This Commission shall be part of the Environment and Energy sector.
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Decreto 34945 · 01/10/2008
OutcomeResultado
SummaryResumen
Establishes the Technical Commission for the Comprehensive Management and Development of the Río Grande de Térraba Basin (PROTÉRRABA) as an advisory body on coordination and planning, attached to the Environment and Energy sector, to promote sustainable development of basin communities. It acknowledges severe environmental degradation from agricultural activities, lack of territorial planning, and natural disasters, and its importance as a water resource for human consumption, irrigation, and hydroelectric potential, plus its link to the Térraba-Sierpe Ramsar site. The Commission includes representatives from MINAE, municipalities of Pérez Zeledón, Buenos Aires, Coto Brus, and Osa, universities, MAG, Ministry of Health, AyA, and ICE, and must summon environmental, producer, and indigenous organizations. Its objectives are to propose inter-institutional coordination mechanisms, strengthen citizen participation, promote a regulatory plan for territorial ordering and recovery, and secure resources for specific projects, all aimed at conserving natural resources and improving quality of life.Crea la Comisión Técnica para el Manejo y Desarrollo Integral de la Cuenca del Río Grande de Térraba (PROTÉRRABA) como instancia asesora en coordinación y planificación, adscrita al sector Ambiente y Energía, con el fin de promover el desarrollo sostenible de las comunidades de la cuenca. Reconoce el grave deterioro ambiental de la cuenca por actividades agropecuarias, falta de planificación territorial y desastres naturales, y su importancia como recurso hídrico para consumo humano, riego y potencial hidroeléctrico, además de su vínculo con el sitio Ramsar Térraba-Sierpe. La Comisión estará integrada por representantes del MINAE, municipalidades de Pérez Zeledón, Buenos Aires, Coto Brus y Osa, universidades, MAG, Ministerio de Salud, AyA e ICE, y deberá convocar a organizaciones ambientalistas, productoras e indígenas. Sus objetivos incluyen proponer mecanismos de coordinación interinstitucional, fortalecer la participación ciudadana, impulsar un plan regulador de ordenamiento y recuperación territorial, y gestionar recursos para proyectos específicos, todo orientado a la conservación de los recursos naturales y la mejora de la calidad de vida.
Key excerptExtracto clave
The Technical Commission for the Comprehensive Management and Development of the Río Grande de Térraba Basin (PROTÉRRABA) is created, as an advisory instance in coordination and planning matters, with the purpose of promoting the sustainable development of the communities of the Río Grande de Térraba basin and areas of influence. This Commission shall form part of the Environment and Energy sector. Article 4 – The fundamental objective of the Commission shall be: To promote comprehensive and sustainable development in the Río Grande de Térraba basin, through the planning and execution of projects, programs and actions in adherence to the conservation, protection and responsible use of natural resources, within a framework of participation of the different sectors involved, so that the quality of life of its inhabitants is improved. c) To promote the preparation of a Regulatory Plan for Territorial Ordering and Recovery of the basin that contemplates the control of contamination in all its forms, territorial ordering and land use, urban planning, the collection, transport and final treatment of solid waste, the rational use of waters, environmental education programs, the prevention and mitigation of possible natural disasters, and the protection and conservation of natural resources.Créase la Comisión Técnica para el Manejo y Desarrollo Integral de la Cuenca del Río Grande de Térraba (PROTÉRRABA), como instancia asesora en aspectos de coordinación y planificación, con el fin de promover el desarrollo sostenible de las comunidades de la cuenca del río Grande de Térraba y áreas de influencia. Esta Comisión formará parte del sector de Ambiente y Energía. Artículo 4º-El objetivo fundamental de la Comisión será: Promover un desarrollo integral y sustentable en la cuenca del río Grande de Térraba, mediante la planificación y ejecución de proyectos, programas y acciones en apego a la conservación, protección y aprovechamiento responsable de los recursos naturales, en un marco de participación de los distintos sectores involucrados, de manera que se mejore la calidad de vida de sus habitantes. c) Impulsar la elaboración de un Plan Regulador de Ordenamiento y Recuperación Territorial de la cuenca que contemple el control de la contaminación en todas sus formas, el ordenamiento territorial y uso del suelo, la planificación urbana, la recolección, transporte y el tratamiento final de los desechos sólidos, el aprovechamiento racional de las aguas, los programas de educación ambiental, la prevención y mitigación de los posibles desastres naturales y la protección y conservación de los recursos naturales.
