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Decreto 31648 · 09/02/2004

Expansion of the Blue Flag Ecological Program to educational centersAmpliación del Programa Bandera Azul Ecológica a centros educativos

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OutcomeResultado

In forceNorma vigente

SummaryResumen

Executive Decree No. 31648-MEP-MINAE-S-TUR, dated February 9, 2004, expands the scope of the Blue Flag Ecological Program (created by Decree 31610) to incentivize the organization of educators, students, and administrative staff of public and private educational centers, from preschool to high school, in order to promote sustainable and environmentally friendly practices. The norm establishes the general objective of fostering environmental culture for sustainable development through continuous improvement of hygienic-sanitary conditions of physical infrastructure, natural resource protection campaigns, environmental education programs, and community engagement. Evaluation criteria are defined for drinking water supply, sanitary services and liquid waste disposal, facility hygiene, environmental education, and administration and safety, with a minimum score of 90% to obtain the award at three star levels. It also incorporates a representative of the Ministry of Public Education into the National Commission of the Program and sets deadlines for registration, reporting, and award ceremonies.El Decreto Ejecutivo N° 31648-MEP-MINAE-S-TUR, del 9 de febrero de 2004, amplía los alcances del Programa Bandera Azul Ecológica (creado por Decreto 31610) para incentivar la organización de educadores, estudiantes y personal administrativo de centros educativos públicos y privados, desde preescolar hasta secundaria, con el fin de promover prácticas sostenibles y amigables con el ambiente. La norma establece como objetivo general fomentar una cultura ambiental para el desarrollo sostenible, mediante la mejora continua de las condiciones higiénico-sanitarias de la infraestructura física, campañas de protección de recursos naturales, programas de educación ambiental y vinculación comunitaria. Se definen criterios de evaluación sobre agua para consumo humano, servicios sanitarios, higiene de instalaciones, educación ambiental y administración, con un puntaje mínimo del 90% para obtener el galardón en tres niveles de estrellas. Además, se incorpora un representante del MEP a la Comisión Nacional del Programa y se establecen plazos para inscripción, informes y premiación.

Key excerptExtracto clave

Article 1—To expand the scope of the Blue Flag Ecological Program contained in Executive Decree 31610-S-MINAE-TUR of January 22, 2004, as an incentive to organize educators, students, and administrative staff of public and private educational centers (preschool, elementary, and secondary schools), in order to promote the adoption of sustainable and environmentally friendly practices, through the continuous improvement of the hygienic-sanitary conditions of their physical infrastructure, natural resource protection campaigns, environmental education programs, and the integration of the student center into the respective community, among others. Article 2—The Blue Flag Ecological Program, proposed in this decree for educational centers, has the general objective of promoting the acquisition of attitudes and values in the student population that influence the development of an environmental culture for sustainable and sustainable development. At the same time, it includes the following specific objectives: (...) c- To foster excellence in hygienic-sanitary conditions in public and private educational institutions with the active participation of all actors in the educational process.Artículo 1º—Ampliar los alcances del Programa Bandera Azul Ecológica contenidos en el Decreto Ejecutivo 31610-S-MINAE-TUR del veintidós de enero del año dos mil cuatro, como incentivo para organizar a los educadores, educandos y personal del área administrativa de los centros educativos públicos y privados (preescolar, escuelas y colegios), con el fin de promover la adopción de prácticas sostenibles y sustentables, amigables con el ambiente, mediante la mejora continua de las condiciones higiénico sanitarias de su infraestructura física, campañas de protección de los recursos naturales, programas de educación ambiental y la incorporación del centro estudiantil a la comunidad respectiva, entre otros. Artículo 2º—El Programa Bandera Azul Ecológica, propuesto en este decreto para los centros educativos, tiene como objetivo general, promover la adquisición de actitudes y valores en la población estudiantil que incidan en el desarrollo de una cultura ambiental para el desarrollo sostenible y sustentable. A la vez contempla como objetivos específicos: (...) c- Fomentar la excelencia de las condiciones higiénico sanitarias en las instituciones educativas públicas y privadas con la participación activa de todos los actores del proceso educativo.

Pull quotesCitas destacadas

  • "Artículo 1º—Ampliar los alcances del Programa Bandera Azul Ecológica (...) como incentivo para organizar a los educadores, educandos y personal del área administrativa de los centros educativos públicos y privados (...), con el fin de promover la adopción de prácticas sostenibles y sustentables, amigables con el ambiente."

