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Decreto 42097 · 01/11/2019

Public Utility Declaration of ASADA de la Finca Los SueñosDeclaratoria de Utilidad Pública de la ASADA de la Finca Los Sueños

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OutcomeResultado

RepealedDerogada

SummaryResumen

This executive decree declares the Asociación Administradora del Acueducto y Alcantarillado Sanitario de la Finca Los Sueños (legal ID 3-002-620225) to be of public utility for the interests of the State, under Article 32 of the Associations Law. The association's primary purposes include the administration, operation, maintenance, and development of the water and sewer system; community participation; educational programs; watershed protection and ecological stability; and efficient, equitable public service. The decree requires an annual management report to the Ministry of Justice and Peace, and grants income tax exemption for income and assets used exclusively for public or charitable purposes and not distributed to members. Tax authorities oversee compliance. The decree was repealed in 2025.Este decreto ejecutivo declara de utilidad pública para los intereses del Estado a la Asociación Administradora del Acueducto y Alcantarillado Sanitario de la Finca Los Sueños, cédula jurídica 3-002-620225, conforme al artículo 32 de la Ley de Asociaciones. La asociación tiene como fines primordiales la administración, operación, mantenimiento y desarrollo del acueducto y alcantarillado sanitario; la participación comunitaria; la colaboración en programas educativos; la protección de cuencas hidrográficas y la estabilidad ecológica; y la prestación eficiente e igualitaria de los servicios públicos. El decreto establece que la asociación debe rendir un informe anual de gestión al Ministerio de Justicia y Paz, y goza de exoneración del impuesto sobre la renta para los ingresos y patrimonio destinados exclusivamente a fines públicos o de beneficencia, siempre que no se distribuyan entre sus integrantes. La Administración Tributaria fiscaliza el cumplimiento tributario. El decreto fue derogado en 2025.

Key excerptExtracto clave

Article 1–The Asociación Administradora del Acueducto y Alcantarillado Sanitario de la Finca de Los Sueños, legal identification number 3-002-620225, is hereby declared of public utility for the interests of the State. Article 2–The association is required to submit an annual management report to the Ministry of Justice and Peace, in accordance with Article 32 of the Regulation to the Associations Law. Article 3–Income and assets of the association that are used entirely and exclusively for public or charitable purposes and that are in no case distributed directly or indirectly among its members shall be exempt from income tax; conversely, any portion not so used, or distributed in any way among its associates, shall be subject to that tax.Artículo 1º-Declárese de utilidad pública para los intereses del Estado la Asociación Administradora del Acueducto y Alcantarillado Sanitario de la Finca de Los Sueños, cédula de persona jurídica número 3-002-620225. Artículo 2º-Es deber de la asociación rendir anualmente un informe de gestión ante el Ministerio de Justicia y Paz, de conformidad con lo indicado en el artículo 32 del Reglamento a la Ley de Asociaciones. Artículo 3º-Los ingresos y el patrimonio de la asociación que se destinen en su totalidad y en forma exclusiva para fines públicos o de beneficencia y que en ningún caso se distribuyan directa o indirectamente entre sus integrantes, se encontrarán exonerados del impuesto sobre la renta, por el contrario, aquella parte que no tenga este destino, o quede repartido de alguna manera entre sus asociados, estará sujeto a la imposición de este impuesto.

Pull quotesCitas destacadas

  • "Declárese de utilidad pública para los intereses del Estado la Asociación Administradora del Acueducto y Alcantarillado Sanitario de la Finca de Los Sueños"

    "The Asociación Administradora del Acueducto y Alcantarillado Sanitario de la Finca de Los Sueños is hereby declared of public utility for the interests of the State"

    Artículo 1

  • "Declárese de utilidad pública para los intereses del Estado la Asociación Administradora del Acueducto y Alcantarillado Sanitario de la Finca de Los Sueños"

    Artículo 1

  • "Los ingresos y el patrimonio de la asociación que se destinen en su totalidad y en forma exclusiva para fines públicos o de beneficencia y que en ningún caso se distribuyan directa o indirectamente entre sus integrantes, se encontrarán exonerados del impuesto sobre la renta"

    "Income and assets of the association that are used entirely and exclusively for public or charitable purposes and that are in no case distributed directly or indirectly among its members shall be exempt from income tax"

    Artículo 3

  • "Los ingresos y el patrimonio de la asociación que se destinen en su totalidad y en forma exclusiva para fines públicos o de beneficencia y que en ningún caso se distribuyan directa o indirectamente entre sus integrantes, se encontrarán exonerados del impuesto sobre la renta"

    Artículo 3

Full documentDocumento completo

Articles

in the entirety of the text - Complete Text of Norm 42097 Declares of public utility for the interests of the State the Administrative Association of the Aqueduct and Sanitary Sewerage of Los Sueños Farm Complete Text acta: 175589 No. 42097-MJP (This executive decree was repealed by article 1 of executive decree No. 44971 of March 21, 2025) THE PRESIDENT OF THE REPUBLIC AND THE MINISTER OF JUSTICE AND PEACE Based on the provisions of articles 140, subsection 18) and 146 of the Political Constitution, article 32 of the Law of Associations No. 218 of August 8, 1939 and articles 27 and following of the Regulation to the Law of Associations No. 29496-J, published in La Gaceta No. 96 of May 21, 2001, as well as the provisions of article 3, subsection ch) of the Income Tax Law No. 7092 and articles 103 and 104 of the Code of Norms and Tax Procedures No. 4755.

I.-Article 32 of the Law of Associations No. 218 of August 8, 1939 and its reforms, grants the Executive Branch the power to declare of public utility simple associations, federated or confederated, whose development and activities are particularly useful for the interests of the State and which thereby contribute to solving a social need.

