(a) Que el Organismo Ejecutor y el ICT hayan suscrito un convenio de cooperación, en el cual se establezcan las responsabilidades que le corresponden a dichas instituciones en la ejecución del Programa, en el entendido de que la utilización de los recursos de éste y la realización de todas las actividades previstas para ejecutar el mismo se sujetarán a los términos y condiciones establecidos en el presente Contrato y en el Reglamento Operativo del Programa; y (b) Que Organismo Ejecutor haya aprobado el Reglamento Operativo del Programa y éste haya entrado en vigencia, en los términos acordados previamente con el Banco." 3. Se modifica la Cláusula 4.06, referente a "Reuniones anuales de seguimiento", para que dicha Cláusula pase a leer de la siguiente manera:
"CLÁUSULA 4.06. Reuniones anuales de seguimiento. El Prestatario, por intermedio del Organismo Ejecutor, deberá realizar conjuntamente con el Banco reuniones anuales de supervisión y evaluación del Programa a más tardar hasta el 30 de junio de cada año calendario durante la ejecución del Programa en las cuales, además de presentar el POA para el año siguiente, serán analizados: (i) el avance logrado en la ejecución de los componentes del Programa; (ii) la eficacia y eficiencia de cada una de las actividades realizadas dentro de los componentes; (iii) las experiencias y dificultades encontradas en la ejecución de las actividades contempladas y las soluciones propuestas; (iv) el cronograma de adquisiciones de bienes y servicios de consultoría para realizar las evaluaciones contempladas para el Programa; (v) las metas establecidas para cada uno de los componentes; y (vi) otros temas que sean pertinentes en relación con la ejecución del Programa, para verificar la medida en que se está logrando el objetivo del mismo." 4. Se modifica la Cláusula 4.07, referente a "Monitoreo y evaluación", para que dicha Cláusula pase a leer de la siguiente manera:
"CLÁUSULA 4.07. Monitoreo y Evaluación. El Organismo Ejecutor se compromete a contratar, con cargo a los recursos del Financiamiento, servicios de consultoría, de conformidad con términos de referencia aprobados previamente por el Banco, para realizar las siguientes evaluaciones externas del Programa:
(a)Una evaluación de medio término del Programa, a ser presentada a los 90 días luego de finalizar los dos primeros años y medio de ejecución del Programa o cuando se haya desembolsado el cuarenta y cinco por ciento (45%) de los recursos del Financiamiento, lo que primero ocurra.
(b) Una evaluación final del Programa, que se presentará a los 90 días contados a partir de la fecha en que se haya desembolsado el noventa por ciento (90%) de los recursos del Financiamiento.
(c) Ambas evaluaciones analizarán específicamente: (i) la naturaleza de los impactos en la economía local alrededor de cada ASP apoyada por el Programa; (ii) el impacto del Programa sobre el manejo de cada una de estas áreas; (iii) el impacto sobre el manejo del SINAC en las áreas de intervención contempladas por el Programa; (iv) el impacto del Programa en el medio ambiente dentro y alrededor de las ASP; (v) la efectividad y eficiencia de los procesos de licitación, contratación, adjudicación, adquisición y desembolso; y de las actividades de planificación y formulación a cargo del Organismo Ejecutor; (vi) la cantidad y calidad de proyectos de apoyo a las Municipalidades y al sector privado; (vii) los resultados del fortalecimiento institucional del SINAC; (viii) el grado de cumplimiento de las tareas de operación y mantenimiento de las obras finalizadas; (ix) el grado de cumplimiento de los compromisos contractuales y de lo establecido en el Reglamento Operativo del Programa; (x) los resultados de la ejecución financiera; (xi) el cumplimiento de la línea de base del Programa, las metas y los indicadores de la matriz de seguimiento y evaluación del Programa; y (xii) una síntesis de los impactos socio-ambientales resultantes del Programa. La evaluación de medio término incluirá, además, la posibilidad de ajustar la lista de ASP que recibirán financiamiento del Programa.
(d) Las evaluaciones serán realizadas por firmas contratadas por el SINAC y financiadas con recursos del Financiamiento."
