el plan de manejo de los residuos generados y el contrato con la empresa que va a realizar la gestión de recolección de este tipo de residuos

18

Los residuos peligrosos que se generen en las actividades industriales, comerciales y de servicios deben ser manejados de conformidad con el Reglamento sobre Residuos Peligrosos Industriales (Decreto Ejecutivo Nº 27001 o la normativa que la sustituya) y deben ser entregados por sus generadores industriales y comerciales a un gestor autorizado.

19

Para el tratamiento de los residuos infectocontagiosos se debe seguir los lineamientos del Reglamento sobre la gestión de los desechos infectocontagiosos que se generan en establecimientos que presten atención a la salud y afines (Decreto Ejecutivo Nº 30965-S o la normativa que lo sustituya) y cualquier otra indicación del Ministerio de Salud.

20
21

Para el tratamiento de los residuos Llantas usada se debe seguir los lineamientos de Decreto Ejecutivo N° 33745-S del 8 de febrero del 2007 Reglamento sobre Llantas de Desecho o la normativa que la sustituya.

22

Centros de acopio comunal

CAPÍTULO SEXTO

23

Los barrios, comunidades, asociaciones o cualquier tipo de organización comunal no lucrativa, pueden constituir centros de acopio para almacenar los residuos valorizables para posteriormente recibir el servicio de recolección por parte de la Municipalidad, debiendo destinar los recursos percibidos por estas actividades únicamente en beneficio de la comunidad o de la organización comunal.

24

Los centros de acopio comunales deben tener una persona debidamente capacitada en el manejo correcto de los residuos sólidos valorizables así mismo será la persona encargada de la organización, el orden del lugar de coordinar con la municipalidad.

25

Los centros de acopio comunal deben, previo a entrar en operación, coordinar y llegar a acuerdos con la municipalidad. La Municipalidad supervisará el funcionamiento de los centros de acopio comunal, a fin de verificar que no afectan las comunidades en que se asientan y para garantizar el orden y eficiencia en la recepción de los residuos.

26

Los centros de acopio comunal deben localizarse en áreas que tengan acceso los vecinos del sector pero que sean de carácter privado para evitar desorden en áreas públicas o esparcimiento de los residuos. Además, los centros de acopio comunal deben tener acceso para el camión recolector.

27

La Municipalidad en coordinación con otros actores sociales realizará actividades de educación que permitan a las comunidades adquirir las destrezas para clasificar sus residuos valorizables y sensibilizarlos sobre las ventajas que esto trae, la importancia de un buen manejo de los residuos sólidos y las responsabilidades de las comunidades como generadores.

Promoción, Incentivos, prohibiciones y sanciones

CAPITULO SETIMO

28
29

La Municipalidad en conjunto con todos los actores sociales interesados contribuirán y promoverán la gestión integral de residuos sólidos. De esta manera deberá incorporar dentro de su presupuesto anual los costos relacionados con campañas publicitarias y de educación ambiental de residuos sólidos.

30

Este reconocimiento se realizará anualmente mediante un simbólico galardón en la celebración del Día Mundial del Ambiente en el mes de junio.

31
32

1. Depositar residuos de manejo especial o residuos peligrosos en los recipientes de almacenamiento, de uso público o privado para ser recolectados por el servicio ordinario.

2. Deshacerse de los residuos especiales, peligrosos o de alto riesgo a través de los servicios domésticos, comercial o de aseo urbano, debiendo para ello utilizar los servicios de empresas autorizadas por esa actividad. Se incluyen dentro de estos residuos materiales de construcción, residuos de pinturas y sus envases, baterías de vehículos, escombro, grasas y aceites de cocina y en general, residuos electrónicos, y otros de tal naturaleza.

3. Remover o extraer el contenido de las bolsas de residuos sólidos ordinarios, una vez colocados en el sitio de recolección.

