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Decreto Ejecutivo 37547 · 28/01/2013

Budget expansion for ICAA for 2013Amplia para el el Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados

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OutcomeResultado

In forceNorma vigente

SummaryResumen

This executive decree expands the maximum budgetary expenditure of the Costa Rican Institute of Aqueducts and Sewers (ICAA) for 2013 by ₡8,157,120,000.00. The increase covers extraordinary rises in wages, salaries, non-recurring durable goods, and capital expenses resulting from new permanent positions, newly absorbed potable water and wastewater systems, and the purchase of transportation equipment, buildings, and land for ongoing and new projects. The amount is added to the previously set limit of ₡73,664,210,000.00, for a total of ₡81,821,330,000.00. The measure is grounded in the Financial Administration and Public Budget Law, its regulations, and the budgetary policy guidelines of Executive Decree 37042-H, which governs executive budgetary modifications.Este decreto ejecutivo amplía el gasto presupuestario máximo del Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados (ICAA) para el año 2013 en ₡8.157.120.000,00. La ampliación se justifica por la necesidad de cubrir incrementos extraordinarios en sueldos, salarios, bienes duraderos no recurrentes y gastos de capital, derivados de nuevas plazas fijas y sistemas de agua potable y residual asumidos, así como la compra de equipo de transporte, edificios y terrenos para proyectos en marcha o iniciados. El monto se suma al límite previamente fijado de ₡73.664.210.000,00, alcanzando un total de ₡81.821.330.000,00. La medida se sustenta en la Ley de Administración Financiera de la República y Presupuestos Públicos, su reglamento y las directrices presupuestarias del Decreto Ejecutivo 37042-H, que establece las reglas para modificar gastos por la vía ejecutiva.

Key excerptExtracto clave

Article 1.—The maximum budgetary expenditure for 2013 established in accordance with Executive Decree No. 37042-H, published in Supplement No. 35 to La Gaceta No. 59 of March 22, 2012, and its amendments, is hereby expanded for the Costa Rican Institute of Aqueducts and Sewers (ICAA) by the sum of ₡8,157,120,000.00 (eight billion one hundred fifty-seven million one hundred twenty thousand colones exactly) for that period. Article 2.—It shall take effect upon publication.Artículo 1°.-Amplíese para el Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados (ICAA), el gasto presupuestario máximo para el 2013, establecido de conformidad con el Decreto Ejecutivo No. 37042-H, publicado en el Alcance No. 35 a La Gaceta No. 59 de 22 de marzo de 2012 y sus reformas, en la suma de ¢8.157.120.000,00 (ocho mil ciento cincuenta y siete millones ciento veinte mil colones exactos), para ese período. Artículo 2º.-Rige a partir de su publicación.

Pull quotesCitas destacadas

  • "Amplíese para el Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados (ICAA), el gasto presupuestario máximo para el 2013... en la suma de ¢8.157.120.000,00"

    "The maximum budgetary expenditure for 2013 is hereby expanded for the Costa Rican Institute of Aqueducts and Sewers (ICAA)... by the sum of ₡8,157,120,000.00"

    Por tanto

  • "Amplíese para el Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados (ICAA), el gasto presupuestario máximo para el 2013... en la suma de ¢8.157.120.000,00"

    Por tanto

  • "corresponde ampliar ¢8.157.120.000,00 ... se destinarán a gastos por incrementos extraordinarios en sueldos y salarios y en bienes duraderos no recurrentes, así como en gastos de capital"

    "it is appropriate to expand by ₡8,157,120,000.00 ... to be allocated for expenses due to extraordinary increases in wages and salaries, non-recurring durable goods, as well as capital expenses"

    Considerando 4º

  • "corresponde ampliar ¢8.157.120.000,00 ... se destinarán a gastos por incrementos extraordinarios en sueldos y salarios y en bienes duraderos no recurrentes, así como en gastos de capital"

    Considerando 4º

  • "resulta necesario ampliar el gasto presupuestario máximo fijado al Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados, incrementándolo en la suma de ¢8.157.120.000,00"

    "it is necessary to expand the maximum budgetary expenditure set for the Costa Rican Institute of Aqueducts and Sewers, increasing it by the sum of ₡8,157,120,000.00"

    Considerando 6º

  • "resulta necesario ampliar el gasto presupuestario máximo fijado al Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados, incrementándolo en la suma de ¢8.157.120.000,00"

    Considerando 6º

Full documentDocumento completo

Articles

throughout the entire text - Full Text of Regulation 37547 Increases the budgetary expenditure established for 2013 for the Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados (ICAA) Full text of record: ECF87 No. 37547-H THE SECOND VICE PRESIDENT, ACTING AS PRESIDENT OF THE REPUBLIC AND THE MINISTER OF FINANCE Pursuant to the powers conferred upon them by Articles 140, subsections 3) and 18), and 146 of the Political Constitution; Articles 25, subsection 1), 27, subsection 1), and 28, subsection 2), paragraph b), of Law No. 6227, General Law of Public Administration, of 2 de mayo de 1978, as amended; Law No. 8131, Law on the Financial Administration of the Republic and Public Budgets, of 18 de setiembre de 2001, as amended; its Regulations, Executive Decree No. 32988-H-MP-PLAN of 31 de enero de 2006, as amended; Law No. 2726, Founding Law of the Instituto Costarricense Acueductos y Alcantarillados (ICAA), of 14 de abril de 1961, as amended; Law No. 8641, Declaration of Hydrant Service as a Public Service and Amendment of Related Laws, of 11 de junio de 2008; and Executive Decree No. 37042-H of 13 de marzo de 2012, as amended.