II. Modificaciones al Anexo A
5. El párrafo 1.03 sobre el "Objetivo" del Programa pasará a leer de la siguiente manera:
"1.03 Las áreas geográficas (ASP y municipios) donde se realizarán las actividades del Programa están incluidas en el Reglamento Operativo del Programa. Las ASP beneficiarias deberán responder a criterios de: potencial de mercado turístico, demanda turística actual, oferta turística del destino en el que están incluidas, la disponibilidad de planificación ambiental y turística de la respectiva ASP y del destino, y la capacidad de efecto demostrativo o replicabilidad que pueda tener para otras ASP en el país. Municipios elegibles serán aquellos que estén ubicados en el área de influencia de una ASP beneficiada por el Programa, y que estén identificados como prioritarios para el desarrollo turístico en el plan de turismo de dicha ASP." 6. El párrafo 2.04 que describe el "Subcomponente 1.1: Inversiones dentro de las Áreas Silvestres Protegidas" del "Componente 1: Inversiones para el desarrollo turístico sostenible" pasará a leer de la siguiente manera:
"2.04 Los recursos asignados a este Subcomponente financiarán: (i) obras y su equipamiento que sirvan de plataforma para el desarrollo de los productos turísticos, tales como: áreas de recepción y registro de visitantes, senderos, centros de visitantes, albergues para el alojamiento de turistas (sólo para el ASP de Corcovado), baños y sistemas de tratamiento de desechos, miradores, puentes y muelles y rehabilitación de caminos internos, torres de observación, rampas, pasos elevados, equipamiento para áreas de acampar y comedor turístico, señalización e interpretación turística, entre otras; (ii) instalaciones y equipamiento para la administración del área, como albergues para el alojamiento de los guarda parques y medios de transporte; y (iii) estudios de pre-factibilidad y factibilidad (incluyendo EIA) para las inversiones propuestas que lo requieran." 7. El párrafo 2.06 referente al "Subcomponente 1.2: Inversiones alrededor de las Áreas Silvestres Protegidas" del "Componente 1: Inversiones para el desarrollo turístico sostenible" pasará a leer de la siguiente manera:
"2.06 Los recursos asignados a este Subcomponente financiarán las siguientes obras, todas ellas de jurisdicción municipal: (i) obras de infraestructura vial: rehabilitación y señalización de caminos de acceso; (ii) obras de protección vial: muros de contención, cunetas y consolidación de taludes; (iii) muelles y pequeños puentes, y (iv) pequeñas obras de desagüe y saneamiento. Además, el Programa financiará los estudios de preinversión para futuras obras." 8. El párrafo 2.09 referente al "Subcomponente 2.1: Gestión sostenible del turismo en las Áreas Silvestres Protegidas" del "Componente 2: Fortalecimiento de la planificación y gestión sostenible del turismo" pasará a leer de la siguiente manera:
"2.09 Los recursos asignados a este Subcomponente financiarán: (i) el desarrollo y la actualización de los planes de manejo; (ii) la producción de material educativo y de divulgación: guías de campo, guías interpretativas, folletos y mapas sobre los productos turísticos en las áreas protegidas; (iii) capacitación y asistencia técnica para los funcionarios locales del SINAC sobre los temas: servicio al cliente, negociación, alianzas y manejo de conflictos, gestión de concesiones, primeros auxilios, monitoreo de impactos e idiomas; (iv) diseño y puesta en funcionamiento del sistema de monitoreo de resultados e impactos del Programa: diseño del sistema, software, capacitación y asistencia técnica, encuestas de percepción de los visitantes y talleres de monitoreo; (v) desarrollo e implementación de contratos de concesiones de servicios no esenciales en las ASP beneficiadas por el Programa; lo que incluirá el financiamiento de apoyo técnico para el diseño de las regulaciones locales, la evaluación de la elegibilidad de concesionarios potenciales de servicios no esenciales, y el diseño y negociación de contratos de concesión para la operación de dichos servicios; (vi) la elaboración de estudios de manejo de visitantes en las ASP, tales como estudios de capacidad de carga, límite de cambio aceptable y manejo de impacto del visitante; y (vii) actualización de estudios de mercado, diseño e innovación de productos turísticos, planes de turismo y guías metodologías para su elaboración, cuando necesario." 9.
El párrafo 2.11 referente al "Subcomponente 2.2: Gestión sostenible del turismo a nivel municipal" del "Componente 2: Fortalecimiento de la planificación y gestión sostenible del turismo" pasará a leer de la siguiente manera:
"2.11 Los recursos asignados a este Subcomponente financiarán el mejoramiento de la gestión ambiental local por medio de las siguientes herramientas: (i) planes de ordenamiento y desarrollo urbano y sus instrumentos; (ii) planes de manejo de desechos sólidos, aguas servidas y control de la contaminación ambiental; (iii) la promoción y establecimiento de mecanismos e instrumentos financieros que permitan el incremento de los ingresos municipales por concepto de las actividades turísticas vinculadas a las áreas protegidas; y (iv) capacitación a las municipalidades para que puedan participar en el Programa. Con relación a las actividades que se indican en los incisos (i) a (iii) de este párrafo, el Organismo Ejecutor establecerá, en el Reglamento Operativo del Programa a que hace referencia el inciso (b) de la Cláusula 3.02 de las Estipulaciones Especiales de este Contrato, los criterios de priorización que para que, con base en ellos, los municipios demuestren una capacidad mínima para la ejecución de los instrumentos citados, en los términos acordados con el Banco." 10. El párrafo 2.12 referente al "Subcomponente 2.3: Gestión sostenible del turismo por parte del sector privado" del "Componente 2: Fortalecimiento de la planificación y gestión sostenible del turismo" pasará a leer de la siguiente manera:
"2.12 Este Subcomponente estará dirigido a cámaras locales de turismo, comités de desarrollo, microempresas, organizaciones comunales, incluyendo organizaciones indígenas, y Organizaciones No Gubernamentales (ONG) directamente involucradas en aspectos relevantes del desarrollo turístico micro regional y vinculadas a los productos turísticos identificados en los planes de turismo. Con los recursos asignados a este Subcomponente serán financiados: (i) estudios sobre oportunidades turísticas para empresarios locales; (ii) certificación de concesionarios para servicios no esenciales en áreas protegidas; (iii) capacitación y acreditación a guías turísticos que operarán en las áreas protegidas; (iv) asistencia técnica y capacitación a los actores privados locales en nuevas tecnologías e innovación en los productos, los temas de legislación ambiental y turística, normativa de áreas protegidas, gestión ambiental y gestión sostenible del turismo, y (v) fortalecimiento o apoyo a la consolidación de encadenamientos productivos en turismo." 11. El párrafo 2.14 referente al "Subcomponente 3.1: Consolidación de un esquema organizativo para turismo sostenible y gestión de personal y sus capacidades" del "Componente 3: Fortalecimiento institucional del SINAC: sistemas de gestión, administrativos y financieros" pasará a leer de la siguiente manera:
"2.14 Los recursos del Préstamo asignados a este Subcomponente financiarán: (i) el desarrollo e implementación de un nuevo código de conducta; (ii) el desarrollo de regulación general para concesiones de servicios no esenciales en las ASP; y (iii) la capacitación necesaria al personal pertinente del SINAC en temas relacionados a la gestión sostenible de turismo y su eficiente manejo (planificación y administración, servicio al cliente, gestión de alianzas y negociación, servicios no esenciales concesionados y su manejo, entre otros) y la adquisición del equipo necesario para llevar a cabo las actividades del Programa. Los recursos de contrapartida asignados a este Subcomponente financiarán: (i) los salarios de seis coordinadores locales de turismo en las Áreas de Conservación que incluyan las ASP beneficiarias del Programa; y (ii) los salarios de seis encargados de turismo en las ASP beneficiarias del Programa.