4. Entregar animales muertos o partes de estos para ser recolectados por el servicio de recolección ordinario municipal.

5. Disponer o entregar excretas de animales provenientes de fincas, granjas, locales comerciales o criaderos, ni los residuos provenientes de plantas de tratamiento de aguas negras o industriales, biodigestores o tanques sépticos.

6. Que los dueños o los responsables de los animales de compañía dejen las excretas de estos en las aceras, los parques, las calles, los jardines público y demás lugares públicos, ello indicado además en Ley 7451 Ley de Bienestar de los Animales o la normativa que la sustituya.

7. Arrojar residuos sólidos o de cualquier tipo en vía pública, parques, áreas de esparcimiento y uso común, áreas de protección de cuerpos de agua, laderas, alcantarillas, lotes o predios, carreteras y en general en todo sitio no autorizado para ello.

8. Gestionar, almacenar, valorizar, tratar y disponer de residuos ordinarios en condiciones contrarias a las establecidas o en horarios, lugares o condiciones no autorizados o diferentes a los aprobados y establecidos por las autoridades competentes.

9. Quemar, enterrar, almacenar o acumular al aire libre, sin ningún tipo de tratamiento preventivo, cualquier tipo de residuo sólido.

33

Según lo indicado en Ley para la Gestión Integral de Residuos, Ley Orgánica del Ambiente y Código Municipal, las infracciones a dicha normativa y a este reglamento, se clasificarán en leves, graves y gravísimas. Las sanciones de las infracciones leves y graves serán competencia de la municipalidad y las gravísimas serán competencia del Tribunal Ambiental.

34

Se consideran infracciones graves y serán sancionadas hasta ocho veces la tarifa más alta del servicio de manejo de residuos, las establecidas en el artículo 49 de la Ley para la Gestión Integral de Residuos Sólidos, la normativa que la sustituya y lo indicado en el Art 32 de este reglamento

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Se consideran infracciones leves y será sancionado hasta con cinco veces la tarifa que corresponda de acuerdo con la categoría asignada, las establecidas en el artículo 50 de la Ley para la Gestión Integral de Residuos Sólidos, o la normativa que la sustituya y lo indicado en el Art 32 de este reglamento.

36

1. Al momento de aplicar la sanción, los inspectores municipales tendrán carácter de autoridad de policía, con fe pública a fin de hacer constar las anomalías que detecten, por ello el funcionario municipal podrá realizar las inspecciones de verificación, seguimiento o cumplimiento en el momento que lo requieran.

2. Durante la inspección, los inspectores municipales tendrán libre acceso a las instalaciones o los sitios de inspección y podrán hacerse acompañar de las personas expertas que consideren necesarias, así como de la Fuerza Pública o Policía Municipal, quienes están en la obligación de facilitar toda la colaboración que estos requieran para el eficaz cumplimiento de sus funciones. En todo caso, la inspección se realizará garantizando el debido proceso.

3. Cuando corresponda los inspectores municipales deben confeccionar boleta de infracción en la que consignaran el nombre del infractor ya sea persona física o jurídica; el número de identificación o cédula jurídica; la ubicación o el número de finca del inmueble o lugar donde se cometió la infracción y la placa del vehículo, en caso de que corresponda o se cuente con esta; los artículos infringidos y el monto de la multa, así como el plazo para recurrir. Posteriormente esta boleta se traslada a la oficina Gestión Ambiental para su respectivo tramite.

4. Los inspectores municipales consignarán cualquier medio probatorio autorizado por ley, como videos, fotografías o testigos, quienes estarán en la obligación de suministrar la información que se les solicite.

5. El infractor quedará notificado al momento en que se le entrega la boleta de infracción en donde se aplicará la sanción.

6. Si la denuncia no es interpuesta por un funcionario municipal cualquier persona podrá interponerla en la oficina Gestión Ambiental, ya sea en forma presencial o por las plataformas electrónicas municipales.

