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Decreto Ejecutivo 049 · 03/10/2016

Tire Management Follow-Up Report Format for the Ministry of HealthFormato de reporte de seguimiento sobre el manejo de llantas que debe

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OutcomeResultado

Active directiveDirectriz vigente

SummaryResumen

This directive establishes the quarterly or semiannual reporting format that all Public Administration entities must submit to the Ministry of Health regarding tire management, in compliance with the Comprehensive Waste Management Law (No. 8839) and Executive Decree No. 38933-S. The measure aims to ensure sanitary final disposal of tires, reduce risks to public health and the environment, and monitor compliance with Institutional Environmental Management Programs (PGAI). Reports must be submitted to the Directorate for the Protection of the Human Environment within one week after each period ends, using the format provided in the annex.Esta directriz establece el formato de reporte trimestral o semestral que todas las entidades de la Administración Pública deben presentar al Ministerio de Salud sobre el manejo de llantas, en cumplimiento de la Ley para la Gestión Integral de Residuos (N° 8839) y el Decreto Ejecutivo N° 38933-S. La medida busca controlar sanitariamente la disposición final de llantas, reducir riesgos para la salud pública y el ambiente, y dar seguimiento a los Programas de Gestión Ambiental Institucional (PGAI). El reporte debe ser remitido a la Dirección de Protección al Ambiente Humano dentro de la semana siguiente al cierre de cada período, conforme al formato contenido en el anexo.

Key excerptExtracto clave

the heads of Public Administration institutions, including bodies, entities, companies, and institutions of the centralized, institutionally decentralized, and territorial public sector, are instructed to follow the quarterly or semiannual reporting format, as applicable, in accordance with Article 5 of Executive Decree No. 38933-S, which is contained in the annex to this directive, to inform the Ministry of Health about the activities carried out under the Institutional Environmental Management Plan.se instruye a los jerarcas de las instituciones de la Administración Pública, incluyendo a los órganos, entes, empresas e instituciones del sector público centralizado, descentralizado institucional y territorial, seguir el formato de reporte trimestral o semestral según corresponda, de conformidad con el artículo 5 del Decreto Ejecutivo Nº 38933-S, el cual está contenido en el anexo a la presente directriz, para informar al Ministerio de Salud sobre las actividades desarrolladas bajo el Plan de Gestión Ambiental Institucional.

Pull quotesCitas destacadas

  • "la salud de la población es tanto un derecho humano universal, como un bien de interés público tutelado por el Estado."

    "the health of the population is both a universal human right and a public-interest good safeguarded by the State."

    Considerando 1

  • "la salud de la población es tanto un derecho humano universal, como un bien de interés público tutelado por el Estado."

    Considerando 1

  • "el Ministerio de Salud tiene como funciones esenciales formular, planificar y ejecutar las políticas en materia de residuos sólidos, a fin de asegurar un manejo jerárquico"

    "the Ministry of Health has the essential functions of formulating, planning, and executing policies on solid waste, in order to ensure a hierarchical management"

    Considerando 3

  • "el Ministerio de Salud tiene como funciones esenciales formular, planificar y ejecutar las políticas en materia de residuos sólidos, a fin de asegurar un manejo jerárquico"

    Considerando 3

  • "se instruye a los jerarcas… seguir el formato de reporte trimestral o semestral según corresponda, … para informar al Ministerio de Salud sobre las actividades desarrolladas bajo el Plan de Gestión Ambiental Institucional."

    "the heads… are instructed to follow the quarterly or semiannual reporting format, as applicable, … to inform the Ministry of Health about the activities carried out under the Institutional Environmental Management Plan."

    Artículo 1

  • "se instruye a los jerarcas… seguir el formato de reporte trimestral o semestral según corresponda, … para informar al Ministerio de Salud sobre las actividades desarrolladas bajo el Plan de Gestión Ambiental Institucional."

