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Resolución 038 · 04/06/2020
OutcomeResultado
SummaryResumen
Resolution ACAT-D-019-2019, amended by Resolution SINAC-ACAT-D-038-2020, approves the Ecoregional General Management Plan for the Miravalles Protected Zone and the Miravalles Volcano-Jorge Manuel Dengo National Park. This plan, validated by the Regional Council of the Arenal Tempisque Conservation Area (CORACAT), establishes the management framework for natural resource conservation under an ecosystemic approach. It defines focal management elements (seasonal, montane, and humid forests; hydrological system; tapir; and large felines), a zoning system with five categories (minimum/null intervention, low intervention, medium intensity, high intensity, and buffer), and eight specific plans covering land tenure, resource management, research, protection, tourism, environmental education, social management, and administration. It also details management programs for environmental education, social management, tourism, land tenure, research, resources, and protection, with a governance model connecting local and institutional actors.La Resolución ACAT-D-019-2019, modificada por la Resolución SINAC-ACAT-D-038-2020, aprueba el Plan General de Manejo Ecoregional para la Zona Protectora Miravalles y el Parque Nacional Volcán Miravalles-Jorge Manuel Dengo. Este plan, validado por el Consejo Regional del Área de Conservación Arenal Tempisque (CORACAT), establece el marco de gestión para la conservación de los recursos naturales bajo un enfoque ecosistémico. Define elementos focales de manejo (bosques estacional, montano y húmedo, sistema hídrico, tapir y grandes felinos), una zonificación con cinco categorías (mínima o nula intervención, baja intervención, mediana intensidad, alta intensidad y amortiguamiento), y ocho planes específicos que abarcan tenencia de tierra, manejo de recursos, investigación, protección, turismo, educación ambiental, gestión social y administración. También detalla programas de manejo para educación ambiental, gestión social, turismo, tenencia de tierra, investigación, recursos y protección, con un modelo de gestión que articula actores locales e institucionales.
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FIRST: To validate and approve the Ecoregional General Management Plan for the Miravalles Protected Zone and the Miravalles Volcano-Jorge Manuel Dengo National Park, approved by the Regional Council through Agreement No. 04 of Ordinary Session No. 01-2018 of January 17, 2018, which provides the following relevant aspects: 1.- General Objective of the General Management Plan To manage the conservation of natural resources to maintain the supply of goods and services, through the application of the ecosystemic approach, with inclusive participation of local and institutional actors. 3.- Description of the Management Zones The zoning established for the ZPM and the PNM-JMD is based on the guide proposed by SINAC (2014). As provided by the regulations of the Biodiversity Law, a protected zone is a geographical area formed by forests or lands of forestry aptitude, where the main objective is the regulation of the hydrological regime, soil protection, and watershed protection. Private lands within protected zones are subject to the rules contained in the Environmental Management Plan (POA) of Executive Decree 29393 of May 15, 2001, and the management plan of the ASP. This management category allows the existence of private property within the limits of the ASP, so land purchase or expropriation by the State is not required, and the application of other complementary conservation instruments such as Payment for Environmental Services (PSA) to owners and possessors is also possible. Additionally, it allows owners within the ASP to carry out activities compatible with the environment, under the regulations stipulated in the legislation.PRIMERO: Validar y aprobar Plan General de Manejo Ecoregional para la Zona Protectora Miravalles y el Parque Nacional Volcán Miravalles -Jorge Manuel Dengo aprobado por el Consejo Regional mediante acuerdo N° 04 de la sesión ordinaria N° 01-2018 del día 17 de enero del 2018, que dispone los siguiente aspectos de relevancia: 1.- Objetivo General del Plan General de Manejo Gestionar la conservación de los recursos naturales para mantener la oferta de los bienes y servicios, mediante la aplicación del enfoque eco sistémico, con participación inclusiva de actores locales e institucionales. 3.- Descripción de las Zonas de Manejo La zonificación establecida para la ZPM y el PNM-JMD se basa en la guía propuesta por SINAC (2014). Tal y como lo dispone el reglamento de la Ley de Biodiversidad, una zona protectora es un área geográfica formada por los bosques o terrenos de aptitud forestal, en que el objetivo principal sea la regulación del régimen hidrológico, la protección del suelo y de las cuencas hidrográficas. Los terrenos privados comprendidos dentro de zonas protectoras quedan sometidos a las reglas contenidas en el Plan de Ordenamiento Ambiental (POA) del Decreto Ejecutivo 29393 del 15 de mayo de 2001, y al plan de manejo del ASP. Esta categoría de manejo permite la existencia de propiedad privada dentro de los límites del ASP, por lo que no se requiere la compra de terrenos ni expropiación por parte del Estado, siendo posible además la aplicación de otros tipos de instrumentos de conservación complementarios como por ejemplo el Pago de Servicios Ambientales (PSA) a propietarios y poseedores. Además permite a los propietarios dentro del ASP, actividades compatibles con el ambiente, y bajo los reglamentos estipulados en la legislación.
Pull quotesCitas destacadas
"Gestionar la conservación de los recursos naturales para mantener la oferta de los bienes y servicios, mediante la aplicación del enfoque eco sistémico, con participación inclusiva de actores locales e institucionales."
"To manage the conservation of natural resources to maintain the supply of goods and services, through the application of the ecosystemic approach, with inclusive participation of local and institutional actors."
Objetivo General
"Gestionar la conservación de los recursos naturales para mantener la oferta de los bienes y servicios, mediante la aplicación del enfoque eco sistémico, con participación inclusiva de actores locales e institucionales."
Objetivo General
"Tal y como lo dispone el reglamento de la Ley de Biodiversidad, una zona protectora es un área geográfica formada por los bosques o terrenos de aptitud forestal, en que el objetivo principal sea la regulación del régimen hidrológico, la protección del suelo y de las cuencas hidrográficas."
"As provided by the regulations of the Biodiversity Law, a protected zone is a geographical area formed by forests or lands of forestry aptitude, where the main objective is the regulation of the hydrological regime, soil protection, and watershed protection."
Descripción de las Zonas de Manejo
"Tal y como lo dispone el reglamento de la Ley de Biodiversidad, una zona protectora es un área geográfica formada por los bosques o terrenos de aptitud forestal, en que el objetivo principal sea la regulación del régimen hidrológico, la protección del suelo y de las cuencas hidrográficas."
Descripción de las Zonas de Manejo
"Esta categoría de manejo permite la existencia de propiedad privada dentro de los límites del ASP, por lo que no se requiere la compra de terrenos ni expropiación por parte del Estado, siendo posible además la aplicación de otros tipos de instrumentos de conservación complementarios como por ejemplo el Pago de Servicios Ambientales (PSA) a propietarios y poseedores."
"This management category allows the existence of private property within the limits of the ASP, so land purchase or expropriation by the State is not required, and the application of other complementary conservation instruments such as Payment for Environmental Services (PSA) to owners and possessors is also possible."
Descripción de las Zonas de Manejo
"Esta categoría de manejo permite la existencia de propiedad privada dentro de los límites del ASP, por lo que no se requiere la compra de terrenos ni expropiación por parte del Estado, siendo posible además la aplicación de otros tipos de instrumentos de conservación complementarios como por ejemplo el Pago de Servicios Ambientales (PSA) a propietarios y poseedores."
Descripción de las Zonas de Manejo
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in the entirety of the text - Complete Text of Norm 038 Ecoregional general management plan for the Miravalles Protective Zone and the Miravalles Volcano-Jorge Manuel Dengo National Park Complete Text of record: 13834B NATIONAL SYSTEM OF CONSERVATION AREAS ARENAL TEMPISQUE CONSERVATION AREA RESOLUTION ACAT-D-019-2019 AMENDED BY RESOLUTION SINAC-ACAT-D- 038-2020 at eight o'clock on June 4, two thousand twenty.
