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27/04/2012

Prohibition of pineapple-related licenses in PococíPolítica de prohibición de licencias para la actividad piñera en Pococí

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Active lawNorma vigente

The Municipality of Pococí prohibits granting municipal licenses, earth removals, and construction permits for all pineapple-related activities, except for previously granted licenses.La Municipalidad de Pococí prohíbe otorgar licencias municipales, remociones de tierra y licencias constructivas para toda actividad relacionada con la piña, exceptuando las licencias ya concedidas.

SummaryResumen

The Municipal Council of Pococí, through Agreement No. 448 of 2012, establishes a cantonal policy that prohibits the authorization of municipal licenses, earth removals, and construction permits for all activities related to the planting, expansion, industrialization, export, distribution, and domestic marketing of pineapple. The decision is based on Article 50 of the Political Constitution, which guarantees the right to a healthy and ecologically balanced environment, and Article 13 of the Municipal Code. The recitals detail the serious negative impacts of this monoculture: proliferation of pests and flies affecting public health, increased unemployment due to lower labor demand compared to bananas, environmental degradation of soil, water, and biodiversity shown in studies, and a reduction in municipal revenues as pineapple is not taxed. The restriction respects previously granted permits and constitutes an exercise of municipal autonomy to guide cantonal development toward the public interest and environmental protection.El Concejo Municipal de Pococí, mediante Acuerdo Nº 448 de 2012, establece una política cantonal que prohíbe la autorización de licencias municipales, remociones de tierra y licencias constructivas para todas las actividades vinculadas a la siembra, expansión, industrialización, exportación, distribución y comercialización interna de piña. La decisión se fundamenta en el artículo 50 de la Constitución Política, que garantiza el derecho a un ambiente sano y ecológicamente equilibrado, y en el artículo 13 del Código Municipal. Los considerandos exponen los graves impactos negativos de este monocultivo: proliferación de plagas y moscas que afectan la salud pública, aumento del desempleo por la menor demanda de mano de obra en comparación con el banano, degradación ambiental del suelo, agua y biodiversidad evidenciada en estudios, y una reducción de los ingresos municipales al no tributar la piña. La restricción respeta los permisos ya otorgados y constituye un ejercicio de la autonomía municipal para orientar el desarrollo cantonal hacia el interés público y la tutela del ambiente.

Key excerptExtracto clave

From the publication of this agreement in La Gaceta, the Municipality of Pococí will not authorize municipal licenses, earth removals, nor grant construction permits for activities related to the planting, expansion, industrialization, export, distribution, and domestic marketing of pineapple in the canton, without prejudice to licenses granted before the enactment of this policy.A partir de la publicación del presente acuerdo en La Gaceta, la Municipalidad de Pococí no autorizará licencias municipales, remociones de tierra, ni otorgará licencias constructivas para actividades relacionadas con siembra, y expansión, industrialización, exportación, distribución y comercialización interna de piña en el cantón, sin perjuicio de las licencias otorgadas hasta antes de la promulgación de esta política.

Pull quotesCitas destacadas

  • "Toda persona tiene derecho a un ambiente sano y ecológicamente equilibrado. Por ello está legitimada para denunciar los actos que infrinjan ese derecho y para reclamar la reparación del daño causado."

    "Every person has the right to a healthy and ecologically balanced environment. Therefore, they are entitled to denounce acts that infringe this right and to claim reparation for the damage caused."

    Considerando 2º (cita del artículo 50 constitucional)

  • "Toda persona tiene derecho a un ambiente sano y ecológicamente equilibrado. Por ello está legitimada para denunciar los actos que infrinjan ese derecho y para reclamar la reparación del daño causado."

    Considerando 2º (cita del artículo 50 constitucional)

  • "Esta disposición constitucional obliga al gobierno local a tomar las decisiones que se orienten al desarrollo de dicho mandato, utilizando sus potestades autorizadoras para denegar o autorizar actividades cuando así convenga al interés de la colectividad."

    "This constitutional provision obligates the local government to make decisions oriented toward the fulfillment of that mandate, using its authorizing powers to deny or authorize activities when it suits the collective interest."

    Considerando 2º

  • "Esta disposición constitucional obliga al gobierno local a tomar las decisiones que se orienten al desarrollo de dicho mandato, utilizando sus potestades autorizadoras para denegar o autorizar actividades cuando así convenga al interés de la colectividad."