12. El párrafo 2.15 referente al "Subcomponente 3.2: Fortalecimiento de los sistemas de gestión administrativo-financiera" del "Componente 3: Fortalecimiento institucional del SINAC: sistemas de gestión, administrativos y financieros" pasará a leer de la siguiente manera:
"2.15 Los recursos asignados a este Subcomponente financiarán: (i) el desarrollo de sistemas de información gerencial, en especial lo vinculado a la implementación de un sistema de información y estadística turística de las ASP (incluyendo metodología y software), compatible con el respectivo sistema del ICT y en coordinación con el sistema de monitoreo y seguimiento del Programa; (ii) un sistema de contabilidad basado en centro de costos; (iii) la adopción y consolidación de procesos institucionales de planificación estratégica; (iv) la elaboración de manuales y reglamentos de operación interna y su aplicación; (v) la realización de estudios y asesorías para mejorar el manejo administrativo-financiero del turismo sostenible en las ASP, y (vi) estudios para el desarrollo de sistemas tarifarios para posibles incrementos en los ingresos de las ASP." 13. El párrafo 2.16 referente al "Subcomponente 3.3: Desarrollo y fortalecimiento de una estrategia de mercadeo para promover las Áreas Silvestres Protegidas como destinos turísticos" del "Componente 3: Fortalecimiento institucional del SINAC: sistemas de gestión, administrativos y financieros" pasará a leer de la siguiente manera:
"2.16 Los recursos asignados a este Subcomponente financiarán: (i) el diseño de una estrategia de mercadeo turístico para el SINAC, que permita posicionar los productos turísticos de las ASP para la mejor integración y coordinación con los planes y acciones de promoción y comercialización del ICT; (ii) material de promoción para las actividades regulares de mercadeo de turismo sostenible complementarias a las del ICT; y (iii) el desarrollo de un sitio Web interactivo para información turística, sistema de reservación en línea, registro electrónico de visitantes en ASP, donde también se informará sobre el Programa, integrado en el portal actual del SINAC." 14. En la Sección III sobre "Costo del Programa y plan de financiamiento", se elimina la nota al pie del Cuadro de Costo y Financiamiento del Programa. Dicho Cuadro pasará a leer de la siguiente manera:
Costo y financiamiento (en miles de US$) | Categoría | BID | Local | Total | % | | --- | --- | --- | --- | --- | | 1. Inversiones para el desarrollo turístico sostenible | 15.200 | 1.045 | 16.245 | 65,0 | | 2. Fortalecimiento de la planificación y gestión sostenible del turismo | 1.680 | 0 | 1.680 | 6,7 | | 3. Fortalecimiento institucional del SINAC | 1.160 | 581 | 1.741 | 7,0 | | 4. Administración, supervisión y auditoría | 460 | 1.824 | 2.284 | 9,1 | | Subtotal | 18.500 | 3.450 | 21.950 | 87,8 | | 5. Imprevistos | 500 | 0 | 500 | 2,0 | | 6. Gastos financieros | 0 | 2.550 | 2.550 | 10,2 | | Intereses | 0 | 2.500 | 2.500 | | | Comisión de Crédito | 0 | 50 | 50 | | | F.I.V. 0% | 0 | 0 | 0 | | | Total | 19.000 | 6.000 | 25.000 | 100 | | Porcentaje | 76% | 24% | 100% | | 15. Se modifican los siguientes párrafos referentes a la Ejecución del Programa:
- El párrafo 4.01, para que pase a leer de la siguiente manera:
"4.01 El MINAET, a través del SINAC, representado por su Director Ejecutivo, será responsable del Programa y de su desempeño ante el Banco. El Coordinador del Programa será responsable de mantener la relación entre MINAET, SINAC e ICT y con el personal directamente responsable de cada componente, preparar los informes requeridos, monitorear los alcances y metas del Programa según el marco lógico y convocar reuniones extraordinarias a nombre del Director Ejecutivo en los casos necesarios." - El párrafo 4.02, para que pase a leer de la siguiente manera:
"4.02 Para efectos del presente Programa, el Consejo Nacional de Áreas de Conservación (CONAC) estará a cargo de: (i) aprobar los planes operativos e informes anuales; (ii) establecer las prioridades del turismo sostenible en el marco del Préstamo; (iii) aprobar la estrategia, políticas y directrices del Programa; (iv) conocer el Reglamento Operativo y sus posibles modificaciones; y (v) actuar como instancia superior para resolver conflictos que se puedan generar en el ámbito regional o local en la ejecución de las acciones del Programa." - El párrafo 4.04, para que pase a leer de la siguiente manera:
"4.04 La ejecución de las actividades del Programa estará inmersa adentro de la estructura institucional del SINAC. El Programa se fortalecerá con la contratación de un especialista en mercadeo y un especialista en turismo, los cuales serán seleccionados en coordinación con el ICT. El especialista en turismo será el enlace con esta institución en los temas de turismo y la planificación de inversiones del Programa. Dicho personal se mantendrá como permanente después de la ejecución del Programa." - El párrafo 4.05, para que pase a leer de la siguiente manera:
