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Decreto 6 · 16/09/2014
OutcomeResultado
SummaryResumen
This record formalizes an amendment to the Procedure Manual for the Payment of Environmental Services, approved by the Board of Directors of the National Forest Financing Fund (FONAFIFO) at its regular session No. 6 on September 16, 2014. The specific reform, contained in the ninth agreement, adds text to section 10.4 of the manual to regulate the disbursement schedule for reforestation contracts where planting has already been completed by the time the contract is signed. It establishes a staggered payment schedule: a first disbursement of 50 % upon signing and registration of the contract, 20 % twelve months after the average planting date, 15 % at twenty-four months, 10 % at thirty-six months, and a final 5 % at forty-eight months. Each payment is conditional on certification by the forest regent according to Annex No. 4 of the same manual. The amendment aims to align disbursements with actual project progress when planting predates the contract, ensuring technical monitoring and proper execution of the environmental services investment.Este acta formaliza una modificación al Manual de Procedimientos para el Pago de Servicios Ambientales, aprobada por la Junta Directiva del Fondo Nacional de Financiamiento Forestal (FONAFIFO) en sesión ordinaria N° 6 del 16 de setiembre de 2014. La reforma específica, contenida en el acuerdo noveno, adiciona un texto al punto 10.4 del manual para regular el esquema de desembolsos de los contratos de reforestación en los que la siembra ya se haya realizado al momento de la firma del contrato. Establece un cronograma de pagos escalonados: un primer desembolso del 50 % al momento de la firma y afectación del contrato, un 20 % a los doce meses de la fecha promedio de plantación, un 15 % a los veinticuatro meses, un 10 % a los treinta y seis meses y un 5 % final a los cuarenta y ocho meses. Se condiciona cada pago a la certificación del regente forestal según el anexo N° 4 del mismo manual. La reforma busca armonizar los desembolsos con el avance real del proyecto cuando la plantación es anterior al contrato, garantizando el seguimiento técnico y la correcta ejecución de la inversión en servicios ambientales.
Key excerptExtracto clave
Ninth agreement. Amend the Procedure Manual for the Payment of Environmental Services so that in section 10.4 a text is added and reads as follows: "Reforestation contracts that at the date of their signing are already duly planted and whose average date is prior to that of the contract shall be paid as follows: □ Upon signing of the contract and its subsequent registration, a first disbursement of 50%. □ At 12 months after the average planting date, a second disbursement of 20%. □ At 24 months after the average date, a third disbursement of 15%. □ At 36 months after the average date, 10%. □ At 48 months, 5%. In all cases, the regent must certify according to Annex No. 4 of this Manual."Acuerdo noveno. Modificar el Manual de Procedimientos para el Pago de Servicios Ambientales de manera que en el punto 10.4 se adicione un texto y se lea de la siguiente manera: "Los contratos de reforestación que a la fecha de la firma de los mismos ya estén debidamente sembrados y su fecha promedio sea anterior a la del contrato, será pagado de la siguiente forma: □ Con la firma del contrato y su posterior afectación un primer desembolso de 50%. □ Al cumplirse 12 meses posteriores a la fecha promedio de plantación un segundo desembolso de 20%. □ A los 24 meses de la fecha promedio un tercer desembolso de 15%. □ A los 36 meses después de la fecha promedio un 10%. □ A los 48 meses un 5%. En todos los casos, el regente deberá certificar según el anexo N° 4 de este Manual".
Pull quotesCitas destacadas
"Los contratos de reforestación que a la fecha de la firma de los mismos ya estén debidamente sembrados y su fecha promedio sea anterior a la del contrato, será pagado de la siguiente forma:"
"Reforestation contracts that at the date of their signing are already duly planted and whose average date is prior to that of the contract shall be paid as follows:"
Punto 10.4 del Manual modificado
"Los contratos de reforestación que a la fecha de la firma de los mismos ya estén debidamente sembrados y su fecha promedio sea anterior a la del contrato, será pagado de la siguiente forma:"
Punto 10.4 del Manual modificado
"En todos los casos, el regente deberá certificar según el anexo N° 4 de este Manual."
"In all cases, the regent must certify according to Annex No. 4 of this Manual."
Punto 10.4 del Manual modificado
"En todos los casos, el regente deberá certificar según el anexo N° 4 de este Manual."
Punto 10.4 del Manual modificado
Full documentDocumento completo
in the entirety of the text - Complete Text of Regulation 6 Amendment to the Procedures Manual for the Payment of Environmental Services (Pago de Servicios Ambientales) Complete Text of Session Record: FE680 ENVIRONMENT AND ENERGY NATIONAL FORESTRY FINANCING FUND (FONDO NACIONAL DE FINANCIAMIENTO FORESTAL) Furthermore, the manual is amended in the following terms established in an ordinary session of the Board of Directors of the National Forestry Financing Fund (Fondo Nacional de Financiamiento Forestal) in Session No. 6 of the Board of Directors of the National Forestry Financing Fund, held at 1:30 p.m. on Tuesday, September 16, two thousand fourteen:
Agreement nine. To amend the Procedures Manual for the Payment of Environmental Services so that in point 10.4 a text is added and reads as follows:
"Reforestation contracts that, as of the date of their signing, are already duly planted and whose average date is prior to that of the contract, shall be paid in the following manner:
□ Upon the signing of the contract and its subsequent encumbrance (afectación), a first disbursement of 50%.
□ Upon the completion of 12 months after the average planting date, a second disbursement of 20%.
□ At 24 months from the average date, a third disbursement of 15%.
□ At 36 months after the average date, 10%.
□ At 48 months, 5%.
In all cases, the regent (regente) must certify according to Annex No. 4 (Anexo N° 4) of this Manual."
en la totalidad del texto - Texto Completo Norma 6 Reforma Manual de Procedimientos para el pago de Servicios Ambientales Texto Completo acta: FE680 AMBIENTE Y ENERGÍA FONDO NACIONAL DE FINANCIAMIENTO FORESTAL Además se modifica el manual en los siguientes términos establecidos en sesión ordinaria junta directiva Fondo Nacional de Financiamiento Forestal en la sesión N° 6 de la Junta Directiva del Fondo Nacional de Financiamiento Forestal, celebrada a las 1:30 p.m. horas del martes 16 de setiembre de dos mil catorce:
Acuerdo noveno. Modificar el Manual de Procedimientos para el Pago de Servicios Ambientales de manera que en el punto 10.4 se adicione un texto y se lea de la siguiente manera:
"Los contratos de reforestación que a la fecha de la firma de los mismos ya estén debidamente sembrados y su fecha promedio sea anterior a la del contrato, será pagado de la siguiente forma:
□ Con la firma del contrato y su posterior afectación un primer desembolso de 50%.
□ Al cumplirse 12 meses posteriores a la fecha promedio de plantación un segundo desembolso de 20%.
□ A los 24 meses de la fecha promedio un tercer desembolso de 15%.
□ A los 36 meses después de la fecha promedio un 10%.
□ A los 48 meses un 5%.
En todos los casos, el regente deberá certificar según el anexo N° 4 de este Manual".
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