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Resolución 064 · 02/03/2020
OutcomeResultado
SummaryResumen
This resolution temporarily modifies visitation rules for Chirripó National Park due to the expiration of a non-essential services concession contract. It suspends certain provisions of the 2017 and 2018 reservation procedures and establishes an action plan to maintain tourism while an appeal against the award of a new concession is resolved. Lodging is permitted only at Base Crestones under existing use permits via the Herradura-Urán-Chirripó and San Jerónimo-Sabana de Los Leones trails, with mandatory guiding. It also authorizes 30 daily day-visitor slots through the San Gerardo sector, defines check-in hours and registration procedures, and prohibits cooking within the protected area except in authorized facilities. The measure is temporary and justified by visitor safety, protection of exceptional ecosystems, and the need to sustain tourism-dependent local communities.Esta resolución modifica temporalmente las reglas de visitación al Parque Nacional Chirripó ante la caducidad del contrato de concesión de servicios no esenciales. Suspende ciertas disposiciones del procedimiento de reservaciones de 2017 y 2018, y establece un plan de acción para mantener la oferta turística mientras se resuelve un recurso de apelación contra la adjudicación de una nueva concesión. Para ello, permite el hospedaje exclusivamente en el Albergue Base Crestones bajo las modalidades de permiso de uso existentes por los senderos Herradura-Urán-Chirripó y San Jerónimo-Sabana de Los Leones, exigiendo acompañamiento de guías autorizados. También autoriza 30 espacios diarios para visitantes de un solo día por el sector San Gerardo, define horarios y procedimientos de registro, y prohíbe cocinar dentro del área protegida salvo en instalaciones autorizadas. La medida es transitoria y se sustenta en razones de seguridad, protección de ecosistemas de valor excepcional y continuidad de la actividad turística como sustento de las comunidades aledañas.
Key excerptExtracto clave
For the safety of visitors, the integrity of the exceptional-value ecosystems in the upper part of PNCh and the existing infrastructure, it is strictly necessary to permit lodging only at Base Crestones under the existing Use Permit modalities via the Herradura - Urán - Chirripó - Base Crestones and San Jerónimo - Sabana de Los Leones - Base Crestones routes. This visit requires mandatory accompaniment by guides from the permitholder organization. For the safety of visitors, the integrity of the exceptional-value ecosystems in the upper part of Chirripó National Park and the infrastructure present, visitors will not be permitted to cook within the protected wilderness area except in authorized facilities at Paso de los Indios. Only tourists entering via the Herradura - Urán - Chirripó - Base Crestones and San Jerónimo - Sabana de Los Leones - Base Crestones trails may lodge at Base Crestones under the provisions of the granted use permits. This is a measure for visitor safety, the integrity of the exceptional-value ecosystems in the upper part of Chirripó National Park, and the existing infrastructure.Por un tema de seguridad para los visitantes, la integridad de los ecosistemas de valor excepcional que se encuentran en la parte alta del PNCh y de las infraestructuras presentes, se hace estrictamente necesario, permitir únicamente el hospedaje en Base Crestones bajo las modalidades ya existentes de Permiso de Uso por las rutas Herradura - Urán - Chirripó - Base Crestones y San Jerónimo - Sabana de Los Leones - Base Crestones Esta visita requiere obligatoriamente el acompañamiento de guías de la organización permisionaria. Por un tema de seguridad de los visitantes, de la integridad de los ecosistemas de valor excepcional que se encuentran la parte alta del Parque Nacional Chirripó y de la infraestructura presente, no se le permitirá al visitante cocinar dentro del área silvestre protegida a excepción de las instalaciones autorizadas en el Paso de los Indios. Únicamente podrán alojarse en el Albergue Base Crestones los turistas que ingresen por los senderos Herradura - Urán - Chirripó - Base Crestones y San Jerónimo - Sabana de Los Leones - Base Crestones bajo las disposiciones de los permisos de uso otorgados. Esto como una medida de seguridad de los visitantes, de la integridad de los ecosistemas de valor excepcional que se encuentran en la parte alta del Parque Nacional Chirripó y de las infraestructuras presentes.
