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Decreto 39375 · 10/11/2015

First Extension of Maximum Budgetary Expenditure Limit 2015 for the Water DirectoratePrimera ampliación del límite del gasto presupuestario máximo 2015 a la Dirección de Agua

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In forceNorma vigente

SummaryResumen

This executive decree extends the maximum authorized budgetary expenditure limit for the Water Directorate–National Meteorological Institute Special Account during fiscal year 2015. The extension amounts to ₡867,051,440.33 and is funded from the institution's specific surplus, which originates from the environmental discharge levy and water use fees. The decree authorizes the use of these funds for the construction of the Research and Training Center for Sanitation Technologies, including wastewater conveyance and treatment works. It is grounded in the Financial Administration and Public Budgets Law, the 2015 budget policy directives issued by the Budgetary Authority, and the guideline for applying Article 6 of that law, which permits the use of specific surplus for the purposes established in the applicable legal provisions. Responsibility for compliance with these regulations lies with the active administration of the Water Directorate. The decree takes effect upon publication in the official gazette.Este decreto ejecutivo amplía el límite del gasto presupuestario máximo autorizado para la Dirección de Agua–Cuenta Especial Instituto Meteorológico Nacional durante el año 2015. La ampliación asciende a ₡867,051,440.33 y se financia con recursos del superávit específico de la institución, provenientes del canon ambiental por vertidos y el aprovechamiento del agua. El decreto autoriza el uso de esos fondos para la construcción del Centro de Investigación y Formación en Tecnologías de Saneamiento, incluyendo obras de conducción y tratamiento de aguas residuales. Se fundamenta en la Ley de Administración Financiera de la República y Presupuestos Públicos, en las directrices de política presupuestaria para el año 2015 emitidas por la Autoridad Presupuestaria, y en el lineamiento para la aplicación del artículo 6 de esa ley, que permite la utilización del superávit específico para los fines establecidos en las disposiciones legales correspondientes. La responsabilidad del cumplimiento de dichas normas recae en la administración activa de la Dirección de Agua. El decreto rige a partir de su publicación en el diario oficial La Gaceta.

Key excerptExtracto clave

Considering: 1º-That the Water Directorate was created by Article 177 of Law No. 276, the Water Law, published in Official Gazette No. 190 of August 28, 1942 and its amendments. 2º-That Transitory Provision V of Law No. 7593, published in Official Gazette No. 169 of September 5, 1996 and its amendments, amended Law No. 276 and transferred the Water Department of the National Electricity Service, including its personnel, assets, and functions, to the Ministry of Environment and Energy; providing that the transfer would take effect within a maximum period of one year after the entry into force of that law, for the purpose of facilitating the pertinent budgetary and other adjustments. 3º-That Article 40 of Executive Decree No. 35669-MINAET and its amendments, published in Official Gazette No. 3 of January 6, 2010, ordered the creation of the Water Directorate under the legal nature of the Water Department in accordance with Article 177 of the aforementioned Water Law.Considerando: 1º-Que la Dirección de Agua fue creada en el artículo 177 de la Ley N° 276, Ley de Aguas, publicada en La Gaceta N° 190 de 28 de agosto de 1942 y sus reformas. 2º-Que el Transitorio V de la Ley N° 7593, publicada en La Gaceta N° 169 de 5 de setiembre de 1996 y sus reformas, reformó la Ley N° 276 y trasladó el Departamento de Aguas del Servicio Nacional de Electricidad, incluyendo su personal, activos y funciones, al Ministerio del Ambiente y Energía; disponiendo que el traslado se haría efectivo dentro del plazo máximo de un año después de entrar en vigencia esa ley, con el propósito de facilitar los ajustes presupuestarios y de otra naturaleza que fueran pertinentes. 3º-Que el artículo 40 del Decreto Ejecutivo N° 35669-MINAET y sus reformas, publicado en La Gaceta N° 3 de 6 de enero de 2010, dispuso la creación de la Dirección de Agua amparada a la naturaleza jurídica del Departamento de Aguas de conformidad con el artículo 177 de la mencionada Ley de Aguas.

Pull quotesCitas destacadas

  • "Amplíese para la Dirección de Agua-Cuenta Especial Instituto Meteorológico Nacional, el gasto presupuestario máximo para el año 2015, establecido de conformidad con el Decreto Ejecutivo N° 38279-H y sus reformas, publicado en La Gaceta N° 61 de 27 de marzo de 2014, en la suma de ¢867.051.440,33 (ochocientos sesenta y siete millones cincuenta y un mil cuatrocientos cuarenta colones con treinta y tres céntimos)."

