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Res. 00298-2024 Juzgado de Familia Especializado en Apelaciones de Pensiones Alimentarias · Juzgado de Familia Especializado en Apelaciones de Pensiones Alimentarias · 04/03/2024

Setting child support and the principle of informality in summary proceedingsFijación de cuota alimentaria y principio de informalidad en procesos sumarios

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OutcomeResultado

Support unchangedCuota no modificada

The court denies the modification of the child support amount and rejects the amendment of the complaint, confirming that both parents must contribute to the child's support.El juzgado rechaza la modificación de la cuota alimentaria y deniega la ampliación de la demanda, confirmando que ambos progenitores deben contribuir a los alimentos del hijo.

SummaryResumen

The court denies the plaintiff's request to expand the complaint and submit extraordinary evidence in a summary child support proceeding. It holds that both parents have a duty to contribute to the child's needs, so the set support amount remains unchanged. The court emphasizes that the defendant failed to prove his actual income, violating his evidentiary burden under Article 27 of the Child Support Law. The ruling applies the best interests of the child principle, the Convention on the Rights of the Child, and the Family Code, confirming that the mother must also contribute financially without this constituting discrimination. It cites Family Appeals Court precedent establishing that the support obligor must prove his income.El juzgado rechaza la ampliación de demanda y la prueba extraordinaria en un proceso sumario de alimentos. Se determina que ambos progenitores tienen la obligación de contribuir a las necesidades del hijo, por lo que no se modifica la cuota fijada. Se destaca que el demandado no acreditó sus verdaderos ingresos, lo cual contraviene su carga probatoria según el artículo 27 de la Ley de Pensiones Alimentarias. La resolución aplica el principio del interés superior del niño, la Convención sobre los Derechos del Niño y el Código de Familia, confirmando que la madre también debe aportar económicamente sin que ello implique discriminación. Se cita jurisprudencia del Tribunal de Familia que reitera que es el obligado alimentario quien debe demostrar sus ingresos.

Key excerptExtracto clave

It is true that child support proceedings are governed by the Principle of Informality; however, there are compulsory formalities such as submitting evidence with the complaint and the answer. Note that we are dealing with a special and summary proceeding, where no stage for expanding the complaint is contemplated; on the other hand, evidence for better judgment is not meant to remedy errors or omissions of the parties. Article 331 of the Civil Procedure Code, Law 7130 in force for family matters, states that this type of evidence is only admissible when dealing with new facts or evidence that has been declared unavoidable or null, rejected as untimely or inadmissible, or concerning facts admitted due to the defendant's default, and none of these conditions have occurred in this proceeding.Es cierto que el proceso alimentario se rige por el Principio de Informalidad; sin embargo, hay ritualismos forzosos como presentar la prueba con la demanda y con la contestación. Tómese en cuenta que estamos ante un proceso especial y sumario, donde no se contempla una etapa de ampliación de demanda; por otro lado, la prueba para mejor resolver no es para subsanar yerros u omisiones de las partes. El numeral 331 del Código Procesal Civil, Ley 7130 vigente para los asuntos de familia, dice que solo procede este tipo de probanza cuando se trate de hechos nuevos o prueba que haya sido declarada inevacuable o nula, rechazadas por extemporáneas o inadimisbles, así como sobre hechos que se hayan tenido en rebeldía del demandado y nada de estos presupuestos se han dado en este proceso.

Pull quotesCitas destacadas

  • "El demandado se ha negado a indicar cuáles son sus verdaderos ingresos y esa actitud procesal riñe con lo que dispone el numeral 27 de la Ley de Pensiones Alimentarias."

    "The defendant has refused to state his true income, and this procedural attitude conflicts with the provisions of Article 27 of the Child Support Law."

    Considerando

  • "El demandado se ha negado a indicar cuáles son sus verdaderos ingresos y esa actitud procesal riñe con lo que dispone el numeral 27 de la Ley de Pensiones Alimentarias."

    Considerando

  • "Es cierto que el proceso alimentario se rige por el Principio de Informalidad; sin embargo, hay ritualismos forzosos como presentar la prueba con la demanda y con la contestación."

    "It is true that child support proceedings are governed by the Principle of Informality; however, there are compulsory formalities such as submitting evidence with the complaint and the answer."

    Considerando

  • "Es cierto que el proceso alimentario se rige por el Principio de Informalidad; sin embargo, hay ritualismos forzosos como presentar la prueba con la demanda y con la contestación."

    Considerando

  • "El artículo 18 de la Convención sobre los Derechos del Niño que dice: '1. Los Estados Partes pondrán el máximo empeño en garantizar el reconocimiento del principio de que ambos padres tienen obligaciones comunes en lo que respecta a la crianza y el desarrollo del niño...'"