"4.05 Se contratará un especialista en capacitación, quién estará asignado a la Oficina de Recursos Humanos, y estará encargado de formular y dar seguimiento administrativo a los programas de capacitación necesarios para la ejecución del Programa. Adicionalmente, se contratarán los especialistas en adquisiciones y los especialistas administrativo-financieros que se requieran, previa justificación por parte del SINAC ante el Ministerio de Hacienda y un ingeniero o arquitecto, quien será responsable de asistir al personal de adquisiciones en la elaboración de Términos de Referencia técnicos y el seguimiento de la realización de las obras. Todo el personal mencionado en este párrafo estará supervisado por el Coordinador." - El párrafo 4.06, para que pase a leer de la siguiente manera:
"4.06 Las obligaciones del Organismo Ejecutor, por intermedio de la Unidad Coordinadora del Programa (UCP), serán las de realizar (con la salvedad de lo indicado en el numeral 4.07 de este Anexo Único) los procesos de licitación para las obras, bienes y servicios relacionados, así como la contratación de los servicios de consultoría de conformidad con lo establecido en el Contrato de Préstamo y el Reglamento Operativo del Proyecto, gestionar los pagos ante la Tesorería Nacional una vez recibidas a satisfacción, las obras, bienes y servicios, verificar el cofinanciamiento de las municipalidades y del sector privado, previo a la gestión de cualquier desembolso, además de efectuar la rendición de cuentas de estas labores." - El párrafo 4.07, para que pase a leer de la siguiente manera:
"4.07 En el caso del Subcomponente 1.2 y 2.2, las municipalidades beneficiarias recibirán, de conformidad con el Principio de Caja Única del Prestatario, los recursos correspondientes para el co-financiamiento de los proyectos aprobados en el marco del Programa, para lo cual deberán haber suscrito previamente un convenio con el Prestatario, por intermedio del Organismo Ejecutor, mediante el cual se regirá la relación y responsabilidades de las partes para la ejecución y co-financiamiento de proyectos y actividades." - El párrafo 4.08, para que pase a leer de la siguiente manera:
"4.08 El Reglamento Operativo del Programa y sus posibles modificaciones será aprobado por el Director Ejecutivo del SINAC con el visto bueno previo del Banco e incluirá todos los parámetros de elegibilidad y financiamiento de los proyectos y actividades así como los modelos de los convenios previstos en este Contrato de Préstamo. En caso de conflicto entre lo establecido en dicho Reglamento y lo estipulado en este Contrato, prevalecerá este último." ARTICULO SEGUNDO Las partes ratifican todas las demás disposiciones del Contrato de Préstamo No. 1824/OC-CR, las mismas que quedan en plena vigencia.
EN FE DE LO AQUI ESTABLECIDO, el Prestatario y el Banco, actuando cada uno por medio de su representante autorizado, suscriben este Contrato Modificatorio en dos (2) ejemplares originales de igual tenor, el que entrará en vigencia en la fecha de firma por parte del representante autorizado del Prestatario.
REPÚBLICA DE COSTA RICA _____________________ Fernando Herrero Acosta Ministro de Hacienda Fecha:
09 agosto 2010 BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO ____________________ Fernando Quevedo Representante del Banco en Costa Rica Fecha: 09 agosto 2010 LEG/SGO/CID/IDBDOCS#736283
Programa de Turismo en Áreas Silvestres Protegidas
I. Objetivo
1.01. El objetivo general del Programa es consolidar el turismo en las Áreas Silvestres Protegidas (ASP) estatales de Costa Rica, como una herramienta para fortalecer su gestión sostenible, contribuyendo directamente al desarrollo socioeconómico local y la conservación de los recursos naturales.
1.02 Los objetivos específicos del Programa son lograr: (i) un mayor ingreso y sostenibilidad financiera para el SINAC y en particular para las Áreas Silvestres Protegidas (ASP), por medio de inversiones para el desarrollo sostenible del turismo en estas áreas y sus alrededores; (ii) un mayor beneficio socioeconómico y ambiental en los municipios y comunidades aledañas a las ASP; y (iii) el fortalecimiento institucional del SINAC.
1.03 Las áreas geográficas (ASP y municipios) donde se realizarán lasactividades del Programa están incluidas en el Reglamento Operativo delPrograma. Las ASP beneficiarias deberán responder a criterios de:potencial de mercado turístico, demanda turística actual, oferta turísticadel destino en el que están incluidas, la disponibilidad de planificaciónambiental y turística de la respectiva ASP y del destino, y la capacidadde efecto demostrativo o replicabilidad que pueda tener para otras ASP enel país. Municipios elegibles serán aquellos que estén ubicados en elárea de influencia de una ASP beneficiada por el Programa, y que esténidentificados como prioritarios para el desarrollo turístico en el plande turismo de dicha ASP.
(Nota de Sinalevi: Así reformado el punto anterior mediante contrato modificatorio del 9 de agosto del 2010, contenido en este mismo contrato)
II. Descripción
2.01 Para lograr los objetivos indicados en la sección I anterior, el Programa comprende la ejecución de los siguientes tres componentes:
Componente 1: Inversiones para el desarrollo turístico sostenible 2.02 El componente financiará inversiones directamente relacionadas con la consolidación y desarrollo productos turísticos para cumplir los objetivos del Programa, dentro y fuera de las ASP, así como estudios de preinversión, diseño y evaluación de impacto ambiental y social (EIA) en los casos que sea necesario.