MINISTRY OF ENVIRONMENT AND ENERGY, NATIONAL SYSTEM OF CONSERVATION AREAS, ARENAL TEMPISQUE CONSERVATION AREA. At eight o'clock on June 11, two thousand nineteen.
FIRST: That in accordance with Article 22 of the Biodiversity Law, the National System of Conservation Areas, hereinafter SINAC, is created, with its own legal personality, as a decentralized and participatory institutional management and coordination system that integrates competencies in forestry, wildlife, and protected areas, in order to issue policies, plan, and execute processes aimed at achieving sustainability in the management of Costa Rica's natural resources.
SECOND: That it is a priority policy of SINAC to facilitate and promote actions leading to the protection, conservation, and sustainable management of natural resources and biodiversity present in the Protected Wild Areas, hereinafter ASP, of the Conservation Areas.
THIRD: That in accordance with Articles 23 and 28 of Biodiversity Law No. 7788, published in La Gaceta No. 101 of May 27, 1998, and Articles 9 and 21 of the Regulation to the Biodiversity Law, Executive Decree No. 34433-MINAE, published in La Gaceta No. 68 of April 8, 2008, the Arenal Tempisque Conservation Area, hereinafter referred to as ACAT, is part of the organization of SINAC.
FOURTH: That the planning and administration of the Protected Wild Areas located within its administrative jurisdiction is the responsibility of SINAC through the Arenal Tempisque Conservation Area.
FIFTH: That the Miravalles Protective Zone (ZPM) was originally established as the Cordillera Volcánica Guanacaste Forest Reserve through Executive Decree No. 5836-A of February 25, 1976, amended by Executive Decree No. 8473-A of April 24, 1978. The definition of this geographic area as the Miravalles Protective Zone was given through Executive Decree No. 20172-MIRENEM of January 24, 1991.
SIXTH: That the proposal for the General Management Plan of the Miravalles Protective Zone has been prepared.
FIRST: That the General Management Plans of protected wild areas are the guiding instrument for the effective administration and management of the natural and cultural elements present in said areas and the socio-environmental dynamic linked to them; constituting an instrument specific to each protected area and must be seen as a technical tool owned by the managers, administrators, and interest groups; therefore, the first instance that must validate the management proposal are the authorities of the respective Conservation Area, as well as the official social participation bodies established within it, which has been carried out as recorded in the administrative record.
SECOND: That as recorded in the record, through certification No. 010-2018 issued by the Legal Advisory Office of the Arenal Tempisque Conservation Area, the legality block has been fulfilled.
THIRD: That the process of preparing the General Management Plan of the Miravalles Protective Zone complied with the provisions of the "Official SINAC Guide for the Design and Formulation of the General Management Plan of Costa Rica's Protected Wild Areas." FOURTH: That the process of preparing the General Management Plan was at the second stage of the procedure, called "Preparation or updating of the General Management Plan," at the time when, through official communication SINAC-DE-418 of March 17, 2016, the procedure called "Preparation, Updating, and Officialization of the General Management Plan of Protected Wild Areas" was made official; therefore, according to the validity of each procedure, the corresponding stages were completed.
FIFTH: That the General Management Plan of the Miravalles Protective Zone was approved by the Regional Council of the Conservation Area (CORACAT), through agreement No. 04 of ordinary session No. 01-2018 of January 17, 2018.
THE DIRECTORATE OF THE ARENAL TEMPISQUE CONSERVATION AREA
FIRST: To validate and approve the Ecoregional General Management Plan for the Miravalles Protective Zone and the Miravalles Volcano-Jorge Manuel Dengo National Park, approved by the Regional Council through agreement No. 04 of ordinary session No. 01-2018 of January 17, 2018, which provides the following relevant aspects:
1.- General Objective of the General Management Plan Manage the conservation of natural resources to maintain the supply of goods and services, through the application of the ecosystem approach, with inclusive participation of local and institutional actors.
The following constitute elements of biodiversity, socio-economic, or cultural elements within the Miravalles Protective Zone (ZMP) and the Miravalles Volcano -Jorge Manuel Dengo National Park (PNMJMD) that represent their values and will act as focal points for the strategies:
. Seasonal Forest, due to the impact on the ecosystems associated with these forests from land-use changes (cambios de usos del suelo) and the eventual effects of climate change on this area, in addition to the gradual development of infrastructure for tourism activities.
. Montane (Cloud) Forest, which has continuous and dense forest formations, optimal for containing diverse species of flora and fauna; the water resource offered by the Miravalles Volcanic Massif (MVM) constitutes an important value since forests serve for water capture and recharge, providing a series of ecosystem services, such as consumption for human populations, as well as for the production of electrical energy.
. Humid Forest, due to the complexity and diversity of strata and floristic species.
. Water System, which includes both the drainage network of the MVM and the riparian forests located on the banks of rivers and streams. It considers the effect of biotic exchange that contributes to the sustainability of the biodiversity of both fauna and flora species, as well as the important role in biological exchange processes between terrestrial and aquatic species, and the environmental services it offers to local communities.
. Tapir, identified as important due to its role within the ZPM and the PNM-JMD, as it is a specialized frugivorous and seed-dispersing species.
. Large Felines, their conservation integrates the maintenance in good condition of the populations of many species and the ecological processes in which they intervene, as well as the forest habitat and its connectivity, because this species is an indicator of habitat quality.
2.- Focal Management Elements (Elementos Focales de Manejo, EFM) The following constitute elements of biodiversity, socio-economic, or cultural elements within the Miravalles Protective Zone (ZMP) and the Miravalles Volcano -Jorge Manuel Dengo National Park (PNMJMD) that represent their values and will act as focal points for the strategies:
. Seasonal Forest, due to the impact on the ecosystems associated with these forests from land-use changes (cambios de usos del suelo) and the eventual effects of climate change on this area, in addition to the gradual development of infrastructure for tourism activities.
. Montane (Cloud) Forest, which has continuous and dense forest formations, optimal for containing diverse species of flora and fauna; the water resource offered by the Miravalles Volcanic Massif (MVM) constitutes an important value since forests serve for water capture and recharge, providing a series of ecosystem services, such as consumption for human populations, as well as for the production of electrical energy.
. Humid Forest, due to the complexity and diversity of strata and floristic species.
. Water System, which includes both the drainage network of the MVM and the riparian forests located on the banks of rivers and streams. It considers the effect of biotic exchange that contributes to the sustainability of the biodiversity of both fauna and flora species, as well as the important role in biological exchange processes between terrestrial and aquatic species, and the environmental services it offers to local communities.
. Tapir, identified as important due to its role within the ZPM and the PNM-JMD, as it is a specialized frugivorous and seed-dispersing species.
. Large Felines, their conservation integrates the maintenance in good condition of the populations of many species and the ecological processes in which they intervene, as well as the forest habitat and its connectivity, because this species is an indicator of habitat quality.
3.- Description of the Management Zones The zoning established for the ZPM and the PNM-JMD is based on the guide proposed by SINAC (2014).
As provided by the regulation of the Biodiversity Law, a protective zone (zona protectora) is a geographic area formed by forests or lands of forestry aptitude, where the main objective is the regulation of the hydrological regime, the protection of soil, and watersheds.
Private lands included within protective zones are subject to the rules contained in the Environmental Land-Use Plan (Plan de Ordenamiento Ambiental, POA) of Executive Decree 29393 of May 15, 2001, and the management plan of the ASP.
This management category allows the existence of private property within the limits of the ASP, so that the purchase of land or expropriation by the State is not required, and the application of other types of complementary conservation instruments is also possible, such as, for example, the Payment for Environmental Services (Pago de Servicios Ambientales, PSA) to owners and possessors. It also allows owners within the ASP activities compatible with the environment, and under the regulations stipulated in the legislation.
