Coalición Floresta Logo Coalición Floresta Search Buscar
Language: English
About Acerca de Contact Contacto Search Buscar Notes Notas Donate Donar Environmental Law Derecho Ambiental
About Acerca de Contact Contacto Search Buscar Notes Notas Donate Donar Environmental Law Derecho Ambiental
Language: English
Beta Public preview Vista previa

← Environmental Law Center← Centro de Derecho Ambiental

Decreto Ejecutivo 31313 · 14/08/2003

Regulation on Conciliation in Environmental and Agrarian OffensesReglamento al Artículo 20 de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República.

View document ↓ Ver documento ↓ View original source ↗ Ver fuente original ↗

Loading…Cargando…

OutcomeResultado

In forceNorma vigente

SummaryResumen

This regulation authorizes the Procuraduría General de la República to participate as a civil party, private prosecutor, or victim representative in conciliation proceedings and other alternative measures under the Criminal Procedure Code, solely for offenses affecting the environment, agrarian offenses, and similar ones. It expressly excludes those related to the State's financial, customs, or tax activities, and crimes against Public Administration. It is based on the right to a healthy environment (Article 50 of the Constitution) and the need to achieve social compensation through economic recovery of environmental harm. It mandates technical collaboration from the Active Administration and all public officials to support the Procuraduría in these processes. Conciliation is only allowed within legal provisions. Non-compliance with imposed conditions triggers effects under the Criminal Procedure Code. Since 2005, the regulation also applies to administrative sanctioning proceedings before the Environmental Administrative Tribunal, with specialized technical support.Este reglamento faculta a la Procuraduría General de la República para intervenir como actor civil o querellante en procesos conciliatorios y otras medidas alternativas previstas en el Código Procesal Penal, exclusivamente para delitos que afectan el ambiente, delitos agrarios y otros similares. Excluye expresamente aquellos relacionados con la actividad financiera, aduanera o tributaria del Estado, y los delitos contra la Administración Pública. Se fundamenta en el derecho a un ambiente sano (artículo 50 constitucional) y en la necesidad de lograr una compensación social mediante la recuperación económica del daño ambiental. Establece la obligación de colaboración técnica de la Administración Activa y de todos los funcionarios públicos para apoyar a la Procuraduría en estos procesos. La conciliación procede únicamente dentro de los supuestos legales. El incumplimiento de las condiciones impuestas genera los efectos previstos en el Código Procesal Penal. Además, desde 2005 el reglamento es aplicable a procedimientos administrativos sancionadores del Tribunal Ambiental Administrativo, contando con colaboración técnica especializada.

Key excerptExtracto clave

Article 1. The Procuraduría General de la República is empowered to intervene as a civil party, private prosecutor, or victim representative in conciliation proceedings and other alternative measures to criminal proceedings provided for in the Criminal Procedure Code, in offenses affecting the environment, agrarian offenses, and other similar offenses, which are not related to the State's financial, customs, or tax activities, nor constitute crimes against Public Administration and public faith. Article 2. Conciliation and other alternative measures in criminal proceedings shall only proceed within the cases provided for by law. Article 5. Public officials from the various dependencies of the Public Sector, as provided in Article 27 of the Organic Law of the Procuraduría General de la República, shall be obliged to provide the state representation with all the technical, material, and human support it requires for the faithful performance of the powers conferred by this regulation.Artículo 1º-La Procuraduría General de la República estará facultada para intervenir en su carácter de actor civil, querellante o representante de la víctima, en los procesos conciliatorios, y demás medidas alternativas al proceso penal previstas en el Código Procesal Penal, en aquellos delitos que afectan al ambiente, delitos agrarios y otros similares, que no estén relacionados con la actividad financiera, aduanera o tributaria del Estado, ni se trate de delitos contra la Administración Pública y la fe pública. Artículo 2º—La conciliación y demás medidas alternativas en el proceso penal, solamente procederán dentro de los supuestos previstos por la ley. Artículo 5º—Los funcionarios públicos de las distintas dependencias del Sector Público, conforme lo señala el artículo 27 de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República, estarán en la obligación de proporcionarle a la representación estatal todo el soporte técnico, material y humano que ésta requiera, para el fiel cumplimiento de las atribuciones por este reglamento conferidas.

