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Res. 00763-2018 Sala Primera de la Corte · Sala Primera de la Corte · 2018

Dismissal and disqualification sanction for legislative official violating prohibition regimeSanción de despido e inhabilitación a funcionaria legislativa por violar régimen de prohibición

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OutcomeResultado

DeniedRechazo

The First Chamber denies the appeal and upholds the sanction of dismissal and 2-year disqualification of a legislative official for violating the prohibition regime and probity duties.La Sala Primera rechaza el recurso y confirma la sanción de despido e inhabilitación por 2 años a una funcionaria legislativa por violar el régimen de prohibición y deberes de probidad.

SummaryResumen

The First Chamber of the Supreme Court upholds the sanction of dismissal and 2-year disqualification imposed on a deputy director of the Technical Services Department of the Legislative Assembly. The official, subject to a prohibition regime granting a 65% salary supplement, undertook the private defense of two individuals in a criminal case during working hours, failed to declare non-salary income in sworn statements, and served on boards of directors of corporations. The court considers her legal training and high-ranking position, concluding she was fully aware of the consequences of violating probity duties under the Law against Corruption and Illicit Enrichment in Public Service and the General Public Administration Act. The sanction is deemed proportional given the seriousness of the offenses, which undermine public finances and the duty of probity, with the minimum disqualification period under the Organic Law of the Comptroller General of the Republic being imposed.La Sala Primera de la Corte confirma la sanción de despido e inhabilitación por 2 años impuesta a una subdirectora del Departamento de Servicios Técnicos de la Asamblea Legislativa. La funcionaria, sujeta a un régimen de prohibición que le otorgaba un 65% adicional de salario, asumió la defensa privada de dos personas en una causa penal durante su jornada laboral, omitió declarar ingresos distintos a su salario en declaraciones juradas y participó en juntas directivas de sociedades anónimas. El tribunal valora su formación jurídica y su alto cargo, concluyendo que conocía plenamente las consecuencias de violar los deberes de probidad establecidos en la Ley contra la Corrupción y el Enriquecimiento Ilícito en la Función Pública y la Ley General de la Administración Pública. La sanción se considera proporcional por la gravedad de las faltas, que atentan contra la hacienda pública y el deber de probidad, imponiéndose la inhabilitación mínima prevista en la Ley Orgánica de la Contraloría General de la República.

Key excerptExtracto clave

This Chamber agrees with the Tribunal, giving significant weight to the rank and knowledge of a public official (mandate of Article 213 of the General Public Administration Act), who besides being a lawyer, was a member of the Board of Directors of the Costa Rican Bar Association and Deputy Director of the Technical Services Department of the Legislative Assembly. That is, she is fully aware of the scope and consequences of her actions, which consisted of violating the prohibition regime to which she was subject and for which she received an additional 65% of her salary. Even so, she undertook the private defense of two individuals in a criminal case, carrying it out even during her working hours; reporting in sworn statements her participation as a shareholder or in some board position in various corporations, and having failed to include income other than her salary. Such duties are framed within Articles 213 ibid., 3, 4, 14, 15, 29, 31, 38, 39, and 41.e of the Law against Corruption and Illicit Enrichment in Public Service, the Compensation for Prohibition Payment Act, its Regulation - Executive Decree 22614 - and Article 39 of the Internal Control Act. This conduct undermines public finances and the duty of probity. Therefore, the serious faults committed by the legislative employee are observed, and for this reason the sanction imposed of dismissal and disqualification is proportional. Furthermore, the disqualification imposed was for the minimum period - 2 years - provided for in Article 72 of the Organic Law of the Comptroller General of the Republic (vote 763-F-2018).Esta Sala coincide con el Tribunal, al valorar de manera relevante la jerarquía y conocimiento de una funcionaria pública (mandato 213 Ley General de la Administración Pública), quien además de ser abogada, fue integrante de la Junta Directiva del Colegio de Abogados y Abogadas de Costa Rica y Subdirectora del Departamento de Servicios Técnicos de la Asamblea Legislativa. Es decir, conoce plenamente los alcances y consecuencias derivadas de sus actos, consistentes en la violación al régimen de prohibición al que estaba sometida y por el que recibía un 65% adicional de su salario. Aún así, asumió la defensa privada de dos personas en una causa penal, desempeñándose incluso durante su jornada laboral; reportando en unas declaraciones juradas su participación como accionista o en algún cargo de la junta directiva en diversas sociedades anónimas y no haber incluido otros ingresos diferentes a su salario. Tales deberes se enmarcan en los artículos 213 ibídem, 3, 4, 14, 15, 29, 31, 38, 39 y 41.e de la Ley contra la Corrupción y el Enriquecimiento Ilícito en la Función Pública, Ley de Compensación por pago de prohibición, su Reglamento -Decreto Ejecutivo 22614- y 39 de la Ley de Control Interno. Dicha conducta, atenta contra la hacienda pública y el deber de probidad. Por ende, se observa las faltas graves cometidas por la servidora legislativa, y por ello la sanción impuesta de despido e inhabilitación es proporcional. Además, la inhabilitación impuesta lo fue por el mínimo -2 años- que prevé el canon 72 de la Ley Orgánica de la Contraloría General de la República (voto 763-F-2018).