    "Article 18 of the Convention on the Rights of the Child states: '1. States Parties shall use their best efforts to ensure recognition of the principle that both parents have common responsibilities for the upbringing and development of the child...'"

    Fundamento normativo

  • "El artículo 18 de la Convención sobre los Derechos del Niño que dice: '1. Los Estados Partes pondrán el máximo empeño en garantizar el reconocimiento del principio de que ambos padres tienen obligaciones comunes en lo que respecta a la crianza y el desarrollo del niño...'"

    Fundamento normativo

Full documentDocumento completo

III.—[...] After having analyzed the case file, the undersigned judge considers that the amount cannot be modified, and these are the reasons. The plaintiff is not correct in her claims because what she seeks is to litigate through extraordinary evidence. From a reading of the complaint, it is observed that in order to establish the respondent’s means, she stated that he held a bachelor’s degree in Architecture and Urbanism, a degree he obtained in April 2020; however, he does not work in that field, and this was proven. The plaintiff indicated that the respondent’s resources came from an illicit activity, which, of course, is not a matter to be discussed in family jurisdiction, much less could a child support amount be determined based on illicit resources. The complaint offered confessional, testimonial, and documentary evidence. It was in a subsequent filing that she sought to expand the facts to allege that the respondent lives a good life, travels within the country, and leads an excellent social life.

In other words, the plaintiff sought to gradually expand the complaint and present evidence during the course of the proceeding, which, if admitted, would violate the Right of Defense and, of course, Due Process. It is true that the child support proceeding is governed by the Principle of Informality; however, there are mandatory formalities such as presenting evidence with the complaint and with the response. It must be taken into account that we are dealing with a special and summary proceeding, where a stage for expanding the complaint is not contemplated; on the other hand, evidence for better resolution is not for correcting errors or omissions of the parties. Article 331 of the Civil Procedure Code, Law 7130 in force for family matters, states that this type of evidence is only appropriate when dealing with new facts or evidence that has been declared uncollectible or null, rejected as untimely or inadmissible, as well as regarding facts in which the respondent has been held in default, and none of these prerequisites have occurred in this proceeding.

On the other hand, this court considers that the child’s needs can be met with the set amount, since the mother must also make her corresponding economic contribution, and this does not generate any violation of her rights as a woman, because the law establishes that both parents are obligated to meet the needs of their sons and daughters. As is known, the duty to provide support (alimentos) for sons and daughters corresponds to the parents, given that it is an obligation imposed by law. Article 18 of the Convention on the Rights of the Child states: “1. States Parties shall use their best efforts to ensure recognition of the principle that both parents have common responsibilities for the upbringing and development of the child. Parents or, as the case may be, legal guardians, have the primary responsibility for the upbringing and development of the child. The best interests of the child will be their basic concern.” The Costa Rican legal system incorporates that regulation into law; in this regard, Article 140 of the Family Code establishes that parents must protect their children; meanwhile, Article 141 indicates that the rights and obligations inherent to the parental function cannot be waived.

Article 143 states: “Parental authority confers the rights and imposes the duties to guide, educate, care for, supervise, and discipline sons and daughters...”. Meanwhile, Article 29 of the Childhood and Adolescence Code provides that the father and mother are obligated to ensure the physical, intellectual, moral, spiritual, and social development of their minor children. One of those duties is support (article 169, subsection 1). It must also be assessed that the plaintiff has spontaneously confessed that the father voluntarily gave her one hundred thousand colones, an amount with which she was not satisfied because it did not cover all the child’s needs; however, it is unknown who made decisions regarding the child’s standard of living, such as, for example, private education and health services.

The respondent’s arguments are also not admissible. The respondent has refused to indicate what his true income is, and this procedural attitude conflicts with the provisions of Article 27 of the Child Support Law (Ley de Pensiones Alimentarias). In his response to fact 3 of the complaint, the respondent stated that the plaintiff made no reference to a percentage of his income, and this position is absolutely erroneous and in bad faith because the one who has the burden of proving his income is him. This is provided for by Case Law and Doctrine; in this regard, one may consult the Family Court (Tribunal de Familia) Decisions 337-2011, 1617-2010, 973-2011.[...].

