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05/08/2016

Justification of absence from communal work during fishing closed seasonJustificación de inasistencia al trabajo comunal durante veda pesquera

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OutcomeResultado

RepealedDerogada

Added Article 7 bis to Agreement AJDIP/417-2005 to regulate justifications for absence from communal work, limiting them to CCSS medical opinions and approved public training, and creating an Evaluation Commission. The norm was repealed in 2017.Se adicionó un artículo 7 bis al Acuerdo AJDIP/417-2005 para regular las justificaciones de inasistencia al trabajo comunal, limitándolas a dictámenes médicos de la CCSS y capacitaciones públicas aprobadas, y creando una Comisión de Valoración. La norma fue derogada en 2017.

SummaryResumen

This agreement amends temporary regulations for communal work required of artisanal fishermen benefiting from subsidies during closed seasons in the Gulf of Nicoya. It adds Article 7 bis to Agreement AJDIP/417-2005, establishing that only medical opinions, disability certificates, or medical attendance records issued by the Costa Rican Social Security Fund (CCSS) will be accepted as valid justifications for absence, along with public-entity training sessions approved by the Department of Extension and Training. Any other justification will be evaluated by an STC Evaluation Commission comprising INCOPESCA and IMAS. The reform aims to ensure transparency regarding the dual benefit of closed seasons: fishery resource recovery and community development through communal work.El acuerdo reforma las regulaciones temporales del trabajo comunal que deben realizar los pescadores artesanales beneficiarios de subsidios durante los periodos de veda en el Golfo de Nicoya. Se adiciona un artículo 7 bis al Acuerdo AJDIP/417-2005, estableciendo que únicamente se aceptarán como justificaciones válidas para la inasistencia dictámenes médicos, incapacidades o controles de asistencia médica emitidos por la CCSS, y capacitaciones impartidas por entidades públicas con visto bueno del Departamento de Extensión y Capacitación. Cualquier otra justificación será evaluada por una Comisión de Valoración del STC integrada por INCOPESCA e IMAS. La reforma busca transparentar el doble beneficio de la veda: la recuperación del recurso pesquero y el aporte al desarrollo comunal mediante el trabajo comunal.

Key excerptExtracto clave

Article 7 (bis).-Only Medical Opinions, Disability Certificates, or Medical Attendance Records—whether for personal reasons or accompanying minors or elderly persons under the interested party's care, issued in all described cases by an authority of the Costa Rican Social Security Fund—will be accepted as valid justifications for absence and non-compliance with the Communal Work Service. In cases involving training (courses, workshops, etc.), only those provided by a public entity will be permitted, but their completion must first be evaluated and approved by the Department of Extension and Training. During inspections by Incopesca or IMAS, if the fisherman is not present at the previously scheduled hours for fulfilling his Communal Work Service, he will be deemed absent unless he presents a justification that complies with the provisions established in the first paragraph.Artículo 7° (bis).-Únicamente se tendrán como justificaciones válidas para la inasistencia e incumplimiento del Servicio de Trabajo Comunal, los Dictámenes Médicos, Incapacidades o Control de Asistencia Médica, en este último caso, personal o por acompañamiento a menores de edad o adultos mayores que estén bajo el cargo del interesado, emitidos en todos los casos descritos por una autoridad de la Caja Costarricense de Seguro Social. En aquellos casos que se trate de capacitaciones (cursos, talleres, etcétera), únicamente serán permitidas las que sean impartidas por una entidad pública, pero previo a su realización deberá ser valorada y contar con el visto bueno del Departamento de Extensión y Capacitación. En las supervisiones realizadas por el Incopesca o por el IMAS cuando el pescador no se encuentre en las horas que previamente programó para el cumplimiento de su Servicio de Trabajo Comunal, se interpretará como ausente salvo que el interesado presente una justificación que cumpla con las disposiciones establecidas en el párrafo primero.

Pull quotesCitas destacadas

  • "Únicamente se tendrán como justificaciones válidas para la inasistencia e incumplimiento del Servicio de Trabajo Comunal, los Dictámenes Médicos, Incapacidades o Control de Asistencia Médica... emitidos... por una autoridad de la Caja Costarricense de Seguro Social."

