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Reglamento municipal 12-B · 07/04/2016

Official Map Regulation of the Integrated Regulatory Plan Acantilados al Norte de Playa El Jobo-Punta ManzanilloReglamento de Mapa Oficial del Plan Regulador Integral Acantilados al Norte de Playa El Jobo-Punta Manzanillo

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OutcomeResultado

In forceNorma vigente

SummaryResumen

This municipal regulation for the canton of La Cruz establishes the official map of public roads within the Integrated Regulatory Plan Acantilados al Norte de Playa El Jobo-Punta Manzanillo. Since the area lacks consolidated communities, the only communal uses it regulates are access roads. It defines the Proposed Road Zone (ZVI), covering 26,710 m² including road surface, sidewalks, and drainage systems. Once the regulation is approved, these lands automatically become municipal property as part of the cantonal road network, without the need for registration, in accordance with Article 44 of the Urban Planning Law. The regulation is based on Article 42 of that law and adopts definitions from the General Public Roads Law. Its purpose is to organize road infrastructure for coastal tourism development, with prior approval from the ICT and INVU.Este reglamento municipal para el cantón de La Cruz establece el mapa oficial de las vías públicas dentro del Plan Regulador Integral Acantilados al Norte de Playa El Jobo-Punta Manzanillo. Dado que el área no contiene comunidades consolidadas, los únicos usos comunales que regula son las vías de acceso. Define la Zona Vial Propuesta (ZVI), que abarca 26.710 m² incluyendo superficie de rodamiento, aceras y sistemas de drenaje. Una vez aprobado el reglamento, estos terrenos pasan automáticamente al dominio municipal como parte de la red vial cantonal, sin necesidad de inscripción registral, conforme al artículo 44 de la Ley de Planificación Urbana. El reglamento se fundamenta en el artículo 42 de dicha ley y adopta las definiciones de la Ley General de Caminos Públicos. Su objetivo es ordenar la infraestructura vial para el desarrollo turístico costero, con aprobación previa del ICT y el INVU.

Key excerptExtracto clave

Article 4. Inventory The road infrastructure included in the Regulatory Plan comprises the zone defined as Proposed Road Zone in the proposed zoning maps, covering a total area of 26,710 m², including not only the road surface but also sidewalks, curbs, and drainage systems (ditches, culverts, etc.). Finally, the lands defined as Proposed Road Zone shall automatically become municipal property as part of the cantonal road network once the Zoning Regulation of the Regulatory Plan is officially approved, without the need for registration in the Property Registry. This is in accordance with Article 44 of the Urban Planning Law.Artículo 4. Inventario La infraestructura vial que comprende el Plan Regulador está comprendida por la zona definida como Zona Vial Propuesta en los mapas de zonificación propuesta, la cual comprende un área total de 26.710 m2, incluyendo no sólo la superficie de rodamiento de las calles, sino que también las aceras, cordones de caño y sistemas de drenaje (cunetas, alcantarillas, etc.). Finalmente, los terrenos definidos como Zona Vial Propuesta, pasarán al dominio municipal como parte de la red vial cantonal de manera automática una vez que se apruebe de manera oficial el Reglamento de Zonificación del Plan Regulador, sin necesidad de su inscripción en el Registro de la Propiedad. Esto de acuerdo a lo estipulado por el artículo 44 de la Ley de Planificación Urbana.

Pull quotesCitas destacadas

  • "Los terrenos definidos como Zona Vial Propuesta, pasarán al dominio municipal como parte de la red vial cantonal de manera automática una vez que se apruebe de manera oficial el Reglamento de Zonificación del Plan Regulador, sin necesidad de su inscripción en el Registro de la Propiedad."

    "The lands defined as Proposed Road Zone shall automatically become municipal property as part of the cantonal road network once the Zoning Regulation of the Regulatory Plan is officially approved, without the need for registration in the Property Registry."

    Artículo 4

  • "Los terrenos definidos como Zona Vial Propuesta, pasarán al dominio municipal como parte de la red vial cantonal de manera automática una vez que se apruebe de manera oficial el Reglamento de Zonificación del Plan Regulador, sin necesidad de su inscripción en el Registro de la Propiedad."

    Artículo 4

  • "El Reglamento de Mapa Oficial se refiere, de acuerdo al artículo 42 de la Ley de Planificación Urbana (No. 4042), a las normas sobre reservas, adquisición, uso y conservación de las áreas necesarias para vías, parques, plazas, edificios y demás usos comunales."

    "The Official Map Regulation refers, in accordance with Article 42 of the Urban Planning Law (No. 4042), to the rules on reservation, acquisition, use, and conservation of areas needed for roads, parks, plazas, buildings, and other communal uses."