    Considerando 2º

  • "nada de lo analizado resulta conforme con las políticas de desarrollo y mejora del nivel socio-económico que el Gobierno Local de Pococí desea para su población; ni se orienta o puede incidir positivamente en el mejoramiento de la calidad de vida de nuestros habitantes"

    "none of what has been analyzed aligns with the development and socio-economic improvement policies that the Local Government of Pococí desires for its population; nor does it promote or can it positively impact the improvement of the quality of life of our inhabitants"

    Considerando 9º

  • "nada de lo analizado resulta conforme con las políticas de desarrollo y mejora del nivel socio-económico que el Gobierno Local de Pococí desea para su población; ni se orienta o puede incidir positivamente en el mejoramiento de la calidad de vida de nuestros habitantes"

    Considerando 9º

  • "A partir de la publicación del presente acuerdo en La Gaceta, la Municipalidad de Pococí no autorizará licencias municipales, remociones de tierra, ni otorgará licencias constructivas para actividades relacionadas con siembra, y expansión, industrialización, exportación, distribución y comercialización interna de piña en el cantón, sin perjuicio de las licencias otorgadas hasta antes de la promulgación de esta política."

    "From the publication of this agreement in La Gaceta, the Municipality of Pococí will not authorize municipal licenses, earth removals, nor grant construction permits for activities related to the planting, expansion, industrialization, export, distribution, and domestic marketing of pineapple in the canton, without prejudice to licenses granted before the enactment of this policy."

    Por Tanto

  • "A partir de la publicación del presente acuerdo en La Gaceta, la Municipalidad de Pococí no autorizará licencias municipales, remociones de tierra, ni otorgará licencias constructivas para actividades relacionadas con siembra, y expansión, industrialización, exportación, distribución y comercialización interna de piña en el cantón, sin perjuicio de las licencias otorgadas hasta antes de la promulgación de esta política."

    Por Tanto

Full documentDocumento completo

Procedural marks

in the entirety of the text - Full Text of Rule 448 The Municipality of Pococí shall not authorize municipal licenses for earthworks (remociones de tierra) nor shall it grant construction permits for activities related to planting, expansion, industrialization, export, distribution, and domestic marketing of pineapple.

Full text of record: E39B0 MUNICIPALITY OF POCOCÍ SECRETARIAT OF THE COUNCIL Agreement adopted by the Municipal Council of Pococí in ordinary session No. 19 held on 03-12-2012, which reads: Record No. 19, Article I, Agreement No. 448.

Proposal presented by the Full Council, which reads:

  1. 1That Article 13, subsection a) of the Municipal Code grants full authority to the Council for the establishment of policies to strengthen the municipality, including those that seek the improvement of social development levels in the canton, promoting the activities it deems most appropriate for the public interest.
  2. 2That likewise, section 50 of our Political Constitution orders:

"Article 50.-The State shall strive for the greatest well-being of all inhabitants of the country, organizing and stimulating production and the most adequate distribution of wealth.

Every person has the right to a healthy and ecologically balanced environment. Therefore, they are entitled to denounce acts that infringe upon that right and to claim reparation for the damage caused.

The State shall guarantee, defend, and preserve that right. The law shall determine the corresponding responsibilities and sanctions." This constitutional provision obligates the local government to make decisions oriented toward the fulfillment of said mandate, using its authorization powers to deny or authorize activities when it is in the interest of the community.

  1. 3That in recent years, a trend has become evident toward substituting land use in our region in general and in the canton of Pococí in particular, shifting from banana planting to pineapple (Ananas Comosus), with all the burdens of negative situations that will be set forth below.
  2. 4That the cultivation of pineapple has been producing serious and negative repercussions in health aspects, with the appearance of large quantities of flies and other pests.
  3. 5That, additionally, socio-economic problems are perceived due to the fact that pineapple production requires much less labor than the banana activity, which is why unemployment has increased in our canton, all of which directly contravenes constitutional section 50, invoked above, as detailed in the two following subsections.
  4. 6That studies from the year 2006, commissioned by the NGO "The Nature Conservancy" (TNC), on the biological effects of pineapple cultivation in the Dikes valley, canton of Osa, southern zone of our country, determined that this activity produced a modification of the local terrestrial biodiversity structure; there were changes that worsened the uptake of carbon dioxide (CO2) by replacing tree vegetation with plants of the bromeliad family (Ananas Comosus); there was also a modification in the coverage and structure of riparian vegetation; the soil biodiversity structure was likewise modified; there was a decrease in the functional capacity of the soil in relation to its nutrients; a reduction in the flow of rivers such as the Volcán, Saray, and Ceibo was detected in that zone; a change in the quality of surface waters and a modification in the aquatic biodiversity structure was perceived, from all of which it is clear that, although we are in a zone very distant from the southern Pacific zone of our country, the negative consequences detected need not be, in our case, different.
  5. 6That the same study referenced above demonstrated that in the social field, the pineapple activity produced, among other effects, an increase in the problems of managing wastewater, black water, stormwater, and solid waste; urban health problems (dengue, respiratory, psychological); an increase in the negativity of social development indicators and a contraction of the middle class and a polarization between large rich landowners and poor wage earners.
  6. 7That the situation analyzed herein is aggravated because the pineapple activity has established a significant reduction in the revenues of the Local Government, due to the fact that this activity is not taxed with an export tax that banana companies do pay, which reduces the volume of income of the resources available to this municipality for its development policies and also establishes an odious privilege situation between the developers of one crop or the other, caused by the payment or non-payment of taxes.
  7. 8That the aspects listed in the previous clauses determine that pineapple cultivation and related activities produce serious damages of various kinds to this region, which has never been detected with the development of the banana activity.
  8. 9That nothing analyzed is consistent with the development policies and improvement of the socio-economic level that the Local Government of Pococí desires for its population; nor is it oriented toward or can it positively affect the improvement of the quality of life of our inhabitants, who have vehemently raised their claims in pursuit of the Municipality of Pococí supporting them in their interests, which they perceive as threatened.