    Artículo 1

Full documentDocumento completo

Articles

in the full text - Full Text of Regulation 049 Follow-up Report Format on Tire Management to be Submitted to the Ministry of Health Full Text of Act: 110A79 N° 049-S THE PRESIDENT OF THE REPUBLIC AND THE MINISTER OF HEALTH In exercise of the powers conferred by Articles 140, subsections 3) and 18), and 146 of the Political Constitution; 25, 27 subsection 1), 28 subsection 2.b), and 103 subsection 1) of Law Nº 6227 of May 2, 1978, "Ley General de la Administración Pública"; 1 and 2 of Law Nº 5395 of October 30, 1973, "Ley General de Salud"; 1, 2, and 6 of Law Nº 5412 of November 8, 1973, "Ley Orgánica del Ministerio de Salud"; Law Nº 7414 of June 13, 1994, "Convención Marco de Naciones Unidas sobre el Cambio Climático (ONU)"; Law Nº 8219 of March 8, 2002, "Protocolo de Kioto de la Convención Marco sobre el Cambio Climático"; Law Nº 7438 of October 6, 1994, "Convenio de Basilea sobre Control Fronterizo de Desechos Peligrosos y su Eliminación"; Law Nº 7554 of October 4, 1995, "Ley Orgánica del Ambiente"; Law Nº 8839 of June 24, 2010, "Ley para la Gestión Integral de Residuos"; Decreto Ejecutivo Nº 38272-S of January 7, 2014, "Reglamento para la Declaratoria de Residuos de Manejo Especial"; Decreto Ejecutivo Nº 38933-S of March 17, 2015, "Criterios Ambientales Establecidos en la Ley para la Gestión Integral de Residuos para la Compra de Llantas por parte de las Entidades que Componen la Administración Pública"; Decreto Ejecutivo Nº 264494 of October 24, 1997, "Reforma Prohíbe la Importación de Llantas Usadas"; and Decreto Ejecutivo Nº 36499-MINAET-S of March 17, 2011, "Reglamento para la elaboración de Programas de Gestión Ambiental Institucional en el Sector Público de Costa Rica".

  1. 1That the health of the population is both a universal human right and a public-interest asset protected by the State.
  2. 2That the Political Constitution, in Article 50, establishes the State's duty to procure the greatest well-being for all inhabitants of the country, to guarantee and preserve the right of individuals to a healthy and ecologically balanced environment, promoting greater development in harmony with it.
  3. 3That the Ministry of Health has the essential functions of formulating, planning, and executing policies on solid waste, in order to ensure a hierarchical management as required by Law Nº 8839 of June 24, 2010, "Ley para la Gestión Integral de Residuos," published in La Gaceta Nº 135 of July 13, 2010, promoting actions aimed at guaranteeing the right to a healthy and ecologically balanced environment, as the Sala Constitucional has established in its abundant jurisprudence, which includes the concept of public health, with concrete actions in the preservation of both health and the environment, and in this way, achieving the objectives set forth in the Ley Orgánica del Ambiente.
  4. 4That Law Nº 8839 of June 24, 2010, published in La Gaceta Nº 135 of July 13, 2010, "Ley para la Gestión Integral de Residuos," establishes the obligation of Public Administration institutions, public companies, and municipalities to implement environmental management systems in all their units to guarantee integrated waste management. In this regard, Decreto Ejecutivo Nº 36499-MINAET-S of March 17, 2011, published in La Gaceta Nº 88 of May 9, 2011, "Reglamento para la Elaboración de Programas de Gestión Ambiental Institucional en el Sector Público de Costa Rica," establishes the obligation of all public institutions to develop and implement an Institutional Environmental Management Program (Programa de Gestión Ambiental Institucional, PGAI), which, as its name implies, requires the identification of the waste to be generated, providing it with hierarchical management, favoring efficiency in the use of materials and the lowest generation of waste, or its reuse or valorization before sanitary disposal of the waste, respecting its classification and associated regulations.
  5. 5That it is the obligation of all public officials and citizens to seek to identify and classify the waste they generate, to promote the reduction of the volume of waste ultimately disposed of, in order to promote an increase in the useful life of the sanitary landfills available in the country, thereby improving public health conditions nationally and preventing negative impacts on the environment.
  6. 6That the Executive Branch issued Decreto Nº 38933-S of March 17, 2015, published in La Gaceta Nº 73 of April 16, 2015, "Criterios ambientales establecidos en la Ley para la Gestión Integral de Residuos para la compra de llantas por parte de las entidades que componen la Administración Pública," for the purpose of promoting the reduction of public spending, the decrease in the final disposal of tires, and their sanitary disposal, guaranteeing that only tires ensuring the least environmental impact on public health enter the country, and as a complement to the foregoing, it is considered necessary and timely to issue the following directive for the senior officials of Public Administration institutions, including the organs, entities, companies, and institutions of the centralized, institutionally decentralized, and territorially decentralized public sector, with the report format to be submitted to the Ministry of Health for effective compliance with Law Nº 8839 and Decreto Ejecutivo Nº 38933-S, cited above. Therefore,

The following is issued, Directive FOLLOW-UP REPORT FORMAT ON TIRE MANAGEMENT TO BE SUBMITTED TO THE MINISTRY OF HEALTH

Considering:

1
2
3

Given at the Presidency of the Republic, on the sixth day of May of two thousand sixteen.