Pull quotesCitas destacadas

  • "los daños que se produzcan al ambiente podrían incidir en forma directa con el derecho a la salud —derivado del derecho a la vida—, y por tanto, mermar la capacidad de producción, progreso equitativo y las mismas necesidades humanas de los habitantes de este país y de las generaciones venideras"

    "the damages caused to the environment could directly affect the right to health —derived from the right to life—, and therefore reduce the production capacity, equitable progress, and the very human needs of the inhabitants of this country and of future generations"

    Considerando 7

  • "los daños que se produzcan al ambiente podrían incidir en forma directa con el derecho a la salud —derivado del derecho a la vida—, y por tanto, mermar la capacidad de producción, progreso equitativo y las mismas necesidades humanas de los habitantes de este país y de las generaciones venideras"

    Considerando 7

  • "La Procuraduría General de la República estará facultada para intervenir en su carácter de actor civil, querellante o representante de la víctima, en los procesos conciliatorios, y demás medidas alternativas al proceso penal previstas en el Código Procesal Penal, en aquellos delitos que afectan al ambiente, delitos agrarios y otros similares"

    "The Procuraduría General de la República is empowered to intervene as a civil party, private prosecutor, or victim representative in conciliation proceedings and other alternative measures to criminal proceedings provided for in the Criminal Procedure Code, in offenses affecting the environment, agrarian offenses, and other similar offenses"

    Artículo 1

  • "La Procuraduría General de la República estará facultada para intervenir en su carácter de actor civil, querellante o representante de la víctima, en los procesos conciliatorios, y demás medidas alternativas al proceso penal previstas en el Código Procesal Penal, en aquellos delitos que afectan al ambiente, delitos agrarios y otros similares"

    Artículo 1

  • "Este reglamento será aplicable, en lo pertinente, a los procedimientos administrativos sancionadores seguidos ante el Tribunal Ambiental Administrativo. Para tal efecto, se contará con la colaboración técnica referida en el artículo tercero de este Decreto, en los términos que ahí se indican."

    "This regulation shall be applicable, as pertinent, to the administrative sanctioning proceedings conducted before the Environmental Administrative Tribunal. For this purpose, the technical collaboration referred to in Article 3 of this Decree shall be available, in the terms indicated therein."

    Artículo 6, párrafo segundo (adicionado en 2005)

  • "Este reglamento será aplicable, en lo pertinente, a los procedimientos administrativos sancionadores seguidos ante el Tribunal Ambiental Administrativo. Para tal efecto, se contará con la colaboración técnica referida en el artículo tercero de este Decreto, en los términos que ahí se indican."

    Artículo 6, párrafo segundo (adicionado en 2005)

Full documentDocumento completo

Articles

throughout the entire text - Full Text of Regulation 31313 Regulations to Article 20 of the Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República.

Full Text, Record: 6A9B0 Nº 31313 Nº 31313 THE PRESIDENT OF THE REPUBLIC AND THE MINISTER OF JUSTICE AND PEACE(*) AND THE MINISTER OF ENVIRONMENT AND ENERGY (*)(Her title was amended by Article 1°, subsection b), of law N° 8771 of 14 de setiembre de 2009) Pursuant to the provisions of Article 140, subsections 3) and 18), of the Political Constitution, Articles 20 and 27 of the Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República, N° 6815 of 27 de setiembre de 1982, and the Code of Criminal Procedure,

Whereas:

1
2
3
4
5
6
7

Hence, when environmental damage occurs, it is important that there be, at a minimum, a legal possibility of obtaining economic recovery for such damage as a form of social compensation for the community affected.

8
9

Therefore,

REGULATIONS TO ARTICLE 20 OF THE LEY ORGÁNICA DE LA PROCURADURÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA, NUMBER 6815 OF 27 DE SETIEMBRE DE 1982

Decree:

1
2
3

The specialized technical personnel shall be appointed within no more than one month after the request made by the Procuraduría General de la República or the corresponding judicial authority.

4
5
6

These Regulations shall apply, as relevant, to administrative sanctioning proceedings (procedimientos administrativos sancionadores) conducted before the Tribunal Ambiental Administrativo. For this purpose, the technical assistance referred to in Article Three of this Decree shall be provided under the terms specified therein.

