35482 of May 14, 2009, partially adjusted the entrance fees to the Parque Marino del Pacífico.
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Decreto Ejecutivo 36291 · 03/08/2010
OutcomeResultado
SummaryResumen
This executive decree adjusts the admission fees for Parque Marino del Pacífico. The adjustment compensates for the unanticipated 13% sales tax applied when electronic payment systems were introduced, which caused a budget shortfall for the park's foundation. The new fees distinguish between nationals, residents, and non-residents, with special categories for children, students, people with disabilities, and seniors. It also grants a 10% discount for organized groups with advance reservations. The decree only modifies the fee schedule, leaving the rest of the regulation unchanged.Este decreto ejecutivo modifica las tarifas de ingreso al Parque Marino del Pacífico. El ajuste responde a la necesidad de compensar el impacto del impuesto de ventas del 13% aplicado a partir de la implementación del cobro electrónico con tarjetas, el cual no estaba previsto y causó un desajuste presupuestario en la Fundación Parque Marino del Pacífico. Las nuevas tarifas diferencian entre visitantes nacionales, residentes y no residentes, con categorías especiales para niños, estudiantes, personas con discapacidad y adultos mayores. Se establece un descuento del 10% para grupos organizados con reservación previa. El decreto solo modifica el artículo tarifario, dejando el resto de la normativa intacta.
Key excerptExtracto clave
Whereas upon implementing electronic payment, a 13% sales tax was applied, which had not been foreseen and caused a budget shortfall for the Fundación Parque Marino del Pacífico for the year 2010. Whereas based on the foregoing, Parque Marino del Pacífico must adjust its fees to compensate for the unanticipated charge and avoid affecting its operations. Whereas the sales tax applied will be partially absorbed by the park's revenues and partially by the visitor.Que al registrarse el cobro electrónico, se aplicó el cobro de un 13% por impuesto de ventas, el cual no estaba contemplado y provocó un desajuste en el presupuesto de la Fundación Parque Marino del Pacífico para el año 2010. Que con base en lo anterior, el Parque Marino del Pacífico debe ajustar las tarifas, para compensar el cobro no contemplado y no afectar sus operaciones. Que el impuesto de ventas aplicado será asumido parcialmente por los ingresos del Parque Marino y otro parte por el visitante.
Pull quotesCitas destacadas
"Que al registrarse el cobro electrónico, se aplicó el cobro de un 13% por impuesto de ventas, el cual no estaba contemplado y provocó un desajuste en el presupuesto de la Fundación Parque Marino del Pacífico para el año 2010."
"Whereas upon implementing electronic payment, a 13% sales tax was applied, which had not been foreseen and caused a budget shortfall for the Fundación Parque Marino del Pacífico for the year 2010."
Considerando 3°
"Que al registrarse el cobro electrónico, se aplicó el cobro de un 13% por impuesto de ventas, el cual no estaba contemplado y provocó un desajuste en el presupuesto de la Fundación Parque Marino del Pacífico para el año 2010."
Considerando 3°
"Que el impuesto de ventas aplicado será asumido parcialmente por los ingresos del Parque Marino y otro parte por el visitante."
"Whereas the sales tax applied will be partially absorbed by the park's revenues and partially by the visitor."
Considerando 5°
"Que el impuesto de ventas aplicado será asumido parcialmente por los ingresos del Parque Marino y otro parte por el visitante."
Considerando 5°
"Por derecho de ingreso al Parque Marino del Pacífico se pagarán las siguientes tarifas: ..."
"For the right of entry to Parque Marino del Pacífico, the following fees shall be paid: ..."
Artículo 1° (nuevo texto del Artículo 2°)
"Por derecho de ingreso al Parque Marino del Pacífico se pagarán las siguientes tarifas: ..."
