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Decreto 40082 · 01/11/2016

Creation of the Human Development Park of Alajuelita CantonCreación del Parque para el Desarrollo Humano del cantón de Alajuelita

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OutcomeResultado

In forceNorma vigente

SummaryResumen

Executive Decree No. 40082-C establishes the Human Development Park of Alajuelita Canton as a program of the Ministry of Culture and Youth. Its purpose is to promote social inclusion and human development for the population, prioritizing those in poverty, through a programmatic offering in five areas: culture, economic development, sports, recreation, and environment. The decree sets out the park's mission, vision, and objectives, which include fostering social coexistence, strengthening employment skills, promoting a harmonious relationship with the environment, and encouraging an entrepreneurial culture. An Institutional Commission is created to oversee the program, composed of the Minister of Culture, the Vice Minister of Youth, the Director General of Culture, and the Mayor of Alajuelita. A Cultural-Educational Service System is also established to benefit people in poverty, selected via the SIPO and SINIRUBE systems. Financing comes from the Social Development and Family Allowances Fund (FODESAF). Although the environmental component is mentioned as part of comprehensive development, the decree does not regulate substantive environmental protection nor modify existing environmental regulations.El Decreto Ejecutivo N° 40082-C crea el Parque para el Desarrollo Humano del Cantón de Alajuelita como un programa del Ministerio de Cultura y Juventud. Su finalidad es promover la inclusión social y el desarrollo humano de la población, prioritariamente aquella en condición de pobreza, mediante una oferta programática en cinco áreas: cultura, desarrollo económico, deporte, recreación y ambiente. El decreto establece la misión, visión y objetivos del parque, que incluyen propiciar la convivencia social, fortalecer competencias para el empleo, fomentar la relación armónica con el entorno y promover la cultura emprendedora. Se crea una Comisión Institucional para dar seguimiento al programa, integrada por el Ministro de Cultura, el Viceministro de Juventud, la Dirección General de Cultura y el Alcalde de Alajuelita. También se prevé un Sistema de Atención Cultural-Educativa para beneficiar a personas en pobreza, seleccionadas mediante los sistemas SIPO y SINIRUBE. El financiamiento proviene del Fondo de Desarrollo Social y Asignaciones Familiares (FODESAF). Aunque menciona el componente ambiental como parte del desarrollo integral, no regula aspectos sustantivos de protección ambiental ni modifican normativa ambiental vigente.

Key excerptExtracto clave

Article 1- Creation. The Human Development Park for the Population of Alajuelita Canton is created as a Program of the Ministry of Culture and Youth, with the purpose of being a space for the development of the Alajuelita Canton and surrounding areas. Article 2-Mission and Vision. The Human Development Park for the Population of Alajuelita Canton shall have the following mission and vision. Mission: The Alajuelita Canton Human Development Park is a program of the Ministry of Culture and Youth, for social inclusion and human development whose purpose will be to promote social coexistence and capacity building through a programmatic offering and high-quality services in five areas for integral development: Culture, Economic Development, Sports, Recreation and Environment. Located in the canton of Alajuelita, it would impact primarily, but not exclusively, the population in poverty, based on infrastructure, equipment, green areas, sports-recreational areas and human resources and the promotion of participation of all people under equal conditions.Artículo 1°- Creación. Créase el Parque para el Desarrollo Humano de la Población del Cantón de Alajuelita, como un Programa del Ministerio de Cultura y Juventud, con la finalidad de ser un espacio para el desarrollo del Cantón de Alajuelita y zonas aledañas. Artículo 2°-Misión y Visión. El Parque para el Desarrollo Humano de la Población del Cantón de Alajuelita tendrá la siguiente misión y visión. Misión: El Parque de Desarrollo Humano del cantón de Alajuelita es un programa del Ministerio de Cultura y Juventud, para la inclusión social y el desarrollo humano cuya finalidad será promover la convivencia social y el desarrollo de capacidades mediante una oferta programática y servicios de alta calidad en cinco áreas para el desarrollo integral: Cultura, Desarrollo Económico, Deporte, Recreación y Ambiente. Ubicado en el cantón de Alajuelita, impactaría de forma prioritaria, pero no excluyente, a la población en condición de pobreza, a partir de infraestructura, equipamiento, áreas verdes, áreas deportivas-recreativas y recurso humano y el fomento a la participación de todas las personas en igualdad de condiciones.

