1
← Environmental Law Center← Centro de Derecho Ambiental
Decreto 37827 · 03/07/2013
OutcomeResultado
SummaryResumen
Executive Decree No. 37827-MINAE, issued by the President of the Republic and the Minister of Environment and Energy, declares July 4 of each year as the "National Wild Feline Day". The norm is based on the Wildlife Conservation Law (No. 7317), the Biodiversity Law (No. 7788), and the reform to the Wildlife Conservation Law (No. 9106). The recitals highlight that the six wild feline species present in Costa Rica —jaguar, puma, ocelot, margay, jaguarundi, and oncilla— are in danger of extinction, and that their conservation is vital for ecological processes and ecosystem balance. The decree aims to raise public awareness and promote support from the government, NGOs, academia, civil society, and private enterprise for the preservation of these species and their habitat. It establishes that commemorative acts will be held each July 4, coordinated by the Wildlife Directorate of the National System of Conservation Areas (SINAC). It takes effect upon publication in La Gaceta.El Decreto Ejecutivo N° 37827-MINAE, emitido por la Presidenta de la República y el Ministro de Ambiente y Energía, declara el 4 de julio de cada año como el "Día Nacional del Felino Silvestre". La norma se fundamenta en la Ley de Conservación de la Vida Silvestre (N° 7317), la Ley de Biodiversidad (N° 7788) y la reforma a la Ley de Conservación de la Vida Silvestre (N° 9106). Los considerandos destacan que las seis especies de felinos silvestres presentes en Costa Rica —jaguar, puma, manigordo, tigrillo, caucel y yaguarundí— se encuentran en peligro de extinción, y que su conservación es vital para los procesos ecológicos y el equilibrio del ecosistema. El decreto busca crear conciencia ciudadana y promover el apoyo gubernamental, de organizaciones no gubernamentales, la academia, la sociedad civil y la empresa privada para la preservación de estas especies y su hábitat. Establece que cada 4 de julio se realizarán actos conmemorativos coordinados por la Dirección de Vida Silvestre del Sistema Nacional de Áreas de Conservación (SINAC). Rige a partir de su publicación en La Gaceta.
Key excerptExtracto clave
Article 1: Declare July 4 of each year as the National Wild Feline Day. Article 2: On July 4 of each year, commemorative acts alluding to wild felines shall be held, in coordination with the Wildlife Directorate of the National System of Conservation Areas. Article 3: It shall take effect upon its publication in the Official Gazette La Gaceta.Artículo 1º-Declárese el día 4 de julio de cada año como el Día Nacional del Felino Silvestre. Artículo 2º-El 4 de julio de cada año, se realizarán actos conmemorativos alusivos al felino silvestre, en coordinación con la Dirección de Vida Silvestre del Sistema Nacional de Áreas de Conservación. Artículo 3º-Rige a partir de su publicación en el Diario Oficial La Gaceta.
Pull quotesCitas destacadas
"I.-Que la conservación y manejo de la vida silvestre es una necesidad país, ya que contribuye a salvaguardar los procesos ecológicos vitales, aportando importantes beneficios económicos, educativos, culturales, científicos y recreativos tanto a las actuales como a las futuras generaciones."
"I.-That the conservation and management of wildlife is a national necessity, as it contributes to safeguarding vital ecological processes, providing important economic, educational, cultural, scientific, and recreational benefits to both current and future generations."
Considerando I
"I.-Que la conservación y manejo de la vida silvestre es una necesidad país, ya que contribuye a salvaguardar los procesos ecológicos vitales, aportando importantes beneficios económicos, educativos, culturales, científicos y recreativos tanto a las actuales como a las futuras generaciones."
Considerando I
"II.-Que las seis especies de felinos silvestres que existen en Costa Rica se encuentran en peligro de extinción. Estas seis especies son jaguar, puma, manigordo, tigrillo, caucel y yaguarundí."
"II.-That the six species of wild felines that exist in Costa Rica are in danger of extinction. These six species are jaguar, puma, ocelot, margay, jaguarundi, and oncilla."
Considerando II
"II.-Que las seis especies de felinos silvestres que existen en Costa Rica se encuentran en peligro de extinción. Estas seis especies son jaguar, puma, manigordo, tigrillo, caucel y yaguarundí."
Considerando II
"Artículo 1º-Declárese el día 4 de julio de cada año como el Día Nacional del Felino Silvestre."
"Article 1: Declare July 4 of each year as the National Wild Feline Day."