7. La municipalidad podrá ejecutar el cobro correspondiente a la multa de forma directa o mediante convenio con el Instituto Nacional de Seguros (INS).

8. Las sanciones por las infracciones a las referidas normas legales se cancelarán en un plazo de ocho días hábiles siguientes a su firmeza. En caso de incumplimiento de pago devengarán intereses moratorios equivalentes al promedio simple de las tasas activas de los bancos estatales para créditos del sector comercial y en ningún caso podrá exceder más de diez puntos de la tasa básica pasiva fijada por el Banco Central de Costa Rica, según el artículo 57 de la Ley 4755, Código de Normas y Procedimientos Tributarios, de 4 de junio de 1971; lo anterior deberá ser advertido en la boleta de infracción. La tasa por interés se calcula cada seis meses y se publica en el diario Oficial La Gaceta.

9. Los recursos interpuestos por parte del infractor estarán sujetos a lo establecido en el artículo 171 de la Ley 7794, Código Municipal, de 30 de abril de 1998 o la normativa que lo sustituya.

10. Las conductas y omisiones sancionadas en las normas legales indicadas constituyen sanciones de naturaleza administrativa, que se aplicarán por la autoridad municipal la Ley para la Gestión Integral de Residuos o la normativa que la sustituya.

37

Cuando un mismo contribuyente sea apercibido por cometer una infracción a este reglamento, en más de dos ocasiones en el plazo de un año, la municipalidad podrá cerrar hasta por tres días el local comercial o bien podrá suspender o revocar la licencia comercial según la gravedad de la falta. Adicional se establecerá sanción pecuniaria correspondiente a la infracción.

En todo caso se deberá garantizar el debido proceso y el derecho de defensa de los administrados.

Sin perjuicio de las responsabilidades penales y administrativas, los infractores a las disposiciones contenidas en el presente reglamento, sean personas físicas o jurídicas, serán civil y solidariamente responsables por los daños y perjuicios causados contra el ambiente y la salud de las personas, y deberán restaurar el daño, y, en la medida de lo posible, dejar las cosas en el estado que se encontraban antes de la acción ilícita. Los titulares de las empresas o las actividades donde se causan los daños responderán solidariamente.

Tasas y Tarifas Artículo -38 Criterio de Cobro El criterio de cobro utilizado por la Municipalidad es con la unidad de peso en kilogramos, por lo que la base de cálculo de la tasa es el peso producido en la propiedad que se le preste dicho servicio, estableciendo diferencias de acuerdo al uso a que se destine al inmueble y la cantidad de unidades ocupacionales.

Artículo -39 A efecto de establecer el pago por la generación de residuos en una propiedad con uso comercial en base a la generación en kilogramos, se establecerá el cobro de la categoría intermedia "C3" definida en el estudio tarifario por unidad de ocupación que tenga la propiedad y los usos desarrollados en la misma.

En el caso del uso residencial se les asignará de acuerdo al distrito, tal y como está establecido en el modelo tarifario.

Para las propiedades de uso residencial o comercial que no presenten uso y el servicio se brinde como lo indica el artículo 83 del Código Municipal, se cobrará una tarifa "C0" equivalente al cobro de una "R1" Residencial 1, según el modelo tarifario vigente, mientras se mantenga esa condición de no uso.

Asimismo, en el caso de propiedades de uso comercial que presenten más de un local y uno o varios estén desocupados, la tarifa podrá ser reducida proporcionalmente al número de locales que sean ocupados efectivamente.

Para todos estos casos, el interesado deberá presentar una solicitud expresa dirigida al Departamento Comercial, en la que detalle, en el supuesto de comercios con varios locales, el número de locales desocupados.

Es entendido que ese beneficio se mantendrá mientras las residencias, los comercios y los locales se mantengan desocupados, y que una vez que cese tal condición, el interesado deberá comunicarlo a dicho departamento de inmediato, para reajustar la tarifa.