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"Promover un desarrollo integral y sustentable en la cuenca del río Grande de Térraba, mediante la planificación y ejecución de proyectos, programas y acciones en apego a la conservación, protección y aprovechamiento responsable de los recursos naturales, en un marco de participación de los distintos sectores involucrados, de manera que se mejore la calidad de vida de sus habitantes."
"Promote comprehensive and sustainable development in the Río Grande de Térraba basin, through the planning and execution of projects, programs and actions in adherence to the conservation, protection and responsible use of natural resources, within a framework of participation of the different sectors involved, so that the quality of life of its inhabitants is improved."
Artículo 4
"Promover un desarrollo integral y sustentable en la cuenca del río Grande de Térraba, mediante la planificación y ejecución de proyectos, programas y acciones en apego a la conservación, protección y aprovechamiento responsable de los recursos naturales, en un marco de participación de los distintos sectores involucrados, de manera que se mejore la calidad de vida de sus habitantes."
Artículo 4
"Impulsar la elaboración de un Plan Regulador de Ordenamiento y Recuperación Territorial de la cuenca que contemple el control de la contaminación en todas sus formas, el ordenamiento territorial y uso del suelo, la planificación urbana, la recolección, transporte y el tratamiento final de los desechos sólidos, el aprovechamiento racional de las aguas, los programas de educación ambiental, la prevención y mitigación de los posibles desastres naturales y la protección y conservación de los recursos naturales."
"Promote the preparation of a Regulatory Plan for Territorial Ordering and Recovery of the basin that contemplates the control of contamination in all its forms, territorial ordering and land use, urban planning, the collection, transport and final treatment of solid waste, the rational use of waters, environmental education programs, the prevention and mitigation of possible natural disasters, and the protection and conservation of natural resources."
Artículo 5, inciso c
"Impulsar la elaboración de un Plan Regulador de Ordenamiento y Recuperación Territorial de la cuenca que contemple el control de la contaminación en todas sus formas, el ordenamiento territorial y uso del suelo, la planificación urbana, la recolección, transporte y el tratamiento final de los desechos sólidos, el aprovechamiento racional de las aguas, los programas de educación ambiental, la prevención y mitigación de los posibles desastres naturales y la protección y conservación de los recursos naturales."
Artículo 5, inciso c
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in the entirety of the text - Full Text of Regulation 34945 Creates the Technical Commission for the Comprehensive Management and Development of the Río Grande de Térraba Basin (PROTÉRRABA) Full Text of Record: 1125C3 Nº 34945-MINAET Nº 34945-MINAE(*) (*)(Thus modified its name by Article 11 of the Law "Transfer of the Telecommunications Sector from the Ministry of Environment, Energy, and Telecommunications to the Ministry of Science and Technology, N° 9046 of June 25, 2012) THE PRESIDENT OF THE REPUBLIC AND THE MINISTER OF ENVIRONMENT AND ENERGY (*) (*)(Thus modified its name by Article 11 of the Law "Transfer of the Telecommunications Sector from the Ministry of Environment, Energy, and Telecommunications to the Ministry of Science and Technology, N° 9046 of June 25, 2012) Based on the powers conferred upon them by Articles 140, sections 3, 18, and 146 of the Political Constitution, as well as Article 2 of the Organic Environmental Law (Ley Orgánica del Ambiente) number 7554, of October 4, 1995, Articles 2 and 34 of the Law on the Use, Management, and Conservation of Soils (Ley de Uso, Manejo y Conservación de Suelos) number 7779 of April 30, 1998, the General Health Law (Ley General de Salud) number 5395, of October 30, 1973, and Article 22 of the Biodiversity Law (Ley de Biodiversidad) number 7788, of April 30, 1998.
9.-That the use of the natural resources of the Río Grande de Térraba basin must be controlled to prevent its increasing environmental deterioration.
10.-That it is necessary to achieve adequate environmental planning (ordenamiento ambiental) for this basin to guarantee the conservation and protection of natural resources.
11.-That the cultural identity of the peoples of the Brunca region is intimately related to the natural resources represented by the Río Grande de Térraba basin and that if timely measures are not taken regarding the existing process of resource loss—soil, water, flora, and fauna—the opportunities for improving the quality of life of its inhabitants will be diminished.