II.-The Administrative Association of the Aqueduct and Sanitary Sewerage of Los Sueños Farm, legal entity identification number 3-002-620225, was registered in the Registry of Associations of the National Registry as of October 25, 2010, volume 2010 and entry 176109.

III.-The primary purposes pursued by the association according to its bylaws are: "a) Administer, operate, maintain, develop and conserve in good condition the aqueduct, in accordance with the provisions and regulations issued in this regard by the Costa Rican Institute of Aqueducts and Sewerage (Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados) which shall be mandatory. b) Obtain the effective participation of the community in the construction, operation, maintenance and development of the aqueduct. c) Collaboration in the programs and campaigns of an educational nature that are undertaken. d) Help to apply and disseminate in the community the provisions and regulations of the Costa Rican Institute of Aqueducts and Sewerage. e) Cooperate with the plans, projects and works undertaken by the Institute in the community. f) Participate in matters relating to the administration, conservation and rational exploitation of waters; control of their contamination or alteration, definition of the measures and actions necessary for the protection of hydrographic basins and ecological stability. g) Ensure that all systems and their aqueduct or sanitary sewerage installations comply with the basic principles of public service, in terms of quality, quantity, coverage, efficiency, rationalization of expenses, etc. h) Provide public services in an efficient, equal and timely manner to all its users, without distinction of any nature." IV.-Such purposes solve a social need of the first order, for which they deserve the support of the Costa Rican State. Therefore, They decree:

DECLARATION OF PUBLIC UTILITY FOR THE ADMINISTRATIVE ASSOCIATION OF THE AQUEDUCT AND SANITARY SEWERAGE OF LOS SUEÑOS FARM

Considering:

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Done at the Presidency of the Republic.-San José, on the first of November of two thousand nineteen.

Artículos

en la totalidad del texto - Texto Completo Norma 42097 Declara de utilidad pública para los intereses del Estado la Asociación Administradora del Acueducto y Alcantarillado Sanitario de la Finca Los Sueños Texto Completo acta: 175589 N° 42097-MJP (Este decreto ejecutivo fue derogado por el artículo 1° del decreto ejecutivo N° 44971 del 21 de marzo del 2025) EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA Y LA MINISTRA DE JUSTICIA Y PAZ Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 140, inciso 18) y 146 de la Constitución Política, en el artículo 32 de la Ley de Asociaciones N° 218 del 08 de agosto de 1939 y los artículos 27 y siguientes del Reglamento a la Ley de Asociaciones N° 29496-J, publicado en La Gaceta N° 96 del 21 de mayo del 2001, así como lo establecido en el artículo 3, inciso ch) de la Ley de Impuesto sobre la Renta N° 7092 y en los artículos 103 y 104 de Código de Normas y Procedimientos Tributarios N° 4755.

I.-El artículo 32 de la Ley de Asociaciones N° 218 de 08 de agosto de 1939 y sus reformas, confiere al Poder Ejecutivo la potestad de declarar de utilidad pública a las asociaciones simples, federadas o confederadas, cuyo desarrollo y actividades sean particularmente útiles para los intereses del Estado y que por ello contribuyan a solventar una necesidad social.

II.-La Asociación Administradora del Acueducto y Alcantarillado Sanitario de la Finca de Los Sueños, cédula de persona jurídica número 3-002-620225, se inscribió en el Registro de Asociaciones del Registro Nacional desde el día 25 de octubre del 2010, tomo 2010 y asiento 176109.

III.-Los fines primordiales que persigue la asociación según sus estatutos son: "a) Administrar, operar, dar mantenimiento, desarrollo y conservar en buenas condiciones el acueducto, de conformidad con las disposiciones y reglamentos que al respecto emite el Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados que serán de acatamiento obligatorio. b) Obtener la participación efectiva de la comunidad, en la construcción, operación, mantenimiento y desarrollo del acueducto. c) Colaboración en los programas y campañas de índole educativa que se emprendan. d) Ayudar a aplicar y divulgar en la comunidad las disposiciones y reglamentos del Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados. e) Cooperar con los planes, proyectos y obras que emprenda el Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados en la comunidad. f) Participar en asuntos relativos a la administración, conservación y explotación racional de las aguas; control de su contaminación o alteración, definición de las medidas y acciones necesarias para la protección de las cuencas hidrográficas y la estabilidad ecológica. g) Velar porque todos los sistemas sus instalaciones de acueductos o alcantarillado sanitario, cumplan los principios básicos del servicio público, tanto en calidad, cantidad, cobertura, eficiencia, racionalización de gastos, etc. h) Otorgar los servicios públicos, en forma eficiente, igualitaria y oportuna a todos sus usuarios, sin distinción de ninguna naturaleza." IV.-Tales fines solventan una necesidad social de primer orden, por lo cual merecen el apoyo del Estado costarricense. Por tanto,

DECLARATORIA DE UTILIDAD PÚBLICA PARA LA ASOCIACIÓN ADMINISTRADORA DEL ACUEDUCTO Y ALCANTARILLADO SANITARIO DE LA FINCA DE LOS SUEÑOS

Considerando:

Decretan:

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6

Dado en la Presidencia de la República.-San José, el primero de noviembre del dos mil diecinueve.

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Implementing decreesDecretos que afectan

    TopicsTemas

    • Off-topic (non-environmental)Fuera de tema (no ambiental)

    Concept anchorsAnclajes conceptuales

    • Ley de Asociaciones N° 218 Art. 32
    • Ley de Impuesto sobre la Renta N° 7092 Art. 3, inciso ch)
    • Código de Normas y Procedimientos Tributarios N° 4755 Arts. 103-104

    Spanish key termsTérminos clave en español

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