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Decreto 35483 · 18/06/2009

Declaration of Public Interest and National Convenience for the Capulín San Pablo Hydroelectric ProjectDeclaratoria de Interés Público y Conveniencia Nacional del Proyecto Hidroeléctrico Capulín San Pablo

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In forceNorma vigente

SummaryResumen

Executive Decree No. 35483-MINAE declares the Capulín San Pablo Hydroelectric Project, to be developed by Hidrotárcoles S.A. on the Río Grande de Tárcoles, to be of public interest and national convenience. This declaration is based on Articles 19(b) and 34 of Forestry Law No. 7575, which exceptionally allow land-use change and tree cutting in forested lands and protection areas for projects declared of national convenience. The decree authorizes the company to cut trees in the required project areas after receiving approval from the National System of Conservation Areas (SINAC). It also imposes an obligation to replace the affected forest species and maintain them for at least five years, in coordination with the respective Conservation Area. The declaration is justified by the project's social benefits, such as generating renewable electricity for the National Interconnected System, and its alignment with the National Development Plan, which promotes 100% renewable electricity production by 2021. However, the decree clarifies that the project must still obtain environmental viability from SETENA and specific permits from regulatory agencies and local governments.El Decreto Ejecutivo N° 35483-MINAE declara de interés público y conveniencia nacional el Proyecto Hidroeléctrico Capulín San Pablo, a cargo de la empresa Hidrotárcoles S.A., ubicado en el Río Grande de Tárcoles. Esta declaratoria se fundamenta en los artículos 19 inciso b) y 34 de la Ley Forestal N° 7575, que permiten excepcionalmente el cambio de uso de suelo y la corta de árboles en terrenos cubiertos de bosque y áreas de protección cuando un proyecto es declarado de conveniencia nacional. El decreto autoriza a la empresa a realizar la corta de árboles en las áreas del proyecto que lo requieran, previa autorización del Sistema Nacional de Áreas de Conservación (SINAC). Asimismo, impone la obligación de reponer las especies forestales afectadas y darles mantenimiento por al menos cinco años, en coordinación con el Área de Conservación respectiva. La declaratoria se justifica en los beneficios sociales del proyecto, como la generación de electricidad renovable para el Sistema Nacional Interconectado, y en su alineación con el Plan Nacional de Desarrollo, que promueve la producción del 100% de electricidad a partir de fuentes renovables para el 2021. No obstante, se aclara que el proyecto debe obtener la viabilidad ambiental de SETENA y los permisos específicos de las instancias reguladoras y gobiernos locales.

Key excerptExtracto clave

1. Whereas Articles 19(b) and 34 of Law No. 7575 prohibit land-use change and tree cutting on forested lands and in protection areas, except for those state or private projects declared of National Convenience by the Executive Branch. 2. Whereas Article 3(m) of Forestry Law No. 7575 declares as activities of national convenience those carried out by centralized state entities, autonomous institutions, or private companies, whose social benefits outweigh the socio-environmental costs. Article 1.- Declare the Capulín San Pablo Hydroelectric Project to be of public interest and national convenience. Article 2.- By virtue of this declaration, the company Hidrotárcoles S.A., upon prior authorization from the corresponding office of the National System of Conservation Areas, shall proceed to cut the trees located in the project areas that so require.1º-Que los artículos 19, inciso b) y 34 de la Ley Nº 7575 prohíben el cambio de uso de suelo y la corta de árboles en terrenos cubiertos de bosque y en áreas de protección, exceptuando aquellos proyectos estatales o privados que el Poder Ejecutivo declare de Conveniencia Nacional. 2º-Que el artículo 3º inciso m) de la Ley Forestal Nº 7575 declara como actividades de conveniencia nacional, las realizadas por las dependencias centralizadas del Estado, instituciones autónomas o empresas privadas, cuyos beneficios sociales sean mayores a los costos socio-ambientales. Artículo 1º-Declarar de interés público y conveniencia nacional el Proyecto Hidroeléctrico Capulín San Pablo. Artículo 2º-En virtud de la presente declaratoria, la empresa Hidrotárcoles S. A., previa autorización de la oficina correspondiente del Sistema Nacional de Áreas de Conservación, procederá a la corta de árboles ubicados en las áreas del proyecto, que así lo requieran.

