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Decreto 42007 · 16/09/2019
OutcomeResultado
SummaryResumen
This Executive Decree No. 42007-MJP, signed by the President of the Republic and the Minister of Justice and Peace, declares the Asociación Administradora del Acueducto Nuevo Villas Alicante de Alajuela (legal ID 3-002-574835) to be of public benefit. The declaration is based on Article 32 of the Associations Law, empowering the Executive Branch to grant this status to associations whose activities contribute to meeting social needs. The association's purposes include administering, operating, and maintaining the community water system, collaborating with the Costa Rican Institute of Aqueducts and Sewers (AyA), promoting community participation, and protecting watersheds. The decree mandates annual reports to the Ministry of Justice and Peace and exempts from income tax the income and assets used exclusively for public purposes, subject to tax oversight. It takes effect upon publication.Este decreto ejecutivo No. 42007-MJP, firmado por el Presidente de la República y la Ministra de Justicia y Paz, declara de utilidad pública para los intereses del Estado a la Asociación Administradora del Acueducto Nuevo Villas Alicante de Alajuela, persona jurídica 3-002-574835. La declaratoria se fundamenta en el artículo 32 de la Ley de Asociaciones, que permite al Poder Ejecutivo otorgar este reconocimiento a asociaciones cuyas actividades contribuyen a solventar necesidades sociales. La asociación tiene como fines administrar, operar y conservar el acueducto de la comunidad, colaborar con el Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados (AyA), promover la participación comunitaria y proteger las cuencas hidrográficas. El decreto establece la obligación de presentar informes anuales al Ministerio de Justicia y Paz y exonera del impuesto sobre la renta los ingresos y patrimonio destinados exclusivamente a fines públicos, sujeto a fiscalización tributaria. Rige a partir de su publicación.
Key excerptExtracto clave
The purposes pursued by the Asociación Administradora del Acueducto Nuevo Villas Alicante de Alajuela, legal ID number 3-002-574835, according to its bylaws are: "(...) A) To administer, operate, maintain, develop, and keep in good condition the aqueduct, in accordance with the provisions and regulations issued by the Costa Rican Institute of Aqueducts and Sewers, which shall be mandatory; B) To obtain effective community participation in the construction, operation, maintenance, and development of the aqueduct; C) To collaborate in educational programs and campaigns that are undertaken; D) To help explain and disseminate within the community the provisions and regulations of the Costa Rican Institute of Aqueducts and Sewers; E) To cooperate with the plans, projects, and works undertaken by the Costa Rican Institute of Aqueducts and Sewers in the community; F) To participate in matters related to the administration, conservation, and rational exploitation of water; control of its pollution or alteration, definition of measures and actions for the protection of watersheds and ecological stability; G) To ensure that all systems and their aqueduct and sanitary sewer installations comply with the basic principles of public service, in terms of quality, quantity, coverage, efficiency, cost rationalization, etc.; H) To provide public services efficiently, equally, and in a timely manner to all users, without distinctions of any nature."Los fines que persigue la Asociación Administradora del Acueducto Nuevo Villas Alicante de Alajuela, cédula de persona jurídica número 3-002-574835, según sus estatutos son: "(...) A) Administrar, operar, dar mantenimiento, desarrollo y conservar en buenas condiciones el acueducto, de conformidad con las disposiciones;' reglamentos que al respecto emite el Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados que será de acatamiento obligatorio, B) Obtener la participación efectiva de la comunidad en la construcción, operación, mantenimiento y desarrollo del acueducto, C) Colaboración en los programas y campañas de índole educativa que se emprendan; D) Ayudar a explicar y divulgar en la comunidad las disposiciones y reglamentos del Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados; E) Cooperar con los planes, proyectos y obras que emprenda el Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados en la comunidad; F) Participar en asuntos relativos a la administración, conservación;' explotación racional de las aguas; control de su contaminación o alteración, definición de las medidas y acciones para la protección de las cuencas hidrográficas y la estabilidad ecológica; G) Velar porque todos los sistemas, sus instalaciones de acueductos y alcantarillados sanitario, cumplan los principios básicos del servicio público, tanto en calidad, cantidad, cobertura, eficiencia, racionalización de gastos, etc.; H) Otorgar los servicios públicos, en forma eficiente, igualitaria y oportuna a todos sus usuarios, sin distinciones de ninguna naturaleza."