En todo caso, la Municipalidad se reserva la potestad de fiscalizar en cualquier momento estos beneficios, y podrá dejarlos sin efecto si determina que los locales o residencias sí están ocupados. Lo anterior con carácter retroactivo Artículo -40 Determinación de la tasa por el servicio de aseo de vías y sitios públicos. La Municipalidad cobrará una tasa, en todos aquellos sectores determinados en los distritos Oriental, Occidental y en los que en el futuro se preste el servicio, donde existan estructuras superficiales de conducción pluvial como cordón de caño, zanjas o canales a cielo abierto, así como aceras.

Artículo -41 De la tarifa. La tarifa se determinará conforme al artículo 83 del Código Municipal y se incluirá costo efectivo en que incurra la Municipalidad por las actividades que comprenden el servicio, costos directos por concepto de servicios personales y no personales, materiales y suministros, depreciación de maquinaria, equipo e instalaciones, más gastos administrativos; así como un diez por ciento de utilidad para el desarrollo del servicio.

Artículo -42 Forma y periodicidad de cobro. Para el cobro de la tarifa, la Municipalidad utilizará el valor registrado y vigente de la propiedad. El cobro se hará en forma mensual, por período vencido, conjuntamente con el cobro de los demás servicios o tributos municipales.

Artículo -43 Destino de los recursos. El diez por ciento de utilidad para el desarrollo que contempla la tarifa del servicio de aseo de vías y sitios públicos, se destinará prioritariamente a impulsar el mejoramiento de la prestación del servicio.

Artículo -44 Determinación de la tasa por el servicio de parques y obras de ornato. La Municipalidad cobrará una tasa, en los Distritos Oriental y Occidental y en los que en el futuro se preste el servicio. Deberán pagarla todos los propietarios o poseedores por cualquier título de bienes inmuebles ubicados en los Distritos Oriental y Occidental.

Artículo-45 De la tarifa. La tarifa se determinará conforme al artículo 83 del Código Municipal y se incluirá costo efectivo en que incurra la Municipalidad por las actividades que comprenden el servicio, costos directos por concepto de servicios personales y no personales, materiales y suministros, depreciación de maquinaria, equipo e instalaciones, más gastos administrativos; así como un diez por ciento de utilidad para el desarrollo del servicio.

Artículo -46 Forma y periodicidad de cobro. Para el cobro de la tarifa, la Municipalidad utilizará el valor de la propiedad registrado y vigente. El cobro se hará en forma mensual, por período vencido, conjuntamente con el cobro de los demás servicios o tributos municipales.

Artículo-47 Destino de los recursos. El diez por ciento de utilidad para el desarrollo que contempla la tarifa del servicio de aseo de vías y sitios públicos, se destinará prioritariamente a impulsar el mejoramiento de la prestación del servicio.

Artículo-48 Determinación de la tasa por el servicio de recolección de residuos. La Municipalidad cobrará una tasa, en los once distritos del cantón por tipo de usuarios y categoría establecida.

Articulo- 49 Metodología de cálculo. Para la clasificación de los usuarios se usan los datos de los registros municipales y se definen los siguientes tipos de usuarios: residencial, comercial, institucional y gobierno. La definición se basa en el criterio del peso, mediante un estudio técnico, estadístico y trabajo de campo.

Artículo-50 De la Tarifa. La tarifa se determinará tomando conforme al artículo 83 del Código Municipal y se incluirá por lo menos lo siguiente costo efectivo en que incurra la Municipalidad por las actividades que comprenden el servicio, al menos los costos directos por concepto de servicios personales y no personales, materiales y suministros, depreciación de maquinaria, equipo e instalaciones, más gastos administrativos; así como un diez por ciento de utilidad para el desarrollo del servicio.

Artículo-51 Destino de los recursos. El diez por ciento de utilidad para el desarrollo que contempla la tarifa de recolección de residuos, se destinará prioritariamente a impulsar el mejoramiento de la prestación del servicio.