Pull quotesCitas destacadas

  • "los artículos 19, inciso b) y 34 de la Ley Nº 7575 prohíben el cambio de uso de suelo y la corta de árboles en terrenos cubiertos de bosque y en áreas de protección, exceptuando aquellos proyectos estatales o privados que el Poder Ejecutivo declare de Conveniencia Nacional."

    "Articles 19(b) and 34 of Law No. 7575 prohibit land-use change and tree cutting on forested lands and in protection areas, except for those state or private projects declared of National Convenience by the Executive Branch."

    Considerando 1º

  • "los artículos 19, inciso b) y 34 de la Ley Nº 7575 prohíben el cambio de uso de suelo y la corta de árboles en terrenos cubiertos de bosque y en áreas de protección, exceptuando aquellos proyectos estatales o privados que el Poder Ejecutivo declare de Conveniencia Nacional."

    Considerando 1º

  • "el artículo 3º inciso m) de la Ley Forestal Nº 7575 declara como actividades de conveniencia nacional, las realizadas por las dependencias centralizadas del Estado, instituciones autónomas o empresas privadas, cuyos beneficios sociales sean mayores a los costos socio-ambientales."

    "Article 3(m) of Forestry Law No. 7575 declares as activities of national convenience those carried out by centralized state entities, autonomous institutions, or private companies, whose social benefits outweigh the socio-environmental costs."

    Considerando 2º

  • "el artículo 3º inciso m) de la Ley Forestal Nº 7575 declara como actividades de conveniencia nacional, las realizadas por las dependencias centralizadas del Estado, instituciones autónomas o empresas privadas, cuyos beneficios sociales sean mayores a los costos socio-ambientales."

    Considerando 2º

  • "Para la conservación de especies forestales que se puedan ver afectadas, la empresa Hidrotárcoles S. A., y sus contratistas deberán reponerlas y dar mantenimiento por un período mínimo de cinco años, en la proporción que recomienden las autoridades del Sistema Nacional de Áreas de Conservación."

    "For the conservation of forest species that may be affected, the company Hidrotárcoles S.A. and its contractors must replace them and provide maintenance for a minimum period of five years, in the proportion recommended by the National System of Conservation Areas authorities."

    Artículo 3

  • "Para la conservación de especies forestales que se puedan ver afectadas, la empresa Hidrotárcoles S. A., y sus contratistas deberán reponerlas y dar mantenimiento por un período mínimo de cinco años, en la proporción que recomienden las autoridades del Sistema Nacional de Áreas de Conservación."

    Artículo 3

Full documentDocumento completo

Articles

in the entirety of the text - Complete Text of Norm 35483 Declares the Capulín San Pablo Hydroelectric Project to be of Public Interest and National Convenience Complete Text record: 114BF3 Nº 35483-MINAE(*) (*)(Thus modified its name by Article 11 of the Law "Transfer of the Telecommunications sector from the Ministry of Environment, Energy and Telecommunications to the Ministry of Science and Technology, No. 9046 of June 25, 2012) THE PRESIDENT OF THE REPUBLIC AND THE MINISTER OF ENVIRONMENT AND ENERGY(*) (*)(Thus modified its name by Article 11 of the Law "Transfer of the Telecommunications sector from the Ministry of Environment, Energy and Telecommunications to the Ministry of Science and Technology, No. 9046 of June 25, 2012) In exercise of the powers conferred upon them by Articles 11, 140 subsections 3) and 18), and 146 of the Political Constitution and section 27 of the General Law of Public Administration No. 6227 of May 2, 1978, and Articles 3º subsection m), 19 subsection b), 33 and 34 of the Forestry Law No. 7575 of February 13, 1996.