Whereas:

1

2726, published in La Gaceta No. 89 of 20 de abril de 1961, as amended, the Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados (ICAA) was created and entrusted with providing Costa Ricans with public drinking-water and sanitary-sewerage services.

2

8641, published in La Gaceta No. 121 of 24 de junio de 2008, establishes that the development, installation, operation, and maintenance of the hydrant network shall be the responsibility of public or private operators of drinking-water distribution systems, according to the concession area.

3
4
5

37042-H, the General Budgetary Policy Guidelines for 2013 were issued, and Article 5° established the maximum percentage by which the budgetary expenditure of public entities, ministries, and other bodies could increase relative to the preceding year. In accordance with that provision, the resulting maximum budgetary expenditure for the Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados (ICAA) was established at ¢73.664.210.000,00 (seventy-three billion six hundred sixty-four million two hundred ten thousand colones exactly), as communicated through official letter STAP-0946-2012 of 27 de abril de 2013; that figure does not include the expenditures previously identified in this Decree.

6

THEY DECREE:

1

37042-H, published in Supplement No. 35 to La Gaceta No. 59 of 22 de marzo de 2012, as amended, is hereby increased by ¢8.157.120.000,00 (eight billion one hundred fifty-seven million one hundred twenty thousand colones exactly) for that period.

2

Issued at the Office of the President of the Republic, on the twenty-eighth day of January of the year two thousand thirteen.

Artículos

en la totalidad del texto - Texto Completo Norma 37547 Amplia para el el Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados (ICAA), el gasto presupuestario fijado para el 2013 Texto Completo acta: ECF87 N° 37547-H El SEGUNDO VICEPRESIDENTE EN EJERCICIO DE LA PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA Y EL MINISTRO DE HACIENDA Con fundamento en las atribuciones que les confieren los artículos 140 incisos 3) y 18) y 146 de la Constitución Política; los artículos 25 inciso 1), 27 inciso 1) y 28 inciso 2) acápite b) de la Ley No. 6227, Ley General de la Administración Pública de 2 de mayo de 1978 y sus reformas; la Ley No. 8131, Ley de la Administración Financiera de la República y Presupuestos Públicos de 18 de setiembre de 2001 y sus reformas; su Reglamento, el Decreto Ejecutivo No. 32988-H-MP-PLAN de 31 de enero de 2006 y sus reformas; la Ley No. 2726, Ley Constitutiva del Instituto Costarricense Acueductos y Alcantarillados (ICAA) de 14 de abril de 1961 y sus reformas; la Ley No. 8641, Declaratoria del Servicio de Hidrantes como Servicio Público y reforma de leyes conexas de 11 de junio de 2008; y el Decreto Ejecutivo No. 37042-H de 13 de marzo de 2012 y sus reformas.

Considerando:

1

2726, publicada en La Gaceta No. 89 de 20 de abril de 1961 y sus reformas, se creó el Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados (ICAA), encargado de suplir a los costarricenses los servicios públicos de agua potable y alcantarillado sanitario.

2

8641, publicada en La Gaceta No. 121 de 24 de junio de 2008, establece que el desarrollo de la red de hidrantes, su instalación, operación y mantenimiento, serán responsabilidad de los operadores de los sistemas de distribución del servicio de agua potable, públicos o privados, según el área concesionada.

3
4
5

37042-H citado, se emitieron las Directrices Generales de Política Presupuestaria para el año 2013, estableciéndose en el artículo 5°, el porcentaje máximo en que podría incrementarse el gasto presupuestario de las entidades públicas, ministerios y demás órganos, con respecto al del año precedente. En correspondencia con dicha disposición, el monto de gasto presupuestario máximo resultante para el Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados (ICAA), fue establecido en la suma de ¢73.664.210.000,00 (setenta y tres mil seiscientos sesenta y cuatro millones doscientos diez mil colones exactos), el cual fue comunicado mediante el oficio STAP-0946-2012 del 27 de abril de 2013, cifra que no contempla los gastos indicados previamente en este decreto.

6

DECRETAN:

1

37042-H, publicado en el Alcance No. 35 a La Gaceta No. 59 de 22 de marzo de 2012 y sus reformas, en la suma de de ¢8.157.120.000,00 (ocho mil ciento cincuenta y siete millones ciento veinte mil colones exactos), para ese período.

2

Dado en la Presidencia de la República, a los veintiocho días del mes de enero del año dos mil trece.

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Implementing decreesDecretos que afectan

    TopicsTemas

    • Off-topic (non-environmental)Fuera de tema (no ambiental)

    Concept anchorsAnclajes conceptuales

      Spanish key termsTérminos clave en español

      Article 1

      Affects
      Decreto Ejecutivo 37042 Budgetary Policy Guidelines 2013 Mar 13, 2012

      Artículo 1

      Afecta
      Decreto Ejecutivo 37042 Directrices Generales de Política Presupuestaria para las Entidades 13/03/2012

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