    "The maximum budgetary expenditure for the year 2015, established in accordance with Executive Decree No. 38279-H and its amendments, published in Official Gazette No. 61 of March 27, 2014, is hereby increased for the Water Directorate–National Meteorological Institute Special Account in the amount of ₡867,051,440.33 (eight hundred sixty-seven million fifty-one thousand four hundred forty colones and thirty-three céntimos)."

    Artículo 1

  • "Amplíese para la Dirección de Agua-Cuenta Especial Instituto Meteorológico Nacional, el gasto presupuestario máximo para el año 2015, establecido de conformidad con el Decreto Ejecutivo N° 38279-H y sus reformas, publicado en La Gaceta N° 61 de 27 de marzo de 2014, en la suma de ¢867.051.440,33 (ochocientos sesenta y siete millones cincuenta y un mil cuatrocientos cuarenta colones con treinta y tres céntimos)."

    Artículo 1

  • "Es responsabilidad de la administración activa de la Dirección de Agua-Cuenta Especial Instituto Meteorológico Nacional, el cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 6° de la Ley N° 8131, Ley de la Administración Financiera de la República y Presupuestos Públicos..."

    "It is the responsibility of the active administration of the Water Directorate–National Meteorological Institute Special Account to comply with the provisions of Article 6 of Law No. 8131, the Financial Administration and Public Budgets Law..."

    Artículo 2

  • "Es responsabilidad de la administración activa de la Dirección de Agua-Cuenta Especial Instituto Meteorológico Nacional, el cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 6° de la Ley N° 8131, Ley de la Administración Financiera de la República y Presupuestos Públicos..."

    Artículo 2

Full documentDocumento completo

Articles

in the entirety of the text - Complete Text of Norm 39375 First expansion of the maximum budget expenditure limit for the year 2015 to the Dirección de Agua-Cuenta Especial Instituto Meteorológico Nacional Complete Text of record: 109761 N° 39375-H THE PRESIDENT OF THE REPUBLIC AND THE MINISTER OF FINANCE Based on articles 140 subsections 3) and 18) and 146 of the Political Constitution; articles 25 subsection 1), 27 subsection 1), and 28 subsection 2) paragraph b) of Law N° 6227, General Law of Public Administration of May 2, 1978, and its amendments; Law N° 8131, Law of Financial Administration of the Republic and Public Budgets of September 18, 2001, and its amendments; its Regulations, Decreto Ejecutivo N° 32988-H-MP-PLAN of January 31, 2006, and its amendments; Law N° 276, Water Law of August 27, 1942, and its amendments; Law N° 7593, Law of the Regulatory Authority for Public Services of August 9, 1996, and its amendments; Decreto Ejecutivo N° 35669-MINAET and its amendments of December 4, 2009; Decreto Ejecutivo N° 32452-H of June 29, 2005, and its amendments; Decreto Ejecutivo N° 38279-H, General Budget Policy Guidelines for Public Entities, Ministries, and other Bodies, as applicable, covered by the scope of the Budget Authority for the year 2015, of March 7, 2014, and its amendments.

  1. 1That the Dirección de Agua was created in article 177 of Law N° 276, Water Law, published in La Gaceta N° 190 of August 28, 1942, and its amendments.
  2. 2That Transitory Provision V of Law N° 7593, published in La Gaceta N° 169 of September 5, 1996, and its amendments, amended Law N° 276 and transferred the Department of Waters of the National Electricity Service, including its personnel, assets, and functions, to the Ministry of Environment and Energy; providing that the transfer would take effect within a maximum period of one year after that law entered into force, for the purpose of facilitating the relevant budget adjustments and other adjustments of any other nature.
  3. 3That article 40 of Decreto Ejecutivo N° 35669-MINAET and its amendments, published in La Gaceta N° 3 of January 6, 2010, provided for the creation of the Dirección de Agua under the legal nature of the Department of Waters in accordance with article 177 of the aforementioned Water Law.
  4. 4That through official communication DA-1522-2015 of August 31, 2015, the Vice Minister of Water, Seas, Coasts, and Wetlands and the Director of Water requested an increase to the maximum budget expenditure for the year 2015 of the Dirección de Agua -Cuenta Especial Instituto Meteorológico Nacional- in the total amount of ¢867,051,440.33 (eight hundred sixty-seven million fifty-one thousand four hundred forty colones and thirty-three céntimos) with resources from the specific surplus, for the construction project "Centro de Investigación y Formación en Tecnologías de Saneamiento."
  5. 5That it is appropriate to expand, through Decreto Ejecutivo, the sum of ¢867,051,440.33 (eight hundred sixty-seven million fifty-one thousand four hundred forty colones and thirty-three céntimos), which are resources from the specific surplus of said institution, originating from the environmental discharge levy (canon ambiental por vertidos) and the Water Use levy.
  6. 6That through the cited Decreto Ejecutivo N° 38279-H, published in La Gaceta N° 61 of March 27, 2014, and its amendments, the General Budget Policy Guidelines for Public Entities, Ministries, and other Bodies, as applicable, covered by the scope of the Budget Authority for the year 2015 were issued, establishing in article 2 the maximum percentage by which the budget expenditure of public entities, ministries, and other bodies could be increased with respect to that of the preceding year. In accordance with said provision, the maximum budget expenditure amount for the year 2015 resulting for the Dirección was established in the sum of ¢1,775,926,577.14 (one billion seven hundred seventy-five million nine hundred twenty-six thousand five hundred seventy-seven colones and fourteen céntimos), which was communicated through official communication STAP-1218-2015 of June 24, 2015, a figure that does not include the expenditure previously indicated in this Decree, for carrying out conveyance works, wastewater treatment, and construction of the "Centro de Investigación y Formación en Tecnologías de Saneamiento."
  7. 7That through Decreto Ejecutivo N° 32452-H, published in La Gaceta N° 130 of July 6, 2005, and its amendments, the "Guideline for the application of article 6 of Law N° 8131, Law of Financial Administration of the Republic and Public Budgets, and the regulation of the class of Public Sector revenues called Financing" is issued.
  8. 8That in relation to the specific surplus, section 9 of the referred Decreto Ejecutivo N° 32452-H allows its use for the payment of expenses defined in the purposes established in the special or legal provisions applicable to such resources.
  9. 9That due to the foregoing, it is necessary to expand the maximum budget expenditure set for the Dirección de Agua for the year 2015, increasing it by the sum of ¢867,051,440.33 (eight hundred sixty-seven million fifty-one thousand four hundred forty colones and thirty-three céntimos). Therefore;