"III.-[...] Después de haber analizado el expediente, la suscrita juzgadora considera que la cuota no puede ser modificada y estas son las razones. La actora no lleva razón en sus reclamos porque lo que pretende es litigar mediante prueba extraordinaria. De la lectura de la demanda se observa que para establecer las posibilidades del demandado, ella dijo que era graduado de licenciatura en Arquitectura y Urbanismo, título que obtuvo desde abril de 2020; sin embargo, no labora en esa actividad y así quedó acreditado. La actora señaló que los recursos del demandado provenían de una actividad ilícita, lo cual, desde luego, no es un asunto que deba ser discutido en la jurisdicción familiar, ni mucho menos se podría determinar una cuota alimentaria con recursos ilícitos. En la demanda se ofreció prueba confesional, testimonial y documental. Es con un escrito posterior donde pretendió ampliar los hechos para alegar que el demandado se da una buena vida, que viaja dentro del país y que lleva una excelente vida social.

En otras palabras, la actora pretendía ir ampliando la demanda y presentando pruebas durante el transcurso del proceso, lo cual, de admitirse, violaría el Derecho de Defensa y por supuesto el Debido Proceso. Es cierto que el proceso alimentario se rige por el Principio de Informalidad; sin embargo, hay ritualismos forzosos como presentar la prueba con la demanda y con la contestación. Tómese en cuenta que estamos ante un proceso especial y sumario, donde no se contempla una etapa de ampliación de demanda; por otro lado, la prueba para mejor resolver no es para subsanar yerros u omisiones de las partes. El numeral 331 del Código Procesal Civil, Ley 7130 vigente para los asuntos de familia, dice que solo procede este tipo de probanza cuando se trate de hechos nuevos o prueba que haya sido declarada inevacuable o nula, rechazadas por extemporáneas o inadimisbles, así como sobre hechos que se hayan tenido en rebeldía del demandado y nada de estos presupuestos se han dado en este proceso.

Por otro lado, considera este juzgado que las necesidades del niño pueden ser asumidas con el monto fijado, pues la madre también debe hacer el aporte económico que le corresponde y eso no genera ninguna vulneración como mujer, pues la norma establece que ambos progenitores son los obligados a satisfacer las necesidades de los hijos e hijas. Como se sabe, el deber de dar alimentos a los hijos e hijas corresponde a los progenitores, dado que se trata de una obligación impuesta por la ley. El artículo 18 de la Convención sobre los Derechos del Niño que dice: "1. Los Estados Partes pondrán el máximo empeño en garantizar el reconocimiento del principio de que ambos padres tienen obligaciones comunes en lo que respecta a la crianza y el desarrollo del niño. Incumbirá a los padres o, en su caso, a los representantes legales la responsabilidad primordial de la crianza y el desarrollo del niño. Su preocupación fundamental será el interés superior del niño".

El ordenamiento jurídico costarricense recoge esa normativa en la ley; al respecto el numeral 140 del Código de Familia establece que los progenitores deben proteger a sus hijos; por su parte, el artículo 141 señala que los derechos y obligaciones inherentes a la función parental no pueden renunciarse. El artículo 143 dice: "La autoridad parental confiere los derechos e impone los deberes de orientar, educar, cuidar, vigilar y disciplinar a los hijos y las hijas...". Por su parte, el artículo 29 del Código de la Niñez y la Adolescencia dispone que el padre y la madre están obligados a velar por el desarrollo físico, intelectual, moral, espiritual y social de sus hijos menores de edad. Uno de esos deberes es la alimentación (artículo 169 inciso 1). Hay que valorar también que la actora ha confesado espontáneamente que el padre le daba cien mil colones de forma voluntaria, monto con el cual ella no se sentía satisfecha porque no cubría todas las necesidades del niño; sin embargo, se desconoce quién tomó decisiones en cuanto al nivel de vida del niño, como por ejemplo, los servicios privados de educación y salud.

Los argumentos del demandado tampoco son de recibo. El demandado se ha negado a indicar cuáles son sus verdaderos ingresos y esa actitud procesal riñe con lo que dispone el numeral 27 de la Ley de Pensiones Alimentarias. En la contestación del hecho 3 de la demanda, el demandado dijo que la actora no hizo referencia a un porcentaje de sus ingresos y esta postura es absolutamente errada y de mala fe porque el que tiene la carga de demostrar sus ingresos es él mismo. Así lo dispone la Jurisprudencia y Doctrina; al respecto, se pueden consultar del Tribunal de Familia los Votos 337-2011, 1617-2010, 973-2011.[...]."

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Implementing decreesDecretos que afectan

    TopicsTemas

      Concept anchorsAnclajes conceptuales

        Spanish key termsTérminos clave en español

        This document cites

        • Ley 5476 Family Code
        • Ley 7130 Code of Civil Procedure
        • Ley 7739 Childhood and Adolescence Code

        Este documento cita

        • Ley 5476 Código de Familia
        • Ley 7130 Código Procesal Civil
        • Ley 7739 Código de la Niñez y la Adolescencia

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