Por tanto
"Artículo 1º-Declárese el día 4 de julio de cada año como el Día Nacional del Felino Silvestre."
Por tanto
Full documentDocumento completo
in the entirety of the text - Full Text of Norma 37827 Declares July 4 of Each Year as "National Wild Feline Day" Full Text of record: F1DD1 No. 37827-MINAE THE PRESIDENT OF THE REPUBLIC AND THE MINISTER OF ENVIRONMENT AND ENERGY Pursuant to the powers conferred upon them by subsections 3 and 18 of article 140 and article 146 of the Political Constitution, article 1 of the Wildlife Conservation Law (Ley de Conservación de la Vida Silvestre), No. 7317 of October 30, 1992, article 22 of the Biodiversity Law (Ley de Biodiversidad) No. 7788, of April 30, 1998, and article 1 of the Law Reforming the Wildlife Conservation Law (Ley de Reforma a la Ley de Conservación de la Vida Silvestre) No. 9106, of December 20, 2012.
I.—That the conservation and management of wildlife is a national necessity, since it contributes to safeguarding vital ecological processes, providing significant economic, educational, cultural, scientific, and recreational benefits to both present and future generations.
II.—That the six species of wild felines existing in Costa Rica are endangered. These six species are jaguar, puma, ocelot (manigordo), margay (tigrillo), jaguarundi (caucel), and jaguarundi (yaguarundí).
III.—That it is necessary to raise public awareness and obtain greater support for the preservation of these species and their habitat, through the issuance of policies, programs, initiatives, and concrete actions by the Government, non-governmental organizations, academia, civil society, and the private sector.
IV.—That the citizenry and the Government of the Republic must share efforts in the safeguarding and protection of these species, making it of utmost importance to establish a day nationally, so that reflection may occur regarding their status as endangered species, their ecological function, and the need for their conservation.
V.—That wildlife is intimately linked to the rest of the ecological system in a perfect relationship of balance, and to the extent that this is affected, harm would be caused to the ecosystem of which the human species is also a part. Therefore, They Decree:
DECLARATION OF THE NATIONAL DAY OF THE WILD FELINE
Whereas:
Done at the Presidency of the Republic.—San José, on the third day of the month of July of the year two thousand thirteen.
en la totalidad del texto - Texto Completo Norma 37827 Declara el 4 de julio de cada año "Día Nacional del Felino Silvestre" Texto Completo acta: F1DD1 N° 37827-MINAE LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA Y EL MINISTRO DE AMBIENTE Y ENERGÍA Con fundamento en las facultades que les confieren los incisos 3 y 18 del artículo 140 y el artículo 146 de la Constitución Política, el artículo 1° de la Ley de Conservación de la Vida Silvestre, N° 7317 del 30 de octubre de 1992, el artículo 22 de la Ley de Biodiversidad N° 7788, del 30 de abril de 1998 y el artículo 1° de la Ley de Reforma a la Ley de Conservación de la Vida Silvestre N° 9106, del 20 de diciembre de 2012.
I.-Que la conservación y manejo de la vida silvestre es una necesidad país, ya que contribuye a salvaguardar los procesos ecológicos vitales, aportando importantes beneficios económicos, educativos, culturales, científicos y recreativos tanto a las actuales como a las futuras generaciones.
II.-Que las seis especies de felinos silvestres que existen en Costa Rica se encuentran en peligro de extinción. Estas seis especies son jaguar, puma, manigordo, tigrillo, caucel y yaguarundí.
III.-Que se requiere crear conciencia en la población y obtener un mayor apoyo para la preservación de estas especies y su hábitat, mediante la emisión de políticas, programas, iniciativas y acciones concretas de parte del Gobierno, organizaciones no gubernamentales, academia, sociedad civil y empresa privada.
IV.-Que la ciudadanía y el Gobierno de la República deben compartir esfuerzos en el resguardo y protección de estas especies, por lo que resulta de suma importancia consagrar un día a nivel nacional, a efecto de que se reflexione respecto a su condición de especie en peligro de extinción, su función ecológica y la necesidad de su conservación.
V.-Que la vida silvestre se encuentra íntimamente ligada al resto del sistema ecológico en una perfecta relación de equilibrio, y en la medida que se afecte éste se causaría perjuicio al ecosistema del cual la especie humana también es parte. Por tanto,
DECLARATORIA DEL DÍA NACIONAL DEL FELINO SILVESTRE
Considerando:
Decretan:
Dado en la Presidencia de la República.-San José, a los tres días del mes de julio del año dos mil trece.
Document not found. Documento no encontrado.