They decree:

FIRST EXPANSION OF THE MAXIMUM BUDGET TO THE DIRECCIÓN DE AGUA-CUENTA ESPECIAL INSTITUTO METEOROLÓGICO NACIONAL

Considering:

1
2
3

Given at the Presidency of the Republic, on the tenth day of the month of November of the year two thousand fifteen.

Artículos

en la totalidad del texto - Texto Completo Norma 39375 Primera ampliación del límite del gasto presupuestario máximo para el año 2015 a la Dirección de Agua-Cuenta Especial Instituto Meteorológico Nacional Texto Completo acta: 109761 N° 39375-H EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA Y EL MINISTRO DE HACIENDA text-indent:24.0pt'>Con fundamento en los artículos 140 incisos 3) y 18) y 146 de la Constitución Política; los artículos 25 inciso 1), 27 inciso 1) y 28 inciso 2) acápite b) de la Ley N° 6227, Ley General de la Administración Pública de 2 de mayo de 1978 y sus reformas; la Ley N° 8131, Ley de la Administración Financiera de la República y Presupuestos Públicos de 18 de setiembre de 2001 y sus reformas; su Reglamento, el Decreto Ejecutivo N° 32988-H-MP-PLAN de 31 de enero de 2006 y sus reformas; la Ley N° 276, Ley de Aguas de 27 de agosto de 1942 y sus reformas; la Ley N° 7593, Ley de la Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos de 9 de agosto de 1996 y sus reformas; el Decreto Ejecutivo N° 35669-MINAET y sus reformas de 04 de diciembre de 2009; el Decreto Ejecutivo N° 32452-H de 29 de junio de 2005 y sus reformas, el Decreto Ejecutivo N° 38279-H, Directrices Generales de Política Presupuestaria para las Entidades Públicas, Ministerios y demás Órganos, según corresponde, cubiertos por el ámbito de la Autoridad Presupuestaria para el año 2015, de 7 de marzo de 2014 y sus reformas.

text-indent:35.4pt'>1º-Que la Dirección de Agua fue creada en el artículo 177 de la Ley N° 276, Ley de Aguas, publicada en La Gaceta N° 190 de 28 de agosto de 1942 y sus reformas.