    "Article 1—To expand the scope of the Blue Flag Ecological Program (...) as an incentive to organize educators, students, and administrative staff of public and private educational centers (...), in order to promote the adoption of sustainable and environmentally friendly practices."

    Artículo 1

  • "Artículo 1º—Ampliar los alcances del Programa Bandera Azul Ecológica (...) como incentivo para organizar a los educadores, educandos y personal del área administrativa de los centros educativos públicos y privados (...), con el fin de promover la adopción de prácticas sostenibles y sustentables, amigables con el ambiente."

    Artículo 1

  • "Artículo 2º—El Programa Bandera Azul Ecológica, propuesto en este decreto para los centros educativos, tiene como objetivo general, promover la adquisición de actitudes y valores en la población estudiantil que incidan en el desarrollo de una cultura ambiental para el desarrollo sostenible y sustentable."

    "Article 2—The Blue Flag Ecological Program, proposed in this decree for educational centers, has the general objective of promoting the acquisition of attitudes and values in the student population that influence the development of an environmental culture for sustainable and sustainable development."

    Artículo 2

  • "Artículo 2º—El Programa Bandera Azul Ecológica, propuesto en este decreto para los centros educativos, tiene como objetivo general, promover la adquisición de actitudes y valores en la población estudiantil que incidan en el desarrollo de una cultura ambiental para el desarrollo sostenible y sustentable."

    Artículo 2

  • "Artículo 10.—Los centros educativos inscritos en el programa, tendrán que presentar para su evaluación en el mes de octubre, las pruebas del cumplimiento sobre los parámetros que a continuación se describen, teniendo que alcanzar un mínimo del 90%."

    "Article 10—Educational centers registered in the program must submit, for evaluation in the month of October, evidence of compliance with the parameters described below, having to achieve a minimum of 90%."

    Artículo 10

  • "Artículo 10.—Los centros educativos inscritos en el programa, tendrán que presentar para su evaluación en el mes de octubre, las pruebas del cumplimiento sobre los parámetros que a continuación se describen, teniendo que alcanzar un mínimo del 90%."

    Artículo 10

  • "Artículo 11.—El centró educativo participante obtendrá el galardón Bandera Azul Ecológica con: a) Una estrella (A): Puntaje mínimo 90% de los puntos indicados en el artículo anterior. b) Dos estrellas (AA): Puntaje del 100% más campañas de protección del ambiente... c) Tres estrellas (AAA): Lo obtenido en la bandera con dos estrellas, más un programa de atención de emergencias ambientales y campaña de clasificación y reciclaje de desechos sólidos."

    "Article 11—The participating educational center will obtain the Blue Flag Ecological award with: a) One star (A): Minimum score of 90% of the points indicated in the previous article. b) Two stars (AA): Score of 100% plus environmental protection campaigns... c) Three stars (AAA): That obtained in the two-star flag, plus an environmental emergency response program and a solid waste classification and recycling campaign."

    Artículo 11

  • "Artículo 11.—El centró educativo participante obtendrá el galardón Bandera Azul Ecológica con: a) Una estrella (A): Puntaje mínimo 90% de los puntos indicados en el artículo anterior. b) Dos estrellas (AA): Puntaje del 100% más campañas de protección del ambiente... c) Tres estrellas (AAA): Lo obtenido en la bandera con dos estrellas, más un programa de atención de emergencias ambientales y campaña de clasificación y reciclaje de desechos sólidos."

    Artículo 11

Full documentDocumento completo

Articles

in the entirety of the text - Full Text of Norm 31648 organize educators, students and administrative staff of educational centers, with the aim of promoting the adoption of sustainable and environmentally friendly practices Full Text of act: 106C32 Nº 31648-MEP-MINAE-S-TUR Nº 31648-MEP-MINAE-S-TUR THE PRESIDENT OF THE REPUBLIC THE MINISTER OF PUBLIC EDUCATION, THE MINISTER OF ENVIRONMENT AND ENERGY(*), THE MINISTER OF HEALTH AND THE MINISTER OF TOURISM In use of the powers conferred upon them by article 140, subsections 3) and 18 of the Political Constitution and;

I.-That the Ministry of Public Education has incorporated as part of the curricular proposal the cross-cutting theme, called "Environmental Culture for Sustainable Development." II.-That it is a fundamental function of the Ministry of Public Education, Ministry of Environment and Energy(*), Health and Tourism, to promote initiatives among the different sectors of Costa Rican society so that they actively participate in the development of actions aimed at promoting the country's sustainable development and the improvement of the quality of life.

III.-That it is necessary to instill in student populations the culture of environmental protection and the continuous improvement of the hygienic-sanitary conditions of educational facilities.