    Artículo 1

  • "El Reglamento de Mapa Oficial se refiere, de acuerdo al artículo 42 de la Ley de Planificación Urbana (No. 4042), a las normas sobre reservas, adquisición, uso y conservación de las áreas necesarias para vías, parques, plazas, edificios y demás usos comunales."

    Artículo 1

  • "Debido a que no se relaciona a comunidades consolidadas, no existen dentro del área sujeta a planificación áreas de uso comunal como parques, plazas, etc. Por esto, las únicas áreas de uso común lo comprenden las vías públicas que dan acceso a las diferentes zonas de uso del suelo propuesto."

    "Given that it does not involve consolidated communities, there are no communal use areas such as parks, plazas, etc. within the planning area. Therefore, the only common use areas are the public roads providing access to the different proposed land use zones."

    Artículo 1

  • "Debido a que no se relaciona a comunidades consolidadas, no existen dentro del área sujeta a planificación áreas de uso comunal como parques, plazas, etc. Por esto, las únicas áreas de uso común lo comprenden las vías públicas que dan acceso a las diferentes zonas de uso del suelo propuesto."

    Artículo 1

Full documentDocumento completo

Articles

in the entirety of the text - Full Text of Regulation 12 Official Map Regulation of the Municipality of the Canton of La Cruz Full Text acta: 10C634 MUNICIPALITY OF LA CRUZ (Note from Sinalevi: On this topic, the Municipality of La Cruz had previously issued the Playa El Jobo Regulatory Plan and the Acantilados Sector Norte Playa El Jobo Regulatory Plan, published in La Gaceta No. 153 of August 10, 2005) FINAL APPROVAL OF THE INTEGRAL REGULATORY PLAN ACANTILADOS AL NORTE DE PLAYA EL JOBO-PUNTA MANZANILLO Considering that the Costa Rican Tourism Institute (ICT) through Regular Board Session No. 5923, article 5, section III, held on March 14, 2016; and the National Institute of Housing and Urbanism (INVU), in its official communication C-UCT-00T-21-03-2016 of April 1, 2016, approved the Integral Regulatory Plan Acantilados al Norte de Playa Jobo-Punta Manzanillo, concluding the institutional approval process established by Law No. 6043 on the Maritime Terrestrial Zone.

Therefore, the Municipal Council of the canton of La Cruz, in article III.10 of Regular Session No. 12-2016 held on April 7, 2016, agreed to adopt the Integral Regulatory Plan Acantilados al Norte de Playa Jobo-Punta Manzanillo, whereby this publication of the maps and Zoning Regulation proceeds for its officialization and entry into force.

OFFICIAL MAP REGULATION

1

4042), to the rules on reserves, acquisition, use, and conservation of areas necessary for roads, parks, plazas, buildings, and other communal uses.

In the case of the Integral Regulatory Plan Acantilados al Norte de Playa El Jobo - Playa Manzanillo, because it does not relate to consolidated communities, there are no areas for communal use such as parks, plazas, etc., within the planning area. For this reason, the only common-use areas comprise the public roads that provide access to the different proposed land-use zones.

It is important to consider that these roads comprise the so-called Zona Vial Propuesta (ZVP), as described in the Zoning Regulation.

Considering the foregoing, this regulation only mentions aspects related to the road infrastructure associated with the Plan.

2

For the purposes of this regulation, the definitions established in the General Law of Public Roads (5060, article 1) and that have some relation to this Regulatory Plan are used.

a. Cantonal Road Network: Its administration corresponds to the municipalities. It shall be constituted by the roads not included by the Ministry of Public Works and Transport within the National Road Network.

b. Local roads: Public roads that provide direct access to farms and other economically rural activities; they connect hamlets and towns with the National Road Network, and are characterized by having low traffic volumes and high proportions of short-distance local trips.

c. Local streets: Public roads included within the quadrant of an urban area, not classified as urban thoroughfares of the National Road Network.

d. Unclassified roads: Public roads not classified within the categories described above, such as bridle paths, trails, footpaths, that provide access to very few users, who shall bear the costs of maintenance and improvement.

3

All regulations and requirements on road infrastructure are defined in the Article of the Zoning Regulation (Zona Vial Propuesta).

4

The road infrastructure comprising the Regulatory Plan is encompassed by the zone defined as Zona Vial Propuesta in the proposed zoning maps, which comprises a total area of 26,710 m², including not only the road surface of the streets, but also the sidewalks, curbs and drainage systems (ditches, culverts, etc.).

Finally, the lands defined as Zona Vial Propuesta shall pass to municipal domain as part of the cantonal road network automatically once the Zoning Regulation of the Regulatory Plan is officially approved, without the need for its registration in the Property Registry. This is in accordance with the provisions of article 44 of the Urban Planning Law.