Artículo-52 Determinación de la tasa por el servicio de depósito y tratamiento de residuos. La Municipalidad cobrará una tasa, en los once distritos del cantón por tipo de usuarios y categoría establecida.

Articulo- 53 Metodología de cálculo. Para la clasificación de los usuarios se usan los datos de los registros municipales y se definen los siguientes tipos de usuarios: residencial, comercial, institucional y gobierno. La definición se basa en el criterio del peso, mediante un estudio técnico, estadístico y trabajo de campo.

Artículo-54 De la Tarifa. La tarifa se determinará tomando conforme al artículo 83 del Código Municipal y se incluirá por lo menos lo siguiente costo efectivo en que incurra la Municipalidad por las actividades que comprenden el servicio, al menos los costos directos por concepto de servicios personales y no personales, materiales y suministros, depreciación de maquinaria, equipo e instalaciones, más gastos administrativos; así como un diez por ciento de utilidad para el desarrollo del servicio.

Artículo-55 Destino de los recursos. El diez por ciento de utilidad para el desarrollo que contempla la tarifa de depósito y tratamiento, se destinará prioritariamente a impulsar el mejoramiento de la prestación del servicio.

Artículo -56 Presentación de reclamos (servicio de parques y obras de ornato, servicio de recolección de residuos, servicio de depósito y tratamiento de residuos, servicio de aseo de vías y sitios públicos) Los interesados presentarán sus reclamos ante la Plataforma de Servicios o bien mediante las plataformas digitales que la Municipalidad disponga para tales fines, para lo que deberán 1.Completar el formulario de reclamo, mismo que pueden obtener en la dirección electrónica www.muni- carta.go.cr o tramitarlo directamente en las plataformas digitales 2.Presentar el documento de identidad (en caso de que el reclamo sea realizado por una persona jurídica, se debe adjuntar personería jurídica vigente y copia del documento de identidad del representante legal.) La presentación de estos documentos no será necesaria si ya constan en los archivos municipales, siempre y cuando se encuentren vigentes al momento de presentación del reclamo y, en el caso específico de las personerías, no tengan más de un mes de emitidas.

Una vez recibido el reclamo, se registrará el trámite, se asignará un número de resolución, y modificación de cuentas por cobrar cuando así se determine, lo mismo que su notificación al solicitante al medio señalado en el reclamo.

Para los reclamos que requieran análisis o visto bueno de otras instancias municipales, se coordinará internamente el intercambio de información necesaria para la resolución del reclamo planteado.

Los reclamos deberán resolverse en 10 días hábiles contados a partir del día siguiente de su presentación, salvo que, por justificaciones técnicas debidamente notificadas al interesado, se prorrogue el plazo por un máximo de 30 días hábiles adicionales. En el caso de presentación incompleta del reclamo, aclaración o subsanación de la información, el Departamento Comercial procederá a prevenir al interesado por una única vez, que en el plazo de hasta 10 días hábiles, cumpla con lo prevenido, de no cumplir en el plazo otorgado, se archivará la solicitud sin mayor trámite.

Del Procedimiento de Aprobación.

CAPÍTULO OCTAVO

Capítulo noveno.

57

La administración municipal, integrará una Comisión Técnica para efectos de la elaboración de estudios de las tasas a las que se refiere este reglamento conformada por:

1. Contador de Costos 2. Unidad Ambiental 3. Área de Operaciones y los departamentos correspondientes 4. Dirección Legal 5. Área Tributaria y los departamentos correspondientes

58

1. Categorías por generación 2. Valores de la propiedad 3. Costos del Servicio.

4. Cargos Financieros.

5. Plan de inversiones.

6. Datos de generación de residuos 7. Otros.

59

Una vez elaborado el ante proyecto tarifario, la Comisión Técnica lo trasladara a la Alcaldía, para que ese órgano lo eleve a conocimiento del Concejo Municipal. El Concejo Municipal lo trasladara para su estudio y recomendación a la Comisión de Hacienda y Presupuesto.