IV.-That through Executive Decree Nº 31610-S-MINAETUR, the Ecological Blue Flag Program was created, which has the objective of promoting community participation in the protection of water resources and the environment in general. As well as readjusting or adapting the objectives and evaluation criteria, to incentivize the organization of academic centers and recreation facilities, with the purpose of seeking their hygienic-sanitary excellence. Therefore:

Considering:

DECREE:

1

(NOTE: Through executive decree N° 33604 of January 31, 2007, the scope of the Ecological Blue Flag Program is expanded, including a new category called Protected Natural Spaces (private), with the purpose of recognizing the managers of these spaces for the efforts made in the promotion and adoption of practices, sustainable and friendly with the environment, through conservation of the primary forest, ecotourism and mixed (areas destined for forest conservation combined with agricultural and tourism activities) (*)(Name modified by article 11 of the Law “Transfer of the Telecommunications Sector from the Ministry of Environment, Energy and Telecommunications to the Ministry of Science and Technology”, N° 9046 of June 25, 2012)

2

At the same time, it contemplates the following specific objectives:

a- Promote spaces of participation in public and private educational institutions through the alliance of students, educators and parents, with the purpose of executing projects for the adequate management of natural resources.

b- Understand the environmental issues of public and private educational institutions, through the application of environmental diagnostics.

c- Promote the excellence of hygienic-sanitary conditions in public and private educational institutions with the active participation of all actors in the educational process.

d- Promote educational processes that foster the development of knowledge in the student population of public and private educational institutions, through the development of training activities related to the theme environmental culture for sustainable development.

e- Foster environmental awareness in the actors of the educational process, through their involvement in environmental education programs, administration and surveillance of natural resources, among others, according to needs identified in the environmental diagnostics.

f- Foster the spirit of healthy competition among the student population of the different public and private educational institutions for obtaining the Ecological Blue Flag, as a way to reward and recognize the efforts of the actors of the educational process, for protecting and conserving the quality of the environment.

3

The Ministry of Education will provide the necessary officials to support the work of the technical work team, indicated in the aforementioned decree.

4

Likewise, representatives of other sectors of the community to which the educational center belongs may participate.

5

Then, in the month of October, it will present a report to the National Commission on the work carried out in the corresponding period.

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Evaluation criterion Value Score percentage obtained Service of water for human consumption 20 20 Sanitary service and evacuation of liquid waste 20 20 Hygiene of classrooms and other facilities 20 20 Environmental education 20 20 Administration and safety 20 20 Total 100 100

11
  • a)One star (A): Minimum score of 90% of the points indicated in the previous article.
  • b)Two stars (AA): Score of 100% plus environmental protection campaigns, such as reforestation in parks, rivers or streams with native species, or all those campaigns that promote sustainable and sustainable development of the environment, where the educational center is located.
  • c)Three stars (AAA): That obtained with the flag with two stars, plus an environmental emergency response program and a campaign for classification and recycling of solid waste.
12

Given at the Presidency of the Republic.-San José, on the ninth day of February of the year two thousand four.

Artículos

en la totalidad del texto - Texto Completo Norma 31648 Amplía alcances del Programa Bandera Azul Ecológica, como incentivo para organizar a educadores, educandos y personal administrativo de centros educativos, con el fin de promover la adopción de prácticas sostenibles y amigables con el ambiente Texto Completo acta: 106C32 Nº 31648-MEP-MINAE-S-TUR Nº 31648-MEP-MINAE-S-TUR EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA EL MINISTRO DE EDUCACIÓN PÚBLICA, EL MINISTRO DE AMBIENTE Y ENERGÍA(*), LA MINISTRA DE SALUD Y EL MINISTRO DE TURISMO En uso de las facultades que les confiere el artículo 140, incisos 3) y 18 de la Constitución Política y;

I.-Que el Ministerio de Educación Pública ha incorporado como parte de la propuesta curricular el tema transversal, denominado "Cultura Ambiental para el Desarrollo Sostenible".

II.-Que es función primordial del Ministerio de Educación Pública, Ministerio de Ambiente y Energía(*), Salud y Turismo, promover iniciativas entre los distintos sectores de la sociedad costarricense para que participen activamente en el desarrollo de acciones orientadas a impulsar el desarrollo sostenible del país y el mejoramiento de la calidad de vida.

III.-Que es necesario inculcar en las poblaciones estudiantiles la cultura de la protección ambiental y el mejoramiento continuo de las condiciones higiénico sanitarias de las instalaciones educativas.