Subcomponente 1.1: Inversiones dentro de las Áreas Silvestres Protegidas 2.03 Este subcomponente financiará las inversiones necesarias para desarrollar o rehabilitar la infraestructura dentro de las ASP, sobre la base de estudios de mercado, Planes de Manejo y los Planes de Desarrollo Turístico en las áreas de uso público de cada ASP. Las áreas serán equipadas para recibir a turistas internacionales y nacionales, manteniendo los objetivos de conservación ambiental fijados por el SINAC.
2.04 Los recursos asignados a este Subcomponente financiarán: (i) obras y su equipamiento que sirvan de plataforma para el desarrollo de los productos turísticos, tales como: áreas de recepción y registro de visitantes, senderos, centros de visitantes, albergues para el alojamiento de turistas (sólo para el ASP de Corcovado), baños y sistemas de tratamiento de desechos, miradores, puentes y muelles y rehabilitación de caminos internos, torres de observación, rampas, pasos elevados, equipamiento para áreas de acampar y comedor turístico, señalización e interpretación turística, entre otras; (ii) instalaciones y equipamiento para la administración del área, como albergues para el alojamiento de los guarda parques y medios de transporte; y (iii) estudios de pre-factibilidad y factibilidad(incluyendo EIA) para las inversiones propuestas que lo requieran.
(Nota de Sinalevi: Así reformado el punto anterior mediante contrato modificatorio del 9 de agosto del 2010, contenido en este mismo contrato)
Subcomponente 1.2: Inversiones alrededor de las Áreas Silvestres Protegidas 2.05 Este subcomponente incluye estudios de preinversión e inversiones en áreas de jurisdicción municipal en las zonas alrededor de las ASP beneficiadas por el Programa. Las inversiones deberán mejorar el acceso a las ASP y mitigar impactos ambientales que afecten negativamente a dichas áreas.
2.06 Los recursos asignados a este Subcomponente financiarán las siguientes obras, todas ellas de jurisdicción municipal: (i) obras de infraestructura vial: rehabilitación y señalización de caminos de acceso; (ii) obras de protección vial: muros de contención, cunetas y consolidación de taludes; (iii) muelles y pequeños puentes, y (iv) pequeñas obras de desagüe y saneamiento. Además, el Programa financiará los estudios de preinversión para futuras obras.
(Nota de Sinalevi: Así reformado el punto anterior mediante contrato modificatorio del 9 de agosto del 2010, contenido en este mismo contrato)
2.07 El monto mínimo de financiamiento del Programa por proyecto se determinará en el Reglamento Operativo del Programa. En el caso de que dos o mas municipios se asocien para una participación conjunta, éstos podrán aumentar el techo de su participación para cofinanciar proyectos de mayor envergadura, sumando los techos de financiamiento a que tendrían derecho individualmente. Dependiendo del tipo y alcance de obras de que se trate, los municipios podrán decidir participar individualmente o asociados entre sí; adicionalmente, podrán asociarse con ONG, donantes o entidades financieras o turísticas del sector privado para efectuar las inversiones. Para estas asociaciones se requerirá que las partes suscriban convenios de participación donde formalizarán los arreglos y responsabilidades de la participación asociada, incluido el aporte conjunto de las partes para cubrir monto de las inversiones.
Componente 2: Fortalecimiento de la planificación y gestión sostenible del turismo Subcomponente 2.1: Gestión sostenible del turismo en las Áreas Silvestres Protegidas 2.08 Este subcomponente proveerá al SINAC la capacidad necesaria para planificar inversiones y la capacidad de gestión técnica dentro de las ASP y en su área de influencia, para regular eficazmente y gestionar eficientemente los servicios de visitantes en dichas áreas y para monitorear el impacto de los visitantes.
2.09 Losrecursos asignados a este Subcomponente financiarán: (i) el desarrollo yla actualización de los planes de manejo; (ii) la producción de materialeducativo y de divulgación: guías de campo, guías interpretativas,folletos y mapas sobre los productos turísticos en las áreas protegidas;(iii)capacitación y asistencia técnica para los funcionarioslocales del SINAC sobre los temas: servicio al cliente, negociación,alianzas y manejo de conflictos, gestión de concesiones, primerosauxilios, monitoreo de impactos e idiomas; (iv) diseño y puesta enfuncionamiento del sistema de monitoreo de resultados e impactos delPrograma: diseño del sistema, software, capacitación y asistencia técnica,encuestas de percepción de los visitantes y talleres de monitoreo; (v)desarrollo e implementación de contratos de concesiones de servicios noesenciales en las ASP beneficiadas por el Programa; lo que incluirá elfinanciamiento de apoyo técnico para el diseño de las regulacioneslocales, la evaluación de la elegibilidad de concesionarios potencialesde servicios no esenciales, y el diseño y negociación de contratos deconcesión para la operación de dichos servicios; (vi) la elaboración deestudios de manejo de visitantes en las ASP, tales como estudios decapacidad de carga, límite de cambio aceptable y manejo de impacto delvisitante; y (vii) actualización de estudios de mercado, diseño einnovación de productos turísticos, planes de turismo y guías metodologíaspara su elaboración, cuando necesario .