Pull quotesCitas destacadas
"Por un tema de seguridad para los visitantes, la integridad de los ecosistemas de valor excepcional que se encuentran en la parte alta del PNCh y de las infraestructuras presentes, se hace estrictamente necesario, permitir únicamente el hospedaje en Base Crestones bajo las modalidades ya existentes de Permiso de Uso."
"For the safety of visitors, the integrity of the exceptional-value ecosystems in the upper part of PNCh and the existing infrastructure, it is strictly necessary to permit lodging only at Base Crestones under the existing Use Permit modalities."
Considerando 5°
"Por un tema de seguridad para los visitantes, la integridad de los ecosistemas de valor excepcional que se encuentran en la parte alta del PNCh y de las infraestructuras presentes, se hace estrictamente necesario, permitir únicamente el hospedaje en Base Crestones bajo las modalidades ya existentes de Permiso de Uso."
Considerando 5°
"Por un tema de seguridad de los visitantes, de la integridad de los ecosistemas de valor excepcional que se encuentran la parte alta del Parque Nacional Chirripó y de la infraestructura presente, no se le permitirá al visitante cocinar dentro del área silvestre protegida a excepción de las instalaciones autorizadas en el Paso de los Indios."
"For the safety of visitors, the integrity of the exceptional-value ecosystems in the upper part of Chirripó National Park and the infrastructure present, visitors will not be permitted to cook within the protected wilderness area except in authorized facilities at Paso de los Indios."
Considerando 6°
"Por un tema de seguridad de los visitantes, de la integridad de los ecosistemas de valor excepcional que se encuentran la parte alta del Parque Nacional Chirripó y de la infraestructura presente, no se le permitirá al visitante cocinar dentro del área silvestre protegida a excepción de las instalaciones autorizadas en el Paso de los Indios."
Considerando 6°
"El ingreso al Parque Nacional Chirripó por esta ruta, puede hacerlo para un recorrido parcial, no siendo obligatorio llegar hasta la cumbre en el cerro Chirripó, que sería el total del recorrido y en su lugar el turista puede caminar en el parque sobre este sendero y devolverse cuando lo considere oportuno."
"Entry to Chirripó National Park via this route may be for a partial hike; it is not mandatory to reach the Chirripó summit, and the tourist may walk along the trail and turn back whenever they deem appropriate."
Disposición 3°
"El ingreso al Parque Nacional Chirripó por esta ruta, puede hacerlo para un recorrido parcial, no siendo obligatorio llegar hasta la cumbre en el cerro Chirripó, que sería el total del recorrido y en su lugar el turista puede caminar en el parque sobre este sendero y devolverse cuando lo considere oportuno."
Disposición 3°
"Los turistas están obligados a bajar todos los residuos que generen dentro del Área Silvestre Protegida hasta los basureros y / o depósitos de basura fuera del parque, se insta a los turistas para que hagan un manejo adecuado de los residuos fuera del Parque."
"Tourists are obligated to carry out all waste generated within the protected wilderness area to trash cans and/or waste depots outside the park; tourists are urged to properly manage waste outside the Park."
Disposición 4° (inciso b)
"Los turistas están obligados a bajar todos los residuos que generen dentro del Área Silvestre Protegida hasta los basureros y / o depósitos de basura fuera del parque, se insta a los turistas para que hagan un manejo adecuado de los residuos fuera del Parque."
Disposición 4° (inciso b)
Full documentDocumento completo
in the entirety of the text - Complete Text of Norm 064 Reform of the Reservations Procedure for Chirripó National Park Complete Text record: 1350E9 NATIONAL SYSTEM OF CONSERVATION AREAS Resolution No. SINAC-ACLA-P-D-064-2020.-Ministry of Environment and Energy.-National System of Conservation Areas, La Amistad Pacífico Conservation Area, San Isidro del General, at 3:00 p.m. on March 2, two thousand twenty.
5º-For a matter of safety for visitors, the integrity of the exceptionally valuable ecosystems found in the upper part of the PNCh, and the existing infrastructure, it is strictly necessary to allow lodging only at Base Crestones under the already existing modalities of Use Permit for the Herradura - Urán - Chirripó - Base Crestones and San Jerónimo - Sabana de Los Leones - Base Crestones routes. This visit mandatorily requires the accompaniment of guides from the permitted organization. Admission and lodging shall be charged through the Online Reservation System, at the electronic address www.sinac.go.cr.