12.-That there is an interest on the part of institutional authorities and population organizations of the Brunca region in undertaking actions of sustainability and rational management of the valuable natural resources existing in the Río Grande de Térraba basin.
13.-That under the strategic areas of the "Peace with Nature" (Paz con la Naturaleza) initiative, the "country's challenge" is to go beyond diagnostics, identifying and implementing solutions to environmental problems, within a framework of shared work between the public and private sectors, society, and individuals.
14.-That particularly, the Law on the Promotion of Scientific and Technological Development and Creation of MICYT (Ministry of Science and Technology) (Ley de Promoción de Desarrollo Científico y Tecnológico y Creación del MICYT) Nº 7169, establishes as a specific objective of scientific and technological development to stimulate regional development of the country through the use of appropriate technologies for the growth of agricultural, agro-industrial, forestry, and aquaculture industries and industries in the rural areas of our country. Therefore,
Created is the Technical Commission for the Comprehensive Management and Development of the Río Grande de Térraba Basin (PROTÉRRABA)
Considering:
Decree:
This Commission shall be part of the Environment and Energy sector.
(*)(Thus modified its name by Article 11 of the Law "Transfer of the Telecommunications Sector from the Ministry of Environment, Energy, and Telecommunications to the Ministry of Science and Technology, N° 9046 of June 25, 2012) b) One (1) representative of the Municipal Council of Pérez Zeledón.
The PROTÉRRABA Commission must convene environmental, producer, or other organizations, indigenous and non-indigenous, as well as public and private institutions, including those of higher education, to its working sessions according to the specific matters to be addressed in order to fulfill its objectives and functions.
The Ministry of Environment and Energy (MINAE)(*), within thirty days following the publication of this Decree, shall request the different entities mentioned to designate their representatives, a principal and an alternate, who shall perform their functions on an ad honorem basis and for a period of two years, unless they must be replaced at the discretion of the corresponding head of agency. The commission shall be formally established by means of an agreement of MINAE(*).
(*)(Thus modified its name by Article 11 of the Law "Transfer of the Telecommunications Sector from the Ministry of Environment, Energy, and Telecommunications to the Ministry of Science and Technology, N° 9046 of June 25, 2012)
This Secretariat shall be attached to the Ministry of Environment and Energy.(*) (*)(Thus modified its name by Article 11 of the Law "Transfer of the Telecommunications Sector from the Ministry of Environment, Energy, and Telecommunications to the Ministry of Science and Technology, N° 9046 of June 25, 2012)
To promote integral and sustainable development in the Río Grande de Térraba basin, through the planning and execution of projects, programs, and actions in adherence to the conservation, protection, and responsible use of natural resources, within a framework of participation by the different sectors involved, in such a way as to improve the quality of life of its inhabitants.
In all matters not provided for in said regulations, the provisions of Articles 49 and following of the General Law on Public Administration (Ley General de la Administración Pública), regarding Collegiate Bodies, and other national regulations shall serve as supplementary rules.
Given at the Presidency of the Republic.-San José, at eight o'clock on the first day of the month of October of two thousand eight.
en la totalidad del texto - Texto Completo Norma 34945 Crea Comisión Técnica para el Manejo y Desarrollo Integral de la Cuenca del Río Grande de Térraba (PROTÉRRABA) Texto Completo acta: 1125C3 Nº 34945-MINAET Nº 34945-MINAE(*) (*)(Así modificada su denominación por el artículo 11 de la Ley "Traslado del sector Telecomunicaciones del Ministerio de Ambiente, Energía y Telecomunicaciones al Ministerio de Ciencia y Tecnología, N° 9046 del 25 de junio de 2012) EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA Y EL MINISTRO DE AMBIENTE Y ENERGÍA (*) (*)(Así modificada su denominación por el artículo 11 de la Ley "Traslado del sector Telecomunicaciones del Ministerio de Ambiente, Energía y Telecomunicaciones al Ministerio de Ciencia y Tecnología, N° 9046 del 25 de junio de 2012) Con fundamento en las facultades que les confieren los artículos 140 incisos 3, 18 y 146 de 1i Constitución Política, así como el artículo 2 de la Ley Orgánica del Ambiente número 7554, del 4 de octubre de 1995, los artículos 2 y 34 de la Ley de Uso, Manejo y Conservación de Suelos número 7779 del 30 de abril de 1998, Ley General de Salud número 5395, del 30 de octubre de 1973, y el artículo 22 de la Ley de Biodiversidad número 7788, del 30 de abril de 1998.