3.1 Minimum or No Intervention Zone (Zona de Mínima o Nula Intervención, ZMI) The sectors with this category would have a minimum level of intervention and in many cases there would be practically no interventions. The objective or desired condition is to maintain an unaltered state or one with almost imperceptible impact.
This zone includes all those areas of primary or secondary forest, which are crossed by the dense drainage network of the MVNM, which drains towards the northern sub-slope and towards the Pacific slope.
It involves both the protection areas of captured springs (springs (nacientes), 200 m radius) and of uncaptured waters (100 m radius). In addition to margins of rivers on flat terrain (15 m on each side) and steep terrain (50 m on each side), as contemplated by the Law.
It constitutes an aquifer recharge zone, with steep slopes on steep hillsides along the drainage margins; it also presents soils of land-use capacity (capacidad de uso) Classes VII and VIII. (Executive Decree 23214. MAG-MIRENEM Manual for the Determination of the Land-Use Capacity of Soils in Costa Rica).
It includes the four sectors or units for control and management proposed by ACAT. Only controlled research is a permitted activity in this zone, in a manner that does not cause deterioration to biodiversity, soils, and surface and groundwater, according to the provisions and requirements established by the Wildlife Conservation Law and the Biodiversity Law.
3.2 Low Intervention Zone (Zona de Baja Intervención, ZBI) In this category, it is proposed that interventions be of a very low level, although with greater possibilities for the development of management practices and activities. Administrative or special use practices and low-impact tourism may be permitted, but with slightly more intensity and frequency.
Those lands currently devoid of forest are included.
These zones include:
- The areas located in the foothill sector bordering the MVM.
- Trail to the volcano: It is a traditional trail occasionally used by inhabitants of the area.
- Dam (Aqueduct, administered by ASADA): Infrastructure located in a section of the Cuipilapa River, which presents infrastructure for water collection for use by nearby populations.
Permitted activities in this zone include:
. Sustainable tourism projects.
. Sustainable agriculture, with intensive management and soil conservation practices.
. Livestock farming and clean industry projects.
. Constructions related to local agricultural activity (Decree No. 25902-MIVAH-PMINAE).
. Constructions linked to recreation or ecotourism activities.
. The development of basic service infrastructure according to current regulations and endorsement of the Ministry of Health. These services must have a monitoring plan for their operation.
3.3 Medium Intensity Zone (Zona de Mediana Intensidad, ZMEI) The space or sites defined for this category will have a possibility of medium intensity, frequency, and impact interventions in the practices and activities that may be developed. Thus, the objectives of this zone are aimed at having spaces where forms of resource use can be developed where the impact on them can be controlled, although with reasonable limits established through very strict norms.
The following constitute Medium Intensity Zones:
- Sector 1. Bijagua - Altamira: a) Waterfalls - Water cascades: Due to the escarpment of the MVM, many water cascades and waterfalls are evident, such as those of the Bijagua River and the Zapote River; b) Solfataras: Sites of water vapor and gas emanation. Mud under volcanic action.
- Sector 2. Río Naranjo - río Chiquito: Waterfalls: a) Río Naranjo Waterfalls, b) Trails - Internal Accesses: serve as access to lands under some tenure status within the ZPM.
- Sector 3. Cuipilapa - Guayabo: Dam: a) water collection on the Cuipilapa River at about 900 m.a.s.l., b) Waterfall: Cabro Muco, c) Trails to the waterfall, d) Access road to the dam and water intake (ASADA).
- Sector 4. Guayabal - Armenias: Trail to the summit of the Miravalles Volcano. A trail approximately 4 km long, featuring a steep slope within the ZPM, maintains low-impact visitation.
Permitted activities in this zone include:
. Maintenance of existing access roads and infrastructure, without this leading to the expansion of said roads or infrastructure.
. Maintenance activities in easement (servidumbre) areas are permitted; said activities must generate the least possible impact on the natural environment.
. In the case of vegetation pruning, it must not be excessive, only that necessary to maintain the good condition of the infrastructure (apply special maintenance protocols, endorsed by ACAT - MINAE, the administration, and the Local Council of the ZPM and the PNMJMD).
. The current Environmental Legislation will be strictly applied.
. Maintenance of existing roads.
. Waste from maintenance must not be left within the protected areas.
Maintenance of accesses, without this leading to the expansion of said roads or infrastructure.
3.4 High Intensity Zone (Zona de Alta Intensidad, ZAI) The sectors defined with this category will have a level of intervention much higher than in the other zones. The objective or desired condition will always be to remain within an environmental state conforming to the management category established for the protected wild area (ASP), but leaving much more opportunity for the development of practices and activities characteristic of high intervention.
The following constitute High Intervention Zones:
- Zone of infrastructure for administration, communication routes, and physical works for energy generation and transmission: This zone includes currently existing infrastructure and works such as roads, highways, bridges, state administrative infrastructure, telephony towers, substations, electric transmission lines, infrastructure for geothermal energy production, among others.
- Zone under agricultural production: Consisting of those sites that are within private property in the ZPM, where productive activities such as agriculture or livestock are currently being developed, in accordance with the land-use capacity (capacidad del uso del suelo) in its different use categories; likewise, the land use of these sectors must be consistent with what the Environmental Land-Use Plan (Plan de Ordenamiento Ambiental, POA) indicates according to Executive Decree No. 29393 of May 15, 2001, and its recommendations. These lands, being within a Protective Zone, are protected under what the country's current legislation on the matter indicates, particularly the Forestry Law (Ley Forestal), the Organic Law of the Environment, and the Biodiversity Law.
Permitted activities include:
. Zones 2 and 3. Río Naranjo - La Fortuna and Mogote (Where activities related to geothermal energy production are located): a) Maintenance of existing roads and infrastructure, without this leading to the expansion of said roads or infrastructure. b) Maintenance activities in easement (servidumbre) areas are permitted; said activities must generate the least possible impact on the natural environment. In the case of electrical line easements (servidumbres de tendido eléctrico), vegetation pruning must not be excessive, only what is necessary to maintain the good condition of the infrastructure (apply special maintenance protocols, endorsed by ACAT - MINAE, the administration, and the Local Council of the ZPM and the PNM-JMD). c) The development of new public roads or infrastructure projects, state or private, will only be permitted if they are declared of national convenience, with prior approval of environmental feasibility and authorization from the conservation area ACAT- MINAE.
. Zone 2. Dispersed Human Settlements. Santa Rosa Sector. La Giganta. Vicinities of Río Naranjo: The current Environmental Legislation will be strictly applied. A) Remodeling or new construction of infrastructure, but individual or collective treatment systems must be installed for black or grey water that are environmentally friendly. B) Maintenance of existing roads, without this leading to the expansion of said roads.
3.5 Buffer Zone (Zona de Amortiguamiento, ZAM) During the planning process, it becomes fundamental for the integral management of the ASPs to consider what is happening around them or those factors that have an impact on the integrity of the area. It is for this reason that it is recommended to precisely establish the elements that can function either as a buffer zone for natural or anthropogenic pressures existing near the ASPs, or as those real or potential threat hotspots that, at a near or far distance, require a strategy to address them in order to minimize or control them.
Description In determining the buffer zone and influence zone for the ZP and the PNM-JMD, the access roads that border the entire MVM are considered a priority, since along these roads activities related to the resources offered by the ZP and the PNM-JMD are developed, such as the availability of water for both peripheral agriculture and livestock, as well as for the increasing production of electrical energy. It should be noted that in these zones, several development poles are being deployed, as observed in sector 1 and sector 2 (according to the administrative units of ACAT), corresponding to a strip between the towns of Río Chiquito and Bijagua. As well as in sector 3, corresponding to the rapidly developing populations of the Fortuna, Guayabo, and El Carmen (Guayabal) nuclei; in addition, sector 4 also shows progress among the localities of Aguas Claras and San Isidro. This development leads to the creation of new activities such as tourism or ecotourism, which must be regulated according to a management model for the integral use of the resources provided by the ZP, the PNM-JMD, and the influence areas.