6º-For a matter of safety for visitors, the integrity of the exceptionally valuable ecosystems found in the upper part of Chirripó National Park, and the present infrastructure, the visitor will not be allowed to cook inside the protected wilderness area (área silvestre protegida) with the exception of the facilities authorized at Paso de los Indios.
THE DIRECTOR OF THE LA AMISTAD PACÍFICO CONSERVATION AREA RESOLVES:
TO TEMPORARILY MODIFY THE RESERVATIONS PROCEDURE FOR CHIRRIPÓ NATIONAL PARK 1º-To temporarily render ineffective the provisions indicated below of Resolution SINAC-ACLAP- D-441-2017 and its modification by means of Resolution SINAC-ACLA-P-D-076-2018:
. Considering 1° and 3° . Provision b) of the first paragraph and the last paragraph of the introductory text of the Procedure.
. Point 4° of the Procedure.
. From the general provisions, render ineffective until further notice, numbers 1, 3, 4, 5, 8, 9, 12, 14, 21, and 25.
2º-To temporarily modify: a) point 7° of the Procedure so that it reads as follows:
7º-Tourists who enter through the San Gerardo Sector and the Herradura Sector must register their entry in person at the Chirripó National Park Administration, located in San Gerardo de Rivas de Pérez Zeledón prior to their entry. Entry to the Park is permitted from 3:00 a.m. until 10:00 a.m. For those who wish to enter during the early morning or first hours of the morning on the day of entry, they must register the day before between the hours of eight in the morning and four in the afternoon.
For tourists who enter through the San Jerónimo Sector, they must register their entry to the Park before four in the afternoon of the day prior to their entry or until ten in the morning on the same day of entry, and shall do so in a logbook that the administration provided to the permitted organization.
10. The Chirripó National Park administration shall have 30 daily spaces for visitors who wish to enter the park for a single day, exclusively through the San Gerardo Sector, and who do not require lodging at the Base Crestones Lodge. These visitors must complete the reservations procedure prior to their entry and register before the Administration in accordance with this resolution.
13. For entry through the Herradura and San Jerónimo Sectors, visitors must coordinate with the permitted organization regarding payment for duly authorized ecotourism activities.
15. The user who enters through the Herradura and San Jerónimo Sectors must pay the fees for ecotourism activities to the permitted organization within a period of forty-eight hours after making the reservation, under the warning that the right of admission will be canceled if they fail to do so, and if applicable, the user must proceed to request a refund of the money within the established timeframes, according to the current tariff decree.
19. Exemption from payment of admission fees may be granted only based on the provisions established by the executive decree regulating entry fees to protected wilderness areas. Any interested party in entering Chirripó National Park exempted shall be subject to the space availability that the Park administration establishes at the Crestones Lodge and must provide a copy of the resolution authorizing their entry.
3º-To temporarily add the following Mandatory provision, which must be complied with by all tourists visiting Chirripó National Park who enter via the Main trail:
The trek along this route covers a total of 39.2 kilometers round trip (from San Gerardo to the summit of Chirripó), for which reason the visitor must be in good physical condition or must prepare physically beforehand to undertake the journey.
Entry to Chirripó National Park via this route may be for a partial trek, not being obligatory to reach the summit at the Chirripó hill, which would be the total distance, and instead the tourist may walk in the park along this trail and turn back when they consider it opportune.
4º-To temporarily add the following Mandatory provisions, which must be complied with by all tourists of Chirripó National Park on any of the authorized routes during this period:
a. Only tourists who enter via the Herradura - Urán - Chirripó - Base Crestones and San Jerónimo - Sabana de Los Leones - Base Crestones trails under the provisions of the granted use permits may lodge at the Base Crestones Lodge. This is as a safety measure for visitors and for the integrity of the exceptionally valuable ecosystems found in the upper part of Chirripó National Park and the existing infrastructure.
b. Tourists are obligated to carry down all waste they generate within the Protected Wilderness Area to the garbage bins and/or waste depots outside the park. Tourists are urged to manage waste appropriately outside the Park.
c. For a matter of safety for visitors, the integrity of the exceptionally valuable ecosystems found in the upper part of Chirripó National Park, and the existing infrastructure, the visitor shall NOT be allowed to cook inside the protected wilderness area with the exception of the facilities authorized at Paso de los Indios.
d. Prior to the reservation process through the Online Purchasing and Reservation System (www.sinac.go.cr), it is the obligation of every visitor to Chirripó National Park to read the terms and conditions that are accepted prior to the completion of the purchase.
