La Unidad de Gestión de Cobro de la Municipalidad de Belén, se encuentra facultada para dictar la orden de suspensión del servicio de agua por falta de pago, ocho días después de vencido el monto de cada mes.
Además el Departamento de Acueductos, podrá ordenar la suspensión del servicio cuando el abonado:
1. Interconecte tuberías del sistema con otras provenientes de otras fuentes de agua.
2. Cuando las instalaciones del abonado estén defectuosas y no se corrijan las deficiencias (prevenido con anterioridad).
3. Cuando las instalaciones no reúnan las condiciones necesarias para evitar daños a si mismos o a terceros.
4. Cuando altere de alguna forma la red de distribución municipal.
5. Cuando manipule algún hidrómetro o tapa de la caja de protección del mismo, propiedad de la Municipalidad.