En el caso que nos ocupa, ocurre que los Estudios de Impacto Ambiental necesarios para la aprobación de las licencias ambientales de esas hidroeléctricas contemplan solo la afectación puntual de la represa, sin que exista al día de hoy un estudio del impacto socioambiental acumulativo de las represas existentes. Por lo tanto, ante la carencia de estudios que determinen los impactos acumulativos, tampoco existen para las zonas afectadas, índices de fragilidad ambiental que permitan planificar adecuadamente la instalación de represas.
A partir de lo anterior, en aplicación del principio precautorio en materia ambiental, ante la inexistencia de certeza sobre la afectación real acumulada de los proyectos hidroeléctricos y en aplicación de las potestades municipales de ordenamiento territorial, este Concejo considera necesario hacer un alto provisional en la construcción de represas hidroeléctricas, hasta tanto no existan los estudios necesarios para determinar si es ambientalmente sostenible la construcción de más proyectos hidroeléctricos en el cantón de Upala. Por tanto; 1. Declárese una moratoria de cinco años al otorgamiento de permisos, autorizaciones municipales y certificados de uso conforme para la construcción e instalación de represas hidroeléctricas en el cantón de Upala.
2. A partir de este momento deberá la Administración, a través de la Unidad de Gestión Ambiental, realizar las coordinaciones con las entidades competentes y demás interesados, con el fin de llevar a cabo los estudios necesarios que permitan determinar el impacto socioambiental acumulado de las represas hidroeléctricas existentes, de manera que permita definir si es ambientalmente sostenible la instalación de más represas.
3. Los derechos adquiridos de buena fe por los actuales proyectos hidroeléctricos, conferidos por esta Municipalidad, serán respetados.
La Presidencia; una vez discutida la moción la somete a votación obteniendo el siguiente resultado; la Regidora Campos Cruz, los Regidores Barrantes Alvarado, Carrillo Alfaro y Segura Torres, votan positivamente su aprobación, la Regidora Espinoza Chavarría, manifiesta que su voto es nulo por cuando estaba a favor de que la moción primero se sometiera al trámite de comisión.
Por lo tanto y de acuerdo al resultado de la votación el Concejo Municipal acuerda en firme la aprobación de dicha moción, misma que acuerda dispensarla del trámite de comisión.
Se autoriza al Alcalde Municipal publicarla en el diario oficial La Gaceta.
(Nota de Sinalevi: La Municipalidad de Upala mediante acta N° 225-2020, acordó lo siguiente: "Considerando: con base en el artículo 44 y 45 del Código Municipal, y considerando que el próximo 09 de marzo del 2020, se vence la moratoria sobre la construcción de hidroeléctricas en nuestro cantón de Upala, ratificamos las razones por las que se tomó dicho acuerdo de moratoria.
Por lo tanto: con el respaldo de distintos representantes de sectores de la sociedad, para que se prorrogue por 5 (cinco) años más a partir de su vencimiento.") Rige a partir de su publicación.