4. Specific Plans The specific plans propose a detailed level of planning, oriented mainly to the implementation of the PGM. The specific plans contain strategies aligned with the conservation strategy; activities, goals, and indicators are defined. For this PGM, eight specific plans are proposed, which are detailed below:
4. 1. Specific Land Occupation and Tenure Plan Objective: To consolidate the State's natural heritage and keep the land tenure information updated and systematized in the ZPM and the PNM-JMD.
4.2 Specific Resource Management Plan Objective: To implement control standards that guarantee the long-term sustainability of resources and contribute to maintaining the integrity of the EFM.
4.3 Specific Research Plan Objective: To manage the development of research required for the management of both ASPs.
4.4 Specific Protection Plan Objective: To implement an action plan to control real or potential threats to the integrity of the ASP's resources, especially the EFM.
4.5. Specific Tourism Plan Objective: To regulate recreation and tourism activities carried out within the ASPs and their surroundings, so that they comply with criteria of responsibility, quality, and environmental sustainability.
4. 6. Specific Environmental Education Plan Objective: To promote changes in attitude and behavior in interest groups linked to the conservation of the EFM.
4.7 Specific Social Management Plan Objective: To establish alliances with strategic actors for the conservation and mitigation of threats.
4.8 Specific Administrative Plan Objective: To strengthen the administrative and financial management necessary for the execution of the Management Plan.
5.- Management Programs 5.1 Specific Environmental Education Program The specific environmental education program must facilitate and promote communication and environmental education processes directed at different actors of society in order to contribute to the deepening of values, behaviors, and actions that positively affect the natural capital of the ZPM and the PNM-JMD.
It must focus on disseminating knowledge and information about the four EFM (Forests, Large Felines, Tapir, Water System) as well as the six strategies that make up this specific program.
Furthermore, the articulation of environmental education in the ZPM and the PNMJMD should be promoted with the SINAC Environmental Education Program and the ACAT Regional Strategy. The foregoing is to strengthen the development of an environmental culture aimed at the protection, use, and sustainable management of biodiversity and natural resources.
The recognition of the ecosystem services generated by the ZPM and the PNM-JMD is another of the actions that must be generated from this specific program.
5.2 Specific Social Management Program The Specific Social Management Program aims to establish alliances with strategic actors for the conservation and mitigation of threats.
To achieve this Specific Program, the manner in which the following strategies will be executed is described:
. The possibility of identifying and prioritizing resources to grant non-essential services as a concession (concesión) is considered an opportunity. For this, the preparation of a tender document (cartel) is required, a requirement to initiate the concession (concesión) process for services, selection of awardees, and adequate follow-up to the conceded use services.
. Community participation is fundamental to support the PGM, which is why the strategy of guaranteeing community participation as part of the ASP management is proposed. To achieve the foregoing, the formation of a local organization is proposed, which will have a work and training program, which will facilitate the management of the PGM. The ASP's role is to support the process and facilitate the training of the members of this local coordination space.
. Encouraging entrepreneurship will facilitate the promotion of models and articulation of local leaders with their own initiatives, which will be enhanced with support from the ASP and through the exchange of experiences between entrepreneurial alternatives in other territories of the country. Pilot programs will be executed, and the experiences will be systematized so they can be replicated and socialized later.
. The formation of community groups is another strategy; these will support control and protection actions to conserve the prioritized EFM in the ZPM and the PNMJMD.
Training for these groups should be managed so that they can face unexpected situations.
. The restoration of areas that allow connectivity is one of the priorities of this Specific Program; therefore, it is necessary to define the model to initiate negotiations with owners, identify the zones to restore, and monitor the impacts of restoration on affected ecosystems. The information collected will be part of the monitoring system designed and implemented for the ZPM and the PNM-JMD.
. Reforestation with native species is proposed, for which the officials of the ASPs must promote this strategy among the owners located in the medium intervention and high intervention zones. The farmer must be accompanied during the management and reforestation process.
. Tourism activities are initiatives to promote through entrepreneurship; alternatives associated with tourism activity must be identified that allow generating resources for citizens and at the same time raising awareness for the conservation of the EFM.
. Volunteering is another strategy to execute, for which the development and execution of a program is required, in addition to the establishment of agreements with cooperating parties.
In this way, other programs can be strengthened by articulating actions and executing alliances.
5.3 Specific Tourism Program The Specific Tourism Program seeks to regulate recreation and tourism activities carried out within the ASPs and their surroundings; in addition, it is intended that these comply with criteria of responsibility, quality, and environmental sustainability.
This program is responsible for having an instrument that guides tourism management through the use of programming, management, operation, and monitoring tools within the ASPs, utilizing criteria of sustainability. In addition, it is responsible for supervising the quality of the recreational and tourism services offered to visitors, as well as ensuring their safety.
To achieve the above, a Tourism Program must be developed; within it, the establishment of strategic alliances must be promoted to link the tourist attractions located in the surrounding area.
As part of this process, it is necessary to conduct studies related to public use, in order to regulate the following:
5. 4 Specific Land Occupation and Tenure Program Consolidating the State's natural heritage and keeping the land tenure information updated and systematized in the ZPM and the PNM-JMD is the purpose of this Specific Program, which will be executed through the support of professionals assigned to the ACAT (surveyors, lawyers) to strengthen the management of the ZPM and the PNM-JMD.
The ZPM and the PNM-JMD are constituted by public and private property, a fact that was verified during the diagnostic phase and the workshops with civil society.
Currently, these ASPs have a land tenure study that indicates that a process of legalization and purchase of land must be initiated for adequate management and administration.
5.5 Specific Research Program The objective is to manage the development of research required for the management of the ASPs. The creation of this program will allow the strengthening of the protected area for the effective integral management of biodiversity and natural resources.
The research program will pay special attention to the EFM, considering this very relevant to obtain basic knowledge for management in the ASPs. In addition, advantage should be taken that SINAC has a Monitoring Program that can incorporate data and indicators, as well as advise the work team of the ZPM and the PNM-JMD in the design and implementation of a specific monitoring system incorporated in the PGM document.
5.6 Specific Resource Management Program Its objective is to implement control standards that guarantee the long-term sustainability of resources and contribute to maintaining the integrity of the EFM. For this, three strategies are proposed, which are shown below.
5.7 Specific Protection Program The objective of the specific protection program is to implement a program of actions to control real or potential threats to the integrity of the resources of the ASPs, especially the EFM.
5.8 Administrative Component This component shall oversee and execute the programming, management, and monitoring of the General Management Plan (Plan General de Manejo, PGM) objectives. At an optimal level of operation, the administrative-financial unit is led by the administrator of the Protected Wild Areas (Áreas Silvestres Protegidas, ASPs).
The administrator of the ASPs must carry out the following actions to guarantee the execution and fulfillment of what is proposed in the PGM:
. Incorporate into the annual programming of each of the specific programs the actions proposed in the PGM, as well as the monitoring and evaluation activities.
. Manage before the ACAT the resources required for the implementation of the PGM.
. Manage the establishment of public-private alliances for the co-financing of the activities considered in the PGM.
6.- Management Model The proposed management model is understood as a scheme or frame of reference for the administration of the ZPM. This will enable the execution of the strategies and the achievement of the objectives, goals, and actions proposed in the PGM.
Part of the objective of the proposed management model is to optimize the resources available in the ASP, for which continuous monitoring is necessary to verify the achievement of results.
One of the characteristics of this management model is that it describes the management and articulation process among:
Furthermore, a methodology is proposed for monitoring activities and their relationship with resources for the fulfillment of the PGM.
SECOND: Elevate this administrative resolution to the National Council of Conservation Areas for its respective validation and formalization.