5º-In all other respects, the provisions of resolutions SINAC ACLA-P-D-441-2017 and its modification by means of Resolution SINAC-ACLA-P-D-076-2018, as well as resolutions SINAC-ACLA-P-D-387-2017, SINACACLA- P-D-418-2019, SINAC-ACLA-P-D-579-2015, SINACACLA- P-D-172-2017, SINAC-ACLA-P-D-343-2019, SINACACLA- P-D-062-2020, SINAC-ACLA-P-D-063-2020 remain intact.
San Isidro de El General, on the fourth day of March, two thousand twenty.
Whereas:
Considering:
en la totalidad del texto - Texto Completo Norma 064 Reforma Procedimiento de reservaciones del Parque Nacional Chirripó Texto Completo acta: 1350E9 SISTEMA NACIONAL DE ÁREAS DE CONSERVACIÓN Resolución N° SINAC-ACLA-P-D-064-2020.-Ministerio del Ambiente y Energía.-Sistema Nacional de Áreas de Conservación, Área de Conservación Amistad Pacífico, San Isidro del General, a las 15 horas del dos de marzo del dos mil veinte.
5º-Por un tema de seguridad para los visitantes, la integridad de los ecosistemas de valor excepcional que se encuentran en la parte alta del PNCh y de las infraestructuras presentes, se hace estrictamente necesario, permitir únicamente el hospedaje en Base Crestones bajo las modalidades ya existentes de Permiso de Uso por las rutas Herradura - Urán - Chirripó - Base Crestones y San Jerónimo - Sabana de Los Leones - Base Crestones Esta visita requiere obligatoriamente el acompañamiento de guías de la organización permisionaria. La Admisión y el hospedaje se cobrará a través del Sistema de Reservaciones en Línea, en la dirección electrónica www.sinac.go.cr.
6º-Por un tema de seguridad de los visitantes, de la integridad de los ecosistemas de valor excepcional que se encuentran la parte alta del Parque Nacional Chirripó y de la infraestructura presente, no se le permitirá al visitante cocinar dentro del área silvestre protegida a excepción de las instalaciones autorizadas en el Paso de los Indios.
EL DIRECTOR DEL ÁREA DE CONSERVACIÓN LA AMISTAD PACÍFICO, RESUELVE:
MODIFICAR DE FORMA TEMPORAL EL PROCEDIMIENTO DE RESERVACIONES DEL PARQUE NACIONAL CHIRRIPÓ 1º-Dejar sin efecto de forma temporal, las disposiciones que se indican a continuación de la Resolución SINAC-ACLAP- D-441-2017 y su modificación por medio de la Resolución SINAC-ACLA-P-D-076-2018:
. Considerando 1° y 3° . Disposición b) del párrafo primero y último párrafo del texto introductorio del Procedimiento.
. Punto 4° del Procedimiento.
. De las disposiciones generales dejar sin efecto hasta nuevo aviso, el número 1, 3, 4, 5, 8, 9, 12, 14, 21 y 25.
2º-Modificar de forma temporal: a) el punto 7° del Procedimiento para que se lea de la siguiente forma:
7º-Los turistas que ingresen por el Sector San Gerardo y el Sector Herradura, deberán registrar su ingreso de manera personal en la Administración del Parque Nacional Chirripó, ubicada en San Gerardo de Rivas de Pérez Zeledón previo a su ingreso. El ingreso al Parque es permitido a partir de las 3:00 a.m. y hasta las 10:00 a.m., para quienes deseen ingresar durante la madrugada o en las primeras horas de la mañana del día de ingreso, deberán registrarse el día antes en horario de ocho de la mañana a cuatro de la tarde.
Para los turistas que ingresan por el Sector San Jerónimo, deberán realizar el registro de ingreso al Parque antes de las cuatro de la tarde del día anterior a su ingreso o hasta las diez de la mañana del mismo día de ingreso y lo hará en una bitácora que la administración le entregó al permisionario.
