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Reglamento municipal 022 · 27/09/2016
OutcomeResultado
SummaryResumen
This document is an amendment adopted by the Municipality of San José to correct an error in the Land Use Zoning Regulation of the Urban Development Regulations of San José. Specifically, it clarifies that a provision of Article 5, Subsection d) — regarding the common area percentage in mixed-use condominiums of more than 15 units — is of general application and applies to all land use zones in the canton, not exclusively to the Residential Use Zone. The amendment was approved at Ordinary Session 022 on September 27, 2016, and orders its publication in the official gazette La Gaceta. It does not introduce substantive changes to the zoning rules but clarifies the scope of an existing provision to prevent misinterpretations about its territorial reach. It is thus an act of normative rectification with no direct environmental implications.Este documento es una enmienda adoptada por la Municipalidad de San José para corregir un error en el Reglamento de Zonificación de Uso del Suelo de los Reglamentos de Desarrollo Urbano de San José. Específicamente, aclara que una disposición del Artículo 5, Inciso d) — relativa al porcentaje de área común en condominios multiuso de más de 15 unidades — tiene carácter general y aplica a todas las zonas de uso del suelo del cantón, no exclusivamente a la Zona de Uso Residencial. La enmienda fue aprobada en la Sesión Ordinaria 022 del 27 de septiembre de 2016 y ordena su publicación en el diario oficial La Gaceta. No introduce cambios sustantivos a las reglas de zonificación, sino que precisa el ámbito de aplicación de una norma ya existente para evitar interpretaciones erróneas sobre su alcance territorial. Constituye, por tanto, un acto de rectificación normativa sin implicaciones ambientales directas.
Key excerptExtracto clave
Therefore, this municipal council resolves: "To adopt this agreement and send for publication the following amendment, clarifying that due to an error in the Land Use Zoning Regulation of the Urban Development Regulations of San José, published in Official Gazette No. 29 of February 11, 2014, in Chapter II "Regulation of Different Land Use Zones", Section I "Residential Use Zones", in Article 5 — which regulates complementary uses to the main activity in residential zones — in Subsection d), a second paragraph was erroneously included stating: ". In the case of mixed-use condominiums of more than 15 units, common areas shall be 10% of the total useful area (useful area being understood as all built area excluding common use areas such as: hallways, public restrooms, control booths, elevators, lobbies, stairs, green and recreational areas. Parking areas and basements are also excluded)". Consequently, said paragraph must be understood as a provision of general character for land uses that would apply to condominiums located in all and any of the land use zones, and not exclusively in the Residential Use Zone." Publish in the official gazette La Gaceta."Por tanto, este concejo municipal acuerda: "Adoptar el presente acuerdo y enviar a publicación la siguiente enmienda aclarando que por un error en el Reglamento de Zonificación de Uso del Suelo de los Reglamentos de Desarrollo Urbano de San José, publicado en el Diario Oficial La Gaceta N° 29 del 11 de febrero del 2014, en el Capítulo II "Regulación de las Diferentes Zonas de Uso de Suelo", Sección I "Zonas de uso residencial", en su Artículo 5 -que regula los usos complementarios a la actividad principal en zona residencial-, en el Inciso d), se dispuso de un segundo párrafo erróneamente que señala: ". En el caso de condominios multiuso de más de 15 unidades, las áreas comunes serán del 10% del total del área útil (entiéndase por área útil toda área construida que exceptúa las áreas de uso común, tales como: pasillos, servicios sanitarios de uso público, casetas de control, ascensores, vestíbulos, escaleras, áreas verdes y recreativas. Además se excluyen las área de estacionamiento y sótanos)". Por consiguiente, dicho párrafo debe entenderse como una disposición de carácter general para los usos de suelo que aplicaría para los condominios ubicados en todas y en cualquiera de las zonas de uso de suelo, y no exclusivamente en Zona de Uso Residencial." Publiquese en el diario oficial La Gaceta".
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"dicho párrafo debe entenderse como una disposición de carácter general para los usos de suelo que aplicaría para los condominios ubicados en todas y en cualquiera de las zonas de uso de suelo, y no exclusivamente en Zona de Uso Residencial."