1st-That Articles 19, subsection b) and 34 of Law No. 7575 prohibit land-use change (cambio de uso del suelo) and the cutting of trees on lands covered by forest and in protection areas, excepting those state or private projects that the Executive Branch declares of National Convenience.

2nd-That Article 3º subsection m) of the Forestry Law No. 7575 declares as activities of national convenience, those carried out by centralized dependencies of the State, autonomous institutions or private companies, whose social benefits are greater than the socio-environmental costs.

3rd-That the current National Development Plan in Chapter 4, Section 3.2.4 establishes that it is necessary to: "Technologically improve and reestablish the levels of reliability, quality and security in the energy supply, reducing the use of hydrocarbons in the production of electric energy, and laying the groundwork to become, by the year 2021, the first country in the world to produce 100% of the electricity it consumes from renewable energy sources." 4th-That Executive Decree No. 26728-MP-MINAE of February 20, 1998, provides in its Article 1º, to declare electric energy generation, transmission, and distribution projects to be of public interest.

5th-That among the fundamental objectives of the Energy Policy promulgated by the Ministry of Environment and Energy(*), the interest to increase investment and the inclusion of actors in the energy sector is established, through the active participation of the public and private sectors, granting priority to the utilization of all clean and renewable national energy sources.

(*)(Thus modified its name by Article 11 of the Law "Transfer of the Telecommunications sector from the Ministry of Environment, Energy and Telecommunications to the Ministry of Science and Technology, No. 9046 of June 25, 2012) 6th-That the company Hidrotárcoles participated in the Costa Rican Electricity Institute's Public Tender No. 2006LI-000043-PROV for the purchase of energy from Hydroelectric Power Blocks of up to 50MW, offering the energy of the Capulín San Pablo Hydroelectric Project and it was firmly awarded on March 25, 2008, according to official communication No. 5221-0464-2008.

7th-That the construction of the Capulín San Pablo Hydroelectric Plant, on the Río Grande de Tárcoles, will bring great benefits to the country, generating electricity into the National Interconnected System.

8th-That the Capulín San Pablo Hydroelectric Project is a hydroelectric generation project to be developed by the company Hidrotárcoles S. A., with legal identification number Nº 3-101-548713.

9th-That Law No. 7508 of May 9, 1995, which reforms Law No. 7200, which Authorizes Autonomous or Parallel Electric Generation, in its Article Three, declares the purchase of electricity by the Costa Rican Electricity Institute from cooperatives and private companies to be of public interest.

10.-That for the construction of the hydroelectric project works, its environmental viability (viabilidad ambiental) must be obtained, granted by the National Environmental Technical Secretariat (Secretaría Técnica Nacional Ambiental, SETENA), and the respective specific permits must be processed before the State regulatory bodies and local governments. Therefore, They Decree:

DECLARATION OF PUBLIC INTEREST AND NATIONAL CONVENIENCE OF THE CAPULÍN SAN PABLO HYDROELECTRIC PROJECT

Considering:

1
2

A., with prior authorization from the corresponding office of the National System of Conservation Areas (Sistema Nacional de Áreas de Conservación, SINAC), will proceed to the cutting of trees located in the project areas that so require it.

3

A. and its contractors must replace them and provide maintenance for a minimum period of five years, in the proportion recommended by the authorities of the National System of Conservation Areas (Sistema Nacional de Áreas de Conservación, SINAC). The trees must be planted in the same watershed area where the cutting occurs. This action and those derived from it will be resolved in coordination with the respective Conservation Area of the Ministry of Environment and Energy(*), which in turn will certify the fulfillment of the replacement.