Based on Articles 50 and 169 of our Political Constitution and 13 of the Municipal Code, the Council, as the highest hierarchical body of the Municipality of Pococí, issues the following policy in relation to the planting and exploitation of pineapple:

As of the publication of this agreement in La Gaceta, the Municipality of Pococí shall not authorize municipal licenses, earthworks (remociones de tierra), nor shall it grant construction permits for activities related to planting, expansion, industrialization, export, distribution, and domestic marketing of pineapple in the canton, without prejudice to licenses granted prior to the enactment of this policy.

Let it be published in the Official Newspaper La Gaceta.

Unanimously, it is agreed: To approve the Proposal. Based on Articles 50 and 169 of our Political Constitution and 13 of the Municipal Code, the Council, as the highest hierarchical body of the Municipality of Pococí, issues the following policy in relation to the planting and exploitation of pineapple: As of the publication of this agreement in La Gaceta, the Municipality of Pococí shall not authorize municipal licenses, earthworks (remociones de tierra), nor shall it grant construction permits for activities related to planting, industrial expansion, export, distribution, and domestic marketing of pineapple in the canton, without prejudice to licenses granted prior to the enactment of this policy. Let it be published in the Official Newspaper La Gaceta. Dispense with Committee Processing. Definitively approved agreement.-Guápiles, March 13, 2012.-

Considering:

THEREFORE:

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en la totalidad del texto - Texto Completo Norma 448 La Municipalidad de Pococí no autorizará licencias municipales remociones de tierra ni otorgará licencias constructivas para actividades relacionadas con siembra, y expansión, industrialización, exportación, distribución y comercialización interna de piña Texto Completo acta: E39B0 MUNICIPALIDAD DE POCOCÍ SECRETARÍA DEL CONCEJO Acuerdo tomado por el Concejo Municipal de Pococí en sesión Nº 19 ordinaria del 12-03-2012, dice: Acta Nº 19, Artículo I, Acuerdo Nº 448.

Propuesta presentada por el Concejo en Pleno, dice:

  1. 1Que el artículo 13, inciso a) del Código Municipal concede plenas atribuciones al Concejo para el establecimiento de políticas de fortalecimiento del municipio, dentro de las que se incluyen las que buscan la superación de los niveles de desarrollo social en el cantón, procurando el impulso de las actividades que considere más adecuadas al interés público.
  2. 2Que asimismo, el numeral 50 de nuestra Constitución Política ordena:

"Artículo 50.-El Estado procurará el mayor bienestar a todos los habitantes del país, organizando y estimulando la producción y el más adecuado reparto de la riqueza.

Toda persona tiene derecho a un ambiente sano y ecológicamente equilibrado. Por ello está legitimada para denunciar los actos que infrinjan ese derecho y para reclamar la reparación del daño causado.

El Estado garantizará, defenderá y preservará ese derecho. La ley determinará las responsabilidades y las sanciones correspondientes".

Esta disposición constitucional obliga al gobierno local a tomar las decisiones que se orienten al desarrollo de dicho mandato, utilizando sus potestades autorizadoras para denegar o autorizar actividades cuando así convenga al interés de la colectividad.