Pull quotesCitas destacadas

  • "Misión: El Parque de Desarrollo Humano del cantón de Alajuelita es un programa del Ministerio de Cultura y Juventud, para la inclusión social y el desarrollo humano cuya finalidad será promover la convivencia social y el desarrollo de capacidades mediante una oferta programática y servicios de alta calidad en cinco áreas para el desarrollo integral: Cultura, Desarrollo Económico, Deporte, Recreación y Ambiente."

    "Mission: The Alajuelita Canton Human Development Park is a program of the Ministry of Culture and Youth, for social inclusion and human development whose purpose will be to promote social coexistence and capacity building through a programmatic offering and high-quality services in five areas for integral development: Culture, Economic Development, Sports, Recreation and Environment."

    Artículo 2

  • "Misión: El Parque de Desarrollo Humano del cantón de Alajuelita es un programa del Ministerio de Cultura y Juventud, para la inclusión social y el desarrollo humano cuya finalidad será promover la convivencia social y el desarrollo de capacidades mediante una oferta programática y servicios de alta calidad en cinco áreas para el desarrollo integral: Cultura, Desarrollo Económico, Deporte, Recreación y Ambiente."

    Artículo 2

  • "Que el Cantón de Alajuelita, singular en su historia, tradiciones, costumbres y evolución poblacional, hoy día cuenta con un alto índice de pobreza y pobreza extrema, y una alta población juvenil para la que es crítica la creación de espacios recreativos y de desarrollo personal que tengan un impacto positivo en una población altamente vulnerable."

    "That the Canton of Alajuelita, singular in its history, traditions, customs and population evolution, today has a high rate of poverty and extreme poverty, and a large youth population for which the creation of recreational and personal development spaces that have a positive impact on a highly vulnerable population is critical."

    Considerando 8

  • "Que el Cantón de Alajuelita, singular en su historia, tradiciones, costumbres y evolución poblacional, hoy día cuenta con un alto índice de pobreza y pobreza extrema, y una alta población juvenil para la que es crítica la creación de espacios recreativos y de desarrollo personal que tengan un impacto positivo en una población altamente vulnerable."

    Considerando 8

  • "Que en el Informe de Desarrollo Humano del año 2013, elaborado por Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD), en materia de áreas verdes y recreativas, la Organización Panamericana de la Salud recomienda la existencia de un mínimo de 9 metros cuadrados de áreas verdes y recreativas por habitante, por el contrario, Alajuelita tiene sólo 0,39 metros cuadrados por persona."

    "That in the 2013 Human Development Report, prepared by the United Nations Development Programme (UNDP), regarding green and recreational areas, the Pan American Health Organization recommends the existence of a minimum of 9 square meters of green and recreational areas per inhabitant; conversely, Alajuelita has only 0.39 square meters per person."

    Considerando 9

  • "Que en el Informe de Desarrollo Humano del año 2013, elaborado por Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD), en materia de áreas verdes y recreativas, la Organización Panamericana de la Salud recomienda la existencia de un mínimo de 9 metros cuadrados de áreas verdes y recreativas por habitante, por el contrario, Alajuelita tiene sólo 0,39 metros cuadrados por persona."

    Considerando 9

Full documentDocumento completo

Articles

in the entirety of the text - Full Text of Norm 40082 Creation of the Parque para el Desarrollo Humano del cantón de Alajuelita Full Text of record: 113615 N° 40082 - C THE PRESIDENT OF THE REPUBLIC AND THE MINISTER OF CULTURE AND YOUTH In exercise of the powers conferred by articles 140, subsections 3), 8), 18), and 20) and 146 of the Political Constitution and articles 25, subsection 1), 27 subsection 1), 28, subsection 2), paragraph b) of the Ley General de Administración Pública, No. 6227 of May 2, 1978, Ley de Creación del Ministerio de Cultura, Juventud y Deportes No. 4788 of July 5, 1971,