(*)(Thus modified its name by Article 11 of the Law "Transfer of the Telecommunications sector from the Ministry of Environment, Energy and Telecommunications to the Ministry of Science and Technology, No. 9046 of June 25, 2012)

4

Issued at the Presidency of the Republic.-San José, on the eighteenth day of June, two thousand nine.

Artículos

en la totalidad del texto - Texto Completo Norma 35483 Declara de Interés Público y Conveniencia Nacional el Proyecto Hidroeléctrico Capulín San Pablo Texto Completo acta: 114BF3 Nº 35483-MINAE(*) (*)(Así modificada su denominación por el artículo 11 de la Ley "Traslado del sector Telecomunicaciones del Ministerio de Ambiente, Energía y Telecomunicaciones al Ministerio de Ciencia y Tecnología, N° 9046 del 25 de junio de 2012) EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA Y EL MINISTRO DE AMBIENTE Y ENERGÍA(*) (*)(Así modificada su denominación por el artículo 11 de la Ley "Traslado del sector Telecomunicaciones del Ministerio de Ambiente, Energía y Telecomunicaciones al Ministerio de Ciencia y Tecnología, N° 9046 del 25 de junio de 2012) En ejercicio de las facultades que les confieren los artículos 11, 140 incisos 3) y 18), y 146 de la Constitución Política y el numeral 27 de la Ley General de la Administración Pública Nº 6227 del 2 de mayo de 1978, y los artículos 3º inciso m), 19 inciso b) 33 y 34 de la Ley Forestal Nº 7575 del 13 de febrero de 1996.

  1. 1Que los artículos 19, inciso b) y 34 de la Ley Nº 7575 prohíben el cambio de uso de suelo y la corta de árboles en terrenos cubiertos de bosque y en áreas de protección, exceptuando aquellos proyectos estatales o privados que el Poder Ejecutivo declare de Conveniencia Nacional.
  2. 2Que el artículo 3º inciso m) de la Ley Forestal Nº 7575 declara como actividades de conveniencia nacional, las realizadas por las dependencias centralizadas del Estado, instituciones autónomas o empresas privadas, cuyos beneficios sociales sean mayores a los costos socio-ambientales.
  3. 3Que el Plan Nacional de Desarrollo vigente en el Capítulo 4. Sección 3.2.4 establece que se debe: "Mejorar tecnológicamente y reestablecer los niveles de confiabilidad, calidad y seguridad en el suministro de energía, reduciendo el uso de hidrocarburos en la producción de energía eléctrica, y sentando las bases para ser, en el año 2021, el primer país del mundo que produzca el 100% de la electricidad que consume a partir de fuentes renovables de energía."
  4. 4Que el Decreto Ejecutivo Nº 26728-MP-MINAE del 20 de febrero de 1998, dispone en su artículo 1º, declarar de interés público los proyectos de generación, transmisión y distribución de energía eléctrica.
  5. 5Que entre los objetivos fundamentales de la Política Energética promulgada por el Ministerio de Ambiente y Energía(*), se establece el interés por aumentar la inversión y la inclusión de actores en el sector energético, mediante la participación activa de los sectores públicos y privados, otorgando prioridad al aprovechamiento de todas las fuentes energéticas nacionales limpias y renovables.

(*)(Así modificada su denominación por el artículo 11 de la Ley "Traslado del sector Telecomunicaciones del Ministerio de Ambiente, Energía y Telecomunicaciones al Ministerio de Ciencia y Tecnología, N° 9046 del 25 de junio de 2012)