(The preceding paragraph was added by Article 1° of decreto ejecutivo N° 32850 of 6 de setiembre de 2005).

7

Issued at the Presidency of La República. San José, on the seventh day of the month of July, two thousand three.

Artículos

en la totalidad del texto - Texto Completo Norma 31313 Reglamento al Artículo 20 de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República.

Texto Completo acta: 6A9B0 Nº 31313 Nº 31313 EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA Y LA MINISTRA DE JUSTICIA Y PAZ(*) Y EL MINISTRO DE AMBIENTE Y ENERGÍA (*)(Modificada su denominación por el artículo 1° inciso b) de la ley N° 8771 del 14 de setiembre de 2009) Con fundamento en las disposiciones del artículo 140, incisos 3) y 18) de la Constitución Política, artículos 20 y 27 de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República, N° 6815 del 27 de setiembre de 1982, y el Código Procesal Penal,

Considerando:

1
2
3
4
5
6
7
8
9

Por tanto,

REGLAMENTO AL ARTÍCULO 20 DE LA LEY ORGÁNICA DE LA PROCURADURÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA, NÚMERO 6815 DEL 27 DE SETIEMBRE DE 1982

Decretan:

1
2
3

El nombramiento del personal técnico especializado deberá realizarse en un plazo no mayor de un mes, a partir de la solicitud efectuada por la Procuraduría General de la República, o por la autoridad judicial correspondiente.

4
5
6

Este reglamento será aplicable, en lo pertinente, a los procedimientos administrativos sancionadores seguidos ante el Tribunal Ambiental Administrativo. Para tal efecto, se contará con la colaboración técnica referida en el artículo tercero de este Decreto, en los términos que ahí se indican.

(Así adicionado el párrafo anterior, por el artículo 1° del decreto ejecutivo N° 32850 de 6 de setiembre de 2005).

7

Dado en la Presidencia de La República. San José, a los siete días del mes de julio de dos mil tres.

Document not found. Documento no encontrado.

Implementing decreesDecretos que afectan

    TopicsTemas

    • Environmental Criminal LiabilityResponsabilidad Penal Ambiental
    • Environmental Procedure — Amparo, TAA, Administrative RemediesProcedimiento Ambiental — Amparo, TAA, Remedios Administrativos

    Concept anchorsAnclajes conceptuales

      Spanish key termsTérminos clave en español

      Article 6

      Amendment
      Executive Decree 32850 Adición de un párrafo segundo al artículo 6 del Reglamento al artículo 20 de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República Ampliación · Express · Sep 6, 2005

      Article 1

      Opinion
      12037-167 167
      Sala IV
      06-008069-0007-CO 06-008069-0007-CO

      Artículo 6

      Modificación
      Decreto Ejecutivo 32850 Adición de un párrafo segundo al artículo 6 del Reglamento al artículo 20 de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República Ampliación · Expreso · 06/09/2005

      Artículo 1

      Dictamen
      12037-167 167
      Sala IV
      06-008069-0007-CO 06-008069-0007-CO

      News & Updates Noticias y Actualizaciones

      All articles → Todos los artículos →

      Weekly Dispatch Boletín Semanal

      Field reporting and policy analysis from Costa Rica's forests. Reportajes y análisis de política desde los bosques de Costa Rica.

      ✓ Subscribed. ✓ Suscrito.

      One email per week. No spam. Unsubscribe in one click. Un correo por semana. Sin spam. Cancela en un clic.

      Or WhatsApp channelO canal de WhatsApp →
      Coalición Floresta © 2026 · All rights reserved © 2026 · Todos los derechos reservados

      Stay Informed Mantente Informado

      Conservation news and action alerts, straight from the field Noticias de conservación y alertas de acción, directo desde el campo

      Email Updates Actualizaciones por Correo

      Weekly updates, no spam Actualizaciones semanales, sin spam

      Successfully subscribed! ¡Suscripción exitosa!

      WhatsApp Channel Canal de WhatsApp

      Join to get instant updates on your phone Únete para recibir actualizaciones instantáneas en tu teléfono

      Join Channel Unirse al Canal
      Coalición Floresta Coalición Floresta © 2026 Coalición Floresta. All rights reserved. © 2026 Coalición Floresta. Todos los derechos reservados.
      🙏