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Reglamento municipal 0 (Municipalidad de La Cruz, 01/12/2015) · 01/12/2015

Regulation for the collection of the park and green area maintenance fee in the canton of La CruzReglamento para el cobro de la tasa por mantenimiento de parques y zonas verdes del cantón de La Cruz

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OutcomeResultado

In forceNorma vigente

SummaryResumen

This municipal regulation from the Municipality of La Cruz, issued in 2015, establishes the legal framework for collecting a fee for park and green area maintenance services in the districts where the service is provided. It is based on Article 74 of the Municipal Code and defines the purpose, operational definitions (park or green area, maintenance), the liable parties (all property owners in the serviced districts, regardless of their interest in the service), and the calculation and collection procedure. The fee is determined based on the effective cost of the service, distributed proportionally among taxpayers according to property value, and is charged quarterly along with other tax obligations. It also sets forth civic duties of conservation, the obligation to report damages, and the application of Article 1045 of the Civil Code to sanction those who cause deterioration. The rate approved by the Municipal Council must be published in the official gazette La Gaceta and becomes effective 30 days later.Este reglamento municipal de la Municipalidad de La Cruz, emitido en 2015, establece el marco normativo para el cobro de una tasa por el servicio de mantenimiento de parques y zonas verdes en los distritos donde se preste dicho servicio. Se fundamenta en el artículo 74 del Código Municipal y define el objeto, las definiciones operativas (parque o zona verde, mantenimiento), los sujetos pasivos (todos los propietarios de inmuebles en los distritos servidos, independientemente de su interés en el servicio) y el procedimiento de cálculo y cobro. La tasa se determina con base en el costo efectivo del servicio, distribuido proporcionalmente entre los contribuyentes según el valor de la propiedad, y se cobra trimestralmente junto con otras obligaciones tributarias. También establece deberes ciudadanos de conservación, la obligación de denunciar daños y la aplicación del artículo 1045 del Código Civil para sancionar a quienes causen deterioros. La tarifa aprobada por el Concejo Municipal debe publicarse en La Gaceta y rige 30 días después.

Key excerptExtracto clave

Article 4: Any person who is the owner of a property located in the districts where the service referred to in this Regulation is provided is the passive subject of this fee, even if the owner shows no interest in the service. Article 8: The Municipality shall charge a fee for park maintenance to all property owners in the districts of its jurisdiction where the service is provided, even if the owner shows no interest in the service. Article 10: This fee shall be paid by the passive subject referred to in this Regulation, according to the percentage determined through a technical financial study; such amount shall be charged proportionally among the taxpayers of the district, according to the value of the property.Artículo 4º-Es sujeto pasivo de esta tasa todo aquel que sea propietario de un inmueble ubicado en los distritos en los que se preste el servicio al que se refiere este Reglamento, aunque el propietario no demuestre interés en el servicio. Artículo 8º-La Municipalidad, cobrará una tasa por concepto de mantenimiento de parques, a todos los propietarios de inmuebles ubicados en los distritos de su jurisdicción en el que se preste el servicio, aun cuando el propietario no demuestre interés en el servicio. Artículo 10.-Esta tasa deberá pagarla el sujeto pasivo a que se refiere este Reglamento, según el % determinado mediante estudio técnico financiero; tal suma se cobrará proporcionalmente entre los contribuyentes del distrito, según el valor de la propiedad.

Pull quotesCitas destacadas

  • "Artículo 3º-El servicio de mantenimiento de parques considera el costo efectivo de lo invertido por la Municipalidad el cuál se distribuye de acuerdo con el valor de las propiedades ubicadas dentro de los distritos en que se preste el servicio."

    "Article 3: The park maintenance service considers the effective cost of what is invested by the Municipality, which is distributed according to the value of the properties located within the districts where the service is provided."

    Capítulo I, Disposiciones generales

  • "Artículo 3º-El servicio de mantenimiento de parques considera el costo efectivo de lo invertido por la Municipalidad el cuál se distribuye de acuerdo con el valor de las propiedades ubicadas dentro de los distritos en que se preste el servicio."

    Capítulo I, Disposiciones generales

  • "Artículo 7º-Derecho y deber ciudadano. Todos los ciudadanos tienen derecho al uso y disfrute de los parques y espacios públicos, de acuerdo a su naturaleza y respetando el destino para el que se hayan designado..."

    "Article 7: Citizen's right and duty. All citizens have the right to use and enjoy parks and public spaces, in accordance with their nature and respecting the purpose for which they have been designated..."

    Capítulo I, Disposiciones generales

  • "Artículo 7º-Derecho y deber ciudadano. Todos los ciudadanos tienen derecho al uso y disfrute de los parques y espacios públicos, de acuerdo a su naturaleza y respetando el destino para el que se hayan designado..."

    Capítulo I, Disposiciones generales

Full documentDocumento completo

Articles

throughout the entire text - Complete Text Standard 0 Regulation for the collection of the rate for the concept of maintenance of parks and green areas in the Districts where the service is provided in the jurisdiction of the Cantón of La Cruz Complete Text acta: 1089C9 MUNICIPALITY OF LA CRUZ REGULATION FOR THE COLLECTION OF THE RATE FOR THE CONCEPT OF MAINTENANCE OF PARKS AND GREEN AREAS IN THE DISTRICTS WHERE THE SERVICE IS PROVIDED IN THE JURISDICTION OF THE CANTÓN OF LA CRUZ

General Provisions

CHAPTER I

1

The purpose of this regulation is to develop the maintenance service of parks and green areas (zonas verdes) in the cantón of La Cruz, in order to maintain cleanliness and proper upkeep. The purpose of this regulation is to regulate the collection of the corresponding rate, in accordance with Article 74 of Law No. 7794, the Municipal Code.