  1. 6Que la empresa Hidrotárcoles participó en la Licitación Pública del Instituto Costarricense de Electricidad Nº 2006LI-000043-PROV para la compra de energía de Bloques de Potencia Hidroeléctricos de hasta 50MW, ofreciendo la energía del Proyecto Hidroeléctrico Capulín San Pablo y fue adjudicado en firme el 25 de marzo del 2008, según oficio Nº 5221-0464-2008.
  2. 7Que la construcción de la Planta Hidroeléctrica Capulín San Pablo, en el Río Grande de Tárcoles, traerá grandes beneficios para el país, generando electricidad en el Sistema Nacional Interconectado.
  3. 8Que el Proyecto Hidroeléctrico Capulín San Pablo es un proyecto de generación hidroeléctrica que se desarrollará por la empresa Hidrotárcoles S. A., con cédula jurídica Nº 3-101-548713.
  4. 9Que la Ley Nº 7508 del 9 de mayo de 1995, que reforma la Ley Nº 7200, que Autoriza la Generación Eléctrica Autónoma o Paralela, en su artículo tercero, declara de interés público la compra de electricidad por parte del Instituto Costarricense de Electricidad, a las cooperativas y empresas privadas.

10.-Que para la construcción de las obras del proyecto hidroeléctrico, debe obtenerse su viabilidad ambiental otorgada por la Secretaría Técnica Nacional Ambiental y deben tramitarse los respectivos permisos específicos ante las instancias reguladoras del Estado y gobiernos locales. Por tanto,

DECLARATORIA DE INTERÉS PÚBLICO Y CONVENIENCIA NACIONAL DEL PROYECTO HIDROELÉCTRICO CAPULÍN SAN PABLO

Considerando:

Decretan:

1
2

A., previa autorización de la oficina correspondiente del Sistema Nacional de Áreas de Conservación, procederá a la corta de árboles ubicados en las áreas del proyecto, que así lo requieran.

3

A., y sus contratistas deberán reponerlas y dar mantenimiento por un período mínimo de cinco años, en la proporción que recomienden las autoridades del Sistema Nacional de Áreas de Conservación. Los árboles deberán plantarse en la misma zona de la cuenca donde se produzca la corta. Esta acción y las derivadas de la misma se resolverán en coordinación con el Área de Conservación respectiva del Ministerio de Ambiente y Energía(*), la que por su parte certificará el cumplimiento de la reposición.

(*)(Así modificada su denominación por el artículo 11 de la Ley "Traslado del sector Telecomunicaciones del Ministerio de Ambiente, Energía y Telecomunicaciones al Ministerio de Ciencia y Tecnología, N° 9046 del 25 de junio de 2012)

4

Dado en la Presidencia de la República.-San José, a los dieciocho días del mes de junio del dos mil nueve.

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Implementing decreesDecretos que afectan

    TopicsTemas

    • Forestry Law 7575 — Land Use and Forest ProtectionLey Forestal 7575 — Uso del Suelo y Protección Forestal
    • Environmental Law 7554 — EIA, SETENA, and Public ParticipationLey Orgánica del Ambiente 7554 — EIA, SETENA y Participación Pública

    Concept anchorsAnclajes conceptuales

    • Ley Forestal Nº 7575 Art. 19 inciso b)
    • Ley Forestal Nº 7575 Art. 34
    • Ley Forestal Nº 7575 Art. 3 inciso m)
    • Decreto Ejecutivo Nº 26728-MP-MINAE Art. 1
    • Ley Nº 7508 Art. 3

    Spanish key termsTérminos clave en español

    Article 1

    Amendment
    Law 9046 Transfer of the Telecommunications Sector from MINAET to MICITT Modifica denominación · Expresa · Jun 25, 2012

    Article 3

    Amendment
    Law 9046 Transfer of the Telecommunications Sector from MINAET to MICITT Modifica denominación · Expresa · Jun 25, 2012

    Artículo 1

    Modificación
    Ley 9046 Traslado del Sector Telecomunicaciones del Ministerio de Ambiente, Energía y Telecomunicaciones al Ministerio de Ciencia y Tecnología Modifica denominación · Expresa · 25/06/2012

    Artículo 3

    Modificación
    Ley 9046 Traslado del Sector Telecomunicaciones del Ministerio de Ambiente, Energía y Telecomunicaciones al Ministerio de Ciencia y Tecnología Modifica denominación · Expresa · 25/06/2012

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