Pull quotesCitas destacadas

  • "Dicha conducta, atenta contra la hacienda pública y el deber de probidad."

    "This conduct undermines public finances and the duty of probity."

    Fundamento jurídico

  • "Dicha conducta, atenta contra la hacienda pública y el deber de probidad."

    Fundamento jurídico

  • "la sanción impuesta de despido e inhabilitación es proporcional."

    "the sanction imposed of dismissal and disqualification is proportional."

    Fundamento jurídico

  • "la sanción impuesta de despido e inhabilitación es proporcional."

    Fundamento jurídico

  • "la inhabilitación impuesta lo fue por el mínimo -2 años- que prevé el canon 72 de la Ley Orgánica de la Contraloría General de la República"

    "the disqualification imposed was for the minimum period - 2 years - provided for in Article 72 of the Organic Law of the Comptroller General of the Republic"

    Fundamento jurídico

  • "la inhabilitación impuesta lo fue por el mínimo -2 años- que prevé el canon 72 de la Ley Orgánica de la Contraloría General de la República"

    Fundamento jurídico

Full documentDocumento completo

This Chamber agrees with the Trial Court, in giving relevant weight to the rank and knowledge of a public official (mandate 213 of the Ley General de la Administración Pública), who in addition to being a lawyer, was a member of the Board of Directors of the Colegio de Abogados y Abogadas de Costa Rica and Deputy Director of the Department of Technical Services of the Legislative Assembly. That is, she fully understands the scope and consequences derived from her acts, consisting of the violation of the prohibition regime (régimen de prohibición) to which she was subject and for which she received an additional 65% of her salary. Even so, she undertook the private defense of two individuals in a criminal case, even performing this work during her workday; reporting in sworn statements (declaraciones juradas) her participation as a shareholder or in some position on the board of directors in various corporations (sociedades anónimas) and failing to include income other than her salary. Such duties are framed within Articles 213 ibid., 3, 4, 14, 15, 29, 31, 38, 39, and 41.e of the Ley contra la Corrupción y el Enriquecimiento Ilícito en la Función Pública, the Ley de Compensación por pago de prohibición, its Reglamento - Decreto Ejecutivo 22614 - and 39 of the Ley de Control Interno. Said conduct undermines the public treasury (hacienda pública) and the duty of probity (deber de probidad). Therefore, the serious misconduct committed by the legislative employee is observed, and for this reason, the imposed sanction of dismissal and disqualification (inhabilitación) is proportional. Furthermore, the disqualification imposed was for the minimum -2 years- provided for by canon 72 of the Ley Orgánica de la Contraloría General de la República (voto 763-F-2018).

Esta Sala coincide con el Tribunal, al valorar de manera relevante la jerarquía y conocimiento de una funcionaria pública (mandato 213 Ley General de la Administración Pública), quien además de ser abogada, fue integrante de la Junta Directiva del Colegio de Abogados y Abogadas de Costa Rica y Subdirectora del Departamento de Servicios Técnicos de la Asamblea Legislativa. Es decir, conoce plenamente los alcances y consecuencias derivadas de sus actos, consistentes en la violación al régimen de prohibición al que estaba sometida y por el que recibía un 65% adicional de su salario. Aún así, asumió la defensa privada de dos personas en una causa penal, desempeñándose incluso durante su jornada laboral; reportando en unas declaraciones juradas su participación como accionista o en algún cargo de la junta directiva en diversas sociedades anónimas y no haber incluido otros ingresos diferentes a su salario. Tales deberes se enmarcan en los artículos 213 ibídem, 3, 4, 14, 15, 29, 31, 38, 39 y 41.e de la Ley contra la Corrupción y el Enriquecimiento Ilícito en la Función Pública, Ley de Compensación por pago de prohibición, su Reglamento -Decreto Ejecutivo 22614- y 39 de la Ley de Control Interno. Dicha conducta, atenta contra la hacienda pública y el deber de probidad. Por ende, se observa las faltas graves cometidas por la servidora legislativa, y por ello la sanción impuesta de despido e inhabilitación es proporcional. Además, la inhabilitación impuesta lo fue por el mínimo -2 años- que prevé el canon 72 de la Ley Orgánica de la Contraloría General de la República (voto 763-F-2018).

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Implementing decreesDecretos que afectan

    TopicsTemas

    • Off-topic (non-environmental)Fuera de tema (no ambiental)

    Concept anchorsAnclajes conceptuales

    • Ley General de la Administración Pública Art. 213
    • Ley contra la Corrupción y el Enriquecimiento Ilícito en la Función Pública Art. 3
    • Ley contra la Corrupción y el Enriquecimiento Ilícito en la Función Pública Art. 4
    • Ley contra la Corrupción y el Enriquecimiento Ilícito en la Función Pública Art. 14
    • Ley contra la Corrupción y el Enriquecimiento Ilícito en la Función Pública Art. 15
    • Ley contra la Corrupción y el Enriquecimiento Ilícito en la Función Pública Art. 29
    • Ley contra la Corrupción y el Enriquecimiento Ilícito en la Función Pública Art. 31
    • Ley contra la Corrupción y el Enriquecimiento Ilícito en la Función Pública Art. 38

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