  1. 1That the Ministry of Culture and Youth is the governing institution for national cultural policy and is responsible for promoting and preserving cultural plurality and diversity, facilitating the participation of all social sectors in cultural and artistic development processes without distinctions of gender, ethnic group, or geographic location; through the opening of spaces and opportunities that foster the revitalization of traditions and cultural expressions, the enjoyment of cultural goods and services, as well as artistic creation and appreciation in its diverse manifestations.
  2. 2That culture is a factor of social cohesion and a reserve of symbolic and material resources which, therefore, plays a core role in the political, economic, and social life of populations and is a central element in human well-being.
  3. 3That the Política Nacional de Derechos Culturales was approved by Decreto Ejecutivo No. 38120-C, published in Diario Oficial La Gaceta No. 6 on January 9, 2014, and defines a set of strategic orientations, identified as fundamental for stimulating the effective participation of the diversity of populations in cultural life, as well as the articulation of cultural expressions in sociocultural and economic development processes at the local, regional, and national level. Likewise, it recognizes the need to strengthen the effective participation of persons, groups, and communities, to advance in the construction of a cultural democracy, which recognizes diversity and promotes the enjoyment of Cultural Rights, as well as the economic revitalization of culture, through stimuli to creativity and cultural production, at the local, regional, and national level, linked to social and economic development processes.
  4. 4That the Proyecto Parque para el Desarrollo Humano de la Población del Cantón de Alajuelita finds its line of action in the following strategic axes of the policy, namely: 1. Effective participation and enjoyment of cultural rights in diversity 2. Economic revitalization of culture 3. Protection and management of cultural heritage, tangible and intangible. 4. Institutional strengthening for the promotion and protection of Cultural Rights.
  5. 5That the program "Parque de Desarrollo Humano del Cantón de Alajuelita" coincides with the following results and indicators established in the Plan Nacional de Desarrollo 2015-2018 "Alberto Cañas Escalante": greater attention to priority cantons and districts, new programs for young people, access to better and greater cultural infrastructure, promotion of cultural and creative enterprises (emprendimientos) and MSMEs (mipymes), and generation of participatory and articulated processes of local and regional cultural management, to strengthen the exercise of cultural rights.
  6. 6That according to the Informe sobre Desarrollo Humano published in 2004, by the Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD), if the world wishes to achieve the Objetivos de Desarrollo del Milenio and definitively eradicate poverty, it must first successfully confront the challenge of building inclusive and culturally diverse societies; this is not only necessary so that countries can dedicate themselves to other priorities, such as economic growth and the provision of health and education services for all citizens, but also because allowing the full cultural expression of all people is itself an important development objective.
  7. 7That according to the Informe de Desarrollo Humano of 2013, prepared by the Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD): "good coexistence serves as a vehicle to expand our possibilities to educate ourselves, to stay healthy, or to have a dignified income. Furthermore, coexistence encompasses a range of issues valuable in themselves, such as maintaining satisfactory relationships with other people, receiving recognition and respect, participating and deciding together with others on matters of common interest."
  8. 8That the Cantón de Alajuelita, unique in its history, traditions, customs, and population evolution, today has a high rate of poverty and extreme poverty, and a large youth population for which the creation of recreational and personal development spaces that have a positive impact on a highly vulnerable population is critical.
  9. 9That in the Informe de Desarrollo Humano of 2013, prepared by the Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD), regarding green and recreational areas, the Organización Panamericana de la Salud recommends the existence of a minimum of 9 square meters of green and recreational areas per inhabitant; in contrast, Alajuelita has only 0.39 square meters per person.
  10. 10That the lack of these spaces in Alajuelita is evident, requiring adequate physical structures for the development of cultural activities, to shelter the youth and general population of the Cantón, in such a way that institutional resources are leveraged as a strategy for human development, jointly enhancing its economic, environmental, and social development.
  11. 11That the Parque is conceptualized as a development hub based on attention to and training of the population with high levels of poverty, which will strengthen soft skills, employment competencies, the development of leadership and social innovation, the generation of value from creative work and responsible management of the environment and social surroundings, in addition to other possibilities for development, participation, and expression of the population.
  12. 12That this work transcends the Ministry of Culture and Youth and involves both governmental institutions and the municipality, non-governmental organizations, and civil society in general.
  13. 13That through the Convenio Marco de Cooperación and financial contribution DAL-CV-0077 2015, signed by the Minister of Labor and Social Security, Víctor Morales Mora and the Minister of Culture and Youth, Sylvie Duran Salvatierra, it was agreed to support the execution of the PROYECTO: Purchase of land for the construction of the Parque para el Desarrollo Humano de Alajuelita, located in the cantón de Alajuelita, distrito de San Felipe, Barrio Tejarcillos, and in compliance with the purposes established in Ley No. 5662 of December 23, 1974 and its Amendment, Ley No. 8783 of October 13, 2009 and its Reglamento, and subject to the clauses and conditions stipulated in the Convenio, in what concerns the use of the funds from the cited Ley.
  14. 14That according to Ley No. 5662 of December 23, 1974, its Amendment, Ley No. 9379 of August 18, 2016, in its article 3, subsection p it is indicated that "...additionally, complementary aid may be granted to any other social assistance program carried out by public entities, whose beneficiaries are within the target population of Fodesar."