2

For the purposes of this regulation, the following shall be understood as:

Municipality: Municipality of La Cruz.

Maintenance: all technical and artisanal activity, as well as the financial cost incurred by the Municipality, through its various departments, for the upkeep of the parks located in the districts of its jurisdiction where the service is provided.

Park or green area: any public-domain real estate serving as a recreation and leisure area for citizens and that has or is subject to having public services and urban amenities, such as telephone service, drinking water, benches, children's playgrounds, among others. These sites are freely accessible to all inhabitants of the country, who, when using them, have the obligation to keep them in the best possible condition. Within these sites, the following shall not occur:

  • a)Destroying the lawns, bushes, or trees planted therein.
  • b)Destroying the ornamental works placed therein.
3

Its calculation is governed in accordance with the model established in Article 74 of the Municipal Code.

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All citizens have the right to the use and enjoyment of parks and public spaces, according to their nature and respecting the purpose for which they have been designated and in accordance with the provisions of this regulation and other applicable regulations.

Of the Procedure for Collection

CHAPTER II

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Final Provisions

CHAPTER III

15

Any damage to park facilities caused by improper use must be reported to the local authorities so that those responsible pay the costs of repair or replacement.

16

Anyone who causes damage to the parks or green areas of the cantón of La Cruz shall be subject to the provisions of Article 1045 of the Civil Code.

17

The tariff or rate for the park and green area maintenance service, once approved by the Municipal Council, must be published in the official gazette La Gaceta and shall take effect 30 days after its publication.

Artículos

en la totalidad del texto - Texto Completo Norma 0 Reglamento para el cobro de la tasa por concepto de mantenimiento de parques y zonas verdes en los Distritos donde se preste el servicio en la jurisdicción del Cantón de La Cruz Texto Completo acta: 1089C9 MUNICIPALIDAD DE LA CRUZ REGLAMENTO PARA EL COBRO DE LA TASA POR CONCEPTO DE MANTENIMIENTO DE PARQUES Y ZONAS VERDES EN LOS DISTRITOS EN DONDE SE PRESTE EL SERVICIO EN LA JURISDICCIÓN DEL CANTÓN DE LA CRUZ

CAPÍTULO I

Disposiciones generales

1

El presente reglamento tiene por objeto desarrollar el servicio de mantenimiento de parques y zonas verdes en el cantón de La Cruz, con el fin de mantener el aseo y el mantenimiento adecuado. El presente reglamento tiene como objeto regular el cobro de la tasa correspondiente, de conformidad con el artículo 74 de la Ley Nº 7794 Código Municipal.

2

Para efectos de este reglamento, se entenderá por:

Municipalidad: Municipalidad de La Cruz.

Mantenimiento: toda aquella actividad técnica y artesanal, así como el costo financiero que realiza la Municipalidad, a través de sus distintas dependencias para la atención de los parques ubicados en los distritos de su jurisdicción en donde se preste el servicio.

Parque o zona verde: todo aquel bien inmueble de dominio público que sirva como área de recreo y esparcimiento para la ciudadanía y que cuenta o es sujeto de tener servicios públicos y facilidades urbanísticas, tales como telefonía, agua potable, bancas, juegos infantiles, entre otros. Estos sitios, son de libre acceso a todos los habitantes del país, los que al usarlos tienen la obligación de conservarlos en el mejor estado posible. Dentro de estos sitios no se deberá:

  • a)Destruir los prados, arbustos o árboles que están en ellos plantados.
  • b)Destruir las obras de ornato que en estos estén colocadas.
3

Su cálculo se rige de conformidad con el modelo establecido en el artículo 74 del Código Municipal.

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7

Todos los ciudadanos tienen derecho al uso y disfrute de los parques y espacios públicos, de acuerdo a su naturaleza y respetando el destino para el que se hayan designado y de acuerdo a lo estableció en el presente reglamento y demás normativa aplicable.

Del procedimiento para el cobro

CAPÍTULO II

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14

CAPÍTULO III

Disposiciones finales

15

Todo daño en las instalaciones de los parques ocasionados por un mal uso, deberá ser denunciado ante las autoridades locales para que los responsables paguen los costos de reparación o sustitución.

16

A quien produzca daños a los parques o zonas verdes del cantón de La Cruz se le aplicará lo dispuesto en el artículo 1045 del Código Civil.

17

La tarifa o tasa por el servicio de mantenimiento de parques y zonas verdes, una vez aprobada por el Concejo Municipal, deberá ser publicada en el diario oficial La Gaceta y empezará a regir 30 días después de su publicación.

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Implementing decreesDecretos que afectan

    TopicsTemas

    • Off-topic (non-environmental)Fuera de tema (no ambiental)

    Concept anchorsAnclajes conceptuales

    • Código Municipal Art. 74
    • Código Municipal Art. 70

    Spanish key termsTérminos clave en español

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