    "Only Medical Opinions, Disability Certificates, or Medical Attendance Records... issued... by an authority of the Costa Rican Social Security Fund will be accepted as valid justifications for absence and non-compliance with the Communal Work Service."

    Artículo 7° (bis), párrafo primero

  • "Únicamente se tendrán como justificaciones válidas para la inasistencia e incumplimiento del Servicio de Trabajo Comunal, los Dictámenes Médicos, Incapacidades o Control de Asistencia Médica... emitidos... por una autoridad de la Caja Costarricense de Seguro Social."

    Artículo 7° (bis), párrafo primero

  • "Cualquier otro tipo de justificación diferente a las indicadas anteriormente, deberá ser analizada por la Comisión de Valoración del STC, misma que a su vez tendrá la facultad de ordenarle al interesado la realización de las horas no cumplidas."

    "Any other type of justification different from those indicated above must be analyzed by the STC Valuation Commission, which in turn will have the power to order the interested party to complete the unfulfilled hours."

    Artículo 7° (bis), párrafo cuarto

  • "Cualquier otro tipo de justificación diferente a las indicadas anteriormente, deberá ser analizada por la Comisión de Valoración del STC, misma que a su vez tendrá la facultad de ordenarle al interesado la realización de las horas no cumplidas."

    Artículo 7° (bis), párrafo cuarto

  • "resulta conveniente y de cara a la transparencia que debe dejar patente sobre el doble beneficio que significa el establecimiento de períodos de veda en el Golfo de Nicoya; sea en primera instancia la recuperación del recurso o biomasa pesquera, y por otro lado el impacto que representa para las comunidades de pescadores el aporte al desarrollo comunal"

    "it is convenient and in the interest of transparency to make clear the dual benefit that the establishment of closed seasons in the Gulf of Nicoya entails; firstly, the recovery of the fishery resource or biomass, and secondly, the impact that the contribution to community development represents for fishing communities"

    Considerando 4°

  • "resulta conveniente y de cara a la transparencia que debe dejar patente sobre el doble beneficio que significa el establecimiento de períodos de veda en el Golfo de Nicoya; sea en primera instancia la recuperación del recurso o biomasa pesquera, y por otro lado el impacto que representa para las comunidades de pescadores el aporte al desarrollo comunal"

    Considerando 4°

Full documentDocumento completo

Articles

Full Text of Regulation 169 Temporary Regulatory Amendment for the Performance of Community Work Service by Fishermen and Assistants Receiving Subsidies During Closed Season Periods Full Text of Record: 116AC8 COSTA RICAN INSTITUTE OF FISHERIES AND AQUACULTURE

(This regulation was repealed by Article 14 of Agreement No. AJDIP/166-2017 of April 21, 2017, "Regulation for the fulfillment of community work service by the fisherman registered during closed season")

AJDIP/169-2016.—Puntarenas, on the nineteenth day of May, two thousand sixteen.

Considering:

1
2

Marvin Mora Hernández, General Director of Fishing and Aquaculture Organizations, and Jorge López Romero, Head of the Extension and Training Department, present a proposal to amend Agreement AJDIP/417-2005, to add an article for the purpose of standardizing and regulating the documentation that serves as support for justifying a fisherman's absence in the fulfillment of his Community Work Service, in accordance with the duly agreed-upon schedule.

3
4
5
6

RESOLVES:

1

172 of September 7, 2005, which will standardize and regulate, for the purpose of the effective fulfillment of the Community Work Service, the type of documents that INCOPESCA will accept as justification for the partial or total completion of said requirement. Said article shall state:

7

In those cases involving training (courses, workshops, etc.), only those given by a public entity shall be permitted, but prior to their execution, they must be evaluated and have the approval of the Extension and Training Department.

During supervisions carried out by Incopesca or by IMAS, if the fisherman is not present during the hours previously scheduled for the fulfillment of his Community Work Service, he shall be interpreted as absent unless the interested party presents a justification that complies with the provisions established in the first paragraph.