  1. 2Que el Transitorio V de la Ley N° 7593, publicada en La Gaceta N° 169 de 5 de setiembre de 1996 y sus reformas, reformó la Ley N° 276 y trasladó el Departamento de Aguas del Servicio Nacional de Electricidad, incluyendo su personal, activos y funciones, al Ministerio del Ambiente y Energía; disponiendo que el traslado se haría efectivo dentro del plazo máximo de un año después de entrar en vigencia esa ley, con el propósito de facilitar los ajustes presupuestarios y de otra naturaleza que fueran pertinentes.
  2. 3Que el artículo 40 del Decreto Ejecutivo N° 35669-MINAET y sus reformas, publicado en La Gaceta N° 3 de 6 de enero de 2010, dispuso la creación de la Dirección de Agua amparada a la naturaleza jurídica del Departamento de Aguas de conformidad con el artículo 177 de la mencionada Ley de Aguas.
  3. 4Que mediante el oficio DA-1522-2015 de 31 de agosto de 2015, el Viceministro de Aguas, Mares, Costas y Humedales y el Director de Agua, solicitaron incrementar el gasto presupuestario máximo para el año 2015 de la Dirección de Agua -Cuenta Especial Instituto Meteorológico Nacional- por un monto total de ¢867.051.440,33 (ochocientos sesenta y siete millones cincuenta y un mil cuatrocientos cuarenta colones con treinta y tres céntimos) con recursos del superávit específico, para el proyecto de constricción "Centró de Investigación y Formación en Tecnologías de Saneamiento".
  4. 5Que corresponde ampliar por la vía del Decreto Ejecutivo, la suma de ¢867.051.440,33 (ochocientos sesenta y siete millones cincuenta y un mil cuatrocientos cuarenta colones con treinta y tres céntimos), que son recursos del superávit específico de dicha institución, provenientes del canon ambiental por vertidos y el Aprovechamiento del Agua.
  5. 6Que mediante el citado Decreto Ejecutivo N° 38279-H, publicado en La Gaceta N° 61 de 27 de marzo de 2014 y sus reformas, se emitieron las Directrices Generales de Política Presupuestaria para las Entidades Públicas, Ministerios y demás Órganos, según corresponda, cubiertos por el ámbito de la Autoridad Presupuestaria para el año 2015, estableciéndose en el artículo 2°, el porcentaje máximo en que podría incrementarse el gasto presupuestario de las entidades públicas, ministerios y demás órganos, con respecto al del año precedente. En correspondencia con dicha disposición, el monto de gasto presupuestario máximo para el año 2015 resultante para la Dirección, fue establecido en la suma de ¢1.775.926.577,14 (mil setecientos setenta y cinco millones novecientos veintiséis mil quinientos setenta y siete colones con catorce céntimos), el cual fue comunicado por medio del oficio STAP-1218-2015 del 24 de junio del 2015, cifra que no contempla el gasto indicado previamente en este Decreto, para realizar obras de conducción, tratamiento de aguas residuales y construcción del "Centro de Investigación y Formación en Tecnologías de Saneamiento".
  6. 7Que mediante el Decreto Ejecutivo N° 32452-H, publicado en La Gaceta N° 130 de 6 de julio de 2005 y sus reformas, se emite el "Lineamiento para la aplicación del artículo 6 de la Ley N° 8131, Ley de la Administración Financiera de la República y Presupuestos Públicos y la regulación de la clase de ingresos del Sector Público denominada Financiamiento".
  7. 8Que en relación con el superávit específico, el numeral 9° del referido Decreto Ejecutivo N° 32452-H, posibilita la utilización de éste, para el pago de gastos definidos en los fines establecidos en las disposiciones especiales o legales aplicables a tales recursos.
  8. 9Que por lo anterior, resulta necesario ampliar el gasto presupuestario máximo fijado a la Dirección de Agua para el año 2015, incrementándolo en la suma de ¢867.051.440,33 (ochocientos sesenta y siete millones cincuenta y un mil cuatrocientos cuarenta colones con treinta y tres céntimos). Por tanto;

text-align:center'>PRIMERA AMPLIACIÓN DE LÍMITE DEL GASTO PRESUPUESTARIO MÁXIMO PARA EL AÑO 2015 A LA DIRECCIÓN DE AGUA-CUENTA ESPECIAL INSTITUTO METEOROLÓGICO NACIONAL text-indent:24.0pt'>Artículo 1°-Amplíese para la Dirección de Agua-Cuenta Especial Instituto Meteorológico Nacional, el gasto presupuestario máximo para el año 2015, establecido de conformidad con el Decreto Ejecutivo N° 38279-H y sus reformas, publicado en La Gaceta N° 61 de 27 de marzo de 2014, en la suma de ¢867.051.440,33 (ochocientos sesenta y siete millones cincuenta y un mil cuatrocientos cuarenta colones con treinta y tres céntimos).

Considerando:

Decretan:

2
3

Dado en la Presidencia de la República, a los diez días del mes de noviembre del año dos mil quince.

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Implementing decreesDecretos que afectan

    TopicsTemas

    • Off-topic (non-environmental)Fuera de tema (no ambiental)

    Concept anchorsAnclajes conceptuales

    • Ley de Aguas N° 276 Art. 177
    • Ley de la Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos N° 7593 Transitorio V
    • Decreto Ejecutivo N° 35669-MINAET Art. 40
    • Ley de la Administración Financiera de la República y Presupuestos Públicos N° 8131 Art. 6
    • Decreto Ejecutivo N° 32452-H Numeral 9

    Spanish key termsTérminos clave en español

    Article 1

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    Artículo 1

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