9.-Que la utilización de los recursos naturales de la cuenca del río Grande de Térraba, debe ser controlada para evitar su creciente deterioro ambiental.
10.-Que es necesario lograr un adecuado ordenamiento ambiental de esta cuenca para garantizar la conservación y protección de los recursos naturales.
11.-Que la identidad cultural de los pueblos de la región Brunca está íntimamente relacionada con los recursos naturales que representa la cuenca el río Grande de Térraba y que si no se toman medidas oportunas con el proceso existente de pérdida de recursos, suelo, aguas, flora y fauna, se disminuirán las oportunidades de mejoramiento en la calidad de vida de los habitantes de la misma.
12.-Que existe un interés de las autoridades institucionales y de las organizaciones de la población de la región Brunca, por emprender acciones de sostenibilidad y manejo racional de los valiosos recursos naturales existentes en la cuenca del río Grande de Térraba.
13.-Que bajo las áreas estratégicas de la iniciativa "Paz con la Naturaleza", el "reto del país" es ir más allá de diagnósticos, identificando e implementando soluciones a los problemas ambientales, en un marco de trabajo compartido entre el sector público y privado, la sociedad y los individuos.
14.-Que particularmente la Ley de Promoción de Desarrollo Científico y Tecnológico y Creación del MICYT (Ministerio de Ciencia y Tecnología) Nº 7169, establece como un objetivo específico del desarrollo científico y tecnológico, estimular el desarrollo regional del país, por medio del uso de tecnologías apropiadas para el crecimiento de las industrias agropecuarias, agroindustrias, forestales y acuícolas y las industrias en las zonas rurales de nuestro país. Por tanto,
Créase la Comisión Técnica para el Manejo y Desarrollo Integral de la Cuenca del Río Grande de Térraba (PROTÉRRABA)
Considerando:
Decretan:
Esta Comisión formará parte del sector de Ambiente y Energía.
(*)(Así modificada su denominación por el artículo 11 de la Ley "Traslado del sector Telecomunicaciones del Ministerio de Ambiente, Energía y Telecomunicaciones al Ministerio de Ciencia y Tecnología, N° 9046 del 25 de junio de 2012) b) Un (a) representante del Concejo Municipal de Pérez Zeledón.
La Comisión PROTÉRRABA, deberá convocar a las organizaciones ambientalistas, productoras u otras, indígenas y no indígenas y a instituciones públicas y privadas, incluyendo las de educación superior, a sus sesiones de trabajo de acuerdo a los asuntos específicos a tratar a fin de poder cumplir con sus objetivos y sus funciones.
El Ministerio de Ambiente y Energía (MINAE)(*), dentro de los treinta días siguientes a la publicación de este Decreto, solicitará a los diferentes entes mencionados, la designación de sus representantes, un propietario y un suplente, quienes desempeñarán sus funciones en forma ad honorem y por un periodo de dos anos, a menos que deba ser sustituido a criterio del jerarca correspondiente. La comisión será establecida formalmente mediante acuerdo del MINAE(*).
(*)(Así modificada su denominación por el artículo 11 de la Ley "Traslado del sector Telecomunicaciones del Ministerio de Ambiente, Energía y Telecomunicaciones al Ministerio de Ciencia y Tecnología, N° 9046 del 25 de junio de 2012)
Esta Secretaría estará adscrita al Ministerio de Ambiente y Energía.(*) (*)(Así modificada su denominación por el artículo 11 de la Ley "Traslado del sector Telecomunicaciones del Ministerio de Ambiente, Energía y Telecomunicaciones al Ministerio de Ciencia y Tecnología, N° 9046 del 25 de junio de 2012)
Promover un desarrollo integral y sustentable en la cuenca del río Grande de Térraba, mediante la planificación y ejecución de proyectos, programas y acciones en apego a la conservación, protección y aprovechamiento responsable de los recursos naturales, en un marco de participación de los distintos sectores involucrados, de manera que se mejore la calidad de vida de sus habitantes.
En todo lo no previsto en dicho reglamento, se tendrá por norma supletoria lo dicho en los artículos 49 y siguientes de la Ley General de la Administración Pública, con relación a los Órganos Colegiados y demás normativa nacional.
Dado en la Presidencia de la República.-San José, a las ocho horas del día primero del mes de octubre del dos mil ocho.
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