Any other type of justification different from those indicated above must be analyzed by the STC Evaluation Commission (Comisión de Valoración del STC), which likewise shall have the authority to order the interested party to complete the unfulfilled hours.

Said STC Evaluation Commission shall be composed of three INCOPESCA officials appointed by the Executive Presidency and two IMAS officials appointed by the Authorities of that Entity.

2
3

Artículos

en la totalidad del texto - Texto Completo Norma 169 Reforma Regulaciones temporales para la realización de servicio s de trabajo comunal por parte de los pescadores y ayudantes beneficiarios de subsidios durante los periodos de veda Texto Completo acta: 116AC8 INSTITUTO COSTARRICENSE DE PESCA Y ACUICULTURA

(Esta norma fue derogada por el artículo 14 del acuerdo N° AJDIP/166-2017 del 21 de abril del 2017, "Regulación para el cumplimiento del servicio de trabajo comunal por parte del pescador inscrito en veda")

AJDIP/169-2016.-Puntarenas, a los diecinueve días del mes de mayo de dos mil dieciséis.

Considerando:

1
2

Marvin Mora Hernández, Director General de Organizaciones Pesqueras y Acuícolas y Jorge López Romero, Jefe del Departamento de Extensión y Capacitación, presentan una propuesta de modificación al Acuerdo AJDIP/417-2005, a efecto que se adicione un artículo con el propósito de que se pueda normar y regular aquella documentación de sirve de respaldo para la justificación de la ausencia de un pescador en el cumplimiento de su Servicio de Trabajo Comunal, de conformidad con la programación debidamente acordada.

3
4

Directores que resulta conveniente y de cara a la transparencia que debe dejar patente sobre el doble beneficio que significa el establecimiento de períodos de veda en el Golfo de Nicoya; sea en primera instancia la recuperación del recurso o biomasa pesquera, y por otro lado el impacto que representa para las comunidades de pescadores el aporte al desarrollo comunal la concreción y cumplimiento efectivo del plan que sobre trabajo comunal se comprometen los permisionarios de una licencia de pesca artesanal el pequeña escala, durante esos períodos de veda.

5
6

Directivos que la misma vienen a contribuir con mayor claridad en el cumplimiento de los fines y objetivos trazados en el Servicio de Trabajo Comunal, regulado mediante los Acuerdos supra, razón por la cual, la Junta Directiva, Por tanto; ACUERDA:

1
7

En aquellos casos que se trate de capacitaciones (cursos, talleres, etcétera), únicamente serán permitidas las que sean impartidas por una entidad pública, pero previo a su realización deberá ser valorada y contar con el visto bueno del Departamento de Extensión y Capacitación.

En las supervisiones realizadas por el Incopesca o por el IMAS cuando el pescador no se encuentre en las horas que previamente programó para el cumplimiento de su Servicio de Trabajo Comunal, se interpretará como ausente salvo que el interesado presente una justificación que cumpla con las disposiciones establecidas en el párrafo primero.

Cualquier otro tipo de justificación diferente a las indicadas anteriormente, deberá ser analizada por la Comisión de Valoración del STC, misma que a su vez tendrá la facultad de ordenarle al interesado la realización de las horas no cumplidas.

Dicha Comisión de Valoración del STC, estará integrada por tres funcionarios del INCOPESCA nombrados por la Presidencia Ejecutiva y dos funcionarios del IMAS nombrados por las Autoridades de esa Entidad.

2
3

Document not found. Documento no encontrado.

Implementing decreesDecretos que afectan

    TopicsTemas

    • Off-topic (non-environmental)Fuera de tema (no ambiental)

    Concept anchorsAnclajes conceptuales

      Spanish key termsTérminos clave en español

      Article 1

      Affects
      Acuerdo 417 Community Work Service for Fishermen During Closed Seasons Aug 18, 2005

      Artículo 1

      Afecta
      Acuerdo 417 Regulaciones temporales para la realización de servicio s de trabajo comunal 18/08/2005

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