10. La administración del Parque Nacional Chirripó dispondrá de 30 espacios diarios para los visitantes que deseen ingresar al parque solo por un día, exclusivamente por el Sector San Gerardo y que no requieren alojamiento en el Albergue Base Crestones, los cuales deberán desarrollar el procedimiento de reservaciones previo a su ingreso y de registro ante la Administración conforme aesta resolución.
13. Para el ingreso por los Sectores Herradura y San Jerónimo, deberán coordinar con la organización permisionaria lo relacionado al pago por actividades ecoturísticas debidamente autorizadas.
15. El usuario que ingrese por los Sectores Herradura y San Jerónimo, deberá pagar los derechos por actividades ecoturísticas a la organización permisionaria dentro de un plazo de cuarenta y ocho horas posteriores a la reservación, bajo la advertencia de que se le cancelará el derecho de admisión si no lo hace y de corresponder, el usuario deberá proceder a realizar la solicitud de reembolso del dinero en los plazos establecidos, según el decreto de tarifas vigente.
19. La exoneración del pago de derechos de admisión se podrá otorgar únicamente con base en lo establecido por el decreto ejecutivo que regula las tarifas de ingreso a las áreas silvestres protegidas. Todo interesado en ingresar exonerado al Parque Nacional Chirripó, estará sujeto a la disponibilidad de espacio que la administración del Parque establezca en el Albergue Crestones y deberá aportar copia de la resolución que le autoriza su ingreso.
3º-Adicionar de forma transitoria la siguiente Disposición obligatoria que debe ser cumplida por todos los turistas visitantes del Parque Nacional Chirripó que ingresen por el sendero Principal:
El recorrido por esta ruta comprende un total de 39.2 kilómetros ida y regreso (desde San Gerardo hasta la cumbre del Chirripó) por lo cual el visitante debe tener buena condición física o debe prepararse físicamente con anterioridad para desarrollar la travesía.
El ingreso al Parque Nacional Chirripó por esta ruta, puede hacerlo para un recorrido parcial, no siendo obligatorio llegar hasta la cumbre en el cerro Chirripó, que sería el total del recorrido y en su lugar el turista puede caminar en el parque sobre este sendero y devolverse cuando lo considere oportuno.
4º-Adicionar de forma transitoria las siguientes Disposiciones obligatorias, las cuales deben ser cumplidas por todos los turistas del Parque Nacional Chirripó por cualquiera de las rutas autorizadas durante este periodo:
a. Únicamente podrán alojarse en el Albergue Base Crestones los turistas que ingresen por los senderos Herradura - Urán - Chirripó - Base Crestones y San Jerónimo - Sabana de Los Leones - Base Crestones bajo las disposiciones de los permisos de uso otorgados. Esto como una medida de seguridad de los visitantes, de la integridad de los ecosistemas de valor excepcional que se encuentran en la parte alta del Parque Nacional Chirripó y de las infraestructuras presentes.
b. Los turistas están obligados a bajar todos los residuos que generen dentro del Área Silvestre Protegida hasta los basureros y / o depósitos de basura fuera del parque, se insta a los turistas para que hagan un manejo adecuado de los residuos fuera del Parque.
c. Por un tema de seguridad de los visitantes, de la integridad de los ecosistemas de valor excepcional que se encuentran en la parte alta del Parque Nacional Chirripó y de las infraestructuras presentes NO se le permitirá al visitante cocinar dentro del área silvestre protegida a excepción de las instalaciones autorizadas en el Paso de los Indios.
d. Previo al proceso de reservación a través del Sistema de Compras y Reservas en Línea (www.sinac.go.cr) es obligación de todo visitante al Parque Nacional Chirripó leer las condiciones que se firman previo a la finalización de la compra.
5º-En todo lo demás se mantienen intactas las disposiciones de las resoluciones SINAC ACLA-P-D-441-2017 y su modificación por medio de la Resolución SINAC-ACLA-P-D-076-2018, así como de las resoluciones SINAC-ACLA-P-D-387-2017, SINACACLA- P-D-418-2019, SINAC-ACLA-P-D-579-2015, SINACACLA- P-D-172-2017, SINAC-ACLA-P-D-343-2019, SINACACLA- P-D-062-2020, SINAC-ACLA-P-D-063-2020.
San Isidro de El General a los cuatro días del mes de marzo del dos mil veinte.
Resultando:
Considerando:
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