60

La Comisión de Hacienda y Presupuesto, recomendará el proyecto al Concejo Municipal, quien a su vez lo aprobará como proyecto para ser publicado en el Diario Oficial La Gaceta.

61

En dicha aprobación por parte del Concejo Municipal, se ordenará otorgar un plazo de un mes a partir de la publicación, citando a una audiencia pública indicando lugar y hora de inicio, o medio en el caso de que sea virtual.

En el supuesto de audiencias presenciales durante pandemias debidamente declaradas se deberán observar todas las disposiciones relativas aforos o demás medidas sanitarias.

62

En el transcurso de los primeros 10 días hábiles del mes se recibirá todo tipo de oposiciones al proyecto tarifario.

63

Toda oposición al proyecto tarifario deberá ser presentada en forma escrita ante la Secretaría del Concejo Municipal, quien las trasladará a la Comisión Técnica para el respectivo dictamen y posterior conocimiento del Concejo Municipal previo dictamen de la Comisión de Hacienda y Presupuesto, una vez concluida la etapa de audiencia pública

64

Las oposiciones presentadas al proyecto tarifario en la audiencia pública se harán en forma verbal. Las oposiciones verbales, serán resumidas y su exposición se hará en 5 minutos.

65

La Audiencia Pública será precedida por el Presidente, quien otorgará la palabra por hasta 30 minutos a los funcionarios municipales que estime pertinente, a efecto de que expongan el proyecto tarifario, lo cual deberán hace de manera sencilla y con el empleo de cualquier medio audiovisual u otro que sea atinente, para la adecuada comprensión de los asistentes. Posteriormente, otorgará el uso de la palabra a los asistentes que se hayan registrado previamente para esos fines, sin posibilidad de que se ceda a otro participante el tiempo que se otorga. En el uso de la palabra, cada interviniente deberá sujetarse al objeto de la audiencia; deberá ser en todo momento respetuoso, en especial para con todas las personas que se encuentren en la audiencia, y se le avisará que su tiempo está por vencer cuando reste un minuto para ello. Escuchados los intervinientes, o después de cada intervención a juicio del Presidente del Concejo, se podrá solicitar aclaraciones a los funcionarios municipales, y de no ser procedente o necesario, se declarará cerrada la audiencia

66

El Secretario del Concejo levantará un acta, con todos los pormenores e incidencias que ocurran en la audiencia pública. El acta de la audiencia pública debidamente firmada, deberá presentarse al Concejo Municipal en la sesión ordinaria inmediata posterior al día de la audiencia.

67

El Concejo Municipal analizará las incidencias y resultados de la audiencia pública previos dictámenes de la Comisión de Hacienda y Presupuesto y de la Comisión Técnica y someterá a votación el Proyecto Tarifario.

68

La Votación para la aprobación del proyecto tarifario, la realizará el Concejo Municipal por mayoría absoluta (la mitad más uno de los miembros del Concejo Municipal).

69

Una vez firme el acuerdo de aprobación del proyecto tarifario por parte del Concejo Municipal, se enviará a publicar en el Diario Oficial La Gaceta, y entrará a regir 30 días hábiles posteriores a su publicación de conformidad con el art 83 del Código Municipal o la norma que lo sustituya.

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Implementing decreesDecretos que afectan

    TopicsTemas

    • Environmental Law 7554 — EIA, SETENA, and Public ParticipationLey Orgánica del Ambiente 7554 — EIA, SETENA y Participación Pública

    Concept anchorsAnclajes conceptuales

    • Constitución Política Art. 50
    • Constitución Política Art. 169
    • Ley 8839
    • Ley Orgánica del Ambiente Art. 28
    • Código Municipal Art. 4
    • Código Municipal Art. 43
    • Ley 7554 Art. 28

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