THIRD: Publish on the institutional website the complete document of the General Management Plan for the Miravalles Protective Zone.
FOURTH: Publish this resolution in the official gazette La Gaceta once the respective validation and formalization agreement of the National Council of Conservation Areas is on record.
WHEREAS:
WHEREAS
Therefore,
RESOLVES:
en la totalidad del texto - Texto Completo Norma 038 Plan general de manejo ecoregional para la Zona Protectora Miravalles y el Parque Nacional Volcán Miravalles-Jorge Manuel Dengo Texto Completo acta: 13834B SISTEMA NACIONAL DE ÁREAS DE CONSERVACIÓN ÁREA DE CONSERVACIÓN ARENAL TEMPISQUE RESOLUCIÓN ACAT-D-019-2019 MODIFICADA MEDIANTE RESOLUCIÓN SINAC-ACAT-D- 038-2020 de las ocho horas del 4 de junio del año dos mil veinte.
MINISTERIO DE AMBIENTE Y ENERGIA, SISTEMA NACIONAL DE AREAS DE CONSERVACIÓN, ÁREA DE CONSERVACIÓN ARENAL TEMPISQUE. Al ser las ocho horas del 11 de junio del año dos mil diecinueve.
PRIMERO: Que de acuerdo con el artículo 22 de la Ley de Biodiversidad, se crea el Sistema Nacional de Áreas de Conservación, en adelante SINAC, con personería jurídica propia, como un sistema de gestión y coordinación institucional, desconcentrado y participativo, que integra las competencias en materia forestal, vida silvestre y áreas protegidas, con el fin de dictar políticas, planificar y ejecutar procesos dirigidos a lograr la sostenibilidad en el manejo de los recursos naturales de Costa Rica.
SEGUNDO: Que es política prioritaria del SINAC facilitar y promover acciones que conlleven a la protección, conservación y manejo sostenible de los recursos naturales y la biodiversidad presentes en las Áreas Silvestres Protegidas, en adelante las ASP, de las Áreas de Conservación.
TERCERO: Que de acuerdo con los artículos 23 y 28 de la Ley de Biodiversidad Nº7788, publicada en La Gaceta Nº101 del 27 de mayo de 1998 y los artículos 9º y 21 del Reglamento a la Ley de Biodiversidad, Decreto Ejecutivo Nº34433-MINAE, publicado en La Gaceta Nº68 del 8 de abril de 2008, el Área de Conservación Arenal Tempisque, en adelante denominada el ACAT, es parte de la organización del SINAC.
CUARTO: Que es competencia del SINAC a través del Área de Conservación Arenal Tempisque, la planificación y administración de las Áreas Silvestres Protegidas ubicadas en su jurisdicción administrativa.
QUINTO: Que la Zona Protectora Miravalles (ZPM) fue establecida originalmente como Reserva Forestal Cordillera Volcánica Guanacaste mediante Decreto Ejecutivo N°5836-A del 25 de febrero de 1976 modificado mediante Decreto Ejecutivo N°8473-A del 24 de abril de 1978. La definición de esta área geográfica como Zona Protectora Miravalles se dio mediante el Decreto Ejecutivo No. 20172-MIRENEM del 24 de enero de 1991.
SEXTO: Que se ha elaborado la propuesta del Plan General de Manejo de la Zona Protectora Miravalles.
PRIMERO: Que los Planes Generales de Manejo de las áreas silvestres protegidas es el instrumento orientador para una efectiva administración y manejo de los elementos naturales y culturales presentes en dichas áreas y de la dinámica socio ambiental ligada a éstos; constituyéndose en un instrumento propio de cada área protegida y debe verse como una herramienta técnica propiedad de los gestores, administradores y grupos de interés, por lo tanto, la primera instancia que debe realizar la validación de la propuesta de manejo son las autoridades del Área de Conservación respectiva, así como las instancias oficiales de participación social establecidas en ella lo cual se ha realizado conforme según consta en el expediente administrativo.
SEGUNDO: Que conforme consta en el expediente, mediante la certificación N°010-2018 emitida por la Asesoría Legal del Área de Conservación Arenal Tempisque se ha cumplido con el bloque de legalidad.
TERCERO: Que el proceso de elaboración del Plan General de Manejo de la Zona Protectora Miravalles respondió a lo establecido en la "Guía oficial del SINAC para el Diseño y Formulación del Plan General de Manejo de las Áreas Silvestres Protegidas de Costa Rica".
CUARTO: Que el proceso de elaboración del Plan General de Manejo se encontraba en la etapa segunda del procedimiento, denominado "Elaboración o actualización del Plan General de Manejo" al momento en que mediante oficio SINAC-DE-418 del 17 de marzo del 2016 se oficializó el procedimiento denominado "Elaboración, Actualización y Oficialización del Plan General de Manejo de las Áreas Silvestres Protegidas" por lo que de acuerdo a la vigencia de cada procedimiento fueron cumplidas las etapas correspondientes.
QUINTO: Que el Plan General de Manejo de la Zona Protectora Miravalles fue aprobado por el Consejo Regional del Área de Conservación (CORACAT), mediante acuerdo N° 04 de la sesión ordinaria N° 01-2018 del día 17 de enero del 2018
LA DIRECCIÓN DEL AREA DE CONSERVACIÓN ARENAL TEMPISQUE
PRIMERO: Validar y aprobar Plan General de Manejo Ecoregional para la Zona Protectora Miravalles y el Parque Nacional Volcán Miravalles -Jorge Manuel Dengo aprobado por el Consejo Regional mediante acuerdo N° 04 de la sesión ordinaria N° 01-2018 del día 17 de enero del 2018, que dispone los siguiente aspectos de relevancia:
1.- Objetivo General del Plan General de Manejo Gestionar la conservación de los recursos naturales para mantener la oferta de los bienes y servicios, mediante la aplicación del enfoque eco sistémico, con participación inclusiva de actores locales e institucionales.
Constituyen elementos de la biodiversidad, socioeconómicos o culturales dentro de la Zona Protectora Miravalles (ZMP) y el Parque Nacional Volcán Miravalles -Jorge Manuel Dengo PNMJMD que representan sus valores y que actuarán como puntos de enfoque de las estrategias los siguientes:
. Bosque Estacional, debido al impacto sobre los ecosistemas asociados a estos bosques ante los cambios de usos del suelo y a los eventuales efectos del cambio climático sobre esta zona, además del gradual desarrollo de infraestructura para actividades de turismo.
. Bosque Montano (nuboso), el cual posee formaciones boscosas continuas y densas, óptimas para contener diversas especies de flora y de fauna, el recurso hídrico que ofrece el Macizo Volcánico Miravalles (MVM) constituye un valor importante ya que los bosques sirven de captura y de recarga de agua, brindando una serie de servicios eco sistémicos, como consumo para las poblaciones humanas, así como para la producción de energía eléctrica.
. Bosque Húmedo, debido a la complejidad y diversidad de estratos y de especies florísticas.
. Sistema Hídrico, que comprende tanto la red de drenaje del MVM y los bosques riparios, que se ubican en las márgenes de ríos y quebradas. Considera el efecto de intercambio biótico que contribuye a la sostenibilidad de la biodiversidad tanto de especies de fauna y de flora, así como el papel importante en procesos de intercambio biológico entre especies terrestres y acuáticas, así como los servicios ambientales que ofrece a las comunidades locales.
. Tapir, se identificó como importante debido a su papel dentro de la ZPM y el PNM-JMD, ya que es una especie frugívora especializada y dispersora de semillas.
. Grandes Felinos, su conservación integra el mantenimiento en buen estado de las poblaciones de muchas especies y de los procesos ecológicos en los cuales ellas intervienen, así como del hábitat boscoso y su conectividad, debido a que esta especie es indicadora de la calidad del hábitat.