THEY DECREE:

CREATION OF THE "PARQUE PARA EL DESARROLLO HUMANO DEL CANTÓN DE ALAJUELITA"

Considering:

Therefore,

1

The Parque para el Desarrollo Humano de la Población del Cantón de Alajuelita is created, as a Program of the Ministry of Culture and Youth, with the purpose of being a space for the development of the Cantón de Alajuelita and surrounding areas.

2

The Parque para el Desarrollo Humano de la Población del Cantón de Alajuelita shall have the following mission and vision.

Mission: The Parque de Desarrollo Humano del cantón de Alajuelita is a program of the Ministry of Culture and Youth for social inclusion and human development whose purpose shall be to promote social coexistence and the development of capacities through a programmatic offering and high-quality services in five areas for integral development: Culture, Economic Development, Sports, Recreation, and Environment. Located in the cantón de Alajuelita, it would impact as a priority, but not exclusively, the population living in poverty, based on infrastructure, equipment, green areas, sports-recreational areas, and human resources, and the promotion of the participation of all persons under equal conditions.

Vision: To be an integral program for social inclusion that fosters coexistence, creativity, harmony with nature, entrepreneurial culture, recreation, and sports, with a human rights approach. To become a benchmark for social innovation for human development with a programmatic offering and high-quality services based on innovative methodologies in its five areas of integral development: Culture, Economic Development, Sports, Recreation, and Environment.

3

The Parque para el Desarrollo Humano de la Población del Cantón de Alajuelita shall have the following objectives:

General objective:

To develop the "Parque de Desarrollo Humano del cantón de Alajuelita" as a space for the integral development of persons around five areas of attention: Culture, Economic Development, Sports, Recreation, and Environment, attended from a human rights approach and the provision of infrastructure, equipment, green areas, recreational sports areas, and human resources, which allow for the articulation of a programmatic offering with high-quality services for the population of the cantón de Alajuelita and its surrounding areas.

Strategic objectives:

  • a)To foster social coexistence among persons of diverse economic strata, ethnic origin, age, gender, sexual orientation, and functional condition, among others.
  • b)To carry out affirmative actions in favor of sectors of the population and communities excluded or discriminated against due to poverty, age, ethnicity, gender, sexual orientation, and disability, among others, so that they participate under equal conditions in the country's cultural life.
  • c)To develop knowledge management programs and promotion of creativity and innovation.
  • d)To strengthen competencies for employment and self-employment, leadership development, and social innovation.
  • e)To develop projects in the environmental field that foster a harmonious relationship with the social surroundings.
  • f)To promote the appropriation, use, and innovation around technologies and knowledge for the benefit of persons.
  • g)To facilitate spaces for articulation (cultural networks), coordination, and exchange that strengthen the capacities of community agents for carrying out sustainable cultural processes that impact community development.
  • h)To develop programs and actions that stimulate coexistence and intercultural dialogue in communities in an environment of respect, dialogue, and exchange.
  • i)To strengthen the business and entrepreneurship skills of persons, as a priority but not exclusively, around creation and cultural initiatives, through training and the exchange of information and experiences, as well as the use of technologies in the processes of creation, promotion, and distribution of knowledge, cultural goods, and services.
  • j)To promote a culture and lifestyles harmonious with nature, as a way of relating to and coexisting respectfully and friendly with the environment and in a socially responsible manner.
  • k)To stimulate the creation of MYPIMES and enterprises (emprendimientos) through processes of accompaniment in their development (incubation, training, and management) in coordination with public programs that provide promotion and access to financing for micro, small, and medium-sized enterprises.
  • l)To provide spaces for training and practice in art, sports, and recreation through innovative methodologies that promote values aimed at improving social coexistence.
  • m)Additionally, to offer other possibilities for development, participation, and expression of the population.
4