Artículos

en la totalidad del texto - Texto Completo Norma 12 Reglamento de Mapa Oficial de la Municipalidad del Cantón de La Cruz Texto Completo acta: 10C634 MUNICIPALIDAD DE LA CRUZ (Nota de Sinalevi: Sobre este tema la Municipalidad de La Cruz, había emitido anteriormente el Plan Regulador de Playa El Jobo y Plan Regulador Acantilados Sector Norte Playa El Jobo, y publicado en La Gaceta N° 153 del 10 de agosto de 2005) APROBACION DEFINITIVA DEL PLAN REGULADOR INTEGRAL ACANTILADOS AL NORTE DE PLAYA EL JOBO-PUNTA MANZANILLO Considerando que el Instituto Costarricense de Turismo (ICT) mediante la Sesión Ordinaria de Junta Directiva No. 5923, artículo 5, inciso III , celebrada el día 14 de marzo del 2016; el Instituto Nacional de Vivienda y Urbanismo (INVU), en su oficio C-UCT-00T-21-03-2016 del 01 de abril del 2016, aprobaron el Plan Regulador Integral Acantilados al Norte de Playa Jobo-Punta Manzanillo, dando por finalizado el proceso de aprobación institucional que establece la Ley No. 6043 sobre la Zona Marítimo Terrestre.

Por lo anterior, el Concejo Municipal del cantón de La Cruz, en el artículo III.10 de la Sesión Ordinaria No. 12-2016 celebrada el 7 de abril del 2016, acordó adoptar el Plan Regulador Integral Acantilados al Norte de Playa Jobo-Punta Manzanillo, por lo que se procede a la presente publicación de los mapas y Reglamento de Zonificación para su oficialización y entrada en vigencia.

REGLAMENTO DE MAPA OFICIAL

1

4042), a las normas sobre reservas, adquisición, uso y conservación de las áreas necesarias para vías, parques, plazas, edificios y demás usos comunales.

Para el caso del Plan Regulador Integral Acantilados al Norte de Playa El Jobo - Playa Manzanillo, debido a que no se relaciona a comunidades consolidadas, no existen dentro del área sujeta a planificación áreas de uso comunal como parques, plazas, etc. Por esto, las únicas áreas de uso común lo comprenden las vías públicas que dan acceso a las diferentes zonas de uso del suelo propuesto.

Es importante considerar que estas vías comprenden la denominada Zona Vial Propuesta (ZVI), tal como está descrita en el Reglamento de Zonificación.

Considerando lo anterior, en el presente reglamento únicamente se mencionan los aspectos relacionados con la infraestructura vial asociada al Plan.

2

Para los efectos de este reglamento, se utilizan las definiciones establecidas en la Ley General de Caminos Públicos (5060, artículo 1) y que tienen alguna relación con el presente Plan Regulador.

a. Red Vial Cantonal: Corresponde su administración a las municipalidades. Estará constituida por los caminos, no incluidos por el Ministerio de Obras Públicas y Transportes dentro de la Red Vial Nacional.

b. Caminos vecinales: Caminos públicos que suministren acceso directo a fincas y a otras actividades económicamente rurales; unen caseríos y poblados con la Red vial nacional, y se caracterizan por tener bajos volúmenes de tránsito y altas proporciones de viajes locales de corta distancia.

c. Calles locales: Vías públicas incluidas dentro del cuadrante de un área urbana, no clasificadas como travesías urbanas de la Red Vial Nacional.

d. Caminos no clasificados: Caminos públicos no clasificados dentro de las categorías descritas anteriormente, tales como caminos de herradura, sendas, veredas, que proporcionen acceso a muy pocos usuarios, quienes sufragarán los costos de mantenimiento y mejoramiento.

3

Todas las regulaciones y requisitos sobre la infraestructura vial, se encuentran definidos en el Artículo del Reglamento de Zonificación (Zona Vial Propuesta).

4

La infraestructura vial que comprende el Plan Regulador está comprendida por la zona definida como Zona Vial Propuesta en los mapas de zonificación propuesta, la cual comprende un área total de 26.710 m2, incluyendo no sólo la superficie de rodamiento de las calles, sino que también las aceras, cordones de caño y sistemas de drenaje (cunetas, alcantarillas, etc.).

Finalmente, los terrenos definidos como Zona Vial Propuesta, pasarán al dominio municipal como parte de la red vial cantonal de manera automática una vez que se apruebe de manera oficial el Reglamento de Zonificación del Plan Regulador, sin necesidad de su inscripción en el Registro de la Propiedad. Esto de acuerdo a lo estipulado por el artículo 44 de la Ley de Planificación Urbana.

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Implementing decreesDecretos que afectan

    TopicsTemas

    • Off-topic (non-environmental)Fuera de tema (no ambiental)

    Concept anchorsAnclajes conceptuales

    • Ley 4240 Art. 42
    • Ley 4240 Art. 44
    • Ley 5060 Art. 1
    • Ley 6043

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