De este punto continúa el límite por una línea paralela al Río Tortuguero, equidistante del mismo cien metros y que sigue su curso aguas arriba, hasta encontrar la confluencia con el Río Agua Fría. De este punto continúa el límite sobre el Río Agua Fría aguas arriba, hasta un punto situado en las coordenadas 2 66,550 N y 583,000 E. Sigue sobre la coordenada 583,000 E con rumbo Sur hasta encontrar el Río Sierpe, por el cual continúa el límite, aguas abajo hasta el punto donde desagua el Río Sierpe Viejo. Continúa luego el límite aguas arriba del Río Sierpe Viejo hasta encontrar la coordenada 598,000 E por la que continúa con rumbo Sur hasta el Caño California.
Sigue entonces el límite aguas abajo del Caño California hasta su confluencia con el estero Parismina primero y Caño Negro después.
Continúa el límite por el Caño Negro hacia el Norte, hasta un punto distante 300 metros de la margen Norte de la Laguna Jalova. Finalmente sigue el límite del Parque por una línea paralela a la margen Norte de la Laguna Jalova, distante siempre 300 metros hasta encontrar el mar.
Por el lado Noreste, desde el último punto (situado 300 metros al Norte de la Laguna Jalova) y hasta el punto inicial (coordenada 280,000 N, inmediatamente al Sur del pueblo de Tortuguero), el límite del Parque lo será el Mar Caribe, quedando incluido dentro del mismo la porción del mar que corresponde a las aguas territoriales de Costa Rica.
(NOTAS DEL SINALEVI:
(1. Mediante artículo 2 del decreto ejecutivo N° 11148 del 05 de febrero de 1980 "se amplía el Parque Nacional Tortuguero, creado por ley número 5680 del 3 de noviembre de 1975, para que incluya la Laguna Jalova, el área comprendida entre ésta y el límite actual del parque, y el área comprendida entre la Laguna Jalova y una línea paralela distante 100 m de la margen Sur de la misma. Todas estas porciones de terreno limitan a su vez por el Oeste, con los Canales de Tortuguero y por el Este, con el mar Caribe, quedando incluida dentro del Parque la porción del mar que corresponde a las aguas territoriales de Costa Rica".)
(2. Mediante el artículo 1° del decreto ejecutivo N° 27223 del 22 de julio de 1998, se amplía el Parque Nacional Tortuguero, para que incluya el área que se encuentra "partiendo de un punto, límite del Parque Nacional Tortuguero, ubicado en el río Penitencia (sin nombre en la hoja cartográfica) cuyas coordenadas son 284950N y 580090E, luego con rumbo sureste (dejando el límite del Parque Nacional Tortuguero), en línea recta se dirige al punto de coordenadas 286050N y 584340E. Sigue luego en líneas rectas con las siguientes coordenadas:
| 285440N | 584250E |
|---|
| 285190N | 584575E |
| 285275N | 584660E |
Por último, ubicado en la margen del Caño Penitencia. De aquí continúa por la margen del Caño Penitencia en un punto de coordenadas 284130N y 586090E, en el cual inicia de nuevo el Parque Nacional Tortuguero, continúa aguas arriba por el mismo río Palacio al punto de coordenadas 281425N y 582250E, desde donde en línea recta sigue con las siguientes coordenadas:
| 281850N | 582130E |
|---|
| 282725N | 582050E |
| 282580N | 581575E |
| 282300N | 581660E |
| 281690N | 581600E |
| 281160N | 581500E |
Punto localizado de nuevo en la margen izquierda del río Palacio, desde donde continúa aguas arriba hasta alcanzar las coordenadas 281150N y 581100. Se dirige luego en líneas rectas a los puntos de las siguientes coordenadas:
| 282420N | 581100E |
|---|
| 282250N | 580040E |
| 282575N | 580290E |
| 282750N | 579930E |
| 282500N | 579210E |
| 284000N | 579700E |
Punto ubicado en el Caño Perro Capón (que no aparece en la hoja cartográfica), sigue aguas abajo por este caño hasta la desembocadura del Caño Perro Capón en el río Penitencia en el punto que dio origen a la presente descripción en las coordenadas 284950N y 580090E").