2.- Elementos Focales de Manejo (EFM) Constituyen elementos de la biodiversidad, socioeconómicos o culturales dentro de la Zona Protectora Miravalles (ZMP) y el Parque Nacional Volcán Miravalles -Jorge Manuel Dengo PNMJMD que representan sus valores y que actuarán como puntos de enfoque de las estrategias los siguientes:
. Bosque Estacional, debido al impacto sobre los ecosistemas asociados a estos bosques ante los cambios de usos del suelo y a los eventuales efectos del cambio climático sobre esta zona, además del gradual desarrollo de infraestructura para actividades de turismo.
. Bosque Montano (nuboso), el cual posee formaciones boscosas continuas y densas, óptimas para contener diversas especies de flora y de fauna, el recurso hídrico que ofrece el Macizo Volcánico Miravalles (MVM) constituye un valor importante ya que los bosques sirven de captura y de recarga de agua, brindando una serie de servicios eco sistémicos, como consumo para las poblaciones humanas, así como para la producción de energía eléctrica.
. Bosque Húmedo, debido a la complejidad y diversidad de estratos y de especies florísticas.
. Sistema Hídrico, que comprende tanto la red de drenaje del MVM y los bosques riparios, que se ubican en las márgenes de ríos y quebradas. Considera el efecto de intercambio biótico que contribuye a la sostenibilidad de la biodiversidad tanto de especies de fauna y de flora, así como el papel importante en procesos de intercambio biológico entre especies terrestres y acuáticas, así como los servicios ambientales que ofrece a las comunidades locales.
. Tapir, se identificó como importante debido a su papel dentro de la ZPM y el PNM-JMD, ya que es una especie frugívora especializada y dispersora de semillas.
. Grandes Felinos, su conservación integra el mantenimiento en buen estado de las poblaciones de muchas especies y de los procesos ecológicos en los cuales ellas intervienen, así como del hábitat boscoso y su conectividad, debido a que esta especie es indicadora de la calidad del hábitat.
3.- Descripción de las Zonas de Manejo La zonificación establecida para la ZPM y el PNM-JMD se basa en la guía propuesta por SINAC (2014).
Tal y como lo dispone el reglamento de la Ley de Biodiversidad, una zona protectora es un área geográfica formada por los bosques o terrenos de aptitud forestal, en que el objetivo principal sea la regulación del régimen hidrológico, la protección del suelo y de las cuencas hidrográficas.
Los terrenos privados comprendidos dentro de zonas protectoras quedan sometidos a las reglas contenidas en el Plan de Ordenamiento Ambiental (POA) del Decreto Ejecutivo 29393 del 15 de mayo de 2001, y al plan de manejo del ASP.
Esta categoría de manejo permite la existencia de propiedad privada dentro de los límites del ASP, por lo que no se requiere la compra de terrenos ni expropiación por parte del Estado, siendo posible además la aplicación de otros tipos de instrumentos de conservación complementarios como por ejemplo el Pago de Servicios Ambientales (PSA) a propietarios y poseedores. Además permite a los propietarios dentro del ASP, actividades compatibles con el ambiente, y bajo los reglamentos estipulados en la legislación.
3.1 Zona de Mínima o Nula Intervención (ZMI) Los sectores con esta categoría tendrían un nivel de intervención mínimo y en muchos casos prácticamente no habría intervenciones. El objetivo o la condición deseada es mantener un estado inalterado o con un impacto casi imperceptible.
Esta zona incluye todas aquellas áreas de bosque primario o secundario, las cuales están atravesadas por la densa red de drenajes de MVNM, la cual drena hacia sub- vertiente norte y hacia la vertiente pacífica.
Involucra tanto a las áreas de protección de nacientes captadas (200 m de radio), como a las aguas no captadas (100 m de radio). Además de márgenes de ríos en terrenos planos (15 m a cada lado) y quebrados (50 m a cada lado), según lo contempla la Ley.
Constituye como zona de recarga acuífera, con fuertes pendientes en laderas empinadas en las márgenes de los drenajes, además presenta suelos de clases VII y VIII de capacidad de uso. (Decreto Ejecutivo 23214. MAG-MIRENEM Manual para la Determinación de la capacidad de uso de los suelos de Costa Rica).
Incluye a los cuatro sectores o unidades para el control y manejo propuesto por ACAT. Constituye actividad permitida en esta zona, únicamente a investigación de manera controlada, de forma que no cause deterioro en la biodiversidad, los suelos y las aguas superficiales y subterráneas, según las disposiciones de y requisitos establecidos por la Ley de Conservación de la Vida Silvestre y la Ley de Biodiversidad.
3.2 Zona de Baja Intervención (ZBI) En esta categoría se propone que las intervenciones sean de un nivel muy bajo, aunque con mayores posibilidades para el desarrollo de prácticas de manejo y actividades. Se pueden permitir prácticas de uso administrativo o especial y un turismo de bajo impacto, pero con un poco más de intensidad y frecuencia.
Se incluyen aquellos terrenos actualmente desprovistos de bosque.
Estas zonas incluyen:
- Las áreas ubicadas en el sector de pie de monte que bordea el MVM.
- Sendero al volcán: Es un sendero tradicional y ocasionalmente utilizado por habitantes de la zona.
- Represa (Acueducto, administrado por la ASADA): Infraestructura ubicada en una sección del río Cuipilapa, la cual presenta infraestructura para la captación de aguas para uso de las poblaciones cercanas.
Constituyen actividades permitidas en esta zona:
. Proyectos de turismo sostenible.
. Agricultura sostenible, con prácticas intensivas de manejo y conservación de suelos.
. Ganadería y proyectos de industria limpia.
. Construcciones relacionadas con la actividad agrícola local (Decreto No. 25902-MIVAH- PMINAE).
. Construcciones vinculadas a actividades de recreación o ecoturismo.
. El desarrollo de infraestructura de servicios básicos de acuerdo a la normativa vigente y aval del Ministerio de Salud. Estos servicios deben de contar con un plan de monitoreo de su funcionamiento.
3.3 Zona de Mediana Intensidad (ZMEI) El espacio o sitios que se defina para esta categoría tendrán una posibilidad de intervenciones de mediana intensidad, frecuencia e impacto en las prácticas y actividades que se puedan desarrollar. Así entonces los objetivos de la misma van dirigidos a contar con espacios donde se puedan desarrollar formas de aprovechamiento de los recursos en donde el impacto sobre los mismos se pueda controlar, aunque con límites razonables establecidos con normas muy estrictas.
Constituyen Zonas de Mediana Intensidad:
- Sector 1. Bijagua - Altamira: a) Cataratas - Caídas de agua: Debido al escarpado del MVM, se evidencias muchas caídas de agua y cataratas como las del río Bijagua y el río Zapote; b) Solfataras.- Sitios de emanación de vapor de agua, gases. Lodos bajo la acción volcánica.
- Sector 2. Río Naranjo - río Chiquito: Cataratas: a) Cataratas Río Naranjo, b) Senderos - Accesos internos: sirven de acceso a las terrenos bajo algún estado de tenencia dentro de la ZPM.
- Sector 3.Cuipilapa - Guayabo: Represa: a) captación de agua sobre el río Cuipilapa a unos 900 m.s.n.m., b) Catarata: Cabro Muco, c) Senderos a la catarata , d) Camino de acceso a la represa y toma de agua (ASADA).
- Sector 4. Guayabal - Armenias: Sendero a la cima del volcán Miravalles. Sendero de unos 4 km. de longitud, presenta una pendiente fuerte dentro de la ZPM, mantiene visitación de bajo impacto.
Constituyen actividades permitidas en esta zona:
. Mantenimiento de los caminos de acceso e infraestructura existente, sin que esto conlleve a la ampliación de dichos caminos o infraestructuras.
. Se permiten las actividades de mantenimiento de las áreas de servidumbre, dichas actividades deben generar el menor impacto posible al ambiente natural.