. The Minister or Vice Minister of Culture, who shall preside over it and shall have a casting vote in case of a tie . The Vice Minister of Youth . The Director General of Culture, who shall act as Secretary . The Mayor of the Municipalidad de Alajuelita

5

The functions of the Institutional Commission shall be:

. To plan and follow up on the Development Plan for the Parque para el Desarrollo Humano del Cantón de Alajuelita.

. To approve the master plan presented by the project administrator.

. To ensure that the funds allocated for the development of the program, coming from the Fondo de Desarrollo Social y de Asignaciones Familiares, as well as from other financing sources, are allocated and executed in accordance with the purpose for which they are transferred.

6

The Institutional Commission shall have a support group for decision-making, which shall be composed of the Heads of the Departments of the Ministry of Finance and Accounting, Legal Advisory, the Unidad de Cultura y Economía, the Secretaría de Planificación Institucional, a representative of the Instituto Tecnológico de Costa Rica, and other representatives of institutions that, in the judgment of the Ministry, are fundamental for the development of the Parque.

7

In accordance with the objectives of the "Parque de Desarrollo Humano del Cantón de Alajuelita," the Ministry of Culture and Youth shall create a Cultural-Educational Attention System, with the aim of benefiting as a priority, but not exclusively, the population living in poverty.

Said beneficiaries shall be chosen according to the data provided by the Sistema de Información de la Población Objetivo (SIPO) and the Sistema Nacional de Información y Registro Único de Beneficiarios (SINIRUBE), which are administered by the Instituto Mixto de Ayuda Social (IMAS). The beneficiaries must meet the requirements established in said information system. Said system shall also promote the participation of all persons under equal conditions.

8

Shall take effect upon its publication in the Diario Oficial La Gaceta.

Done at the Republic. San José on the first day of November two thousand sixteen.

Artículos

en la totalidad del texto - Texto Completo Norma 40082 Creación del Parque para el Desarrollo Humano del cantón de Alajuelita Texto Completo acta: 113615 N° 40082 - C EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA Y LA MINISTRA DE CULTURA Y JUVENTUD En uso de las facultades que les confieren los artículos 140, incisos 3), 8), 18) y 20) y 146 de la Constitución Política y los artículos 25, inciso 1), 27 inciso 1), 28, inciso 2), acápite b) de la Ley General de Administración Pública, Nº 6227 de 2 de mayo de 1978, Ley de Creación del Ministerio de Cultura, Juventud y Deportes Nº4 788 de 5 de julio de 1971,

  1. 1Que el Ministerio de Cultura y Juventud es la institución rectora de las políticas nacionales en materia cultural y le corresponde fomentar y preservar la pluralidad y la diversidad cultural, facilitar la participación de todos los sectores sociales en los procesos de desarrollo cultural y artístico sin distingos de género, grupo étnico o ubicación geográfica; mediante la apertura de espacios y oportunidades que propicien la revitalización de las tradiciones y manifestaciones culturales, el disfrute de los bienes y servicios culturales, así como la creación y apreciación artística en sus diversas manifestaciones.
  2. 2Que la cultura es un factor de cohesión social y reserva de recursos simbólicos y materiales que, por lo tanto tiene un papel medular en la vida política, económica y social de las poblaciones y es un elemento central en el bienestar humano.
  3. 3Que la Política Nacional de Derechos Culturales fue aprobada mediante Decreto Ejecutivo No. 38120-C, publicado en el Diario Oficial La Gaceta No. 6 del 9 de enero de 2014 y define un conjunto de orientaciones estratégicas, identificadas como fundamentales para estimular la participación efectiva de la diversidad de poblaciones en la vida cultural, así como la articulación de las

en el nivel local, regional y nacional. Así mismo, reconoce la necesidad de fortalecer la participación efectiva de las personas, grupos y comunidades, para avanzar en la construcción de una democracia cultural, que reconoce la diversidad y promueve el disfrute de los Derechos Culturales, así como la dinamización económica de la cultura, a través de estímulos a la creatividad y a la producción cultural, a nivel local, regional y nacional, ligados a los procesos de desarrollo social y económico.