Pull quotesCitas destacadas
"Declárese de utilidad pública para los intereses del Estado la Asociación Administradora del Acueducto Nuevo Villas Alicante de Alajuela, cédula de persona jurídica número 3-002-574835."
"Declare the Asociación Administradora del Acueducto Nuevo Villas Alicante de Alajuela, legal ID number 3-002-574835, to be of public benefit for the interests of the State."
Artículo 1°
"Declárese de utilidad pública para los intereses del Estado la Asociación Administradora del Acueducto Nuevo Villas Alicante de Alajuela, cédula de persona jurídica número 3-002-574835."
Artículo 1°
"Los ingresos y el patrimonio de la asociación que se destinen en su totalidad y en forma exclusiva para fines públicos o de beneficencia y que en ningún caso se distribuyan directa o indirectamente entre sus integrantes, se encontrarán exonerados del impuesto sobre la renta."
"The income and assets of the association that are used entirely and exclusively for public or charitable purposes and that are in no case distributed directly or indirectly among its members, shall be exempt from income tax."
Artículo 3°
"Los ingresos y el patrimonio de la asociación que se destinen en su totalidad y en forma exclusiva para fines públicos o de beneficencia y que en ningún caso se distribuyan directa o indirectamente entre sus integrantes, se encontrarán exonerados del impuesto sobre la renta."
Artículo 3°
"Participar en asuntos relativos a la administración, conservación;' explotación racional de las aguas; control de su contaminación o alteración, definición de las medidas y acciones para la protección de las cuencas hidrográficas y la estabilidad ecológica."
"Participate in matters related to the administration, conservation, and rational exploitation of water; control of its pollution or alteration, definition of measures and actions for the protection of watersheds and ecological stability."
Considerando III, fines de la asociación
"Participar en asuntos relativos a la administración, conservación;' explotación racional de las aguas; control de su contaminación o alteración, definición de las medidas y acciones para la protección de las cuencas hidrográficas y la estabilidad ecológica."
Considerando III, fines de la asociación
Full documentDocumento completo
in the entirety of the text - Complete Text of Norm 42007 Declaration of public utility for the Asociación Administradora del Acueducto Nuevo Villas Alicante de Alajuela Complete Text of record: 132DA2 N° 42007-MJP THE PRESIDENT OF THE REPUBLIC AND THE MINISTER OF JUSTICE AND PEACE Based on the provisions of articles 140, subsection 18) and 146 of the Political Constitution, article 32 of the Law of Associations (Ley de Asociaciones) N° 218 of August 8, 1939, and articles 27 and following of the Regulation to the Law of Associations (Reglamento a la Ley de Asociaciones) N° 29496-J, published in La Gaceta N° 96 of May 21, 2001, as well as the provisions of article 3, subsection ch) of the Income Tax Law (Ley de Impuesto sobre la Renta) N° 7092 and articles 103 and 104 of the Code of Tax Rules and Procedures (Código de Normas y Procedimientos Tributarios) N° 4755.
I.- Article 32 of the Law of Associations N° 218 of August 8, 1939, and its amendments, grants the Executive Branch the power to declare of public utility simple, federated, or confederated associations whose development and activities are particularly useful for the interests of the State and which thereby contribute to addressing a social need.
II.- The Asociación Administradora del Acueducto Nuevo Villas Alicante de Alajuela, legal entity identification number 3-002-574835, was registered in the Registry of Associations (Registro de Asociaciones) of the National Registry (Registro Nacional), as of April 29, 2009, under volume 2009 and entry 82294.
