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Res. 00345-2023 Tribunal Agrario · Tribunal Agrario · 2023

Representation of a dissolved company in agrarian proceedingsRepresentación de sociedad disuelta en proceso agrario

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OutcomeResultado

AnnulsAnula

The Tribunal annuls the lower court's ruling for lack of procedural capacity of the dissolved company's representatives.El Tribunal Anula la resolución de primera instancia por falta de capacidad procesal de los representantes de una sociedad disuelta.

SummaryResumen

The Agrarian Tribunal, by majority vote, annulled the lower court's ruling after identifying a procedural capacity defect. The case concerns an ordinary agrarian proceeding where the plaintiff was a commercial company dissolved during the proceedings. The tribunal held that, under paragraph 2 of Article 113 of the 1989 Civil Procedure Code (applicable due to the filing date) and Article 209 of the Commercial Code, the individuals acting as representatives before dissolution lost their right to represent the company, as such representation passed to the liquidator, who was not a party. The failure to properly include the extinguished legal entity or its liquidator constituted a lack of procedural capacity, vitiating the proceeding. As a matter of public policy and due process, the tribunal raised this defect sua sponte.El Tribunal Agrario, mediante voto de mayoría, anuló la resolución de primera instancia al detectar un vicio en la capacidad procesal. El caso gira en torno a un proceso ordinario agrario donde la parte demandante era una sociedad mercantil que fue disuelta durante la tramitación. El tribunal determinó que, conforme al artículo 113 párrafo segundo del Código Procesal Civil de 1989 (aplicable por la fecha de inicio) y el artículo 209 del Código de Comercio, los representantes que actuaban antes de la disolución perdieron su capacidad para representar a la sociedad una vez disuelta, correspondiendo la representación al liquidador, quien no fue parte en el proceso. Al no haberse integrado debidamente a la persona jurídica extinguida o su liquidador, se configura una falta de capacidad procesal que impide la válida constitución de la relación jurídico-procesal, vicio que por ser de orden público y afectar el debido proceso, debe ser corregido de oficio.

Key excerptExtracto clave

"VI.-[...]Based on the foregoing, the provision in paragraph 2 of Article 113 of the 1989 Civil Procedure Code must be applied, given the date this proceeding commenced, which literally states: 'When a company that is party to a proceeding is dissolved, the proceeding shall continue with the liquidator...', because the described registration situation implies that the individuals who acted as representatives before dissolution no longer hold that status, which ended upon dissolution, thereby nullifying their capacity to act as representatives in this proceeding, pursuant to Article 209 of the Commercial Code. (See in this regard Vote 756-F-2022 of 19 hours 22 minutes on August 1, 2022).""VI.-[...]Sustentado en lo anterior, debe aplicarse lo dispuesto en el artículo 113 párrafo segundo del Código Procesal Civil de 1989 dada la fecha de inicio de este proceso, que literalmente dice: "Disuelta una sociedad que sea parte en un proceso, éste continuará con el liquidador...", porque la situación registral descrita, implica que las personas que fungían como representantes antes de la disolución ya no ostentan tal condición por cuanto cesó desde la disolución, lo cual enerva su capacidad de actuar en este proceso como representantes, artículo 209 del Código de Comercio; (ver en este sentido voto 756-F-2022 de las 19 horas 22 minutos del primero de agosto de 2022)."

Pull quotesCitas destacadas

  • ""Disuelta una sociedad que sea parte en un proceso, éste continuará con el liquidador...""

    ""When a company that is party to a proceeding is dissolved, the proceeding shall continue with the liquidator...""

    Considerando VI, citando Art. 113 CPC

  • ""Disuelta una sociedad que sea parte en un proceso, éste continuará con el liquidador...""

    Considerando VI, citando Art. 113 CPC

  • ""...las personas que fungían como representantes antes de la disolución ya no ostentan tal condición por cuanto cesó desde la disolución, lo cual enerva su capacidad de actuar en este proceso como representantes, artículo 209 del Código de Comercio""

    ""...the individuals who acted as representatives before dissolution no longer hold that status, which ended upon dissolution, thereby nullifying their capacity to act as representatives in this proceeding, pursuant to Article 209 of the Commercial Code.""

    Considerando VI

  • ""...las personas que fungían como representantes antes de la disolución ya no ostentan tal condición por cuanto cesó desde la disolución, lo cual enerva su capacidad de actuar en este proceso como representantes, artículo 209 del Código de Comercio""

    Considerando VI

Full documentDocumento completo

"VI.-[...] Based on the foregoing, the provision set forth in the second paragraph of Article 113 of the 1989 Código Procesal Civil must be applied, given the date of commencement of this proceeding, which literally states: "*Once a company that is a party to a proceeding is dissolved, the proceeding shall continue with the liquidator*...", because the described registry situation implies that the persons who acted as representatives prior to the dissolution no longer hold that status, since it ceased upon the dissolution, which negates their capacity to act in this proceeding as representatives, Article 209 of the Código de Comercio; (see in this regard vote 756-F-2022 of 19 hours 22 minutes on August 1, 2022)."

"VI.-[...]Sustentado en lo anterior, debe aplicarse lo dispuesto en el artículo 113 párrafo segundo del Código Procesal Civil de 1989 dada la fecha de inicio de este proceso, que literalmente dice: "Disuelta una sociedad que sea parte en un proceso, éste continuará con el liquidador...", porque la situación registral descrita, implica que las personas que fungían como representantes antes de la disolución ya no ostentan tal condición por cuanto cesó desde la disolución, lo cual enerva su capacidad de actuar en este proceso como representantes, artículo 209 del Código de Comercio; (ver en este sentido voto 756-F-2022 de las 19 horas 22 minutos del primero de agosto de 2022)."

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Implementing decreesDecretos que afectan

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    • Off-topic (non-environmental)Fuera de tema (no ambiental)

    Concept anchorsAnclajes conceptuales

    • Código Procesal Civil Art. 113
    • Código de Comercio Art. 209

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