  1. 4Que el Proyecto Parque para el Desarrollo Humano de la Población del Cantón de Alajuelita, encuentra su línea de acción en los siguientes ejes estratégicos de la política, a saber: 1. Participación efectiva y disfrute de los derechos culturales en la diversidad 2. Dinamización económica de la cultura 3. Protección y gestión del patrimonio cultural, material e inmaterial. 4. Fortalecimiento institucional para la promoción y protección de los Derechos Culturales.
  2. 5Que el programa "Parque de Desarrollo Humano del Cantón de Alajuelita" es coincidente con las siguientes resultados e indicadores establecidos en el Plan Nacional de Desarrollo 2015-2018 "Alberto Cañas Escalante": mayor atención a cantones y distritos prioritarios, nuevos programas para personas jóvenes, acceso a mejor y mayor infraestructura cultural, promoción de emprendimientos y mipymes culturales y creativos y generación de procesos procesos participativos y articulados de gestión cultural local y regional, para fortalecer el ejercicio de los derechos culturales.
  3. 6Que según el Informe sobre Desarrollo Humano publicado en el año 2004, por parte del Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD) si el mundo desea lograr los Objetivos de Desarrollo del Milenio y erradicar definitivamente la pobreza, primero debe enfrentar con éxito el desafío de construir sociedades inclusivas y diversas en términos culturales; esto no sólo es necesario para que los países puedan dedicarse a otras prioridades, tales como el crecimiento económico y la prestación de servicios de salud y educación para todos los ciudadanos, sino porque permitir la expresión cultural plena de todas las personas, es en sí un importante objetivo del desarrollo.
  4. 7Que según el Informe de Desarrollo Humano del año 2013, elaborado por Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD): "una buena convivencia sirve como vehículo para ampliar nuestras posibilidades para educarnos, para mantenernos sanos o para tener un ingreso digno. Además, la convivencia comprende una gama de cuestiones valiosas en sí mismas, tales como mantener relaciones satisfactorias con otras personas, recibir reconocimiento y respeto, participar y decidir junto con las otras personas los asuntos de interés común".
  5. 8Que el Cantón de Alajuelita, singular en su historia, tradiciones, costumbres y evolución poblacional, hoy día cuenta con un alto índice de pobreza y pobreza extrema, y una alta población juvenil para la que es crítica la creación de espacios recreativos y de desarrollo personal que tengan un impacto positivo en una población altamente vulnerable.
  6. 9Que en el Informe de Desarrollo Humano del año 2013, elaborado por Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD), en materia de áreas verdes y recreativas, la Organización Panamericana de la Salud recomienda la existencia de un mínimo de 9 metros cuadrados de áreas verdes y recreativas por habitante, por el contrario, Alajuelita tiene sólo 0,39 metros cuadrados por persona.
  7. 10Que es patente la falta de estos espacios en Alajuelita, requiriendo de estructuras físicas adecuadas para el desarrollo de las actividades culturales, que permitan albergar a los jóvenes y población en general del Cantón, de manera tal que los recursos institucionales, se aprovechen como estrategia para el desarrollo humano, potenciando de manera conjunta, su desarrollo económico, ambiental y social.
  8. 11Que el Parque se conceptualiza como un foco de desarrollo basado en la atención y capacitación a la población con altos niveles de pobreza, que fortalecerá las capacidades blandas, las competencias para el empleo, el desarrollo de liderazgo e innovación social, la generación de valor a partir del trabajo creativo y la gestión responsable con el medio ambiente y el entorno social, adicionalmente a otras posibilidades de desarrollo, participación y expresión de la población.
  9. 12Que esta labor transciende al Ministerio de Cultura y Juventud e involucra tanto a las instituciones gubernamentales como a la municipalidad, a las organizaciones no gubernamentales y, en general, a la sociedad civil.
  10. 13Que mediante Convenio Marco de Cooperación y aporte financiero DAL-CV-0077 2015, suscrito por el señor Ministro de Trabajo y Seguridad Social, Víctor Morales Mora y la señora Ministra de Cultura y Juventud, Sylvie Duran Salvatierra, se acordó apoyar la ejecución del PROYECTO: Compra de terreno para construcción del Parque para el Desarrollo Humano de Alajuelita, Ubicado en el cantón de Alajuelita, distrito de San Felipe, Barrio Tejarcillos, y en cumplimiento con los fines establecidos en la Ley No. 5662 del 23 de diciembre de 1974 y su Reforma, Ley No. 8783 del 13 de octubre de 2009 y su Reglamento, y sujeto a las cláusulas y condiciones que se estipulan en el Convenio, en lo que atañe al uso de los fondos provenientes de la citada Ley.
  11. 14Que según Ley No. 5662 del 23 de diciembre de 1974, su Reforma, Ley No. 9379 del 18 de agosto del 2016, en su artículo 3, inciso p se indica que "...adicionalmente, se podrá otorgar ayuda complementaria a cualquier otro programa de asistencia social realizado por instancias públicas, cuyos beneficiarios se encuentren dentro de la población objetivo del Fodesar.