"said paragraph must be understood as a provision of general character for land uses that would apply to condominiums located in all and any of the land use zones, and not exclusively in the Residential Use Zone."
Resolución
"dicho párrafo debe entenderse como una disposición de carácter general para los usos de suelo que aplicaría para los condominios ubicados en todas y en cualquiera de las zonas de uso de suelo, y no exclusivamente en Zona de Uso Residencial."
Resolución
Full documentDocumento completo
in the entirety of the text - Full Text of Norm 022 Amendment to the Urban Development Regulations of the Canton of San José. Land-Use Zoning Full Text of record: 112872 MUNICIPALITY OF SAN JOSE AMENDMENT LAND-USE ZONING REGULATIONS OF THE URBAN DEVELOPMENT REGULATIONS OF SAN JOSÉ, Therefore, this municipal council resolves:
"To adopt this resolution and send the following amendment for publication, clarifying that due to an error in the Land-Use Zoning Regulations of the Urban Development Regulations of San José, published in Official Gazette La Gaceta No. 29 of February 11, 2014, in Chapter II 'Regulation of the Different Land-Use Zones,' Section I 'Residential-Use Zones,' in its Article 5 —which governs uses complementary to the principal activity in residential zones—, in Subsection d), a second paragraph was erroneously provided, which states: '. In the case of mixed-use condominiums of more than 15 units, the common areas shall be 10% of the total usable area (usable area is understood to mean all built area that excludes common-use areas, such as: hallways, public-use sanitary facilities, control booths, elevators, lobbies, stairways, green and recreational areas. Parking areas and basements are also excluded).' Consequently, said paragraph must be understood as a provision of a general nature for land uses that would apply to condominiums located in all and in any of the land-use (uso de suelo) zones, and not exclusively in the Residential-Use Zone." Publish in the official gazette La Gaceta." Definitively approved resolution. Resolution 7, Article IV, of Ordinary Session 022, held by the Municipal Corporation of the Central Canton of San José, on September 27, 2016.
San José, October 12, 2016.
en la totalidad del texto - Texto Completo Norma 022 Reforma Reglamento de Desarrollo Urbano del Cantón de San José. Zonificación de Uso de Suelo Texto Completo acta: 112872 MUNICIPALIDAD DE SAN JOSE ENMIENDA REGLAMENTO DE ZONIFICACIÓN DE USO DEL SUELO DE LOS REGLAMENTOS DE DESARROLLO URBANO DE SAN JOSÉ, margin-right:0cm;margin-bottom:3.0pt; margin-left:0cm;text-indent:24.0pt'>Por tanto, este concejo municipal acuerda:
"Adoptar el presente acuerdo y enviar a publicación la siguiente enmienda aclarando que por un error en el Reglamento de Zonificación de Uso del Suelo de los Reglamentos de Desarrollo Urbano de San José, publicado en el Diario Oficial La Gaceta N° 29 del 11 de febrero del 2014, en el Capítulo II "Regulación de las Diferentes Zonas de Uso de Suelo", Sección I "Zonas de uso residencial", en su Artículo 5 -que regula los usos complementarios a la actividad principal en zona residencial-, en el Inciso d), se dispuso de un segundo párrafo erróneamente que señala: ". En el caso de condominios multiuso de más de 15 unidades, las áreas comunes serán del 10% del total del área útil (entiéndase por área útil toda área construida que exceptúa las áreas de uso común, tales como: pasillos, servicios sanitarios de uso público, casetas de control, ascensores, vestíbulos, escaleras, áreas verdes y recreativas. Además se excluyen las área de estacionamiento y sótanos)". Por consiguiente, dicho párrafo debe entenderse como una disposición de carácter general para los usos de suelo que aplicaría para los condominios ubicados en todas y en cualquiera de las zonas de uso de suelo, y no exclusivamente en Zona de Uso Residencial." Publiquese en el diario oficial La Gaceta".
Acuerdo definitivamente aprobado. Acuerdo 7, Artículo IV, de la Sesión Ordinaria 022, celebrada por la Corporación Municipal del Cantón Central de San José, el 27 de setiembre de 2016.
San José 12 de octubre de 2016.
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