(Nota de Sinalevi: Así reformado el punto anterior mediante contrato modificatorio del 9 de agosto del 2010, contenido en este mismo contrato)
(Nota de Sinalevi: Mediante el artículo 20° de la ley N° 8967 del 10 de agosto de 2011 "Aprueba Contrato de Préstamo N° 1824/OC-CR y su anexo a la República de Costa Rica y el Banco Interamericano de Desarrollo, celebrado al amparo del Convenio de Cooperación para el Financiamiento de Proyectos de Turismo en áreas silvestres protegidas", se establece la siguiente cláusula interpretativa: ".ARTÍCULO 20.- Cláusula interpretative. La República de Costa Rica interpreta las cláusulas 2.09 del subcomponente 2.1: Gestión sostenible del turismo en las áreas silvestres protegidas, que para los contratos y las concesiones de servicios y actividades no esenciales dentro de las áreas silvestres protegidas estatales, así como en la asignación de los recursos establecidos en estos subcomponentes, se dará prioridad a las organizaciones regionales integradas por habitantes de las comunidades locales dentro de la zona de influencia de cada área silvestre protegida, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 39 de la Ley N.º 7788, Ley de Biodiversidad, de 30 de abril de 1998, y sus reformas.")
Subcomponente 2.2: Gestión Sostenible del Turismo al nivel Municipal 2.10 Este subcomponente financiará un paquete de asistencia técnica para apoyar a las municipalidades, de manera individual o mancomunada, en la gestión sostenible del turismo en áreas críticas o micro regiones vinculadas, ya sea por su adyacencia o por su impacto, con las ASP que forman parte del Programa y su área de influencia.
2.11 Losrecursos asignados a este Subcomponente financiarán el mejoramiento de lagestión ambiental local por medio de las siguientes herramientas: (i)planesde ordenamiento y desarrollo urbano y sus instrumentos; (ii) planes demanejo de desechos sólidos, aguas servidas y control de la contaminaciónambiental; (iii) la promoción y establecimiento de mecanismos einstrumentos financieros que permitan el incremento de los ingresosmunicipales por concepto de las actividades turísticas vinculadas a lasáreas protegidas; y (iv) capacitación a las municipalidades para quepuedan participar en el Programa. Con relación a las actividades que seindican enlos incisos (i) a (iii) de este párrafo, el Organismo Ejecutorestablecerá, en el Reglamento Operativo del Programa a que hacereferencia el inciso (b) de la Cláusula 3.02 de las EstipulacionesEspeciales de este Contrato,los criterios de priorización que para que, con base en ellos, losmunicipios demuestren una capacidad mínima para la ejecución de losinstrumentos citados, en los términos acordados con el Banco
(Nota de Sinalevi: Así reformado el punto anterior mediante contrato modificatorio del 9 de agosto del 2010, contenido en este mismo contrato)
Subcomponente 2.3: Gestión Sostenible del Turismo por parte del Sector Privado 2.12 Este Subcomponente estará dirigido a cámaras locales de turismo, comités dedesarrollo, microempresas, organizaciones comunales, incluyendoorganizaciones indígenas, y Organizaciones No Gubernamentales (ONG)directamente involucradas en aspectos relevantes del desarrollo turísticomicro regional y vinculadas a los productos turísticos identificados enlos planes de turismo. Con los recursos asignados a este Subcomponente seránfinanciados: (i) estudios sobre oportunidades turísticas para empresarioslocales; (ii) certificación de concesionarios para servicios noesenciales en áreas protegidas; (iii) capacitación y acreditación a guíasturísticos que operarán en las áreas protegidas; (iv) asistencia técnicay capacitación a los actores privados locales en nuevas tecnologías einnovación en los productos, los temas de legislación ambiental y turística,normativa de áreas protegidas, gestión ambiental y gestión sostenibledel turismo, y (v) fortalecimiento o apoyo a la consolidación deencadenamientos productivos en turismo
(Nota de Sinalevi: Así reformado el punto anterior mediante contrato modificatorio del 9 de agosto del 2010, contenido en este mismo contrato)
(Nota de Sinalevi: Mediante el artículo 20° de la ley N° 8967 del 10 de agosto de 2011 "Aprueba Contrato de Préstamo N° 1824/OC-CR y su anexo a la República de Costa Rica y el Banco Interamericano de Desarrollo, celebrado al amparo del Convenio de Cooperación para el Financiamiento de Proyectos de Turismo en áreas silvestres protegidas", se establece la siguiente cláusula interpretativa: ".ARTÍCULO 20.- Cláusula interpretative. La República de Costa Rica interpreta las cláusulas 2.12 del subcomponente 2.03: Gestión sostenible del turismo por parte del sector privado, que para los contratos y las concesiones de servicios y actividades no esenciales dentro de las áreas silvestres protegidas estatales, así como en la asignación de los recursos establecidos en estos subcomponentes, se dará prioridad a las organizaciones regionales integradas por habitantes de las comunidades locales dentro de la zona de influencia de cada área silvestre protegida, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 39 de la Ley N.º 7788, Ley de Biodiversidad, de 30 de abril de 1998, y sus reformas.")
Componente 3: Fortalecimiento institucional del SINAC: sistemas de gestión, administrativos y financieros 2.13 A través de la ejecución de este componente se contribuirá a desarrollar las capacidades de SINAC para que al finalizar el financiamiento del Banco se haya consolidado dentro de la entidad la gestión sostenible del turismo en ASP, con el propósito de contribuir a lograr la autonomía institucional, en particular la sostenibilidad financiera del Sistema, que permita desarrollar un modelo eficiente y eficaz y a la vez sea compatible con la conservación. El componente incluye tres subcomponentes:
Subcomponente 3.1: Consolidación de un esquema organizativo para Turismo Sostenible y gestión de personal y sus capacidades 2.14 Losrecursos del Préstamo asignados a este Subcomponente financiarán: (i) eldesarrollo e implementación de un nuevo código de conducta; (ii) eldesarrollo de regulación general para concesiones de servicios noesenciales en las ASP; y (iii)la capacitación necesaria al personalpertinente del SINAC en temas relacionados a la gestión sostenible deturismo y su eficiente manejo (planificación y administración, servicioal cliente, gestión de alianzas y negociación, servicios no esencialesconcesionados y su manejo, entre otros) y la adquisición del equiponecesario para llevar a cabo las actividades del Programa. Los recursos decontrapartida asignados a este Subcomponente financiarán: (i)los salarios de seis coordinadores locales de turismo en las Áreasde Conservación que incluyan las ASP beneficiarias del Programa; y (ii)los salarios de seis encargados de turismo en las ASP beneficiarias delPrograma.