CREACIÓN DEL "PARQUE PARA EL DESARROLLO HUMANO DEL CANTÓN DE ALAJUELITA"

Considerando:

Por tanto,

DECRETAN:

1

Créase el Parque para el Desarrollo Humano de la Población del Cantón de Alajuelita, como un Programa del Ministerio de Cultura y Juventud, con la finalidad de ser un espacio para el desarrollo del Cantón de Alajuelita y zonas aledañas

2

El Parque para el Desarrollo Humano de la Población del Cantón de Alajuelita tendrá la siguiente misión y visión.

Misión: El Parque de Desarrollo Humano del cantón de Alajuelita es un programa del Ministerio de Cultura y Juventud, para la inclusión social y el desarrollo humano cuya finalidad será promover la convivencia social y el desarrollo de capacidades mediante una oferta programática y servicios de alta calidad en cinco áreas para el desarrollo integral: Cultura, Desarrollo Económico, Deporte, Recreación y Ambiente. Ubicado en el cantón de Alajuelita, impactaría de forma prioritaria, pero no excluyente, a la población en condición de pobreza, a partir de infraestructura, equipamiento, áreas verdes, áreas deportivas-recreativas y recurso humano y el fomento a la participación de todas las personas en igualdad de condiciones.

Visión: Ser un programa integral para la inclusión social que propicia la convivencia, la creatividad, la armonía con la naturaleza, la cultura emprendedora, la recreación y el deporte, con un enfoque de derechos humanos. Constituirse en un referente de la innovación social para el desarrollo humano con una oferta programática y servicios de alta calidad basados en metodologías innovadoras en sus cinco áreas de desarrollo integral: Cultura, Desarrollo Económico, Deporte, Recreación y Ambiente.

3

El Parque para el Desarrollo Humano de la Población del Cantón de Alajuelita, tendrá los siguientes objetivos:

Objetivo general:

Desarrollar el "Parque de Desarrollo Humano del cantón de Alajuelita" como un espacio para el desarrollo integral de las personas alrededor de cinco áreas de atención: Cultura, Desarrollo Económico, Deporte, Recreación y Ambiente, atendidas a partir de un enfoque de derechos humanos y la disposición de infraestructura, equipo, áreas verdes, áreas deportivas recreativas y recurso humano, que permitan articular una oferta programática con servicios de alta calidad para la población del cantón de Alajuelita y sus zonas aledañas.