Artículo 1° (nuevo texto del Artículo 2°)
Full documentDocumento completo
in the entirety of the text - Full Text of Regulation 36291 Reform of Entrance Fees for the Parque Marino del Pacífico Full Text of act: D645C No. 36291-MINAET THE PRESIDENT OF THE REPUBLIC AND THE MINISTER OF ENVIRONMENT, ENERGY AND TELECOMMUNICATIONS In exercise of the powers granted to them by article 140, subsections 3) and 18) of the Political Constitution, article 27 of the General Public Administration Law, Law No. 6227 of May 2, 1978, and article 14 of the Law Creating the Parque Marino del Pacífico, No. 8065 of January 27, 2001.
Considering:
35482 of May 14, 2009, partially adjusted the entrance fees to the Parque Marino del Pacífico.
34888-MINAET of August 29, 2008, authorized the Fundación Parque Marino del Pacífico to enable the electronic ticket collection system, using intermediaries, whether credit or debit cards. This collection method was implemented starting in the month of October 2009.
Therefore, They decree:
MODIFICATION OF ARTICLE 2 OF EXECUTIVE DECREE NO. 34888-MINAET, OF AUGUST 29, 2008, CALLED "ENTRANCE FEES FOR THE PARQUE MARINO DEL PACÍFICO" AND ITS AMENDMENTS
34888-MINAET, of August 29, 2008, called "Entrance Fees for the Parque Marino del Pacífico", so that henceforth it shall read as follows:
$10 (ten dollars) for visitors over 12 years of age.
$5 (five dollars) for children from 4 to 11 years of age and foreigners with a disability.
¢2,200.00 (two thousand two hundred colones) for visitors from 12 years of age onward.
¢1,600.00 (one thousand six hundred colones) for infants from 4 to 11 years of age.
¢1,300.00 (one thousand three hundred colones) for organized groups of national students or foreign students studying in the country, up to the age of twenty-five, with the presentation of a current and good-condition student ID card, issued by the educational institution.
¢700.00 (seven hundred colones) for persons with a disability and persons over 60 years of age, upon prior presentation of an identity card in good condition.
Given at the Presidency of the Republic.-San José, on the third day of the month of August, two thousand ten.
en la totalidad del texto - Texto Completo Norma 36291 Reforma Tarifas de Ingreso para el Parque Marino del Pacífico Texto Completo acta: D645C Nº 36291-MINAET LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA Y EL MINISTRO DE AMBIENTE, ENERGÍA Y TELECOMUNICACIONES En uso de las facultades que les confiere el artículo 140 incisos 3) y 18) de la Constitución Política, el artículo 27 de la Ley General de Administración Pública Ley Nº 6227 del 2 de mayo de 1978 y el artículo 14 de la Ley de Creación del Parque Marino del Pacífico, Nº 8065 del 27 de enero del 2001.
Considerando:
Dicha modalidad de cobro se implementó a partir del mes de octubre del 2009.
Por tanto,
MODIFICACIÓN DEL ARTÍCULO 2º DEL DECRETO EJECUTIVO Nº 34888-MINAET, DEL 29 DE AGOSTO DEL 2008, DENOMINADO "TARIFAS DE INGRESO PARA EL PARQUE MARINO DEL PACÍFICO" Y SUS REFORMAS
Decretan:
"Artículo 2º-Por derecho de ingreso al Parque Marino del Pacífico se pagarán las siguientes tarifas:
$10 (diez dólares) a los visitantes mayores de 12 años.
$5 (cinco dólares) a los niños de 4 a 11 años y extranjeros con alguna discapacidad.
¢2.200,00 (dos mil doscientos colones) para visitantes de 12 años en adelante.
¢1.600, 00 (mil seiscientos colones) para infantes de 4 a 11 años.
¢1.300,00 (mil trescientos colones) par grupos organizados de estudiantes nacionales o extranjeros que estudien en el país, hasta los veinticinco años con presentación de carné al día y en buen estado, expedido por la institución educativa.
¢700,00 (setecientos colones) para personas que tengan alguna discapacidad y personas mayores de 60 años previa presentación de cédula de identidad en buen estado.
Dado en la Presidencia de la República.-San José, a los tres días del mes de agosto del dos mil diez.
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