(Nota de Sinalevi: Así reformado elpunto anterior mediante contrato modificatorio del 9 de agosto del 2010, contenido en este mismo contrato)
(Nota de Sinalevi: Mediante el artículo 20° de la ley N° 8967 del 10 de agosto de 2011 "Aprueba Contrato de Préstamo N° 1824/OC-CR y su anexo a la República de Costa Rica y el Banco Interamericano de Desarrollo, celebrado al amparo del Convenio de Cooperación para el Financiamiento de Proyectos de Turismo en áreas silvestres protegidas", se establece la siguiente cláusula interpretativa: ".ARTÍCULO 20.- Cláusula interpretative. La República de Costa Rica interpreta las cláusulas 2.14 del subcomponente 3.1: Consolidación de un esquema organizativo para turismo sostenible y gestión de personal y sus capacidades del componente 3: Fortalecimiento institucional de Sinac: sistemas de gestión, administrativos y financieros, que para los contratos y las concesiones de servicios y actividades no esenciales dentro de las áreas silvestres protegidas estatales, así como en la asignación de los recursos establecidos en estos subcomponentes, se dará prioridad a las organizaciones regionales integradas por habitantes de las comunidades locales dentro de la zona de influencia de cada área silvestre protegida, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 39 de la Ley N.º 7788, Ley de Biodiversidad, de 30 de abril de 1998, y sus reformas.")
Subcomponente 3.2: Fortalecimiento de los sistemas de gestión administrativo-financieros 2.15 Losrecursos asignados a este Subcomponente financiarán: (i)el desarrollo desistemas de información gerencial, en especial lo vinculado a la implementaciónde un sistema de información y estadística turística de las ASP (incluyendometodología y software), compatible con el respectivo sistema del ICT y encoordinación con el sistema de monitoreo y seguimiento delPrograma; (ii) un sistema de contabilidad basado en centro de costos;(iii) la adopción y consolidación de procesos institucionales de planificaciónestratégica; (iv) la elaboración de manuales y reglamentos de operacióninterna y su aplicación; (v) la realización de estudios y asesorías paramejorar el manejo administrativo-financiero del turismo sostenible en las ASP, y(vi) estudios para el desarrollo de sistemas tarifarios para posiblesincrementos en los ingresos de las ASP
(Nota de Sinalevi: Así reformado el punto anterior mediante contrato modificatorio del 9 de agosto del 2010, contenido en este mismo contrato)
Subcomponente 3.3: Desarrollo y fortalecimiento de una estrategia de mercadeo para promover las Áreas Silvestres Protegidas como destinos turísticos 2.16 Los recursos asignados a este Subcomponente financiarán: (i) el diseño de una estrategia de mercadeo turístico para el SINAC, que permita posicionar los productos turísticos de las ASP para la mejor integración y coordinación con los planes y acciones de promoción y comercialización del ICT; (ii) material de promoción para las actividades regulares de mercadeo de turismo sostenible complementarias a las del ICT; y (iii) el desarrollo de un sitio Web interactivo para información turística, sistema de reservación en línea, registro electrónico de visitantes en ASP, donde también se informará sobre el Programa, integrado en el portal actual del SINAC
(Nota de Sinalevi: Así reformado el punto anterior mediante contrato modificatorio del 9 de agosto del 2010, contenido en este mismo contrato)
III. Costo del Programa y plan de financiamiento
3.01 El costo estimado del Programa es el equivalente de US$25.000.000 según la siguiente distribución por categorías de inversión y por fuentes de financiamiento:
Costo y financiamiento (en miles de US$) | Categoría | BID | Local | Total | % | | --- | --- | --- | --- | --- | | 1. Inversiones para el desarrollo turístico sostenible | 15.200 | 1.045 | 16.245 | 65,0 | | 2. Fortalecimiento de la planificación y gestión sostenible del turismo | 1.680 | 0 | 1.680 | 6,7 | | 3. Fortalecimiento institucional del SINAC | 1.160 | 581 | 1.741 | 7,0 | | 4. Administración, supervisión y auditoría | 460 | 1.824 | 2.284 | 9,1 | | Subtotal | 18.500 | 3.450 | 21.950 | 87,8 | | 5. Imprevistos | 500 | 0 | 500 | 2,0 | | 6. Gastos financieros | 0 | 2.550 | 2.550 | 10,2 | | Intereses | 0 | 2.500 | 2.500 | | | Comisión de Crédito | 0 | 50 | 50 | | | F.I.V. 0% | 0 | 0 | 0 | | | Total | 19.000 | 6.000 | 25.000 | 100 | | Porcentaje | 76% | 24% | 100% | |
(Nota de Sinalevi: Así reformado el cuadro anterior mediante contrato modificatorio del 9 de agosto del 2010, contenido en este mismo contrato)
IV. Ejecución
4.01 El MINAET, a través del SINAC, representado por su Director Ejecutivo, seráresponsable del Programa y de su desempeño ante el Banco. El Coordinador delPrograma será responsable de mantener la relación entre MINAET, SINAC e ICT ycon el personal directamente responsable de cada componente, preparar losinformes requeridos, monitorear los alcances y metas del Programa según elmarco lógico y convocar reuniones extraordinarias a nombre del DirectorEjecutivo en los casos necesarios
(Nota de Sinalevi: Así reformado el punto anterior mediante contrato modificatorio del 9 de agosto del 2010, contenido en este mismo contrato)
4.02 Para efectos del presente Programa, el Consejo Nacional de Áreas de Conservación(CONAC) estará a cargo de: (i) aprobar los planes operativos e informes anuales; (ii)establecer las prioridades del turismo sostenible en el marcodel Préstamo; (iii)aprobar la estrategia, políticas y directrices del Programa; (iv) conocer el Reglamento Operativo y sus posibles modificaciones; y(v) actuar como instancia superior para resolver conflictos que se puedan generar en el ámbito regional o local en la ejecución de las acciones del Programa.