  1. 3Que en los últimos años se ha venido haciendo patente la tendencia a sustituir el uso de los suelos de nuestra región en general y del cantón de Pococí en particular, pasando de la siembra de banano a la de piña (Ananas Comosus), con toda la carga de situaciones negativas que adelante se expondrán.
  2. 4Que con el cultivo de piña se han venido produciendo graves y negativas repercusiones en aspectos de salud, con la aparición de grandes cantidades de moscas y otras plagas.
  3. 5Que se perciben, además, problemas de tipo socio-económico a causa de que la producción de piña requiere mucho menos mano de obra que la actividad bananera, por lo se ha acrecentado el desempleo en nuestro cantón, todo lo cual va en directa confrontación con el numeral 50 constitucional, antes invocado, según se detalla en los dos siguientes incisos.
  4. 6Que estudios del año 2006, elaborados a encargo por la ONG "The Nature Conservancy" (TNC), sobre los efectos biológicos del cultivo de la piña en el valle del Dikes, cantón de Osa, zona sur de nuestro país, determinó que esta actividad produjo una modificación de la estructura de la biodiversidad terrestre local; hubo cambios que desmejoraron la captación de dióxido de carbono (C02) al sustituir vegetación arbórea por plantas de la familia de las bromeliáceas (Ananas Comosus); se produjo, además, una modificación en la cobertura y estructura de la vegetación ribereña; se modificó asimismo la estructura de la biodiversidad del suelo; se produjo una disminución en la capacidad funcional del suelo en relación con sus nutrientes; se detectó una merma en el caudal de ríos como el Volcán, Saray y Ceibo, en esa zona; se percibió un cambio en la calidad de las aguas superficiales y una modificación en la estructura de la biodiversidad acuática, de todo lo cual resulta claro que, aunque estamos en una zona muy distante de la zona del Pacífico Sur-sur de nuestro país, las consecuencias negativas detectadas no tienen porqué ser, en nuestro caso, diferentes.
  5. 6Que el mismo estudio antes citado, demostró que en el campo social, la actividad piñera produjo entre otros efectos, un aumento en la problemática de manejo de aguas residuales, aguas negras, aguas pluviales y desechos sólidos; problemas sanitarios urbanos (dengue, respiratorios, psicológicos); un aumento en negatividad de indicadores de desarrollo social y una contracción de la clase media y una polarización entre grandes propietarios ricos y asalariados pobres.
  6. 7Que la situación aquí analizada, se ve agravada porque la actividad piñera ha venido a establecer una sensible reducción en los ingresos del Gobierno Local, a causa de que esta actividad no está gravada con impuesto de exportación que sí pagan las empresas bananeras, lo que viene a reducir el volumen de ingreso de los recursos con que cuenta este municipio para sus políticas de desarrollo y establece, además, una situación de privilegio odioso entre los desarrolladores de uno u otro cultivo, ocasionada por el pago o no, de impuestos.
  7. 8Que los aspectos enumerados en las cláusulas anteriores determinan que el cultivo de piña y las actividades conexas, produce graves perjuicios de diversa índole a esta región, lo cual nunca se ha detectado con el desarrollo de la actividad bananera.
  8. 9Que nada de lo analizado resulta conforme con las políticas de desarrollo y mejora del nivel socio-económico que el Gobierno Local de Pococí desea para su población; ni se orienta o puede incidir positivamente en el mejoramiento de la calidad de vida de nuestros habitantes, los cuales, de forma vehemente han planteado sus reclamos en procura de que la Municipalidad de Pococí los respalde en sus intereses que ellos perciben amenazados.

Con fundamento en los artículos 50 y 169 de nuestra Constitución Política y 13 del Código Municipal, el Concejo, como órgano superior jerárquico de la Municipalidad de Pococí, dicta la siguiente política en relación con la siembra y aprovechamiento de la piña:

A partir de la publicación del presente acuerdo en La Gaceta, la Municipalidad de Pococí no autorizará licencias municipales, remociones de tierra, ni otorgará licencias constructivas para actividades relacionadas con siembra, y expansión, industrialización, exportación, distribución y comercialización interna de piña en el cantón, sin perjuicio de las licencias otorgadas hasta antes de la promulgación de esta política.

Publíquese en el Diario La Gaceta.

Por unanimidad se acuerda: Aprobar la Propuesta. Con fundamento en los artículos 50 y 169 de nuestra Constitución Política y 13 del Código Municipal, el Concejo, como órgano superior jerárquico de la Municipalidad de Pococí, dicta la siguiente política en relación con la siembra y aprovechamiento de la piña: A partir de la publicación del presente acuerdo en La Gaceta, la Municipalidad de Pococí no autorizará licencias municipales, remociones de tierra, ni otorgará licencias constructivas para actividades relacionadas con siembra, expansión industrialización, exportación, distribución y comercialización interna de piña en el cantón, sin perjuicio de las licencias otorgadas hasta antes de la promulgación de esta política, Publíquese en el Diario Oficial La Gaceta. Dispénsese del Trámite de Comisión. Acuerdo definitivamente aprobado.-Guápiles, 13 de marzo del 2012.-

Considerando:

POR TANTO:

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Implementing decreesDecretos que afectan

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    • Article 50 — Right to a Healthy EnvironmentArtículo 50 — Derecho a un Ambiente Sano

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