. En el caso de la poda de la vegetación no debe ser excesiva, sólo la necesaria para mantener el buen estado de la infraestructura (aplicar protocolos especiales de mantenimiento, avalados por el ACAT - MINAE, la administración y el Consejo Local de la ZPM y el y el PNMJMD.
. Se aplicará estrictamente la Legislación Ambiental vigente . Mantenimiento de los caminos existentes . Los desechos provenientes del mantenimiento no deben ser dejados dentro de las áreas protegidas.
Mantenimiento de los accesos, sin que esto conlleve a la ampliación de dichos caminos o infraestructuras 3.4 Zona de Alta Intensidad (ZAI) Los sectores que se definan con esta categoría tendrán un nivel de intervención mucho más alto que en las demás zonas. El objetivo o la condición deseada siempre será mantenerse dentro de un estado ambiental conforme a la categoría de manejo establecida para el área silvestre protegida (ASP), pero dejando mucha más oportunidad para el desarrollo de prácticas y actividades propias de una alta intervención.
Constituyen Zonas de Alta Intervención:
- Zona de infraestructura para la administración, vías de comunicación y obras físicas para la generación y conducción de energía: Se incluye en esta zona la infraestructura actualmente existente y aquellas obras como caminos, carreteras, puentes, infraestructura administrativa estatal, torres de telefonía, subestaciones, líneas de transmisión eléctrica, infraestructura para producción de energía geotérmica, entre otras.
- Zona bajo producción agropecuaria: Constituida por aquellos sitios que se encuentran dentro de propiedad privada en la ZPM, donde se están desarrollando actualmente actividades productivas como la agricultura o ganadería, acorde con la capacidad del uso del suelo en sus diferentes categorías de uso; así mismo el uso del suelo de estos sectores, debe ser congruente con lo que indica el Plan de Ordenamiento Ambiental (POA) según Decreto Ejecutivo N° 29393 del 15 de mayo de 2001 y sus recomendaciones. Estos terrenos al encontrarse dentro de una Zona Protectora quedan amparados a lo que indica la legislación vigente del país sobre la materia, particularmente, la Ley Forestal, la Ley Orgánica del Ambiente, Ley de Biodiversidad Constituyen actividades permitidas:
. Zonas 2 y 3. Río Naranjo - La Fortuna y Mogote ( Donde se ubican actividades relacionadas con la Producción de energía geotérmica) : a) Mantenimiento de los caminos e infraestructura existente, sin que esto conlleve a la ampliación de dichos caminos o infraestructuras. b) Se permiten las actividades de mantenimiento de las áreas de servidumbre, dichas actividades deben generar el menor impacto posible al ambiente natural. En el caso de las servidumbres de tendido eléctrico, la poda de la vegetación no debe ser excesiva, sólo lo necesaria para mantener el buen estado de la infraestructura (aplicar protocolos especiales de mantenimiento, avalados por el ACAT - MINAE, la administración y el Consejo Local de la ZPM y el y el PNM-JMD). c) El desarrollo de nuevos caminos públicos o proyectos de infraestructura, estatal o privada, sólo se permitirá en caso de que sean declarados de conveniencia nacional, con previa aprobación de viabilidad ambiental y contar con la autorización del área de conservación ACAT- MINAE.
. Zona 2. Asentamientos Humanos dispersos. Sector de Santa Rosa. La Giganta. Vecindades de Río Naranjo: Se aplicará estrictamente la Legislación Ambiental vigente. A) La remodelación o nueva construcción de infraestructura, pero deberá instalar sistemas de tratamientos, individuales o colectivos, para las aguas negras o servidas que sean ambientalmente amigables. B) Mantenimiento de los caminos existentes, sin que esto conlleve a la ampliación de dichos caminos.
3.5 Zona de Amortiguamiento (ZAM) Durante el proceso de planeamiento se vuelve fundamental para la gestión integral de las ASPs considerar lo que está sucediendo alrededor de ésta o aquellos factores que tienen una incidencia en la integridad del área. Es por esto que se recomienda establecer con precisión los elementos que pueden funcionar ya sea como área de amortiguamiento para las presiones naturales o antrópicas que existan cercanas a las ASPs, como aquellos focos de amenaza real o potencial que a una distancia cercana o lejana requieran de una estrategia de abordaje para minimizarlas o controlarlas.
Descripción En la determinación de la zona de amortiguamiento y de influencia para la ZP y y el PNM-JMD, se considera prioritariamente las vías de acceso que bordean a todo el MVM, ya que a lo largo de estas vías se desarrollan actividades relacionadas con los recursos que ofrecen la ZP y el y el PNM-JMD, tales como la disponibilidad de agua tanto para la agricultura y la ganadería periférica, así como para la producción de energía eléctrica que va en aumento. Cabe destacar que en estas zonas se están desplegando varios polos de desarrollo, tal como se observa en el sector 1 y sector 2 (según las unidades administrativas de ACAT) y que corresponde a una franja entre los poblados de Río Chiquito y Bijagua. Así como en el sector 3, que corresponde a las poblaciones en franco desarrollo de los núcleos de Fortuna, Guayabo y El Carmen (Guayabal), además en el sector 4 muestra también, un avance entre las localidades de Aguas Claras y San Isidro. Este desarrollo conduce a la creación de nuevas actividades tales como turismo o ecoturismo, que debe ser regulado conforme un modelo de gestión para el uso integral de los recursos que brinda la ZP , el PNM-JMD y las áreas de influencia.
4. Planes Específicos Los planes específicos plantean un nivel detallado de planificación, orientado principalmente a la implementación del PGM. Los planes específicos contienen estrategias alineadas con la de conservación; se definen actividades, metas e indicadores. Para este PGM se plantean ocho planes específicos los cuales se detallan a continuación:
4. 1. Plan Específico Ocupación y Tenencia de Tierra Objetivo: Consolidar el patrimonio natural del Estado y mantener actualizada y sistematizada la información de tenencia de tierra en la ZPM y el y el PNM-JMD.
4.2 Plan Específico Manejo de Recursos Objetivo: Implementar normas de control que garanticen la sostenibilidad de los recursos en el largo plazo y contribuyan a mantener la integridad de los EFM.
4.3 Plan Específico de Investigación Objetivo: Gestionar la elaboración de investigaciones requeridas para la gestión de ambas ASP.
4.4 Plan Específico de Protección Objetivo: Implementar un plan de acciones para controlar las amenazas reales o potenciales a la integridad de los recursos del ASP, especialmente los EFM.
4.5. Plan Específico de Turismo Objetivo: Regular las actividades de recreación y turismo que se desarrollan dentro de las ASPs y en su entorno, para que cumplan con criterios de responsabilidad, calidad y sostenibilidad ambiental.
4. 6. Plan Específico Educación Ambiental Objetivo: Promover cambios de actitud y conductas en los grupos de interés vinculados a la conservación de los EFM.
4.7 Plan Específico de Gestión Social Objetivo: Establecer alianzas con los actores estratégicos, para la conservación y mitigación de amenazas.
4.8 Plan Específico Administrativo Objetivo: Fortalecer la gestión administrativa y financiera necesaria para la ejecución del Plan de Manejo.
5.- Programas de Manejo 5.1 Programa Específico de Educación Ambiental El programa específico de educación ambiental debe facilitar y promover procesos de comunicación y educación ambiental dirigida a diferentes actores de la sociedad con el fin de contribuir en la profundización de valores, comportamientos y acciones que incidan positivamente en el capital natural de la ZPM y el y el PNM-JMD.
Debe enfocarse en difundir el conocimiento e información de los cuatro EFM (Bosque, Grandes Felinos, Danta, Sistema Hídrico) así como de las seis estrategias que componen este programa específico.