(Nota de Sinalevi: Así reformado el punto anterior mediante contrato modificatorio del 9 de agosto del 2010, contenido en este mismo contrato)
4.03 El Comité Asesor del Programa de Turismo Sostenible a que se refiere la Cláusula 4.09 de las Estipulaciones Especiales, tendrá, entre otras, las siguientes funciones: (i) asegurar la colaboración y sinergias entre las partes en el apoyo a los objetivos del Programa; (ii) sugerir las prioridades del Programa a decidir por CONAC; y (iii) revisar los planes operativos e informes semestrales y anuales del Programa.
4.04 La ejecución de las actividades del Programa estará inmersa adentro de la estructura institucional del SINAC. El Programa se fortalecerá con la contratación de un especialista en mercadeo y un especialista en turismo, los cuales serán seleccionados en coordinación con el ICT. El especialista en turismo será el enlace con esta institución en los temas de turismo y la planificación de inversiones del Programa. Dicho personal se mantendrá como permanente después de la ejecución del Programa
(Nota de Sinalevi: Así reformado el punto anterior mediante contrato modificatorio del 9 de agosto del 2010, contenido en este mismo contrato)
4.05 Se contratará un especialista en capacitación, quién estará asignado a la Oficina de Recursos Humanos, y estará encargado de formular y dar seguimiento administrativo a los programas de capacitación necesarios para la ejecución del Programa. Adicionalmente, se contratarán los especialistas en adquisiciones y los especialistas administrativo-financieros que se requieran, previa justificación por parte del SINAC ante el Ministerio de Hacienda y un ingeniero o arquitecto, quien será responsable de asistir al personal de adquisiciones en la elaboración de Términos de Referencia técnicos y el seguimiento de la realización de las obras. Todo el personal mencionado en este párrafo estará supervisado por el Coordinador
(Nota de Sinalevi: Así reformado el punto anterior mediante contrato modificatorio del 9 de agosto del 2010, contenido en este mismo contrato)
4.06 Lasobligaciones del Organismo Ejecutor, por intermedio de la UnidadCoordinadora del Programa (UCP), serán las de realizar (con la salvedadde lo indicado en el numeral 4.07 de este Anexo Único) los procesos delicitación para las obras, bienes y servicios relacionados, así como lacontratación de los servicios de consultoría de conformidad con loestablecido en el Contrato de Préstamo y el Reglamento Operativo delProyecto, gestionar los pagos ante la Tesorería Nacional una vezrecibidas a satisfacción, las obras, bienes y servicios, verificar elcofinanciamiento de las municipalidades y del sector privado, previo a lagestión de cualquier desembolso, además de efectuar la rendición decuentas de estas labores .
(Nota de Sinalevi: Así reformado el punto anterior mediante contrato modificatorio del 9 de agosto del 2010, contenido en este mismo contrato)
4.07 Enel caso del Subcomponente 1.2 y 2.2, las municipalidades beneficiariasrecibirán, de conformidad con el Principio de Caja Única delPrestatario, los recursos correspondientespara el co-financiamiento de los proyectos aprobados en el marcodel Programa, para lo cual deberán haber suscrito previamente un conveniocon el Prestatario, por intermedio del Organismo Ejecutor, mediante elcual se regirá la relación y responsabilidades de las partes para laejecución y co-financiamiento de proyectos y actividades
(Nota de Sinalevi: Así reformado el punto anterior mediante contrato modificatorio del 9 de agosto del 2010, contenido en este mismo contrato)
4.08 El Reglamento Operativo del Programa y sus posibles modificaciones seráaprobado por el Director Ejecutivo del SINAC con el visto bueno previo delBanco e incluirá todos los parámetros de elegibilidad y financiamientode los proyectos y actividades así como los modelos de los conveniosprevistos en este Contrato de Préstamo.En caso de conflicto entre lo establecido en dicho Reglamento y loestipulado en este Contrato, prevalecerá este último
(Nota de Sinalevi: Así reformado el punto anterior mediante contrato modificatorio del 9 de agosto del 2010, contenido en este mismo contrato)
V. Mantenimiento
5.01 El propósito del mantenimiento es conservar las obras comprendidas en el Programa en las condiciones de operación en que se encontraban al momento de su terminación, dentro de un nivel compatible con los servicios que deban prestar.
5.02 El primer plan anual de mantenimiento deberá corresponder al año fiscal siguiente al de la entrada en operación de la primera de las obras del Programa.
5.03 El plan anual de mantenimiento deberá incluir: (i) los detalles de la organización responsable del mantenimiento; (ii) la información relativa a los recursos que serán invertidos en mantenimiento durante el año corriente y el monto de los que serán asignados en el presupuesto del año siguiente; y (iii) un informe sobre las condiciones del mantenimiento.