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Res. 02756-2025 Sala Segunda de la Corte · Sala Segunda de la Corte · 2025
OutcomeResultado
The Second Chamber dismissed the appeal against the judicial auction of a property, confirming that the asset acquired during de facto separation was not marital property.La Sala Segunda declaró sin lugar el recurso presentado contra el remate judicial de un inmueble, confirmando que el bien adquirido durante la separación de hecho no era ganancial.
SummaryResumen
The Second Chamber of the Supreme Court, in an enforcement proceeding of a divorce judgment, held that a property acquired by one of the spouses during a period of de facto separation does not constitute marital property. The enforcement stage is not the proper procedural moment to dispute the marital nature of an asset, as this was already determined in the divorce judgment that identified the common property. The Court reiterated that, under Article 41 of the Family Code, assets acquired during de facto separation are not part of the conjugal community. It emphasized that de facto separation is not a civil status recognized by the Civil Registry; therefore, notaries must record the civil status according to that registry when authorizing purchase-sale transactions. As a result, the appeal against the judicial auction of the property was dismissed.La Sala Segunda de la Corte, en un proceso de ejecución de sentencia de divorcio, determinó que una finca adquirida por uno de los cónyuges durante el período de separación de hecho no constituye un bien ganancial. La ejecución de sentencia no es la etapa procesal idónea para discutir la ganancialidad de un inmueble, pues esta ya fue definida en la sentencia de divorcio, la cual identificó los bienes comunes. Además, la Sala reiteró que, conforme al artículo 41 del Código de Familia, los bienes adquiridos durante la separación de hecho no forman parte de la comunidad conyugal. Se enfatizó que la separación de hecho no es un estado civil reconocido por el Registro Civil, por lo que los notarios deben consignar el estado civil según dicho registro al autorizar actos de compraventa. En consecuencia, el recurso presentado contra el remate judicial del inmueble fue declarado sin lugar.
Key excerptExtracto clave
Article 41 of the Family Code is very clear in establishing that assets acquired during de facto separation are not marital property. Furthermore, this Chamber deems it necessary to determine that de facto separation is not a recognized civil status for the purpose of registering purchase-sale transactions, since Notaries Public have the obligation to verify and state in the public deed the civil status of the appearing party in accordance with the Civil Registry. (Article 83 of the Notarial Code) Consequently, since the purchase-sale was executed before the divorce was decreed, it was clear that, at the Civil Registry level, Mr. [Name 002] would have the civil status of married, given the impossibility of registering de facto separation as a civil status with that institution.El artículo 41 del Código de Familia, es muy claro en establecer que los bienes adquiridos en separación de hecho no son bienes gananciales. Además, esta Sala estima necesario determinar que, la separación de hecho no es un estado civil reconocido para poder inscribir compraventas realizadas, puesto que los Notarios Públicos tienen la obligación de corroborar y establecer en la escritura pública el estado civil del compareciente de conformidad con el Registro Civil. (Artículo 83 del Código Notarial) Por consiguiente, al haberse hecho la compraventa antes de la declaratoria del divorcio era claro que, a nivel del Registro Civil, el señor [Nombre 002] iba tener el estado civil como casado, puesto que no existe la posibilidad de registrar en dicha institución la separación de hecho como estado civil.
Pull quotesCitas destacadas
"El artículo 41 del Código de Familia, es muy claro en establecer que los bienes adquiridos en separación de hecho no son bienes gananciales."
"Article 41 of the Family Code is very clear in establishing that assets acquired during de facto separation are not marital property."
Considerando VI
"El artículo 41 del Código de Familia, es muy claro en establecer que los bienes adquiridos en separación de hecho no son bienes gananciales."
Considerando VI
"La separación de hecho no es un estado civil reconocido para poder inscribir compraventas realizadas."
"De facto separation is not a recognized civil status for the purpose of registering purchase-sale transactions."
Considerando VI
"La separación de hecho no es un estado civil reconocido para poder inscribir compraventas realizadas."
Considerando VI
Full documentDocumento completo
VI. [...] Article 41 of the Family Code (Código de Familia) is very clear in establishing that assets acquired during a de facto separation (separación de hecho) are not community property (bienes gananciales). Furthermore, this Chamber deems it necessary to determine that the de facto separation is not a recognized marital status (estado civil) enabling the registration of executed sales (compraventas), given that Notaries Public (Notarios Públicos) have the obligation to corroborate and set forth in the public deed (escritura pública) the marital status of the appearing party in accordance with the Civil Registry (Registro Civil). (Article 83 of the Notarial Code, Código Notarial) Consequently, since the sale was made before the divorce decree, it was clear that, at the level of the Civil Registry, Mr. [Nombre 002] would have the marital status of married, as there is no possibility of registering the de facto separation as a marital status in that institution. [...]
"VI. [...] El artículo 41 del Código de Familia, es muy claro en establecer que los bienes adquiridos en separación de hecho no son bienes gananciales. Además, esta Sala estima necesario determinar que, la separación de hecho no es un estado civil reconocido para poder inscribir compraventas realizadas, puesto que los Notarios Públicos tienen la obligación de corroborar y establecer en la escritura pública el estado civil del compareciente de conformidad con el Registro Civil. (Artículo 83 del Código Notarial) Por consiguiente, al haberse hecho la compraventa antes de la declaratoria del divorcio era claro que, a nivel del Registro Civil, el señor [Nombre 002] iba tener el estado civil como casado, puesto que no existe la posibilidad de registrar en dicha institución la separación de hecho como estado civil. [...]"
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