IV.-Que mediante el Decreto Ejecutivo Nº 31610-S-MINAETUR, se creó el Programa Bandera Azul Ecológica, el cual tiene como objetivo fomentar la participación comunitaria en la protección de los recursos hídricos y del ambiente en general. Así como readecuar o adaptar los objetivos y criterios de evaluación, para incentivar la organización de centros académicos e instalaciones para recreación, con el propósito de buscar la excelencia higiénico sanitaria de los mismos. Por tanto:

Considerando:

DECRETAN:

1

(NOTA: Mediante decreto ejecutivo N° 33604 del 31 de enero de 2007, se amplían los alcances del Programa Bandera Azul Ecológica, incluyendo una nueva categoría denominada Espacios Naturales Protegidos (privados), con la finalidad de reconocer a los gestores de estos espacios los esfuerzos realizados en la promoción y adopción de prácticas, sostenibles y amigables con el ambiente, mediante conservación del bosque primario, ecoturismo y mixtos (zonas destinadas a conservación boscosa combinadas con actividades agropecuarias y turísticas) (*)(Modificada su denominación por el artículo 11 de la Ley "Traslado del sector Telecomunicaciones del Ministerio de Ambiente, Energía y Telecomunicaciones al Ministerio de Ciencia y Tecnología", N° 9046 del 25 de junio de 2012)

2

A la vez contempla como objetivos específicos:

a- Promover espacios de participación en las instituciones educativas públicas y privadas mediante la alianza de los estudiantes, educadores y padres de familia, con el fin de ejecutar proyectos para el manejo adecuado de los recursos naturales.

b- Conocer la problemática ambiental de las instituciones educativas públicas y privadas, mediante la aplicación de diagnósticos ambientales.

c- Fomentar la excelencia de las condiciones higiénico sanitarias en las instituciones educativas públicas y privadas con la participación activa de todos los actores del proceso educativo.

d- Impulsar procesos educativos que promuevan el desarrollo de conocimientos en la población estudiantil de las instituciones educativas públicas y privadas, mediante el desarrollo de actividades de capacitación relacionadas con el tema cultura ambiental para el desarrollo sostenible.

e- Fomentar la conciencia ambiental en los actores del proceso educativo, mediante su involucramiento en programas de educación ambiental, administración y vigilancia de los recursos naturales, entre otros, según necesidades identificadas en los diagnósticos ambientales.

f- Fomentar el espíritu de la sana competencia entre la población estudiantil de las diferentes instituciones educativas públicas y privadas para la obtención de la Bandera Azul Ecológica, como una forma de premiar y reconocer los esfuerzos de los actores del proceso educativo, por proteger y conservar la calidad del ambiente.

3

El Ministerio de Educación facilitará los funcionarios necesarios para apoyar la labor del equipo técnico de trabajo, señalado en el citado decreto.

4

De igual forma podrán participar representantes de otros sectores de la comunidad a la que pertenece el centro educativo

5

Luego, en el mes de octubre presentará un informe ante la Comisión Nacional de la labor realizada en el período correspondiente.

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Criterio de evaluación Valor Puntaje porcentual obtenido Servicio de agua para consumo humano 20 20 Servicio sanitario y evacuación de desechos líquidos 20 20 Higiene de aulas y otras instalaciones 20 20 Educación ambiental 20 20 Administración y seguridad 20 20 Total 100 100

11
  • a)Una estrella (A): Puntaje mínimo 90% de los puntos indicados en elartículo anterior.
  • b)Dos estrellas (AA): Puntaje del 100% más campañas de protección del ambiente, tales como de reforestación en parques, ríos o quebradas con especies nativas, o todas aquellas campañas que promuevan un desarrollo sostenible y sustentable del ambiente, donde se ubica el centro educativo.
  • c)Tres estrellas (AAA): Lo obtenido en la bandera con dos estrellas, más un programa de atención de emergencias ambientales y campaña de clasificación y reciclaje de desechos sólidos.
12

Dado en la Presidencia de la República.-San José, a los nueve días del mes de febrero del dos mil cuatro.

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Implementing decreesDecretos que afectan

    TopicsTemas

    • Environmental Law 7554 — EIA, SETENA, and Public ParticipationLey Orgánica del Ambiente 7554 — EIA, SETENA y Participación Pública

    Concept anchorsAnclajes conceptuales

    • Decreto Ejecutivo N° 31648-MEP-MINAE-S-TUR Artículo 1
    • Decreto Ejecutivo N° 31610-S-MINAE-TUR

    Spanish key termsTérminos clave en español

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