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OutcomeResultado
13 hectares in Puerto Viejo are allocated for the town grid, and the lot adjudication procedure is regulated with occupation and development obligations.Se destinan 13 hectáreas en Puerto Viejo para el cuadrante de la población y se regula el procedimiento de adjudicación de lotes con obligaciones de ocupación y desarrollo.
SummaryResumen
This 1935 law designates thirteen hectares in Puerto Viejo, Limón, to establish the town grid. It approves a cadastral plan dividing the area into thirteen one-hectare portions, subdivided into 20 by 40 meter lots, with streets and avenues fifteen meters wide. The norm regulates the lot allocation procedure: interested parties submit applications to the Governor of Limón, committing to fence, clear, cultivate, and build a dwelling within specified timeframes. Preferences are established for current occupants, and lands are reserved for public buildings and port works. Property titles are granted following verification of compliance with obligations. The Ministry of Development may order expansions of the grid once two-thirds of the lots are allocated. The law reflects a colonization and territorial planning policy of the era, with occupancy and development conditions for beneficiaries.Esta ley de 1935 destina trece hectáreas en Puerto Viejo, Limón, para establecer el cuadrante de la población. Se aprueba un plano catastral que divide la superficie en trece porciones de una hectárea cada una, subdivididas en lotes de 20 por 40 metros, con calles y avenidas de quince metros de ancho. La norma regula el procedimiento de adjudicación de lotes: los interesados presentan solicitudes ante el Gobernador de Limón, comprometiéndose a cercar, desmontar, cultivar y construir una casa de habitación en plazos determinados. Se establecen preferencias para ocupantes actuales y se reservan terrenos para edificios públicos y obras de puerto. Los títulos de propiedad se otorgan previa verificación del cumplimiento de las obligaciones. La Secretaría de Fomento puede ordenar ampliaciones del cuadrante una vez adjudicados dos tercios de los lotes. La ley refleja una política de colonización y ordenamiento territorial de la época, con condiciones de ocupación y desarrollo para los beneficiarios.
Key excerptExtracto clave
Article 1—The total area of thirteen hectares comprised in the plan drawn up by the Cadastre Office is hereby designated in the place known as Puerto Viejo, on the southern coast of the province of Limón, for the town grid of the settlement called Puerto Viejo. Article 5—Adjudication applications shall be submitted to the Governor of Limón... stating the applicant's full name, profession, marital status, nationality and place of residence; the number of the lot applied for and the portion in which it is located, and also a formal promise to fulfill each of the obligations set out below... a) To fence the lot within the three months following the occupancy permit; b) To clear and cultivate it within the following three months; c) To construct thereon, within one year, a dwelling occupying an area of no less than twenty-five square meters, with a minimum height of three meters, set on foundations 0.50 centimeters high.Artículo 1°-Destínase en el lugar denominado Puerto Viejo, la costa Sur de la provincia de Limón, la superficie total de trece hectáreas que comprenden el plano levantado por la Oficina del Catastro, para cuadrante de la población denominada Puerto Viejo. Artículo 5°-Las solicitudes de adjudicación se presentarán ante el Gobernador de Limón... expresando el petente sus nombres, apellidos, profesión, estado, nacionalidad y vecindario; número del lote que solicita y porción en que se encuentra, y además la promesa formal de cumplir cada una de las obligaciones que en seguida se indicarán... a) A cercar el lote dentro de los tres meses siguientes al permiso de ocupación; b) A desmontarlo y cultivarlo en los tres meses siguientes; c) A construir en él en el término de un año una casa de habitación que ocupe una superficie no menor de veinticinco metros cuadrados, con una altura de tres metros por lo menos y montada sobre bases de 0.50 centímetros de alto.
Pull quotesCitas destacadas
"Destínase en el lugar denominado Puerto Viejo, la costa Sur de la provincia de Limón, la superficie total de trece hectáreas que comprenden el plano levantado por la Oficina del Catastro, para cuadrante de la población denominada Puerto Viejo."
"The total area of thirteen hectares comprised in the plan drawn up by the Cadastre Office is hereby designated in the place known as Puerto Viejo, on the southern coast of the province of Limón, for the town grid of the settlement called Puerto Viejo."
Artículo 1°
"Destínase en el lugar denominado Puerto Viejo, la costa Sur de la provincia de Limón, la superficie total de trece hectáreas que comprenden el plano levantado por la Oficina del Catastro, para cuadrante de la población denominada Puerto Viejo."