Por otro lado, se debe fomentar la articulación de la educación ambiental de la ZPM y el PNMJMD con el Programa de Educación Ambiental del SINAC y la Estrategia Regional del ACAT. Lo anterior para fortalecer el desarrollo de una cultura ambiental dirigida a la protección, uso y manejo sostenible de la biodiversidad y los recursos naturales.
El reconocimiento de los servicios ecosistémicos generados por la ZPM y el y el PNM-JMD es otra de las acciones que se deben generar a partir de este programa específico.
5.2 Programa Específico de Gestión Social El Programa específico de gestión social tiene como objetivo establecer alianzas con los actores estratégicos para la conservación y mitigación de amenazas.
Para el logro de este Programa específico se describe la forma en que se ejecutarán las siguientes estrategias:
. La posibilidad de identificar y priorizar recursos para dar en concesión servicios no esenciales es considerado como una oportunidad. Para esto se requiere la elaboración de un cartel, requisito para iniciar el proceso de concesión de los servicios, selección de adjudicatarios y un adecuado seguimiento a los servicios de uso concesionados.
. La participación comunal es fundamental para respaldar el PGM, razón por la cual se propone como estrategia garantizar la participación comunal como parte de la gestión del ASP. Para lograr lo anterior se propone la conformación de una organización local, la cual tendrá un Programa de trabajo y capacitación, lo que facilitará la gestión del PGM. El rol del ASP es acompañar el proceso y facilitar la formación de los miembros de este espacio de coordinación local.
. El fomentar el emprendedurismo facilitará la promoción de modelos y articulación de líderes locales con iniciativas propias, las cuales se potenciarán con apoyo del ASP y mediante el intercambio de experiencias entre alternativas emprendedoras en otros territorios del país. Se ejecutarán Programas piloto y se sistematizarán las experiencias para poder ser replicadas y socializadas posteriormente.
. La conformación de grupos comunales es otra de las estrategias, los cuales apoyarán las acciones de control y protección para conservar los EFM priorizados en la ZPM y el PNMJMD.
Se deberá gestionar la capacitación para estos grupos con el propósito que puedan hacer frente a situaciones inesperadas.
. La restauración de áreas que permitan la conectividad es una de las prioridades de este Programa específico; por lo tanto se requiere definir el modelo para iniciar negociaciones con propietarios, identificar las zonas a restaurar y monitorear los impactos de la restauración en ecosistemas afectados. La información recopilada formará parte del sistema de monitoreo diseñado e implementado para la ZPM y el PNM-JMD . Se propone la reforestación con especies nativas, para lo cual los funcionarios de las ASPs deberán realizar promoción de esta estrategia entre los propietarios ubicados en las zonas de mediana intervención y alta intervención. Se deberá acompañar al finquero durante el proceso de gestión y reforestación.
. Las actividades turísticas son iniciativas a promover a través de emprendimientos; se deben identificar alternativas asociadas a la actividad turística que permitan generar recursos a los ciudadanos y a la vez concientizar para la conservación de los EFM.
. El voluntariado es otra estrategia a ejecutar, para lo cual se requiere la elaboración y ejecución de un Programa; además del establecimiento de convenios con cooperantes.
Es así como se podrán potenciar otros programas articulando acciones y ejecutando alianzas.
5.3 Programa Específico de Turismo El Programa específico de turismo busca regular las actividades de recreación y turismo que se desarrollan dentro de las ASPs y en su entorno, además se pretende que estas cumplan con criterios de responsabilidad, calidad y sostenibilidad ambiental.
Este programa es responsable de contar con un instrumento que oriente la gestión turística mediante el uso de herramientas de programación, manejo, operación y monitoreo de la misma dentro de las ASPs, utilizando criterios de sostenibilidad. Además, es responsable de supervisar la calidad de los servicios recreativos y turísticos que se ofrecen a los visitantes, así como de velar por su seguridad.
Para poder cumplir con lo anterior se debe elaborar un Programa de turismo; dentro de este se debe promover el establecimiento de alianzas estratégicas con el propósito de vincular los atractivos turísticos ubicados en la zona circundante.
Como parte de este proceso es necesario la realización de estudios relacionados con el uso público, con el propósito de regular lo siguiente:
5. 4 Programa Específico de Ocupación y Tenencia de Tierra Consolidar el patrimonio natural del Estado y mantener actualizada y sistematizada la información de tenencia de tierra en la ZPM y el PNM-JMD es el propósito de este Programa específico, el cual será ejecutado mediante el apoyo de profesionales asignados en el ACAT (topógrafos, abogados) para fortalecer la gestión de la ZPM y el PNM-JMD.
La ZPM y el PNM-JMD está constituida por propiedad pública y privada, hecho que fue comprobado durante la fase de diagnóstico y los talleres de trabajo con la sociedad civil.
Actualmente estas ASPstiene un estudio de tenencia de la tierra que indica que se debe iniciar un proceso de legalización y compra de tierras para el manejo y gestión adecuadas.
5.5 Programa Específico de Investigación El objetivo es gestionar la elaboración de investigación requerida para la gestión de las ASPs. La creación de este permitirá el fortalecimiento del área protegida, para el efectivo manejo integral de la biodiversidad y los recursos naturales.
El programa de investigación pondrá especial atención en los EFM, considerando esto muy relevante para obtener conocimiento básico para la gestión en las ASPs. Además, se debe aprovechar que el SINAC tiene un Programa de Monitoreo que puede incorporar datos e indicadores, así como asesorar al equipo de trabajo de la ZPM y el PNM-JMD en el diseño e implementación de un sistema de monitoreo específico incorporado en el documento de PGM.
5.6 Programa Específico de Manejo de Recursos Tiene como objetivo implementar normas de control que garanticen la sostenibilidad de los recursos en el largo plazo y contribuya a mantener la integridad de los EFM. Para lo cual se proponen tres estrategias, que se muestran a continuación.
5.7 Programa Específico de Protección El objetivo del programa específico de protección es implementar un Programa de acciones para controlar las amenazas reales o potenciales a la integridad de los recursos de las ASPs, especialmente los EFM.
5.8 Componente Administrativo Este componente deberá velar y ejecutar la programación, gestión y seguimiento de los objetivos del PGM. En un nivel óptimo de funcionamiento, la unidad administrativa‐financiera es liderada por el administrador de las ASPs.
El administrador de las ASPs debe ejecutar las siguientes acciones para garantizar la ejecución y cumplimiento de lo propuesto en el PGM:
. Incorporar en la programación anual de cada uno de los programas específicos las acciones propuestas en el PGM, así como las actividades de seguimiento y evaluación.
. Gestionar ante el ACAT los recursos requeridos para la implementación del PGM.
. Gestionar el establecimiento de las alianzas público-privadas para el cofinanciamiento de las actividades consideradas en el PGM.
6.- Modelo de Gestión El modelo de gestión propuesto se entiende como un esquema o marco de referencia para la administración de la ZPM. Este permitirá ejecutar las estrategias, alcanzar los objetivos, metas y acciones propuestas en el PGM.
Parte del objetivo del modelo de gestión propuesto, es optimizar los recursos disponibles en el ASP, para lo cual es necesario un seguimiento continuo que permita verificar el logro de resultados.
Una de las características de este modelo de gestión es que describe el proceso de gestión y de articulación entre:
Por otro lado se propone una metodología para el seguimiento de actividades y la relación de estas con recursos para el cumplimiento del PGM.
SEGUNDO: Elevar la presente resolución administrativa al Consejo Nacional de Áreas de Conservación para su respectiva validación y oficialización.
TERCERO: Publicar en la página Web institucional, el documento completo del Plan General de Manejo de la Zona Protectora Miravalles.
CUARTO: Publíquese la presente resolución en el diario oficial La Gaceta una vez que conste el respectivo acuerdo de validación y oficialización del Consejo Nacional de Áreas de Conservación.
RESULTANDO:
CONSIDERANDO
Por tanto,
RESUELVE:
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