Objetivos estratégicos:

  • a)Propiciar la convivencia social de personas de diversos estratos económicos, origen étnico, edad, género, orientación sexual y condición funcional, entre otros.
  • b)Realizar acciones afirmativas a favor de sectores de población y comunidades excluidas o discriminadas por razones de pobreza, edad, étnica, género, orientación sexual y discapacidad, entre otros, para que participen en igualdad de condiciones en la vida cultural del país.
  • c)Desarrollar programas de gestión del conocimiento y fomento a la creatividad, y la innovación.
  • d)Fortalecer competencias para el empleo y autoempleo, desarrollo de liderazgo e innovación social.
  • e)Desarrollar proyectos en el ámbito ambiental, que fomenten la relación armónica con el entorno social.
  • f)Promover la apropiación, el uso y la innovación alrededor de las tecnologías y el conocimiento para beneficio de las personas.
  • g)Facilitar espacios de articulación (redes culturales), coordinación e intercambio que fortalezca las capacidades de los agentes comunitarios para la realización de procesos culturales sustentables que impacten el desarrollo comunitario.
  • h)Desarrollar programas y acciones que estimulen la convivencia, el dialogo intercultural en las comunidades en un ambiente de respeto, dialogo e intercambio.
  • i)Fortalecer las habilidades empresariales y de emprendimiento de las personas prioritariamente, pero no de forma excluyente, en torno a la creación y las iniciativas culturales, por medio de la capacitación y el intercambio de información y experiencias, así como el uso de tecnologías en los procesos de creación, promoción y distribución de conocimiento, bienes y servicios culturales.
  • j)Promover una cultura y estilos de vida armónicos con la naturaleza, como una manera de relacionarse y convivir de manera respetuosa y amigable con el entorno y socialmente responsable.
  • k)Estimular a la creación de MYPIMES y emprendimientos a través de procesos de acompañamiento a su desarrollo (incubación, formación y gestión) en coordinación con los programas públicos que brindan fomento y acceso al financiamiento para las micro, pequeñas y medianas empresas.
  • I)Brindar espacios para la formación y práctica del arte, deporte y la recreación mediante metodologías innovadoras promuevan valores dirigidos a mejorar la convivencia social.
  • m)Adicionalmente, ofrecer otras posibilidades de desarrollo, participación y expresión de la población.
4

. El Ministro (a) o Viceministro (a) de Cultura, que la presidirá y tendrá voto de calidad en caso de empate . El Viceministro (a) de Juventud . La Directora (o) General de Cultura, quien ocupará la Secretaría . El Alcalde de la Municipalidad de Alajuelita

5

Serán funciones de la Comisión Institucional:

. Planificar y dar seguimiento al Plan de Desarrollo del Parque para el Desarrollo Humano del Cantón de Alajuelita.

. Aprobar el Plan maestro que presente el administrador del proyecto.

. Velar por que los fondos destinados para el desarrollo del programa, provenientes del Fondo de Desarrollo Social y de Asignaciones Familiares, así como de otras fuentes de financiamiento, se asignen y ejecuten de acuerdo con el destino para el cual se trasladan.

6

La Comisión Institucional contará con un grupo de apoyo en la toma de decisiones, que estará integrado por los Jefes de los Departamento del Ministerio de Financiero Contable, Asesoría Jurídica, Unidad de Cultura y Economía, la Secretaria de Planificación Institucional, representante del Instituto Tecnológico de Costa Rica y otros representantes de instituciones que a juicio del Ministerio sean fundamentales para el desarrollo del Parque.

7

De acuerdo con los objetivos del "Parque de Desarrollo Humano del Cantón de Alajuelita, el Ministerio de Cultura y Juventud, creará un Sistema de Atención Cultural-Educativa, con el fin de beneficiar prioritariamente, pero no de forma excluyente, a la población en condición de pobreza.

Dichos beneficiarios se escogerán de acuerdo con los datos proporcionados por el Sistema de Información de la Población Objetivo (SIPO) y Sistema Nacional de Información y Registro Único de Beneficiarios (SINIRUBE) mismos que son administrados por el Instituto Mixto de Ayuda Social (IMAS). Los beneficiarios deben cumplir con los requisitos establecidos en dicho sistema de información. Dicho sistema, fomentará además la participación de todas las personas en igualdad de condiciones.

8

Rige a partir de su publicación en el Diario Oficial La Gaceta.

Dado en la República. San José el día primero de noviembre del dos mil dieciséis.

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