In all cases where so established and the respective contract has been signed, the official or employee must remain reachable.
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Reglamento municipal 69 · 23/09/2013
OutcomeResultado
SummaryResumen
This regulation establishes an economic compensation scheme for municipal employees of Pococí who, due to the nature of their positions, must remain reachable and available to handle urgent or unforeseen matters outside regular working hours. It defines availability as a state of expectant and permanent readiness, mandatory for certain technical and administrative positions with at least a bachelor's degree. Compensation is set at 45% of base salary, formalized through a renewable temporary contract between the employee and the Mayor, subject to Council approval. The regulation details obligations such as staying reachable and fit to respond, and stipulates that time worked while on call does not earn additional overtime pay. It also regulates the suspension of payment during vacations or extended sick leaves, and clarifies that the compensation does not create vested rights, allowing for justified termination. It includes a mandatory contract template and requires prior Council approval for each contract.Este reglamento establece un régimen de compensación económica para funcionarios municipales de Pococí que, por la naturaleza de sus puestos, deben permanecer localizables y disponibles para atender asuntos urgentes o imprevistos fuera del horario laboral ordinario. Define la disponibilidad como una actitud expectante y permanente, obligatoria para ciertos puestos técnicos y administrativos con grado profesional mínimo de bachillerato. La compensación se fija en un 45% del salario base, se formaliza mediante contrato temporal renovable entre el servidor y el Alcalde, previa aprobación del Concejo. El reglamento detalla obligaciones como mantenerse localizable y en condiciones de atender, y establece que el tiempo trabajado en disponibilidad no genera pago de horas extra adicionales. También regula la suspensión del pago durante vacaciones o incapacidades prolongadas, y aclara que la compensación no crea derechos adquiridos, pudiendo ser rescindida justificadamente. Incluye un modelo de contrato obligatorio y exige la aprobación previa del Concejo para cada contrato.
Key excerptExtracto clave
Article 3-Economic compensation for availability: As consideration for the expectant condition to attend contingent and unforeseen matters that arise during non-working hours or days, the Municipality shall grant the employee assigned to this regime economic compensation as follows: a) Holders of technical-administrative positions with a professional degree of at least a University Bachelor's, 45% of base salary. This compensation shall be effective from the date stipulated in the contract to be signed between the employee and the Mayor, subject to prior authorization by the Municipal Council. Article 5.-Overtime. A municipal employee subject to the availability regime and required to report to perform duties outside municipal hours shall not be paid overtime as it is included in the availability compensation, provided principles of reasonableness are respected, based on the hours of service rendered. Article 11.-Vested rights: Since the availability compensation is contractual and temporary, it does not create vested or future rights for the municipal employee enjoying it; therefore, the Municipal Corporation may justifiably terminate or modify it during its term without incurring liability or indemnity, but must notify the affected employee during the contract term and through appropriate procedures, clearly demonstrating the superior interest of the public service.Artículo 3-Compensación económica de la disponibilidad: Como contraprestación a la condición de expectante para la atención de asuntos contingentes e imprevistos que se susciten en horas o días no hábiles de labor, la Municipalidad reconocerá al funcionario que se adscriba a este régimen, compensación económica de la siguiente forma: a) A los titulares de puestos técnico-administrativo y grado profesional a partir del Bachillerato Universitario como mínimo, el 45%, del salario base. Esta compensación tendrá vigencia a partir de cuando así lo disponga el contrato a suscribir entre el funcionario y el titular de la Alcaldía Municipal, previa autorización del Concejo Municipal. Artículo 5. -Horas extraordinarias. Al servidor municipal, que se encuentre sometido al régimen de disponibilidad y sea requerido para presentarse a realizar alguna actuación propia de sus funciones fuera del horario municipal, no se le pagarán horas extras por encontrarse incluido dentro de la compensación de la disponibilidad, en tanto se respeten principios de razonabilidad, en función de las horas que ha prestado servicio. Artículo 11. -Derechos adquiridos: La compensación por disponibilidad al ser contractual y temporal, no genera derechos adquiridos ni a futuro, para el servidor municipal que la disfruta, por lo que la Corporación Municipal, justificadamente, podrá rescindirla o modificarla durante su vigencia, sin generar responsabilidad ni indemnización alguna por ello, pero deberá notificarlo al servidor afectado durante la vigencia del contrato y por los procedimientos adecuados, en donde se demuestre claramente el interés superior del servicio público.
Pull quotesCitas destacadas
"Se entenderá por disponibilidad laboral, la actitud expectante y permanente del servidor municipal que, por ser inherente al puesto que ocupa en razón del interés superior del servicio público, debe eventualmente realizar funciones fuera de la jornada ordinaria de trabajo o en días inhábiles..."
"Labor availability shall be understood as the expectant and permanent attitude of the municipal employee who, because it is inherent to the position due to the superior interest of the public service, must eventually perform duties outside the ordinary workday or on non-working days..."
Artículo 1
"Se entenderá por disponibilidad laboral, la actitud expectante y permanente del servidor municipal que, por ser inherente al puesto que ocupa en razón del interés superior del servicio público, debe eventualmente realizar funciones fuera de la jornada ordinaria de trabajo o en días inhábiles..."
Artículo 1
"A los titulares de puestos técnico-administrativo y grado profesional a partir del Bachillerato Universitario como mínimo, el 45%, del salario base."
"Holders of technical-administrative positions with a professional degree of at least a University Bachelor's, 45% of base salary."
Artículo 3
"A los titulares de puestos técnico-administrativo y grado profesional a partir del Bachillerato Universitario como mínimo, el 45%, del salario base."