Artículos

en la totalidad del texto - Texto Completo Norma 049 Formato de reporte de seguimiento sobre el manejo de llantas que debe presentarse al Ministerio de Salud Texto Completo acta: 110A79 N° 049-S EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA Y EL MINISTRO DE SALUD text-indent:24.0pt'>En uso de las facultades que le confieren los artículos 140 incisos 3) y 18) y 146 de la Constitución Política; 25, 27 inciso 1), 28 inciso 2.b) y 103 inciso 1) de la Ley Nº 6227 del 02 de mayo de 1978 "Ley General de la Administración Pública"; 1 y 2 de la Ley Nº 5395 del 30 de octubre de 1973 "Ley General de Salud"; 1, 2 y 6 de la Ley Nº 5412 del 8 de noviembre de 1973 "Ley Orgánica del Ministerio de Salud"; Ley Nº 7414 del 13 de junio de 1994 "Convención Marco de Naciones Unidas sobre el Cambio Climático (ONU)"; Ley Nº 8219 del 8 de marzo del 2002 "Protocolo de Kioto de la Convención Marco sobre el Cambio Climático"; Ley Nº 7438 del 6 de octubre de 1994, "Convenio de Basilea sobre Control Fronterizo de Desechos Peligrosos y su Eliminación"; Ley Nº 7554 del 4 de octubre 1995, "Ley Orgánica del Ambiente"; Ley Nº 8839 del 24 de junio del 2010 "Ley para la Gestión Integral de Residuos"; Decreto Ejecutivo Nº 38272-S del 7 de enero del 2014, "Reglamento para la Declaratoria de Residuos de Manejo Especial"; Decreto Ejecutivo Nº 38933-S, del 17 de marzo del 2015 "Criterios Ambientales Establecidos en la Ley para la Gestión Integral de Residuos para la Compra de Llantas por parte de las Entidades que Componen la Administración Pública"; Decreto Ejecutivo Nº 264494 del 24 de octubre de 1997 "Reforma Prohíbe la Importación de Llantas Usadas"; y el Decreto Ejecutivo Nº 36499-MINAET-S del 17 de marzo del 2011, "Reglamento para la elaboración de Programas de Gestión Ambiental Institucional en el Sector Público de Costa Rica".

  1. 1Que la salud de la población es tanto un derecho humano universal, como un bien de interés público tutelado por el Estado.
  2. 2Que la Constitución Política en su numeral 50 establece el deber del Estado de procurar el mayor bienestar a todos los habitantes del país, para garantizar y preservar el derecho de las personas a un ambiente sano y ecológicamente equilibrado, promoviendo el mayor desarrollo en armonía con este.
  3. 3Que el Ministerio de Salud tiene como funciones esenciales formular, planificar y ejecutar las políticas en materia de residuos sólidos, a fin de asegurar un manejo jerárquico tal y como es exigido en la Ley Nº 8839 del 24 de junio del 2010 "Ley para la Gestión Integral de Residuos", publicada en La Gaceta Nº 135, del 13 de julio del 2010, promoviendo acciones tendientes a garantizar el derecho a un ambiente sano y ecológicamente equilibrado, tal como la Sala Constitucional lo ha dispuesto en su abundante jurisprudencia, que incluye el concepto de salud pública, con acciones concretas en preserva tanto de la salud como del ambiente, y de esta forma, alcanzar los objetivos establecidos en la Ley Orgánica del Ambiente.
  4. 4Que la Ley Nº 8839 del 24 de junio de 2010, publicada en La Gaceta Nº 135 del 13 de julio de 2010 "Ley para la Gestión Integral de Residuos", establece la obligatoriedad de las instituciones de la Administración Pública, de las empresas públicas y de las municipalidades, de implementar sistemas de gestión ambiental en todas sus dependencias, para garantizar el manejo integral de los residuos. En esa tesitura, el Decreto Ejecutivo Nº 36499-MINAET-S del 17 de marzo de 2011, publicado en La Gaceta Nº 88 del 09 de mayo de 2011 "Reglamento para la Elaboración de Programas de Gestión Ambiental Institucional en el Sector Público de Costa Rica", establece la obligación de todas las instituciones públicas de elaborar y poner en marcha un Programa de Gestión Ambiental Institucional (PGAI), que como su nombre lo refiere, obliga a la identificación de los residuos que serán generados, a darles un manejo jerarquizado, favoreciendo la eficiencia en el uso de materiales y la menor generación de residuos, o su reúso o revalorización antes de la disposición sanitaria de los desechos, respetando su clasificación y regulaciones asociadas.
  5. 5Que es obligación de todos los funcionarios públicos, y de los ciudadanos, procurar identificar y clasificar los residuos que generen, para propiciar la reducción del volumen de residuos que finalmente son dispuestos, en aras de promover un aumento en la vida útil para los rellenos sanitarios con los que cuenta el país, mejorando con ello las condiciones de salud pública a nivel nacional, y evitando impactos negativos al ambiente.
  6. 6Que el Poder Ejecutivo emitió el Decreto Nº 38933-S del 17 de marzo de 2015, publicado en La Gaceta Nº 73 del 16 de abril de 2015 "Criterios ambientales establecidos en la Ley para la Gestión Integral de Residuos para la compra de llantas por parte de las entidades que componen la Administración Pública", con el fin de propiciar la reducción en el gasto público, la disminución en la disposición final de llantas, y su sanitaria disposición, garantizando que solo ingresen al país, las llantas que aseguren el menor impacto ambiental en la salud pública, y como complemento de lo anterior, se considera necesario y oportuno emitir la siguiente directriz para los jerarcas de las instituciones de la Administración Pública, incluyendo a los órganos, entes, empresas e instituciones del sector público centralizado, descentralizado institucional y territorial, con el formato de reporte que debe presentarse al Ministerio de Salud para un efectivo cumplimiento de la Ley Nº 8839 y el Decreto Ejecutivo Nº 38933-S, antes citados. Por tanto,

