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Acuerdo 0 (Instituto Costarricense de Turismo, 10/01/2012) · 10/01/2012
OutcomeResultado
SummaryResumen
The Board of Directors of the Costa Rican Tourism Institute (ICT) resolves to declare a section of the coast of the Drake Tourism Development Center, in Sierpe district, Osa canton, suitable for tourism. This decision is based on the National Tourism Development Plan 2010-2016 and responds to a request from the Municipality of Osa, which sought to modify a previous declaration of non-touristic suitability for Punta San José. The agreement explicitly excludes areas classified or to be classified by MINAET as State Natural Heritage and lands affected by the restrictions of Articles 6 and 73 of the Maritime Terrestrial Zone Law, thereby protecting coastal ecosystems and public access. Previous declarations within the same geographic scope are repealed. The declaration does not impose tourism activities but enables the potential development of coastal concessions and projects under existing regulations.La Junta Directiva del Instituto Costarricense de Turismo (ICT) acuerda declarar de aptitud turística una sección de la costa del Centro de Desarrollo Turístico de Drake, ubicado en el distrito de Sierpe, cantón de Osa. Esta decisión se fundamenta en el Plan Nacional de Desarrollo Turístico 2010-2016 y responde a una solicitud de la Municipalidad de Osa, que buscaba modificar una declaratoria previa de aptitud no turística para el sector de Punta San José. El acuerdo excluye explícitamente las áreas certificadas o por certificar por el MINAET como Patrimonio Natural del Estado y los terrenos afectados por las restricciones de los artículos 6 y 73 de la Ley de la Zona Marítimo Terrestre, protegiendo así los ecosistemas y el acceso público costero. Se derogan declaratorias anteriores dentro del mismo ámbito geográfico. La declaratoria no impone por sí misma actividades turísticas, sino que habilita la posibilidad de desarrollar concesiones y proyectos turísticos en la zona costera, bajo las regulaciones existentes.
Key excerptExtracto clave
b) Excluded from this agreement are all coastal sectors that MINAET has classified and certified, or in its absence classifies or modifies in the future, as State Natural Heritage lands, through the Methodology established by MINAET. c) Excluded from this agreement are sectors affected by the provisions of Articles 6 and 73 of the Maritime Terrestrial Zone Law.b) Quedan excluidas de este acuerdo, todos aquellos sectores costeros que el MINAET ha clasificado y certificado ó en su defecto clasifique ó modifique a futuro como terrenos de Patrimonio Natural del Estado, mediante la Metodología establecida por el MINAET. c) Quedan excluidas de éste acuerdo, los sectores que se encuentren afectados por lo establecido en los Artículos 6 y 73 de la Ley de la Zona Marítimo Terrestre.
Pull quotesCitas destacadas
"Declarar de aptitud turística la sección de la costa del Centro de Desarrollo Turístico de Drake, distrito Sierpe, cantón de Osa, entre las coordenadas de proyección CRTM05..."
"Declare suitable for tourism the coastal section of the Drake Tourism Development Center, Sierpe district, Osa canton, between the CRTM05 projection coordinates..."
Por tanto a)
"Declarar de aptitud turística la sección de la costa del Centro de Desarrollo Turístico de Drake, distrito Sierpe, cantón de Osa, entre las coordenadas de proyección CRTM05..."
Por tanto a)
"Quedan excluidas de este acuerdo, todos aquellos sectores costeros que el MINAET ha clasificado y certificado ó en su defecto clasifique ó modifique a futuro como terrenos de Patrimonio Natural del Estado, mediante la Metodología establecida por el MINAET."
"Excluded from this agreement are all coastal sectors that MINAET has classified and certified, or in its absence classifies or modifies in the future, as State Natural Heritage lands, through the Methodology established by MINAET."
Por tanto b)
"Quedan excluidas de este acuerdo, todos aquellos sectores costeros que el MINAET ha clasificado y certificado ó en su defecto clasifique ó modifique a futuro como terrenos de Patrimonio Natural del Estado, mediante la Metodología establecida por el MINAET."
Por tanto b)
"Quedan excluidas de éste acuerdo, los sectores que se encuentren afectados por lo establecido en los Artículos 6 y 73 de la Ley de la Zona Marítimo Terrestre."
"Excluded from this agreement are sectors affected by the provisions of Articles 6 and 73 of the Maritime Terrestrial Zone Law."
Por tanto c)
"Quedan excluidas de éste acuerdo, los sectores que se encuentren afectados por lo establecido en los Artículos 6 y 73 de la Ley de la Zona Marítimo Terrestre."
Por tanto c)
Full documentDocumento completo
in the entirety of the text - Complete Text of Norm 0 Declares of tourism suitability the section of the coast of the Drake Tourism Development Center, Sierpe district, Osa canton Complete Text of record: E18B2 COSTA RICAN TOURISM INSTITUTE PLANNING AND DEVELOPMENT MACROPROCESS Ordinary session of the Board of Directors No. 5729, article 5, subsection XII, held on January 10, 2012, the following agreement was adopted, which textually reads:
It is agreed:
Single polygon: 955402 N - 538702 E 954062 N - 529586 E b) Excluded from this agreement are all those coastal sectors that MINAET has classified and certified, or failing that, classifies or modifies in the future as State Natural Heritage lands, through the Methodology established by MINAET.
Final agreement.
San José, January 18, 2012
Therefore:
en la totalidad del texto - Texto Completo Norma 0 Declara de aptitud turística la sección de la costa del Centro de Desarrollo Turístico de Drake, distrito Sierpe, cantón de Osa Texto Completo acta: E18B2 INSTITUTO COSTARRICENSE DE TURISMO MACROPROCESO DE PLANEAMIENTO Y DESARROLLO Sesión ordinaria de Junta Directiva N° 5729, artículo 5, inciso XII, celebrada el día 10 de enero del 2012, se tomó el siguiente acuerdo que textualmente dice:
Se acuerda:
Primer único: 955402 N - 538702 E 954062 N - 529586 E b) Quedan excluidas de este acuerdo, todos aquellos sectores costeros que el MINAET ha clasificado y certificado ó en su defecto clasifique ó modifique a futuro como terrenos de Patrimonio Natural del Estado, mediante la Metodología establecida por el MINAET.
Acuerdo firme.
San José, 18 de enero del 2012
Por tanto:
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