Artículo 1°
"A cercar el lote dentro de los tres meses siguientes al permiso de ocupación; a desmontarlo y cultivarlo en los tres meses siguientes; a construir en él en el término de un año una casa de habitación..."
"To fence the lot within the three months following the occupancy permit; to clear and cultivate it within the following three months; to construct thereon, within one year, a dwelling..."
Artículo 5°
"A cercar el lote dentro de los tres meses siguientes al permiso de ocupación; a desmontarlo y cultivarlo en los tres meses siguientes; a construir en él en el término de un año una casa de habitación..."
Artículo 5°
Full documentDocumento completo
Full Text of Regulation 166 Designates in the place of Puerto Viejo the South coast of the province of Limón for the grid of the population called Puerto Viejo N° 166 The CONSTITUTIONAL CONGRESS OF THE REPUBLIC OF COSTA RICA
DECREES:
These lots shall be numbered from one to twelve, except for Portions N° 3 and N° 9 which, according to the plan, consist of six and seven lots respectively.
When, due to the destruction or repair of buildings, strips of land necessary to give the population's streets that established width are vacated, the dispossession is not compensable.
Portion N° 14, measuring two hundred meters by four hundred and forty-two meters, shall be designated for a square (plaza) and park.
If the evidence is favorable, the Governor shall approve the decision in the case file created for this purpose, adjudicating or denying the request. The title of ownership shall be granted by the Governor before a notary with the inclusion of the final decision, which shall be certified and appended to the protocol of references.
The title of ownership shall be granted in the manner established in the preceding article. Current occupants shall have a period of six months to request the adjudication of the lot they possess and, with respect to it, shall have preference over any other applicant.
COMMUNICATE TO THE EXECUTIVE BRANCH Given in the Sessions Hall of Congress.-National Palace. San José, on the seventeenth day of the month of August of nineteen hundred and thirty-five.
Presidential House, San José, on the twenty-second day of the month of August of nineteen hundred and thirty-five.
Let it be executed.
en la totalidad del texto - Texto Completo Norma 166 Destina en el lugar de Puerto Viejo la costa Sur de la provincia de Limón para cuadrante de la población denominada Puerto Viejo N° 166 El CONGRESO CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA
DECRETA:
Estos lotes se numerarán de uno a doce, salvo las porciones N° 3 y N° 9 que, según el plano, constan de seis y siete lotes respectivamente.
Cuando por destrucción o refacción de construcciones quedaren desocupadas fajas de terreno necesarias para dar a las calles de la población ese ancho fijado, el desposeimiento no es indemnizable.
La porción N° 14 de doscientos metros por cuatrocientos cuarenta y dos metros, se destinará para plaza y parque.
vecindario ; número del lote que solicita y porción en que se encuentra, y además la promesa formal de cumplir cada una de las obligaciones que en seguida se indicarán. Se abrirá en la Gobernación de Limón un libro que se denominará "'Matrícula de la nueva población de Puerto Viejo" y en él se asentarán por medio de actas las solicitudes que se fueren presentando por riguroso orden de fechas, y las resoluciones en ellas recaídas. Lo resuelto será certificado por la Secretaria en la solicitud original, la que será devuelta al petente para salvaguardia de sus derechos. Si la solicitud se presentare en regla, el Gobernador autorizara la ocupación provisional y el solicitante queda obligado:
SÍ la prueba fuere favorable, el Gobernador visará la resolución en el expediente creado al efecto, adjudicando o denegando la solicitud. El título de propiedad lo otorgará el Gobernador ante notario con inserción de la resolución definitiva, la que se agregará certificada al protocolo de referencias.
El título de propiedad se otorgará en la forma determinada en el artículo anterior. Los ocupantes actuales gozarán de un plazo de seis meses para solicitar la adjudicación del lote que poseen y respecto al mismo, tendrán preferencia sobre cualquier otro solicitante.
COMUNÍQUESE AL PODER EJECUTIVO Dado en el Salón de Sesiones del Congreso.-Palacio Nacional. San José, a los diez y siete días del mes de agosto de mil novecientos treinta y cinco.
Casa Presidencial, San José, a los veintidós días del mes de agosto de mil novecientos treinta y cinco.
Ejecútese
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