Se emite la siguiente, Directriz FORMATO DE REPORTE DE SEGUIMIENTO SOBRE EL MANEJO DE LLANTAS QUE DEBE PRESENTARSE AL MINISTERIO DE SALUD text-indent:24.0pt'>Artículo 1º-Por razones de salud pública, y con el fin de ejecutar cabalmente las disposiciones de la Ley Nº 8839 del 24 de junio de 2010, publicada en La Gaceta Nº 135 del 13 de julio de 2010 "Ley para la Gestión Integral de Residuos", y el Decreto Ejecutivo Nº 38933-S del 17 de marzo de 2015, publicado en La Gaceta Nº 73 del 16 de abril de 2015 "Criterios ambientales establecidos en la Ley para la Gestión Integral de Residuos para la compra de llantas por parte de las entidades que componen la Administración Pública", se instruye a los jerarcas de las instituciones de la Administración Pública, incluyendo a los órganos, entes, empresas e instituciones del sector público centralizado, descentralizado institucional y territorial, seguir el formato de reporte trimestral o semestral según corresponda, de conformidad con el artículo 5 del Decreto Ejecutivo Nº 38933-S, el cual está contenido en el anexo a la presente directriz, para informar al Ministerio de Salud sobre las actividades desarrolladas bajo el Plan de Gestión Ambiental Institucional.

Considerando:

2
3

Dado en la Presidencia de la República, a los seis días del mes de mayo de dos mil dieciséis.

j

Document not found. Documento no encontrado.

Implementing decreesDecretos que afectan

    TopicsTemas

    • Off-topic (non-environmental)Fuera de tema (no ambiental)

    Concept anchorsAnclajes conceptuales

      Spanish key termsTérminos clave en español

      This document cites

      • Ley 5395 General Health Law
      • Ley 5412 Organic Law of the Ministry of Health
      • Ley 7438 Basel Convention on Hazardous Waste Control
      • Ley 7554 Organic Environmental Law
      • Tratados Internacionales 8219 Kyoto Protocol
      • Ley 8839 Integrated Waste Management Law
      • Decreto Ejecutivo 38933 Environmental Criteria for Tire Purchases by Public Administration Entities

      Este documento cita

      • Ley 5395 Ley General de Salud
      • Ley 5412 Ley Orgánica del Ministerio de Salud
      • Ley 7438 Convenio de Basilea sobre Control Fronterizo de Desechos Peligrososy su
      • Ley 7554 Ley Orgánica del Ambiente
      • Tratados Internacionales 8219 Aprobación del Protocolo de Kyoto de la Convención Marco de las Naciones
      • Ley 8839 Ley para la Gestión Integral de Residuos
      • Decreto Ejecutivo 38933 Criterios ambientales establecidos en la Ley para la Gestión Integral de

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