III.- The purposes pursued by the Asociación Administradora del Acueducto Nuevo Villas Alicante de Alajuela, legal entity identification number 3-002-574835, according to its bylaws are: "(...) A) To administer, operate, maintain, develop, and keep in good condition the aqueduct (acueducto), in accordance with the provisions and regulations issued in that regard by the Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados, which shall be mandatory; B) To obtain the effective participation of the community in the construction, operation, maintenance, and development of the aqueduct; C) To collaborate in educational programs and campaigns that are undertaken; D) To help explain and disseminate within the community the provisions and regulations of the Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados; E) To cooperate with the plans, projects, and works undertaken by the Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados in the community; F) To participate in matters relating to the administration, conservation, and rational exploitation of waters; control of their contamination or alteration; definition of measures and actions for the protection of hydrographic basins and ecological stability; G) To ensure that all systems, their aqueduct and sanitary sewerage (alcantarillado sanitario) installations, comply with the basic principles of public service, in terms of quality, quantity, coverage, efficiency, rationalization of expenses, etc.; H) To provide public services in an efficient, equitable, and timely manner to all its users, without distinctions of any nature." IV.- Such purposes address a social need of the highest order, for which they merit the support of the Costa Rican State. Therefore, They decree:
DECLARATION OF PUBLIC UTILITY FOR THE ASOCIACIÓN ADMINISTRADORA DEL ACUEDUCTO NUEVO VILLAS ALICANTE DE ALAJUELA
Considering:
Given at the Presidency of the Republic.- San José, on the sixteenth day of September of two thousand nineteen.
en la totalidad del texto - Texto Completo Norma 42007 Declaratoria de utilidad pública la Asociación Administradora del Acueducto Nuevo Villas Alicante de Alajuela Texto Completo acta: 132DA2 N° 42007-MJP EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA Y LA MINISTRA DE JUSTICIA Y PAZ Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 140, inciso 18) y 146 de la Constitución Política, en el artículo 32 de la Ley de Asociaciones N° 218 del 8 de agosto de 1939 y los artículos 27 y siguientes del Reglamento a la Ley de Asociaciones N° 29496-J, publicado en La Gaceta N° 96 del 21 de mayo del 2001, así como lo establecido en el artículo 3, inciso ch) de la Ley de Impuesto sobre la Renta N° 7092 y en los artículos 103 y 104 de Código de Normas y Procedimientos Tributarios N°4755.
I.-El artículo 32 de la Ley de Asociaciones N° 218 del 8 de agosto de 1939 y sus reformas, confiere al Poder Ejecutivo la potestad de declarar de utilidad pública a las asociaciones simples, federadas o confederadas, cuyo desarrollo y actividades sean particularmente útiles para los intereses del Estado y que por ello contribuyan a solventar una necesidad social.
II.-La Asociación Administradora del Acueducto Nuevo Villas Alicante de Alajuela, cédula de persona jurídica número 3-002-574835, se inscribió en el Registro de Asociaciones del Registro Nacional, desde el 29 de abril del 2009, bajo el tomo 2009 y asiento 82294.
III.-Los fines que persigue la Asociación Administradora del Acueducto Nuevo Villas Alicante de Alajuela, cédula de persona jurídica número 3-002-574835, según sus estatutos son: "(...) A) Administrar, operar, dar mantenimiento, desarrollo y conservar en buenas condiciones el acueducto, de conformidad con las disposiciones;' reglamentos que al respecto emite el Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados que será de acatamiento obligatorio, B) Obtener la participación efectiva de la comunidad en la construcción, operación, mantenimiento y desarrollo del acueducto, C) Colaboración en los programas y campañas de índole educativa que se emprendan; D) Ayudar a Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados; E) Cooperar con los planes, proyectos y obras que emprenda el Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados en la comunidad; F) Participar en asuntos relativos a la administración, conservación;' explotación racional de las aguas; control de su contaminación o alteración, definición de las medidas y acciones para la protección de las cuencas hidrográficas y la estabilidad ecológica; G) Velar porque todos los sistemas, sus instalaciones de acueductos y alcantarillados sanitario, cumplan los principios básicos del servicio público, tanto en calidad, cantidad, cobertura, eficiencia, racionalización de gastos, etc.; H) Otorgar los servicios públicos, en forma eficiente, igualitaria y oportuna a todos sus usuarios, sin distinciones de ninguna naturaleza." IV.-Tales fines solventan una necesidad social de primer orden, por lo cual merecen el apoyo del Estado costarricense. Por tanto,
DECLARATORIA DE UTILIDAD PÚBLICA PARA LA ASOCIACIÓN ADMINISTRADORA DEL ACUEDUCTO NUEVO VILLAS ALICANTE DE ALAJUELA
Considerando:
Decretan:
Dado en la Presidencia de la República.-San José, a los dieciséis días del mes de setiembre del dos mil diecinueve.
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