Artículo 3
"La compensación por disponibilidad al ser contractual y temporal, no genera derechos adquiridos ni a futuro, para el servidor municipal que la disfruta..."
"Since the availability compensation is contractual and temporary, it does not create vested or future rights for the municipal employee enjoying it..."
Artículo 11
"La compensación por disponibilidad al ser contractual y temporal, no genera derechos adquiridos ni a futuro, para el servidor municipal que la disfruta..."
Artículo 11
Full documentDocumento completo
in the entirety of the text - Full Text of Norm 69 Regulation for payment for on-call availability (disponibilidad) of the Municipality of Pococí MUNICIPALITY OF POCOCÍ REGULATION FOR PAYMENT FOR ON-CALL AVAILABILITY (DISPONIBILIDAD) IN THE MUNICIPALITY OF POCOCÍ
Definitions:
CHAPTER I
In all cases where so established and the respective contract has been signed, the official or employee must remain reachable.
CHAPTER II. Objectives of on-call availability (disponibilidad).
This compensation shall take effect as provided in the contract to be signed between the employee and the head of the Municipal Mayor's Office, upon prior authorization of the Municipal Council.
Such reports must be reasoned by virtue of principles of reasonableness, management development, and effectiveness thereof.
For the municipal employee who is subject to the on-call availability (disponibilidad) regime and is required to appear to perform any action pertaining to their functions outside municipal hours, overtime shall not be paid because they are included within the on-call availability (disponibilidad) compensation, as long as principles of reasonableness are respected, based on the hours they have provided service.
Determination of positions and procedure.
CHAPTER III
On-call availability (disponibilidad) is compatible with prohibition or with exclusive dedication, provided that the provisions of Article 3 are complied with. The contract period for on-call availability (disponibilidad) payment shall not be less than three months nor more than 12 months; however, it may be renewed in accordance with institutional requirements and needs, as well as the performance presented by the municipal employees subject to such compensation. The Mayor's Office shall establish the corresponding roles, which must be assumed in each matter, when appropriate, harmonizing the continuity of service and the quality of life of the municipal employees subject to this regime.
Suspension and cessation of compensation.
CHAPTER IV
Once the municipal employee is reinstated to the position, the payment for on-call availability (disponibilidad) shall be restored.
And in compliance with Article 43 of the Municipal Code, it shall enter into force five days after its publication in La Gaceta.
In accordance with the provisions of article 4 and numeral 13, subsection c) of the Municipal Code, this Regulation must be published in the Official Gazette La Gaceta.
-Be approved and included in the ordinary budget document for 2014, the budgetary content for the payment of on-call availability (disponibilidad) for the positions of Secretary of the Municipal Council, Valuation Appraiser, and Budget Coordinator.
Approved by the Municipal Council of Pococí in its Ordinary Session No. 69 dated 09-23-2013, by Agreement No. 1865, Minutes No. 69, Let it be Published.
en la totalidad del texto - Texto Completo Norma 69 Reglamento para el pago por concepto de disponibilidad de la Municipalidad de Pococí MUNICIPALIDAD DE POCOCÍ REGLAMENTO PARA EL PAGO POR CONCEPTO DE DISPONIBILIDAD EN LA MUNICIPALIDAD DE POCOCÍ
Definiciones:
CAPÍTULO I
En todos los casos en que así se establezca y se haya suscrito el contrato respectivo, el funcionario o servidor deberá mantenerse localizable.
CAPÍTULO II. Objetivos de la disponibilidad.
Esta compensación tendrá vigencia a partir de cuando así lo disponga el contrato a suscribir entre el funcionario y el titular de la Alcaldía Municipal, previa autorización del Concejo Municipal.
Dichos informes deben razonarse en virtud de principios de razonabilidad, desarrollo de gestión y efectividad de éstas.
Al servidor municipal, que se encuentre sometido al régimen de disponibilidad y sea requerido para presentarse a realizar alguna actuación propia de sus funciones fuera del horario municipal, no se le pagarán horas extras por encontrarse incluido dentro de la compensación de la disponibilidad, en tanto se respeten principios de razonabilidad, en función de las horas que ha prestado servicio.
Determinación de puestos y procedimiento.
CAPÍTULO III
La disponibilidad es compatible con la prohibición o con la dedicación exclusiva, siempre que se cumpla con lo dispuesto por el Artículo 3. El período de contrato de pago por disponibilidad no deberá ser menor a tres meses ni mayor a 12 meses; sin embargo, podrá renovarse conforme a los requerimientos y necesidades institucionales, así como de los rendimientos presentados por los servidores municipales, afectos a dicha compensación. La Alcaldía fijará los roles correspondientes, que se deben de asumir en cada materia, cuando así proceda, armonizando la continuidad del servicio y la calidad de vida de los servidores municipales afectos a este régimen.
Suspensión y cese de la compensación.
CAPÍTULO IV
Una vez reintegrado el servidor municipal al puesto se restablecerá el pago de la disponibilidad.
Y en cumplimiento del Artículo 43, del Código Municipal, entrará en vigencia a los cinco días de su publicación en La Gaceta.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 4 y numeral 13, inciso c) del Código Municipal, el presente Reglamento debe ser publicado en el Diario Oficial La Gaceta.
-Se apruebe e incluya en el documento de presupuesto ordinario para el 2014 el contenido presupuestario para el pago de disponibilidad para las plazas de Secretario del Concejo Municipal, Perito Valuador de Valoración y Coordinador de Presupuesto.
Aprobado por el Concejo Municipal de Pococí en su Sesión Ordinaria N° 69 de fecha 23-09-2013, mediante Acuerdo N°1865, Acta Nº69, Publíquese.
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